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RESOLUCIÓN DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Nº /SERVIR-OAF

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RESOLUCIÓN DE LA

OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

007-2011/SERVIR-OAF

Lima, 09 de Febrero 2011

VISTOS; el Memorándum Nro. 012-2011-SERVIR/GDCR de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento y el Informe Nº 015-2011-SERVIR/GG-OAF-LOG del Responsable de Logística de la Autoridad Nacional del Servicio Civil;

CONSIDERAN DO:

Que, los días 10, 11 y 12 de Febrero 2011, se llevará a cabo en la ciudad de Lima el Diplomado Semi-presencial de Gestión Pública SERIVIR-USMP", el cual contará con la participación de funcionarios de los Gobiernos Regionales de LIMA, Paseo, lea y Municipalidad Distrital de Ubinas;

Que, en ese sentido, resulta necesario coordinar el desplazamiento, movilidad y otros gastos en que puedan incurrir a fin de que los participantes a dicho Diplomado puedan trasladarse de su lugar de origen hacia la ciudad de Lima y viceversa;

Que, dada la naturaleza de los conceptos, correspondería reembolsar los gastos que se incurran en transporte terrestre y movilidad local durante su estadía en la ciudad de Lima;

Que, el numeral 40.1, del artículo 40º de la Directiva de Tesorería No. 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directora! No. 002-2007-EF/77.15, modificada por Resolución Directora! No. 004-2009-EF/77.15, establece que los "Encargos" consisten en la entrega de dinero mediante cheque o giro bancario a personal de la institución para el pago de obligaciones que, por la naturaleza de determinadas funciones o características de ciertas tareas o trabajos indispensables para el cumplimiento de los objetivos institucionales, no pueden ser efectuados de manera directa por la Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la unidad ejecutora, tales como, entre otras, el desarrollo de Tallers, talleres o investigaciones, cuyo detalle de gastos no pueda conocerse con precisión ni con la debida anticipación;

Que, el numeral 40.2 del mismo artículo de la citada Directiva, señala que esta modalidad debe regularse mediante Resolución del Director General de Administración o quien haga sus veces, estableciéndose que, para cada caso, se realice la descripción del objeto del "Encargo", los conceptos del gasto, sus montos máximos, las condiciones a que debe sujetarse las adquisiciones y contrataciones a ser realizadas, así como el tiempo que tomará el esarrollo de las mismas, señalándose el plazo para la rendición de cuentas debidamente

Que, el numeral 40.3 del mismo artículo de la citada Directiva, establece que la rendición de cuenta no debe exceder los tres (03) días hábiles, después de concluida la actividad materia del encargo;

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 40º de la Directiva de Tesorería No. 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directora! No. 002-2007-EF/77.15, modificada por Resolución Directora! No. 004-2009-EF/77.15 y en uso de las funciones establecidas en el

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artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1!!.- Autorizar la entrega de dinero, bajo la modalidad de "encargo", al señor

VICTOR TORRES BALCAZAR, para cubrir los gastos de los participantes por concepto de pasaje terrestre y movilidad local; así como otros gastos e imprevistos que se incurran en la

realización del citado Taller.

Artículo 2º.- El monto del encargo aprobado en el artículo precedente, asciende a CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400.00).

Artículo 3º.-Encargar al señor Víctor Torres Balcázar, el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución, debiendo presentar la rendición de cuenta documentada del gasto,

en un plazo que no excederá de tres (03) días hábiles, después de concluida la actividad materia del presente encargo.

Artículo 4º.-Para efectuar el reembolso a los participantes se realizará una liquidación de gastos para lo cual se deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:

El traslado comprende los gastos realizados en movilidad local y pasajes terrestres desde la ciudad de origen hasta la ciudad de Lima, lugar donde se realiza el Diplomado.

El costo de los pasajes será reembolsado en la sede del Diplomado, previa entrega de una boleto de viaje conforme al siguiente detalle a) Nombre: Autoridad Nacional del Servicio Civil; b) RUC: 20477906461.

Para el retorno vía terrestre, se le entregará una suma equivalente al importe del boleto de viaje rendido, para lo cual firmarán una Declaración Jurada. En caso no contar con

boleto de viaje rendido, se entregará una suma razonable la cual será consignada en la declaración jurada.

El reembolso de la movilidad local se realizará a través de una Declaración Jurada, y considerará los gastos realizados del hotel al terrapuerto y viceversa.

Artículo 5!!.- El egreso que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto por la presente

Resolución, será con cargo al Presupuesto Institucional 2011 del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, Meta 001, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios.

(3)

Presidencia

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-del Consejo de Ministros

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FEB.

2011

A ANDRES MILLONES SORIANO

De

Jefe de la Oficina de Administración y Finan

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-Especialista Logístico

Asunto Respecto de solicitud de encargo para pago de servicios varios

Fecha Lima, 09 de Febrero del 2011

Me dirijo a usted para saludarle y con relación al encargo para pago de serv1c1os varios

solicitado por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento mediante memorando Nº 012-2011SERVIR/GDCR informarle lo siguiente:

• El requerimiento señalado ha sido remitido a esta dependencia en fecha 09 de febrero

del 2011, con el objeto de atender necesidades de transporte terrestre y movilidad

local de participantes al "Diplomado Semipresencial de Gestión Pública SERVIR-USMP", a realizarse en su segundo módulo en fecha 10,11y12 de febrero del presente año en

la ciudad de Lima.

• De la revisión de los requerimientos formulados, se verifica que el tiempo necesario para la atención de los mismos así como la cuantía de cada contratación

independiente con diferentes proveedores, hacen inviable su tratamiento mediante

contrataciones directas, razón por la que salvo mejor parecer, resultaría procedente atender el encargo solicitado por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento.

• Cabe señalar adicionalmente que de acuerdo al cuadro de detalle de costos remitido, la cuantía de cada contratación independiente es inferior a S/. 100.00, razón por la que

no ameritaría su atención mediante compras directas, debido a los costos logísticos involucrados en generar las respectivas órdenes de servicio (llamadas de larga distancia y costos del personal involucrado en las transacciones).

Sin otro particular, quedo de Usted.

Atentamente,

Logística . . . nal del servicio C1víl

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Presi

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del Consejo de M

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Autoridad Nacional

del Servicio C

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año del Centenario de Machu Picchu para el mundo"

Gerencia

Desarrollo de Capacidades

y

Rendimiento

MEMORANDO Nº012-2011-SERVIR/GDCR

Para Sr. LUIS ANDRÉS MILLONES SORIANO

Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas Asunto Encargo para pago de servicios varios Fecha

09

de febrero de

2011

Me dirijo a usted, para remitirle el detalle de la proyecc1on para el pago de los pasajes terrestres y movilidad local del "Diplomado Semipresencial de Gestión Pública SERVIR-USMP", a realizarse el 10, 11y12 de febrero del presente año.

El monto total proyectado para el encargo asciende a S/. 400.00, siendo el Sr. VICTOR TORRES BALCAZAR, responsable de la rendición.

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Atentamente,

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Pasaje Francisco de Zela 150

www.servír.gob.pe Piso 10, Jesús Maria

Lima 11, Perú T: 51-1-2063370

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NOMBRE

ENTIDAD

PASAJES TERRESTRES (IDA

RUTA

TAXI

(TERMINAL-HOTEL-VUELTA)

TERMINAL)

LA SERNA ALFARO, EFRAIN GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

30

Huacho -Lima

so

RONCAL MIRANDA, EUSEBIO ELQUI GOBIERNO REGIONAL DE PASCO

90

Oxapampa -Lima

so

TORRICO HINOSTROZA, YIMI FRANCISCO GOBIERNO REGIONAL DE ICA

60

lea - Lima

so

ASTOQUILCA ASTUÑAGUE, DENIS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UBINAS

70

Omate -Arequipa

4S

PARCIALES

250

-

150

Referencias

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