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Discusión sobre el aborto Despenalización por tres causales. Dra. Soledad Barría Prof. U. Chile

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(1)

Discusión sobre el aborto

Despenalización por tres causales

Dra. Soledad Barría

Prof. U. Chile

(2)

Discusiones

Antecedentes e historia

Despenalización por 3 causales

Forzar a la mujer:

• En caso de violación

• En caso de inviabilidad fetal

Peligro de la mujer y ética de la decisión

Porqué en casi todo el mundo se permite?

(3)

Aborto

Interrupción del embarazo antes de las 22

semanas (500 gramos)

Siempre decisión difícil, condicionada a

contextos de las mujeres.

Legalidad o ilegalidad y penalización no lo

hacen desaparecer ni disminuir

(4)
(5)

Antecedentes

• En Chile hasta 1989, el Código Sanitario decía: “Solo con

fines terapéuticos se podrá interrumpir un embarazo, para lo cual basta la firma de dos médicos cirujanos”. (art. 119)

• En Septiembre de 1989 la Junta Militar elimina este artículo

por el que dice: “Artículo 119. No podrá ejecutarse ninguna

acción cuyo fin sea provocar un aborto”.

• No se considera la interrupción del embarazo por causas

(6)

Proyecto actual: Despenalización

por sólo 3 causales

(7)
(8)

Contenido del proyecto

Si el embarazo es producto de una violación

o Se podrá interrumpir hasta las 12 semanas de gestación en general, y menores de 14 años, hasta 18 semanas. (Desconocen su ciclo menstrual, abusos crónicos en hogar)

Si el embrión o feto padece alteraciones estructurales

o genéticas incompatibles con la vida extrauterina

o La causal opera exclusivamente cuando el diagnóstico médico determine que el embrión o feto, tras el nacimiento,

no podrá sobrevivir ni aún con el apoyo de las técnicas más

avanzadas de que dispone la medicina actual.

o Se distingue casos de inviabilidad fetal de los casos de discapacidad severa, que no se encuentran comprendidos dentro de esta causal.

(9)

Mujeres Víctimas de Violación, datos de

Carabineros de Chile 2005-2013

Año 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 Edad Menores de 14 años 354 398 462 572 575 505 568 512 533 14 - 17 años 347 448 426 498 511 409 484 407 402 18 - 29 años 548 556 599 652 697 626 673 597 552 30 - 44 años 408 409 384 405 449 412 451 386 380 45 - 64 años 112 114 130 171 171 146 189 139 139 65 años y más 20 13 16 14 13 14 23 22 12 No identifica 0 0 0 1 1 0 0 0 1 Total 1.789 1.938 2.017 2.313 2.417 2.112 2.388 2.063 2.019

FUENTE Subsecretaría de Prevención del Delito Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en

(10)

Delitos sexuales contra niñas y adolescentes:

• SENAME :

– 2014, hubo 914 niñas violadas

3.292 niñas y adolescentes embarazadas en sus

dependencias.

• De las embarazadas, víctimas de abuso sexual,

estupro y violación hubo 198 casos

• Las edades de las niñas embarazadas productos de

delitos de violación eran entre 14 y 15 años (36 niñas), y 12 y 13 años (17 niñas)

(11)

Violación e inviabilidad fetal

En caso de violación, la mujer debe poder

decidir. La obligación por parte de la

sociedad de un embarazo en estas

condiciones, sin existir acuerdo de inicio

vida, atenta contra todo derecho mujer

En caso inviabilidad fetal, avances de la

medicina permiten que la mujer elija

disminuir costos de la mantención de un

(12)
(13)

Se dice que hoy las mujeres no mueren…

no sería necesario

La mortalidad materna ha bajado, especialmente por

aborto: relevancia de programas de regulación

fecundidad desde los años 60

Pero: está estancada desde hace 10 años. Es de + 18

mujeres fallecidas por cada 100.000 recién nacidos.

No hemos cumplido los objetivos del milenio, meta:

9,9 x 100.000

(14)

Razón de mortalidad por aborto y tasa de mortalidad por embarazo ectópico, Chile, 2004 - 2012 Año N° de muertes por aborto Recién Nacidos Vivos Inscritos Razón de mortalidad por aborto N° de muertes por embarazo ectópico Recién Nacidos Vivos Inscritos Razón de Mortalidad por embarazo ectópico 2004 4 242.476 1,65 1 242.476 0,41 2005 7 242.980 2,88 3 242.980 1,23 2006 7 243.561 2,87 4 243.561 1,64 2007 4 242.054 1,65 2 242.054 0,83 2008 5 248.366 2,01 3 248.366 1,21 2009 3 253.574 1,18 2 253.574 0,79 2010 6 251.199 2,39 3 251.199 1,19 2011 8 248.879 3,21 2 248.879 0,80 2012 4 243.858 1,64 1 243.858 0,41 Total 48 2.216.947 2,17 21 2.216.947 0,95

Fuente: DEIS-DIPLAS MINSAL 2015

TODOS los años mueren mujeres por aborto y por embarazos fuera del útero (ectópico)

(15)

Contenido del proyecto

Caso en que la mujer se encuentra en riesgo vital

presente o futuro.

 La mujer, como sujeto, puede tomar decisiones

 Sin esperar que la mujer se esté muriendo permitirá

salvar vidas y continuar con el descenso comprometido en el ODM 5.

 Permite incorporar las excepciones que admite la praxis

(16)

Ética médica moderna hace indispensable

considerar a la mujer en la toma decisiones

Legislar para despenalizar la interrupción del

embarazo por causa de salud de la mujer es

indispensable si queremos las mujeres vivas,

avanzando en las metas de Naciones Unidas.

(17)

Otros contenidos del proyecto

Voluntad de las menores

– 14-18 años, la decisión la toma la menor y se informa al

adulto representante o relevante

– Menor 14, se requiere aprobación del representante o, si

no hay acuerdo, del juez de menores

– Si sospecha de abuso sexual intrafamiliar se puede acceder

directo al juez

Personal de Salud

– Certificación de 2 médicos, Equipo ad-hoc en violación

– Deber de confidencialidad de los profesionales por sobre

la denuncia

– Objeción de conciencia, del médico pero obligatoriedad de

(18)

¿

Porqué se permite el aborto en casi

todas partes del mundo?

(19)

1. Prohibición total sobre el aborto

2. Aborto permitido para salvar la vida de la mujer

3. Aborto permitido por razones de salud física 4. Aborto permitido por razones de salud mental 5. Aborto permitido por razones socioeconómicas

6. Aborto sin restricciones

(20)
(21)

Evolución de la tasa de abortos post legalización en Francia e Itália 10 12 14 16 18 20 1975 1980 1982 1984 1986 1988 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 França Italia

Fonte: The Alan Guttmatcher Institute. Sharing responsibility: Women, Society and Abortion Worldwide. New York: The Alan Guttmacher Institute, 1999 .Fuente: Dr. Aníbal Faúndez 2013

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Aborto y Derechos

Aborto debe dejar de ser mecanismo control

natalidad:

Urgencia de contenidos de género en escuelas

Urgencia de contenidos de derechos sexuales y

reproductivos de mujeres y hombres

La penalización completa del aborto, en Chile

Cuando se realiza (ectópico), niega el derecho a la

mujer de tomar decisiones anticipadas respecto a su

vida

Cuando no se realiza, al menos en estos casos atenta

contra los derechos de la mujer

(23)

Penalización y derechos vulnerados

 Derecho Autonomía y vida privada de las mujeres

o Decisión si tener hijos o no y Cuándo

o Quiebre de la confidencialidad (Com. DDHH, obs 28)

 Derecho a la vida y a la integridad física y psíquica

o Casos ectópicos, cánceres, hipertensiones graves y otros

 Derecho a no ser sometido a trato cruel, inhumano y

degradante

o En violaciones e incesto, vulnera el derecho a no sufrir tratos crueles e inhumanos (Declaración de Comisión contra toda forma de tortura)

o En malformaciones incompatibles con la vida

 Derecho al debido proceso: acusaciones de personal médico y

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Comité de Derechos Humanos

111º período de sesiones

7 a 25 de julio de 2014

Tema 6 del programa

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto.

Observaciones finales sobre el sexto informe periódico de Chile Proyecto preparado por el Comité

1. El Comité de Derechos Humanos examinó el sexto informe periódico presentado por Chile (CCPR/C/CHL/6) en sus sesiones

3068º y 3069º (CCPR/C/SR.3068 y 3069), celebradas los días 7 y 8 de julio de 2014. En su 3090ª sesión (CCPR/C/SR.3090), celebrada el 22 de julio de 2014, el Comité aprobó las siguientes observaciones

finales.

a) Introducción…

(25)

a) Principales motivos de preocupación y recomendaciones

Aborto

15. El Comité, recordando sus anteriores observaciones finales

CCPR/C/CHL/CO/5, para. 8), expresa su preocupación por la

persistencia de la criminalización absoluta del aborto que obliga a las mujeres embarazadas a buscar servicios de abortos

clandestinos que ponen en peligro sus vidas y su salud. Si bien toma nota de la información proporcionada por la delegación sobre un proyecto de ley en tramitación que pretende incluir excepciones a la prohibición absoluta del aborto, el Comité nota con preocupación que este proyecto no incluye la excepción al aborto cuando el embarazo sea consecuencia de un incesto. El Comité también está preocupado por los altos índices de abortos clandestinos que han resultado en mortalidad materna y

embarazos adolescentes (arts. 3 y 6).

(26)

El Estado parte

debe establecer excepciones a la

prohibición general del aborto

,

contemplando el

aborto terapéutico y en los casos en que el

embarazo sea consecuencia de una violación o

incesto

. El Estado parte debe asegurar que los

servicios de salud reproductiva sean accesibles para

todas las mujeres y adolescentes, en todas las

regiones del país. Asimismo, el Estado parte debe

multiplicar y asegurar la aplicación de programas de

educación y sensibilización sobre la salud sexual y

reproductiva, en particular entre la población

(27)

Despenalización por 3 causales:

¿aborto libre?

(28)

Proyecto de 3 causales

Mínimo Indispensable para asegurar la vida y

dignidad de las mujeres

Pensar en que este proyecto lleva a “aborto

libre”

Miedo a la democracia? Se requiere otro proyecto

Tergiversación?

Relevancia de la violencia simbólica utilizada

por algunos y algunas

(29)

Legislar urgente para despenalizar por estas 3 causales Mantención de programas de acompañamiento como

Chile Crece Contigo

Hacer realidad y controlar educación sexual obligatoria en educación media

Fuerte impulso a educación de género y derechos en escuelas básicas

Realidad de métodos de regulación fecundidad y PDD, incluyendo a adolescentes

Referencias

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