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UTILIDAD, NOCIÓN Y DIVISIONES DEL DERECHO ROMANO

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Academic year: 2021

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Sesión No. 2

UTILIDAD, NOCIÓN Y DIVISIONES DEL DERECHO ROMANO

Al finalizar la sesión, el participante será capaz de:

Identificar cuál ha sido la importancia y utilidad del Derecho Romano a través de la historia, así como la noción de esta materia y las divisiones que ha tomado actualmente.

Contextualización

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Introducción al Tema

Los juristas romanos fueron de los primeros en generar la división del Derecho estableciendo dos grandes grupos:

1. Derecho Público y el Derecho Privado. 2. Diccionario de Derecho de Rafael Pina Vara.

El antiguo jurista romano Ulpiano definía el Derecho Público de la siguiente manera: Publicum ius est, quod ad statum rei romanae spectat, lo que significa:

“Es Derecho Público el que se refiere al estado de la cosa romana”. A su vez, para Ulpiano, el Derecho Privado se definía como: Privatum, quod ad

singulorum utilitatem, en español:

“El que pertenece a la utilidad de cada individuo”.1

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Explicación

1.3 Utilidad del Derecho Romano

En la actualidad el Derecho Romano constituye parte fundamental de las legislaciones del Derecho Privado. Los romanos establecieron en la antigüedad los preceptos que ahora sirven como base en el Derecho en general. Muchos conceptos como por ejemplo, acción y de excepción, de capacidad jurídica y de capacidad de obrar; el derecho sucesorio; los elementos informantes del derecho contractual; la doctrina de la libertad de las partes contratantes; los vicios de la voluntad entre otros, provienen de los romanos.

1.4 Noción y divisiones

El Dr. Daniel Antokoletz (1930) nos da dos conceptos de derecho romano.

Sentido amplio (latu sensu). Es el conjunto de normas jurídicas

positivas y consuetudinarias que han regido a Roma y territorios bajo su dominación, desde los tiempos primitivos hasta la muerte del Emperador Justiniano I en el siglo VI de la era cristiana.

Sentido estricto (strictu sensu). El derecho romano es el contenido

de la obra legislativa de Justiniano I, conocida con el nombre de

Corpus Iuris Civilis.

La gran compilación legislativa,

Corpus Iuris Civilis (Cuerpo Jurídico

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Divisiones del Derecho Romano

IUS PUBLICUM: Ulpiano lo define: ius publicum est quod ad statum rei romanae spectat. Derecho publico es aquel que atañe al modo de ser es decir, a la organización, gobierno y administración del estado romano.

IUS PRIVATUM: Ius privatum est quod ad singulorum utilitatem pertinet. Derecho privado es el que atañe a la utilidad de los particulares.

IUS NATURALE: Quod semper aequum ac bonum est ius dicitur ut est ius naturale. Se llama ius a aquello que es siempre justo y bueno, esto es, el derecho natural. Este nace con el hombre y muere con el hombre. Es un derecho ideal, sin lo que pudiéramos llamar impurezas de la realidad, y para los romanos según parece, inmutable.

IUS GENTIUM: En esta institución ven los romanos un derecho común a todos los pueblos, basado en el sentimiento de equidad, igual en todos los hombres y en la ley natural de todas las cosas.

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Conclusión

En cuanto a la utilidad del Derecho Romano podemos concluir que éste nos ofrece los conceptos fundamentales de la ciencia jurídica, así como las bases y reglas para que los juristas se rijan dentro de las diversas ramas del Derecho.

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Para aprender más

Octavio (2013). Justiniano I - Y el Imperio Bizantino - Parte I. UNID. Recuperado el 27 de junio de 2014

de: http://brd.unid.edu.mx/tag/derecho-romano/

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Actividad de Aprendizaje

Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, realiza la siguiente actividad:

Elabora un ensayo, en el cual identificarás la utilidad del Derecho Romano en el Sistema Jurídico Mexicano.

Puedes realizarlo en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo como formato PDF para subirlo a la plataforma de la asignatura.

En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente:

Tus datos generales

Ortografía y redacción

Introducción

Desarrollo

Conclusión

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Bibliografía

Ventura, S. (2000). Derecho Romano. Porrúa: México.

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