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EL PROBLEMA DEL PETROLEO
WBmamm
PROYECTO DE LEY
presentado al Honorable Senadoen las sesionesde 1918.
EXPOSICION
de motivos y discurso susten- tandoel proyecto.
CONCEPTO
delHonorable Consejo deEstado.
2S+
BOGOTA:
1919 PAPELERIAYTIPOGRAFIA COLONGAMBOA & GUZMAN
Calle14, Nos. 92, 92-Ay 92-B 14646
V
VICENTE
OLARTE CAMACHO
EL PROBLEMA DEL PETROLEO
PROYECTO DE LEY
presentadoal Honorable Senadoenlas sesiones de1918.
EXPOSICION
de motivos y discurso susten- tando el proyecto.
CONCEPTO
delHonorable ConsejodeEstado.
II
BOGOTA:
1919 PAPELERIA YTIPOGRAFIA OOLONGAMBOA 4.GUZMAN
Calle14, Nos.92, 92-A y 92-B.
14346
DISCURSO
DEL HONORABLE SENADOR OLARTE C AMACHO, EN LA
DISCUSION DEL PROYECTO DE LEY SOBRE DEPOSITOS DE PETROLEO, HIDROCARBUROS EN GENERAL Y MINAS
DE CARBON
Señor Presidente
Después
de la brillantísima exposición del Honorable Se- nador Escobar, consideroque
la materia está agotada yque
seha
demostrado el hecho deque
el subsuelo de la Nación ha sido siempre y es de ésta, y así mis palabras serán en este de- bate enque
nos hallamos comprometidos,más
por cumplir con un deber doblemente sagrado para con la Patria y para con- sigomismo, como uno
de los autores del proyecto en discu- sión,que
para ilustraruna
cuestión sobre la cual no debe elHonorable
Senado
abrigar ninguna duda.Coijio lo ha dicho el Honorable
Senador
Escobar, a quienme complazco
en presentar elhomenaje
de mi felicitación sin- cera por su patriótico discursoque acabamos
de oír, la cues-4
tión es única,
porque
la integridad nacional y nuestra defensaterritorial se encuentran vinculadasa la cuestiónde la propiedad del subsuelo; el debate reviste, pues,
una enorme
gravedad y de ahí la peculiar atenciónque
suplico y ruego al HonorableSenado
preste a este proyecto de ley, pues la responsabilidad de los Legisladores del presente esinmensa
y nodebemos
transmitir a las generaciones futuras un legado de esclavitud y de verdadera servidumbre,
que
noshaga
indignos del glorioso y dignonombre
de colombianos, conquistado por nuestros Li- bertadores, en lid noble y digna, en las homéricas batallasque
nos dio el inapreciable bién de la libertad civil y del Gobierno propio. Asistimos, Honorables Senadores, a lasegunda
etapa de nuestra vida política: 1810, fue el grito de independencia,como
colonia española, y 1918 es la consolidación de nuestra emancipación con la adopción demedidas
y de leyes previso- ras,que
nosponga
a cubierto de la penetracióneconómica
de los poderosos y nos evite grandes y humillantes situaciones enel porvenir.
El proyecto de ley
que
se discute, el cual tuve el honor de presentar al HonorableSenado
desde las sesiones del año de 1915, y algunas de cuyas disposiciones han sido acogidas por la respetableComisión
deFomento
a cuyo estudio pasó, reviste vital importancia para el desarrolloeconómico
del pais, pero también es preciso estudiar la trascendental cuestión con elcriterio alto e -imparcial de la defensa de nuestra soberanía na- cional y de los graves problemas
que
se tendránque
contem- plar en un futuro nomuy
lejano yque
están íntimamente liga-dos a tan grave negociado.
Tres aspectos de orden diferente constituyen el proyecto de ley en discusión, a saber: el internacional, el fiscal y el jurídico, de cada
uno
de los cualesme
ocuparé en el curso de estaexposición.\
Uno
de los puntos de vistaque
se contempla en la bar- barieque
actualmente azota la civilizada Europa, es el rela- tivo a lapropiedad del subsuelo. Se expresa así el sabio pro- fesor Gregory, acerca de las condiciones geológicas de los territorios en guerra :Si Bélgica ha sufrido una vez
más como campo
cerrado de Eu- ropa; si Polonia se veamenazada
de un cuarto reparto; si la avan- zadarusa se ha hecho directamente hacia loscampos
de batalla donde Ketusew luchó contra Napoleón y la avanzada italiana contra lavieja ruta del Brenner; si Francia, en fin, lucha contal heroísmo por renovarsus hazañas en 1794 y echar de nuevo a los prusianos lejos de los Vosgos, es—
dice el sabio—
unade las consecuencias dela estructura geológica del continente.
Cuando
se reúna el Congreso de La Paz, en el salón donde las reunioneshayan de celebrarse, será preciso colocar unmapa
geoló- gico de Europa y de Asia Occidental, pues la rectificación de las fronteras dependerá grandemente de las influencias geológicas, delas cuales es
muy
posible quelos diplomáticosno tengan un cono- cimiento bastante exacto.La estructura geológica de Europa ha determinado, en efecto, el relieve del continente y en su consecuencia el reparto de sus ri-
quezas en minerales.
El carbónes el producto
más
importante del subsuelo para una Nación.Una
delasinfluencias preponderantes en Europa, en lo que concierne al poderpolítico, durante estos últimos cuarenta años, ha 6 sido la revelación de que Alemania en vez deser comparativamente pobre, es una de lasmás
grandes comarcas carboníferas delmundo.
En
1870 Alemania producíatreinta ycinco millones de toneladas de carbón bituminoso. La producción inglesa era entonces de ciento diez millones detoneladas.En
1913 Alemania habíaelevado supro- duccióna ciento cincuenta y un millones y medio de toneladas, es decir, con un aumento dedos y medio cuando Inglaterra había au- mentado ocho veces su producción.6
El profesor Gregoryterminaasí su artículo
:
«La industria alemana debe su desarrollo a esta riquezade car- bón.
En
la presente guerra los alemanes han puesto lavista en lasminas de hulla de Francia, lo
mismo
que en Rusia el avance contra Pripet, hacia Pinsk, teníalas minas de carbón de losalrededores deKiew
por objetivo.Y
Rusiaa su vez buscaba loscampos
de pe- tróleo de Galitzia. Se creía que Alemaniaiba a tener falta de cobre.Lasminasde Hansfeld solamente le han procurado en 1913 cerca de un millónde toneladasde cobre.
Uno
de losmás
grandes obstáculos para la paz consisteen quelas principales minas de hierro de Francia y de Alemania se hallan situadas a lo largo de la frontera con tánto celo disputada. La
ma-
yor parte de esta cuenca minera está en territorio francés, donde se han hecho concesiones en unaextensión de unas 140 millas cuadra- das; 13 millas cuadradas están situadas en Luxemburgo, una en Bélgica y unas en la parte de Lorena que fuecedida a Alemaniaen 1871. Estas cuencas mineras sonde lamás
alta importancia para lasdos potencias. La producción de la Lorena francesa se ha elevado de 5.282,000 toneladas, en 1913, a 8.850,000 en 1908,10que represen- ta pára este año el 88 por 100 de la producción total de hierro en Francia. La producción total alemana se ha doblado asídesde 1896 enque era 14.162,325 toneladas, puesto que en 1912 alcanzaba la
suma
de 27.109,044 toneladas. Durante este período la producción delaLorena alemena seha cuadruplicado: de 4.841,683 toneladas en 1896 ha llegado a 20.083,236 en 1912. Esto representa hoy en vezdelamitad los tres cuartos de toda la producción alemana.
Hay
que tener en cuenta, además, que una cantidad cada vezmás
considera- ble de mineral francés es exportada a Alemania. Por tanto, si des- pués de la guerrase declaraba el «boy cotage» comercial, Francia perdíaun importante cliente. Es verdaderamente una desgracia que esta cuenca minerase encuentre a lo largo de la frontera franco- alemana y la consecuencia de esta desgraciada situación será un serioobstáculo para laterminación de la paz.»7
Hé
ahíuna
importante incógnita despejada con claridad en los conceptos del profesor citado, y la cual constituyeun
serio
problema
para las potencias vencedoras a la terminación de las hostilidades.Pero si en la vieja
Europa
se contempla tan vital cuestión, en las naciones de origen hispano no esmenos
grave la pene- tración decompañías
poco escrupulosas,que comprometen
la estabilidad del orden político y atentan contra la soberanía de estos países,socavando
los principios tutelares de la paz y tranquilidad pública.La
guerra civil, desastrosay cruel,que
azotó durante varios años la noble patria deJuárez y de Hi- dalgo,tuvosu origen especialmenteen el predominio dedetermi-nadas
asociaciones interesadas en la riqueza petrolífera de Méjico.Oigamos
loque
un distinguido publicista colombiano,el doctor Diego
Mendoza,
publicó en el año de 1913 enLa
Revista Nacional:
j
La Dirección general de Explotación del Petróleo de
Comodoro
Rivadavia (República Argentina), presentó al Ministro de Agricul- tura, en8 de abril del añoen curso, un importantísimomemorándum,
del cual
vamos
a reproducir algunos pasajes, con el objeto de que losmiembros delCongreso estén advertidos demuchos
puntosrela- cionados con el contrato celebrado por el señor Ministro de Obras Públicas con Lord Murray, agente de la Casa de Pearson, que ha sido sometido a su consideración.Lostrabajos efectuados en estos pocos meses, con recursos es- casísimos, han confirmado la persuasión de estaDirección de que
los yacimientos de petróleo de
Comodoro
Rivadavia son de los me- jores delmundo
hastahoy conocidos, han formado la opinión favo- rable delGobierno y del público, y ya no puede ponerse en duda quesin grandeserogaciones, y en pocos años, se pueda suprimirlaimportación de combustible del exterior, que representa un valor de
8
unosochenta millones de pesos sustituido porel combustible del país, con enormes economíaspara la producción, los fletes, latrans- formación de la materia prima, la creación de nuevas y numerosas industrias y el aumento del poder naval. Basta para apreciar estas consecuencias el hecho que una tonelada de petróleo representa,en general, en el motor a vapor, una economía de 50 por 100 y en el motoracombustión interna,una de 80 por 100.
Sobre lo que ocurreen Méjico en esta materia, dice ef
memo- rándum
:Los documentos citados dejan constancia de algunosprelimi- nares de la conquista: las avanzadas descubridoras (imitación de ulanos) o exploradores ligeros (wild-catting operators), buscan los primeros indicios del petróleo, acaparan latierra de promisión en
muy
grandes extensiones (land held in enormous tracts), aseguran las arcas de oro petrolíferas del suelo mejicano, que empiezan a saquear lospocos que se llaman en abstracto los intereses de fulano, sutano y mengano. («Up to the present time 1907, oil development and wild catting are being doneby
afew
large concerns whichown
outright thelandthey are developing-).
Desde el siglo pasado, ya no son necesarios millones de años para cambiar extensiones-de la faz natural de la tierra, ni edades para cambiar su faz política; la mecánica nivela montañas, rellena depresiones, cambia el curso de los ríos, modificala faz natural de
latierra; el dinero cambiala faz política de las naciones en un bre- vísimo plazo a la vista del
hombre
actual. L’argent fait la guerre, y hace la conquista mundial atambor batiente.El imperio de
Roma,
las águilasromanas, emplearon siglos para dominar partes de Europa, Asia y Africa. El imperio del petróleo, el buitre norteamericano, hadominado
almundo
enun cuarto de siglo.La
cuestión delpetróleoy sus derivados interesapor
ahora a iodala humanidad, ymás
particularmente alos países productores de la materia prima.El ejemplo actualdeloquepasaenMéjico debe servir de ejemplo alospaíses de Sudamérica, yla República Argen-I
tinadebe estudiarla afondo paraprecaverse delas aceradasgarras delbuitre,para conservarsin desgarramientos la integridad de su nacionalidad, para mantener, consolidary aumentarel bienestar de
sus habitantes.
Afortunadamente para laRepública Argentina ha sido después del aprendizajede otras nácionesquela Divina Providencia, sin pre- vias manifestaciones de ninguna clase y apenas con indicios des- alentadores, puso repentinamente en evidencia el codiciado com-
bustible.
Los Poderes Públicos, con una lentitud increíble, y una mez- quindad inconcebible, han tardado seis años en poner en claro y en hacerconocerdel pueblo lasinmensas riquezas que representan los grandes yacimientos de petróleo de
Comodoro
Rivadavia. Entre tantohanllegado los huíanos de descubierta, los wildcatting ope- rators, quehan acaparado la tierra de promisión (más de ochenta milhectáreas en un solo sindicato), que han reclutado una falange deprosélitos,pocos de ellos conscientes,y
la inmensa mayoría in-conscientes, haciendo accionistas a Ministros, legisladores, aboga- dos, jefesdedivisiones y secciones administrativas, miembros de redacción deperiódicos, directores de imprentas del Estado, jefes dela
Armada
y del ejércitoy Ministrosde laReligión, etc.Los preliminares de laconquistason los ya empleados en otras partes y actualmente en Méjico; lacreación de hombres científicos de significanciareconocida, a faltadel Partido Científico; la prédica incesanteeinsensata para formar atmósfera del descrédito del Po- der Ejecutivo y de las finanzas de la Nación; la negación audaz, desvergonzadae insistente, hasta la imbecilidad, de que se hayan realizado en
Comodoro
Rivadavia trabajos suficientesdurante losdos años de la presente administración, para demostrarque por fin el país podrá disponernosólo de un combustible propio aceptable, sino delmejor conocido hasta hoy; la prédica,repetición deaquella teoría de¡ostontosde voz ahuecada y sesos carent, de que las co- sas y propiedades de
mayor
valor de la Nación deben entregarse a10
manos
mercenarias, porque los gobiernos son malos administrado- res; teoría desmentida porla continua prácticaen todas las épocas y en todos los países del mundo. Los gobiernos de todas lasnacio- nes civilizadas delmundo
administran sus finanzas,sus rentas, sus aduanas, sus bancos de crédito principales, y sin necesidadde men- cionar más, sus ejércitos, susescuadras y sus arsenales; sólo los paísesdegenerados aceptan o buscan de afueralos administradores de lasgrandesinstituciones yriquezas,sean del carácterde lasmen- cionadas, o dones dela naturalezacomo
sus Nilos, suspuertos, sus istmos,etc.; mientras losgobiernos, en épocas de supremainmora- lidady corrupción, arrancan girones delsuelo dela nación, arruinan sus bancos decrédito y sus bancos hipotecarios, enajenan sus puer-tos,susferrocarriles, etc.
La
prensa europea, particularmente la inglesa y la delosEsta- dos Unidos, se haocupado continuamente de lo que se conoce uni- versalmente porla guerra sin cuartel del petróleo, en Méjico.Hay muy
extensos artículos en la prensa diaria y en la técnica, analizan- do los antecedentes, el despilfarro de dinero, las horribles conse- cuencias, etc., entre los quepodemos
indicaralgunoscomo
los de«ThePetroleum World» defebrero de 1910, páginas 117 a 132 titu-
lado History ofthe World’s Greatest Cutrate
War
;
y el de
mayo
del
mismo
año, de lamisma
publicación, páginas 249 y 268, The OilWar
in México.De
la guerra del petróleo se pasó naturalmente a laguerra civilque asóla a Méjico, iniciada por la revolución proclamada enSan Luis Potosí,octubre 5 de 1910, porelseñor Francisco I. Madero.
De
la guerra civil porla supremacía en el manejo del negotium del petróleo, también ha surgido la idea separatista,como
se lee enellibro publicado enMéjico en 1911, 3.a edición,
La
Revolucióny
sus Héroes, por Antonio P. González (Kanta-Klaro) y J. Figueroa Domenech. Capítuloxiv— Por
la Baja California—Magonismo y
Fi-libusterismo.
La
República Utópica,página 178,quedice:«Aprovechando laocasión del enormedesbarajuste quereingjba en el
mundo
oficial, durante los seis meses de la guerra, losMago-
nesdel periódico Regeneración, algunosotros mejicanos
como
ellos y unregularnúmero
de filibusteros norteamericanos, invadieron laBaja California, libraron algunos pequeños combates con las fuerzas del territorio, yal finvino a saberse quese trataba de establecer allí
un Estado socialista. La Federación, asíque aquel movimiento dio color separatista, debió acudir presurosa con todas las fuerzas de que podía disponer a sofocarla
«No
son losMagón,
ni los cabecillas filibusteros los quepudie- ran poner en graves apuros a la Federación, contandocomo
ésta cuenta, con elapoyo
de los habitantes del territorio invadido.Nó
;detrás de esos personajes de opereta, hay otros queno se ven, pero quese sienten, cuya acción es
más
efectiva quela delos primeros.Por de pronto, la propaganda entodos los Estados Unidos, parti- cularmente en el Oeste, y con especialidad en laCalifornia america- na, es activísima. La cosamerece la penatambién
«Si prontamenteno se
ahoga
el movimiento separatistaen aque-lla región, la suerte que correrá no es dudable; los socialistas, en
nombre
de un principio político, conquistarán la independencia del territorio y la sostendrán todo el tiempo necesario para que una nación vecinatenga, por humanidad, que intervenir y adueñarse de larepública imposible queestablecerán losMagón,
si el tiempolo permite.
«Lajunta filibustera de los Angeles está trabajando con entu- siasmo decidido, y ajuzgar por ciertos informes, no carece dere- cursos financieros,elemento principal en ese género de empresas.
La
junta, al observarque el Gobierno, ni antesni ahora dio muestras de preocuparse por lacuestión, entiende que nolos dará en lo suce- sivotampoco
y aun llegaasospechar que, virtualmente, Méjico está renunciando a su soberanía sobre elterritorio.«Lo inexplicable es que mejicanos
como
losMagón,
sepresten a serinstrumentos delfilibusterismo americano, que es el verdadero padre de la criatura».12
Estas son algunasdelasgrandes ventajas de entregar a pode- rosasempresas extranjerasla explotación de losyacimientospetro- líferos que-sevan descubriendo en Sudamérica; los capitales inver- tidos se inflana cientos demillones depesos, los depósitos tanques se multiplicanpara almacenar millones de toneladas, los buques tanquesseconstruyen porcientos de miles de toneladas deporte, la extracción delpetróleo delas montañas de latierra mejicana deberá llevarse a cabo en la
mayor
abundancia y con lamayor
rapidezpo-sible, haciéndose el drenage delsubsuelo ala parque eldrenage de oro de la superficie hacia tierras extrañas; mientras el pueblo me- jicanosemata,
como
buenos hermanos,para establecer lasuprema-cía deuna de las doscompañías en terriblelucha, para que ella pue- da resarcirse de todo el dinero despilfarrado en la contienda, co- brando el
más
altoprecio alos soberanos delsuelo que contiene elprecioso combustible.
En
el Perú la cuestión del petróleo hatomado
un carácter verdaderamente de crisis en laconcesión Brea yParifias, ycom-
prometido seriamente la estabilidad del aprovechamientodel pre- cioso combustible. Al efecto, de losdocumentos
parlamentariosque
publica el diarioLa
Prensa de Lima,tomo
lo siguiente de un discurso pronunciado enlaCámara
de Diputados por el doc- tor Miguel A.Moran
:
La Standard Oil viene, señores diputados, practicando desde
1914,ciertos hechos de fuerza, viene realizando ciertosactos ilícitos
y punibles que sinla
menor
exageración pueden resumirseen los si- guientes conceptos: Presión sistemada y progresiva ejercidapor esacompañía contra los poderes constituidos del Estado, con el objetode arrancarles monstruosos privilegios incompatibles, señores diputados, conla alta dignidad de unanación soberana, incompati- bles con laalta dignidad de un estado autónomo, incompatibles conlaalta dignidad delapatria libre e independiente. La Standard Oil
viene realizando impunemente, desde hace
muchos
años, unaserie de apremios continuos, deamenazas premeditadas, que hanhecho crisisen estos últimos días, poniendo en grave peligro el desarrollo nor- mal y el desenvolvimiento regular de las industrias del país.
Y
todo este cúmulo de actos de fuerza, toda esta sucesión de hechos delictuosos, no tiene, señores, otro objeto que el de imponeral país urfatransacción lesiva,unatransacción dolosa, quenoconsul- ta sino el interés de la compañíay que, caso de realizarse, consti- tuiría, señores, uno de losatentados
más
grandes contra los sagrados intereses de la patria, casi un atentado de lesa soberanía.Latente el grave problemadelaprovisionamientodelcombustible para el curso normal de las industrias del país: problema que se tiene que contemplar necesariamente enel día, susolución única para conjurarlo de momento, consiste en que el Ejecutivo tome enadmi- nistración los yacimientos de petróleo dela Standard Oil, anteel
fracaso de las medidas para solucionarlo y antela resistencia que opone a esas medidas la citada empresa.
La segunda solución, contemplando ya los intereses permanen-
tes del país,consiste en irde frente a la nacionalizaciónde la indus-
triadel petróleo, empleando para ello,con todafe, los recursosde la nación.
Hé
aquí la verdadera obra del desenvolvimiento industrial que aconseja elmás
puro patriotismo y lamás
clara visión, en ser- vicio de losintereses permanentes del Perú.Nacionalicemos la industria del petróleo,
tomando
uno delos tántos proyectos que existen al respecto; ya el de 1911, que pende en esta Cámara, ya el indicado porel señor Pinzás, ya el planteado sobremeditado estudio técnico, por el director de la Sociedad Na- cional de Industrias. Cualquiera que sea la forma, perovayamos
pronto a resolver definitivamente esta situación.En
Costa Rica fueron, al decir de! Presidente González, los concesionarios yanquis de un contrato de petróleo, quienes lle-varon la guerra civil y derrocaron un gobierno honorabley pro-
\
14
bo, alterando la paz de
que gozaba
aquella florecienteRepú-
blica en
más
de treinta años.Como
es fácil colegir, la cuestión primordialque emana
elproyecto de ley
que
estoy sustentando, está íntimamente ligada a la enseñanzaque
de otros pueblostenemos que
derivar y sinduda
son Méjico, la Argentina y el Perú las nacionesque
nos suministran uninmenso
caudal de conocimientos y de experien- cia; la primera nación, por su encarnizada defensa de su sobe- ranía y de su integridad,que
sintetiza el ilustre Licenciado Carranza; la segunda, porla admirable previsión de sus estadis- tas, y la tercera, por losresultados prácticos de esasconcesiones inconsultamente otorgadas y deque
son víctimas los paísesque
explotan la Diplomaciadel Dolar.Penetrado de la importancia
que
tiene para nuestra patria la explotación del petróleo y de lainmensa
riquezaque
se en- cuentra en nuestro inexplorado territorio,me
hepreocupado
vivamente de ese vital problema, tan descuidado y tan poco atendido por nuestrosGobiernos y sus dirigentes en la adminis- tración pública, y así, laLey
75 de 1913, únicaque
sobre el particular existe hoy, fuiyo
quien tuvo el honor de presentarla a la iniciativa parlamentaria, en un proyecto de ley sometido a laCámara
de Representantes el 20 de julio de aquel año y enque
por vez primeratomaba
asiento en elCuerpo
Legislativo y aunque, si bien con grandísimo esfuerzo fue ley de laRepú-
blica, es deficiente, y sólo obtúvose la derogación de
una
incon- sulta e inverosímil disposición incorporada ligeramente en elCódigo
Fiscal de 1912, o sea laLey
110 de aquel año,que
esta- tuyó el libre denuncio de fuentes de petróleo.Por
aquel año se discutía elcontrato.Pearson, celebradocon Lord Murray, el cual combatí en laCámara
desde el punto de vista de la grandísima extensiónque comprendía
el proyecto de concesión, de la falta15
e ignorancia
que
en esasmateriasexistía en el país, y finalmen-te del
monopolio
o privilegioque
en el fondo se otorgaba;mas
imposibleme
fue imaginarque,si bien elGobierno
de esa época procedió con patriotismo al celebrar la negociación Murray,no
pudo, sin embargo, derivaralgún beneficiopara nuestra política internacional, pues elGobierno
de laCasa
Blanca hizo saber su displicencia, o mejor dicho,que
consideraba ese negociadocomo
cuestión poco amistosa yque
pondría en grave peli-gro las negociaciones
que
ponían término al despojo dePanamá,
y ante semejante notificación todo encalló, y el nego- ciador ingléshubo
de atender el terminante aviso delmoderno
imperialismoque
de esamanera
limita la soberanía de los pue- blos débiles.Nada
de loque
aconteció por entoncesme
fue conocido, nimenos
la causa por la cual el prudente anglosajónretiró de la consideración del
Congreso
el proyecto de contratoque
suscribió el citadomiembro
del Parlamento inglés, y de esa suerte mi actuación,—
enteramente adscrita al procedi- miento adjetivo y a la mejor preparación de la República para• esos negociados
—
vino a encallar en terreno desde todo puntodevista doloroso al patriotismo y al deber.
Ha
sido en elaño pasado cuando
el admirable libro elMito de Monroe, del distinguido jurisconsulto mejicano,
miem-
brodel Tribunal deLa
Haya, señor Carlos Pereyra, vino a des- cifrar la oscuridadque
reinó,como
causa de haber sido retirado el citado negocio de las deliberaciones del Congreso.Hé
aquí loque
dice alrespecto elprenombrado
autor,que
porestar consig-nado
enun
libroque
ha hecho conocer a todos los vientos aquel incidente,me
atrevo a leer, pues siento rubor en contem- plar aquel protectorado,que
la caduca y acomodaticia doctrinaMonroe impone
a este hemisferio. Dice así el señor Pereyra16
Pero el veto deWashington lasobrecogió deespanto; lord Grey ordenó a lord
Cowdray
que retirara susolicitud, pendienteya sólo de resolución en el Congreso de Bogotá, después de haber sido aprobada por el Presidente Restrepo y por el Consejode Ministros, yelcampo
quedó libre para-Mr.Monroe.«La posibilidad de una lucha entre los Estados Unidos y los intereses petroleros británicos en Colombia, decía un telegrama de Londres dirigido a The PublicLedger, de Filadelfia, confecha i.° de noviembre de 1913, se traduce en un despachopor cable, de Bogotá,
al Standard, de Londres.Esetelegramadicequemientrasel Congreso de Colombia discutía el contrato concertado hace poco tiempo con
el representante de lord Cowdray, se recibió un telegramade los
Estados Unidos que decía: Favor de esperarla llegada de un re- presentante con proposiciones ventajosas sobre petróleo.
«El telegramaal periódico de Londres indica que la Standard Oil
Company
trata de cerrar el paso al contrato entre Colombiay Pearson.«La próxima lucha dirá si las repúblicas americanas tienen libertad para hacer contratos mercantiles con empresas que nosean §
americanas, o si estos contratos son una violación de la doctrina de Monroe».
La lucha habló,
como hemos
visto, y habló en favor de Monroe.Un
telegrama de Washington, publicado por la edición parisiense del Herald, con fecha 23 de noviembre de 1913, nos da este toque cristalino:«El señor don Roberto Ancízar, de la Legación de Colombia, dijo hoy(21 de noviembre), que larazóndel Congreso de Colombia parano mostrarse dispuesto a ratificarpor el
momento
la concesión petrolera de Pearson, es que deseabatomar enconsideración una propuesta norteamericana».17
Lo
expuesto en toda estasucesión deactosque
se vinculanal control de
una
industria tan importantecomo
la del petróleo, estándemostrando que
el proyecto de leyque
se discute cons- tituyeuna
de lasmás
indispensablesmedidas
legislativasque
debe expedir el Congreso, sopena
deque más
tarde carezca de objeto y se aleje el pretendido derecho adquirido, y talcomo
loinforma la prensa americana está aconteciendo al
Gobierno
de ese noble mandatarioque
dirigehoy
los destinos de la nación mejicana,que
tan brillantemente se incorpora en el roldelasnaciones libres, y
que comenta
elNew
York Times, cuyos conceptos nopuedo menos que
hacer conocerdelHonorable
Se- nado, y dicen asíEl Gobierno americano no puede permitir que el Gobierno
de
Méjico por élapoyado
y reconocido, eche por tierraleyes que han servido de base a las propiedades e intereses americanos en ese país. Lasleyes de lanuevaConstitución mejicana, que notienenmás
objeto que confiscar esos intereses, negándoles derechosfundamen-tales eimponiéndoles impuestos ruinosos, son, a
más
de injustas, irrealizables. La propiedad privada de las fuentespetrolíferashasido garantizadaalostenedores de las concesioneshacemás
de una ge- neración.Hoy
pretende el Gobierno de Carranza establecer y pro- clamarun derechoprimario y superior del Gobierno.Hace
un año laConstitución pretendió dar a la Nación la propiedad directa de las fuentes de petróleo, es decir, quiso anular derechos legalmente otorgadosa concesionariosanteriores ynuncaantes discutidos.
Como
noera posible desposeer Violentamente a lospropietarios, seles pusieron impuestos y se les crearon dificultades que equiva- lían a una verdadera confiscación. Basándose en derechos adquiri- dos que seconsideraronimprescriptibles,lospropietarios americanos de la región deTampico
invirtieron centenares de millones en eldesarrollo de la industria petrolífera. Hasta hoy, fuerade algunas
18
incomodidades causadas por la anormalsituación de Méjico, los propietarios americanos han tenido posesión tranquila.
La actual actitudpredatoria del Gobierno constituye el primer ataque que sehace a sustítulos.
El Gobierno de Washington hadefinidosu actitud en la protesta enviada porconducto del Embajador FletcheralPresidente Carranza
el 19 de febrero de 1918. Esaprotesta no admite atenuación ninguna.
Hacerlo sería prescindir de la obligación que el Gobierno tiene de proteger los derechos imprescriptiblesde losciudadanos americanos en la República vecina. El Departamento de Estado ha obrado de acuerdo con un principio que puede quedarfundamentalmente sen- tado en la notade protestaque
acabamos
demencionar y que textual-mente dice
:
«El despojo o expoliación de la propiedad, por la simple volun- tad del Soberano y sin previo procedimiento legal,justayequitativa- mente desarrollado, ha sido considerado siempre
como
denegación dejusticia que exige, internacionalmente, la intervención».Estamos
contemplando, Honorables Senadores, un problema cuya solución es inaplazable, porque se vincula a múltiples factores de la política internacional de Colombia, ymás
después deque
el Tratado dePaz que pondrá
término a la guerraque
intereseseconómicos
y de otro orden hizo estallar en agosto de 1914.Es
preciso derivar algún interés de nuestra privilegiada situación de país productor de petróleo y combustible,más
cer- cano al Canal dePanamá
yque
de esas ventajas excepcionales haceque tengamos
n;ercado para todo loque
produzcamos, y eldesarrollo de la industria de combustible
asombrará
a losmás
pesimistas,levantará la riqueza pública y elevará nuestra poten- cialidadfiscal agradotál,
que podremos
hacernos fuertes paraser respetados y no temeruna
diplomacia de simple complacencia,que
carece de elementos paraamparar
nuestra soberanía y de-19
tender el suelo sagrado de la patria,tal
como
fue recibido en ellegadode gloria y de
honor
de nuestros Libertadores.Otro punto de vista no
menos
esencial para adoptarlame-
dida legislativaque
preocupa mi atención, es la necesidad de vincular capitalistas de nacionalidad diversa a la industria del combustible en nuestra patria, ymás
si se tiene en cuentaque
Inglaterra tiene poco petróleo, y naturalmente el Gobierno britá- nico, tan severo y tan previsor, no podrá
menos que
mirar con grandísima inquietud elque
se le desaloje demercados
que,como
el nuéstro, tienen vital importancia, ymás
todavíaque
sean ciudadanos no ingleses losque
monopolizan y se adue- ñan, sin competencia, de las riquísimas fuentesque
existen en*.Colombia.
Y
tanto es así,que
ya se hantomado
providencias por las autoridades inglesas, prohibiendo que en la isla de Tri- nidad adquieran concesiones de explotación de petróleo indi- viduosque
no sean súbditos deSu
Majestad, y lo cual estápregonando
loacertado délos puntoscardinalesque
caiacterizanel proyecto y sus modificaciones
que
se están discutiendo.Un
gran diario inglés se expresa así en el tópicoque
estoy analizandoLa inquietudcon queInglaterraha miradola llegada del petróleo
como
elcombustible predominante, puede juzgarse porelsiguiente párrafo del editorial de un gran diario consagrado a la ingeniería:«Es naturalque Inglaterra esté
muy
inquieta con el hechodeque
el petróleo vengaa ser el combustible del porvenir. La posición de ella en el
momento
actualcomo
elpaís principal productor de carbón en elmundo
está seriamente amenazada, y su marina en situación desventajosa, porque prácticamente no tiene petróleo, excepto elpoco quese produce en algunas de sus islas. Sisumarina mercante, y enespecial su flota de guerra vinieren a quedar dependientes del
20
petróleo extranjero, no es cosa que pueda contemplarse contranqui- lidad.
Un
movimiento enfavor del aceiteno debe estimularse, pero no estáen susmanos
retardarlo o contenerlo.En
laactualidad sólo en loslugares donde el petróleo estáala mano, pueden losbuques emplearlo, por ejemplo, en el Caspio, en la costa del Pacífico en América y ental cual de las Islasholandesas. El Canal dePanamá
cambiará naturalmenteesta situación, al
menos
en lo querespecta a los Estados Unidos, porque éstos pueden obtener el petróleo con facilidad y baratura;conlo cual la marina americana tendrá ventajas sobrelas otras. Es cuestión de tiempo saber lo que laGran Bretaña hará para hacer frente a lasnuevas condiciones».Si desde el punto de vista internacional, la legislación so- bre petróleo es de excepcional interés patrio, todavía
más
se consolida esa importancia al recordar la declaración delSenado
americano propuesta por el leader imperialista Mr. Lodge,que
es preciso tener presente, y
que
dice así:«Se resuelveque cuando una bahía u otro lugarde los Conti- nentes Americanos, esté situado de tal
modo
que su ocupación para fines navales o militares pueda amenazar las comunicaciones o laseguridad de los Estados Unidos, el gobierno de este país no po- dríaversin grave inquietud, que esa bahía o lugar pasase apoder de una corporación o asociación relacionada con un gobierno que nofuera americano, en términos que ésteejerciera de hecho unpoder dominantepara fines nacionales».
En
el discurso, el senadorLodge
dice: «La resolución se funda en un principio general, aceptado por la ley de las naciones,más
antiguo que la doctrina de Monroe. Se funda en el principio de que cada nación tiene el derecho de atender a su propia seguridad y de que tiene el deber, ala vez que el derecho, de intervenir, cuando siente que se atenta a su seguridadcon la posesión de unabahía u otro lugar, por parte de una potenciaextranjera.Como
ejemplo de lo que quiero dar a entender, recordaré la protesta, formuladacon buen éxito, contra la ocupación del puerto de Agadir, en Marruecos, por Alemania. Inglaterra se opusoaesa ocupación, alegando queamenazaba
sus comunicaciones en elMediterráneo. Las potencias europeas participaron deeste
modo
de ver, y asíse impidió la ocupación de aquel puerto.Tal es el princi- pio en quesefunda la resolución».\
Estimo, señor Presidente y Honorables colegas,
que
losdocumentos que
he venido analizando y haciendo conocer,ponen
de manifiestoque
es justa y explicable la viva inquietudque
abrigo, porque cuanto antes se expida la ley
que
se debate,pues hoy más que nunca
los pueblos débilescomo
el nuéstro, incapacitados para adquirir poderosas marinas, submarinos ydemás
elementos de defensa, tienen necesariamenteque
implan- tar en susCódigos
y en sus leyes la defensa legal, únicaque
es permitida,que
es lícita yque
es justa.La
cuestión fiscal,que
es otro aspecto, requiere un análisis detenido ycomprobado que
permita demostrarque
del porcien- taje del15%
derivará el Fiscouna
inapreciablesuma
conqué
atender a los gastos dela Administración Pública y a orientar ala Nación en un
rumbo
de progreso y de adelanto.Y
esademás un
árbitro rentístico de inapreciable valor. Este aspecto de la cuestión nome
detengo a analizarlo,porque
carezco de docu-mentos
suficientesque me
permitanpresentarun prospecto finan- ciero suficientementecomprobado,
pero los importantes datos de la producción de ese combustible, de suconsumo
y de sudemanda
constante,me
hacen pensarque
después del Canal dePanamá jamás
se presentará aColombia problema
demás
urgente atención y de
más
graves resultadosque
el vinculadoa\ petróleo.
22
Réstame, Honorables Senadores,
ocuparme
de la tesis jurí- dicaque
sostengo deque
«el subsuelo pertenece al Estado», y sobre el cual gira todo el cuerpo de doctrinaque
se halla con- sagrado en el proyecto en discusión, pues es la base esencial del dominio eminenteque
ejerce el Estado sobre la propiedad de lasminas que
se ha reservado, y en especial de las fuentes de petróleo, y cuyo control es de notoria necesidad.Tres períodos distintos constituyen la historia de nuestro
Derecho
nacional : la colonia, la independencia y la República, en cadauno
de los cuales predominó, en la cuestión propuesta, unmismo
e igual criterio de Legislación, o sea reservando parael Estado, en virtud del dominio eminente, la propiedad del subsuelo.
En
la legislación española, esencialmente previsora e inspiradamás
en un concepto especulativo,predominó
la re-galía minera durante la colonia. Las audiencias creadas por Or-
denanza
expedida por Carlosven Granada
en 1526, fueron éstas:
La
Española o SantoDomingo
en 1526.La
de Méjico en 1527.La
dePanamá
en 1535.La
deLima
en 1542.La
deGuatemala
en 1543.La
de Guadalajara oNueva España
en 1548.La
delNuevo
Reino deGranada
en 1549.La
de Quito,La
Plata, Santiago de Chile y Buenosaires en 1559, 1563, 1609 y 1661.En
esta porción de tiempo fueuna
disposición generalque
se aplicó en todas las Américas, el citado principio de la re- galía minera.-En los reinos Cristianos, dice el señor Cabello y Guillén, hasta
el siglo
xm
nohallamosmás
referencias acerca de la industria de mi- nerales que la del reyDon
Ramiro enAragón
cobrando determinado canon sobre todo el oro y plata queen su reino se producía,y en tiempos deDon
Alfonsovm
de Castilla, el preceptodel Fuero Vjejo, Código deleyes redactado según la opiniónmás
probable en 1x38, dondese proclama en toda su pureza el principio de regalía al estatuirse en una de sus leyes, que las minas deoro, plata, plomo y otras sustancias pertenecen al señorío delRey
y nadie podrá labrar- las sin su permiso.En
igualcriterio se inspiróDon
Alfonso el Sabio enelmemora-
bleCódigo de las Siete Partidas, promulgado
como
ley del reino castellano entre los años 1256 a 1263.En
laLey
11, título 28 déla Partida Tercera, yrefiriéndose a las rentas de las salinas, ferrerías y otros metales, aunque de pasada indica que estas sustancias pertenecen a los emperadores y reyes.Algún comentarista deeste Código (*) ha pretendido deducir que
los preceptos de laspartidas se refieren sólo a las minas sitas en terreno patrimonial del monarca y que las
demás
pertenecían aldueño de la finca
donde
radicaban previo pago al Fisco de un tribu- to; la simplelectura de aquellas disposiciones revela que únicamenteel principio deregalía es el que las inspiró.
No
tardósinembargo mucho
tiempo en confirmarse que el sen-tir de la legislación de aquellas épocas fue el que
acabamos
de exponer, y no otro, al estatuirse en las leyes cuarenta y siete y cuarenta y ocho, título treinta y dos del Ordenamiento de Alcalá, votado en Cortes convocadas porDon
Alfonso XI en dicha pobla- ción castellana, el8 de febrero de 1348: ‘ quetodas las mineras de plata y oro y de otro cualquier metal decualquierguisa que sea en nuestro Señorío real pertenecen aNos
por ende ninguno sea osado de las labrar sin nuestra licencia especia! ymandado
’. Dice(*) Gregorio López.
•24
también que ‘lasfuentes, pilas y pozos salados que son para facer sal’ pertenecen al Rey.
De
estos principios absolutosde regalíano se exceptúanmás
que aquellosdueñosde predios mineros de quienes los monarcas progenitores deDon
Alfonso xi hubieren concedido privilegio «o los hoviesen ganado por tiempo inmemorial». Porvez primera se condiciona y limita la absorbente preponderancia del derecho deregalía mediante la prescripción que hasta entonces no figuró en ninguna de las leyes* especiales relativas a esta in- dustria.En
el año 1387Don
Juan 1 de Castilla celebró Cortes en Bribies- cay en ellas se promulgó lo que pudiéramos llamar Primera ley de minas de España, dado queen ella se sentaron principios fundamen-tales del derecho minero,tales
como
la separación y distinción entre las dos propiedades, la superficial yla subterránea, y la libertad de investigacióny explotación por aprovechamiento o disfrutede pro- ducción, quedándose el investigador con untercio y dandolosdos restantes a la Corona. Esto indica que el principio de regalía se- guía imperando en la legislación aun cuando esta leytodavía admi-tía el derecho deaccesión,exigiendola licenciadel dueño delterreno para poder labrar lasminas.
No
conceden margenlos estrechos límites de estetrabajo para estudiar las mercedes de minas hechas porDon
Juan 11 de Castilla en 1439, en laspragmáticas y disposiciones de los Reyes Católicos.Sólo diremos que el abuso que del derecho de regalía se hizoen estos reinados y en el del Emperador Carlos v de Alemania y I de España a raíz y
como
consecuencia del descubrimiento de América, tanto enla metrópolicomo
en los territoriosdescubiertos, ni produjo provechos a la industrianacional ni la incitó a desenvolverse, ni acalló el clamoreode quejas y reclamaciones que seprodujo a con- secuencia de tal estado de cosas.La Princesa Gobernadora
Doña
Juana, hermana de Felipe 11,quiso remediar en lo posible la situación de estariqueza, y en ausen- cia de su hermano, promulgó enValladolid con fecha 10 de enero de
1559 otra ley de-minas principalmente sancionada para arbitrar recursos al erario, incorporando a la Coronatodas las minas de oro, platay azogue concedidas por mercedes yprivilegios y establecien- do lamanera de beneficiarlas. Por vez primera señaló formalidades para la adquisición de la propiedad minera; fijó la extensión de las concesiones en cien varas de largo por cincuenta de ancho a cuyo espacio denomina pertenencia, y creó un Registro general deminas encada provincia donde dentro de los sesenta días de hecha la pe- tición ante el Escribano Real o Autoridad judicial, había de enviarse para su inscripción el registro minero solicitado. Sentó también el criterio de que las minas no deben estar improductivas al obligar a los denunciantes a cavar hasta determinada profundidad enla tierra dentro de los seis meses después del registro, y a seguir los trabajos bajo penade perderla concesión, y porúltimo
encomendó
ala juris- diccióncomún
los litigios o asuntos contenciosos que con lasminas serelacionasen.En
cuanto a las utilidades que percibíael explotador, estableció unaescala gradual, correspondiendo^
éste hasta cien mil ducados de beneficio al tercio; desde estasuma
hasta doscientos mil, la cuarta parte, y si pasabade doscientos mil, la quinta.Se halla inserta en la Ley iii del títuloxvm
del libro ix de la Novísima Reco-pilación.
En
1563 Felipe n expidió una pragmática ordenando laforma en que debíarealizarseeldescubrimiento, laborybeneficiodelasminas, y en 22 de agosto de 1584 promulgó en San Lorenzo del Escorial las célebres ordenanzas de minería para España yAmérica que han estado vigentescomo
única fuente legislativa doscientos cuarenta y un años, siendomuy
dignas de estudioyatención porinspirarse en principios sumamente liberales y progresivos dada la época en que seredactaron».Estas ordenanzas insertas
como
ley cuarta del título dieciocho libro noveno de la Novísima Recopilación, aplicarfcon todo rigor el principio de regalíaminera. Confirmando la ley deDon
Juan 1, con-26
ceden a cualquier persona nacional o extranjera el derecho a la
buscade minas entodo lugar público o privado sin que nadie pue- da oponerse a ello por el daño que se le cause, aun cuando aldueño de la superficie autoriza a percibir la indemnización debida al per- juicio sufrido.
«Modifican las ordenanzas la cuantíadel canon para la Corona,
la mitad, latercera, la cuarta parte yasí sucesivamente en disminu- ción hastala décima, según la calidad de los minerales, la clase de minasy su metalización, y aumentan la extensión delaspertenencias fijándolas en ciento sesenta varas de largo por ochenta de ancho en general, y para los yacimientos de oro, en ochenta de largo por cuarenta de ancho. Se establece la necesidad de señalar con una estaca el punto de partida y se concedea los mineros elaprovecha- miento delos montes y de las tierras comunes, concejiles y baldíos próximos, leñas, fustes y cepas de lo seco, y aun cortar árbolespor
el pie, pagándolos en su justo valor; cazar y pescar en un radio de
tres leguas de la mina, así
como
edificar toda clase de construccio- nes necesarias a la extracción, beneficio, fundición y afinación de minerales.«Contienen tambiénlasOrdenanzasreglasprecisasparaprevenir y dirimir los conflictos que surgiesen cuando en los trabajos sub- terráneos un filón saliese de los límites marcados a la mina; obligan- do al saneamiento y desagüe con disposiciones de policíaminera que pueden calificarse de notables dados lostiempos en que se dictaron.
«Subsiste la necesidad de trabajar en los registros que se solicitan y de no interrumpir el laboreo, bajo penade pérdida o ca- ducidad dela concesión, señalándose los casosexceptuados y los recursosque seconcedían a los que perdían supropiedad por estas circunstancias. Podían recurrir antelasJusticias del lugary en apela- ción al Administrador general de las minas, Jefe de los servicios administrativos que se crean, parael régimen gubernativo que estuvo a cargo de administradores de distrito o partido en las localidades