CONDICIONES GENERALES
COMPAÍA FINANCIERA ARGENTINA - CFA
A.
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS
POR IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA:
Los Servicios, materia de contratacón, serán prestados por IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA a los BENEFICIARIOS, cuando así sean solicitados, las 24 horas del día, los 365 días del año y dentro de las 24hs de solicitado el servicio. Para solicitar un servicio el BENEFICIARIO deberá comunicarse al 0800-222-1430 o bien 11-4136-0647.
DEFINICIONES
Para los efectos de la presentación de los Servicios bajo este Anexo, se entenderá por:
a.
Servicios. Son las actividades, operaciones y funciones a cargo de IKE ASISTENCIA ARGENTINA relacionados con asistencia, cuya descripción, límites, alcances y condiciones se detallan en este condicionado.b.
Fecha de entrada en Vigor: El día a partir del cual los términos y condiciones estipulados en el presente instrumento comenzarán a surtir plenos efectos.c.
Cliente: Toda persona física, titular de una tarjeta de crédito emitida por CFA siempre y cuando su inscripción a este programa de asistencia esté vigente, al momento de producirse una situación de emergencia.d.
Beneficiario(s): Todo cliente CFA que posea Tarjeta de crédito y el grupo familiar que integre el mismo domicilio.e.
Tarjeta: Toda Tarjeta de Crédito con la cual se adhiera a los Servicios, emitida por CFA a residentes en la República Argentina, vigente, válida y que no se encuentre suspendida ni revocada en el momento de ser requerida la prestación de los SERVICIOS.f.
CAT: Centro de Atención Telefónica de IKE ASISTENCIA ARGENTINA.g.
Excedente: Monto a pagar por parte del BENEFICIARIO/Cliente, cuando se supere el tope establecido en la cobertura.h.
Proveedor: Es IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA S.A.i.
Principales ciudades: Aquellas que tienen más de 40.000 habitantes.j.
Urgencia: es la aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de un problema de causa diversa y gravedad variable que genera la conciencia de una necesidad inminente de atención, por parte del sujeto.k.
Emergencia: es aquella situación urgente que pone en peligro inmediato la vida de la persona. En esta situación se requiere una asistencia inmediata.l.
Inmueble: Casa, departamento o unidad para uso habitacional que sea el domicilio residencial del BENEFICIARIO en el cual se prestarán los servicios descriptos en las presentes condiciones. EventualesA.
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA:
Los Servicios, materia de contratación, serán prestados por IKE ASISTENCIA ARGENTINA a los BENEFICIARIOS, cuando así sean solicitados, las 24 horas del día, los 365 días del año y dentro de las 24hs de solicitado el servicio. Para solicitar un servicio el BENEFICIARIO deberá comunicarse al 0800-222-1430 o bien 11-4136-0647
DEFINICIONES
Para los efectos de la presentación de los Servicios bajo este Anexo, se entenderá por:
A.
Servicios: Son las actividades, operaciones y funciones a cargo de IKE ASISTENCIA ARGENTINA relacionados con asistencia, cuya descripción, límites, alcances y condiciones se detallan en este condicionado.B.
Cliente: Toda persona física, titular de una tarjeta de crédito emitida por CFA siempre y cuando su inscripción a este programa de asistencia esté vigente, al momento de producirse una situación de emergencia.C.
Beneficiario(s): Todo cliente CFA que posea Tarjeta de crédito y el grupo familiar que integre el mismo domicilio.D.
Tarjeta: Toda Tarjeta de Crédito con la cual se adhiera a los Servicios, emitida por CFA a residentes en la República Argentina, vigente, válida y que no se encuentre suspendida ni revocada en el momento de ser requerida la prestación de los SERVICIOS.E.
CAT: Centro de Atención Telefónica de IKE ASISTENCIA ARGENTINA.F.
Excedente: Monto a pagar por parte del BENEFICIARIO/Cliente, cuando se supere el tope establecido en la cobertura.G.
Proveedor: Es IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA S.A.H.
Principales ciudades: Aquellas que tienen más de 40.000 habitantes.I.
Urgencia: es la aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de un problema de causa diversa y gravedad variable que genera la conciencia de una necesidad inminente de atención, por parte del sujeto.J.
Emergencia: es aquella situación urgente que pone en peligro inmediato la vida de la persona. En esta situación se requiere una asistencia inmediata.K.
Inmueble: Casa, departamento o unidad para uso habitacional que sea el domicilio residencial del BENEFICIARIO en el cual se prestarán los servicios descriptos en las presentes condiciones. Eventuales cambios de domicilio durante la vigencia del servicio, deberán ser fehacientemente informados por CFA, siempre con anterioridad a cualquier solicitud de asistencia.L.
Accidente: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales al BENEFICIARIO y / o a sus bienes causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente.A.
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA:
Los Servicios, materia de contratación, serán prestados por IKE ASISTENCIA ARGENTINA a los BENEFICIARIOS, cuando así sean solicitados, las 24 horas del día, los 365 días del año y dentro de las 24hs de solicitado el servicio. Para solicitar un servicio el BENEFICIARIO deberá comunicarse al 0800-222-1430 o bien 11-4136-0647
DEFINICIONES
Para los efectos de la presentación de los Servicios bajo este Anexo, se entenderá por:
A.
Servicios: Son las actividades, operaciones y funciones a cargo de IKE ASISTENCIA ARGENTINA relacionados con asistencia, cuya descripción, límites, alcances y condiciones se detallan en este condicionado.B.
Cliente: Toda persona física, titular de una tarjeta de crédito emitida por CFA siempre y cuando su inscripción a este programa de asistencia esté vigente, al momento de producirse una situación de emergencia.C.
Beneficiario(s): Todo cliente CFA que posea Tarjeta de crédito y el grupo familiar que integre el mismo domicilio.D.
Tarjeta: Toda Tarjeta de Crédito con la cual se adhiera a los Servicios, emitida por CFA a residentes en la República Argentina, vigente, válida y que no se encuentre suspendida ni revocada en el momento de ser requerida la prestación de los SERVICIOS.E.
CAT: Centro de Atención Telefónica de IKE ASISTENCIA ARGENTINA.F.
Excedente: Monto a pagar por parte del BENEFICIARIO/Cliente, cuando se supere el tope establecido en la cobertura.G.
Proveedor: Es IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA S.A.H.
Principales ciudades: Aquellas que tienen más de 40.000 habitantes.I.
Urgencia: es la aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de un problema de causa diversa y gravedad variable que genera la conciencia de una necesidad inminente de atención, por parte del sujeto.J.
Emergencia: es aquella situación urgente que pone en peligro inmediato la vida de la persona. En esta situación se requiere una asistencia inmediata.K.
Inmueble: Casa, departamento o unidad para uso habitacional que sea el domicilio residencial del BENEFICIARIO en el cual se prestarán los servicios descriptos en las presentes condiciones. Eventuales cambios de domicilio durante la vigencia del servicio, deberán ser fehacientemente informados por CFA, siempre con anterioridad a cualquier solicitud de asistencia.L.
Accidente: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales al BENEFICIARIO y / o a sus bienes causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente.A.
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA:
Los Servicios, materia de contratación, serán prestados por IKE ASISTENCIA ARGENTINA a los BENEFICIARIOS, cuando así sean solicitados, las 24 horas del día, los 365 días del año y dentro de las 24hs de solicitado el servicio. Para solicitar un servicio el BENEFICIARIO deberá comunicarse al 0800-222-1430 o bien 11-4136-0647
DEFINICIONES
Para los efectos de la presentación de los Servicios bajo este Anexo, se entenderá por:
A.
Servicios. Son las actividades, operaciones y funciones a cargo de IKE ASISTENCIA ARGENTINA relacionados con asistencia, cuya descripción, límites, alcances y condiciones se detallan en este condicionado.B.
Cliente: Toda persona física, titular de una tarjeta de crédito emitida por CFA siempre y cuando suinscrip-ción a este programa de asistencia esté vigente, al momento de producirse una situainscrip-ción de emergencia.
C.
Beneficiario(s): Todo cliente CFA que posea Tarjeta de crédito y sus padres, hijos o hermanos, siempre que los mis-mos integren el mismo domicilio.D.
Tarjeta: Toda Tarjeta de Crédito con la cual se adhiera a los Servicios, emitida por CFA a residentes en la República Argentina, vigente, válida y que no se encuentre suspendida ni revocada en el momento de ser requerida la prestación de los SERVICIOS.E.
CAT: Centro de Atención Telefónica de IKE ASISTENCIA ARGENTINA.F.
Excedente: Monto a pagar por parte del BENEFICIARIO/Cliente, cuando se supere el tope establecido en la cobertura.G.
Proveedor: Es IKÉ ASISTENCIA ARGENTINA S.A.H.
Principales ciudades: Aquellas que tienen más de 40.000 habitantes.I.
Urgencia: es la aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de un problema de causa diversa y gravedad variable que genera la conciencia de una necesidad inminente de atención, por parte del sujeto.J.
Emergencia: es aquella situación urgente que pone en peligro inmediato la vida de la persona. En esta situación se requiere una asistencia inmediata.K.
Inmueble: Casa, departamento o unidad para uso habitacional que sea el domicilio residencial del BENEFICIARIO en el cual se prestarán los servicios descriptos en las presentes condiciones. Eventuales cambios de domicilio durante la vigencia del servicio, deberán ser fehacientemente informados por CFA, siempre con anterioridad a cualquier solicitud de asistencia.Todos los servicios para la asisTencia domiciliaria de urgencia o de conexión para servicios anexos, deben ser soliciTados a EUROP ASSISTANCE en forma graTuiTa al 0800-222-1430 duranTe las 24 horas del día y los 365 días del año. los referidos servicios serán aTendidos por EUROP ASSISTANCE con la mayor pronTiTud posible. a Tal efecTo el beneficiario deberá indicar, además del Tipo de servicio que requiera, alguno de los siguienTes daTos:
- nombre y apellido
- dirección de la vivienda. - número de Teléfono. - número de beneficiario.
a los efecTos de esTa modalidad del servicio de asisTencia al hogar se enTiende por beneficiario al TiTular del servicio, clienTe de efecTivo si.
se enTiende por domicilio, el domicilio declarado por el clienTe de efecTivo si en el servicio conTraTado.
el derecho a las presTaciones de asisTencia Tendrá como ámbiTo de coberTura Todo el TerriTorio de la república argenTina.
las presTaciones relaTivas a los beneficiarios a los que se refiere el arTículo 2 son las indicadas a conTinuación:
SERvICIO dE ASISTENCIA
coberTura a la vivienda enunciada al momenTo de la conTraTación las 24 horas, los 365 días del año.
alcanza los cosTos de desplazamienTo del operario y mano de obra que se requieran para la reparación, los cuales serán a cargo de la compañía hasTa un máximo de:
límiTe de Tres (3) servicios por cada año de vigencia de la póliza por cada rubro: - plomería
- crisTalería - cerrajería - elecTricidad - gas
asisTencia con Tope de $ 800.- por cada servicio.
PlOmERíA
en caso de roTura de cañerías, llaves u oTras insTalaciones fijas de agua en la vivienda asegurada, la compañía enviará, con la mayor pronTiTud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia que se requiera para subsanar la avería, siempre y cuando el esTado de Tales insTalaciones lo permiTa.
CRISTAlERíA
en caso de roTura de vidrios o crisTales de puerTas o venTanas que formen parTe del cerramienTo exTerior de la vivienda, la compañía enviará con la mayor pronTiTud posible, un operario que procederá a la reposición del elemenTo afecTado por la roTura.
CONdICIONES GENERAlES
CERRAjERíA
en caso de pérdida, exTravío o robo de llaves o inuTilización de cerraduras por oTra causa accidenTal, que no se encuenTre cubierTa por oTra garanTía de la póliza y que haga imposible el acceso a la vivienda, la compañía enviará con la mayor pronTiTud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia necesaria para resTablecer la aperTura y el correcTo funcionamienTo de la cerradura.
ElECTRICIdAd
en caso de falTa de energía elécTrica en el inTerior de la vivienda asegurada o en alguna de sus dependencias, producida como consecuencia de una falla o avería de las insTalaciones elécTricas de la misma, la compañía enviará con la mayor pronTiTud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia necesaria para resTablecer el suminisTro de energía, siempre que el esTado de las insTalaciones lo permiTa.
GAS
en caso de roTura de cañerías u oTras insTalaciones fijas de gas a la visTa en la vivienda asegurada, la compañía enviará, con la mayor pronTiTud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia que se requiere para subsanar la avería, siempre y cuando el esTado de Tales insTalaciones lo permiTa.
EmERGENCIAS médICAS – CódIGO ROjO
la presenTe presTación se hará efecTiva anTe la soliciTud de asisTencia frenTe a una emergencia médica o accidenTe, en el cual de no mediar una asisTencia calificada en Tiempo y forma se ponga en peligro la vida, las funciones o los órganos del beneficiario, debiendo iniciarse las acciones en el lugar de los hechos conTinuándolas duranTe el Traslado y aun duranTe la Transferencia.
la presTación comprenderá la aTención, el diagnósTico presunTivo, medidas y/o TraTamienTos preliminares de emergencias que el personal médico deTermine y el evenTual Traslado hasTa el sanaTorio, clínica u hospiTal que corresponda.
serán considerados como beneficiarios el TiTular declarado por el locaTario, su grupo familiar compuesTo por el cónyuge e hijos que vivan bajo el mismo Techo y la persona que desarrolle
habiTualmenTe las Tareas de servicio domesTico en el domicilio declarado.
HOSPEdAjE EN CASO dE SINIESTRO
en caso que la vivienda no presenTe seguridad a consecuencia de un incendio, rayo o explosión producida denTro de su vivienda, el servicio de asisTencia cubrirá y coordinará el hospedaje
correspondienTe para los inTegranTes de la vivienda siniesTrada.
el límiTe de esTa presTación será de $ 300.- hasTa 5 (cinco) días de hospedaje, la opción que se dé primero.
dESPlAzAmIENTO URGENTE dEl bENEfICIARIO POR OCURRENCIA dE SINIESTRO EN El
dOmICIlIO
los gasTos de desplazamienTo urgenTe del TiTular en la república argenTina, hasTa su domicilio, debido a la ocurrencia de un siniesTro de incendio, rayo o explosión en su residencia habiTual que la hiciera inhabiTable o con grave riesgo que se produzcan mayores daños que jusTifiquen su presencia y la necesidad del viaje, siempre que no pueda efecTuar dicho desplazamienTo en el medio de TransporTe uTilizado en el viaje.
el límiTe de esTa presTación será de hasTa $ 500 por año.
TRANSmISIóN dE mENSAjES URGENTES EN CASO dE SINIESTRO
a peTición del beneficiario, su servicio de asisTencia se encargará de TransmiTir mensajes,
relacionados con siniesTros de incendio, rayo o explosión, de la vivienda o comercio beneficiados, para una o más personas residenTes en cualquier país del mundo.
SERvICIO dE lAvAdERO EN CASO dE SINIESTRO.
en caso de incendio, rayo y/o explosión se oTorgará, por pedido del clienTe, el servicio de lavadero por un Término de 5 días y por un valor de $50 (pesos cincuenTa) por día.
siempre que las consecuencias del siniesTro no permiTan llevar a cabo dicha acción denTro del domicilio del asegurado.
ASISTENCIA lEGAl TElEfóNICA EN CASO dE RObO/ACCIdENTE
a soliciTud del beneficiario EUROP ASSISTANCE ARGENTINA S.A lo referirá a un abogado local para que pueda acordar con ésTe, lo represenTe y defienda en caso de que en un proceso civil y/o penal se le impuTe responsabilidad derivada de algún accidenTe/robo de circulación vehicular. europ asísTanse argenTina s.a no se responsabilizará por la acTuación del abogado en
cuesTión ni por el pago de los honorarios del mismo, que deberán ser soporTados por el beneficiario, que es quien en definiTiva decide la conTraTación o no de los servicios de dicho profesional.
ATENCIóN TElEfóNICA PARA CONSUlTAS, HElP dESk
el beneficiario podrá conTacTarse con nuesTro servicio de 9 a 19hs para idenTificar y resolver problemas informáTicos de: insTalación / uTilización / configuración / acceso a inTerneT. o relacionados con: cpu / moniTores / componenTes / periféricos / sisTema operaTivo.
nuesTro equipo Técnico podrá ayudar o no al beneficiario dependiendo del Tipo de problema y del grado de su conocimienTo (usuario iniciado o avanzado)
la presTación Tendrá un Tope de hasTa dos consulTas mensuales por el mismo inconvenienTe o por falTa de manTenimienTo por parTe del beneficiario.
ASISTENCIA EN El AlqUIlER dE EqUIPOS dE INfORmáTICA
EUROP ASSISTANCE asisTirá al beneficiario brindándole alTernaTivas de proveedores en casos de necesidad de alquiler de equipos (compuTadoras, impresoras y scanner)
el cosTo del alquiler corre por cuenTa exclusiva del beneficiario, y deberá ser negociado direcTamenTe con el proveedor.
ASISTENCIA EN lA COmPRA dE EqUIPOS dE INfORmáTICA
a pedido del beneficiario, EUROP ASSISTANCE realizará una invesTigación de precios de equipos y periféricos, en base a una exacTa definición de lo requerido por parTe del beneficiario. esTa presTación se limiTa a compuTadoras, lapTops, impresoras, scanner y servidores.
la responsabilidad de EUROP ASSISTANCE se limiTará a la indicación de proveedores y coTejar
informaciones de precios y marcas de producTos. cualquier negociación de precios y adquisición de equipos deberá ser TraTada direcTamenTe por el beneficiario con el proveedor.
PRESTACIONES A CARGO dEl bENEfICIARIO:
ENvíO TéCNICO dE INfORmáTICA
en caso de que el beneficiario lo soliciTe, EUROP ASSISTANCE enviará un Técnico en informáTica para resolver problemas, realizar up grades, insTalar sisTemas y equipamienTos, insTalar inTerneT, avalar funcionamienTo, y la uTilización de recursos hardware / sofTware / sisTemas / inTerneT / periféricos, indicación de compra o ajusTes de equipos para la correcTa necesidad del beneficiario.
Todas las presTaciones de esTe servicio esTarán a cargo del beneficiario, debiendo aprobar el presupuesTo con anTerioridad a la realización del Trabajo.
PRImEROS PASOS
EUROP ASSISTANCE coordinará el envío de un insTrucTor de informáTica para dar explicaciones en general sobre la uTilización del equipo y de los principales sofTware del mercado, o sisTemas
específicos, para los cuales deberá soliciTar el pedido previamenTe.
Todos los gasTos que surjan de esTe servicio correrán a exclusivo cargo del beneficiario, debiendo aprobar el presupuesTo con anTerioridad a la realización del Trabajo.
dESARROllO dE SISTEmAS
EUROP ASSISTANCE podrá coordinar, a pedido del beneficiario, los servicios de un programador para el desarrollo de sisTemas que el beneficiario indique, en función de sus necesidades.
Todos los gasTos de esTe servicio correrán por cuenTa del beneficiario, debiendo aprobar el presupuesTo con anTerioridad a la realización del Trabajo.
INfORmACIóN dE PRESTAdORES
para casos que no correspondan a una presTación de servicios de urgencia, el presTador, a
soliciTud del asegurado, y con 48 horas de anTicipación, pondrá a su disposición la coordinación del servicio soliciTado enviando a su domicilio, profesionales o personal de empresas que puedan formular un presupuesTo y, en su caso, ejecuTar las obras o lo que el asegurado desee
realizar respecTo de alguna de las siguienTes especialidades: plomería, elecTricidad, cerrajería, gas, albañilería, pinTura, carpinTería, desTapaciones, reparación de audio, Tv y video,
mudanzas, guarda de muebles, servicio de vigilancia, insTalación de esTufas, insTalación de
acondicionadores de aire, insTalación de cocinas, insTalación de lavarropas, jardineros (sólo en cap. fed. y gba), limpieza de alfombras (sólo en cap. fed. y gba), decoración de inTeriores (sólo en cap. fed. y gba), manTenimienTo de pileTas (sólo en cap. fed. y gba). manTenimienTo y arreglo de parques y jardines (sólo en cap. fed. y gba), arreglo de balcones (sólo en cap. fed. y gba). fumigación y
desinfecTación de ambienTes (sólo en cap. fed. y gba), remodelación de domicilios (arquiTecTos) (sólo en cap. fed. y gba).
el presupuesTo de los Trabajos es sin cargo ni límiTe y será siempre a cargo del asegurado el imporTe correspondienTe a la ejecución de los Trabajos y servicios soliciTados y cualquier oTro gasTo que se produjera por el cumplimienTo de Tales presTaciones. los Trabajos efecTuados Tendrán una garanTía de 90 días, excepTuando los servicios de desTapaciones.
EXClUSIONES GENERAlES
sin perjuicio de las exclusiones específicas mencionadas en las presTaciones parTiculares, quedan excluidas de la coberTura:
1. los provocados inTencionalmenTe por el asegurado; los que Tuviesen su origen o fueran una consecuencia direcTa o indirecTa de guerra, guerra civil, conflicTos armados, insurrección,
sublevación, rebelión, sedición, moTín, huelga, desorden popular y oTros hechos que alTeren la seguridad inTerior del esTado o del orden público y que no permiTan a europ assisTance llegar hasTa el lugar del siniesTro.
2. los que Tuviesen su origen o fueren consecuencia de inundaciones, TerremoTo, Temblor de Tierra, erupción volcánica y oTros fenómenos similares de la naTuraleza.
3. los servicios que el asegurado haya concerTado por su cuenTa, sin la previa comunicación o sin el consenTimienTo de europ assisTance.
REINTEGROS
europ assisTance se hará cargo de los servicios presTados a los beneficiarios por oTros profesionales, el siguienTe supuesTo excepcional:
si el beneficiario se enconTrare imposibiliTado de requerir la asisTencia a la cenTral operaTiva de europ assisTance por razones de fuerza mayor.
en Tal supuesTo el beneficiario podrá conTraTar el servicio por su cuenTa, previa auTorización de europ assisTance, cuyo cosTo será reinTegrado al beneficiario, denTro de los límiTes del servicio. el sisTema de liquidación (pago direcTo o reinTegro) quedará a exclusivo criTerio de europ assisTance, aTendiendo a las parTiculares circunsTancias de cada caso.
como condición inexcusable para obTener el pago o el reinTegro de los imporTes respecTivos, el beneficiario, denTro de las 24 horas de producido el evenTo, deberá comunicar fehacienTemenTe a la cenTral operaTiva de europ assisTance los daTos relaTivos al profesional conTraTado, con el objeTo de posibiliTar el conTrol de la presTación por parTe de europ assisTance. el beneficiario, en la misma oporTunidad deberá igualmenTe comunicar a la cenTral operaTiva de europ assisTance las causas excepcionales que le han impedido formular el correspondienTe requerimienTo de asisTencia. el incumplimienTo de esTas obligaciones, provocará la auTomáTica caducidad del derecho del beneficiario a obTener el pago direcTo de los servicios a los presTadores conTraTados y/o el reinTegro de los gasTos ocasionales, siempre denTro de los límiTes de la coberTura.
no mayor a 30 días desde la fecha de realizada la presTación.
ObSERvACIONES:
en ningún caso será efecTuado el reembolso de servicios presTados por Ter-ceros que Tuvieren algún grado de parenTesco con los beneficiarios.dESARROllO dE SISTEmAS
EUROP ASSISTANCE podrá coordinar, a pedido del beneficiario, los servicios de un programador para el desarrollo de sisTemas que el beneficiario indique, en función de sus necesidades.
Todos los gasTos de esTe servicio correrán por cuenTa del beneficiario, debiendo aprobar el presupuesTo con anTerioridad a la realización del Trabajo.