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Manual Teórico Práctico d l Módulo Autocontenido Transversal

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(1)

33.00 Administración

Semestre I Contabilidad Semestre I

Alimentos y Bebidas Semestre I Hospitalidad turística Semestre I 55667312 a: L M M Asistente Directivo Semestre I Informática Semestre I

PARA LAS CARRERAS DE PROFESIONAL TECNICO

BACHILLER

Manual Teórico Práctico

d l

Módulo Autocontenido Transversal

:

Organización de Empresas

Capacitado por:

e-ccbc

Educación-Capacitación

Basadas en Competencias

Contextualizadas

Conalep

(2)

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 2

PARTICIPANTES

Suplente del Director General

Joaquín Ruiz Nando

Secretario de Desarrollo Académico y de Capacitación Marco Antonio Norzagaray

Director de Diseño Curricular de la Formación Ocupacional Gustavo Flores Fernández

Coordinador de Área:

Ma. Cristina Martínez Mercado

Grupo de Trabajo para el Diseño del Módulo Especialistas de Contenido

Asociación Mexicana de Ingenieros Mecánicos y Electricistas, A. C. (AMIME) Tania Villafranco Tinoco y Claudia de la Soledad Gómez Niembro

Especialistas Pedagógicos

Asociación Mexicana de Ingenieros Mecánicos y Electricistas, A. C. (AMIME) Sandra Rubio Rosete y Ana Ma. Villafranco Tinoco

Revisor de contenido Hugo Labastida (CONALEP) Revisión Pedagógica Patricia Toledo (CONALEP)

Revisores de la Contextualización Agustín Valerio (CONALEP)

Guillermo Armando Prieto Becerril (CONALEP)

Turismo, Comercio y Administración y Tecnologías de la Información Manual del curso – módulo Autocontenido Transversal “Organización de empresas”

Administración, Contabilidad, Asistente Directivo, Hospitalidad Turística, Alimentos y bebidas, Informática

D.R. © 2004 CONALEP.

Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra, incluida la portada, por cualquier medio sin autorización por escrito del CONALEP. Lo contrario representa un acto de piratería intelectual perseguido por la Ley Penal.

E-CBNC

Av. Conalep N° 5, Col. Lázaro Cárdenas, C.P. 52140 Metepec, Estado de México. www.conalep.edu..mx

(3)

Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 3

ÍNDICE

PAG.

I. Mensaje al capacitado 4

II. Cómo utilizar este manual 5

III. Propósito del curso módulo autocontenido transversal 8

IV. Normas de Competencia Laboral 9

V. Especificaciones de Evaluación 10

VI. Mapa curricular del módulo 11

Capítulo 1 Clasificación de las empresas . 12

1.1 Clasificar las empresas de acuerdo con la normatividad vigente y sus

características. 14

1.2 Clasificar los tipos de organización de las empresas, de acuerdo con sus

características y funcionamiento. 46

Prácticas y Listas de cotejo 52

Capítulo 2 Constitución de las sociedades mercantiles. 58 2.1 Manejar los requisitos de constitución de las sociedades mercantiles, de acuerdo

con lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles. 59 2.2 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la constitución de

Sociedades Anónimas de acuerdo con lo que ésta establece. 101 2.3 Utilizar la ley General de Sociedades Mercantiles para la constitución de

Sociedades de Responsabilidad Limitada de acuerdo con lo que ésta establece. 148

Prácticas y Listas de cotejo 158

Capítulo 3 Constitución de Sociedades Cooperativas. 167 3.1 Describir la constitución de las sociedades cooperativas, de acuerdo con lo

establecido en la Ley General de Sociedades Cooperativas. 169 3.2 Utilizar la ley General de Sociedades Mercantiles para la constitución de

Sociedades Cooperativas de acuerdo con lo que ésta establece. 183

Prácticas y Listas de cotejo 189

Capítulo 4 Clasificación de Asociaciones y Sociedades Civiles y Asociaciones y Sociedades

Extranjeras. 194

4.1 Identificar la constitución y operación de asociaciones y sociedades civiles y de las

asociaciones y sociedades extranjeras de acuerdo con la ley respectiva. 196 4.2 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la constitución de

asociaciones en participación de acuerdo con lo que ésta establece. 197

Prácticas y Listas de cotejo 204

Auto evaluación de conocimientos 208

Respuestas a la auto evaluación de conocimientos 210

Glosario de términos 215

Resumen 212

Bibliografía 217

(4)

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 4

I. MENSAJE AL ALUMNO

¡CONALEP TE DA LA BIENVENIDA AL

CURSO-MÓDULO AUTOCONTENIDO TRANSVERSAL ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS !

El Conalep a partir de la Reforma Académica 2003, diseña y actualiza sus carreras, innovando sus perfiles, planes y programas de estudio, manuales teórico prácticos, con los avances educativos, científicos, tecnológicos y humanísticos predominantes en el mundo globalizado acordes también a las necesidades del país para conferir una mayor competitividad a sus egresados, por lo que se crea la modalidad de Educación y Capacitación Basada en Competencias Contextualizadas, que considera las tendencias internacionales y nacionales de la educación tecnológica, lo que implica un reto permanente en la conjugación de esfuerzos. Este manual teórico práctico que apoya al módulo autocontenido transversal, ha sido diseñado bajo la Modalidad Educativa Basada en Competencia Contextualizadas, con el fin de ofrecerte una alternativa efectiva para el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que contribuyan a elevar tu potencial productivo, y a la vez que satisfagan las demandas actuales del sector laboral, te formen de manera integral y tengas la oportunidad de realizar estudios a nivel superior.

Esta modalidad requiere tu participación e involucramiento activo en ejercicios y prácticas con simuladores, vivencias y casos reales para promover un aprendizaje integral y significativo, a través de experiencias.

Durante este proceso deberás mostrar evidencias que permitirán evaluar tu aprendizaje y el desarrollo de competencias laboral y complementarias requeridas.

El conocimiento y la experiencia adquirida se verán reflejados a corto plazo en el mejoramiento de tu desempeño laboral y social, lo cual te permitirá llegar tan lejos como quieras en el ámbito profesional y laboral.

(5)

Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 5

II. COMO UTILIZAR ESTE MANUAL

• Las instrucciones generales que a

continuación se te pide que realices, tienen la intención de conducirte a que vincules las competencias requeridas por el mundo de trabajo con tu formación de profesional técnico.

• Redacta cuales serían tus objetivos

personales al estudiar este curso -módulo autocontenido.

• Analiza el Propósito del curso del módulo

autocontenido trasversal “Organización de Empresas” que se indica al principio del manual y contesta la pregunta ¿Me queda claro hacia dónde me dirijo y qué es lo que voy a aprender a hacer al estudiar el contenido del manual? si no lo tienes claro pídele al docente que te lo explique.

• Revisa el apartado especificaciones de

evaluación, son parte de los requisitos que debes cumplir para aprobar el curso - módulo. En él se indican las evidencias que debes mostrar durante el estudio del curso -módulo ocupacional para considerar que has alcanzado los resultados de aprendizaje de cada unidad.

Es fundamental que antes de empezar a abordar los contenidos del manual tengas muy claros los conceptos que a continuación se mencionan: competencia laboral, competencia central, competencia básica, competencia clave, unidad de competencia (básica, genéricas y específicas), elementos de competencia, criterio de desempeño, campo de

aplicación, evidencias de desempeño, evidencias de conocimiento, evidencias por producto, norma técnica de institución educativa, formación ocupacional, módulo

autocontenido, módulo integrador, unidad de aprendizaje, y resultado de aprendizaje. Si desconoces el significado de los componentes de la norma, te recomendamos que consultes el apartado glosario de términos, que encontrarás al final del manual.

• Analiza el apartado «Normas Técnicas de

Competencia Laboral, Norma Técnica de Institución Educativa».

• Revisa el Mapa Curricular del curso–

módulo autocontenido trasversal “Organización de Empresas”. Esta diseñado para mostrarte esquemáticamente las unidades y los

resultados de aprendizaje que te permitirán llegar a desarrollar paulatinamente las competencias laborales que requiere la ocupación para la cual te estás formando.

• Revisa la Matriz de Competencias del

curso-módulo auto contenido trasversal “Organización de Empresas” . Describe las competencias laborales, básicas y claves que se contextualizan como parte de la metodología que refuerza el aprendiza lo integra y lo hace significativo

• Analiza la Matriz de contextualización del

curso-módulo autocontenido. Puede ser entendida como la forma en que, al darse

(6)

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 6

el proceso de aprendizaje, el sujeto establece una relación activa del conocimiento y sus habilidades sobre el objeto desde un contexto científico, tecnológico, social, cultural e histórico que le permite hacer significativo su aprendizaje, es decir, el sujeto aprende durante la interacción social, haciendo del conocimiento un acto individual y social.

• Realiza la lectura del contenido de cada

capítulo y las actividades de aprendizaje que se te recomiendan. Recuerda que en la educación basada en normas de competencia laborales la responsabilidad del aprendizaje es tuya, ya que eres el que desarrolla y orienta sus conocimientos y habilidades hacia el logro de algunas competencias en particular.

• Analiza la Matriz de contextualización del

curso-módulo autocontenido. Puede ser entendida como la forma en que, al darse el proceso de aprendizaje, el sujeto establece una relación activa del conocimiento y sus habilidades sobre el objeto desde un contexto científico, tecnológico, social, cultural e histórico que le permite hacer significativo su aprendizaje, es decir, el sujeto aprende durante la interacción social, haciendo del conocimiento un acto individual y social

• En el desarrollo del contenido de cada

capítulo, encontrarás ayudas visuales como las siguientes, haz lo que ellas te sugieren efectuar. Si no haces no aprendes, no desarrollas habilidades, y te será difícil realizar los ejercicios de evidencias de conocimientos y los de desempeño.

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 7

II. IMÁGENES DE REFERENCIA

Estudio individual Investigación documental

Consulta con el docente Redacción de trabajo

Comparación de resultados

con otros compañeros Repetición del ejercicio

Trabajo en equipo Sugerencias o notas

Realización del ejercicio Resumen

Observación higiene Consideraciones sobre seguridad e

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 8

III. PROPÓSITO DEL CURSO-MÓDULO AUTOCONTENIDO

Al finalizar el curso - módulo autocontenido, el alumno conocerá y podrá elaborar cualquier tipo de títulos mercantiles, orientar o ser consultor de personas físicas y morales en el ámbito del comercio o actividades que se deriven del comercio, podrá asesorar sobre los procesos mercantiles dentro del sistema de las empresas, teniendo las bases del Derecho Mercantil.

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 9

IV. NORMAS TÉCNICAS DE COMPETENCIA LABORAL

Para que analices la relación que guardan las partes o componentes de la NTCL o NIE con el contenido del programa del curso – módulo autocontenido de la carrera que cursas, te recomendamos consultarla a través de las siguientes opciones:

• Acércate con el docente para que te

permita revisar su programa de estudio del curso - módulo autocontenido de la carrera que cursas, para que consultes el apartado de la norma requerida.

• Visita la página WEB del CONOCER en

www.conocer.org.mx en caso de que el programa de estudio del curso - módulo ocupacional esta diseñado con una NTCL.

• Consulta la página de Internet del

CONALEP http://intranet/ en caso de que el programa de estudio del curso - módulo autocontenido está diseñado con una NIE.

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 10

V. ESPECIFICACIONES DE EVALUACIÓN

Durante el desarrollo de las prácticas de

ejercicio también se estará evaluando el desempeño. El docente mediante la observación directa y con auxilio de una lista de cotejo confrontará el cumplimiento de los requisitos en la ejecución de las actividades y el tiempo real en que se realizó. En éstas quedarán registradas las evidencias de desempeño.

Las autoevaluaciones de conocimientos correspondientes a cada capítulo además de ser un medio para reafirmar los conocimientos sobre los contenidos tratados, son también una forma de evaluar y recopilar evidencias de conocimiento.

Al término del curso - módulo deberás presentar un Portafolios de Evidencias, el cual estará integrado por las listas de cotejo correspondientes a las prácticas de ejercicio, las autoevaluaciones de conocimientos que se encuentran al final de cada capítulo del manual y muestras de los trabajos realizados durante el desarrollo del curso - módulo, con esto se facilitará la evaluación del aprendizaje para determinar que se ha obtenido la competencia laboral.

Deberás asentar datos básicos, tales como: nombre del alumno, fecha de evaluación, nombre y firma del evaluador y plan de evaluación.

1 El Portafolios de Evidencias es una compilación de documentos que le permiten al evaluador, valorar los conocimientos, las habilidades y las destrezas con que cuenta el alumno, y a éste le permite organizar la documentación que integra los registros y productos de sus competencias previas y otros materiales que demuestran su dominio en una función específica (CONALEP. Metodología para el diseño e instrumentación de la educación y capacitación basada en competencias, Pág. 180).

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 11

VI. MAPA CURRICULAR DEL MÓDULO

1.1 Clasificar las empresas de acuerdo con la normatividad vigente y

sus características. 9 hrs.

1.2 Clasificar los tipos de organización de las empresas, de acuerdo con sus características y funcionamiento. 3 hrs. 2.1 Manejar los requisitos de constitución de las sociedades

mercantiles, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles.

3 hrs. 2.2 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la

constitución de Sociedades Anónimas de acuerdo con lo que ésta

establece. 7 hrs.

2.3 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada de acuerdo con lo que ésta establece. 6 hrs. 3.2 Describir la constitución de las sociedades cooperativas, de acuerdo

con lo establecido en la Ley General de Sociedades Cooperativas. 7 hrs. 3.2 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la

constitución de Sociedades Cooperativas de acuerdo con lo que

ésta establece. 9 hrs.

4.1 Identificar la constitución y operación de las asociaciones y sociedades civiles y de las asociaciones y sociedades extranjeras de acuerdo con la ley respectiva.

4.2 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la constitución de asociaciones en participación de acuerdo con lo establece. 5 hrs. Resultados de Aprendizaje Unidad de Aprendizaje Organización de Empresas 54 hrs. 1. Clasificación de las Empresas. 12 hrs. 2. Constitución de las Sociedades Mercantiles. 16 hrs. 3 Constitución de Sociedades Cooperativas 16 hrs. 4 Clasificación de Asociaciones y Sociedades Civiles y Asociaciones y Sociedades Extranjeras. 10 hrs. Módulo

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 12

CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS.

Al término de la unidad el alumno diferenciará los tipos de sociedades mercantiles de acuerdo con la Ley General que las rige, para su operación y control administrativo.

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 13

MAPA CURRICULAR DEL MÓDULO

1.2 Clasificar las empresas de acuerdo con la normatividad vigente y

sus características. 9 hrs.

1.3 Clasificar los tipos de organización de las empresas, de acuerdo con sus características y funcionamiento. 3 hrs. 2.4 Manejar los requisitos de constitución de las sociedades

mercantiles, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles.

3 hrs. 2.5 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la

constitución de Sociedades Anónimas de acuerdo con lo que ésta

establece. 7 hrs.

2.6 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada de acuerdo con lo que ésta establece. 6 hrs. 3.2 Describir la constitución de las sociedades cooperativas, de acuerdo

con lo establecido en la Ley General de Sociedades Cooperativas. 7 hrs. 3.2 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la

constitución de Sociedades Cooperativas de acuerdo con lo que

ésta establece. 9 hrs.

4.3 Identificar la constitución y operación de las asociaciones y sociedades civiles y de las asociaciones y sociedades extranjeras de acuerdo con la ley respectiva.

4.4 Utilizar la Ley General de Sociedades Mercantiles para la constitución de asociaciones en participación de acuerdo con lo establece. 5 hrs. Resultados de Aprendizaje Unidad de Aprendizaje Organización de Empresas 54 hrs. 1. Clasificación de las Empresas. 12 hrs. 2 Constitución de las Sociedades Mercantiles. 16 hrs. 3 Constitución de Sociedades Cooperativas 16 hrs. 4 Clasificación de Asociaciones y Sociedades Civiles y Asociaciones y Sociedades Extranjeras. 10 hrs. Módulo

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 14

1. CLASIFICACION DE LAS EMPRESAS

SUMARIO

Definición. Persona física Persona moral

RESULTADO DE APRENDIZAJE

1.1 Clasificar las empresas de acuerdo con la normatividad vigente y sus características.

1.2 Clasificar los tipos de organización de las empresas, de acuerdo con sus características y funcionamiento. Estudio Individual Competencia Para la vida.

Respetar las normativas existentes en los diversos ámbitos

El alumno:

• Buscará en internet y en la pagina web

www.sat.com.mx, los formatos que se necesitan como requisito para dar de alta a una persona física.

• Identificará dichos formatos y hará

una impresión de los mismos.

• Establecerá las características y

generalidades de un caso simulado.

• Llenará los requisitos de los formatos

simulando el alta de una microempresa.

• Respetar

DEFINICIONES

PERSONA FÍSICA:

¿Quiénes son las Personas Físicas? Son aquellas personas que prestan sus servicios de manera dependiente o independiente o bien desarrollan alguna actividad empresarial y no constituyen una asociación o sociedad dentro de la ley del ISR e integran el Título IV. Clasificación de las Personas Físicas:

De acuerdo al tipo de ingresos percibido por: 1)Salarios (servicios personales subordinados) 2) Honorarios (servicios personales independientes)

3) Arrendamiento de Inmuebles

4) Personas Físicas Con actividad Empresarial del Régimen General.

5) Personas Físicas con actividad Empresarial del Régimen Simplificado de ingresos hasta $3,083,982.00 actualizables trimestralmente

(15)

Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 15 (solo agropecuarios, artesanos y

transportistas a partir de 1998).

6) Régimen de "Pequeños Contribuyentes SECCIÓN III" con ingresos de $3,083,982.00 actualizables trimestralmente .

Como darse de alta como Persona Física: Para darse de alta como persona física tenemos dos formas de hacerlo, puede ser vía Internet a la pagina http://www.dcm.com.mx/dcm/solicitud/fisica.

asp, en donde se puede llenar el formato con todos los datos que se piden para poder presentarlo ante la SAT, o se pueden presentar ante la oficina del SAT correspondiente a su domicilio y presentar la documentación para el ata como persona física en el anexo que le convenga mas a la actividad que realice o a la forma como le paguen.

Requisitos:

- Presentar acta de nacimiento

Comprobante de domicilio

- Registro Federal de causantes (en el caso que lo tenga)

- Identificación personal.

- Forma R-1 debidamente llenada. - Anexo al que dedique su actividad

PERSONA MORAL:

¿Quiénes son las Personas Morales?

1)Las Sociedades Mercantiles. 2) Los Organismos Descentralizados que

realicen preponderantemente actividades empresariales.

3) Las Instituciones de Crédito, las

Sociedades y Asociaciones, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Clasificación las Personas Morales:

1) Personas Morales residentes en México respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

2) Personas Morales residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija. Esto significa que únicamente los ingresos obtenidos del establecimiento en México, serán gravables para el Impuesto sobre la Renta.

3) Los residentes en el extranjero, respecto a los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en el territorio nacional, cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en el país, o cuando teniéndolo, estos ingresos no sean atribuibles a éstos. Significa que serán gravados por el Impuesto sobre la Renta los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en México, aunque no tengan establecimiento permanente en él o base fija".

Con la clasificación de las personas morales y de las personas físicas tenemos un ejemplo de las diferencias que existen en cada una de estas personalidades jurídicas para la acción de compra venta de servicios y productos. Como darse de alta como Persona Moral:

(16)

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 16

Tenemos dos opciones puede ser vía Internet

en la página

http://www.dcm.com.mx/dcm/solicitud/moral .asp en la cual ustedes podrán registrar sus datos aunque de todos modos tendrán que presentar ante el SAT papeles en original para su cotejo.

Y la segunda presentarse directamente en la oficina del SAT que le corresponda a la dirección de la persona moral.

Requisitos:

- Presentar acta constitutiva de la persona moral registrada ante el registro publico de la propiedad

- Comprobante de domicilio

- Identificación del representante legal y del administrador único.

Forma R-1 debidamente llenada.

EMPRESA:

Diccionario de la Real Academia Española: La entidad integrada por el capital y el trabajo, como factores de producción y dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios, con fines lucrativos y la consiguiente responsabilidad.

Es la unidad económico-social en la que el capital, el trabajo y la dirección se coordinan para lograr una producción que responda a los requerimientos del medio humano en el que la propia empresa actúa.

Es la unidad productiva o de servicio que, constituida según aspectos prácticos o

legales, se integra por recursos y se vale de la administración para lograr sus objetivos. Actividad en la cual varias personas cambian algo de valor, bien se trate de mercancías o servicios, para obtener una ganancia o utilidades mutuas.

Conjunto de actividades humanas colectivas, organizadas con el fin de producir bienes o rendir beneficios.

“Grupo social en el que, a través de la administración del capital y el trabajo, se producen bienes y/o servicios tendientes a la satisfacción de las necesidades de una sociedad”.

Estudio Individual

Investigación

documental.

Competencia Analitica

™ Buscar información sobre la clasificación de las empresas dependiendo el producto que maneje.

El alumno:

• Buscará en Biblioteca del Plantel la

clasificación de una empresa según el producto que maneje para identificar su giro.

• Identificarán dentro la globalización el

desarrollo de las PYMES, cual ha sido su avance en este ultimo sexsenio y su crecimiento anual, haciendo una reflexión a lo que se debe el incremento.

(17)

Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 17 • Ubicará Las paginas para las ultimas

noticias y facilidades que tienen las PYMES

• Elaborará un reporte de su

investigación comentando su punto de vista con su equipo de trabajo.

• Revisar conceptos, redacción y

ortografía.

TIPOS DE EMPRESA

-

POR SU FUNCIÓN O GIRO

: - Industriales

- Comerciales - Servicios

LAS INDUSTRIALES

: que son las empresas de transformación. La Industria, es un conjunto de operaciones materiales ejecutadas para la obtención, transformación o transporte de uno o varios productos naturales. Por extensión, el conjunto de las actividades en un territorio o país.

El proceso de industrialización comprende la transición desde una sociedad agrícola a una industrial, acompañada de un crecimiento de la renta per cápita y de la productividad. Para que esto pueda ocurrir, la oferta de productos agrícolas tiene que satisfacer la demanda. Se ha demostrado que, en los primeros estadios de desarrollo de una economía, la demanda de productos agrícolas es elástica (cuando aumentan los ingresos aumenta la demanda de los mismos).

Para que el proceso de industrialización sea sostenido y viable es necesario que la creciente petición de productos agrícolas se satisfaga, bien mediante importaciones, bien mediante aumentos en la productividad agrícola nacional.

En las primeras etapas del proceso de industrialización, la capacidad para satisfacer la demanda de productos agrícolas mediante un aumento de las importaciones es limitada debido a los efectos que tendría sobre los precios internacionales relativos. Si la demanda de alimentos de importación es elevada, la relación real de intercambio podría cambiar y afectaría de modo negativo al país que está iniciando su proceso de industrialización, hasta el punto que se podría llegar a lo que se conoce como 'crecimiento empobrecedor', una situación en la que la renta real por cápita disminuye porque todos los aumentos de productividad se utilizan en financiar la demanda de productos importados. Por ello, un proceso de industrialización efectivo requiere que aumente la productividad agrícola nacional siendo una condición necesaria para que el crecimiento de la industria moderna sea viable.

Aunque se suele admitir que la revolución industrial suele estar precedida por un periodo de protoindustrialización, se considera que los modernos procesos de industrialización se iniciaron durante la experiencia británica del siglo XVIII.

Como ejemplo de estas empresas podemos citar a PEMEX.

(18)

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 18

LAS COMERCIALES:

son las dedicadas a operaciones de compra venta de artículos, de las principales funciones de estas son la utilidad directamente sobre o que se comercia. Por ejemplo dentro de estas empresas podríamos citar a SONY

LAS DE SERVICIOS

: son las empresas que se dedican a vender actividades donde esta involucrado el recurso humano reconocido como servicios.

-POR EL ORIGEN DEL CAPITAL

Las empresas se clasifican en: 1. PUBLICA

2. PRIVADA

ARTICULOS DEL CODIGO DE COMERCIO Sección I.- Disposiciones generales

Art. 200. Las compañías o las sociedades de comercio son aquellas que tienen por objeto uno o mas actos de comercio.

Sin perjuicio de lo dispuesto por leyes especiales, las sociedades económicas y las de responsabilidad limitada tendrán siempre carácter mercantil, cualquiera que sea su objeto, salvo cuando se dediquen exclusivamente a la explotación agrícola y pecuaria.

Las sociedades mercantiles se rigen por los convenios de las partes, por disposiciones de este Código y por las del código civil.

Párrafo único. El estado, por medio de los organismos administrativos competentes, vigilara el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para la constitución y funcionamiento de las compañías anónimas y las sociedad es de responsabilidad limitada. Art. 201. Las compañías de comercio son de las especies siguientes:

1. La compañía es nombre colectivo, el cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios.

2. La compañía es comandita, el cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o mas socios, llamados socios solidarios o comanditantes y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o mas socios, llamados comanditarios. El capital de los comanditarios puede estar divididos en acciones.

3. La compañía anónima, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y en la que los socios no están obligados si no por el monto de su acción.

4. La compañía de responsabilidad limitada, en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por u capital determinado, divididos en cuotas de participación, las cuales no podrán estar representadas en ningún caso por acciones o títulos negociable

(19)

Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 19 5. Hay, además, la sociedad accidental de

cuentas en participación que no tiene personalidad jurídica.

Art. 202. La compañía anónima y la compañía de responsabilidad limitada deben girar bajo una denominación social, la cual puede referirse a su objeto o bien formarse por cualquier nombre de fantasía o de persona, pero beberá necesariamente agregarse la mención de compañía de responsabilidad limitada, escritas con todos sus rasgos o en la forma que usualmente se abrevian, legibles y sin dificultad.

Art. 203. El domicilio de compañía esta en el lugar que determina el contrato constituido de la sociedad; y a falta de esa designación, en el ligar de su establecimiento principal. LEY ORGANICA DEL TURISMO

Del sistema turístico nacional

Art. 31. Integran el sistema turístico nacional:

1. Las personas jurídicas que realicen en el país, actividades turísticas tales como: Transporte, alojamiento, recreación, alimentación y vehículos de transporte terrestre, y cualquier otro servicio destinado al turista.

2. Las personas jurídicas que se dediquen a la organización, promoción y comercialización de los servicios señalados en el numeral anterior, por cuenta propia o de terceros.

3. Las personas jurídicas que se dediquen a prestar servicios de información promoción, publicidad y propaganda,

administración, protección auxilio, higiene y seguridad de turista, sin permiso en lo establecido en las otras leyes.

4. Los profesionales del turismo y aquellas personas jurídicas que se dediquen a la prestación de servicios turísticos, según lo que establezca el reglamento.

5. Las personas jurídicas que presten en el país los servicios de formación y capacitación en el área turística.

6. Las personas jurídicas que presten servicios gastronómicos, de bares y similares que por sus características de oferta, calidad y servicio forme parte de la oferta turística local, regional o nacional.

Art.32. – Son obligaciones de los integrantes del sistema Turístico Nacional, las siguientes:

1. Inscribirse en el Registro Turístico Nacional llevado por la Corporación de Turismo de Venezuela.

2. Contribuir a la promoción institucional del turismo.

3. Prestar el o los servicios para los cuales hubieren sido autorizados, en un todo conforme con las condiciones ofrecidas de calidad y eficiencia.

4. Ajustar la pautas de publicidad y propaganda turística, a la realidad, sin lesionar la dignidad nacional y alterar o falsear el idioma y las manifestaciones del patrimonio histórico, cultural y folklórico del país. 5. Velar por la conservación del

ambiente, cumpliendo y haciendo cumplir con toda la normativa

(20)

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 20

referente a la protección de medio ambiente.

6. Dar preferencia a la contratación de su personal a los profesionales egresados de institutos y centros especializado en el área de turismo. 7. Cumplir cualquier otra obligación que

establezcan esta ley y sus reglamentos.

EMPRESAS PUBLICAS:

Empresas Públicas: Son empresas creadas por el gobierno para prestar servicios públicos. Son aquellas entidades que pertenecen al Estado, tienen personalidad jurídica, patrimonio y régimen jurídico propios. Se crean mediante un decreto del Ejecutivo, para la realización de actividades mercantiles, industriales y cualquier otra actividad conforme a su denominación y forma jurídica.

En la literatura sobre empresa pública existe una amplia variedad de definiciones y acepciones de la misma. Por lo general tienden a señalar, en primer término, la propiedad parcial o total del capital por parte del Estado, en segundo, que esta participación está fundada en un fin específico.

CARACTERISTICAS

Las empresas públicas están creadas con un capital perteneciente al Estado, con el objetivo de satisfacer una necesidad de carácter social, pudiendo tener o no beneficios económicos.

Las empresas públicas constituyen la mayor parte del sector público de la economía, y

son uno de los principales medios utilizados por el Estado para intervenir en la economía.

• Las empresas públicas tienen una

relevancia económica muy destacada, no sólo en términos cuantitativos ( por su volumen de negocios, su participación en el producto interno bruto-PIB-, número de empleados, etc ), sino también porque se sitúan en sectores productivos claves.

EMPRESAS PRIVADAS

:

Empresas Privadas: Son empresas en las que el capital es aportado por particulares, que asumen riesgos y están motivados por el deseo de conseguir beneficios económicos, mediante la satisfacción de alguna necesidad de orden general o social.

CARACTERÍSTICAS

El capital de las empresas privadas es propiedad de inversionistas privados, que buscan obtener un benéfico económico mediante la satisfacción de alguna necesidad.

• Las empresas privadas desempeñan su actividad económica dentro del sector privado ( que se distingue del sector público)

• Las empresas privadas asumen todos

los riesgos inherentes a una actividad económica.

DIFERENCIAS ENTRE LAS EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS:

• Las empresas públicas pertenecen al sector público ( Administración central o

(21)

Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 21 local ), y las empresas privadas pertenecen a

individuos particulares y pueden vender sus acciones en bolsa. Las empresas públicas a veces venden parte de sus acciones a individuos particulares, pero se consideran públicas siempre y cuando el 51% de las acciones estén en manos del sector público.

• A diferencia de la empresa privada, la empresa publica no busca la maximización de sus beneficios, las ventas o la cuota de mercado, sino que busca el interés general de la colectividad a la que pertenece.

• El proceso de toma de decisiones de la empresa pública difiere de aquellas que pertenecen al sector privado en cuanto a que el poder de iniciativa parte del Estado, que lo ejerce estableciendo sus objetivos y controlando su actividad.

• La diferenciación entre empresa

pública y privada no es absoluta. Por un lado, existen empresas mixtas, cuyo capital social es en parte público y en parte privado. Asimismo una empresa privada puede convertirse en empresa pública si el gobierno decide nacionalizarla. De forma análoga, una empresa pública puede pasar al sector privado tras un proceso de privatización. -

POR INFRAESTRUCTURA, NUMERO DE

PERSONAS Y MONTO DE VENTAS:

Las variables mas usuales que se han tomado para la clasificación de los diversos niveles de este tipo de empresas son:

El número de personal que utilizan.

El valor de sus activos fijos. El ingreso.

a).-

LA MICRO EMPRESA

es aquella que ocupa de 1 a 15 trabajadores incluyendo a los dueños y familiares.

b).

PEQUEÑA

empresa será aquella que el número de personal oscila entre 16 y 100. c).-

MEDIANA

empresa es, aquella que cuenta con un personal que fluctúa entre 101 y 250.

d).-

LA GRANDE EMPRESA

se identificará como aquel ente económico que cuenta con un personal de más de 250 elementos. Este artículo solo se enfocará a los tres primeros tipos de empresas.

-POR SU CONSTITUCIÓN LEGAL.

SOCIEDADES MERCANTILES:

Uria considera que la sociedad mercantil es la asociación de personas que crean un fondo patrimonial común para colaborar en la explotación de una empresa, con ánimo de obtener un beneficio individual participando en el reparto de las ganancias que se obtengan.

Se discute por la doctrina sobre la naturaleza del negocio constitutivo de la sociedad mercantil. Se considera que, de acuerdo con la legislación mexicana, la sociedad mercantil nace o surge a la vida jurídica como consecuencia de un contrato. Es decir, el resultado de una declaración de voluntad

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 22

contractual. En efecto, la Ley General de Sociedades Mercantiles hace referencia constante a los conceptos de contrato de sociedad o contrato social.

La legislación mercantil no define el contrato de sociedad. Se debe, pues, buscar tal concepto en el derecho común.

Así, el artículo 2688 del Código Civil para el Distrito Federal establece que: "por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos los esfuerzos para la realización de un fin común…". Esta definición puede aplicarse al contrato de sociedad mercantil.

Es pues, la sociedad comercial o también llamada mercantil aquella que surge a la vida jurídica como consecuencia de un contrato de sociedad en que los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fin común y que se constituye en cualesquiera de los tipos reconocidos por la Ley General de Sociedades Mercantiles, independientemente de que tengan o no una finalidad mercantil o comercial.

Es decir, la mercantilidad de las sociedad mercantiles no depende del carácter de su finalidad, sino de si se constituye o no en cualesquiera de los tipos reconocidos por la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Las sociedades civiles y las sociedades mercantiles

Criterios de clasificación

La naturaleza mercantil de una sociedad depende exclusivamente de un criterio formal: son mercantiles todas aquellas sociedades constituidas en cualesquiera de los tipos reconocidos por la Ley General de Sociedades Mercantiles o por el Código de Comercio, independientemente de que tengan o no una finalidad mercantil.

La naturaleza civil de una sociedad, por el contrario, sí depende del carácter de su finalidad. La sociedad civil, según el artículo 2688 del Código Civil, supone la realización de un fin común de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial. Por lo tanto, dos son los criterios para calificar en el derecho mexicano a una sociedad como mercantil, y diferenciarla, Por tanto, de las que no tengan este carácter, es decir, de las sociedades civiles (sociedad civil) y de las sociedades con una finalidad de derecho público, como serían las de carácter agrario, laboral o administrativo.

SOCIEDADES COOPERATIVAS

:

ARTICULO 2.- La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 23

ASOCIACIONES CIVILES:

De acuerdo con el artículo 2670 del Código Civil la Asociación Civil se da cuando “varios individuos conviene en reunirse de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no este prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico.”.

Las Asociaciones civiles deben constituirse por medio de un contrato que contenga sus estatutos y que deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad (artículos 2673 y 3002 del Código Civil.).

En México existen una gran variedad de Asociaciones Civiles que persiguen diferentes objetivos: culturales, deportivos, científicos, políticos, recreativos, artísticos y cívicos.

Toda Asociación Civil requiere de un patrimonio e ingresos propios para cumplir con sus fines.

El poder supremo de las asociaciones reside en la asamblea general y el director o directores de ellas, tendrá facultades que le concedan los estatutos o la asamblea general. La asociación puede admitir o excluir asociados.

Funcionan con base en un consejo directivo formado por presidente, secretario, tesorero y uno o varios vocales que son removidos por lo general cada dos años. A su vez el consejo directivo nombra un gerente o administrador general, que tendrá bajo sus órdenes al personal administrativo para que lo apoye.

Los socios tienen derecho a vigilar que las cuotas se dediquen al fin que se propone la asociación y con este objeto pueden examinar los libros de contabilidad y demás papeles de ésta.

Las actividades que realiza la Sociedad Civil no tiene como objetivo principal el lucro aunque puede generarse; en cambio en la Asociación Civil no se persigue.

Si en un momento dado la Asociación Civil prestara servicios a terceros y obtuviera alguna utilidad, ésta quedaría gravada como las de empresas mercantiles.

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE ASOCIACIONES CIVILES.

Las Asociaciones Civiles además de las causas previstas en los estatutos, se extinguen también por:

− Consentimiento de la Asamblea

general.

− Haber concluido el término fijado para

su duración, o por haber conseguido totalmente el objeto de su fundación.

− Haberse vuelto incapaces de realizar el

fin para el que fueron formadas.

− Por resolución dictada de la autoridad

competente.

En caso de disolución los bienes de los asociados se aplicarán conforme a lo que determinen los estatutos, y a falta de disposición de éstos según lo que determine la asamblea general. En este caso la asamblea solo podrá atribuir a los asociados

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 24

la parte del activo social que equivalga a sus aportaciones. Los demás bienes se aplicarán a otra asociación o fundación de objeto similar a la extinguida.

ASOCIACIONES CIVILES EXTRANJERAS

: Aquellas que no reúnen los requisitos anteriores, es decir, sociedades constituidas en un determinado país, conforme a sus leyes con domicilio legal en el mismo, en relación con los demás países".

Son aquellas entidades conformadas por 2 o más personas que se dedican a efectuar actividades de tipo mercantil, que fueron constituidas conforme a las leyes del país de su origen.

En México las sociedades extranjeras son reconocidas oficialmente, tienen una personalidad jurídica propia, pueden contraer

obligaciones y tienen los mismos derechos que las sociedades nacionales pero solamente si reúnen los siguientes requisitos: Haber obtenido la autorización de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. Haberse constituido de acuerdo a las leyes de su país de origen, para cumplir este requisito es necesario que obtengan una certificación consular de que cumple con las leyes de su país.

Su contrato social o acta constitutiva, no debe de tener cláusulas contrarias a lo establecido por las leyes mexicanas.

Debe establecer una agencia o sucursal en la República Mexicana.

SOCIEDADES EXTRANJERAS:

ARTICULO 251

Las sociedades extranjeras solo podrán ejercer el comercio desde su inscripción en el registro.

La inscripción solo se efectuara previa autorización de la secretaria de comercio y fomento industrial, en los términos de los artículos 17 y 17 a de la ley de inversión extranjera.

I.- comprobar que se han constituido de acuerdo con las leyes del estado del que sean nacionales, para lo cual se exhibirá copia autentica del contrato social y demás documentos relativos a su constitución y un certificado de estar constituidas y autorizadas conforme a las leyes, expedido por el representante diplomático o consular que en dicho estado tenga la republica;

Ii.- que el contrato social y demás documentos constitutivos no sean contrarios a los preceptos de orden publico establecidos por las leyes mexicanas;

Iii.- que se establezcan en la republica o tengan en ella alguna agencia o sucursal. Las sociedades extranjeras estarán obligadas a publicar anualmente un balance general de la negociación visado por un contador publico titulado.

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 25

EMPRESAS CON FINES LUCRATIVOS:

Las organizaciones lucrativas buscan beneficios económicos, se crean para producir bienes y servicios rentables y están constituidas por personas que desean multiplicar su capital y obtener beneficioso utilidades denominadas dividendos.

NO LUCRATIVAS:

Son las que , no persiguen fines de lucro. Manejan recursos, obtienen beneficios pero no obtienen utilidades.

Su finalidad es comúnmente asistencial, educativa, cultural, intelectual, social o recreativa sin fines utilitarios

INSTITUCIONES DE ASISTENCIA

PRIVADA:

EMPRESAS PÚBLICAS:

Son empresas creadas por el gobierno para prestar servicios públicos. Son aquellas entidades que pertenecen al Estado, tienen personalidad jurídica, patrimonio y régimen jurídico propios. Se crean mediante un decreto del Ejecutivo, para la realización de actividades mercantiles, industriales y cualquier otra actividad conforme a su denominación y forma jurídica.

En la literatura sobre empresa pública existe una amplia variedad de definiciones y acepciones de la misma. Por lo general

tienden a señalar, en primer término, la propiedad parcial o total del capital por parte del Estado, en segundo, que esta participación está fundada en un fin específico.

CARACTERISTICAS DE LAS EMPRESAS PUBLICAS

• Las empresas públicas están creadas con un capital perteneciente al Estado, con el objetivo de satisfacer una necesidad de carácter social, pudiendo tener o no beneficios económicos.

• Las empresas públicas constituyen la mayor parte del sector público de la economía, y son uno de los principales medios utilizados por el Estado para intervenir en la economía.

• Las empresas públicas tienen una

relevancia económica muy destacada, no sólo en términos cuantitativos ( por su volumen de negocios, su participación en el producto interno bruto-PIB-, número de empleados, etc ), sino también porque se sitúan en sectores productivos claves.

EMPRESAS PRIVADAS:

Son empresas en las que el capital es aportado por particulares, que asumen riesgos y están motivados por el deseo de conseguir beneficios económicos, mediante la satisfacción de alguna necesidad de orden general o social.

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 26

CARACTERISTICAS DE LAS EMPRESAS PRIVADAS

− El capital de las empresas privadas es

propiedad de inversionistas privados, que buscan obtener un benéfico económico mediante la satisfacción de alguna necesidad.

− Las empresas privadas desempeñan su

actividad económica dentro del sector privado ( que se distingue del sector público)

− Las empresas privadas asumen todos

los riesgos inherentes a una actividad económica.

DIFERENCIAS ENTRE LAS EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS

− Las empresas públicas pertenecen al

sector público (Administración central o local ), y las empresas privadas pertenecen a individuos particulares y pueden vender sus acciones en bolsa. Las empresas públicas a veces venden parte de sus acciones a individuos particulares, pero se consideran públicas siempre y cuando el 51% de las acciones estén en manos del sector público.

− A diferencia de la empresa privada, la

empresa pública no busca la maximización de sus beneficios, las ventas o la cuota de mercado, sino que busca el interés general de la colectividad a la que pertenece.

− El proceso de toma de decisiones de la

empresa pública difiere de aquellas que pertenecen al sector privado en cuanto a que el poder de iniciativa parte del Estado, que lo ejerce estableciendo sus objetivos y controlando su actividad.

− La diferenciación entre empresa

pública y privada no es absoluta. Por un lado, existen empresas mixtas, cuyo capital social es en parte público y en parte privado. Asimismo una empresa privada puede convertirse en empresa pública si el gobierno decide nacionalizarla. De forma análoga, una empresa pública puede pasar al sector privado tras un proceso de privatización. Creación de una empresa según sean las posibilidades e idea del alumno con respecto a un producto o servicio que se quiera ofrecer, para en un futuro tener una visión mas clara de lo que se quiere.

EMPRESAS PARAESTATALES

:

En este tipo de empresas participan estado y particulares para producir bienes y servicios.

EMPRESAS DESCONCENTRADAS:

Son aquellas que tienen determinadas facultades de decisión limitada, que manejan su autonomía y su presupuesto, pero sin que deje de existir el nexo de jerarquía. Como ejemplo de este tipo de empresa tenemos a: IMBA, Comisión Nacional Bancaria, etc

.

EMPRESAS DESCENTRALIZADAS:

Este tipo de empresa desarrollan actividades que competen al estado y son de interés general, pero que están integradas e personalidad, patrimonio y régimen jurídicos propios. Como ejemplo tenemos a Conasupo.

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 27

REGLAMENTO FEDERAL DE

SEGURIDAD HIGIENE Y MEDIO

AMBIENTE DE TRABAJO

DISPOSICIONES GENERALES .

ARTICULO 1º. El presente Reglamento es de observancia general en todo el territorio nacional y sus disposiciones son de orden público e interés social, y tiene por objeto establecer las medidas necesarias de prevención de los accidentes y enfermedades de trabajo, tendientes a lograr que la prestación del trabajo se desarrolle en condiciones de seguridad, higiene y medio ambiente adecuados para los trabajadores, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo y los Tratados Internacionales celebrados y ratificados por los Estados Unidos Mexicanos en dichas materias.

ARTICULO 2°: Para efectos de este ordenamiento se entenderá por:

I. Actividades peligrosas Es el conjunto de

tareas derivadas de los procesos de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobre-exposición a los agentes físicos, químicos o biológicos, capaces de provocar daño a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo.

II. Centro de trabajo: Todo aquel lugar,

cualquiera que sea su denominación, en el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de prestación de servicios,

o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo.

III. Contaminantes del ambiente de trabajo:

Son los agentes físicos, químicos y biológicos capaces de modificar las condiciones del medio ambiente del centro de trabajo, que por sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de exposición o acción pueden alterar la salud de los trabajadores.

IV. Equipo para el transporte de materiales:

Son los vehículos utilizados para el transporte de materiales de cualquier tipo, en forma continua o intermitente entre dos o más estaciones de trabajo destinados al proceso de producción, en los centros de trabajo.

V. Ergonomía: Es la adecuación del lugar de

trabajo, equipo, maquinaria y herramientas al trabajador, de acuerdo a sus características físicas y psíquicas, a fin de prevenir accidentes y enfermedades de trabajo y optimizar la actividad de éste con el menor esfuerzo, así como evitar la fatiga y el error humano.

VI. Espacio confinado: Es un lugar lo

suficientemente amplio, con ventilación natural deficiente, configurado de tal manera que una persona puede en su interior desempeñar una tarea asignada, que tiene medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no está diseñado para ser ocupado por una persona en forma continua y en el cual se realizan trabajos específicos ocasionalmente.

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 28

VIII. Lugar de trabajo: Es el sitio donde el

trabajador desarrolla sus actividades laborales específicas para las cuales fue contratado, en el cual interactúa con los procesos productivos y el medio ambiente laboral.

IX. Material: Es todo elemento, compuesto o

mezcla, ya sea materia prima, subproducto, producto y desecho o residuo que se utiliza en las operaciones y los procesos o que resulte de éstos en los centros de trabajo.

X. Materiales y sustancias químicas peligrosas: Son aquellos que por sus

propiedades físicas y químicas al ser manejados, transportados, almacenados o procesados, presentan la posibilidad de inflamabilidad, explosividad, toxicidad, reactividad, radiactividad, corrosividad o acción biológica dañina, y pueden afectar la salud de las personas expuestas o causar daños materiales a instalaciones y equipos.

XI. Medio ambiente de trabajo: Organismo

viviente microscópico, productor o causante de enfermedades.

XIII. Normas: Las normas oficiales mexicanas

relacionadas con la materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo, expedidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social u otras dependencias de la Administración Pública Federal, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

XIV. Programa de seguridad e higiene:

Documento en el que se describen las actividades, métodos, técnicas y condiciones de seguridad e higiene que deberán observarse en el centro de trabajo para la

prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, mismo que contará en su caso, con manuales de procedimientos específicos.

XV. Secretaría: La Secretaría del Trabajo y

Previsión Social.

XVI. Seguridad e higiene en el trabajo: Son

los procedimientos, técnicas y elementos que se aplican en los centros de trabajo, para el reconocimiento, evaluación y control de los agentes nocivos que intervienen en los procesos y actividades de trabajo, con el objeto de establecer medidas y acciones para la prevención de accidentes o enfermedades de trabajo, a fin de conservar la vida, salud e integridad física de los trabajadores, así como evitar cualquier posible deterioro al propio centro de trabajo.

XVII. Servicios preventivos de medicina del trabajo: Son aquellos que se integran bajo la

supervisión de un profesionista médico calificado en medicina del trabajo o área equivalente, que se establecen para coadyuvar en la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo y fomentar la salud física y mental de los trabajadores en relación con sus actividades laborales.

XVIII. Servicios preventivos de seguridad e higiene: Son aquellos integrados por un

profesionista calificado en seguridad e higiene, que se establecen para coadyuvar en la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, mediante el reconocimiento, evaluación y control de los factores de riesgo, a fin de evitar el daño a la salud de los trabajadores.

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 29

XIX. Sistemas para el transporte y almacenamiento de materiales: Es el

conjunto de elementos mecanizados fijos o móviles, utilizados para el transporte y almacenamiento de materiales de cualquier tipo y sustancias químicas peligrosas, en forma continua o intermitente entre dos o más estaciones de trabajo, destinado al proceso de producción en los centros de trabajo.

ARTICULO 3º. La aplicación de este Reglamento corresponde a la Secretaría, la que será auxiliada por las autoridades locales en materia del trabajo, en los términos de los artículos 512-F, 527-A y 529 de la Ley La interpretación administrativa del presente Reglamento compete a la Secretaría.

ARTICULO 4º. La Secretaría expedirá las Normas en materia de seguridad e higiene en el trabajo, con base en la Ley, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y el presente Reglamento.

ARTICULO 5º. Las disposiciones de este Reglamento deberán ser cumplidas en cada centro de trabajo por los patrones o sus representantes y los trabajadores, de acuerdo a la naturaleza de la actividad económica, los procesos de trabajo y el grado de riesgo de cada empresa o establecimiento y constituyan un peligro para la vida, salud o integridad física de las personas o bien, para las propias instalaciones.

Los integrantes de las comisiones de seguridad e higiene de los centros de trabajo, los encargados y supervisores de la seguridad y los médicos de las empresas, promoverán la observancia del presente Reglamento, dentro

de las actividades que tengan asignadas, de conformidad con la normatividad que les sea aplicable.

ARTICULO 6º. La Secretaría, en los análisis que para la elaboración de las Normas se requieren formular de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, deberá justificar que las obligaciones o restricciones que se impongan a los patrones y trabajadores eviten.

I. La creación de riesgo o peligro a la vida, integridad física o salud de los trabajadores en los centros de trabajo, y

II. Un cambio adverso y sustancial sobre el medio ambiente del centro de trabajo, que afecte o pueda afectar la seguridad o higiene del mismo, o de las personas que ahí laboran.

Igualmente, se deberán considerar los efectos relacionados a largo y a corto plazo; los efectos acumulados; la probabilidad, duración, irreversibilidad, ámbito geográfico y magnitud del riesgo; el número de personas afectadas o susceptibles de ser afectadas; el impacto sobre el empleo y la actividad productiva de que se trate, incluyendo una evaluación de los efectos que no puedan ser cuantificados en términos monetarios y la utilidad social de la medida correspondiente.

Los estudios que al efecto se realicen podrán ser consultados por el público en general, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Con base en dichos estudios se deberán señalar en las Normas los objetivos y

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 30

finalidades específicos a cumplir, así como las obligaciones y restricciones concretas que se impondrán a los patrones y trabajadores. ARTICULO 7º. En las Normas que expida la Secretaría, deberán tomarse en cuenta los objetivos y finalidades específicos a cumplir, el tipo y escala de los centros de trabajo y la actividad o actividades laborales objeto de la regulación de las mismas.

Para la determinación del tipo y escala del centro de trabajo, se estará a los siguientes criterios:

a) Rama industrial, comercial o de servicios; b) Grado de riesgo;

c) Ubicación geográfica, y d) Número de trabajadores.

ARTICULO 8º. Cuando las Normas expedidas por la Secretaría establezcan el uso de equipos, procesos o tecnologías específicos, el patrón o sus representantes podrán solicitar por escrito a ésta, autorización para utilizar equipos, tecnologías, procedimientos o mecanismos alternativos, mediante los cuales se dé cumplimiento a los objetivos y finalidades correspondientes, acompañando las justificaciones respectivas.

Previa opinión del Comité Consultivo Nacional de Normalización, la Secretaría deberá emitir la resolución respectiva dentro del plazo que en cada Norma se establezca o, en su defecto, dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. En el caso de que la Secretaría no emita la resolución dentro del plazo correspondiente, se considerará que ésta es afirmativa y, a petición del solicitante, deberá expedir constancia de autorización, dentro

de los dos días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud respectiva.

La Secretaría hará del conocimiento de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, las autorizaciones que al efecto se otorguen en los términos de este artículo, a fin de darles publicidad, para que otros interesados puedan plantear su situación particular y, de ser procedente, obtener la autorización correspondiente de conformidad con lo dispuesto en los párrafos anteriores, respetando, en su caso, los derechos adquiridos conforme a la Ley de Propiedad Industrial.

La Secretaría hará del conocimiento de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, las autorizaciones que al efecto se otorguen en los términos de este artículo, a fin de darles publicidad, para que otros interesados puedan plantear su situación particular y, de ser procedente, obtener la autorización correspondiente de conformidad con lo dispuesto en los párrafos anteriores, respetando, en su caso, los derechos adquiridos conforme a la Ley de Propiedad Industrial.

Igualmente, la Secretaría llevará a cabo estudios en aquellas empresas que, de acuerdo a su particular tasa de accidentes y enfermedades de trabajo, se requiera para identificar y evaluar sus posibles causas, a fin de establecer medidas preventivas de seguridad e higiene.

La Secretaría podrá solicitar el auxilio de las autoridades locales competentes, para la realización de los estudios e investigaciones a que se refiere este artículo.

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Organización de Empresas

Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 31 ARTICULO 10. La Secretaría expedirá las

autorizaciones en materia de seguridad e higiene a que se refiere el presente Reglamento, y revocará las mismas cuando no se cumpla con las disposiciones correspondientes, previa audiencia del interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, y conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

ARTICULO 11. El cumplimiento de las Normas en los centros de trabajo se podrá comprobar a través de los dictámenes que sean expedidos por las unidades de verificación, laboratorios de prueba y organismos de certificación acreditados en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Lo anterior sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría para realizar visitas de inspección conforme a la Ley y a las disposiciones reglamentarias. Las Normas que expida la Secretaría establecerán la vigencia que tendrán los dictámenes que emitan las unidades de verificación, laboratorios de pruebas y organismos de certificación acreditados, para comprobar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las Normas. De no establecerse dicho plazo, los mencionados dictámenes tendrán una vigencia de un año. ARTICULO 12. La Secretaría llevará a cabo programas de asesoría y orientación para el debido cumplimiento de la normatividad laboral en materia de seguridad e higiene en el trabajo, en los que se establecerán los mecanismos de apoyo para facilitar dicho

cumplimiento, así como simplificar la acreditación del mismo, tomando en cuenta la actividad, escala económica, procesos de trabajo, grado de riesgo y ubicación geográfica de los centros de trabajo, a través de compromisos voluntarios con aquellas empresas o establecimientos que así se lo soliciten, para lo cual se auxiliará de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene

ARTICULO 13. Los patrones están obligados a adoptar, de acuerdo a la naturaleza de las actividades laborales y procesos industriales que se realicen en los centros de trabajo, las medidas de seguridad e higiene pertinentes de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento y en las Normas aplicables, a fin de prevenir por una parte, accidentes en el uso de maquinaria, equipo, instrumentos y materiales, y por la otra, enfermedades por la exposición a los agentes químicos, físicos, biológicos, ergonómicos y psico-sociales, así como para contar con las instalaciones adecuadas para el desarrollo del trabajo. En los centros de trabajo los niveles máximos permisibles de contaminantes, no deberán exceder los límites establecidos por las Normas correspondientes. En los centros de trabajo en donde se realicen actividades industriales, comerciales o de servicios altamente riesgosas, los patrones elaborarán los programas para la prevención de accidentes en la realización de tales actividades que puedan causar graves desequilibrios ecológicos, en términos del artículo 147 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

ARTICULO 14. Será responsabilidad del patrón que se practiquen los exámenes

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Administración y Contabilidad, Tecnologías de la Información , Turismo 32

médicos de ingreso, periódicos y especiales a los trabajadores expuestos a los agentes físicos, químicos, biológicos y psicosociales, que por sus características, niveles de concentración y tiempo de exposición puedan alterar su salud, adoptando en su caso, las medidas pertinentes para mantener su integridad física y mental, de acuerdo a las Normas correspondientes.

ARTICULO 15. El patrón deberá informar a los trabajadores respecto de los riesgos relacionados con la actividad laboral específica que desarrollen, y en particular acerca de los riesgos que implique el uso o exposición a los contaminantes del medio ambiente laboral, así como capacitarlos respecto a las medidas y programas que deberán observar para su prevención y control, de conformidad con las disposiciones de este Reglamento y las Normas correspondientes.

ARTICULO 16. Los responsables de los centros de trabajo dedicados a la explotación de minerales, realizarán estudios tendientes a valorar los riesgos a que se exponen los trabajadores, previamente al inicio de las actividades de extracción en las minas, de manera anual y cuando existan modificaciones en los procesos productivos de estos centros de trabajo.

Estudio Individual

Investigación documental

Competencia Analítica

El alumno:

• Buscará en internet en la ley federal

del trabajo las obligaciones de los patrones hacia los empleados.

• Realizará a manera de resumen de

cada articulo las obligaciones de los patrones para con los empleados.

• Expondrá sus conclusiones sobre la

investigación sobre si se aplican dichas obligaciones.

OBLIGACIONES DE LOS PATRONES

:

ARTICULO 17. Son obligaciones de los patrones:

I. Cumplir con las disposiciones de este Reglamento, de las Normas que expidan las autoridades competentes, y con el reglamento interior de trabajo de las empresas en la materia de seguridad e higiene;

II. Contar, en su caso, con las autorizaciones en materia de seguridad e higiene, a que se refiere este Reglamento;

III. Efectuar estudios en materia de seguridad e higiene en el trabajo, para identificar las posibles causas de accidentes y enfermedades de trabajo y adoptar las medidas adecuadas para prevenirlos, conforme a lo dispuesto en las Normas aplicables, así como presentarlos a la Secretaría cuando ésta así lo solicite;

IV. Determinar y conservar dentro de los niveles permisibles las condiciones ambientales del centro de trabajo, empleando los procedimientos que para cada agente contaminante se establezcan en las Normas correspondientes, y presentar a la

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