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G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S Año del Bicentenario de la Provincia de Buenos Aires.

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G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S 2020 - Año del Bicentenario de la Provincia de Buenos Aires

Resolución Número:

Referencia: Aprobar el “PROTOCOLO DE INCORPORACIÓN DE ACTIVIDADES PROFESIONALES DE FONOAUDIOLOGÍA, PARA LA CONTI

NGENCIA COVID-19” - EX-2020-10108853-GDEBA-SSPYCSMSALGP

VISTO la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las Leyes N° 15.164, N° 15.165 y N°

15.174, el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020, el Decreto Provincial N° 132/2020 y la Resolución RESO-2020-393-GDEBA-MSALGP de este Ministerio, el EX-2020-10108853- GDEBA-SSPYCSMSALGP y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020 se amplió, por el plazo de un (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con la enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19);

Que, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, mediante el Decreto N° 132/2020, ratificado por Ley N° 15.174, se declaró la emergencia sanitaria, por el término de ciento ochenta (180) días a partir de su dictado;

Que, en este contexto, corresponde al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 15.164, art 30, inciso 6 “Intervenir en la producción de información y la vigilancia epidemiológica para la planificación estratégica y toma de decisiones en salud”, e inciso 8 “Intervenir en la evaluación, regulación y garantía de las prestaciones de cobertura sanitaria pública y privada”.

Que el Colegio de Fonoaudiólogos de la Provincia de Buenos Aires, ha elevado a consideración, del Sr Ministro de Salud un “PROTOCOLO DE INCORPORACIÓN DE ACTIVIDADES PROFESIONALES DE FONOAUDIOLOGÍA, PARA LA CONTINGENCIA COVID-19” el cual luce a orden 26, como IF-2020-12320476-GDEBA-SSGIEPYFMSALGP;

Que ha tomado intervención a orden 7 la Dirección de Vigilancia Epidemiológica y Control de Brotes;

Que la Subsecretaria de Gestión de la Información, Educación Permanente y Fiscalización Lunes 15 de Junio de 2020

LA PLATA, BUENOS AIRES RESO-2020-815-GDEBA-MSALGP

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ha tomado conocimiento y prestado conformidad a la gestión promovida;

Que la tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, sin observaciones de índole jurídica que formular;

Que la Subsecretaría Técnica Administrativa y Legal ha tomado conocimiento en las presentes;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 15.164 y el Decreto N° 132/2020;

Por ello;

EL MINISTRO DE SALUD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Aprobar el “PROTOCOLO DE INCORPORACIÓN DE ACTIVIDADES PROFESIONALES DE FONOAUDIOLOGÍA, PARA LA CONTINGENCIA COVID-19”, identificado como documento IF-2020- 12320476-GDEBA-SSGIEPYFMSALGP, que forma parte de la presente medida como ANEXO UNICO.

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.

Digitally signed by GOLLAN Daniel Gustavo Date: 2020.06.15 10:57:10 ART Location: Provincia de Buenos Aires

Digitally signed by GDE BUENOS AIRES

DN: cn=GDE BUENOS AIRES, c=AR, o=MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL, serialNumber=CUIT 30715471511

Date: 2020.06.15 10:57:12 -03'00'

Daniel Gustavo Gollán Ministro

Ministerio de Salud

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Hoja Adicional de Firmas Informe gráfico Número:

Referencia: EX-2020-10108853-GDEBA-SSPYCSMSALGP

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Date: 2020.06.10 14:55:56 -03'00'

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Date: 2020.06.10 14:55:57 -03'00'

Miércoles 10 de Junio de 2020 LA PLATA, BUENOS AIRES IF-2020-12320476-GDEBA-SSGIEPYFMSALGP

Leticia Maria Ceriani Subsecretaria

Subsecretaría de Gestión de la Información, Educación Permanente y Fiscalización

Ministerio de Salud

Referencias

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