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Apuntes para la historia del convento y comunidad de San Francisco de Pontevedra

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APUNTES PARA LA HISTORIA DEL CONVENTO

Y COMUNIDAD DE SAN FRANCISCO

DE PONTEVEDRA

NOTES ON THE HISTORY OF THE FRIARY

AND COMMUNITY OF SAN FRANCISCO OF PONTEVEDRA

Prudencio LEZA TELLO [email protected]

Pilar PÉREZ FORMOSO

Para citar este artículo: LEZA TELLO,Prudencio yPilar PÉREZ FORMOSO. «Apuntes para la historia del convento y comunidad de San Francisco de Pontevedra». Archivo Ibero-Americano 74, nº 277-278 (2014): 141-505.

Resumen:

Este trabajo se ocupa de la historia del convento y comunidad de san Francisco de Pon-tevedra, del que afortunadamente se dispone de bastante documentación para su estudio. Tras abordar el tema de la fundación del convento en el siglo XIII y de su evolución hasta el año 1567, se estudian las diferentes capillas, altares y cofradías establecidas en el mismo. El artículo se completa con una lista de guardianes conocidos del convento y un amplio apéndice documental.

Palabras clave: Franciscanos – Pontevedra, Franciscanos – Historia medieval, Francis-canos – Documentos.

Abstract:

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Afortunadamente y al contrario de la mayoría de los conventos franciscanos, de San Francisco de Pontevedra disponemos de bastante documentación para acercarnos a su historia. Esta documentación se conserva en distintos archivos como son el A.H.N. de Madrid, monasterio de santa Clara de Pontevedra, Ar-chivo del Reino de Galicia, Real Chancillería de Valladolid, A.H.P. de Ponteve-dra, museo de PontevePonteve-dra, Archivo de la Provincia franciscana de Santiago, etc. Ahora bien, tan sólo una pequeña parte procede directamente del propio conven-to, principalmente la del A.H.N., el resto son documentos generados por su rela-ción con otras instituciones y que se conservan en los archivos de estas. Me refiero principalmente a los pleitos civiles de la Real Audiencia de Galicia y protocolos notariales de Pontevedra.

Sobre su historia y orígenes se han ocupado varios autores en distintas épo-cas, aportando todos ellos noticias muy interesantes1, sin embargo gracias al descubrimiento de nueva documentación, creo que es un buen momento para la realización de este trabajo de revisión y actualización sobre el tema.

1.FUNDACIÓN

Es difícil establecer una fecha exacta para su fundación. Dejando aparte las tradiciones piadosas que hacían a San Francisco (1182-1226) recorriendo y fun-dando conventos por toda España, por el momento no tenemos ningún dato se-guro que nos permita afirmar su existencia antes del año 1274 en que aparece por primera vez en la documentación.

Si nos fijamos en el inventario que se realizó en 1567 de su archivo tras la re-forma de los conventuales2, observamos que en aquel año son pocos los docu-mentos medievales existentes en el mismo, los cuales se perderían en algún momento antes. Esto pudo ocurrir posiblemente entre 1454 y 1468, cuando el

1 Aparte de los cronistas de la Orden franciscana; Casto SAMPEDRO FOLGAR, Documentos, inscrip-ciones, monumentos, extractos de manuscritos, tradiinscrip-ciones, etc., para la historia de Pontevedra, Sociedad Arqueológica de Pontevedra, 1902; fray Atanasio LÓPEZ, La provincia de España de los

frailes menores, Santiago, 1915; fray Manuel de CASTRO, La provincia franciscana de Santiago, Santiago, 1980.

2 Documento nº 54 del apéndice. Una parte importante de estos documentos hoy en día se han

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convento fue ocupado brevemente por los frailes observantes. Esta rama de los franciscanos promovía una mayor observancia de la Regla original de la Orden, siendo muy estrictos en el apartado relativo a la pobreza. Afirmaban que los frailes no podían tener propiedades, con lo que se desharían seguramente de estas y de los títulos de propiedad y escrituras que las amparaban. Por este moti-vo, tras la vuelta de los conventuales en 1468, cuando intentaron rehacer el ar-chivo la mayoría de la documentación ya se había perdido para siempre y por eso no llegaron al citado año de 1567.

Con este mismo problema se encontraron los cronistas provinciales y genera-les de la Orden cuando escribieron sus obras, ni Gonzaga en 1587, Wadding en 1625-1654 y el padre Castro en 1722, pudieron desvelar sus orígenes al carecer de documentación para ello. Por este motivo también nosotros tenemos que re-currir a la documentación medieval producida por otras instituciones en el en-torno de la ciudad de Pontevedra para buscar un poco de luz. En este sentido son de gran ayuda los testamentos pues en ellos se suelen mencionar los principales centros religiosos del entorno, iglesias, monasterios y santuarios, de los cuales se acuerda el testador a la hora de su muerte para hacerles alguna limosna. Su men-ción o la falta de ella en una determinada fecha puede indicarnos si en ese mo-mento ya estaba fundado nuestro convento o no. De estos hay tres otorgados respectivamente en los años 1238, 1246 y 1254, en los que se citan a casi todos los centros religiosos del entorno de nuestra ciudad y en ninguno de ellos apare-ce mencionado el monasterio de san Francisco.

El primero fue otorgado el 16 de febrero del año 1238 por Sancha Pétriz, la cual manda enterrarse en el monasterio de san Juan de Poio y deja diversos le-gados a las instituciones monásticas del entorno de Santiago y Pontevedra, in-cluidas las órdenes mendicantes aunque no menciona a los franciscanos de

Pon-tevedra3. El segundo fue otorgado en 30 de octubre del año 1246 por Martín

Pérez de Corticela y su mujer Constanza, quienes también se acuerdan entre otros de la iglesia de santa María de Pontevedra y a los monasterios de santa

María de Armenteira, san Juan de Poyo y san Salvador Lerez4. El último fue

otorgado en 3 de octubre del año 1254 por Rodrigo Fernández de Meira y su mujer Mayor Pérez, quienes mandan enterrarse en su capilla del monasterio de santa María de Armenteira y dejan limosnas a muchas de las iglesias del entorno

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de la villa de Pontevedra y a los tres centros monásticos antes citados5. Teniendo en cuenta estos datos creo bastante probable que nuestro monasterio no debió fundarse antes del año 1254.

Posteriormente hay otro testamento otorgado en el año 1262 posiblemente en el entorno del monasterio de Aciveiro por D.ª Teresa Yáñez de Deza, el cual podría contener la primera cita de nuestro convento6. Sin embargo se trata de un documento que hay que tomar con mucha cautela, pues el original se encuentra en muy mal estado de conservación haciéndose imposible su transcripción com-pleta.

En el mismo y esto es lo que nos interesa aparecen diversos legados piadosos a distintos monasterios gallegos. Entre ellos encontramos los siguientes;

“et mando fratribus minoribus : :: : : : : Iacobo CC. solidos mando fratribus de Bonaval CC. sls. et mando operi Sci, Iacobi C. sls. et mando operi de Luco C, sls. et mando fratribus minoribus de Cruna CC. : : :: : : : C. sls. a os Dourens. et mando monasterii Sci. Laurencii C. sls.”

Repasando estas donaciones, primeramente vemos un legado a los frailes menores de ¿Santiago?, después a los dominicos de Bonaval, a la obra de la catedral de Santiago, a la obra de la catedral de Lugo, a los frailes menores de Coruña, un legado a un convento cuyo nombre es ilegible, a los franciscanos de Ourense y al monasterio de san Lourenzo de Carboeiro. ¿Cuál es el nombre del convento que se encuentra en el espacio ilegible entre san Francisco de Coruña y san Francisco de Ourense?

Cuando dice “a os Dourens.”, es como una continuación de lo que viene di-ciendo en el apartado anterior, esto es, a los frailes menores de Coruña y de ¿..?, y a los de Ourense, se entiende frailes menores de Ourense. Creo que con toda seguridad se trata de un convento franciscano, pero ¿de cual de ellos?

En aquel año, además de los tres enumerados en el documento, tan sólo po-drían existir en Galicia otros cuatro conventos franciscanos cuyas fechas de fun-dación aún no están atestiguadas; san Francisco de Lugo, Viveiro, Ribadeo y el nuestro de Pontevedra. Con muchas incertidumbres me inclino por este último

5 A.H.N., Clero, Carpeta 1760, nº 5.

6 He utilizado la trascripción contenida en la Colección diplomática de Galicia Histórica,

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basándome en la supuesta cercanía de la villa de Pontevedra con el lugar de otorgamiento del testamento.

Espero que con la aparición de nueva documentación se pueda concretar con más seguridad su fecha de su fundación, aunque creo improbable que esta se produjera antes de la década de los 50 del siglo XIII.

2.PRIMEROS TIEMPOS Y ÉPOCA CONVENTUAL (1274-1567)

La primera mención segura se produce en 12 de diciembre del año 1274, se trata del testamento otorgado por el caballero Arias Fernández, el cual lega al “conventui monasteri de Sancti Francisci Pontis Vetereri, duçentos morabitinos alfonsis brancos”7. A partir de esta fecha aparece nombrado ininterrumpidamen-te en los documentos. En el año 1279 el ininterrumpidamen-tesorero de la caininterrumpidamen-tedral de Santiago Pe-dro Abril, también por su testamento lega a los “fratribus minoribus..de Ponte veteri XX sls.”8.

Estando en Zamora en 28 de mayo de 1288, el almirante Payo Gómez Cha-rino, otorga un documento en el cual firma como testigo un fray Gonzalo, guar-dián de san Francisco de Pontevedra9. En 26 de agosto del mismo año, “frey

Gonçalo de Mey, guardian de Pontevedra”, suponemos que es el mismo que el anterior, actúa como intermediario junto con el abad de san Juan de Poio y otros jueces, en una contienda surgida entre Esteban Martín y el canónigo de Tuy Juan

Martín, posiblemente hermanos y vecinos de Pontevedra10. En este documento

podemos apreciar como por estas fechas nuestro guardián tiene el suficiente prestigio y consideración en la villa como para recavarse su consejo a la hora de establecer concordias.

En 7 de julio de 1296 volvemos a encontrarnos a “frey Gonzalo de Meys,

guardian” y a “frey ... Domingues, frayres da ordem de Sam Françisco” junto el capellán de san Bartolomé García Martínez, que asisten como testigos al otor-gamiento de un foro otorgado por el abad de san Juan de Poio11. Todavía en 6 de agosto de 1302 “frey Gonçalvo gardian de San Françisco de Pontevedra” y

7 A.H.N., Clero, Carpeta 1762, nº 10.

8Colección diplomática de Galicia Histórica, doc.nº LIII, Pág. 239. 9 Documento nº 1 del apéndice.

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frey Rodrigo, frayre da dita orden” firman como testigos de la venta que reali-za María Eanes vecina de Pontevedra al monasterio de santa Clara de Santiago y a su abadesa Marina Eanes12. Finalmente en 10 de julio del año 1306 le vemos actuar como cumplidor del testamento de Alvar Páez, hijo de Payo Gómez Cha-rino el cual manda sepultarse en el monasterio de san Francisco de Pontevedra

junto a su padre, “mando meu corpo soterrar (eno) moesteyro dos frayres (de

Sant) Françisco de Pontevedra e que me (metan) eno avito de Sam Françisco e que me soterren a par do meu padre (abrindo o seu altar) da sua capela”13.

Desgraciadamente no puedo aportar más datos sobre este fraile llamado fray Gonzalo de Meis que ejerció de guardián de Pontevedra durante varios trienios entre los años 1288 y 1306 y que sin duda debió ser un personaje importante en su época. Nos lo encontramos por primera vez otorgando un documento en Za-mora junto con el almirante Payo Gómez Charino. Este importante caballero gallego siendo muy joven participó en la conquista de Sevilla en 1248 junto con el rey Fernando III. Hacia 1284 se le concedió el título de almirante mayor de Castilla por el rey Alfonso X, y en 1292 el de adelantado mayor de Galicia por Sancho IV. Este cargo lo ostentaría hasta su muerte †h. 1295, enterrándose pos-teriormente en el entorno de la capilla mayor del convento junto con su esposa, Marina Giráldez y cuyos sepulcros son supuestamente los que aun podemos admirar en el interior de la iglesia.

Pero ¿qué hacía el guardián de Pontevedra tan lejos de su convento? Se me ocurren varias opciones. Los reyes solían tener su corte en las ciudades de la Castilla, con lo que es probable que acudiera a solicitar algún tipo de ayuda para la construcción de la nueva iglesia del mismo, cuyos orígenes se remontan a estas fechas. Pero también es posible que ejerciera como confesor personal del almirante acompañándolo en sus viajes o que simplemente se desplazará para asistir a algún capitulo provincial de los franciscanos de la provincia franciscana de Santiago que se celebrará en esta ciudad o en otra cercana. Lo desconozco, aunque cualquiera de las opciones podría ser válida e incluso todas.

Siguiendo con las noticias, en 05 de mayo de 1309 vemos a “don frey

Ber-naldo e frey Rodrigo da orden dos meores, conpanoes do arçobispo de Santia-go”, firmar como testigos en una venta de varias propiedades situadas en las feligresías de santa María de Mourente y santa Marina de Bora, ambas en el

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entorno de la ciudad de Pontevedra, que realiza Ruy González a Pedro Méndez, arcediano de Reina, dignidad de la iglesia de Santiago14. Ignoro el sentido de esta expresión extraña de “conpanoes” del arzobispo de Santiago que se otorga a estos frailes. ¿Podrían ser algún tipo de legados del arzobispo o del papa? Lo ignoro, si bien el nombre del primero, Bernaldo se me hace como extranjero. Si fue así ignoramos su misión ni que cargo tenían en la orden.

Por estos años (h. 1300-1310), se debió producir la fundación de la comuni-dad de santa Clara de Pontevedra, en la cual sin duda participaron de forma acti-va los frailes franciscanos de la provincia de Santiago, como años atrás, h. 1286-1292, lo hicieron en Allariz (Ourense). De esto se desprende su presencia habi-tual como confirmantes en los primeros documentos otorgados por este monas-terio. Así en 22 de julio del año 1315 vemos a “frey Domingo Martines, guar-dian de San Françisco e frey Fernan Martines, frade dese moesteyro”, firmar como testigos en un documento de trueque de unos terrenos entre la abadesa de santa Clara, Leonor Rodríguez, y Miguel Pérez, vecino de Pontevedra15. El mo-nasterio de santa Clara cede unas propiedades junto a Barreiros a cambio de otras situadas en el “lugar que disen Rocha Forte”, posiblemente con vistas a edificar o ampliar el recinto del futuro convento, que se edificó en ese mismo lugar a comienzos del siglo XIV y donde aún permanece hoy en día. Su presen-cia indica que esto se realizaría bajo la supervisión de los franciscanos.

En 25 de julio 1318, Sancha Yáñez de Cortegada, vecina de la parroquia de san Salvador de Coiro otorga su testamento, y entre sus mandas encontramos las

siguientes, “iten mando a San Françisco XX libras pa lumen”, “iten mando a

frei Domingo guardian frade de Santa Maria Nova C mor”16. ¿Quién es este frey Domingo, fraile de santa María A Nova? Por el apelativo de guardián, denomi-nación que se empleaba exclusivamente para los superiores de los conventos franciscanos y la coincidencia de nombres con el fray Domingo Martínez que ocupaba este cargo tres años antes, lo identificó como la misma persona. Sin embargo tengo que reconocer que su clasificación como fraile de santa María A Nova me deja un poco desconcertado. El ilustre historiador de los dominicos en Galicia, fray Aureliano Pardo, en su obra “Historia del convento de Santo Do-mingo de Pontevedra”17, afirma que según el historiador D. Antonio de la Iglesia

14 Documento nº 5 del apéndice. 15 Documento nº 6 del apéndice. 16 Documento nº 7 del apéndice.

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y el autor del tumbo de este monasterio en 1799, a principios del siglo XIV, se daba el título de santa María A Nova al convento dominicano, para distinguirlo de la iglesia de santa María A Grande de la misma ciudad. Además trascribe de manera incompleta en la parte que nos interesa un documento fechado en el año 1315 en el que aparece esta denominación de monasterio de santa María A Nova adscrito de manera dudosa al monasterio de santo Domingo de Pontevedra. Cier-tamente las razones que da el padre Aureliano me parecen bastantes coherentes, sin embargo estudiando el testamento de Sancha Yáñez de Cortegada estas ex-plicaciones me plantean serias dudas. Si fuera así. ¿por qué el escribano del do-cumento para referirse al convento dominicano en las diversas mandas emplea el

nombre de “moesteyro de San Domingo de Pontevedra dos pregadores”, en dos

ocasiones y sin embargo, para referirse al superior del mismo lo llama guardián y no prior como correspondería a esta orden, identificándolo además como fraile de santa María A Nova y no de santo Domingo? Ciertamente se hace difícil la identificación de este monasterio con cualquiera de las iglesias y conventos de la ciudad de Pontevedra, aunque por las razones dichas me inclino por hacerlo con los franciscanos. Debe tratarse de una denominación muy temporal durante los inicios del siglo XIV cuyas razones se me escapan, aunque posiblemente vincu-ladas a el periodo de más actividad en las obras de construcción de la iglesia del convento. Con posterioridad a este año esta denominación no vuelve a sonar en los documentos.

Este guardián debe ser el mismo o al menos lleva el mismo nombre que el que unos años después, en 6 de mayo del año 1326, aparece como testigo en el otorgamiento del testamento del caballero Fernán Gutiérrez, el cual manda se-pultarse en el monasterio de santa María de Armenteira18.

En 21 de julio de este mismo año, Teresa Pérez, viuda de Juan Yáñez, alias Pegote, por su testamento manda enterrarse “en aquela myna capela que eu fizie no moesteyro de San Françisco de Pontevedra”19. En este documento no se men-ciona la advocación de la misma, pero por otra escritura fechada en el año 141520 parece ser que se trataba de la de san Miguel. Su construcción dataría de co-mienzos del siglo XIV y aunque desconozco su situación exacta, al coincidir su fundación con las fechas de construcción de la iglesia supongo que estaría

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da en el entorno de la cabecera del templo, pues el resto aún se estaría edifican-do por aquellos años. También desconozco la filiación completa de los fundaedifican-do- fundado-res aunque parece desprenderse que se trataba de una familia acomodada de mercaderes que podían permitirse disponer de una capilla propia en el convento de san Francisco. Esta es una constatación bastante temprana de lo que será una tónica en los conventos franciscanos en siglos posteriores, el financiamiento económico a través de la venta de capillas y sepulturas, que junto con la limos-nas, la venta de hábitos para la mortaja de los difuntos y la predicación fueron sus únicos medios de subsistencia.

Su Regla les prohibía el poseer bienes inmuebles que les generaran rentas, por foros o alquileres de casas, medio principal con el que obtenían recursos las casas religiosas y señoríos laicos de la época. Por este motivo tuvieron que bus-car otros medios de sustentarse sin quebrantar esta Regla. Aquí entra la venta de las capillas y sepulturas situadas dentro de su convento, único edificio que po-dían tener en propiedad. Aunque esta práctica no es exclusiva de los francisca-nos, estos se especializaron en ella, rentabilizando al máximo todo el espacio disponible para ello de la iglesia, sacristía y claustro.

Con la venta de estas capillas se conseguía una doble finalidad. Por una parte el convento se evitaba los gastos que estas conllevaban, obligándose el compra-dor a edificarlas o reedificarlas en su caso, y mantenerlas a su costa, con todos los elementos necesarios para el culto divino; tales como imágenes, retablos, lámparas, manteles, etc. Y por otra, al convertirse estas en panteones familiares de los compradores y sus herederos, aseguraban la entrada permanente de cauda-les mediante las fundaciones de misas por parte de estos patrones y sus descen-dientes. Algunas de estas capillas permanecieron en manos de las mismas fami-lias durante siglos otorgando su posesión un enorme prestigio social a sus po-seedores. Otras sin embargo, revirtieron al convento, tras la dejación o el in-cumplimiento de las obligaciones por parte de los herederos, pudiendo ser ven-didas de nuevo.

Continuando con las noticias de nuestro convento, en 14 de julio de 1362 Al-donza Fernández Churruchao, viuda de Ares Fernández, e hija de Fernán Pérez Churruchao y María de Meira, otorga su testamento21. Manda enterrarse en el monasterio de santa María de Acibeiro y deja por cumplidores del mismo a “frey

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Esteuoo Douviña e seu yrmao frei Nuño, frailes da horden de San Françisco de Pontevedra”.

Posiblemente este último sea el que aparece en otro documento fechado en 15 de diciembre de 1376, como “frei Nuno gardian de San Françisco”, de Pon-tevedra, tomando juramento “en lugar de santos avangeos”, al escudero Alvar Fernández de Valladares, en un acto mediante el cual este se compromete a dejar libres unas propiedades que tenía ocupadas del monasterio de santa Clara22. Es-tos son los años en que los señores laicos tenían ocupados muchos bienes perte-necientes a iglesias y monasterios en encomienda forzada. Aquí nos encontra-mos con un caso, quizá extraño, de su devolución por parte de un señor de la casa de Valladares. Se trata sin duda de un éxito de la diplomacia de los francis-canos, que no dejaban desamparadas a sus hermanas de santa Clara. Este mismo guardián aun aparece nombrado en el año 1381 como cumplidor del testamento del notario de Pontevedra Gonzalo Pérez23.

En 1396, María Domínguez, vecina de Pontevedra y viuda de Domingo Se-queliño, otorga su testamento en presencia “frey Fernando de Moraña, gardian do dito moesteyro de San Françisco de Pontevedra et frey Iohn Esteves, fraire do dito moesteiro”. Manda enterrarse en este convento y deja dispuesto que se le digan varias misas por su alma24.

En 15 de diciembre de 1408, los cumplidores del testamento de Sancha Gó-mez da Feira, viuda de Juan Fremoso, ambos vecinos de Pontevedra, cumplen la voluntad de la testadora fundando varias misas en los conventos de san Francis-co y santo Domingo de la villa. Entre otras, en san FrancisFrancis-co fundan perpetua-mente “eno dia de santo Andre... huna misa de rrequen cantada eno seu altar grande”, pagando por ella la cantidad de “nove libras, que son viinte et quatro mrs de moneda vella cada ano”. Esto se realiza en presencia de “frei Iohan Ro-driges, gardian do dito moosteiro, et o meestre frei Estevo da Silva, et os docto-res frei Rodrigo de Romay et frei Fernando de Morana, et frey Martin Cabeça, ...o meestre en tholosia frei Rodrigo de Bustaz, custodio de Santiago”25.

En 01 de febrero de 1409 “frey Juan doutor frayre do moesteyro de San Fra-nçisco”, en nombre del convento y su guardián fray Juan Rodríguez, se dirige al

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concello de la villa reunido a la sazón en la iglesia de San Bartolomé, solicitan-do su intervención en cierto asunto26. Se trata de un documento muy interesante, en el que se dan noticias muy curiosas sobre el funcionamiento de la vida muni-cipal de Pontevedra en la baja edad media, así como una relación de personas que tenían hecha algún tipo de fundación de misas en el convento de san Fran-cisco. El convento reclama al concello que actúe, como autoridad civil más in-mediata, impidiendo la venta de ciertos bienes sujetos a obligaciones con el convento en concepto de misas y aniversarios, los cuales no podían ser vendidos sin estas obligaciones.

Como dije anteriormente, a los franciscanos por su Regla, les estaba prohibi-do aceptar la prohibi-donación de bienes inmuebles en concepto de pago por misas, per-petuas o en cualquier otro título. Esto suponía un problema, ya que al contrario de otras órdenes religiosas que aseguraban el cobro integro de estas cantidades comprometidas mediante la aceptación de donaciones en tierras o en casas, los franciscanos sólo podían aceptar estos pagos en concepto de limosna. Esta situa-ción y el hecho de que estas fundaciones normalmente se hacían mediante tes-tamento en el momento de la muerte, limitaban su percepción a la vida de los fundadores o a la voluntad de los herederos, siendo estos últimos en muchas ocasiones reacios a su pago.

Por este motivo tuvieron que ingeniárselas para asegurarse percibir estas can-tidades a lo largo de los años, ideando un sistema bastante inteligente. Este con-sistía, en convenir con los fundadores de estas misas perpetuas en cargar el pago de las cantidades prometidas por este concepto en determinados bienes de su herencia, quedando así sus herederos obligados a realizarlos o a renunciar a es-tos bienes en caso contrario.

En realidad se trataba de una artimaña, para sin quebrantarla, amoldar la re-gla franciscana a los tiempos. Así se conseguía obtener casi los mismos benefi-cios de los bienes, que teniéndolos en propiedad, ahorrándose además las moles-tias relativas al cobro de foros y alquileres.

Estas situaciones de a legalidad respecto a la Regla original, fueron formal-mente autorizadas por diferentes Papas a lo largo de los siglos XIV y XV permi-tiendo que se pudieran aceptar y poseer en propiedad algunos bienes inmuebles. Esto fue el inicio de la separación de la dos grandes ramas franciscanas, los

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ventuales o claustrales, que aceptaban estas reformas como algo normal y de adaptación a los tiempos y los observantes, que las veían como una desviación de la Regla original, oponiéndose a ellas con todas sus fuerzas.

En 5 de octubre de 1412, Pay Sorred de Sotomayor, mediante un albarán confirma la donación del coto de Quintela al monasterio de san Francisco de Pontevedra27. Dice que esta donación la había realizado veinte años antes, esto es hacia 1390, junto con su primera mujer Inés de Castro, ya fallecida, y que desde entonces era explotado por los frailes a través de un tal “Domingo Bonos”, el cual pagaba de renta 800 maravedís. Documento escueto pero muy interesan-te, en el que se nos informa de la donación de un coto feudal a nuestro monaste-rio, realizada por uno de los señores gallegos más importante de aquellos años.

Se trata del hijo pequeño e ilegítimo de Fernán Yáñez de Soutomaior †h 1361, señor de dicha casa, y de María Sánchez, cuya ascendencia desconozco, aunque pudiera estar relacionada con los Aldao de Pontevedra. Prosperó, desta-cándose en la defensa de la frontera galaico-portuguesa del bajo Miño durante la guerra luso-castellana de 1383-1402, granjeándose la confianza de los reyes de la dinastía Trastámara.

Me lo encuentro por primera vez en el año 1380 como comprador, en una venta que le realiza “Gonçalvo Soga, fillo de Garçia Rodrigues de Caadro, es-cudeiro”, del coto de Savazeda “vella”, situado en la parroquia de san Martín, Moaña, (Pontevedra)28. Este Gonzalo Soga, dice que estas propiedades las here-dó de su padre, de quienes no puedo aportar más datos.

Aunque hasta ese momento sabemos poco de su vida, ya por entonces debía ser un personaje de cierta importancia. Sino no se entiende que tan sólo dos años después, en 1382, el rey Juan I (1379-1390), le conceda el señorío de la villa de Salvatierra y la tenencia de Toroño. Importante merced, cuyo privilegio de do-nación dice asi;

“et por conosçer a vos Paay Surreda de Soto Mayor, nuestro vasallo los buenos serviçios que nos fesestes et faseis de cada dia, damos vos et otorgamos vos en pura donaçion pa sienpre ia mas todos los bienes muebres e reises que Ruy No-vaas, scudero avya en la merindat de Torono et en Pontevedra e arredor della, los bens el dicho Rui Novaas perdio et perteneçen et som devydos a nos et a la nuestra camara por quanto el dicho Ruy Novaas entrego et dio la villa de

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terra que es en el nuestro senorio a los portugaleses nuestros enemigos et se pa-so a Portugal en nuestro desserviçio seyndo nuestro mariscal et non lo devyendo faser29.

En cuanto al “Ruy Novaas, scudero”, que poseía en tenencia la villa de Sal-vatierra y que se pasó a los portugueses entregando esta plaza, es la primera noticia que tengo de él, aunque supongo que sería el tenente de Toroño nombra-do por el rey.

En cuanto a la ubicación geográfica del coto de Quintela, lo sitúo en el actual centro urbano de Moaña, donde existe un barrio con esta denominación. Para ello me baso en el arreglo que en 1381, hicieron Pay Sorred y sus hermanos sobre la herencia de su padre30, en cuyo repartimiento a él le tocó entre otros bienes el coto de Villacova, Batallans y “os casaas et dereito quel havia eno lugar de Quintaam de Quintela, que he ena feligresia de Moaña en tierra de Morrazo”. También formaría parte del, el lugar de Savazeda Vella, situado en la misma feligresía y muy próximo a este, cuya compra en 1380 a Gonzalo Soga, nos ha llegado mediante copia a petición del guardián de san Francisco.

Esta donación, aunque desconozco el alcance real de la misma, seguramente fue la más importante que recibió el convento a lo largo de su existencia, per-maneciendo estas propiedades en su poder al menos hasta finales del siglo XV. Pay Sorred la realizaría como pago de una fundación de misas por algún miem-bro de su familia, que por la importancia y cantidad de los bienes entregados, me hace suponer que llevara aparejada la compra y dotación de alguna de las capi-llas del convento. Ahora bien, ¿por quién se realizó esta fundación?, y en su caso ¿de cuál de las capillas se trataba?

Contestando a la primera pregunta me inclino a pensar que pudo ser por su primera mujer, Inés de Castro. Desconozco su filiación, aunque por el apellido podría estar relacionada con alguna de las ramas de los Castro de Lemos. El mismo Pay Sorred nos dice que la había realizado 20 años antes, esto es, hacia el año 1392, junto con su primera mujer, la cual ya había fallecido en 1412, sin aportar más datos. Una opción posible, es que la realizará tras su muerte, que ocurriría hacia esta fecha de 1392, tras la cual el marido desconsolado

29 Documento nº 13 del apéndice.

30 R.A.H., Colección Salazar, M-60, Fol. 156. Publicado por Suso VILA, A Casa de Soutomaior,

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ría una fundación perpetua de misas por su alma ligando a su cumplimiento una gran cantidad de bienes.

Sin embargo, complementando esta primera posibilidad, me inclino por otra motivación más amplia para realizar esta importante donación a san Francisco. Aunque no dispongo de una confirmación contundente en los documentos que lo avale, voy a intentar desarrollar la teoría de que la verdadera intención de los esposos fue la de fundar y dotar una capilla familiar en este convento para que sirviera de enterramiento a ellos y sus descendientes.

La compra de estas capillas en las distintas iglesias y monasterios, para utili-zarse como panteones de las familias nobles del entorno, ya era una costumbre perfectamente asentada en la mentalidad nobiliaria de aquella época, de la que disponemos de numerosos ejemplos. Sin ir más lejos y dentro de su propia fami-lia tenemos el caso de su hermano Diego Álvarez de Soutomaior, señor de Lan-taño, quien por su testamento otorgado en el año 1406 manda enterrarse en santo Domingo de Pontevedra en la capilla que el hizo bajo la advocación de santo Tomás. En esta capilla también se enterraron su hijo Payo Gómez de Sotomayor y muchos de sus descendientes. También la rama principal de los señores de Soutomaior, eligió este convento para establecer su panteón. Así en el año 1428 Fernán Yáñez de Soutomaior † 1440, compró y dotó la capilla mayor, a donde trasladó los restos de sus padres y abuelos.

Su tenencia daba un enorme prestigio a sus poseedores, pues estas eran un espejo donde todos podían ver la nobleza y antigüedad de su estirpe representa-da en los monumentales sepulcros repletos de escudos familiares. Por esta razón, nuestro Pay Sorred que se había convertido en uno de los caballeros más rele-vantes de la Galicia de aquellos años, pudo decidir que a él también le corres-pondía disponer de una en propiedad.

Desconozco los motivos por los que habría elegido para ello el convento de san Francisco de Pontevedra, aunque sin duda influiría bastante el hecho de que durante aquellos años, su hermana, Aldonza Estévez de Soutomaior, de 1390 a 1426 fuera la abadesa de santa Clara de esta ciudad. Esto suponía tener una rela-ción directa e importante con la orden franciscana en la provincia de Santiago, lo que facilitaría las cosas.

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Diego Sarmiento, quien dice “Mando que o meu corpo seya sepultado en San Francisco de Pontevedra, aos pees de meu aboo e que me fazan facer una tum-ba cubierta de un pano negro o un ataud en chao cubierto de negro”31. En cuan-to a la fecha de su muerte, esta se produciría posiblemente entre finales del año 1426 y principios del 1427, según se desprende de un compromiso otorgado en 14 de agosto del año 1427, sobre el repartimiento de su herencia32.

Ahora bien, ¿realmente compró una capilla o se enterró en una sepultura? Y si la compró, ¿cuál fue esta?, ¿la capilla mayor? Se trata de un tema complejo y cuyas preguntas tienen una difícil respuesta. En todos los árboles genealógicos que he consultado, no hay ninguna duda sobre la descendencia legítima de nues-tro Pay Sorred de Soutomaior. Según estos, de su segunda mujer Mencía de Andrade, tuvo a su única hija, Teresa de Soutomaior, quien heredó todos sus bienes y señoríos. Esta a su vez se casó con García Sarmiento, hijo del señor de Rivadavia y adelantado mayor de Galicia García Fernández Sarmiento, siendo los descendientes de ambos los que heredaron el derecho al condado de Salvatie-rra y marquesado de Sobroso. Ciertamente si Pay Sorred fue el fundador de una capilla en san Francisco como su hermano y sobrino lo fueron en santo Domin-go, esta habría sido trasmitida a sus descendientes y herederos, quienes se preo-cuparían de su mantenimiento. Sin embargo entre la distinta documentación que nos ha llegado de los condes de Salvatierra no se menciona nunca la existencia de esta. Entonces, ¿no existió?, o ¿hubo algún otro familiar desconocido que pudo heredarla?

Buscando documentación relacionada con nuestro convento, ante mi sorpresa me he topado con unos supuestos descendientes de Payo Sorred de Soutomaior, los cuales no aparecen y no me encajan en ninguna de estas genealogías. Mi único interés sobre ellos versa en que fueron los fundadores y dotadores de la capilla mayor del convento, cuya propiedad trasmitieron a los Mariño de Lobei-ra, señores de la Sierra de Outes, a cuya familia perteneció hasta la desamortiza-ción.

Antes de intentar explicar todo esto, aquí presentó el extracto de tres docu-mentos originales, los cuales analizaré a continuación.

31 A.H.P.Z., Documentos Casa Ducal de Hijar, P4-092-03.

32 R.A.H., Colección Salazar, M-60, Fol. 157. Publicado por Suso VILA, o.c., documento nº XXVI

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El primero fechado en el año 1506, son algunas de las interesantes manifes-taciones que realizan Sancha de Lobeira y García Sarmiento, en uno de los nu-merosos pleitos que se suscitaron entre ambas partes sobre la posesión de ciertas propiedades en la zona del obispado de Tuy33. Aunque no está muy claro, parece que todos tratan sobre el mismo tema. Sancha de Lobeira reclama varios bienes que le corresponden de la herencia de su padrastro Juan Fernández de Sotoma-yor, los cuales heredó tras la muerte de su hermanastro Pedro Álvarez de Sou-tomaior en el año 1454 y de su madre Elvira de Valladares en 1487. Estos bienes procedían de la herencia de Payo Sorred de Soutomaior, abuelo de su padrastro, de los cuales se apoderó García Sarmiento, bisnieto de este como familiar más directo, reclamando que se trataba de bienes de mayorazgo.

Sólo he localizado este, pero gracias a las ejecutorias conservadas en la Real Chancillería de Valladolid se sabe que hubo varios más. El grueso de estos plei-tos se seguía en primera instancia en la Real Audiencia de Galicia, en donde desgraciadamente no se conservan de época tan temprana, pasando en caso de reclamación de partes, en segunda a Valladolid como órgano jurisdiccional su-perior. Aquí si se han conservado aunque más menguados en cuanto a su conte-nido, dándose muchos datos por sobreentendidos, declaraciones de testigos, traslados de documentos, etc., ya que estos estaban incluidos en el pleito origi-nal.

Entre las declaraciones de Sancha de Lobeira encontramos las siguientes;

“presento una escritura de testamiento del dicho Payo Sorede abuelo del dicho Juan Fernandez marido de la dicha Dona Elvira de Baladares, madre de la dicha Dona Sancha”,”Juan Fernandez de Sotomaior por propias para el y para sus hi-jos y herederos y suçesores el qual por virtud de los dichos titulos tubo e poseyo los dichos vienes y los dexo a Pero Alvarez, su hijo, el qual despues que fue muerto por el dicho Diego Sarmiento padre del dicho Garçia Sarmyento, cabte-losamente llamandolo sobre seguro a una su fortaleza por le tomar lo suyo, el qual dicho Pero Alverez ynstituyo por sus universales herederos a la dicha Dona Elvira”, “ni menos obstaba dezir que aquellos heran vienes de mayorazgo por-que tal cosa no se poderia aprobar con verdad porpor-que syenpre fueron vienes par-tibiles y lo heran y por tales avidos e tenydos, ni obstaba dezir quel dicho legato fue ynofiçioso por quel dicho Payo Soredio pudo muy vien disponer de los vye-nes que despuso e mandolos al dicho Juan Fernandes quera su nieto”, “por ende dixo e pedio ser fecho en todo segund de suso e dixo otrosi que la dicha clausula

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de derecho testamento hera publica e abtentica e fue sacada por el mismo escri-vano ante quyen puso la manda prençipal y por mandado del dicho Payo Sore-dio e por abtoridad de juez conpetente fue mandado dar al dicho Juan Fernan-dez, y la dicha manda tenia toda la solenidad que de derecho se requeria segund e el lugar donde mas copia de testigos no se pudieron aver”.

Manifestaciones de García Sarmiento

“siendo vibo Juan Fernandez de Sotomaior, el qual lo tenya en nonbre de Garçia Sarmyento abuelo del dicho su parte pecario y como su merino y de mas desto no se ofresçiendo a prueva supefula dixo que Payo Sured, bisabuelo del dicho parte mando el usofruto de dichos cotos al dicho Juan Fernandez de Sotomaior en su vida e no mas como tal usofrutuario e como merino del dicho Garçia Sarmyento”, “quel dicho Payo Soredio oviera mandado al dicho Juan Fernandez su nieto el señorio e jurdiçion de las dichas felegresias no lo podia ni pudo man-dar asi por lo que dicho e alegado tenia que se afirmo como por quel dicho Juan Fernandez hera adulterio y naçido de danado ajuntamiento e yncapaz para aver el dicho alegato”, “dicho alegato no baldria ni balia de derecho ansi por eyseder la quynta parte de sus vienes como por que aquellos instrumentos con los otros vienes quel dicho Payo Soredio tenya fueron avydos por vienes de mayorazgo e sus gestos e restituçion que los ubo e heredo el hijo maior sin que aquellos fue-sen traydos a colaçion con los otros hijos y con herederos sy neçesario hera en nonbre del dicho Garçia Sarmyento como heredero universal mediano del dicho Payo Sorredio dixo el dicho alegato e testamento ser ynofiçioso”.

El segundo es un documento otorgado en el año 1535, en el cual el convento de san Francisco confirma la posesión de la capilla mayor a los herederos de D.ª Sancha de Lobeira, haciendo una relación de los distintos propietarios que ha tenido esta34. Dice asi;

“el guardian e flayres e convento del monesterio de San Françisco de la villa de Pontevedra...dezimos que por quanto la capilla maior del dicho monesterio es propia de los hijos y herederos que quedaron e fueron de la señora Doña Sancha de Lobera e lo a seydo e fue de largos tyenpos a esta parte e por tal suya e de sus anteçesores fue y es abida e tenyda, conviene a saver Juan Fernandez de Soto-mayor, marido de Doña Elvira de Balladares e Pedro Alvares de Valladares, hijo de la dicha Doña Elvira e Juan Fernandez, e la dicha Doña Elvira en su bida e despues de los susodichos la dicha Doña Sancha de Lobera, hija de la dicha

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ña Elvira, los quales e cada su generacyon o la mayor parte dellos estan enterra-dos e sepultaenterra-dos en la dicha capilla mayor”.

Y el tercero fechado en 1557, Pedro Campo Mariño de Valladares y Cristó-bal Mariño de Lobeira, hijos y herederos de D.ª Sancha de Lobeira, presentan ante el convento de san Francisco el testamento de Pedro Álvarez de Souto-maior, hijo de Juan Fernández de Soutomaior y de Elvira de Valladares, otorga-do en el año 145435. Aquí se trascriben autorizadas por el notario de Pontevedra Vasco Fernández, algunas clausulas del mismo que dicen así;

“Ano do nasçemento de noso senor ihu xpo de mil e quatroçentos e çincoenta e quatro años, vynte e oyto dias do mes de jullyo, hordenou Pedro Alvarez de Soutomayor, sua manda e testamento en presençia de mi notario e testigos ajuso escriptos e no castelo de Soberoso, primeyramente yten mando deytar o meu corpo a San Françisco, ante o altar maior, en a capela que eu conprey, e mando pa obra de San Françisco por meus bens que madeyren e tellen todo o portal de San Françisco e mando e dou a dita capela que posaa ver por lo meu lugar de Salzeda una pipa de dozentos azunbres de vyno cada ano e mays vynte çelemyns de pan, medyo millo e medio çenteo e que me digan cada semana en a dita capela una mysa por la myna alma e por las almas de aqueles que yo gana-ron e avendo o mosteyro de vender o enpenar esta dita pension, tanto por tanto que a vendan a meu linaje”.

No pretendo hacer un estudio genealógico de la familia de los Soutomaior, tema que excede del propósito de este trabajo, tan sólo quisiera dejar abierta la opción de que el primer fundador de la capilla mayor del convento fue Pay So-rred de Soutomaior. Por esto me limitaré a comentar lo que yo entiendo de la lectura de los anteriores extractos.

De estos documentos parece desprenderse que Pay Sorred a parte de su hija legítima Teresa de Soutomaior, pudo tener otro hijo o hija desconocido, posi-blemente ilegitimo. De este o esta, nació un nieto llamado Juan Fernández de Soutomaior, al que su abuelo le dejó una parte importante de su hacienda en su testamento. Este que incluso también podría haber sido un hijo ilegítimo de Te-resa y no de su padre, estuvo casado con Elvira de Valladares † 1487, la cual al menos entre 1444 y 1448 estuvo casada con Pay Mariño de Lobera, señor de la Sierra de Outes y con el que tuvo a Sancha de Lobeira †1513. De esta unión, que no sabemos si se produjo antes o después que la que tuvo con Juan Mariño,

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así como si fue legítima o no, nació un hijo llamado Pedro Álvarez de Souto-maior †1454.

Este Pedro Álvarez, en su testamento otorgado en 1454 en extrañas circuns-tancias dentro del castillo de Sobroso36, feudo de los Sarmiento, enemigos de los Soutomaior, dice que compró una capilla ante el altar mayor de san Francis-co de Pontevedra. Según las declaraciones de Sancha de Lobeira parece des-prenderse que este personaje fue asesinado por Diego Sarmiento señor de

So-broso, “fue muerto por el dicho Diego Sarmiento padre del dicho Garçia

Sarmyento, cabtelosamente llamandolo sobre seguro a una su fortaleza por le tomar lo suyo”. De ser así, este hecho pudo ser el que motivó que al año si-guiente, en 1455, Álvaro Páez Soutomaior se dirija a la villa de Ribadavia y tome prisionero al conde Santa Marta, Diego Pérez Sarmiento †1464, cabeza de este linaje en Galicia y tío de Diego Sarmiento Soutomaior, recluyéndole en su castillo de Soutomaior. Se trataría de una justa venganza en la mentalidad nobi-liaria de la época, posteriormente en el año 1470, este mismo Diego Sarmiento Soutomaior acabaría muerto a manos de otro Pedro Álvarez de Soutomaior, el famoso Pedro Madruga. Es extraño que estos hechos de haber ocurrido así, ha-yan sido silenciados por las crónicas, sin embargo hay que tener en cuenta que estas se escribieron cuando los Soutomaior habían caído en desgracia y los que se señoreaban en el bajo Miño eran sus antiguos enemigos, los Sarmientos en Salvatierra y Ribadavia y sus parientes los Acuña en Gondomar.

Volviendo al tema de la capilla mayor. Pedro Álvarez de Soutomaior por su testamento otorgado en 1454 dice que fue el comprador de una capilla ante el altar mayor de san Francisco de Pontevedra, pudiéndose entender por ello que fue el primer fundador de esta capilla. Sin embargo en la relación que se hace en 1535 de los propietarios que esta había tenido, se contradice lo anterior, pues el primero que figura en la lista es su padre Juan Fernández y no él.

En conclusión, Payo Sorred de Soutomaior, hacia 1390 hizo una importante fundación en el convento de san Francisco, que llevó aparejada la compra de una capilla o al menos unas sepulturas, las cuales estarían situadas probable-mente en el altar mayor o próximas a él, ¿capilla de san Luis y san Marcos?. Aquí se enterró él casi con toda seguridad y posiblemente sus dos esposas. Aho-ra bien, aunque no compAho-raAho-ra formalmente una capilla, seguAho-ramente por la cuan-tía de los bienes que entregó por las sepulturas, estas y todo el lugar situado

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alrededor de ellas sería considerado como de su propiedad por el convento y sus sucesores. Este lugar, lo traspasaría por su testamento a su hija o hijos, y a tra-vés de ellos o directamente, a su nieto Juan Fernández de Soutomaior, el cual también se enterró aquí. Posteriormente el hijo de este, Pedro Álvarez de Sou-tomaior, ya nos habla de la compra de una capilla en el altar mayor, la cual dotó con nuevos bienes. Esta compra significaría la constatación por escrito de lo que lo ya era un hecho desde tiempo atrás, la pertenencia de la capilla mayor del convento de san Francisco de Pontevedra a los descendientes de Pay Sorred de Soutomaior, cuya posesión se remontaba a su tiempo.

Continuando con el hilo de las noticias de nuestro convento, en 01 de marzo

del año 1415 vemos a “frey Martin Cabeça gardian do moesteyro de San

Fra-nçisco”, presentar una reclamación judicial ante el juez de Pontevedra Alfonso Agulla, por la posesión de los bienes que pertenecieron a Pedro Pegote, vecino de esta ciudad37. Este había hecho algún tipo de fundación de misas en san Francisco, ligando varios de sus bienes al pago de las mismas, “Pero Pegote a quien Deus perdone e seus anteçessores mandaran pa senpre dezir eno dito moesteyro ena capela de San Migell do dito moesteyro un anal de missas cada ano por seus bees”. Al morir dejó por herederos a sus sobrinos Alfonso y Ruy Guerra los cuales se hicieron cargo de esta memoria. Sin embargo como Alfon-so había muerto sin testar y Ruy hacía mucho tiempo que se había ausentado de la villa, estas misas no fueron satisfechas durante varios años. Ante la posibili-dad de que Ruy también hubiera fallecido, el convento reclama la entrega de estos bienes para que con ellos se haga efectivo el cobro de las fundaciones, presentando escrituras para ello. Tras esta petición, el juez manda abrir una in-formación para descubrir si existen más herederos con derecho a ellos, pues también eran reclamados por otros monasterios de la zona.

Al final se dictó una sentencia arbitraria, repartiendo los bienes del difunto Pedro Pegote a partes iguales entre el monasterio de san Salvador do Lérez y el de san Francisco, con la obligación de este último de entregar con su parte una cantidad de dinero anual al de santa Clara,

“o dito moesteiro de Santa Clara avia de aver cada año por los bees que foron e ficaron de Pero Pegote oytenta mrs, de moneda vella segundo que se contiina en huna sentença arbitraria que fora dada por çertos homes boos arbitros en la qual sentença se contina que o moesteiro, abade e convento de San Salvador de Leres

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ouvese livremente pa senpre a medade dos bees que foran do dito Pero Pegote e o dito moesteiro de San Françisco a outra medade et que o dito moesteiro de San Françisco por la dita sua medade dos ditos bees pagase cada ano por senpre a di-to moesteiro de Santa Clara os didi-tos oyteenta mrs”38.

En 12 de mayo del año 1418, “frey Françisco gordian do moesteiro de San

Françisco de Santiago e frey Gonçalvo de Noya, custodio do dito moesteiro e frey Fernando de Pas fraire do dito moesteiro e gordian do moesteiro de San Françisco de Pontevedra, e frey Juan de Santiago, doutor e frey Ares procura-dor do dito moesteiro de San Françisco de Santiago”, otorgan un poder a Al-fonso Guillelmes, jurado de Noia, para que actúe en su nombre en un pleito que el monasterio de san Francisco de Santiago llevaba con los herederos de “Pero Paes, escudeiro que foy de Juan de Mendoça”, por el incumplimiento de unas mandas testamentarias39. En este documento también se nos facilita el nombre de un posible ministro provincial de los franciscanos en la provincia de Santia-go, “Juan Garçia, criado do menistro frey Estevoo da Silva”, el cual era desco-nocido hasta ahora. En cuanto al fray Fernando de Pas, guardián de Pontevedra en este año, sabemos que también ejerció de guardián del convento de Santiago en los años 1413,1434 y 1435.

Hacia 1420, descubrimos que los franciscanos estaban realizando obras para traer agua hasta su convento a través de una cañería. Esta importante e útil construcción, supondría una gran inversión por parte de la comunidad, lo que motivo que tuvieran que vender algunas propiedades para poder financiarla. Así, en 12 de octubre del año 1422 vemos a su procurador “frey Vaasco Rrodri-gues de Tuy”, vender al monasterio de santa Clara de Pontevedra, “con liçençia et outorgamento do menistro da orden de San Françisco pa fazer venda e ven-der a dita medade dos ditos bees que foran do dito Pero Pegote que perteesçian a o do dito moesteiro de San Françisco pa se fazer por eles e acabar a obra da agoa dos canos que avia de vyen a o dito moesteiro de San Françisco”40. Buena gestión la del convento de san Francisco, pues con esta venta conseguían una triple finalidad. Primeramente conseguían recursos para financiar la obra. Se-gundo, se deshacían de unas propiedades que como vimos atrás estaban carga-das con una obligación anual al convento de santa Clara, haciéndose muy difícil

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por esta carga, su venta a un tercero. Y por último cumplían con su Regla que les impedía la tenencia de bienes inmuebles.

Sobre esta traída de aguas al convento disponemos de bastante información gracias a un disputado pleito que en 1767 se suscitó entre la comunidad y el regimiento de Pontevedra por su propiedad41. Se sabe que el manantial estaba en san Mauro de Moldes, y desde aquí a través de unos tres Km. de cañería, en los que se roturaron y desbrozaron montes, se llevaba el agua hasta su convento. Las obras ya estaban iniciadas en 1420, pues en este año el mercader Pedro Tomé, lega en su testamento una cantidad para este menester “60 mrs, para os canos da agoa do mosteiro de San Françisco”. Suponemos que el caño princi-pal surtiría al edificio conventual y anexos, huerta, etc., dejando libre la sobran-te para el servicio de los habitansobran-tes de la villa, mediansobran-te la construcción de otro caño hacia la plaza de la Herrería. Esta cesión de uso, con el tiempo se converti-ría en una obligación hacia el concejo, lo que inevitablemente produjo roces entre ambas instituciones.

Así debió ocurrir desde principios del siglo XVI. En el pleito, el convento alegaba que la cañería era suya porque ellos la habían construido por sus pios medios sin la ayuda del concello. Sin embargo, estos reclamaban su pro-piedad porque decían que la obra que hicieron los frailes se deshizo y quedó abandonada tras las guerras de finales del siglo XV, y que la actual la recons-truyeron ellos por sus medios hacía 1537 con la ayuda del emperador Carlos V. Se presentaron como prueba varias disputas y concordias realizadas entre am-bas partes para regular su aprovechamiento, como las realizadas en 1535, 1548 y 1697, en las que no se resolvió el asunto. El pleito se alargaba y los ánimos de los regidores se exacerbaban. En este punto se recurrió a las coacciones y las amenazas, como la que el ayuntamiento realizó a la abadesa de santa Clara para que no dejara a los franciscanos ningún documento que les pudiera servir de prueba.

Al final y como era de esperar el concello se salió con la suya. Por sentencia del Consejo Real dictada en 1771, este órgano concede al Regimiento de la villa la propiedad del agua, dándoles facultad para que reparen la cañería y distribuya sus aguas libremente y con equidad, sin que el convento ni nadie pueda impe-dírselo. En esta sentencia como es lógico se buscó el interés general sobre el particular, sin embargo, creo que no hay ninguna duda de que los primeros

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constructores de esta importante obra de ingeniería del siglo XV fueron los franciscanos.

En 08 de febrero de 1427 “ou doutor frey Johan Poenta, gardian do

moes-teyro de San Françisco da dita villa e frey Gonçalvo, vigario do dito moestey-ro”, firman como testigos en un arriendo que realiza Doña Mayor, abadesa del monasterio de Santa Clara, de una casa situada en Tuy, a Juan Gómez y a su esposa Inés Gómez42.

En 08 de septiembre de 1429 “frey Juan da Feyra, frayre do mosteiro de

Sant Françisco”, con “liçençia e mandamento do doctor frey Fernando Agulla, guardian do dito mosteiro”, se concierta con el convento de santo Domingo de Pontevedra para hacerles entrega de unos bienes que reclamaban a su madre, Maria Eanes de Feyra43. Se trataba de unas propiedades que esta había recibido por el testamento de su tío “Afon Eanes Fogeu do Atoude”, con la condición de que se dijeran 50 misas anuales por su alma en dicho convento. Como nunca se había cumplido con esta obligación, para evitar pleitos y contiendas, su hijo fray Juan de Feira les cede la propiedad, manteniendo el uso fruto para su ma-dre mientras esta viva, “con a condiçon que a dita Maria Eans mina madre, aja, tena, leve en toda sua vida pa sy como herees os uso fruutos dos sobre ditos bees et despois de seu finamento que se tornen os aja e leve o dito mosteiro de Sant Domingo e convento del”.

En 16 de abril de 1433, el “pedreiro Ares Lopes”, se concierta con Pedro Cruu “O Vello”, regidor de Pontevedra para construir la capilla de santa Catali-na del convento de san Francisco, “que eu faça de pedra tallada e de arquos et de bobeda a capela de Santa Catalina do moesterio de San Françisco da dita vila”44. Esta capilla parece que pertenecía a la familia de los Parada, pues según

dice el documento se hacía para que “seja o moymento da moller de Sueiro

Eans de Parada”. Pedro Cruu también tenía en propiedad otra capilla en dicho convento, la de santa María, que había sido construida por el mismo cantero, “ey de faser a tamana do grandor et tan fremosa e tal como a outra capela de Santa Maria do dito moesteiro que eu fise a vos o dito Pero Cruu”. Todo esto se realiza en presencia de “o maestro frei Rodrigo de Nogueira, o apresentado

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frey Martino Cabeça, e o doutor frai Juan Peenta, e o gardian frei Fernando de Minoferral”.

En 19 de octubre de este mismo año,

“o doutor frey Fernando de Momferral, gordian do moesteiro de San Françisco da villa de Pontevedra, et frey Gonçalvo Rodrigues et frey Fernando de Noguei-ra, mestres en teologia et frey Martino de Deça, liçençiado, et frey Fernan de Montes, vicario, et frey Afonso de Morana et frey Alvaro de Valença, bachille-res,et frey Fernando de Salamanca et frey Fernando de Caldas et frey Gonçalvo de Tui, fraires conventuaas do dito moesteiro”,

aforan a Juan y Alfonso de Moldes y a sus mujeres vecinos de san Pedro de Campañó, varias heredades en las feligresías de san Pedro de Campañó, santa María de Alba y san Vicente de Cerponzóns, (Pontevedra)45. A cambio estos se obligan a pagar a dicho monasterio un tercio del vino y un cuarto del pan de la cosecha anual de estas tierras.

Posteriormente en 24 de octubre, el convento vende al mercader Fernán Váz-quez y a su mujer Inés Pérez, el casal de Nantes, situado en la feligresía de santa Baia de Nantes, (Pontevedra), por la cuantía de “mill et oytoçentos mrs. de mo-neda vella contando a branca en tres dineiros”46.

Siguiendo con la búsqueda de frailes franciscanos en el entorno de la ciudad de Pontevedra, en 29 de julio de 1439, aparece el “mestre Rodrigo de Nogueyra, gordian do Mosterio de San Françisco”, firmando como testigo en la expedición del traslado de un foro que presenta Domingo Juan, procurador del hospital de lacerados de Santa María del Camino de Pontevedra47.

En 07 de noviembre de 1445,

“frey Afonso de Moraña meestre en theolosia, gardian do moesteyro de San Françisco da vila de Pontevedra e frey Rodrigo de Nogueira, meestre en theolo-sia e frey Martin Cabeça, liçençiado e frey Fernan Agulla e frey Juan Poenta e frey Juan de Salzeda, doutores e frey Fernan de Montes, vicario e frey Alvaro, bachiller e frey Juan da Feira e frey Afonso Garcia fraires conventuales”,

aforan a Juan de Oitavén y a su mujer Maria de santa Maria, el casal de Quintela, Moaña (Pontevedra), el cual pertenecía al monasterio, “por parte et

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herança de Payo Sorreda de Soutomayor”48. Por este foro deben pagar

anual-mente, “por cada dia de Santa Maria do mes de setenbro... çen mrs de moeda

vella de des dineiros un mor”.

Siete años después, en 14 de enero de 1452,

“o mestre frey Afonso de Moraña menestro dos moesteyros da orden de San Françisco da provynçia de Santiago, e o doutor frey Rodrigo Poedo, o vicario frey Afonso Ferro, e frey Gonçalvo de Tuy, e frey Afonso Garçia, e frey Alvaro de Aveanquos, e frey Vaasco de Pontevedra e o bachiller frey Juan Paleo e frey Loys e frey Lopo e frey Vaasco de San Martino e frey Paulos frayres do moes-teyro de San Françisco da villa de Pontevedra”,

vuelven a aforar a Juan de Oitavén y a su mujer el casal de Quintela, pero es-ta vez el foro es por tres voces, correspondiendo a cada voz veintinueve años,

debiendo pagar los primeros veintinueve “por cada dia de San Martino de

no-venbro .. çen mrs de moeda vella branquos en tres dineros”, y las dos voces

siguientes “e cada ano dende adeante sasenta mrs da dita moeda en cada hun

dos outros anos”49.

Durante la edad media son escasas las informaciones que nos han llegado so-bre las actividades científicas o culturales desarrolladas por la comunidad de nuestro convento. La documentación conservada trata casi en exclusiva de temas económicos, lo que distorsiona bastante nuestra percepción a la hora de intentar hacernos un juicio acertado sobre estas capacidades. Sin embargo, por la presen-cia en la comunidad de frailes con el título de doctores, bachilleres, maestros en teología, etc., se deduce que estos habrían cursado algún tipo de estudio, posi-blemente universitario. Durante la etapa conventual está constatada la existencia en varios conventos de nuestro país la existencia de escuelas, llamadas estudios generales, como en Salamanca, Palencia, Lleida, etc. También se conoce su presencia en las distintas universidades españolas y europeas de Salamanca, París o Bolonia, adonde acudirían como alumnos llegando algunos de ellos, los más aventajados a ejercer como profesores.

Por esta carencia, no puedo explicar cuáles fueron las capacidades que tenía fray Alfonso de Moraña, guardián de Pontevedra, para que en el capítulo pro-vincial celebrado en la ciudad de León en 1447, le eligieran por propro-vincial de la provincia franciscana de Santiago. Por su apellido Moraña suponemos que sería

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natural de esta comarca pontevedresa. Lo vemos de morador en nuestro conven-to ya en 1433 y a parte de su posterior guardianía entre 1445 a 1447, y de su provincialato de 1447 a 1452 al menos, desconozco ningún otro aspecto de su vida. Sin embargo, debió ser un hombre de cualidades destacable, para otorgár-sele las riendas de la provincia en uno de los momentos más delicados de su existencia. Se trata de los años siguientes a la primera separación efectiva entre las dos grandes familias franciscanas, la observante y la conventual o claustral, que se produjo en 1443. Voy a intentar explicar brevemente sus antecedentes.

Una de las grandes disputas y fuente de numerosas tensiones a lo largo de la historia franciscana fue la del estricto seguimiento o no de la Regla. La Orden de los frailes menores fue fundada por san Francisco de Asís a principios del siglo XIII en Italia y gracias a la protección de los papas rápidamente se extendió por toda Europa, fundándose conventos en las principales ciudades. Este santo re-dactó hacia 1209 una norma o Regla para los que quisieran vivir bajo sus ense-ñanzas, basada en la pobreza evangélica de los primeros cristianos, la cual fue aprobada formalmente por el papa Honorio III en 1223. Era muy estricta en cuanto a la tenencia de posesiones, pues decía que los frailes no podían tener bienes ni en privado ni en común, obligándoles a vivir de la limosna. También impuso el voto de obediencia entre los miembros de la Orden respecto a los superiores, que serían elegidos democráticamente en capítulos cada ciertos años.

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Aunque los observantes tenían parte de razón al acusar a los conventuales de incumplir los preceptos de pobreza, ellos también incumplieron otra obligación muy importante contenida en la regla, la obediencia. Con independencia de que las directrices de los superiores de la Orden fueran negligentes o acertadas, al no aceptarlas situándose al margen de ellos y buscando el apoyo de terceros para sustraerse a su gobierno, cayeron en desobediencia hacia estos. Se trata de un tema complejo que aun hoy en día genera grandes controversias.

Fueron pasando los años con importantes disputas y acuerdos entre ambas familias, en los que la rama observante estuvo más o menos sujeta a la obedien-cia de los superiores de la conventualidad, hasta que llegamos al pontificado del agustino Eugenio IV (1431-1447), más cercano a los ideales reformistas. Este papa, posiblemente se planteó reformar la Orden llevándola por el camino de la observancia a través de su cúpula, según se deduce de sus actuaciones posterio-res. Su idea era nombrar de propia autoridad o hacer elegir, a un observante, por ministro general de la Orden y a través de aquí, hacer lo mismo en las provin-cias. Sin embargo como veremos a continuación esto no era tan sencillo.

La ocasión se le presentó con la muerte del ministro general fray Guillermo de Casali en 2 de febrero del año 1442, en Florencia, dentro de la provincia franciscana de La Toscana, (Italia). Según las constituciones de la Orden, cuan-do fallecía el ministro general, automáticamente pasaba a ejercer todas sus fun-ciones con la denominación de vicario general, el ministro provincial de la pro-vincia donde este hubiera fallecido, hasta la celebración del siguiente capítulo general. El capítulo para elegir a su sucesor se convocó para mayo del año 1443 en la ciudad de Padua (Italia). El ministro provincial de Toscana, fray Dalisman, también falleció ese mismo año, por lo que en su lugar y muy posiblemente por presión del papa, se eligió por primera vez a un observante por vicario general de la Orden, a fray Alberto de Sarciano50.

Llegó la fecha de celebración del capítulo y parece ser, que el papa Eugenio IV quería a toda costa que saliera por ministro general el hasta entonces vicario general y para presionar a los ministros provinciales electores expidió la bula

Dispositione Divina V-1443, dejando a voluntad de fray Alberto de Sarciano la potestad de su aplicación o no. Esta bula era una bomba, pues si se aplicaba

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disponía que los ministros provinciales que llevaran más de diez años en el car-go, la mayor parte de ellos, ya que hasta entonces este empleo era vitalicio, cesa-rían inmediatamente en el mismo. A pesar de esta amenaza y aún a riesgo de perder su oficio, estos no se amedrentaron y eligieron a un conventual por minis-tro general. Esta elección recayó en fray Antonio Ruscones, provincial de Milán, la cual el papa aceptó por no desagradar al duque de Milán.

Pero sin duda tomaría esta elección como un desaire y aunque no pudo evi-tarla, tenía medios de sobra para imponer su autoridad impidiendo que estos se salieran con la suya. Ante la imposibilidad de una reforma general, decidió al menos independizar a los observantes de la obediencia a los prelados conventua-les, otorgándoles la facultad de ser gobernados únicamente por sus propios supe-riores y rompiendo por primera vez con la unidad de la Orden. Estos supesupe-riores pasarían a denominarse vicarios generales y vicarios provinciales, a semejanza y con la mismas funciones en la familia observante que el ministro general y los ministros provinciales en la claustra. En la teoría no fue una ruptura total, la cual no se produjo formalmente hasta 1517 con la bula Ite Vos del papa León XII, aunque en la práctica si lo fue. Para guardar las formas se mantuvo una cierta dependencia de cortesía del vicario general de los observantes respecto al minis-tro general de la Orden, conventual, pero sin ser vinculante. Con esta reforma quedaba desarmada la principal acusación que esgrimían los conventuales contra los observantes, la del incumplimiento del voto de obediencia hacia sus superio-res.

Me cuesta creer cómo se llegó a esta situación y además con el permiso del papa. Si el principal punto de discordia entre ambas familias era la posibilidad o no de poseer y retener bienes inmuebles, facultad concedida por pontífices ante-riores, teniendo potestad para ello, ¿por qué el papa no anuló estos privilegios? Con esta medida posiblemente se hubiera evitado esta división, pues aunque había más puntos en discordia, el resto eran cuestiones menores que se podrían haber solventado sin grandes dificultades.

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sin duda se debió a las coacciones de los visitadores y reformadores observantes enviados por el papa, que con el apoyo decisivo del rey Juan II de Castilla, se les permitió campar a sus anchas. Se trata de un momento oscuro en la historia de nuestra provincia, pero dudo mucho que este pase a la observancia se produjera de forma voluntaria y pacífica por sus moradores.

A esta situación como es lógico se opondría con todas sus fuerzas el entonces provincial de la provincia de Santiago, fray Felipe de Astorga, quien intentaría recuperarlos sin éxito con todos los medios a su alcance. Por su resistencia a esta reforma forzada, en 12 de diciembre de 1446 el papa Eugenio IV le destituyó aplicándole el breve Dispositione Divina51. Este es el breve que había amenaza-do con aplicar en el anterior capítulo general aunque al final no se había llevaamenaza-do a efecto. En el anterior de 1443 se disponía el cese de los ministros provinciales que llevaran más de 10 años en el oficio, sin embargo en este caso concreto, alegando las constituciones y usos loables de la orden redujo a tres años el tiem-po máximo que tiem-podía estar un provincial en el cargo. Con esta escusa fray Feli-pe de Astorga fue cesado porque era provincial desde 1441, convocándose capi-tulo provincial para elegir a su sucesor en el año siguiente.

Eugenio IV murió en febrero de 1447 y el capítulo se celebró en León antes de agosto de este mismo año en un ambiente muy enrarecido, saliendo elegido por provincial el guardián de Pontevedra, fray Alfonso de Moraña52. En 12 días del mes de agosto de este mismo año se hallaba en el convento de san Francisco de Ourense para girar visita y comunicar su elección:

“Año do nasçemento de nostro Señor Ihu Xpo del mill CCCC, XLVII años, martes oyto dias do mes de agosto, eno mosteiro de Sant Françisco da çidade Dourense, estando juntados ena capella do Santo Antonio do dito mosteiro, se-gundo que lo han de uso e costume de juntar en seu cabildo, frey Lopo Concho, gardian, e o dottor do convento frey Ares de Pesqueras, frey Juan Loys, jubila-tus, frey Juan, vigario do convento, frey Juan de Çelanova, frey Gomes de Le-mos, frey Diego de LeLe-mos, frey Gonçalvo Parragues, frey Alvaro de Balboa, frey Diego Rodrigues, frey Maçia, frey Fernando de Modrero, frey Rodrigo de Guimaran, frey Gens de Santiago, diseron en presençia de min o notario

51 Fray Ulricus HÜNTEMANN, Bullarium Franciscanum, Nova series, Tomo I, registros 1008 y

1034.

52 Los observantes también celebraron su primer capítulo independiente de la conventualidad en

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cripto e cada huun deles diso que por quanto a sua noticia vinera e sabian e eran çertos que o Santo Padre, olim Eugenio Quarto, privara, deposiera e amoviera por motu propio, de ministro da provinçia de Santiago a frey Filipo, ministro que fuera et os frayles e conventos dos otros mosteiros da dita provinçia e de sua orden se juntaran e feseran congregaçion xeral ena çibdat de Leon pa elegir otro ministro segundo que el papa lles mandara, aaquel eles non foran nin enbiaran por que o tenpo fora breve, ena qual elegeran concorditer por ministro al rreve-rendo frey Afonso de Moraña, mestre en Santa Teologia, que presente ali estava, que eles e cada huun deles aprovavan e consentian certificados da dita privaçion do dito frey Filipe e da dita election do dito frey Afonso mestre, que aprovavan e consentian e elegian, aprovaron, consentiron e elegiron si necesario era, e quanto en ellos era ena dita election feita a dito frey Afonso de Moraña e lo to-mavan e tomaron, elegian e elegiron por ministro da dita provinçia de Santiago, et otrosi diseron mas e cada huun deles diso que por quanto o dito frey Filipo fe-sera una apellaçion sobre a dita sua privaçion a la qual eles seendo ignorantes da voontade do dito señor papa se achegaran con animo e entençion de ser de sua parte e opinion, la qual nunca fiseran que eles e cada huun deles se partia e par-tieron dela, renunçiavan, casavan o anulavan e la davan e dieron por ninguna et de todo o susodito, cada cosa e parte delo, os ditos gardian e frayles do dito convento, o dito frey Afonso de Moraña, mestre e ministro pidieron a mi dito notario testimonio, instrumento signado pa garda de seu dereito, huun, dous o mays quantos menester lles feseren, testigos que foron presentes Pero Afonso de Allaris, Gonçalo Lago, morador en Mende e Juan de Cobreros, criado de frey Alvaro de Balboa, chamados e rrogados.”53

Vuelve a aparecer en 14 de enero del año 1452 junto con la comunidad de san Francisco de Pontevedra expidiendo un foro54, desapareciendo a partir de entonces de la documentación. Es muy posible que aun continuara en el cargo y que falleciera en 1454, pues en 18 de de octubre de aquel año se celebró capítulo provincial de la provincia de Santiago para elegir a su sucesor en el convento de san Francisco de Tineo (Asturias), saliendo elegido fray Álvaro de Mayal,

“frey Felipe, dotor en santa teologia, frayre del monesterio de Sant Françisco de la dicha çibdad (de Astorga) regente e lugar teniente en la dicha casa e convento por el reverendo frey Alvaro de Mayal, biblico de Paris, ministro de los frayres menores en la provinçia de Santiago fasta su venida a la dicha casa, jueses dados e deputados por el dicho reverendo ministro en el capitulo quel año pasado de

53 A.C.OU., Protocolos notariales de Ourense, Notas de cancilleres, Notario García Fernández de

Berlanga, Libro II.

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