Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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RESOLUCIONES ADOPTADAS POR EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE
IBARRA EN SESIÓN ORDINARIA REALIZADA EL MIERCOLES 2 DE
FEBRERO DEL 2011.
Acta N. 04-2011
El Ec. Carlos Arias Jiménez, Vicealcalde del Cantón Ibarra, en vista de que el Ing. Jorge Martínez
Vásquez debe atender asuntos inherentes a la municipalidad en la ciudad de Quito, siendo las
09H30am, solicita se constate el Quórum para proceder a dar inicio a la Sesión de Concejo
prevista para el miércoles 2 de Febrero del año 2011, y al encontrarse este completo. El I.
Concejo Municipal de Ibarra avoca conocimiento de los diferentes asuntos presentados en la
Municipalidad y el Cantón.
Puesto a consideración del Orden del día, mociona el Ing. Wilmer Taboada con apoyo del Dr.
Alfonso Beltrán, se incorpore un punto en el Orden del Día en el que se conozca el pedido
realizado por varios concejales al Alcalde del Cantón Ibarra mediante oficio de fecha 7 de
enero del año 2001. Conocida la propuesta se somete a votación.
(Cuadro de votación: A FAVOR O EN CONTRA DE TRATAR DENTRO DEL ORDEN DEL DÍA LA
SOLICITUD DEL ING. WILMER TABOADA CONCEJAL DEL CANTÓN IBARRA)
LISTA CONCEJALES A favor VOTACION En contra
Lic. Laureano Alencastro Sarzosa X
Lic. Inés Almeida Sánchez X
Dr. Alfonso Beltrán Fuentes X
Ing. Oscar Caicedo Barrios X
Ing. Hilda Herrera Tapia X
Sr. José Moncayo Espinoza X
Ing. Carlos Morejón Obando X
Sra. Andrea Scacco. X
Ing. Wilmer Taboada Salazar X
Dr. Edwin Toaquiza Chiriboga X
Votos a Favor: Votos en contra: TOTAL DE LA VOTACIÓN: 8 Votos. 2 votos. 11 votos
Con 8 votos a favor se incorpora dentro del Orden del día el requerimiento del Concejal
Taboada.
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COMISIONES GENERALES.
SOLICITANTE PETICIÓN DETERMINACIÓN
Sr. Clever Rodríguez.
REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA OASISTURIS
Requieren se les permita la reubicación de la parada de su compañía, toda vez que según manifiesta su labor va dirigida en beneficio de la comunidad.
El I. Concejo Municipal, resolvió este requerimiento una vez que conoció el Informe N. 1-2011 de la Comisión de Transito y Transporte Terrestre.
Sr. Carlos Ipiales. PRESIDENTE DE LA PRE-COMPAÑÍA TRANSLAGO DE SANGRE
Solicita en representación de la Pre compañía de taxis que, una vez que se cuente con los resultados del análisis de factibilidad de taxis en el Cantón Ibarra, se los legalice pues tienen derecho a trabar e apego de la ley.
El I. Concejo Municipal, DETERMINO que esta solicitud pase a conocimiento de la Comisión de Tránsito y Transporte Terrestre, quien una vez que cuente con los resultados del estudio emitirá un recomendación al I. Concejo Municipal. Dr. José Sevilla PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD BOLIVARIANA NUCLEO DE IMBABURA
En la exposición realizada por los miembros de la Sociedad Bolivariana Núcleo de Imbabura, solicitan al I. Concejo Municipal se pronuncie respecto de una ilegalidad que les está perjudicando en la superficie del terreno
El I. Concejo Municipal, DETERMINO que esta solicitud pase a conocimiento de la Comisión de Obras Públicas Municipales
ORDEN DEL DÍA
1. OBSERVACIÓN Y APROBACIÓN DE RESOLUCIONES.
2. CONOCIMIENTO DE LA CARTA DE INVITACIÓN AL ALCALDE DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN IBARRA
3. INFORME DE COMISIONES.
4. CONOCIMIENTO DEL DOCUMENTO SUSCRITO POR LOS CONCEJALES LIC.
INES ALMEIDA, DR. ALFONSO BELTRAN, ING. OSCAR CAICEDO, ING. HILDA
HERRERA, ING. CARLOS MOREJON, SRA. ANDREA SCACCO, ING. WILMER
TABOADA, CON FECHA 7 DE ENERO DEL AÑO 2011.
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de su propiedad en la que suele desarrollarse la escenificación de la Batalla Simón Bolívar.
Solicitan se revise los antecedentes históricas de mencionado terreno para que se determinen las dimensiones y propiedad.
ASUNTO INFORMATIVO:
El Sr. Carlos Sevilla expone el proyecto para la creación de
una escuela de Fútbol en el Cantón, la que como misión
principal es formar jugadores profesionales de alta calidad.
PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
OBSERVACIÓN Y APROBACIÓN DE RESOLUCIONES
Puesto a consideración de los Señores (as) Concejales (as) del Cantón Ibarra el boletín de resoluciones, es APROBADO por unanimidad.SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
CONOCIMIENTO DE LA CARTA DE INVITACIÓN AL
ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL CANTÓN IBARRA
RESOLUCIÓN
066-SG-2011
El I. Concejo Municipal de Ibarra aprueba las resoluciones adoptadas en el Acta 03 del 26 de enero del 2011.
RESOLUCIÓN
067-SG-2011
El I. Concejo Municipal de Ibarra una vez que conoce la invitación realizada al Alcalde del Cantón Ibarra por parte de FELCODE, y en atención a lo dispuesto en el Art. 57 literal d) RESUELVE: Dar por conocida la carta de
invitación al Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Ibarra
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TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
INFORME DE COMISIONES.
INFORME N. 02 DE LA COMISIÓN DE ABASTOS, MERCADO Y POLICIA.
RESOLUCIÓN 068-SG-2011
1. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor: CHUQUIN PUPIALES LUIS RAMIRO
C.I. 100219076-5, quien solicita a la I. Municipalidad de Ibarra le autorice la ocupación del puesto de
trabajo ocasional signado con el Nro. 17, del Mercado Santo Domingo para destinarlo a la venta de Cd’s y artículos varios. La Administración de Mercados mediante memorando 577 DSUM del 18 de octubre de 2010 manifiesta que: “….el puesto ocasional, fue adjudicado al señor Romel Fernando
Erazo Clavijo, quién abandonó el puesto en mención, y desde el año 2004, hasta la presente fecha viene trabajando el señor Luis Chuquín Pupiales, comerciante que solicita se adjudique a su nombre …”. La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE
AUTORIZAR la ocupación del puesto de trabajo ocasional, signado con el Nro. 17 ubicado en el patio
del Mercado Santo Domingo de Ibarra, para destinarlo a la venta de Cd’s y artículos varios, a favor de el señor CHUQUIN PUPIALES LUIS RAMIRO.
RESOLUCIÓN 069-SG-2011
2. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor SOLANO GODOY JUAN CARLOS C.I. 100233946-1, quien solicita la legalización a su nombre el puesto de trabajo unificado Nro. 97 y 98 E,
ubicado en el sector Calle Sin Nombre del Mercado Amazonas, destinado a la venta de ropa. La Administración de Mercados mediante memorando 646 DSUM del 02 de diciembre de 2010, manifiesta que: “...este puesto se encuentra a nombre del señor Milton Tomaico, tan como constan
en los comprobantes de pago del canon de arrendamiento y pago de la patente anual, cabe señalar que el señor Juan Carlos Solano, ha venido trabajando por más de cinco años, según las investigaciones y versiones dadas por comerciantes del sector, además ponemos en conocimiento que los puestos mencionados son uno solo desde algún tiempo atrás”. La Comisión acoge el informe
de la Unidad de Mercados y que el comerciante consta en la ficha censal de Comerciantes y Puestos de los Mercados vigente.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE
AUTORIZAR, la legalización del puesto de trabajo unificado Nro. 97 y 98 E, ubicado en el sector
calle sin nombre del Mercado Amazonas, destinado a la venta de ropa, a favor del señor SOLANO
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RESOLUCIÓN 070-SG-2011
3. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señorita RAMIREZ LIDIA ESPERANZA C.I.
100261839-3, quien solicita a la Municipalidad de Ibarra le adjudique el puesto de trabajo Nro. 35 CR
ubicado en el sector remodelado del Mercado Amazonas, para la venta de jugos.. La Administración de Mercados mediante memorando 627 DSUM del 2 de diciembre de 2010, manifiesta que: “…en el sector indicado si existe el puesto, el mismo que está abandonado desde
hace mucho tiempo atrás, sugiero que la Comisión inspeccione el lugar….”. La Comisión acoge al
informe de la Unidad de Mercados que consideró factible atender el requerimiento.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, y en atención a la petición formulada por la Concejala Ing. Hilda Herrera Presidenta de la Comisión de Abastos, mercado y policía, RESUELVE QUE ESTE PUNTO QUEDE PENDIENTE TODA VEZ QUE LA COMISIÓN
REALIZARÁ UN INSPECCIÓN.
RESOLUCIÓN 071-SG-2011
4. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor VACA MORALES JUAN CARLOS C.I. 100232095-8, quien solicita el cambio de nombre del puesto ocasional ubicado en el sector de Av. Pérez Guerrero. La Administración de Mercados mediante memorando 645-DUM del 29 de noviembre 2010 manifiesta lo siguiente: “el puesto en mención, en realidad consta a nombre de la
señora MORALES GILDA MARIANA, puesto ocasional que ha venido ocupando hace mucho tiempo atrás y por su avanzada edad, solicita se cambie el nombre de adjudicatario a favor del señor Vaca Morajes Juan Carlos” . La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE
AUTORIZAR el cambio de nombre del puesto de trabajo ocasional ubicado en la Av. Pérez Guerrero
frente al Centro Comercial La Bahía a favor del señor VACA MORALES JUAN CARLOS.
RESOLUCIÓN 072-SG-2011
5. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora HUALCA CABASCANGO MELISA
ELIZABETH, quien solicita la adjudicación de un puesto de trabajo ubicado en el Mercado
Amazonas para la venta de accesorios de computadora. La Administración de Mercados mediante memorando 641 DSUM del 19 de noviembre de 2010 manifiesta que: “…no tenemos disponibilidad
de puestos para esta clase de negocio….” La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo en el interior del Mercado Amazonas para venta de accesorios de computadora a favor de la señora HUALCA CABASCANGO MELISA ELIZABETH, en razón de no existir disponibilidad de puestos para este tipo de negocio al interior del Mercado Amazonas.
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RESOLUCIÓN 073-SG-2011
6. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora HERNANDEZ HERNANDEZ SILVIA
MARIA, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el interior del
Mercado Amazonas, para la venta de comida. La Administración de Mercados mediante memorando 634 DSUM del 17 de noviembre de 2010 manifiesta que: “…no existe disponibilidad de
puestos para esta clase de negocio…” La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo en el interior del Mercado Amazonas para venta de comida a favor de la señora HERNANDEZ HERNANDEZ SILVIA MARIA, en razón de no existir disponibilidad de puestos para este tipo de negocio.
RESOLUCIÓN 074-SG-2011
7. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora FLORA SANCHEZ, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el Mercado Amazonas, para la venta de verduras. La Administración de Mercados mediante memorando 642 DSUM del 19 de noviembre de 2010 manifiesta que: “…no existe disponibilidad de puestos para esta clase de negocio…” La Comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo en el interior del Mercado Amazonas para venta de verduras a favor de la señora FLORA SANCHEZ, en razón de no existir disponibilidad de puestos para este tipo de negocio al interior del Mercado.
RESOLUCIÓN 075-SG-2011
8. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor AMAGUAÑA CANDO LUIS JAVIER, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el interior del parqueadero del Mercado do La Playa, para la venta de ropa confeccionada. La Administración de Mercados mediante memorando 625 DSUM del 11 de noviembre de 2010 manifiesta que: “…en el
sector indicado no existe disponibilidad de puestos para esta clase de negocio…” La Comisión acoge
el informe de la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo en el interior del parqueadero del Mercado La Playa para venta de ropa confeccionada a favor del señor AMAGUAÑA CANDO LUIS JAVIER, en razón de no existir disponibilidad de puestos para este tipo de negocio en el sector solicitado.
RESOLUCIÓN 076-SG-2011
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JARAMILLO, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el sector
abierto del Mercado Amazonas, para la venta de ropa confeccionada. La Comisión analizó la documentación presentada, y en razón de que el requerimiento es del puesto de trabajo Nro. 248 E que se encuentra adjudicado a nombre de la señora CACUANGO DAVILA FANNY PATRICIA, quién se encuentra al día en sus pagos, y se encuentra en proceso de le legalización. La comisión acoge el informe emitido por la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo Nro. 248 E ubicado en el sector ampliación del Mercado Amazonas, a favor de la señora PILAR ELIZABETH TENGANA JARAMILLO, en razón de encontrarse adjudicado a otra persona.
RESOLUCIÓN 077-SG-2011
10. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora PUPIALES GUAMAN MARIA ESTHER,
quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el sector abierto del Mercado Amazonas, para destinarlo a taller de costura. La Comisión analizó la documentación presentada, y en razón de que el requerimiento es del puesto de trabajo Nro. 249 E que se encuentra adjudicado a nombre de la señora TIAMARCA CACUANGO GICELA PAOLA, quién se encuentra al día en sus pagos, y se encuentra en proceso de le legalización. La comisión acoge la recomendación de la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del un puesto de trabajo Nro. 249 E ubicado en el sector ampliación del Mercado Amazonas a favor de la señora PUPIALES GUAMAN MARIA ESTHER, en razón de encontrarse adjudicado a otra persona.
RESOLUCIÓN 078-SG-2011
11. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora PEÑAFIEL CUPUERAN MYRIAN MARISOL, quién solicita se le adjudique a su nombre un puesto de trabajo ubicado en el sector
abierto del Mercado Amazonas, para destinarlo a taller de costura. La Comisión analizó la documentación presentada, y en razón de que el requerimiento es del puesto de trabajo Nro. 249 E que se encuentra adjudicado a nombre de la señora TIAMARCA CACUANGO GICELA PAOLA, quién se encuentra al día en sus pagos, y se encuentra en proceso de le legalización. La comisión acoge el informe de la Unidad de Mercados.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE NEGAR la adjudicación del puesto de trabajo Nro. 249 E ubicado en el sector ampliación del Mercado Amazonas a favor de la señora PEÑAFIEL CUPUERAN MYRIAN MARISOL, en razón de encontrarse adjudicado a otra persona.
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RESOLUCIÓN 079-SG-2011
12. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora CARMITA DEL ROCIO FLORES
VALENCIA C.I. 040092910-5, quién solicita la adjudicación en venta del puesto de trabajo Nro. GC5
destinado a la venta de granos cocidos, ubicados en el Mercado Mayorista de Ibarra. La Comisión debatió en torno al tema y una vez analizado el expediente estableció que es factible atender el pedido del compareciente, toda vez que cumple con los informes de las Direcciones de Avalúos, Financiero, Obras Públicas, Planificación y Jurídico, establecidos como requisitos para la venta de inmuebles municipales.
RESOLUCION: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE ES
PROCEDENTE la adjudicación mediante contrato de compra venta del local comercial Nro. GC5
destinado a la venta de granos cocidos, ubicados en el Mercado Mayorista de Ibarra, a favor de la señora CARMITA DEL ROCIO FLORES VALENCIA, el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:
La Dirección Financiera procederá ingresar los valores correspondientes, por concepto de venta de activos.
Beneficiario: Clave Catastral: 100103031045001472
Propietario: Ilustre Municipio San Miguel de Ibarra Dirección: 13 de abril
Descripción: GC5 Alícuota: 0.075 AREA = 4.10 m² Avalúo: $ 1.352,02 LINDEROS NORTE: 2,05 m. Con local GC6
SUR: 2,05 m. Con local GC4
ESTE: 2,00 m. Con pasaje 14 OESTE: 2,00 m. Con local BI5
RESOLUCIÓN 080-SG-2011
13. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora MARIN LARA LISLEY YANET C.I.
080242107-3, quién solicita la adjudicación en venta del puesto de trabajo Nro. 81, ubicado en el
sector Ampliación Remodelada del Mercado Amazonas de Ibarra, destinado a la venta de comida. La Comisión debatió en torno al tema y una vez analizado el expediente estableció que es factible
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atender el pedido del compareciente, toda vez que cumple con los informes de las Direcciones de Avalúos, Financiero, Obras Públicas, Planificación y Jurídico, establecidos como requisitos para la venta de inmuebles municipales.
RESOLUCION: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE ES
PROCEDENTE la adjudicación mediante contrato de compra venta del local comercial Nro.81, sector
Ampliación del Mercado Amazonas de la ciudad de Ibarra, a favor de la señora MARIN LARA LISLEY
YANET, el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y linderos:
La Dirección Financiera procederá ingresar los valores correspondientes, por concepto de venta de activos, de conformidad a la propuesta de la peticionaria.
Beneficiario: Clave Catastral: 100104040144003081
Apellidos y Nombres: Ilustre Municipio San Miguel de
Ibarra
Dirección: Av. Eugenio Espejo Descripción: A-081
Alícuota: 0.504 Area: 7,75 m² Valor Propiedad: $ 5,245.00 LINDEROS NORTE: Pasaje A-A con 2,05 m
SUR: Puesto A-080 con 2,05 m ESTE: Puesto A-063 con 2,00 m OESTE: Pasaje A-2 con 3,78 m
RESOLUCIÓN 0801SG-2011
14. Se pone en conocimiento la petición formulada por la RINA MARIA YALAMA CANACUAN C.I. 100180178-4, quién presenta la renuncia al local comercial Nro. 09 ubicado en el San Miguel Arcángel. La Administración de mercados mediante memorando SM-2010-1405-M del 26 de noviembre del 2010 manifiesta lo siguiente: “Con fecha 22 de Noviembre del 2010 presenta su renuncia voluntaria al
mencionado puesto por medio de un oficio, el mismo que se servirá encontrar adjunto” La Comisión
luego del análisis respectivo recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, resuelva:
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Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d)
del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE
ACEPTAR la renuncia presentada por la señora Rina María Yalama Canacuan, al puesto de trabajo Nro.
09 ubicada en el sector del San Miguel Arcángel.
La Dirección Financiera procederá a dar de baja los títulos de crédito que por concepto de arrendamiento se encuentran emitidos después del mes de Noviembre de 2010.
RESOLUCIÓN 082-SG-2011
15. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora IPIALES VINUEZA ZULEMA DEL CARMEN, C.I. 100334178-9, quién solicita se le adjudique mediante contrato de arrendamiento el
local comercial signado con el Nro. 14-MA ubicado en el sector del San Miguel Arcangel, para destinarlo a la venta de artesanías. La Administración de Mercados mediante memorando Nro. 638 DSUM del 18 de noviembre de 2010 manifiesta que: “pongo en su conocimiento que en el sector
indicado existe el puesto Nro. 14 MA, el mismo que en la actualidad se encuentra vacante, además se indica que la directiva de ese sector, está muy de acuerdo en que se le adjudique el local a la señora solicitante”. La Comisión analizó el expediente y estableció que es factible atender el pedido de la
solicitante.
Resolución: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del
Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE:
ADJUDICAR, mediante contrato de arrendamiento a favor de la señora IPIALES VINUEZA ZULEMA DEL CARMEN, el local comercial Nro. 14 MA ubicado en el sector del San Miguel Arcángel.
RESOLUCIÓN 083-SG-2011
16. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora LIDIA TERESA GONZALEZ ROSERO C.I.
040088900-2, quién solicita la adjudicación en venta del puesto de trabajo Nro. FR-10, ubicado en el
sector minorista del Mercado Mayorista de Ibarra, destinado a la venta de Frutas. La Comisión debatió en torno al tema y una vez analizado el expediente estableció que es factible atender el pedido del compareciente, toda vez que cumple con los informes de las Direcciones de Avalúos, Financiero, Obras Públicas, Planificación y Jurídico, establecidos como requisitos para la venta de inmuebles municipales.
RESOLUCION: EL I. Concejo Municipal en uso de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización,, RESUELVE: ES
PROCEDENTE la adjudicación mediante contrato de compra venta del local comercial Nro.FR-10,
ubicado en el sector minorista del Mercado Mayorista de la ciudad de Ibarra, a favor de la señora
LIDIA TERESA GONZALEZ ROSERO, el mismo que se singulariza en el siguiente cuadro de áreas y
linderos:
La Dirección Financiera procederá ingresar los valores correspondientes, por concepto de venta de activos, de conformidad a la propuesta de la peticionaria.
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Beneficiario: Clave Catastral: 100103031045001369
Apellidos y Nombres: Ilustre Municipio San Miguel de Ibarra Dirección: 13 de Abril
Descripción: FR10 Alícuota: 0.075 Área: 4.18m² Valor Propiedad: $ 1,352.02 LINDEROS Norte: 2,00m con local GT27
Sur 2,00m con pasaje 9 Este 2,05m con local FR9 Oeste 2,05m con local FR11
INFORME N. 02 DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN, ORNATO,
AVALUOS Y CATASTROS.
RESOLUCIÓN 084-SG-2011
1. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor PATRICIO DAZA NAVARRETE, quien
solicita al Ilustre Concejo Municipal de Ibarra, autorice el cambio de uso de suelo de Zona
Industrial de alto impacto y baja densidad a Zona Residencial, en un predio de su propiedad
ubicado en la calle 13 de Abril y Pichincha sector de los Huertos Familiares de Azaya, frente al
parque del Recuerdo del Sindicato de Choferes, con el objetivo de planificar un conjunto
residencial de vivienda de interés social. La Dirección de Planificación mediante memorando
PL-2010-1414-M, del 16 de diciembre de 2010 manifiesta los siguiente:
“….una vez revisada la Ordenanza de Reglamentación Urbana vigente se verificó que el predio
se halla en la zona B-803-IMI, considerada una zona Industrial de mediano Impacto, en la que el
uso residencial únicamente está previsto con una baja densidad poblacional, es decir para la
implantación de vivienda de cuidador, debido a que el Parque Industrial planteado en esta zona
podría producir a futuro efectos nocivos a la salud de la población. Por lo anteriormente
expuesto, no es recomendable cambiar el uso de suelo de Industrial a residencial.”
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Se adjunta en el expediente el oficio Nro. 929 Gerencia Sad 3010 del 16 de noviembre de 2010 el
cual manifiesta lo siguiente:
“De acuerdo a la zonificación urbana vigente, la empresa ha previsto un caudal medio de 0,07
Lt/s/ha. En la actualidad disponemos de tuberías adecuadas para atender sin inconveniente esta
zona de baja densidad poblacional proyectada.
En las actuales condiciones es factible atender con un mayor caudal a esta propiedad, siempre y
cuando sea este el único caso, el caudal medido sería de 0.63 L/s/ha, puesto que un incremento
general de la densidad poblacional futura generaría la necesidad de incremento de diámetro de la
tubería matriz que abastece al citado sector”.
La Comisión realizó una inspección al sector y pudo verificar que existen varios proyectos de
vivienda que se encuentra consolidados en el sector, por lo que consideró factible atender el
requerimiento del peticionario
El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión, que en uso de las
facultades establecidas en 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y
Autonomía y Descentralización, RESUELVE:
RESOLUCIÓN 085-SG-2011
2. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor VICTOR MAULME CLAVIJO
LEON, respecto a la afectación a un predio de su propiedad ubicado en la intersección de la
vía los Galeanos y el Pasaje Ana Lía Bernal. La Dirección de Planificación mediante
memorando PL-2010-1418-M del 16 de diciembre de 2010 manifiesta lo siguiente:
a) QUE ES PROCEDENTE autorizar el cambio de uso de suelo de Zona Industrial de alto
impacto y baja densidad a Zona Residencial, en un predio de propiedad del señor
PATRICIO DAZA NAVARRETE ubicado en la calle 13 de Abril y Pichincha sector de los
Huertos Familiares de Azaya, frente al parque del Recuerdo del Sindicato de Choferes, con
el objetivo de planificar un conjunto residencial de vivienda de interés social.
b) Que los interesados suscriban un convenio con la Empresa Municipal de Agua Potable y
Alcantarillado EMAPA – I, para el abastecimiento del servicio de Agua Potable y la
ampliación de las redes que dotarán del servicio, el mismo que se deberá presentar previa
la aprobación del Anteproyecto de Construcción.
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Con fecha de enero 1997 el Departamento de Planificación emitió directrices viales en la
propiedad del señor Oscar Benalcázar en donde el lindero sur no se establece ningún trazado
vial.
En el año de enero de 2005 se actualiza el trazado vial de la propiedad del señor Oscar
Benalcázar en la que no consta tampoco ningún trazado vial en el lindero sur de la propiedad
del señor Gonzalo Benalcázar colindante con la propiedad.
Con fecha 17 de marzo de 2009 mediante escritura publica el señor Oscar Aníbal Benalcázar
Acosta vende su propiedad al señor Víctor Maulme Clavijo León en la que en la clausula cuarta
referida a los linderos del lote Nº1, se señala que en el lindero sur, limita la calle Ana Lía Bernal
de Fuentes y de igual manera, el lote Nº 2 el lindero limita con un pasaje S/N. Esta vía ya fue
catastrada y denominada como Ana Lía Bernal.
· Considerando la vía señalada en las escrituras del predio del señor Víctor Clavijo, el
Departamento de Planificación emite las directrices viales al predio de propiedad del señor
Gonzalo Benalcázar en el cual de mantiene el trazado de la calle Ana Lía Bernal de 12.00m de
ancho en la que se afecta el predio del señor Benalcázar, plano DIRC 40/2007 de junio 2007.
· Cabe aclarar que los estudios del Conjunto Habitacional los Galeanos se hallan en un nivel de
anteproyecto sin aprobar, por lo que el interesado no puede iniciar la realización de los
demás estudios de urbanización e infraestructura, en consecuencia la municipalidad no es
responsable de las modificaciones que podrían realizarse
· En referencia a la propuesta de que no se carguen a los representados las tasas por
contribución de mejoras, cuando se habilite la vía que colinda con el predio, cabe señalar que
no es posible dicha exoneración por ser esta una disposición legal.
· En relación a una indemnización por el ensanchamiento en la vía Ana Lía Bernal, cabe indicar
que no se justifica en razón de que dicha vía de acuerdo al plan de desarrollo atravesaba
diagonalmente por su predio, pero en consideración de que exista un pasaje y calle en el
ancho del predio y muy cerca a la otra vía, se definió la ampliación de el pasaje existente para
el funcionamiento de una vía vehicular, la misma que inicialmente se halla proyectada en
12.00m.
“De acuerdo al anteproyecto modificatorio presentado, se plantea dos vías longitudinales de
9.00m de ancho, cada una que justifican plenamente la conectividad con el sector por lo que
es técnicamente factible reducir el ancho de la calle Ana Lía Bernal ya que cediendo los 2.50m,
se establecería un ancho de pasaje de 8.50m por lo que no se modificara el proyecto que
beneficia a mas de 120 personas.
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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Por lo expuesto se sugiere la aprobación de dicho anteproyecto y la ampliación del pasaje
peatonal que actualmente es de 6.00m, para que se considere su ancho en 8.50m;
planteamiento que fue discutido y aceptado con los técnicos y propietarios del Conjunto
Habitacional los Galeanos”
La Comisión realizó una inspección al sitio y constató que es factible atender el requerimiento
de los solicitantes añadiendo varias modificaciones.
El I. Concejo Municipal acogiendo la recomendación de la Comisión de Planificación, y en uso de
las facultades establecidas en el Art. 57 literal d) del Código Orgánico de Organización
Territorial y Autonomía y Descentralización, RESUELVE:
INFORME N. 01 DE LA COMISIÓN DE TRANSITO Y TRANSPORTE
TERRESTRE.
RESOLUCIÓN 086-SG-2011
1. Se pone en conocimiento el memorando SG-2011-00031-M del 24 de enero de 2011 en el cual la Secretaría General de I. Concejo Municipal solicita la modificación a las resoluciones 816,817 y 818 SG-2011 tomadas por el Concejo Municipal en sesiones del 22 de diciembre de 2010 y 6 de enero de 2011, en razón que se omitió incluir varias recomendaciones. La Comisión considero factible
a) QUE ES PROCEDENTE, la aprobación del anteproyecto del Conjunto Habitacional LOS GALEANOS,
ubicada en la vía Los Galeanos intersección con la calle Ana Lía Bernal.
b) Que la vía paralela al Pasaje Analía Bernal, ubicada al norte del Bloque A, deberá proyectarse en
12 metros de ancho, reduciendo el ancho de la calle sin nombre, ubicada al norte de los bloques B y
C a 8,50cm.
c) La Dirección de Planificación deberá considerar el ancho de 12 metros del Pasaje Analía Bernal
para conceder línea de fábrica a lotizaciones o construcciones futuras.
d) El peticionario deberá rediseñar el proyecto de manera que las construcciones que colindan con el
pasaje Ana Lía Bernal se encuentren con frente a dicha vía.
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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atender la solicitud pues se tratan de recomendaciones que establecen plazos, fechas de vigencia entre otros que validan la resolución.
El Ilustre Concejo Municipal en el marco del convenio suscrito con el Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre para la transferencia de competencia y funciones; y, en uso de las facultades establecidas en los artículos: 264 numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador; 44 y 45 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; Articulo 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve que:
a) Se incluya en la resolución 818 SG-2011 del 12 de enero del 2011 las siguientes recomendaciones: La habilitación operacional conferida a la COMPAÑÍA DE TRASPORTE COMPATIBARRA S.A” tiene vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución.” La habilitación operacional deja sin efecto los permisos y autorizaciones emitidos anteriormente.
La operadora será responsable por la paralización injustificada de la operación, por la participación en huelgas o motines, por el incumplimiento injustificado al tener más del 15% de la flota fuera de operación, por un período de cuatro (4) días hábiles.
La operadora será susceptible de pérdidas parciales de la habilitación operacional relacionadas con las habilitaciones conferidas a la flota vehicular de operación que forman parte de la misma.
La operadora será responsable de cualquier perjuicio o daño a terceros provenientes de su negligencia o impericia en la prestación del servicio, sujetándose a las leyes, Ordenanzas, Reglamento y Resoluciones vigentes.
El Ilustre Concejo Municipal, podrá en cualquier tiempo, observando los criterios técnicos y legales, revocar, reducir, ampliar, modificar; determinar la reducción o redistribución de flotas; reducir, ampliar, crear y extinguir áreas de operación.
La operadora COMPAÑÍA DE TRASPORTE COMPATIBARRA S.A” se someterá a las normas legales establecidas en la ley y reglamentos de tránsito, Ordenanzas y Reglamentos y Resoluciones vigentes emitidas por el Ilustre Concejo Municipal y los respectivos Organismos de Tránsito.
La prohibición de transferir, la facultad de establecer y prestar los servicios de transporte terrestre que se otorga a través de la celebración del contrato correspondiente.
La violación de las publicadas normas y resoluciones o cualquier alteración que ocasionare a las decisiones contenidas en esta Habilitación Operacional, dará lugar para que se revierta el mismo.
Mediante Resolución 875 del 9 de octubre del 2008 ratificada el 17 del mismo mes y año se fija como plazo mínimo de dos años para que las operadoras puedan acceder a efectuar el cambio de socio.
Además le comunico a usted que los documentos y requisitos presentados, sirven de base para el otorgamiento de las respectivas resoluciones administrativas, dejando a salvo la facultad de efectuar visitas oculares, a fin de comprobar la veracidad de la información requerida
Acta: 04
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La habilitación operacional conferida a la COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS LA
ESPERANZA tiene vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición de esta
resolución.”
La habilitación operacional deja sin efecto los permisos y autorizaciones emitidos anteriormente. La operadora será responsable por la paralización injustificada de la operación, por la participación en huelgas o motines, por el incumplimiento injustificado al tener más del 15% de la flota fuera de operación, por un período de cuatro (4) días hábiles.
La operadora será susceptible de pérdidas parciales de la habilitación operacional relacionadas con las habilitaciones conferidas a la flota vehicular de operación que forman parte de la misma. La operadora será responsable de cualquier perjuicio o daño a terceros provenientes de su negligencia o impericia en la prestación del servicio, sujetándose a las leyes, Ordenanzas, Reglamento y Resoluciones vigentes.
El Ilustre Concejo Municipal, podrá en cualquier tiempo, observando los criterios técnicos y legales, revocar, reducir, ampliar, modificar; determinar la reducción o redistribución de flotas; reducir, ampliar, crear y extinguir áreas de operación.
La operadora COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS LA ESPERANZA se someterá a las normas legales establecidas en la ley y reglamentos de tránsito, Ordenanzas y Reglamentos y Resoluciones vigentes emitidas por el Ilustre Concejo Municipal y los respectivos Organismos de Tránsito.
La prohibición de transferir, la facultad de establecer y prestar los servicios de transporte terrestre que se otorga a través de la celebración del contrato correspondiente.
La violación de las publicadas normas y resoluciones o cualquier alteración que ocasionare a las decisiones contenidas en esta Habilitación Operacional, dará lugar para que se revierta el mismo. Mediante Resolución 875 del 9 de octubre del 2008 ratificada el 17 del mismo mes y año se fija como plazo mínimo de dos años para que las operadoras puedan acceder a efectuar el cambio de socio.
Además le comunico a usted que los documentos y requisitos presentados, sirven de base para el otorgamiento de las respectivas resoluciones administrativas, dejando a salvo la facultad de efectuar visitas oculares, a fin de comprobar la veracidad de la información requerida
c) Se incluya en la resolución 816 SG-2011 del 12 de enero del 2011 las siguientes recomendaciones: La habilitación operacional conferida a la CORPORACION SAN JOSE DE CORSAJO S.A tiene vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolución.”
Acta: 04
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La habilitación operacional deja sin efecto los permisos y autorizaciones emitidos anteriormente. La operadora será responsable por la paralización injustificada de la operación, por la participación en huelgas o motines, por el incumplimiento injustificado al tener más del 15% de la flota fuera de operación, por un período de cuatro (4) días hábiles.
La operadora será susceptible de pérdidas parciales de la habilitación operacional relacionadas con las habilitaciones conferidas a la flota vehicular de operación que forman parte de la misma. La operadora será responsable de cualquier perjuicio o daño a terceros provenientes de su negligencia o impericia en la prestación del servicio, sujetándose a las leyes, Ordenanzas, Reglamento y Resoluciones vigentes.
El Ilustre Concejo Municipal, podrá en cualquier tiempo, observando los criterios técnicos y legales, revocar, reducir, ampliar, modificar; determinar la reducción o redistribución de flotas; reducir, ampliar, crear y extinguir áreas de operación.
La operadora CORPORACION SAN JOSE DE CORSAJO S.A se someterá a las normas legales establecidas en la ley y reglamentos de tránsito, Ordenanzas y Reglamentos y Resoluciones vigentes emitidas por el Ilustre Concejo Municipal y los respectivos Organismos de Tránsito. La prohibición de transferir, la facultad de establecer y prestar los servicios de transporte terrestre que se otorga a través de la celebración del contrato correspondiente.
La violación de las publicadas normas y resoluciones o cualquier alteración que ocasionare a las decisiones contenidas en esta Habilitación Operacional, dará lugar para que se revierta el mismo. Mediante Resolución 875 del 9 de octubre del 2008 ratificada el 17 del mismo mes y año se fija como plazo mínimo de dos años para que las operadoras puedan acceder a efectuar el cambio de socio.
Además le comunico a usted que los documentos y requisitos presentados, sirven de base para el otorgamiento de las respectivas resoluciones administrativas, dejando a salvo la facultad de efectuar visitas oculares, a fin de comprobar la veracidad de la información requerida
RESOLUCIÓN 087-SG-2011
2. Petición formulada por la “COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL
YAHUARCOCHA”, la misma que solicita a la Ilustre Municipalidad de Ibarra, apruebe la
renovación de habilitación operacional, a favor de un socio de la Cooperativa. Al respecto la Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre, mediante memorando 001-RHO-DPTT de fecha 20 de enero de 2011, manifiesta lo siguiente:
Acta: 04
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DENOMINACION: COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL
YAHUARCOCHA
RUC: 1090065900001
MODALIDAD: TAXI
REG. MUN. Nº: 021
REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE: ANDRADE JOSE CAMILO CEDULA: 1001026036
DATOS DE CONSTITUCION JURIDICA
ACUERDO MINISTERIAL: 000307 FECHA: 27 DE MARZO DE 1983 INSC. REG. GENERAL DE COOP. 3594
DATOS DE HABILITACIÓN OPERACIONAL ANTERIOR
HABILITACION OPERACIONAL ANTERIOR: 017-RPO-010-2005 FECHA: 27 DE DICIEMBRE DEL 2005
CADUCA: 27 DE DICIEMBRE DE 2010 Nº DE SOCIOS: CATORCE
Acta: 04
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Nº DE VEHICULOS:CATORCE
ESTACIONAMIENTO
DIRECCIÓN: AV. JAIME RIVADENEIRA SECTOR PLAZOLETA MONS. LEONIDAS PROAÑO
CAMBIO IMPLEMENTADOS
CAMBIOS DE SOCIOS Y UNIDAD
SOCIO Y UNIDAD SALIENTE
REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-003 PAUCAR BEDOYA WASSHING TON ANDRES 1002431 797 E IAK01 08 HYUN DAI 20 02 SED AN 5 G4EC104 6101 KMHCH41BP2U 271138
SOCIO Y UNIDAD ENTRANTE
REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLACA MAR CA AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS
Acta: 04
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021-003 JACOM E CAZAR ES OSWAL DO DAVID 0400495 628 E FACTU RA KIA 201 0 SED AN 5 G4EE9H27 4575 KNADG411AA66 28290
SOCIO Y UNIDAD SALIENTE
REG. MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLACA MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-005 ORBE MIÑO LUIS ENRIQ UE 10002081 97 E IAH02 75 MAZD A 199 6 SEDA N 5 E57745 96 BF10E2M306683 96B
SOCIO Y UNIDAD ENTRANTE
REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L
PLACA MARCA AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-005 ECHEVER RIA GUTIERR EZ IVAN PATRICI 1707620 470 E FACTU RA CHEVRO LET 20 09 SED AN 5 F16D3872 716C 9GATD5166981 24392
Acta: 04
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O
SOCIO Y UNIDAD SALIENTE
REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLACA MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOT OR CHASIS 021-007 CHILIQUIN GA GORDILLO PABLO JAVIER 10017220 48 E IAG03 06 LADA 199 4 SEDA N 5 32025 55 XTA210430RO44 5214
SOCIO Y UNIDAD ENTRANTE
REG. MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLACA MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-007 QUELA L PATIÑ O EDISSO N DAVID 10018623 8-0 E IAK07 32 SKOD A 200 9 SEDA N 5 BTS1204 19 TMBGD45JX93111 792
SOCIO Y UNIDAD SALIENTE
REG . MU SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARCA AÑ O TIPO PAS AJ MOT OR CHASIS
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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N. 021-009 TORRES CARRERA GALO ATAHUAL PA 10007893 86 E IAG-624 HYUND AI 200 2 SEDA N 5 KMHCH41BP2U35 8104
SOCIO Y UNIDAD ENTRANTE
REG. MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARCA AÑ O TIPO PAS AJ MOTO R CHASIS 021-009 SANTA FE POZO EULALI A SILVAN A 10017596 36 E ICL-521 HYUND AI 200 7 SEDA N 5 KMHCM41AP7U10 6371 CAMBIOS DE SOCIOS SOCIO SALIENTE REG. MUN.
SOCIO CEDULA T/L PLACA MARCA AÑO TIPO PASAJ MOTOR CHASIS
021-003 MENA MEJIA JOSE E ICB-048 HYUNDAI 2002 SEDAN 5
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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IGNACIO SOCIO ENTRANTE REG. MUN . SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARCA AÑ O TIPO PASA J MOTO R CHASI S 021-003 PAUCAR BEDOYA WASSHINGTO N ANDRES 100243179 7 E ICB-048 HYUND AI 200 2 SEDA N 5 SOCIO SALIENTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLA CA MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-006 CACERE S CUADRA DO FREDDY GABRIEL 0602811 481 E IAH-142 DAEW OO 20 02 SED AN 5 A15SMS414 234B KLATF69YE2B7 26136 SOCIO ENTRANTE REG . MU N. SOCIO CEDUL A T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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021-006 MORRIL LO PANTOJ A ALEJAN DRO ENRIQU E 0401222 73-2 E IAH01 42 DAEW OO 20 02 SED AN 5 A15SMS414 234B KLATF69YE2B7 26136 SOCIO SALIENTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-009 SANTA FE POZO EULALI A SILVA NA 1001759 636 E ICL-521 HYUND AI 200 7 SEDA N 5 G4EE6596 603 KMHCM41AP7U1 06371 SOCIO ENTRANTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLA CA MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-009 HERNAN DEZ HERNAN DEZ JORGE 1002808 986 E ICL-521 HYUN DAI 20 07 SED AN 5 G4EE6596 603 KMHCM41AP7U1 06371
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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HERNAN SOCIO SALIENTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-010 PORTILL A LUIS TARQUI NO 1000369 114 E IAH08 76 HYUN DAI 200 5 SED AN 5 G4E5071 972 KMHCG41CP5U6 30636 SOCIO ENTRANTE REG . MU N. SOCIO CEDUL A T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-010 RUIZ TORRES RONALD RIGOBE RTO 1717002 511 E IAH08 76 HYUN DAI 20 05 SED AN 5 G4ED5071 972 KMHCG41CP5U6 30636 SOCIO SALIENTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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021-008 CACHIGUA NGO VEGA LUIS ENRIQUE 1000086 361 E IAH07 52 HYUN DAI 20 05 SED AN 5 G4ED507 2721 KMHCG51CP5U 272377 SOCIO ENTRANTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-008 CULQUI DOMING UEZ CRISTIAN PAUL 1002842 175 C IAH07 52 HYUN DAI 20 05 SED AN 5 G4ED507 2721 KMHCG51CP5U2 72377 CAMBIOS DE UNIDAD UNIDAD SALIENTE REG. MUN . SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARCA AÑ O TIPO PASA J MOTO R CHASI S 021-013 ANDRAD E JOSE CAMILO 100102603 6 E IAR-728 CHEVROLE T 199 4 SEDA N 5 UNIDAD ENTRANTE
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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REG. MUN.
SOCIO CEDULA T/L PLACA MARCA AÑO TIPO PASAJ MOTOR CHASIS
021-013 ANDRADE JOSE CAMILO 1001026036 E IAF-502 HYUNDAI 2002 SEDAN 5 UNIDAD SALIENTE REG. MUN . SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARCA AÑ O TIPO PASA J MOTO R CHASI S 021-002 ROSERO ARMAS RAMIRO JOAQUI N 100163620 6 E IAE-404 CHEVROLE T 198 8 SEDA N 5 UNIDAD ENTRANTE REG. MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARCA AÑ O TIPO PASA J MOTO R CHASIS 021-002 ROSERO ARMAS RAMIR O JOAQUI N 10016362 06 E IAF-416 DAEWO O 199 8 SEDA N 5 KLATF19Y1WB2141 35 UNIDAD SALIENTE
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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REG. MUN . SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARCA AÑ O TIPO PASA J MOTO R CHASIS 021-012 MARTINEZ MERA EDUARDO FERNAND O 100126937 0 E IAE-741 CHEVROLE T 199 5 SEDA N 5 T695C1861 8 UNIDAD ENTRANTE REG. MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PASA J MOTO R CHASIS 021-012 MARTINE Z MERA EDUARD O FERNAND O 10012693 70 E CBN-158 NISSA N 200 6 SEDA N 5 3N1EB31S16K300 491 UNIDAD SALIENTE REG. MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLACA MARC A AÑ O TIPO PASA J MOTO R CHASIS 021-011 BENITE Z ROMO NELSON HOMER 10000909 83 E IAG046 4 LADA 199 2 SEDA N 5 1133759 XTA210900N1188 04
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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O UNIDAD ENTRANTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLACA MAR CA AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-011 BENITE Z ROMO NELSO N HOMER O 10000909 83 E IAK05 06 NISSA N 200 8 SEDA N 5 GA1677656 4W 3N1EB31S38K33 2197 UNIDAD SALIENTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-013 ANDRA DE JOSÉ CAMIL O 10010260 36 E IAF05 02 HYUND AI 200 2 SEDA N 5 G4EC10936 45 KMHCH51BP2U13 6868 UNIDAD ENTRANTE
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-013 ANDRA DE JOSÉ CAMIL O 1001026 036 E IAK05 23 HYUN DAI 200 8 SED AN 5 G4ED8968 478 KMHCN41CP8U2 33450 UNIDAD SALIENTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-002 ROSER O ARMAS RAMIR O JOAQU IN 10010260 36 E IAF04 16 DAEW OO 199 8 SEDA N 5 G15MF69630 3B KLATF19Y1WB21 4135 UNIDAD ENTRANTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-002 ROSER O ARMA S 1001636 206 E ICJ09 52 HYUN DAI 200 5 SEDA N 5 G4ED4939 022 KMHPM81CP5U1 92135
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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RAMIR O JOAQU IN UNIDAD SALIENTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MARC A AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-009 HERNAN DEZ HERNAN DEZ JORGE HERNAN 1002808 98-6 E ICL05 21 HYUND AI 200 7 SEDA N 5 G4EE6596 603 KMHCM41AP7U1 06371 UNIDAD ENTRANTE REG . MU N. SOCIO CEDULA T/ L PLAC A MAR CA AÑ O TIPO PAS AJ MOTOR CHASIS 021-009 HERNAN DEZ HERNAN DEZ JORGE HERNAN 1002808 98-6 E IAA10 29 NISS AN 201 0 SEDA N 5 GA167561 10Y 3N1EB31S4AK34 9385
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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LISTADO DE SOCIOS
COD. SOCIO CEDULA T / L
PLACA MARCA AÑO TIPO PASAJ. No. MOTOR No: DE CHASIS
021-001 PEREZ ROSERO JORGE GUILLERMO 040025312-6
E IAH0266 NISSAN 2004 SEDAN 5 GA16884721S 3N1EB31S14K559754
021-002 ROSERO ARMAS RAMIRO JOAQUIN 100163620-6
E ICJ0952 HYUNDAI 2005 SEDAN 5 G4ED4939022 KMHPM81CP5U192135
021-003 JACOME CAZARES OSWALDO DAVID 040049562-8
E IAK0883 KIA 2010 SEDAN 5 G4EE9H274575 KNADG411AA6628290
021-004 MARTINEZ VALDIVIEZO JORGE IVAN 170529696-8
E IAG0629 NISSAN 1998 SEDAN 5 GA16757580V 3N1EB31S8ZL025748
021-005 ECHEVERRIA GUTIERREZ IVAN PATRICIO 170762047-0
E IAK0718 CHEVROLET 2009 SEDAN 5 F16D3872716C 9GATJ51669B124392
021-006 MORRILLO PANTOJA ALEJANDRO ENRIQUE 040122273-2
E IAH0142 DAEWOO 2002 SEDAN 5 A15SMS414234B KLATF69YE2B726136
021-007 QUELAL PATIÑO EDISSON DAVID 100186238-0
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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021-008 CULQUI DOMINGUEZ CRISTIAN PAUL 100284217-5
C IAH0752 HYUNDAI 2005 SEDAN 5 G4ED5072721 KMHCG51CP5U272377
021-009 HERNANDEZ HERNANDEZ JORGE HERNAN 100280898-6
E IAA1029 NISSAN 2010 SEDAN 5 GA16756110Y 3N1EB31S4AK349385
021-010 RUIZ TORRES RONALD RIGOBERTO
171700251-1 E IAH0876 HYUNDAI 2005 SEDAN 5 G4ED5071972 KMHCG41CP5U630636
021-011 BENITEZ ROMO NELSON HOMERO 100009098-3
E IAK0506 NISSAN 2008 SEDAN 5 GA16776564W 3N1EB31S38K332197
021-012 MARTINEZ MERA EDUARDO FERNANDO 100126937-0
E CBN0158 NISSAN 2006 SEDAN 5 GA16880286T 3N1EB31S16K300491
021-013 ANDRADE JOSÉ CAMILO 100102603-6
E IAK0523 HYUNDAI 2008 SEDAN 5 G4ED8968478 KMHCN41CP8U233450
SON: CATORCE ACCIONISTAS (14) Y TRECE VEHICULOS HABILITADOS (13)
NOTA: SOCIO REZAGADO EL SEÑOR RASQUEL ENDARA JESUS AMABLE, POR CUANTO EL VEHICULO
CUMPLIO LA VIDA UTIL Y DEBE SER SOMETIDO A LA CHATARRIZACION.
El I. Concejo Municipal acogiendo el informe de la Comisión de Tránsito y Transporte Terrestre estableció que existe la factibilidad de atender favorablemente el pedido formulado por la institución compareciente, en tal virtud en el marco del convenio suscrito con el Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre para la transferencia de competencia y funciones; y, en uso de las facultades establecidas en los artículos: 264 numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador; 44 y 45 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; Articulo 57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, resuelve que:
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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a) ES PROCEDENTE autorizar la renovación del permiso de habilitación operacional solicitada por la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL YAHUARCOCHA, de conformidad a los
datos constantes en el memorando Nro. 001-RHO-DPPTT del 20 de enero de 2011, emitido por la Unidad Municipal de Tránsito y Transporte.
b) La Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre notificará a los directivos de la Compañías que han
solicitado renovación del permiso de habilitación operacional para que en un plazo máximo de 30 días de conformidad a lo que establece la Ley Orgánica de Transporte Terrestre y su Reglamento, presente las unidades para su respectiva aprobación, caso contrario se dejará sin efecto el titulo habilitante a los socios que no presentaren el vehículo.
La habilitación operacional conferida a la COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE
TERRESTRE COMERCIAL YAHUARCOCHA, tiene la vigencia de cinco años, contados a partir de la
fecha de expedición de esta resolución.
La habilitación operacional deja sin efecto los permisos y autorizaciones emitidos anteriormente. La operadora será responsable por la paralización injustificada de la operación, por la participación en huelgas o motines, por el incumplimiento injustificado al tener más del 15% de la flota fuera de operación, por un período de cuatro (4) días hábiles.
La operadora será susceptible de pérdidas parciales de la habilitación operacional relacionadas con las habilitaciones conferidas a la flota vehicular de operación que forman parte de la misma. La operadora será responsable de cualquier perjuicio o daño a terceros provenientes de su negligencia o impericia en la prestación del servicio, sujetándose a las leyes, Ordenanzas, Reglamento y Resoluciones vigentes.
El Ilustre Concejo Municipal, podrá en cualquier tiempo, observando los criterios técnicos y legales, revocar, reducir, ampliar, modificar; determinar la reducción o redistribución de flotas; reducir, ampliar, crear y extinguir áreas de operación.
La operadora COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL YAHUARCOCHA se someterá a las normas legales establecidas en la ley y reglamentos de tránsito, Ordenanzas y Reglamentos y Resoluciones vigentes emitidas por el Ilustre Concejo Municipal y los respectivos Organismos de Tránsito.
La prohibición de transferir la facultad de establecer y prestar los servicios de transporte terrestre que se otorga a través de la celebración del contrato correspondiente.
La violación de las publicadas normas y resoluciones o cualquier alteración que ocasionare a las decisiones contenidas en esta Habilitación Operacional, dará lugar para que se revierta el mismo. Mediante Resolución 875 del 9 de octubre del 2008 ratificada el 17 del mismo mes y año se fija como plazo mínimo de dos años para que las operadoras puedan acceder a efectuar el cambio de socio.
Acta: 04
Sesión ordinaria: 2 febrero 2011
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Además le comunico a usted que los documentos y requisitos presentados, sirven de base para el otorgamiento de las respectivas resoluciones administrativas, dejando a salvo la facultad de efectuar visitas oculares, a fin de comprobar la veracidad de la información requerida.
En base a los antecedentes señalados y habiendo cumplido la COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE COMERCIAL YAHUARCOCHA con los requisitos exigidos pongo a consideración de la Comisión para que proceda como corresponda.
RESOLUCIÓN 088-SG-2011
3. Se pone en conocimiento la petición formulada por el Ab. Marco Parreño PRESIDENTE DEL BARRIO
LA MERCED DE CHORLAVI, quienes solicitan la reubicación de la parada de la Compañía de Tasis
OASISTURIS S.A. al Barrio Chorlaví. La Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre, mediante memorando oficio Nro. OP-2011-00061-O, manifiesta lo siguiente:
“1.- La Compañía de transporte de pasajeros en taxi OASISTURIS S.A. mediante resolución Nro. 055-DIR-2006-CNTTT, emitida por el Consejo Nacional de Transito en su Decima Quinta Sesión Ordinaria, efectuada el 1 de noviembre del 2006, analiza y aprueba la concesión del permiso de operación, con la finalidad de fomentar el turismo en la parroquia de Ambuqui.
2.- En la actualidad en I. Municipio de Ibarra, no cuenta con ningún estudio de factibilidad que nos permita establecer el lugar adecuado para su reubicación.
3.- La reubicación de la parada de la Compañía OASISTURIS S.A. NO es factible en razón de que el I. Municipio de Ibarra, va a realizar un estudio integral de la ciudad y en dicho estudio consta en uno de los puntos a ser tratados las paradas de todas las operadoras en las diferentes modalidades. “
La Comisión de Tránsito y Transporte Terrestre, recibió en Comisión General tanto a los moradores del Barrio La Merced de Chorlaví, como a los integrantes de la Compañía OASISTURIS S.A., quienes expusieron sus argumentos para solicitar la dotación de un servicio de taxis para el Barrio y por otra parte la reubicación de la Compañía respectivamente. La Comisión debatió en torno al tema, existiendo varios argumentos:
1) Por una parte el Señor Renso Torres quién consideró que no es viable el pedido, por las razones expuestas en el informe presentado por la Unidad de Tránsito y Transporte Terrestre.
2) Por otra parte la Señora Andrea Scacco y el Coronel Mario Torres Morejón Jefe de Transito de Imbabura, consideraron la factible atender la solicitud formulada, en razón de que es una compañía legalmente constituida, recalcando que es necesario atender los requerimientos de quienes se encuentran legalizados, a fin de disminuir el trabajo ilegal de otras operadoras.