El
régimen del
Decreto
Legislativo Nº
276
•
La
Carrera
Administrativa.
Sustento
constitucional.
•
Los diferentes regímenes laborales en la
Administración Pública.
•
Normatividad
trasversal
y
normatividad
especial.
CARRERA
ADMINISTRATIVA
CONCEPTO
.
‐
•
Conjunto de principios, normas y procesos que
regulan el ingreso, los derechos y los deberes que
corresponden a los servidores públicos que, con
carácter estable prestan servicios de naturaleza
permanente en la Administración Pública.
CARRERA
ADMINISTRATIVA
•
OBJETO
Permitir la incorporación de personal idóneo,
garantizar
su
permanencia,
asegurar
su
desarrollo y promover su realización personal en
el desempeño del servicio público.
CARRERA
ADMINISTRATIVA
ÁMBITO
‐
Servidores públicos que con carácter estable
prestan servicios de naturaleza permanente en la
Administración Pública.
‐
Exceptuados:
a)
Contratados
b)
Funcionarios
que
desempeñan
cargos
políticos o de confianza.
c) Trabajadores de las empresas del Estado,
miembros de las FFAA y de la PNP.
CARRERA
ADMINISTRATIVA
PRINCIPIOS
a)
Igualdad
de
oportunidades
b)
Estabilidad
c)
Garantía
del
nivel
adquirido
d)
Retribución
justa
y
equitativa,
regulada
CARRERA
ADMINISTRATIVA
INGRESO
•
Obligatoriamente mediante concurso.
•
Por nivel inicial grupo ocupacional al cual postuló.
•
Nulidad de los acto que contravienen las reglas de
acceso.
CARRERA
ADMINISTRATIVA
REQUISITOS PARA EL INGRESO
a) Ser ciudadano peruano en ejercicio
b) Acreditar buena conducta y salud comprobada
c) Reunir los atributos propios del respectivo grupo
ocupacional
d) Presentarse y ser aprobado en el concurso de
admisión
CARRERA
ADMINISTRATIVA
INGRESO A CARRERA ADMINISTRATIVA DL 276
•
Concurso ingreso Administración Pública 2 fases:
1) Fase de convocatoria: Requerimiento personal
formulado órganos correspondientes, con conformidad
presupuestal, publicación aviso convocatoria, divulgación
de bases concurso, verificación documentaria,inscripción
del postulante.
2) Fase de selección: Calificación curricular, prueba de
aptitud
y/o
conocimiento,
entrevista
personal,
publicación cuadro de méritos y nombramiento o
contratación correspondiente
.CARRERA
ADMINISTRATIVA
NOMBRAMIENTO
•
Los ganadores del Concurso son incorporados a la carrera
mediante resolución de nombramiento.
•
Inducción previa al desempeño de funciones.
•
Asignación a un cargo compatible con su nivel de carrera.
•
La estabilidad laboral se adquiere a partir del
nombramiento. No existe período de prueba.
CONTRATADOS
PARA
LABORES
TEMPORALES
• Sólo pueden contratar personal para funciones temporales o accidentales:
a) Trabajos para obra o actividad determinada
b) Labores en proyectos de inversión y proyectos especiales, cualquiera sea su duración, o
c) Labores de reemplazo de personal permanente impedido de prestar servicios, siempre y cuando sea de duración determinada.
PROTECCIÓN CONTRA EL CESE
‐ Ley Nº 24041: Contratados para labores permanentes, con más de 1 año ininterrumpido, no pueden ser cesados ni destituidos sino por causas y procedimiento DL 276.
No comprendidos contratados para desempeñar:
• trabajos para obra determinada
• labores en proyectos de inversión, proyectos especiales, en programas y actividades técnicas, administrativas y ocupacionales, siempre y cuando sean de duración determinada
• labores eventuales o accidentales de corta duración
ESTRUCTURA
DE
LA
CARRERA
ADMINISTRATIVA:
LOS
GRUPOS
OCUPACIONALES
a) Grupo Profesional: Servidores con título profesional o grado
académico reconocido por la Ley Universitaria.
b) Grupo Técnico: Servidores con formación superior o universitaria incompleta o capacitación tecnológica o experiencia técnica reconocida.
c) Grupo Auxiliar: Servidores tienen instrucción secundaria y experiencia o calificación para realizar labores de apoyo.
PRINCIPALES
DERECHOS.
a) Hacer carrera b) Estabilidad. c) Vacaciones
d) Ejercer docencia universitaria.
e) Acumular a su tiempo de servicios hasta 4 años de estudios universitarios.
f) No ser trasladado a entidad distinta sin su consentimiento g) Constituir sindicatos con arreglo a ley, hacer uso de la
Otros
derechos
de
contenido
económico.
a) Asignación 25 y 30 años servicios: 2 remuneraciones al cumplir 25 años y 3
remuneraciones al cumplir 30 años, por única vez cada caso.
b) Aguinaldos: En Fiestas Patrias y Navidad por el monto que se fije por Decreto Supremo cada año.
c) Compensación por Tiempo de Servicios: 50% de la remuneración principal
para servidores con menos de 20 años de servicios o de una
remuneración principal para los servidores con 20 o más años de servicios por cada año completo o fracción mayor de 6 meses y hasta por un máximo de 30 años de servicios.
Permisos
• En casos excepcionales fundamentados, para ausentarse por horas durante jornada de trabajo.
• Docencia universitaria hasta 6 horas semanales, que debe compensarse‐ Similar derecho a servidores para estudios superiores con éxito.
• En período post‐natal 1 hora diaria por lactancia hasta que hijo cumpla 1 año de edad
Licencias
a) Con goce de remuneraciones:
Por enfermedad
Por gravidez
Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos
Por citación expresa: judicial, militar o policial Por función edil
b) Sin goce de Remuneraciones:
Por motivos particulares
c) A cuenta del período vacacional:
Por matrimonio
Desplazamiento
Debe efectuarse teniendo en consideración la
formación, capacitación y experiencia del
servidor, según su grupo y nivel de carrera.
Clases
de
acciones
Designación, rotación, reasignación, destaque,
permuta, encargo, comisión de servicios y
transferencia.
SANCIONES
Amonestación verbal o escrita. Suspensión sin goce de remuneracioneshasta por treinta
días.
Cese temporal
sin goce de
remuneraciones
hasta por doce
meses.
FALTAS
a) El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su reglamento.
b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las
órdenes.
c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra.
d) La negligencia en el desempeño de las funciones.
f) La utilización o disposición de bienes de la entidad .
FALTAS
g) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes.
h) El abuso de autoridad.
i) Causar intencionalmente daños en los locales, instrumentos, documentación y demás bienes de la entidad.
j) Los actos de inmoralidad.
k) Las ausencias injustificadas: + de 03 días consecutivos o + de 05 días no consecutivos, en 30 días calendario o + de 15 días no consecutivos en 180 días calendario.
FALTAS
Condiciones para su tipificación:
a) Circunstancia en que se comete; b) La forma de comisión;
c) La concurrencia de varias faltas;
d) La participación de uno o más servidores en la comisión de la falta.
La calificación de la gravedad de la falta es atribución de la autoridad competente
FALTAS
En la aplicación de la sanción se considerará:
a) La reincidencia o reiterancia del autor o autores; b) El nivel de carrera; y
PROCEDIMIENTO
• Los servidores y funcionarios,
incluso cesantes.
• Plazo de 01 año contado a
partir de haberse tomado
conocimiento de la comisión
de la falta.
• Sólo las sanciones de cese
temporal y destitución.
Procedimiento
administrativo
PROCEDIMIENTO
• Máximo 30 días hábiles.• Escrito, sumario y a cargo de
una comisión.
• La comisión califica la
denuncia y se pronuncia sobre
la procedencia o no de abrir
proceso disciplinario.
• Se instaura por resolución del
Titular de la entidad o del
funcionario competente.
Procedimiento
administrativo
ETAPAS
Denuncia Investigación Previa al
proceso
Proceso
administrativo
disciplinario
ETAPAS:
DENUNCIA
La aut o ridad co m p ete n te la pone en co n o ci m ie n to del Titular , quien dispondr á la co rr espondien te in ve st ig ación. Director de personal o elque haga sus veces. Director General de
Administración o el que
haga sus veces. Órgano de Control
Institucional.
ETAPAS:
INVESTIGACIÓN
Detección del hecho
irregular, constatación y deslinde de responsabilidad • El órgano que recibió la denuncia Elaboración de informe El titular de la entidad remite a la Comisión
ETAPAS:
PREVIA
AL
PROCESO
Compete a las Comisiones de Proceso Administrativo Disciplinario. Calificación de denunciasque le sean remitidas
por el Titular de la
entidad (procedencia o
ETAPAS:
CALIFICACIÓN
Las Comisiones, si el caso lo amerita, podrán requerir como acción previa a su pronunciamiento, la ampliación de las investigaciones y/o mayor sustanciación de los hechos al funcionario u órgano que solicitó la apertura del proceso, lo que debe atenderse bajo responsabilidad dentro del plazo prudencial, que con este fin la Comisión señalará
.
ETAPAS:
PROCESO
ADMINISTRATIVO
DISCIPLINARIO
Resolución
inimpugnable.
• Se inicia con la resolución expedida por el Titular de
la entidad que dispone abrir proceso.
• Presentación de descargos.
• Informe de la Comisión al Titular de la entidad.
Plazo máximo
30 días
• Resolución del Titular de la entidad imponiendo
PRESCRIPCIÓN
Prescribe la falta disciplinaria, si transcurre más de un (01) año desde que la autoridad competente tomó conocimiento de la denuncia por la comisión de la falta, y no se haya abierto proceso administrativo disciplinario.
El plazo de un (01) año para abrir el proceso administrativo disciplinario, deberá contarse desde la fecha en que la autoridad competente toma conocimiento de la falta o denuncia formulada por escrito.
CARRERA
ADMINISTRATIVA
TERMINO
DE
LA
CARRERA
a)
Fallecimiento
b)
Renuncia
c)
Cese
definitivo
d)
Destitución.
Término
de
la
carrera
• Causas justificadas para cese definitivo de un servidor:
a) Límite de 70 años de edad. Comparación con los regímenes privado y CAS.
b) Pérdida de la Nacionalidad