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NORMAS LEGALES SUMARIO PODER EJECUTIVO

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NORMAS LEGALES

Director (e): Félix Alberto Paz Quiroz VIERNES 14 DEOCTUBREDE 2016

S

UMARIO

601543

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

R.S. N° 253-2016-PCM.- Autorizan viaje de Ministro

de Comercio Exterior y Turismo al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y España, y encargan su

Despacho al Ministro de Cultura 601546

AGRICULTURA Y RIEGO

R.J. Nº 270-2016-ANA.- Reconocen a integrantes del

Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional

Chillón - Rímac - Lurín 601546

CULTURA

R.M. Nº 385-2016-MC.- Autorizan viaje de delegación del

Ministerio a Colombia, en comisión de servicios 601547 DEFENSA

R.S. N° 340, 341, 342, 343, 344, 345, 346, 347, 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359, 360, y 361-2016-DE/EP/S-1.a/1-5.- Ascienden a Coroneles al

grado de General de Brigada del Ejército del Perú 601550

RR.SS. N°s. 362 y 363-2016-DE/EP/S-1.a/1-5.- Ascienden

a Generales de Brigada al grado de General de División del

Ejército del Perú 601559

R.S. N° 364-2016-DE/MGP.- Ascienden a Capitán de Navío

al grado de Contralmirante de la Marina de Guerra del Perú

601560 RR.SS. N°s. 365, 366, 367 y 368-2016-DE/MGP.-

Ascienden a Capitanes de Navío al Grado de Contralmirante

de la Marina de Guerra del Perú 601560

RR.SS. N°s. 369, 370 y 371-2016-DE/MGP.- Ascienden a

Contralmirantes al grado de Vicealmirante de la Marina de

Guerra del Perú 601561

RR.SS. N°s. 372, 373, 374, 375, 376 y 377-2016-DE/FAP.-

Ascienden a Coroneles al grado de Mayor General de la

Fuerza Aérea del Perú 601562

RR.SS. N°s. 378, 379 y 380-2016-DE/FAP.- Ascienden

a Mayores Generales al grado de Teniente General de la

Fuerza Aérea del Perú 601566

R.M. Nº 1089-2016-S-1.a/1-5.- Ascienden a Mayores al

grado de Teniente Coronel del Ejército del Perú 601568

R.M. Nº 1090-2016 S-1.a/1-5.- Ascienden a Tenientes

Coroneles al grado de Coronel del Ejército del Perú

601569 R.M. Nº 1091-2016 S-1.a/1-5.- Ascienden a Capitanes al

grado de Mayor del Ejército del Perú 601570

R.M. Nº 1092-2016 DE/MGP.- Ascienden a Capitanes

de Fragata al grado de Capitán de Navío de la Marina de

Guerra del Perú 601572

R.M. Nº 1093-2016 DE/MGP.- Ascienden a Capitanes de

Corbeta al grado de Capitán de Fragata de la Marina de

Guerra del Perú 601572

R.M. Nº 1094-2016 DE/MGP.- Ascienden a Tenientes

Primeros al grado de Capitán de Corbeta de la Marina de

Guerra del Perú 601573

R.M. Nº 1095-2016 DE/FAP.- Ascienden a Oficiales

de Armas Comando y Combate, Armas Especialistas y Servicios , a los grados de Coronel, Comandante y Mayor

de la Fuerza Aérea del Perú 601574

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

R.M. N° 247-2016-MIDIS.- Designan Jefa de la Oficina

de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento,

Presupuesto y Modernización 601576

ECONOMIA Y FINANZAS

D.S. N° 282-2016-EF.- Modifican la tasa de restitución de

derechos arancelarios contemplada en el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº

104-95-EF 601577

EDUCACION

R.S. N° 039-2016-MINEDU.- Autorizan viaje de alumnos

y profesores integrantes de la Delegación Peruana que participará en la 31° Feria Internacional MOSTRATEC 2016,

a realizarse en Brasil 601578

R.VM. Nº 123-2016-MINEDU.- Modifican numerales de

las Bases Generales de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales 2016 aprobadas por R.VM. N° 050-2016-MINEDU

601579

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES

R.M. N° 280-2016-MIMP.- Declaran en Reorganización

Administrativa el Programa Integral Nacional para el

Bienestar Familiar - INABIF 601580

(2)

601544

NORMAS LEGALES

PRODUCE

R.S. N° 021-2016-PRODUCE.- Autorizan viaje de

profesionales del IMARPE a Colombia, en comisión de

servicios 601581

R.M. Nº 390-2016-PRODUCE.- Autorizan viaje de

funcionario a EE.UU., en comisión de servicios 601582

R.M. Nº 391-2016-PRODUCE.- Autorizan viaje de

representante del Ministerio a EE.UU, en comisión de

servicios 601583

R.M. Nº 392-2016-PRODUCE.- Establecen fórmula para

asignar cuota de jurel a que hace referencia el numeral 5.6 de los lineamientos aprobados en el artículo 1 de la R. M. N°

262- 2016-PRODUCE 601584

R.M. Nº 393-2016-PRODUCE.- Designan representante

del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto de Innovación para la Competitividad en el marco del Contrato

de Préstamo N° 2693/OC-PE 601585

R.M. Nº 395-2016-PRODUCE.- Autorizan al IMARPE la

pesca exploratoria del recurso bacalao de profundidad

bajo el sistema de pesca centinela 601585

R.M. N° 397-2016-PRODUCE.- Dan por finalizada la

ejecución de la Pesca Exploratoria del recurso caballa,

autorizada por la R.M. N° 369-2016-PRODUCE 601588

R.M. N° 398-2016-PRODUCE.- Aprueban “Formato

de Solicitud de utilización de capacidad de acarreo” e incorporan al TUPA del Ministerio el procedimiento de Fletamento de buques con transferencia temporal de

capacidad de acarreo 601589

RELACIONES EXTERIORES

R.M. Nº 0905/RE-2016.- Autorizan viaje de funcionarios

diplomáticos a Indonesia, en comisión de servicios 601591

R.M. Nº 0906/RE-2016.- Autorizan viaje de funcionaria

diplomática al Reino de Marruecos, en comisión de

servicios 601592

R.M. Nº 0910/RE-2016.- Autorizan viaje de funcionario

diplomático a República Dominicana y Colombia, en

comisión de servicios 601593

SALUD

D.S. N° 040-2016-SA.- Decreto Supremo que dicta

disposiciones para la obtención del registro sanitario o certificado de registro sanitario de los productos biológicos (vacunas) y dispositivos médicos (jeringas y agujas), adquiridos a través de compras o convenios celebrados

con organismos de cooperación internacional 601593

R.M. Nº 800-2016/MINSA.- Dictan disposiciones

destinadas a asegurar que los productos farmacéuticos y dispositivos médicos que se adquieran en el marco de la emergencia sanitaria declarada mediante D.S. N° 038-2016-SA, sean utilizados en pacientes afiliados al SIS y en las que reciban atención médica en el marco de la Ley N° 27604

601595

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

R.M. Nº 248-2016-TR.- Aprueban inicio del proceso de

transferencia de competencias en materia de fiscalización inspectiva y potestad sancionadora del Gobierno Regional

de Arequipa a la SUNAFIL 601597

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. Nº 805-2016 MTC/01.02.- Aprueban valores totales

de tasaciones de áreas de inmuebles afectados por la ejecución de la Obra “Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná - Dv. Quilca - Matarani - Ilo - Tacna,

Tramo: Dv. Quilca - Matarani” 601598

RR.MM. Nºs. 808 y 809-2016 MTC/01.02.- Autorizan

viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio, a los EE.UU., en comisión

de servicios 601599

R.M. Nº 810-2016 MTC/01.02.- Ratifican “Memorándum

de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas Civiles de la República del Péru y del Estado de Qatar”

601601 R.M. Nº 811-2016 MTC/01.03.- Otorgan a Netkrom’s S.R.L.

concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el

territorio de la República 601602

R.M. Nº 812-2016 MTC/01.03.- Otorgan a Cable Sauce

TV E.I.R.L. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende

todo el territorio de la República 601603

R.VM. Nº 1344-2016-MTC/03.- Renuevan autorización

a persona natural para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora educativa en localidad del

departamento de Junín 601604

R.VM. Nº 1352-2016-MTC/03.- Otorgan autorización a

Nueva Radio San Juan 93.5 FM Stereo E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en localidad del

departamento de Ica 601605

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU

R.D. N° 123-2016-BNP.- Designan Director Técnico de

la Dirección Técnica de la Biblioteca Nacional del Perú

601606

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL

R.D. Nº 114-2016-COFOPRI/DE.- Designan Jefe de la

Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración

del COFOPRI 601607

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO

Res. Nº 152-2016-PROMPERÚ/SG.- Autorizan viaje de

representante de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de

servicios 601608

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES

Res. Nº 134-2016-SMV/02.- Modifican Reglamento de

Organización y Funciones de la Superintendencia del

Mercado de Valores 601608

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 631-2016-P-CSJLI/PJ.- Encargan a

magistrado el despacho de la Presidencia de la Corte

(3)

601545

NORMAS LEGALES

Res. Adm. Nº 632-2016-P-CSJLI-PJ.- Amplían plazo de

remisión y redistribución de la carga procesal del ex 2° Juzgado de Paz Letrado Transitorio - Surco y San Borja establecido en la

Res. Adm. N° 588-2016-P-CSJLI-PJ 601613

Res. Adm. Nº 633-2016-P-CSJLI-PJ.- Disponen el cierre

de turno del 6° Juzgado de Paz Letrado de Surco y San

Borja de la Corte Superior de Justicia de Lima 601613

R.J. Nº 00011-2016-JGR-ODECMA-LE/PJ.- Reprograman

Visitas Judiciales Ordinarias a diversos órganos jurisdiccionales

de la Corte Superior de Justicia de Lima Este 601613

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Res. Nº 283-2016-UNIA-CO.- Designan funcionario

responsable de brindar información pública de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía 601614

Res. Nº 307-2016-UNIA-CO.- Autorizan viaje del

Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía a los EE.UU., en

comisión de servicios 601615

Res. Nº 770-2016-UNASAM.- Autorizan viaje de docente

de la Universidad Nacional Santiago Antunez de Mayolo a

España, en comisión de servicios 601615

Res. Nº 1347.- Aprueban expedición de duplicado de

diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil, de la Universidad Nacional de

Ingeniería 601616

Res. Nº 1507.- Aprueban expedición de duplicado de

diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias a egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería 601617

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Res. Nº 1124-2016-JNE.- Declaran infundado recurso

de apelación y confirman el Acuerdo de Concejo N° 039-2016-CM-MPC, que declaró improcedente el recurso de reconsideración contra la decisión municipal de rechazar solicitud de vacancia contra regidor del Concejo Provincial

de Canchis, departamento de Cusco 601617

Res. Nº 1129-2016-JNE.- Declaran infundado recurso de

apelación y confirman el Acuerdo de Concejo N° 039-2016-MPP, que declaró improcedente vacancia de alcalde de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, departamento de La

Libertad 601620

Res. Nº 1144-2016-JNE.- Declaran infundado recurso de

apelación interpuesto y confirman el Acuerdo de Concejo N° 014-2016-MDC, que rechazó solicitud de vacancia contra alcalde de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, provincia

de Utcubamba, departamento de Amazonas 601624

Res. Nº 1166-2016-JNE.- Declaran nulo el Acuerdo

de Concejo N.° 018-2016-MDP, que declaró procedente solicitud de vacancia presentada en contra de regidor de la Municipalidad Distrital de Papaplaya, provincia y

departamento de San Martín 601630

Res. Nº 1194-2016-JNE.- Convocan a ciudadano para que

asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Totora, provincia de Rodríguez de Mendoza, departamento de

Amazonas 601634

MINISTERIO PUBLICO

Res. Nº 4082-2016-MP-FN.- Autorizan viaje de fiscal a

Italia, en comisión de servicios 601635

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. Nº 5472-2016.- Asignan cargo de Dirección de

Superintendente Adjunto de Asuntos Internacionales,

Capacitación y Comunicaciones 601636

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE

Ordenanza Nº 003-2016-GR.LAMB/CR.- Aprueban Plan

Regional de Seguridad Ciudadana 2016 601636

Ordenanza Nº 005-2016-GR.LAMB/CR.- Disponen la

reestructuración del Consejo Regional de Competitividad

de Lambayeque 601637

Ordenanza Nº 007-2016-GR.LAMB/CR.- Derogan la

Ordenanza Regional N° 010-2015-GR.LAMB/CR, que aprobó el Manual de Operaciones de la Unidad Ejecutora Autoridad

Portuaria Región Lambayeque 601640

Acuerdo Nº 044-2016-GR.LAMB/CR.- Autorizan

a funcionario reprogramación de viaje a Panamá, en

comisión de servicios 601641

RR.JJ. Nºs. 255 y 286-2016-GR.LAMB/ORAD.- Disponen

primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos, ubicados en el departamento de

Lambayeque 601642

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Ordenanza Nº 1997.- Aprueban beneficios e incentivos

para promover la formalización del sector gráfico y la inversión privada para el desarrollo de proyectos inmobiliarios destinados a actividades gráficas y servicios conexos dentro del Cercado de Lima, en lugares con

zonificación conforme 601644

Ordenanza Nº 1998.- Modifican plano de zonificación

del Distrito de Lurin aprobado por Ordenanza 1117-MML

601647 Acuerdos Nºs. 333 y 334.- Aprueban la ejecución de la

expropiación y el valor de tasación de inmuebles afectados por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima - Tramo

Ramiro Prialé 601647

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA

Ordenanza Nº 299-MDPP.- Modifican la Ordenanza

Nº 151-2009-MDPP, que reglamentó la autorización para la instalación y/o ubicación de elementos de publicidad exterior, anuncios y avisos publicitarios en el distrito

601651

MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO

Ordenanza Nº 225-2016/MDSB.- Aprueban Reglamento

de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital

de San Bartolo 601652

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA

Ordenanza Nº 028-2016/MPH.- Aprueban exoneración

de tasas por derecho de uso del Estadio “Segundo Aranda Torres”, al Campeón y Sub Campeón del Torneo Provincial

(4)

601546

NORMAS LEGALES

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO

DE MINISTROS

Autorizan viaje de Ministro de Comercio

Exterior y Turismo al Reino Unido de Gran

Bretaña e Irlanda del Norte y España,

y encargan su Despacho al Ministro de

Cultura

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 253-2016-PCM

Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el órgano competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; asimismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible.

Que, el Sector, a través de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ y las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior – OCEX, promueve las exportaciones, el turismo y la imagen del país a nivel internacional;

Que, en dicho marco, la Asociación inPERÚ ha cursado invitación al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, para que lidere una comitiva empresarial denominada XI Road Show “Europa 2016” entre los días 17 y 19 de octubre de 2016, con el objetivo de promocionar el Perú en las ciudades de Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) y Madrid (Reino de España), como destino privilegiado en la región para atraer la inversión y negocios internacionales a los principales sectores económicos del Perú;

Que, en los últimos cinco años, las exportaciones peruanas a Reino Unido y Reino de España han mostrado un incremento del 13%, posicionando así las exportaciones de frutas y hortalizas frescas, granos andinos, prendas de vestir en algodón de punto y alpaca, productos pesqueros para consumo humano directo;

Que, en tal razón, el Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo sostendrá reuniones con autoridades británicas y españolas, y representantes del sector empresarial e inversionistas vinculados al sector comercio exterior y agro alimentario, entre otros, de ambos países; lo que permitirá que durante su visita a la ciudad de Londres el Ministro de Comercio Exterior y Turismo destaque la estabilidad económica y jurídica del Perú, así como los lineamientos de política establecidos por la administración del señor Presidente de la República, habida cuenta que el Reino Unido es en la actualidad el segundo país de origen de la inversión extranjera directa en el Perú;

Que, asimismo, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo sostendrá reuniones de trabajo con los Consejeros Económico Comerciales de las OCEX con sede en Londres, el día 16 del mes en curso, y con sede en Madrid, los días 20 y 21 de octubre, que fortalecerán los lineamientos en materia de comercio exterior y turismo, y efectuarán una revisión de los objetivos trazados a mediano plazo de dichas OCEX;

Que, por lo expuesto, es necesario otorgar la autorización de viaje a la ciudad de Londres, del 16 al 18 de octubre, y a la ciudad de Madrid, del 19 al 21 de octubre, y encargar el Despacho Ministerial de Comercio Exterior y Turismo, en tanto dure la ausencia de su titular; Que, la Asociación inPERÚ asumirá los costos por concepto de pasajes aéreos y los viáticos de los días 17, 18 y 19 de octubre de 2016;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor EDUARDO

FERREYROS KÜPPERS, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) y Madrid (Reino de España), del 14 al 22 de octubre de 2016, para que participe en el IX Road Show Europa 2016 y en las reuniones de trabajo con las Ofi cinas Económico Comerciales del Perú en el Exterior – OCEX con sede en Londres y Madrid, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimento

de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle:

Viáticos : US$ 1 620,00

Artículo 3.- Encargar al señor JORGE NIETO

MONTESINOS, Ministro de Cultura, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 14 de octubre de 2016 y en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no

libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será

refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo

1441350-2

AGRICULTURA Y RIEGO

Reconocen a integrantes del Consejo de

Recursos Hídricos de Cuenca Interregional

Chillón - Rímac - Lurín

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 270-2016-ANA

Lima, 13 de octubre de 2016 VISTO:

El Informe Técnico N° 019-2016-ANA-DCPRH-GRH/ RPJL, de fecha 03 de octubre de 2016, de la Directora de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 24° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar

(5)

601547

NORMAS LEGALES

en la planifi cación, coordinación y concertación del

aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; pudiendo ser Consejo de Cuenca Regional, cuando el ámbito de la cuenca se localiza íntegramente dentro de un (1) solo gobierno regional; y, Consejo de Cuenca Interregional, cuando dentro del ámbito de la cuenca, existen dos (2) o más gobiernos regionales;

Que, según el numeral 26.6 del artículo 26° del Reglamento de la precitada ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, los integrantes del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca son designados por un periodo de dos años y deben estar premunidos de

facultades sufi cientes para asumir compromisos en

relación a los acuerdos que tome el Consejo, en cuyas sesiones tendrá derecho a voz y voto;

Que, por su parte, el artículo 27° del citado Reglamento determina que el representante del Gobierno Regional ejercerá la presidencia del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, y que tratándose del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional, dicha función es ejercida en forma rotativa, por los representantes de los gobiernos regionales que lo conforman;

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2016-MINAGRI, se creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, quedando establecido, entre otros, su composición, el procedimiento para la acreditación de los representantes y el plazo para su instalación;

Que, con el documento del visto, la Directora de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos señala que para el proceso de acreditación de los miembros del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, se ha seguido las pautas establecidas en el Decreto Supremo N° 007-2016-MINAGRI, y propone se emita una Resolución Jefatural que refrende la acreditación de los integrantes del Consejo Directivo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, para el periodo 2016-2018;

Que, en ese sentido, corresponde emitir una Resolución Jefatural que reconozca a los integrantes acreditados ante el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, para el periodo 2016 – 2018 determinando su composición y la vigencia del plazo de designación de sus integrantes;

Con el visto de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, modifi cado por Decreto Supremo N° 012-2016-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1o.- Reconocer a los integrantes acreditados ante el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lurín, de acuerdo al siguiente detalle:

ENTIDAD U ORGANIZACIÓN NOMBRE Y CARGO DEL

INTEGRANTE ÁMBITO

Municipalidad Metropolitana de

Lima (Preside) José Fernández Fernández MM Lima

Gobierno Regional de Lima Walter Huamán Rodríguez GORE Lima

Gobierno Regional del Callao Dante Reynaldo Rodríguez Mogrovejo GORE Callao

Autoridad Nacional del Agua – AAA Cañete Fortaleza

Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete

– Fortaleza

ANA Municipalidad Distrital de La

Punta Jorge Luis Podestá Hernández

GORE Callao Municipalidad Distrital de

Antioquía Ángel Vicencio Mantari Ramos GORE Lima

Municipalidad Distrital de San

Isidro Pamela Olenka Peña Vivanco MM Lima

Junta de Usuarios Subdistrito

de Riego Lurín-Chilca Cesáreo Villazana Surichaqui

GORE Lima

ENTIDAD U ORGANIZACIÓN NOMBRE Y CARGO DEL

INTEGRANTE ÁMBITO

Junta de Usuarios del Sector

Hidráulico Rímac Gustavo Víctor Davirán Daga

GORE Callao Junta de Usuarios del Sector

Hidráulico Chillón Wilfredo Sosa Ipanaqué MM Lima

EDEGEL S.A.A. Carlos Alfredo Rosas Cedillo GORE LIMA

SEDAPAL Yolanda Andía Cárdena GORE

Callao

UNACEM S.A. Raúl Eduardo Quezada

Saavedra MM Lima

Colegio de Biólogos del

Perú-Colegio Regional XXII-Callao Marco Antonio Villacorta Olaza

GORE Callao Colegio de Ingenieros-Consejo

Departamental de Lima Guillermo Israel León Suematsu MM Lima

Universidad Nacional Federico

Villarreal Jessica Blanca Vargas Ayala GORE Lima

Universidad Nacional del Callao María Teresa Valderrama Rojas GORE

Callao Universidad Nacional

Tecnológica de Lima Sur Agérico Pantoja Cadillo MM Lima

Comunidad Campesina Santa

Cruz de Cocachacra Neptalí Carrasco Torres

GORE Lima

Artículo 2°.- Precisar que los integrantes del Consejo

de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón-Rímac-Lima ejercerán su mandato por un periodo de dos (02) años, al término del cual concluye el plazo de su designación.

Regístrese, comuníquese y publíquese, ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe

Autoridad Nacional del Agua

1441200-1

CULTURA

Autorizan viaje de delegación del Ministerio

a Colombia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 385-2016-MC

Lima, 12 de octubre de 2016

VISTOS; los Informes N° 000286-2016/DGIA/ VMPCIC/MC, N° 000322-2016/DGIA/VMPCIC/MC y N° 000326-2016/DGIA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Comunicación N° 100-303-2016, la Ministra de Cultura de Colombia cursa invitación al Ministerio de Cultura del Perú para participar en la segunda edición del Mercado de Industrias Culturales del Sur – MICSUR 2016, que tendrá lugar del 17 al 20 de octubre de 2016, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia;

Que, mediante los Informes de Visto, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes sustenta la importancia de la participación del Ministerio de Cultura del Perú en el citado evento, indicando que el Mercado de Industrias Culturales del Sur – MICSUR es la primera plataforma regional que tiene por objeto crear y consolidar un espacio para el conocimiento, difusión, promoción, circulación y comercialización de bienes y servicios generados por las industrias culturales y creativas de la región; destacando además que representa un espacio regional enfocado en fortalecer el conocimiento del consumo cultural entre nuestros países y, al mismo tiempo, en incentivar la implementación de acuerdos y

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NORMAS LEGALES

nuevos corredores de venta y comercialización para los bienes y servicios culturales de la región;

Que, la participación del Perú permitirá aprovechar esta vitrina internacional para proyectar y promocionar la imagen del Perú en el extranjero, y será una gran oportunidad para dar a conocer los bienes y servicios culturales peruanos, así como la riqueza cultural del Perú, estrechando y fortaleciendo aún más los históricos y fraternales vínculos que nos unen con la nación colombiana;

Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas a patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; creación cultural contemporánea y artes vivas; gestión cultural e industrias culturales; y, pluralidad étnica y cultural de la nación;

Que, el literal c) del artículo 7 de la norma citada dispone que el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el fomento de las artes, la creación y el desarrollo artístico a través de la organización, conducción, supervisión y evaluación de acciones públicas orientadas a tales fi nes; asimismo el literal p) establece como una de sus funciones la de coordinar con las entidades del Poder Ejecutivo y con la colaboración de otras entidades competentes, las acciones y actuaciones en el exterior que correspondan, en el ámbito de cultura, orientadas entre otras a la difusión y la promoción cultural en el exterior;

Que, en tal sentido, es de sumo interés la participación de una delegación del Ministerio de Cultura que acompañe y asista a la representación peruana y atienda las diversas actividades previstas durante el desarrollo del evento en benefi cio de los intereses de la indicada representación y del país;

Que, en dicho marco, mediante Resolución Ministerial N° 169-2016-MC de fecha 22 de abril de 2016, modifi cada por Resolución Ministerial N° 187-2016-MC de fecha 11 de mayo de 2016, se declaró de interés institucional la participación del Perú, a través del Ministerio de Cultura, en el “Segundo Mercado de Industrias Culturales del Sur - MICSUR” que se realizará del 17 al 20 de octubre de 2016, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; por constituir estas acciones de promoción de importancia para el Perú;

Que, en tal sentido, atendiendo a las razones expuestas en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la delegación del Ministerio de Cultura que se indica en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para que participen en el evento citado;

Que, a través del Memorando N° 000666-2016/OGA/ SG/MC, la Ofi cina General de Administración, indica que el viaje mencionado cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad;

Con el visado de la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Secretaria General, del Director General de la Ofi cina General de Administración y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de

servicios, de la delegación del Ministerio de Cultura integrada por los cuatro (4) trabajadores que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 16 al 21 de octubre y del 17 al 20 de octubre de 2016, respectivamente, conforme al detalle contenido en el referido Anexo; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los

cuatro (4) representantes del Ministerio de Cultura en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al detalle contemplado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer que la delegación a que se

hace mención en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión de servicios a la que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no

otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación, a favor de los servidores cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura

ANEXO

DELEGACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA

Cargo Periodo de Viaje Costo de Pasaje aéreo S/ (A) Días Efectivos de Comisión Días de Instalación Costo Diario Dólares ($) Costo Total viáticos ($) Tipo de Cambio S/ 3.398 (B) TOTAL (A) + (B)

1 Directora de la Dirección de Artes 16-Oct al 21

Oct S/. 6,379.63 4 1 $ 370.00 $ 1,850.00 S/. 6,286.00 S/. 12,665.63

2 Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín

17-Oct al 20

Oct S/. 7,154.73 4 - $ 370.00 $ 1,480.00 S/. 5,029.00 S/. 12,183.73

3 Coordinador de Artes Escénicas de la Dirección de Artes

17-Oct al 20

Oct S/. 7,154.73 4 - $ 370.00 $ 1,480.00 S/. 5,029.00 S/. 12,183.73

4

Asistente de Proyectos de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios 17-Oct al 20 Oct S/. 7,154.73 4 - $ 370.00 $ 1,480.00 S/. 5,029.00 S/. 12,183.73 S/. 27,843.82 $ 6,290.00 S/. 21,373.00 S/. 49,216.82 Comisionado TOTAL Luz Fabiola Figueroa Cárdenas

Jair Pérez Brañez

Carlos Andrés La Rosa Vasquez

Diego Bronson Berrios Sanchez

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NORMAS LEGALES

La información más útil la

encuentras de lunes a domingo

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NORMAS LEGALES

DEFENSA

Ascienden a Coroneles al grado de General

de Brigada del Ejército del Perú

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 340-2016-DE/EP/S-1.a/1-5

Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/ EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE INTENDENCIA

BEDOYA PERALES LUIS ENRIQUE Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 341-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento

aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/ EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017,

del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y

Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE MATERIAL DE GUERRA

CORDOVA BRAVO PERCY OTONIEL Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-4 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 342-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos

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NORMAS LEGALES

de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE :

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE COMUNICACIONES TINEO QUISPE RICHARD WASHINGTON Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-5 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 343-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para

ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE :

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE INGENIERIA

CASTAÑEDA LAYSECA RUBEN Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-6 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 344-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

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NORMAS LEGALES

SE RESUELVE :

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE INGENIERIA

ROMERO VON BANCELS CARLOS JAVIER Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 345-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/ EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE :

Artículo Único .- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE INGENIERIA

GUTIERREZ BALLON LUIS GIRARDI Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 346-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE :

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE INGENIERIA

QUEVEDO MOGOLLON FRANCISCO Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 347-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de

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NORMAS LEGALES

la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE :

Artículo Único .- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE CABALLERIA

RABANAL CALDERON CARLOS ALBERTO Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-10 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 348-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/ EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército Nº 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37º del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE CABALLERIA

REVILLA MORALES PEDRO LUIS Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-11 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 349-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/ EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército Nº 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual

(12)

601554

NORMAS LEGALES

es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37º del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE CABALLERIA

SOLIS FLORES PERCY JESUS Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-12 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 350-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modifi cactoria aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/ EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército Nº 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37º del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al:

CORONEL DE ARTILLERIA GONZALES TALLEDO JORGE EDUARDO Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1441350-13 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 351-2016-DE/EP/S-1.a/1-5 Lima, 13 de octubre de 2016 CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos;

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modificactoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, por Resolución Ministerial Nº 1056-2016-DE/EP del 06 de octubre de 2016, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2016, Promoción 2017, del Personal de Ofi ciales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 519 A-2. a/02.00 de 07 de octubre de 2016, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2016, Promoción 2017, las vacantes para los Ofi ciales Generales por Armas y Servicios;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al cuadro de mérito, el cual es producto del orden correlativo de la califi cación fi nal obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética;

Que, el literal “a” del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Brigada será otorgado por Resolución Suprema;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Ofi ciales Generales.

SE RESUELVE :

Artículo Único .- Ascender con fecha 01 de enero de

2017 por Selección, al grado de General de Brigada al: CORONEL DE ARTILLERIA

ESPIRILLA SICOS ELMER Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa

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