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Fitosanitarios y medio ambiente

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Academic year: 2021

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(1)

Fitosanitarios

y medio ambiente

Normativa relativa a fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización y aplicación

NOVIDADES NORMATIVAS RELATIVAS Á APLICACIÓN E USO SOSTIBLE DE PRODUTOS FITOSANITARIOS

Cristina Cabaleiro Sobrino Dr. Ingeniero Agrónomo

Producción Vegetal Prof. Titular USC Protección de Cultivos

(2)

Los agroecosistemas son INESTABLES

Cuanto más intensivos y homogéneos, MAS inestables.

Desde el principio de la agricultura se han utilizado PESTICIDAS

Hasta el siglo XIX, productos o poco eficientes o muy agresivos, MUY tóxicos y residuales para medio ambiente, aplicador y consumidor

(biocidas generales), información local, tradición, control de uso NULO.

Desde el XVIII-XIX los problemas se agravan por la introducción de cultivos y plagas EXÓTICOS - NUEVAS SOLUCIONES / NUEVA INDUSTRIA – LA

PROTECCION VEGETAL COMO NEGOCIO

Pesticidas ¿desde cuándo, por qué y para qué?

NICOTINA

CIANHIDRICO ARSENITOS DE

Cu Y Pb AZUFRE

(3)

Finales del XIX: primeros FITOSANITARIOS específicamente

pensados/fabricados para aplicación a los cultivos, sustancias activas “naturales”

Segundo/tercer cuarto del XX: DISEÑO de nuevos fitosanitarios, productos de SINTESIS efectivos a dosis bajas, de fácil aplicación, amplio espectro de acción y baja toxicidad aguda…

(http://parecequefueayer.espaciolatino.com/DDT_Chas.html

Ultimo tercio del XX: USO DE FITOSANITARIOS INSOSTENIBLE

– Desaparición de enemigos naturales de plagas y patógenos – Explosión de plagas y patógenos secundarios

– Fallos en el control químico: resistencias

– Contaminación ambiental: acumulación de residuos y deriva

Bases de la Lucha integrada y agricultura ecológica como respuesta

Siglo XXI: Intento de Uso sostenible de fitosanitarios – Reducción de materias activas legales

– Controles y limitaciones en su uso y aplicación

(4)

Definición del BOE/OMS: substancias o ingredientes activos así como formulaciones o preparados que contienen una o más

materias activas, destinados a :

Combatir los agentes nocivos para los vegetales y productos vegetales o prevenir su acción

Favorecer o regular la producción vegetal, con excepción de los nutrientes y los destinados a la enmienda de suelos

Conservar los productos vegetales, incluida la protección de las maderas

Destruir los vegetales indeseables

Destruir parte de los vegetales o prevenir un crecimiento indeseable de los mismos

Hacer inofensivos, destruir o prevenir la acción de otros organismos nocivos o indeseables distintos de los que atacan a los vegetales

Los productos fitosanitarios actuales,

¿qué son? ¿para qué sirven?

NO TODOS SON

BIOCIDAS

(5)

Consideraciones biológicas:

Debe ofrecer control efectivo y consistente

No debe ser fitotóxico a las dosis recomendadas

No debe afectar adversamente a ninguna otra parte del agroecosistema

Consideraciones toxicológicas:

No debe constituir un peligro durante la aplicación

Los residuos en el cultivo no deben ser un problema para el consumidor

Factores de formulación:

Debe ser seguro en el almacenamiento y transporte Debe ser simple de aplicar a la dosis precisa

El método de formulación debe aumentar su eficiencia como fungicida

Consideraciones económicas:

El beneficio económico debe superar el coste de fitosanitario + aplicación

(6)

El control químico se basa en el empleo de algunos de los llamados

Productos Fitosanitarios y es el método más empleado para el control de agentes nocivos de los cultivos y productos almacenados

El control fitosanitario a base de productos químicos, especialmente cuando los productos son de síntesis, es el que plantea o ha planteado en las últimas

décadas, más problemas para el cumplimiento de algunos de los requisitos

biológicos y toxicológicos pero es en la actualidad el que mejor cumple los

(7)

http://www.aepla.es/el-mercado-fitosanitario/evolucion-del-mercado

(8)

1.

Reducción de las poblaciones de enemigos naturales y competidores

2.

Pueden dar lugar a explosión de fitófagos / patógenos / malas hierbas secundarios/as que pueden pasar a la categoría de clave.

3.

Suponen un riesgo para el medio ambiente y los organismos no diana, incluidos los humanos.

4.

Aceleran el desarrollo de resistencias

5.

Un uso indebido supone costes de producción innecesarios

(9)

Riesgo para el medio ambiente y los organismos no diana, incluidos los humanos

•La exposición aguda a pesticidas puede dar lugar a muerte o enfermedades graves •La exposición crónica es muy común en poblaciones rurales que viven cerca de las explotaciones donde se guardan y aplican los pesticidas; puede dar lugar a

problemas:

De crecimiento,

Reproductivos,

Del sistema immunológico, Del sistema endocríno,

Del sistema nervioso, Algunos tipos de cáncer

Fitosanitarios y medio ambiente

(10)

350.000 personas mueren intoxicadas cada año (OMS)

(11)

¿cómo evolucionan y cómo medimos la evolución de los

plaguicidas en las plantas?

Tras la cosecha lo que queda en el cultivo después de haber aplicado un producto fitosanitario son: RESIDUOS DE

PLAGUICIDAS definidos como:

La legislación europea fija unos LIMITES MÁXIMOS DE RESIDUOS para cada plaguicida y cada cultivo que se supone que no se supera si se

cumplen los PLAZOS DE SEGURIDAD indicados por el fabricante

«Restos de fitosanitarios y/o de sus productos de metabolización o degradación que están presentes EN o SOBRE los productos agrícolas

destinados a alimentación humana o animal»

LMR/MLRs = concentración MÁXIMA de un residuo de producto fitosanitario expresada en mg de materia activa por kg de producto cosechado en la superficie o en la parte interna de productos alimenticios para consumo humano y

(12)
(13)

Depósito y disipación de los plaguicidas en las plantas

• Depósito: cantidad de materia activa que queda sobre el vegetal inmediatamente después de la aplicación

• Depende de: dosis, formulación, morfología de la planta, técnica de aplicación y meteorología durante la aplicación

CAUSAS de DISIPACIÓN: en planta y medio ambiente

MECANICAS Viento Lluvia FISICAS - Volatilización - Solubilización por efecto de: -Temperatura - Humedad ambiental DEGRADACIÓN QUIMICA Depende de: Insolación Humedad ambiental Temperatura -PERSISTENTES o RESIDUALES -POCO RESIDUALES En función de:

- Velocidad de degradación en planta o MA - Duración del periodo de control efectivo PRODUCTOS

(14)

¿de qué depende la contaminación ambiental que

se deriva de la aplicación de un fitosanitario?

Degradación y/o transformación

Fuente (modificada) http://www.iagua.es/blogs/gidahatari/impactos-de-la-agricultura-en-el-recurso-hidrico

AIRE

SUELO

AGUA

(15)

• PERSISTENCIA: tiempo que el producto mantiene su actividad bajo condiciones normales (puede variar en condiciones excepcionales).

• Cuanto mayor sea la persistencia mayor es la probabilidad de interacción con los diversos elementos que conforman los ecosistemas.

• Si la vida media y persistencia es MAYOR QUE LA FRECUENCIA con la que se aplican, los plaguicidas tienden a ACUMULARSE en los suelos y seres vivos.

• La contaminación puede venir tanto de las materias activas como de los

coadyuvantes o de los productos de degradación.

• Contaminación de aguas superficiales: vertidos directos accidentales,

operaciones de limpieza de los equipos de aplicación, deriva durante tratamientos o con las partículas del suelo al ser erosionado.

Persistencia y comportamiento en el SUELO y AGUAS

http://www.fao.org/docrep/w2598s/w2598s06.htm

NORMATIVA:

-MAYORES EXIGENCIAS

(16)

¿qué se propone para conseguir el uso sostenible de

fitosanitarios?

AGRICULTURA ECOLÓGICA / ORGANICA Manejo integrado de cultivos:

PRODUCCION INTEGRADA

AGRICULTURAS DE

(17)

Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo

por la que se establece un marco de actuación comunitario para

conseguir un uso sostenible de los plaguicidas

.

Real Decreto 1311/2012

Ley de Sanidad Vegetal

, BOE 279, 21/11/02) • Medios de defensa fitosanitaria

• Inspecciones

(18)

¿qué cambia con la directiva 2009/128/CE?

http://www.magrama.gob.es/es/agricultura/temas/sa

nidad-vegetal/productos-fitosanitarios/uso-sostenible-de-productos-fitosanitarios/

• GESTION INTEGRADA DE PLAGAS • FORMACION DE USUARIOS

PROFESIONALES Y VENDEDORES • GESTION DE ENVASES

INSPECCION DE MAQUINARIA • APLICACIONES AEREAS

• PROTECCIÓN DEL MEDIO

(19)
(20)

En cuanto al uso:

minimizar, optimizar y compatibilizar

En cuanto a la aplicación: dirigida y en base a

umbrales

de

daños, seguimientos de poblaciones, modelización de ciclos

de vida de patógenos etc.

En cuanto al marco de aplicación: dentro de la

GIP

En cuanto a los productos: uso exclusivamente de sustancias

que están en

“Listas de Productos autorizados”

. Armonización

de criterios en la UE

En cuanto al aplicador: sólo

personal cualificado

En cuanto a la recomendación de producto: propuesta de que

(21)

•Tratar solo cuando sea necesario:

Uso de Umbrales y sistemas de predicción de riesgo

Evitar el uso rutinario de plaguicidas

• Optimizar, no maximizar, el control

100 % control (erradicación) no es ni posible ni práctico Compatibilizar su uso con otras técnicas de GIP

(22)

Medidas para regular y hacer reglamentos para la

comercialización y uso de fitosanitarios con el fin de proteger

la salud de las personas y el medio ambiente

Registro único europeo Revisión de productos antiguos: listas de productos prohibidos Reglamentación técnico sanitaria de: - Fabricación

- comercialización - utilización

Legislación sobre LMRs

Control oficial del Límite máximo de residuos: - Control de uso de fitosanitarios - Protección del consumidor - Facilitar el comercio Materias activas:

- Ensayos de eficacia en campo - Propiedades físico-químicas - Toxicidad en mamíferos - Impacto medioambiental - Ecotoxicología

- Inclusión en lista positiva de sustancias activas (Anexo II) - REGISTRO: autorización de comercialización

- Reconocimiento mutuo de autorizaciones

Evaluación de la comisión europea y el comité fitosanitario permanente

(23)
(24)

Químicas

Biológicas

Bioquímicas / Biología molecular

Diseño por ordenador

Medioambientales y toxicológicas:

– Toxicidad

– Mecanismo de acción tóxica – Efectos medio ambientales – Efectos ecotoxicológicos

Diseño de

pesticidas de

síntesis

Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21/10/2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas

79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo.

Normativa relativa a

fabricación

, almacenamiento, transporte,

comercialización y aplicación

(25)

¿qué pasa cuando una sustancia activa es retirada/prohibida

• Se comunica por medio de una «DECISION COMUNITARIA» en la

que figura la FECHA LIMITE de retirada por parte de los Estados de la UE

• Se suele ampliar 12 meses: 6 meses para la comercialización de

existencias y 6 para el uso por los agricultores que lo hubieran adquirido

• Si el motivo de la retirada es una BAJADA del LMR, no hay ese

plazo adicional

• Las existencias se devuelven al fabricante o se DESTRUYEN de

(26)

•La clasificación de fitosanitarios por grado de peligrosidad:

Toxicidad y otros efectos sobre el aplicador/manipulador Ecotoxicidad

Propiedades físico-químicas •El etiquetado

•El envasado

•Los requisitos para los establecimientos de: Fabricación y almacenamiento

Comercialización y aplicación

•Las manipulaciones y las prácticas de seguridad •La gestión de residuos de envases

Reglamento (UE) nº 286/2011 que sustituye al 1107/2009

• COMERCIALIZACIÓN Y UTILIZACION DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS •ETIQUETADO DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS sustituye a Directiva

91/411/EC, Directiva 1999/45/CEE y Reglamento REACH

• GESTIÓN DE RESIDUOS DE ENVASES: Directiva 94/62/CE

Obligación de obtener el carné de Aplicador/Manipulador de productos fitosanitarios http://www.besana.es/es/web/normativas/200909/comercializacion-y-uso-de-productos-fitosanitarios-1

Normativa relativa a fabricación,

almacenamiento, transporte,

(27)

Nueva clasificación y etiquetado de productos químicos: afecta a los productos fitosanitarios

Anexo VII del Reglamento (CE) nº 1272/2008 DESDE 1 JUNIO 2015 todo lo nuevo

(28)

ETIQUETAS

Tabla de: http://echa.europa.eu/documents/10162/13562/clp_labelling_es.pdf

Documento de orientación sobre etiquetado y envasado de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1272/2008 : PLAZOS DE IMPLANTACION

(29)

ETIQUETADO DE FITOSANITARIOS

http://echa.europa.eu/documents/10162/13562/clp_labelling_es.pdf

Documento de orientación sobre etiquetado y envasado de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1272/2008

(30)

- Nuevos pictogramas

- Obligación de incluir junto a los símbolos una palabra de advertencia/peligro - Se sustituyen las frases de riesgo(Frases R) por Indicaciones de peligro(frases H)

- Se cambian los Consejos de prudencia (de las Frases S a Frases P)

- Se mantiene el contenido de las frases

- Se mantienen las indicaciones generales: leer etiqueta, seguir instrucciones de uso…

(31)
(32)

Cap. X. (art. 42 - 45)

El Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de

defensa fitosanitaria

(ROPO)

se estructura en 4 secciones:

● Sector suministrador

● Sector de tratamientos fitosanitarios

● Sector asesoramiento fitosanitario

● Sector usuarios profesionales (carnés)

¿Obligaciones de suministradores, aplicadores, asesores?

http://www.medioruralemar.xunta.es/es/areas/investigacion_y_formacion/formacion_cont inua/carnes_fitosanitarios/

(33)

Obligación de que los aplicadores y comerciantes realicen el

curso de capacitación homologado de

“Aplicador-Manipulador de Productos fitosanitarios”

Tres niveles de capacitación:

Básico

Cualificado

Fumigador

Convalidación Titulación universitaria/FP habilitante

• Los distribuidores deberán contar con un técnico con titulación universitaria habilitante. • Vendedores deberán estar en posesión del correspondiente carné cualificado

• Personal auxiliar deberá estar en posesión del correspondiente carné básico

• Aplicadores deberán estar en posesión del correspondiente carné básico, cualificado o

fumigador en función del tipo de producto a aplicar

● Sector suministrador

(34)

http://www.magrama.gob.es/es/buscador/resultados-busqueda.aspx?q=cuaderno+de+explotaci%C3%B3n&entqr=0&output=xml_no_dtd&client=d efault_frontend&oe=utf-8&idioma=es&ie=utf-8&getfields=*&site=MARM

(35)

• Desde el 25 de noviembre de 2015: solo se puede vender fitosanitarios para

uso profesional a TITULARES DE UN CARNÉ

• Los productos tóxicos, muy tóxicos o mortales que sean o generen gases solo

se pueden vender a: empresas de tratamientos con personal nivel fumigador o usuarios que dispongan del carné de FUMIGADOR

• Todas las transacciones tienen que quedar registradas

• En el momento de la venta deberá estar disponible un vendedor con carné

cualificado que informe sobre: USO de fitosanitarios

Riesgos para la salud y medio ambiente Instrucciones de seguridad

Puntos de RECOGIDA DE ENVASES: 92 centros de agrupamiento en Galicia 1. Triple Lavado de los Envases Vacíos para eliminar restos 2. Inutilizar los envases vacíos

(36)
(37)

● Sector asesoramiento fitosanitario

Los asesores en GIP tendrán que estar inscritos en la sección de asesores del Registro de Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios (ROPO): Medio rural (XG)

Real Decreto 1311/2012: nuevos titulados universitarios deben haber cursado 40 créditos de producción vegetal de los cuales 12 deben ser materias directamente relacionadas con la protección de los cultivos

USC: Grado en Ingeniería Agrícola y Agroalimentaria + Master Ingeniero Agrónomo Protección de Cultivos

Uso sostenible de fitosanitarios

Aplicación sostenible de fitosanitarios Sistemas de Protección Integrada

http://www.medioruralemar.xunta.es/es/areas/agricultura/sanidad_vegetal/fitosanitarios/

• Cuaderno de Explotación

• Superficies de asesoramiento

(38)
(39)
(40)

¿qué errores/equivocaciones/problemas son más

frecuentes en el uso de fitosanitarios?

- Aplicación de dosis incorrecta

- Aplicación del producto equivocado - Aplicación en el momento equivocado - Aplicaciones innecesarias

- Exceso de aplicaciones

- Repetición de las mismas materias activas - Método de aplicación equivocado

- Medidas de seguridad insuficientes o erróneas - Incorrecto procesado de envases

- Uso de productos caducados - Uso de productos «pirata»

Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo

por la que se establece un marco de actuación comunitario para

conseguir un uso sostenible de los plaguicidas

.

(41)

ASESORIA POR UN PROFESIONAL COMPETENTE

¿RECETA?

FORMACION DEL AGRICULTOR

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