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Museo Del Marmol de Macael

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PROGRAMA

INSTITUCIONAL

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El programa institucional del Museo del Mármol tendrá como objetivo fundamental:

Precisar la definición del Museo desde la triple vertiente de su gestión, su organización general y sus relaciones nacionales e internacionales. Nombre del Museo y justificación

El Museo del Mármol de Macael parte de la iniciativa de la Fundación Museo del Mármol en fase de constitución a la redacción de este Pro-grama.

El Museo del Mármol de Macael, se llama de este modo por estar dedicado a la historia del Mármol de Macael y de su industria, en la Comarca.

La marca “Mármol de Macael” es ya un referente mundial gracias a la comercialización de este material y al gran volumen industrial que ha alcanzado la comarca, que aunque comercializa todo tipo de mármo-les , granitos y calizas, se apoya en esta marca : Mármol de Macael, como símbolo de calidad histórica.

De la misma manera en que la marca Mármol de Macael, consigue au-nar a toda la industria del mármol de la comarca, el Museo del Mármol de Macael, tendrá un ámbito de actuación y de referencia comarcal. En su discurso temático el museo abordará el mármol de Macael desde una perspectiva histórica, geológica e industrial.

Este discurso, ha estado ligado indisolublemente a la comarca del Alto Almanzora, zona que actualmente se conoce como Comarca del Mármol.

Al ser un Museo promovido por el Ayuntamiento de Macael, se entien-de perteneciente a titularidad local.

Según la actual Ley de Museos, Ley 8/2007, de 5 de Octubre, “son museos las instituciones de carácter permanente, abiertas al público, al servicio de la sociedad y de su desarrollo, que, con criterios científicos, reúnen, adquieren, ordenan, documentan, conservan, estudian, investi-gan y exhiben, de forma didáctica, un conjunto de bienes, culturales o naturales, con fines de protección, investigación, educación, disfrute y promoción científica y cultural y sean creados con arreglo a esta ley”. La idea de que esta institución sea considerada museo se justifica por-que gracias a su existencia se contribuirá al reconocimiento, puesta en valor, protección, investigación y difusión de la identidad histórica, cultural, social e industrial de Macael.

Esta identidad cultural se basa en un patrimonio, a veces tangible y otras intangible, que en ambos casos necesita ser protegido y difundido.

En el caso del patrimonio tangible, tenemos que tener en cuenta una variable que influye definitivamente en la necesidad de creación de este museo. En la mayoría de los casos hablamos de patrimonio de ca-rácter industrial, un patrimonio que no se ha protegido históricamente, y sobre el que se actúa normalmente ante su inminente desaparición por caer en desuso.

En el caso del Museo del Mármol de Macael, entre sus fines se en-cuentra entre otros muchos, la recuperación y salvaguarda de ese pa-trimonio industrial y de otro tipo de papa-trimonio relacionado con la historia de la explotación del mármol en la comarca: arqueológico, etnográfico, etc.

En definitiva el museo nace con una pequeña colección de objetos pero con la firme vocación de ampliar las perspectivas de un patrimo-nio a rescatar del olvido, valorar y difundir.

A la vez, su puesta en marcha dará respuesta a la LEY 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía., en la cual en su título preliminar se destaca la misión de los Ayuntamien-tos en realzar y dar a conocer el valor cultural de los bienes del Pa-trimonio Histórico Andaluz radicados en su término municipal. La Comunidad Autónoma de Andalucía cuenta con un ordenamiento ámbito. Junto a ellas destaca el deber de colaboración entre las Ad-ministraciones Públicas, enfatizando el papel que han de desempeñar los municipios en la defensa y protección del Patrimonio Histórico a través del planeamiento urbanístico.

LEY 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Para que sea considerado Museo y según se explicita en la Ley de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía 8/2007 de 5 de octubre, se cuidará y se fomentará la consecución de las siguientes funciones:

1.- La protección y conservación de sus bienes.

2.-El desarrollo, fomento y la promoción de la investigación de sus fondos y su especialidad.

3.-La documentación de sus fondos con criterios científicos.

4.-La organización y promoción de sus iniciativas y actividades que contribuyan al conocimiento y difusión de sus fondos y especialidad, así como la elaboración de publicaciones científicas y divulgativas acerca de las mismas.

5.- La exhibición ordenada de sus fondos y el desarrollo de una perma-nente actividad didáctica respecto de sus fondos.

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9 6.- El fomento y la promoción del acceso público a la institución, de

manera presencial y por medio de las nuevas tecnologías de la in-formación y la comunicación, con especial atención a los grupos con dificultades de acceso.

Además de las funciones como institución museística, se establecerán como deberes del museo los siguientes:

1.-Mantener un registro e inventario actualizado de sus fondos. 2.-Informar al público y a la Consejería competente en materia de mu-seos del horario y las condiciones de visita.

3.-Facilitar el acceso a los investigadores que se interesen en sus fon-dos.

4.-Elaborar y remitir a la Consejería competente en materia de museos las estadísticas y los datos informativos sobre sus fondos, actividad, visitantes y prestación de servicios.

5.- Difundir los valores culturales de los bienes custodiados.

6.-Garantizar la seguridad, conservación y protección de sus fondos. 7.- Permitir la inspección de la organización y los servicios prestados, así como de sus instalaciones, fondos y documentación por la Conse-jería competente en materia de museos.

Creación del Museo del Mármol.

Para la creación del Museo del Mármol se seguirán los pasos de-tallados en el Artículo 8 del Capítulo II la Ley 8/2007 de museos y colecciones museográficas, sobre creación de museos.

Para la creación del Museo del Mármol, se seguirá un exhaustivo pro-cedimiento, siendo requisitos imprescindibles los siguientes:

a.-Disponer de un inventario de los bienes de la institución.

b.-Contar con una estructura organizativa y personal cualificado sufi-ciente para atender las funciones propias de la institución.

c.-Contar con un plan de viabilidad en el que conste dotación presu-puestaria estable que permita el cumplimiento de sus funciones. d.-Contar con un inmueble destinado a sede del museo con carácter permanente, con instalaciones suficientes que garanticen el desarrollo de sus funciones, la seguridad y conservación de sus bienes, la visita pública y el acceso de los investigadores a sus fondos.

e.- Tener un horario estable de visita pública.

f.-Disponer de los documentos de planificación previstos en los artícu-los 26 y 27 de la Ley de museos.

Siguiendo el trámite para la creación del Museo del Mármol, y una vez presentada y aprobada la solicitud en la Consejería competente en ma-teria de museos, el Museo del Mármol de Macael pasará a inscribirse en el Registro Andaluz de Museos.

Según la Ley 8/2007 del 5 de octubre de museos y colecciones mu-seográficas

el mismo acto que acuerde la creación del museo acordará su inscrip-ción en el Registro Andaluz de Museos. La inscripinscrip-ción en este Regis-tro del Museo del Mármol de Macael haría público el reconocimiento oficial del Museo como museo de la Comunidad Autónoma de Anda-lucía.

Por su parte, se propondrá la adhesión mediante convenio con la Con-sejería de Cultura del Museo del Mármol de Macael en el Sistema Andaluz de Museos, que garantizará una eficaz prestación de sus ser-vicios y la coordinación y cooperación de sus diversos elementos. Esta pertenencia al Sistema Andaluz de Museos favorecerá, entre otros aspectos: la asistencia técnica por parte de la Administración para garantizar el mejor cumplimiento de las funciones del Museo; la implantación del sistema de documentación y gestión de museos; la formación del personal del Museo; la mejora de las dotaciones e instalaciones del Museo del Mármol.

Por otro lado, la adhesión al Sistema obligará al Museo del Mármol, entre otras cosas, a: intercambiar información entre los museos del Sistema; abrir en los días y horarios que establezca el Sistema y co-laborar en la realización de actividades entre los museos del Sistema y al préstamo de bienes de la institución. Tendrá, eso sí, preferencia a la hora de participar en exposiciones temporales, itinerantes, o activi-dades de difusión y se incluirá en los itinerarios culturales y turísticos promovidos por la Administración de la Junta de Andalucía.

En contraprestación, el Museo del Mármol podrá acoger obras y pie-zas en depósito pertenecientes a la Colección Museística de Andalu-cía. Igualmente podrá solicitar para piezas del Museo su inclusión en programas de restauración o conservación.

Del mismo modo, el Museo del Mármol, una vez quede integrado en el Sistema Andaluz de Museos, podrá acoger subvenciones dirigidas al desarrollo de todas aquellas actuaciones tendentes a garantizar la conservación, seguridad, documentación y difusión de sus fondos, así como a la reforma y adaptación de sus edificios e instalaciones a las funciones museísticas.

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GESTIÓN DE LOS FONDOS DEL MUSEO DEL MÁRMOL Una vez que el Museo del Mármol de Macael ingrese en el Sistema Andaluz de Museos, la colección del Museo pasará a formar parte de la Colección Museística de Andalucía.

El hecho de pertenecer los bienes del Museo a la Colección Museística de Andalucía otorga unas singularidades y características especiales a estos bienes en una serie de aspectos.

Salida de fondos del Museo del Mármol de Macael.

Respecto a la salida de estos fondos, tanto en el ámbito de Andalucía como fuera de ésta, sólo se hará mediante autorización previa de la Consejería competente en materia de museos.

Préstamo para exposiciones temporales

Para la solicitud de obras y piezas pertenecientes al Museo del Mármol de Macael, las personas o instituciones interesadas deberán dirigirse al Museo, con una antelación mínima de 4 meses.

Según la Ley 8/2007 de Museos, “la Consejería de Cultura establecerá modelos normalizados de préstamo y de actas de entrega y devolución de los bienes objeto del mismo”, por lo que se homogeneizarán los for-mularios de préstamo para todos los museos integrantes del Sistema Andaluz de Museos.

La duración del préstamo no podrá ser superior a 12 meses. Depósitos

El Museo del Mármol podrá admitir, conforme a las características de sus fondos, depósitos de bienes para su protección, conservación, difusión e investigación. Este depósito se regirá mediante contrato ad-ministrativo de depósito y previa autorización de la Consejería de Cultura.

En caso de aceptar depósitos de naturaleza arqueológica, el Director del Museo deberá comunicar dicho ingreso en el plazo de 7 días a la Consejería de Cultura, junto con la identificación del la persona que ha realizado el ingreso y el inventario del bien o bienes.

Así mismo, los bienes del Museo del Mármol, una vez pertenezcan a la Colección Museística de Andalucía podrán ser depositados en: Museos de Titularidad Estatal; otros museos del Sistema Andaluz de Museos; otras instituciones no museísticas, si tienen fines de investi-gación, análisis científico, conservación o restauración; otras institu-ciones culturales para fines de difusión de patrimonio histórico o para fines de alta representación de la Comunidad Autónoma.

La petición de depósito se realizará mediante solicitud al Museo. Ingresos temporales

El Museo del Mármol de Macael podrá acoger ingresos temporales, entre otros, según lo siguiente:

a.Cuando el ingreso se produzca para analizar, estudiar o examinar bienes, previamente a su adquisición o constitución de depósito. b.Los efectuados con motivo de exposiciones temporales.

c.El depósito judicial.

Copias y reproducciones de los fondos

Se podrán realizar copias y reproducciones de los bienes del Museo si se adecuan a los principios de conservación de estos bienes, de fo-mento de la investigación y la difusión, la salvaguarda de la propiedad intelectual y sobretodo no interfiriendo en la actividad ordinaria de la institución.

Del mismo modo, el Museo del Mármol realizará copias y reproduc-ciones de piezas de diversas institureproduc-ciones del Sistema Andaluz de Mu-seos para su exhibición en la colección permanente.

Estas copias se realizarán con la total garantía de conservación y se-guridad para estos bienes, llevándolas a cabo con técnicas de última tecnología y siempre la autorización de la Consejería de Cultura.

SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL DE LOS FONDOS De acuerdo a la Ley 8/2007 de Museos, el Museo del Mármol contará con un sistema de gestión documental que estará constituido por el conjunto de instrumentos descriptivos y de control técnico y adminis-trativo relativo a tres tipos de fondos:

Museográfico, documental y bibliográfico.

Será la Junta de Andalucía, y su Consejería competente en materia de museos la que implante en el Museo del Mármol este sistema de ges-tión de fondos, el conocido como DOMUS.

Así mismo, el Museo deberá contar con libros de Registro, para ano-tar los ingresos, salidas y bajas de los bienes del Museo.

Estos libros serán diferentes para la colección estable del Museo y para los depósitos.

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inven-11 tario de sus fondos actualizado, para la identificación, descripción y

ubicación de sus bienes. En el mes de diciembre de cada año se man-dará a la Consejería de Cultura copia de las fichas de inventario de las piezas ingresadas, expuestas o no.

Igualmente contará con un catálogo con la información técnica espe-cializada y precisa con la finalidad de clasificar los bienes y describir los conocimientos asociados a ellos y a su contexto.

Identidad de las Instituciones promotoras

El Museo del Mármol de Macael nace promovido por la Fundación del Museo Mármol de Macael. Esta Fundación la componen el Ayuntamiento de Macael, la Asociación de Empresarios del Mármol y la Asociación de Amigos del Museo del Mármol de Macael. Además de los socios benefactores, que de manera individual o corporativa formen parte de la fundación, independientemente de su pertenencia o no, a la Asociación de Empresarios del Mármol o a la Asociación de Amigos del Museo del Mármol.

El Ayuntamiento de Macael es el principal gestor de los recursos del mármol de la localidad, por lo que es imprescindible su participación en la Fundación.

La Asociación de Empresarios del Mármol está constituida por los principales empresarios de la comarca, cuyas empresas están relacio-nadas directamente con el mármol.

La Asociación Provincial de Empresarios del Mármol (APEM), se constituye el día 21 de febrero de 1.977, aunque hasta agosto de 1.998 no abre de forma permanente sus oficinas. Rápidamente se convierte en catalizadora y mediadora de todo lo concerniente a la actividad de la piedra natural en Almería (Tarifas de Precios, Convenio Colectivo de Trabajo del Mármol, Negociaciones con Administraciones, etc.). La Asociación de Empresarios del Mármol cuenta entre sus áreas con: un área Económica y Promoción, un área Industrial Minas e Innova-ción, un área de formación y comunicación y un serie de asesorías técnicas.

Desde la extracción en la cantera hasta su instalación final, una con-centración de casi 300 empresas industriales, artesanales y de servi-cios facturan más de 264.445.400 euros. Las empresas que forman parte de la Asociación de Empresarios del Mármol se podrían

clasifi-car en: empresas dedicadas a la extracción; empresas dedicadas a la transformación; empresas dedicadas a la artesanía.

En definitiva, una infraestructura empresarial muy importante que ten-drá su lugar en el Museo del Mármol, como parte perteneciente a la Fundación del Museo.

La Asociación de Amigos del Museo del Mármol de Macael “AL-LALI” se constituye en Almería al amparo de lo previsto en el artículo 22 de la Constitución Española de 1978, en lo establecido a la Ley de Asociaciones 191/1964 de 24 de diciembre, Real Decreto 304/85 de 6 de febrero y demás disposiciones legales.

Según el Art. 2. de los estatutos de la Asociación, sus fines son los siguientes:

1.- Promover las actividades e iniciativas que sean necesarias para la creación del Museo del Mármol de Macael.

2.- Reconstruir la Cultura del Mármol, mediante la recopilación de datos y materiales históricos y arqueológicos propios de la misma y verterlos en el patrimonio del Museo.

3.- Difundir y promover la Cultura del Mármol, mediante conferen-cias, exposiciones y cualquier otra forma que ayude a aumentar la sen-sibilidad y creatividad artística de los ciudadanos, y al conocimiento del Museo.

4.- Colaborar con cualquier otra Entidad Cultural o evento que se de-sarrolle con el espíritu de las anteriores consideraciones.

El domicilio social de la Asociación está establecido en C/ Federico García Lorca s/n. 04867 Macael. Almería.

Se adjunta como ANEXO a este Programa Institucional los Estatutos de la Asociación de Amigos del Museo del Mármol de Macael. Se adjunta como ANEXO a este Programa Institucional los Estatutos de la Fundación Museo del Mármol de Macael.

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FUNDACIÓN DEL MUSEO DEL MÁRMOL DE MACAEL Como hemos señalado con anterioridad, al frente del Museo del Már-mol estará La Fundación del Museo del MárMár-mol. Esta fundación ten-drá carácter de fundación cultural y de naturaleza permanente dentro del ámbito de Andalucía.

La Fundación estará constituida por el Ayuntamiento de Macael, la Asociación de Empresarios del Mármol, la Asociación de Amigos del Museo. Y el número de socios benefactores que con carácter indivi-dual, y bajo la figura de persona física o jurídica, quieran formar parte de la misma.

La finalidad fundamental de la Fundación será la constitución y ges-tión del Museo del Mármol. Así mismo, en paralelo a este fin, la Fun-dación promoverá el estudio, la investigación y difusión de todo lo relacionado con este material y recurso dentro del Museo.

Igualmente promoverá la colaboración con el sector privado empre-sarial y otros centros como el CETAP, en las actividades del Museo y presentará proyectos e iniciativas provenientes del Museo a la Junta de Andalucía, Ministerio de Cultura y a todas aquellas instituciones y administraciones que se considere oportuno en beneficio del Museo. El gobierno, administración y representación de la Fundación se con-fiará de modo exclusivo al Patronato. El Patronato será soberano en el cumplimiento de su misión, sin perjuicio de que la autoridad u or-ganismo competente ejerza las facultades que las leyes les atribuyen sobre fundaciones culturales privadas.

El órgano ejecutivo del Patronato será una Comisión Ejecutiva. Como órgano auxiliar al Patronato se creará un Consejo Asesor. El Patronato de la Fundación estará integrado por:

Un Presidente, que ostentará la representación de la Fundación. El pe-ríodo de duración de su cargo será de 5 años prorrogables indefinida-mente.

Un Vicepresidente, que será elegido por la propia presidencia de entre los vocales que formen el patronato una vez constituido éste.

Los Vocales del Patronato serán designados de entre aquellas personas representantes de las instituciones que integran la Fundación y que manifiesten interés en las funciones del Museo.

Igualmente la Fundación contará con un Secretario General, previa

propuesta del Presidente y por acuerdo de la mayoría simple. El Secre-tario tendrá voz en las reuniones del Patronato y ejercerá la secretaría de éste.

Serán funciones del Secretario General:

-Ejecutar los acuerdos del Patronato y de su Comisión Ejecutiva. -Confeccionar el último mes de cada año el presupuesto para el año siguiente, cuya aprobación se someterá al Patronato, previo dictamen favorable de la Comisión Ejecutiva.

-La redacción dentro de los dos primeros meses de cada año de una Memoria de las actividades desarrolladas en el año anterior que se so-meterá al Patronato y de su balance o liquidación del presupuesto del mismo que se someterá a la Comisión Ejecutiva.

-Levantar actas de las sesiones que celebre el Patronato.

La Comisión Ejecutiva del Patronato será el órgano ejecutivo de éste y ejercerá funciones que expresamente sean delegadas por aquel. Igual-mente podrá delegar alguna de sus funciones en el Secretario Gene-ral.

La Comisión Ejecutiva estará integrada por el Presidente, el Vicepre-sidente y el Secretario General de la Fundación.

El Patronato se organizará en comisiones de trabajo, según la índole de los asuntos a considerar.

El cargo de patrono será gratuito, indelegable y renunciable, siendo en este último caso la vacante cubierta a propuesta del Presidente y por acuerdo de la mayoría simple de los restantes patronos.

El Patronato se reunirá en sesión cuantas veces sea convocada por su presidente o lo pidan un tercio de sus miembros. En los cuatro prime-ros meses de cada año se debe reunir para aprobar la liquidación del presupuesto ordinario y el balance correspondiente al ejercicio ante-rior, así como la memoria de actividades desarrolladas durante dicho ejercicio y de la gestión económica, y aprobar el programa de realiza-ciones para el año siguiente.

La convocatoria la hará el Presidente, con 15 días de anticipación y cuando estén reunidos la mitad más uno de los miembros del Patro-nato se podrá celebrar la sesión. Los miembros del PatroPatro-nato podrán abstenerse o votar en blanco. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple.

Por su parte, se requiere un Consejo Asesor como órgano de asesora-miento y consulta del Patronato, constituido por un Presidente y cinco

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13 vocales.

Deberán ser funciones del Consejo Asesor:

-Emitir su opinión, sin carácter de obligar, sobre cuestiones que se le planteen.

-Proponer actividades al Patronato.

-Emitir dictámenes no vinculantes acerca de cuestiones científico-téc-nicas aún sin haber sido solicitadas por el Patronato.

La propia Fundación deberá aprobar un programa de actividades de la misma encaminadas al cumplimiento de los fines de la Fundación. El programa de actividades se redactará teniendo en cuenta las posibi-lidades económicas de la Fundación.

Por otro lado, el patrimonio de la Fundación puede estar integrado por toda clase de bienes, sin otras limitaciones que las impuestas por las leyes.

El capital y el Patrimonio de la Fundación estará integrado por: _La dotación inicial recogida en la escritura fundacional.

_Por cualquiera otros bienes o derechos que adquiera la Fundación a título oneroso o gratuito de entidades públicas o privadas y de particu-lares, en especial, subvenciones, donaciones, herencias o legados para el Museo del Mármol.

Los medios económicos para el logro de la finalidad fundacional debe-rán estar compuestos por:

-Frutos, rentas, productos o beneficios del capital o patrimonio y de las actividades que realice la Fundación.

-Ingresos derivados de la percepción de cantidades de los beneficia-rios de la Fundación, en la cifra que determinen las tarifas aprobadas previamente.

-Las donaciones, herencia y legados que reciba y los demás bienes que adquiera por cualquier título.

-Las subvenciones que se reciban para auxiliar a la Fundación en cum-plimiento de su fin.

Para asegurar la guarda de los bienes constitutivos del Patrimonio de la Fundación, se observarán las siguientes reglas:

Los bienes inmuebles se inscribirán en el Registro de la propiedad a nombre de la Fundación, y los demás bienes en los registros corres-pondientes.

Los valores mobiliarios y fondos públicos deberán ser confiados por el Patronato en régimen de depósito a una entidad bancaria.

Por su parte, las obras de arte, archivos, los demás bienes muebles, los

títulos de propiedad, etc, serán custodiados por el propio Patronato, normalmente en el propio Museo del Mármol.

El Patronato confeccionará para cada ejercicio económico un presu-puesto ordinario. En él se recogerán los ingresos y los gastos. En los ingresos se comprenderá los que perciba la Fundación por cualquier concepto. En los gastos, se mencionarán por separado los gastos gene-rales, pudiendo destinar, los excedentes de ingresos a incrementar el capital de la Fundación.

Igualmente, el Patronato deberá realizar un presupuesto extraordinario que deberá ser aprobado para las inversiones primeras referentes a la Creación del Museo del Mármol.

El presupuesto de la Fundación, tanto ordinario como extraordinario, deberá ser siempre nivelado, no excediendo nunca las previsiones de los gastos a los ingresos.

Los ingresos, que por cualquier concepto, obtenga la Fundación, serán siempre aplicados al cumplimiento del fin fundacional.

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[1. 1] ESTRUCTURA ORGÁNICA Y

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1. PROPUESTA DE ORGANIGRAMA PARA EL MUSEO DEL MÁRMOL DE MACAEL

El Museo del Mármol de Macael dispondrá de un equipo humano ca-paz de responder a todas las necesidades que se deriven de los fines de la Institución.

En el Museo del Mármol se creará una estructura organizativa de ac-tividades y profesionales con sus dependencias jerárquicas y respon-sabilidades muy bien diferenciadas, para permitir que el trabajo en el Museo se realice de forma armónica. Dos factores son importantes: la coordinación y la descentralización.

Vamos a diferenciar tres niveles de responsabilidad: El patronato, el Director del Museo y resto del personal.

El personal de Museo se divide en una serie de áreas siempre interre-lacionadas.

El gasto de personal de un museo es uno de los gastos fijos de mayor cuantía económica, por esto, en el Museo del Mármol, se contará con una plantilla de personal imprescindible para la realización de las ac-tividades principales del Museo y se propone la contratación externa para el desarrollo de varios servicios dentro del mismo.

Organigrama de personal y contratas externas

2. ARGUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Como podemos observar en el diagrama, nos encontramos con un per-sonal muy ajustado pero suficiente si tenemos en cuenta todas las opciones que nos ofrece este modelo de trabajo.

La Fundación, con los agentes sociales del municipio como socios fundadores, se crea para la gestión del museo, y la representación directa de ésta se hará a través del Patronato, como órgano represen-tativo y gestor para el museo. En este patronato tendrán voz, aunque no voto los representantes de la Asociación de Amigos del Museo del Mármol de Macael, además de los patronos que se contemplen como representantes en los estatutos de la Fundación.

En el siguiente nivel nos encontramos con el Director/a, figura clave en la programación y en la buena marcha de la gestión del museo. El Director/a debe ser Titulado Superior Universitario con formación específica y especializada en Museología. La selección de personal para esta plaza se realizará de acuerdo con la normativa legal vigen-te, atendiendo, en cualquier caso, a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como al de publicidad.

El siguiente nivel de los recursos humanos del museo lo constituyen un administrativo/a con conocimientos informáticos contratado a tiempo parcial.

Recepcionista y encargado de tienda, dos personas contratadas a tiempo completo se ocuparán de la tienda y la recepción, además de la supervisión de los sistemas automáticos de seguridad del museo. Deberán así mismo tener un nivel de inglés medio, como requisito pre-vio. Además el museo se plantea la necesidad de formación constante de este personal, ya que es el personal que está en contacto directo con el público, conformando con su trato y atención, la opinión del público respecto a la institución museística.

El área de difusión es una de las más importantes para un museo que pretenda ser una institución viva. Para cubrir las necesidades de pla-nificación y programación de esta área, en este plan museológico nos hemos planteado las dos fórmulas posibles para cubrir estas necesida-des:

Personal técnico del museo Contrata externa de servicios

La primera alternativa consiste en la contratación de una persona ex-perta en museología didáctica y difusión de museos. Esto significa una carga económica importante para el gasto corriente del Museo, ya

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17 que además hay que añadir los gastos generados por las exposiciones

y actividades: seguros, transportes, dietas de conferenciantes, edición de materiales didácticos, etc.

Por el contrario, la segunda opción planteada, referente a externalizar los servicios de difusión en el Museo, podría ser la alternativa más acertada para este tipo de museo.

Esta opción contempla para la cobertura de este área de Difusión el trabajo de una empresa externa especializada en gestión cultural, ade-más del Director como elemento cohesionador y organizador de la programación de difusión. Una empresa externa de gestión cultural, que según el presupuesto del museo para estos menesteres, y las priori-dades que marque el patronato ofrezca la ejecución de las activipriori-dades que hayan sido programadas por el patronato y la dirección del museo: desde exposiciones temporales hasta la elaboración de cuadernos di-dácticos adaptados a los contenidos del museo, etc.

Como vemos, con esta segunda opción para la cobertura en materia de recursos humanos del área de difusión, creemos que se cubren todas las necesidades y expectativas, sin encarecer excesivamente el gasto corriente del museo.

Voluntariado cultural a través de la Asociación de Amigos del Mu-seo. La función primordial de este colectivo, que ha apoyado la crea-ción del museo desde el principio, está relacionada con el área de difu-sión, ya que además se trata de un colectivo con una gran motivación intelectual en relación a los temas que trata el discurso museológico. Y ese potencial no se puede ni se debe subestimar, sino que lo que se debe hacer es aprovechar al máximo esas sinergias para que ese vo-luntariado cultural, claramente motivado, colabore de forma activa en la programación del museo. Con esta idea, este personal voluntario cubrirá las necesidades de guías y monitores para todas las actividades que contemple el programa de difusión.

Para terminar con nuestra argumentación de la propuesta de recur-sos humanos, nos queda hablar del personal de limpieza y manteni-miento, que será contratado por horas en el caso de la limpieza, con una media de dos horas y media al día, y en el caso del mantenimiento se sufragará con la contratación puntual de los servicios necesarios.

3. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS Y FUNCIONES A. FUNDACIÓN

- Impulsar la creación y consolidación del Museo del Mármol de Ma-cael.

- Garantizar la continuidad de la misión y los propósitos con los que se funda el museo.

- Actuar como puente entre museo y comunidad.

- Preservar de daño y pérdidas las colecciones del museo, así como proporcionar seguridad a las colecciones, al personal y al visitante. - Garantizar que el museo desarrolle los programas de investigación pertinentes con el fin de crear y diseminar conocimiento objetivo y preciso.

- Discutir y aprobar las líneas de actuación consecuentes con la mi-sión y el mandato del museo y supervisar su cumplimiento.

- Desarrollar un plan estratégico de actuación que fije las metas del museo y la manera de alcanzarlas, así como hacer el seguimiento y el cumplimiento del plan.

- Garantizar la estabilidad financiera mediante el análisis, la apro-bación y el seguimiento de los presupuestos y de los informes fi-nancieros, acordando auditorias regularmente, invirtiendo los activos financieros del museo y procurando obtener fondos suplementarios, para permitir que el museo pueda hacer frente a presentes y futuras responsabilidades financieras.

- Contratar un Director para el museo y evaluar su gestión.

- Asegurarse de que el museo dispone de suficiente personal para lle-var a cabo sus funciones.

B. DIRECTOR

Sus funciones consistirán en:

1) Área de dirección y relaciones institucionales: - Llevar a cabo la misión del museo.

- Ejercer el liderazgo a través de la dirección del museo. - Recomendar políticas y planes, y la necesidad de su revisión. - Desarrollar las políticas y los planes aprobados.

- Planificar, organizar y diseñar la plantilla del personal. - La supervisión y control de los trabajadores del museo. - Fomentar la formación del personal.

- Las relaciones con la administración, con la comunidad académica y con el sector privado en interés del museo.

- Establecer relaciones con instituciones o museos, para desarrollar la actividad y el crecimiento de nuestro museo.

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4) Área de gestión y administración.

- Coordinar las líneas de actuación generales respecto a la gestión del museo.

- Coordinar las actividades de captación de fondos del museo.

- Gestionar y comprar la producción de merchandising del museo. - Gestión y control de adjudicaciones y contratas externas del museo.

C. ADMINISTRATIVO

Un administrativo se encargará de la labor económico-administrativa del Museo.

- Gestión administrativa y financiera: contratos personal, nóminas, im-puestos, contabilidad de gastos e ingresos, balances anuales de presu-puestos para la Administración pública, etc…

D. CONTRATACIÓN EXTERNA. DIFUSIÓN

- Desarrollo, gestión y producción del programa de exposiciones tem-porales y de actividades programadas en el museo. , y de los materiales y actos capaces de atraer al mayor público posible. Ajustándose al pre-supuesto establecido previamente para cada actuación y/o anualidad - Acentuar el valor pedagógico de exposiciones y actividades.

- Preparación y realización de los diferentes materiales que estas acti-vidades conllevan, como dossieres promocionales y productos didác-ticos, para escuelas y demás instituciones.

- Desarrollo de programas de formación para monitores y guías vo-luntarios.

- Evaluación de todas las actividades realizadas por el museo para el público, de cara a mejorar constantemente la calidad de las mismas.

E. PERSONAL DE RECEPCIÓN Y TIENDA - Dar la bienvenida a los visitantes.

- Orientar e informar apoyándose en el material editado por el museo de cara a la visita del público.

- Recoger información sobre los usuarios y gestionar las visitas con-certadas.

- Venta de entradas, admisión de visitantes y atención de la línea tele-fónica.

- Responsable del mantenimiento y gestión de las taquillas para guar-- Relaciones con la comunidad.

- Seguimiento de las tendencias e intereses públicos de manera que el museo pueda dar respuesta a los cambios detectados en las áreas que le afecten.

2) Área de colecciones: - Promoción de la colección.

- Seguridad, preservación, documentación e interpretación de las co-lecciones.

- Recomendaciones sobre adquisiciones y bajas.

- Diseño y ejecución de un programa de investigación sobre la colec-ción.

- Publicación de los resultados de las investigaciones de una forma accesible para los visitantes y usuarios del museo.

- Examen de los objetos de la colección, realización de informes sobre el estado de conservación de las piezas de la colección y, en caso nece-sario, aconsejar sobre el traslado de piezas a un taller de restauración - Mantenimiento de las condiciones ambientales para preservar las piezas de la colección.

- Supervisión y mantenimiento de los equipos y recursos del Museo. - Realizar protocolos de actuación en caso de emergencia y difundir-los al personal del museo periódicamente.

- Conocimiento del programa Domus. 3) Área de difusión y comunicación: - Difusión de la imagen pública del museo.

- Difusión de la institución a través de los medios de comunicación. - Publicación de actividades, noticias, exposiciones, etc.

- Planificación y Asesoramiento en la producción de actividades de difusión y exposiciones temporales.

- Establecer un calendario de actividades de acuerdo con la empresa externa contratada.

- Establecer relaciones con el sistema educativo para acrecentar la percepción del museo como recurso educativo y para ofrecer programas basados en el currículo escolar relacionados con la colección.

- Coordinar y supervisar todos los materiales impresos por el museo (libros, catálogos, dípticos, etc) y buscar colaboraciones para la edi-ción y publicaedi-ción de estos materiales.

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dar objetos.

- Recoger las quejas, sugerencias y comentarios del público.

- Responsable del sistema de videovigilancia por circuito cerrado de televisión y alarmas.

- Avisar al Director de cualquier incidente ocurrido en la entrada o en el Museo.

- Gestión de Ventas de merchandising del museo.

- Gestión del inventario de la tienda y reposición de productos. - Información al público de los productos de la tienda.

F. LIMPIEZA

Contratación externa del servicio de limpieza.

- Limpieza y mantenimiento básico de todo el edificio y su entorno. - Reposición de suministros varios.

G. MANTENIMIENTO

Contratación externa del servicio de mantenimiento.

La empresa que se encargue de la instalación de los equipos de segu-ridad, será la que se encargue igualmente del mantenimiento periódico de estos equipos.

Programas de formación para voluntarios y personal del museo La formación y la promoción del personal son temas de gran impor-tancia en el ámbito del museo, ya que se trata de una institución públi-ca al servicio de la sociedad. Consideramos así necesaria la existencia de unos planes de desarrollo y promoción para el personal empleado en el Museo del Mármol.

De cara a la adecuación de los parámetros de calidad de la visita que establece el ICOM y otros organismos e instituciones, nacionales e in-ternacionales, debemos tener en cuenta todas las actuaciones a seguir para conseguir una adecuada visita del público.

El colectivo que más puede beneficiarse de una estrategia de forma-ción y promoforma-ción, y mediante la misma favorecer también al centro, es el personal voluntario y el personal encargado de la recepción y tienda, ya que tienen habitualmente un contacto más prolongado y más directo con los visitantes.

En términos generales, es imprescindible que todo el personal esté informado y concienciado de la misión y los objetivos del Museo del Mármol.

1. Bloques temáticos para el Programa de formación del personal de Recepción ( Siguiendo a Mikel Asensio y Amelia Arenas)

- El servicio de atención al público

- Pautas de comportamiento del personal del museo

- Contenidos científicos del museo. Esquemas de percepción de los mismos

- Parámetros de calidad de la visita.

- Materiales de Evaluación. Importancia y gestión de los mismos. 2. Bloques temáticos para el Programa de formación de los Vo-luntarios de la Asociación de amigos del Museo.

- Contenidos científicos de las diferentes áreas temáticas del museo - El museo, como contexto de aprendizaje informal

- Técnicas didácticas para la difusión de los mensajes expositivos. - Análisis y uso del material de apoyo realizado por el responsable del área de Difusión y comunicación, basado en las técnicas del aprendizaje informal y del conocimiento por deducción.

3.( 4) LEGISLACIÓN Y GESTIÓN DE CONTRATOS.

La selección de personal se realizará de acuerdo con la norma-tiva legal vigente, atendiendo, en cualquier caso, a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como al de publicidad.

El Museo del Mármol, al ser un organismo autónomo, dependien-te de la Fundación Mármol de Macael, gestionará su propio per-sonal.

La Ley 6/85 constituye una pieza esencial para la consolidación de las Instituciones Autonómicas. Se organiza de acuerdo con los fines administrativos generales y su ordenación y gestión están presididos por los principios de objetividad, economía y eficacia. Según esta Ley, el personal puede ser:

- Funcionario. Nombrado con tal carácter de acuerdo con la legisla-ción. La selección se hará mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso oposición o concurso-oposición libre. Este sería el procedimiento para el Director del Museo y el administrativo. - Personal laboral. El personal laboral se rige por los mismos princi-pios que el personal funcionario, respecto a la ordenación y gestión de la actividad administrativa. No obstante, el contenido y efectos de esta

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relación de empleo estarán regulados por el Derecho Laboral, el cual tiene análoga aplicación en la Administración Pública que en la em-presa privada. Este tipo de contratos se hará al personal dedicado a las tareas de recepción y tienda en el Museo. La contratación se realizará a jornada completa. Y el director?

- Contratación privada. Serán contratados mediante contra-tación privada, los servicios de mantenimiento y limpieza del Museo. Igualmente se regirá mediante este tipo de contratación la empresa privada encargada de los servicios de difusión del Museo.

- Personal en prácticas. El Museo del Mármol podrá acogerse a tener personal en prácticas según el convenio existente entre la Di-rección General de Museos y las diferentes direcciones de másters y postgrados ofertados en la comunidad Autónoma de Andalucía en Museología y Gestión Cultural.

Así como a través de cualquier otro programa de inserción laboral y/o prácticas de otras instituciones.

Se cubrirán los nuevos puestos de trabajo por medio de una selec-ción, que en este caso hará el Patronato representativo de la fundaselec-ción, como órgano máximo de gestión. Aunque las fundaciones se rigen por lo establecido en sus estatutos y en la normativa privada, dado que constituyen un poder público, deben aplicarse los principios de publi-cidad, concurrencia y objetividad.

El artículo 46 de la Ley 50/2002 de Fundaciones trata tres cuestiones que sin ser de aplicación directa a las fundaciones públicas mismas, se consideran como criterios generales de buena gestión pública. El citado artículo dice que la selección del personal deberá realizarse con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de la correspondiente convocatoria; que su contratación se ajustará a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad. Este es el caso de la fundación que gestionará el Museo del Mármol de Macael, porque uno de sus socios fundadores es el Ayuntamiento.???

La contratación de trabajadores se ajustará a las normas legales gene-rales existentes sobre colocación y empleo, vigentes en cada momen-to, comprometiéndose la dirección del museo al uso de los distintos modos de contratación laboral previstos por la ley, de acuerdo con la finalidad de cada uno de los contratos.

Existen cinco posibles modelos de contratación para toda clase de per-sonal laboral susceptible de trabajar en el museo:

1) Personal laboral del museo contratado a jornada completa: este es el caso del director, y el personal de recepción y tienda; y contratado a media jornada: es el caso del /la administrativo/a.

2) Personal laboral contratado por horas: es el caso del personal de limpieza y mantenimiento

3) Contratación externa de servicios: para el caso de servicios de di-fusión o de restauración de piezas, etc. Dentro de este apartado la ley de contratación de la administración pública contempla tres medidas de contratación , pero el ámbito de aplicación de estas medidas puede quedar fuera de las obligaciones de la fundación o no , y esto de-penderá de la composición de la fundación, y del tanto por ciento de representación y financiación pública, en este caso del Ayuntamiento de Macael

Articulo 21. Gerencia.

1.En los Estatutos se podrÅ encomendar el ejercicio de la gestiën ordinaria o administrativa de las actividades de la fundaciën a un gerente o cargo similar, que podrÅ ser persona fåsica o jurådica, pero siempre con acreditada solvencia tàcnica al respecto, y con la remuneraciën adecuada a las funciones desempeñadas.

4) Voluntariado cultural: personal voluntario aportado principalmente por la Asociación de amigos del Museo.

Para todo el personal, podrá concertarse por escrito un periodo de prue-ba que en ningún caso podrá exceder los seis meses para los técnicos titulados, ni de dos para los demás trabajadores, sin que, en cualquier caso, dicho periodo de prueba pueda exceder el 50 por ciento del tiem-po total de duración del contrato laboral.

Durante el periodo de prueba, el trabajador tendrá los mismos dere-chos y deberes correspondientes a su categoría profesional y al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes.

Las dimisiones de personal, una vez superado el periodo de prueba, habrán de notificarse con, al menos, quince días de antelación, por escrito y duplicado.

En los contratos con duración inferior al año, este preaviso será de al menos diez días. En otros niveles, será de un mes, salvo que el con-trato tenga una duración inferior al año, en cuyo caso será e al menos quince días.

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21 Asimismo, la falta de preaviso por parte de la dirección del museo en

caso de finalización de contrato, de quince días, según se prevé en la legislación vigente, dará lugar a la indemnización correspondiente o a la parte proporcional si el preaviso se hubiera efectuado en un periodo inferior al previsto.

Las liquidaciones se pondrán a disposición de los trabajadores dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de baja.

Corresponden al Museo del mármol de Macael, a través de su funda-ción, la determinación y negociafunda-ción, cuando proceda y conforme a la legislación aplicable, del marco laboral y las condiciones de trabajo del personal vinculado jurídicamente al mismo. Estas condiciones la-borales se regularán por el correspondiente convenio colectivo.

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[1. 2] RÉGIMEN INTERNO DEL MUSEO

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El Museo del Mármol de Macael tiene como finalidad básica la con-servación, investigación, difusión y promoción del patrimonio cultural de Macael, en su más amplio concepto: histórico, etnográfico e indus-trial.

Esta institución museística está inspirada por el propósito de contribuir de modo directo y eficaz a la prosperidad de Macael y a la elevación del nivel y la calidad de vida de sus habitantes.

Las obras o piezas que pasen a formar parte del patrimonio permanen-te del Museo servirán para documentar históricamenpermanen-te los distintos momentos de la evolución histórica e industrial, tanto cuando estén en exposición como cuando circunstancialmente permanezcan en alma-cén a disposición de los estudiosos.

Art. 1º. Es objeto del presente reglamento regular la organización y el funcionamiento del Museo del Mármol de Macael, para el desarro-llo, permanencia, difusión e investigación del patrimonio histórico e industrial de Macael.

Art. 2º. El Museo del Mármol de Macael, de contenido histórico e in-dustrial, es una institución de carácter permanente, abierta al público, orientada al interés general de la comunidad, que recoge, adquiere, ordena, conserva, estudia y exhibe de forma científica, didáctica y es-tética la cultura material e inmaterial perteneciente, de manera prefe-rente, a la historia de la localidad de Macael, desde el punto de vista de su recurso principal, el mármol.

Art. 3º. El Ayuntamiento de Macael crea el Museo del Mármol de Macael

ajustándose al marco genérico del artículo 25 de la Ley 7/1985 regu-ladora de las Bases de Régimen Local, en orden a la promoción por parte del Municipio de las actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal y en virtud de las competencias específicas atribuidas al municipio en materia de patri-monio histórico-artístico, y para el desarrollo de actividades y puesta en funcionamiento de instalaciones culturales.

Art. 4º. El Museo del Mármol está ubicado en la denominada Nave co-mercializadora y en el edificio anexo, convenientemente adecuados a las necesidades museológicas y museográficas que deben desempeñar este tipo de centros. No obstante se podrá disponer, en caso necesario, de otros edificios de propiedad municipal para almacenes del Museo. Art. 5º. El Museo del Mármol deberá estar dotado del personal, ins-talaciones y medios adecuados para el pleno cumplimiento de sus fi-nes.

Art. 6º. El Museo del Mármol es una institución cultural de la locali-dad de Macael, correspondiendo a la Fundación del Museo del Már-mol de Macael la gestión del mismo, sin perjuicio de las competencias de carácter general que tengan atribuidas otros organismos estatales, autonómicos o provinciales.

Art. 7º. La Fundación del Museo del Mármol tiene las siguientes fun-ciones.

Art. 8º. Régimen de reuniones de la Fundación del Museo. La Funda-ción del Museo del Mármol de Macael se reunirá en el propio Museo del Mármol una vez al mes, estableciéndose el día de reunión, el últi-mo lunes de cada mes.

Art. 9º. El Museo del Mármol, según queda establecido por la Ley 8/2007 de Museos, contará con una organización precisa y un personal suficiente y cualificado que garantice el cumplimiento de sus funcio-nes.

Art. La inmediata dirección del Museo estará encomendada al Direc-tor, que según la Ley 8/2007 de Museos, le corresponderá “ejercer las funciones ejecutivas y gestoras de la institución, velar por el cumpli-miento de sus fines y planificar, organizar, coordinar y supervisar sus actividades, adoptando las medidas oportunas que garanticen la con-servación y protección de los bienes que integran la institución” Igualmente, según dicha Ley, “y sin perjuicio de su estructura inter-na, ejercerá las funciones técnicas de administración, protección, con-servación, investigación y difusión”, que comprenderá las siguientes tareas:

a. Mantenimiento y seguridad de las instalaciones del Museo.

b. La propuesta o informe de planes, programas o proyectos de carác-ter jurídico o técnico que afecten a sus bienes.

c. La elaboración y ejecución de planes, programas y proyectos en materia de conservación, restauración y mantenimiento de sus bienes y la proposición de medidas extraordinarias de carácter cautelar. d. La documentación, control y tratamiento científico y técnico de los bienes integrantes de la institución.

e. La elaboración de los programas de difusión, educación y comu-nicación y en general, de todas aquellas actividades que fomenten el disfrute de los bienes y el acercamiento y participación de la sociedad en la institución.

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25 Así el Museo, y de acuerdo con la Ley de Museos 8/2007 de 5 de

Octubre, “facilitará el acceso a la contemplación y el estudio de sus bienes a las personas interesadas en investigar sus fondos, y en general a todas aquellas que justifiquen, a juicio del titular de la institución, un interés científico, pedagógico o divulgativo”. Así mismo, “se facilitará el acceso y consulta de los instrumentos de su sistema de gestión do-cumental”. Según dicha Ley, este acceso, a los bienes y a su sistema documental, “se efectuará mediante petición individualizada en la que se justifique el interés científico, pedagógico o divulgativo y el com-promiso de respeto a la legislación sobre propiedad intelectual y a citar expresamente al Museo en cualquier publicación o actividad de difusión”.

Art . El Museo del Mármol de Macael podrá acoger en sus insta-laciones actividades culturales externas a su programación, siempre que sean de singular relevancia cultural o institucional, realizándose siempre fuera del horario de visita pública. Estas actividades deberán ser compatibles con la conservación y la seguridad de las piezas del Museo.

Art. 12º. La financiación del Museo del Mármol de Macael será ca-rácter ……….., sin perjuicio de otras vías de financiación, tales como:

12.1. Subvenciones otorgadas por cualquier organismo público o pri-vado, nacional o extranjero.

12.2. Donaciones que realicen de forma altruista cualquier entidad o persona pública o privada.

12.3. La venta de entradas, merchandaising y material editado por el Museo.

Art. 13º. La entrada al Museo del Mármol será gratuita para miembros de los Estados Miembros de la Unión Europea, todos los martes de cada mes.

Asimismo será gratuita la entrada para personas de cualquier nacio-nalidad, el Día de Andalucía, el Día Internacional de los Museos, el Día del Turismo y el día que se celebren las Jornadas Europeas de Patrimonio.

La tarifa de entrada al Museo será de 2 € en régimen general y 1 € la entrada reducida.

Tarifas reducidas: Personas menores de 18 años, los mayores de 65 años, las personas que estén jubiladas y las que tengan un grado de minusvalía de al menos el 30%, que presenten la correspondiente acre-ditación.

9.2. La custodia de los bienes y fondos que el Museo posea.

9..3 Dirigir y coordinar los trabajos derivados del tratamiento adminis-trativo y técnico de los fondos, asegurando la actualización del Regis-tro de Entrada y del Inventario general de éstos.

6.4. Supervisar y ejecutar en su caso, la programación y las actividades de conservación, exposición, investigación, y divulgación previstas mediante exposiciones de carácter permanente, temporal o itinerante, ciclos de conferencias, talleres, publicaciones, etc.

6.5. Dirigir, organizar y gestionar la prestación de servicios en el Mu-seo.

6.7. Establecer las directrices para el mantenimiento y la gestión de las salas de exposición del Museo, así como las de régimen interno (almacenes, oficinas, talleres…)

6.8. Proponer los planes anuales a desarrollar para la conservación, exposición, investigación, restauración y difusión de los fondos y ac-tividades del Museo.

6.9. Velar por la seguridad del Museo, con atención inmediata en cir-cunstancias excepcionales

6.10. Presentar a la Fundación una Memoria Anual de Actividades y actuaciones, incluyendo la justificación de gastos.

Art. 9º. El Museo dispondrá de un Inventario en el que queden regis-trados los datos referentes a todas y cada una de las piezas que pasen a formar parte de sus fondos. La inclusión del Museo en el Registro de Museos de la Junta de Andalucía facilitará al Museo el sistema DO-MUS de documentación de museos para inventariar las piezas. Art. 10º. Los fondos del Museo lo constituirán:

10.1. Depósitos autorizados por la Delegación provincial de Cultura, procedentes de actuaciones (excavaciones, prospecciones e incluso incautaciones realizadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado), practicadas en el término municipal de Macael o en los térmi-nos municipales contiguos.

10.2. Las adquisiciones por compra.

10.3. Depósitos o donaciones efectuadas por particulares, institucio-nes o colectivos, en las condicioinstitucio-nes establecidas en el Art. 15.

10.4. Reproducciones o originales de piezas emblemáticas realizadas en mármol de Macael, custodiadas actualmente en otros centros mu-seísticos.

Art. 11º. Con el objeto de potenciar la investigación sobre el patrimo-nio histórico e industrial de Macael, el Museo podrá desarrollar activi-dades en colaboración con departamentos de diferentes Universiactivi-dades que investiguen o desarrollen programas de investigación sobre esta temática.

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Art. El Museo del Mármol de Macael estará abierto al público en ho-rario estable, con un mínimo de 20 horas semanales. Se podrá visitar de martes a domingo, y lunes festivos y vísperas de festivos.

El horario será de 9 a 14 y de 17 a 20 horas.

Se establecerán visitas guiadas extraordinarias en el día de cierre del Museo, en el caso de actividades puntuales, por ejemplo para los miembros de la Asociación de Amigos del Museo.

Art .La accesibilidad al Museo para personas con discapacidad es-tará contemplada y subsanada mediante la disposición de rampas de acceso al Museo, baños adaptados y espacio suficiente para facilitar el movimiento de sillas de ruedas en cada una de las salas del Museo. Art. 17º. En la medida de sus necesidades, el Museo podrá constituir en un futuro las secciones o departamentos que considere oportunos. Art. Ll. Plan museológico.

Art. 12. Plan de seguridad.

Art. 13º. El Museo deberá contar con un Plan Anual de Actividades, que se presentará a la Consejería de Cultura en el último trimestre del año anterior a su ejecución. El Plan Anual de Actividades contendrá las previsiones sobre las actividades de investigación, conservación, restauración, mantenimiento, difusión y administración que va a des-empeñar el Museo, según se explicita en la Ley 8/2007 de Museos. Art .El Museo deberá presentar a la Consejería de Cultura, en el primer trimestre de cada año el presupuesto del año en curso y la me-moria de gestión del año anterior, en donde se indicará el número de visitantes y la dotación de personal y se desarrollará y evaluará el gra-do de cumplimiento de las actividades de investigación, conservación, restauración, mantenimiento, difusión y administración del plan anual de actividades correspondiente.

Art. 15º. El Museo dispondrá de un libro de firmas y un libro de que-jas y reclamaciones, junto con evaluaciones constantes por el público mediante encuestas.

Art. 20º. Tras la aprobación definitiva del presente Reglamento, se publicará su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, y en-trará en vigor una vez transcurra el plazo legalmente previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Régimen y protocolo de préstamo de obras

Respecto al préstamo de obras, el Museo del Mármol establece la necesidad de una solicitud de préstamo para las otras instituciones ó coleccionistas privados que requieran piezas del Museo del Mármol. Asimismo se podrá solicitar un Facilite Report del Museo que solicita el préstamo para garantizar las condiciones de seguridad y conserva-ción de las piezas.

Por otro lado, en el caso de que sea el Museo del Mármol de Macael la institución que solicita el préstamo, este se hará mediante una carta de préstamo firmada por el Director del Museo y una solicitud de présta-mo con diversos aspectos a rellenar por el prestador de la pieza. Ejemplo de carta de préstamo

Ejemplo de solicitud de préstamo

Régimen y protocolo de admisión de obras para la colección Normas de acceso a la colección con fines científicos

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[1.3] RELACIONES INSTITUCIONALES:

EL ÁMBITO LOCAL, AUTONÓMICO, NACIONAL E INTERNACIONAL

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El campo de las relaciones institucionales se presenta como un escena-rio destacado en el comienzo de la andadura de toda nueva institución cultural, en este caso el Museo del Mármol de Macael. Todos los ám-bitos (ya sea el local, autonómico, nacional e internacional) suponen un engranaje de vital importancia sin el cual, la proyección y difusión de un museo no serían posibles.

En el caso del Museo del Mármol, el concepto de institución que posee y la filosofía del centro estará en estrecha vinculación con la población y el entorno local. Es por esto, que las relaciones institucionales en este ámbito cobrarán un mayor protagonismo, siendo el germen de expansión hacia proyecciones futuras.

Así, este Programa de Relaciones Institucionales aspira a profundizar la inserción del Museo del Mármol como institución representativa y reconocida en diferentes ámbitos y a mantener el dialogo fluido con la instituciones educativas y culturales de diversos ámbitos y áreas de influencia.

La posibilidad de trabajo conjunto con diversas instituciones permite siempre potenciar los recursos humanos y materiales y avanzar en for-mas de cooperación tendentes a proyectar un crecimiento armónico. Este Programa sostiene la profundización de las relaciones institucio-nales en relación a la capacitación de recursos humanos, la realización de trabajos de investigación, posibilitar la asistencia técnica profesio-nal y la difusión y organización de actividades culturales y educativas de interés.

A nivel cultural, el trabajo conjunto de museos con universidades, con instituciones culturales, con centros educativos, municipios e institu-ciones intermedias es una realidad constante.

Ámbito local Ámbito autonómico

Una vez asentada la institución en el ámbito local, la expansión hacia la Comunidad Autónoma es el lógico paso a seguir. La vinculación con la Consejería de Cultura como vehículo indispensable para la con-tinua colaboración comarcal

Dentro de la política de difusión y comunicación del Museo del Már-mol, se establecerán las bases para la posible asociación con otros mu-seos del mármol de otros países, para que se establezcan convenios,

itinerancias de exposiciones. Entre ellos, mencionar:

Museo del Mármol de Rance en Bélgica. Museo del Mármol de Extremoz, Portugal. Museo Cívico del Mármol de Carrara, Italia.

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[2]

PROGRAMA

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[2. 1] DESCRIPCIÓN DEL MUSEO

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Históricamente este espacio ha estado destinado a uso industrial. Con el nuevo PGOU que está preparando el Ayuntamiento de Macael, con el avance ya aprobado, se contempla toda esta zona como suelo ur-bano consolidado, convirtiéndose en los últimos años en una zona de servicios y de acceso al municipio.

En esta área, además de algunas fábricas de servicios industriales que rodean al edificio, nos encontramos con la Sede de la Asociación de Empresarios del Mármol, en el lado derecho del museo, y frente a éste, cruzando la carretera nos encontramos con el Centro Tecnológico Andaluz de la Piedra, el CTAP. Formando entre estos tres edificios un triángulo crucial para la comprensión de la comarca del mármol, ya que cada institución abarca el mármol desde una perspectiva diferente y necesaria.

Esta ubicación proporciona para los visitantes una imagen de unidad que refuerza la importancia de la comarca como primer centro comer-Un nuevo proyecto museístico implica actualmente superar la

concep-ción de museo estanco, de tipología tradicional y de temática cerrada. Frente a esto el nuevo proyecto se concibe como un museo abierto conceptual y espacialmente a su entorno físico y conceptual, ya que como hemos explicado anteriormente un tema como el mármol agluti-na diferentes perspectivas y discipliagluti-nas en su tratamiento museístico. Respecto a la concepción espacial del nuevo museo , ésta no se limita a la sede principal de la que ahora hablaremos, sino que pretende ser un museo de territorio en muchas de sus concepciones, así, existen otros espacios físicos susceptibles de formar parte del museo. Estos espa-cios tienen diferente naturaleza. Tenemos espaespa-cios arqueológicos, his-tóricos industriales, e industriales actuales y en funcionamiento. Cada uno de estos espacios requiere por tanto un tratamiento específico. Las canteras son uno de los principales atractivos de la comarca para el turismo, de hecho en la actualidad existen Touroperadores que ofer-tan esta visita dentro de sus excursiones, como ya vimos. El museo habilitará un espacio (próximo a la Gran Parada, o Mirador del Plan Turístico comarcal) de recepción de visitantes con un sistema de se-ñalética exterior de aluminio esmerilado y dibond, con los contenidos básicos que explican los procesos de extracción del mármol y la cali-za, y todos los aspectos que se llevan a cabo en las canteras.

En el mismo espacio se colocará un parque industrial de exterior para niños, con máquinas lúdicas que reproducen los movimientos de al-gunas de las máquinas que están viendo en las canteras.

La fábrica hidráulica, es un espacio e infraestructura que data de principios de siglo, que constituye una fábrica de aserrar mármol ac-cionada por la fuerza del agua canalizada desde el río Laroya a través de acequias hasta la maquinaria que acciona el bastidor de corte de la masa de mármol.

Actualmente este edificio se encuentra prácticamente en ruina y la ma-quinaria está semidesmontada, pero ambas cosas se pueden recuperar para su rehabilitación y musealización del edificio y su maquinaria original.

El actual avance del PGOU de Macael, contempla además, la zona donde se ubica la fábrica, como una zona de equipamiento y de espacis ajardinados, por lo que el edificio quedará dentro de un parque , en un contexto ideal para su acceso público y su musealización, facilitando por tanto la interpretación de su uso originario tanto de la fábrica como del sistema de acequias externo, que venía de un molino en ruinas que hay unos trescientos metros más arriba del lugar de la fábrica.

Foto del Google Earth

Los yacimientos arqueológicos de la sierra y alrededores también ju-garán un importante papel en el discurso y las actividades del museo, destacaremos, por su importancia arqueológica e histórica: el Cerro del Nacimiento, y el Cerro del Mojón, entre los términos de Tahal y Macael y Macael Viejo. Todos estos yacimientos constatan la ocupa-ción prehistórica de la zona y su relaocupa-ción con el uso de la piedra y el mármol. Aunque son yacimientos que no han sido excavados sistemá-ticamente, y particularmente Macael Viejo, que sería el yacimiento más importante ya que nos hablaría del pasado medieval de Macael, está prácticamente destruido por encontrarse en plena zona canteras activas.

No obstante todos estos yacimientos merecen ser visitados y el museo organizará dentro de su plan de difusión un programa de visitas temá-ticas guiadas, que se contratarán en el museo y a través de su web. Vemos por tanto que el Museo del mármol de Macael es más que su sede principal, y que desde su concepción pretende abarcar otros es-pacios patrimoniales que completan un discurso global sobre el tema central que plantea el museo.

2.1.1 EMPLAZAMIENTO DE LA SEDE PRINCIPAL

El inmueble donde se ubicará el Museo del Mármol de Macael está situado en la antigua carretera de Olula del río a Tahal s/n, en el Paraje llamado “Los Coloraos”, en la única zona de acceso a Macael.

La parcela que ocupa el edificio se encuentra en el límite del término municipal entre Macael y Olula del río.

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35 2.1.2 EL EDIFICIO ACTUAL

A.Antecedentes históricos y relación con el entorno Antecedentes del estado actual: actuaciones más recientes

La única actuación realizada en el edificio tras su construcción, se lle-vó a cabo en 1990. Existía la necesidad de dividir el edificio en dos partes diferenciadas, para obtener con ello, por una parte, un edificio de oficinas, constituido por dos plantas, y por otro, la nave industrial. Con esta actuación se consiguió una estructura más acorde con las necesidades del propietario, el Ayuntamiento de Macael.

Según el informe de tasación que se realizó en 1990, ambas edifica-ciones estaban en buen estado de conservación y son edificios poliva-lentes.

El entorno del edificio históricamente se ha denominado “La Pisá del Caballo”, e inicialmente era una zona escarpada y montañosa al pié del cortado con el río. Al ser éste el único acceso al municipio y la sierra , fue un empeño de los sucesivos alcaldes del siglo XX el alla-nar esta área paulatinamente, para propiciar un acceso adecuado a las crecientes necesidades de comunicación del pueblo y la Sierra.; por lo que a lo largo del tiempo se llevaron a cabo numerosos trabajos de desmonte y rellenado del terreno hasta conseguir la fisonomía actual del entorno del edificio .

B. Descripción general y distribución interna del edificio y su en-torno.

El inmueble donde se ubicará el Museo del Mármol de Macael es una nave industrial, perteneciente al Ayuntamiento de Macael, denomina-da Nave Comercializadora, construidenomina-da en 1985, y remodeladenomina-da parcial-mente en 1990.

Es por ello un edificio con una historia relativamente reciente, con-tando únicamente con 22 años de vida. El edificio, que fue construi-do usanconstrui-do materiales propios de edificación industrial, no tuvo en su construcción ninguna pretensión estética ni de durabilidad, ya que su uso no lo exigía así.

El inmueble, que en un principio era un solo edificio, en la actualidad está compuesto por dos edificaciones distintas en forma y uso:

cializador y exportador de mármol del país. Además de propiciar una

mayor comunicación y colaboración entre las instituciones vecinas. Edificio anexo

La edificación de menor superficie, situada a la izquierda, consta de dos cuerpos, planta inferior y planta superior unidos mediante escale-ra.

La estructura del edificio se ha realizado con forjados resistentes de hormigón armado.

Los cerramientos se han realizado con muros de fábrica de ladrillo. Posee un acceso principal desde la carretera, cuenta con aberturas de aluminio anodizado y terminaciones exteriores con acabados de mor-tero monocapa en color blanco.

Actualmente está en régimen de arrendamiento para las oficinas de la Cámara de Comercio de Almería, aunque en 1990 fue usado como aulario para clases de informática.

La distribución de este edificio anexo es la siguiente:

En planta baja, tras el hall de acceso se ubican oficinas y aulas para clases de informática, en una posición central se encuentra la escalera recta que da acceso a la planta alta.

Cabe mencionar que en esta planta se encuentran 2 depósitos que aprovechan el espacio debajo de la escalera y un vestuario-aseo para el personal con acceso desde la nave.

En la Planta Alta se encuentran oficinas administrativas y 2 aulas de informática, cuenta además con aseos para el personal, diferenciados por sexos.

Nave Comercializadora

La edificación de mayor tamaño adquiere la forma de una nave indus-trial de estructura de acero con cerchas metálicas y cubierta de chapa prelavada, no transitable. Desde su construcción fue usada como al-macén para suministros del Ayuntamiento.

Los cerramientos exteriores están realizados con muros de fábrica y cuenta con 7 aventanamientos exteriores realizados en aluminio color blanco.

La entrada principal a la nave se realiza desde la carretera por medio de un gran portón adecuado para el acceso de vehículos.

Cuenta además con un segundo portón con acceso también desde la carretera pero de menores dimensiones que el primero.

Referencias

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