REQUISITOS
DE ACCESIBILIDAD
SEGÚN EL CTE Y SU
APLICACIÓN PRÁCTICA
APUNTES CURSO
REQUISITOS DE ACCESIBILIDAD
SEGÚN EL CTE Y
SU APLICACIÓN PRÁCTICA
CTE + Accesibilidad CTE + Accesibilidad
Revisi
Revisióón de los requisitos bn de los requisitos báásicossicos
“Seguridad de utilizaci“Seguridad de utilizacióón y accesibilidad”n y accesibilidad” (SUA)(SUA)
“Seguridad en caso de incendio“Seguridad en caso de incendio”” (SI)(SI) Real Decreto 173/2010, de 19
Real Decreto 173/2010, de 19 dedefebrerofebrero
Jos
JosééLuis Posada Escobar (Arquitecto)Luis Posada Escobar (Arquitecto) COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE TOLEDO
COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE TOLEDO ––24 Septiembre 201024 Septiembre 2010
A partir de esa fecha solo se puede aplicar el CTE (excepto A partir de esa fecha solo se puede aplicar el CTE (excepto legalizaciones, procesos judiciales, etc.)legalizaciones, procesos judiciales, etc.)
El CTE entróEl CTE entróen vigor al díen vigor al día siguiente de su publicacia siguiente de su publicacióón en el n en el BOE (29BOE (29--marzomarzo--2006)2006)
Durante seis meses (solicitud de licenciaDurante seis meses (solicitud de licencia hasta2929--septsept--06) fue 06) fue optativo aplicar la NBEoptativo aplicar la NBE--CPI/96 o el CTE DB SI (+DB SU)CPI/96 o el CTE DB SI (+DB SU) Aprobaci
Aprobacióón del CTE n del CTE -- RD 314/2006RD 314/2006
RD 314/2006, de 17 RD 314/2006, de 17 dedemarzo (BOE 28-marzo (BOE 28-33--2006) 2006) --Aprueba el CTE Aprueba el CTE
RD 1371/2007, de 19 RD 1371/2007, de 19 dedeoctubre (octubre (BOE 23BOE 23--1010--2007) 2007) --Aprueba el DB Aprueba el DB HR y revisa el conjunto del CTE
HR y revisa el conjunto del CTE
CorrecciCorreccióón de errores del RD 1371/2007 (BOE 20n de errores del RD 1371/2007 (BOE 20--1212--2007)2007)
CorrecciCorreccióón de errores del RD 314/2006 (BOE 25n de errores del RD 314/2006 (BOE 25--11--2008)2008)
Orden VIV/984//2009, de 1Orden VIV/984//2009, de 15 abril (5 abril (BOE 23BOE 23--44--2009) 2009) --Modifica los DBModifica los DB
CorrecciCorreccióón de errores de la Orden VIV/984//2009 (BOE 23n de errores de la Orden VIV/984//2009 (BOE 23--99--2009)2009)
RD 173/2010, de 19 de febrero (BOE 11RD 173/2010, de 19 de febrero (BOE 11--marzomarzo--2010) 2010)Incorpora el requisito de accesibilidad para personas con Incorpora el requisito de accesibilidad para personas con discapacidad
discapacidad
Modificaciones del DB SI Modificaciones del DB SI
Disposiciones y texto vigente del CTE: Disposiciones y texto vigente del CTE: http://http://www.vivienda.eswww.vivienda.es→→ Normativa
Normativa →→CóCódigo Tdigo Téécnico de la Edificacicnico de la Edificacióónn
Textos de DB SI y DB SUA, en archivos PDF y WORD con las Textos de DB SI y DB SUA, en archivos PDF y WORD con las modificaciones del RD 173/2010 resaltadas
modificaciones del RD 173/2010 resaltadas
La LOE, los Requisitos B
La LOE, los Requisitos Báásicos y el CTEsicos y el CTE
La LOE establece los requisitos básicos que se deben cumplir en el proyecto, construcción, mantenimiento y conservación
de los edificios
CTE
“… se regirán por su normativa
específica”
SEGURIDAD SE Estructural SI En caso de
incendio SU De utilización FUNCIONALIDAD
- Utilización - Accesibilidad
para personas con discapacidad - Acceso servicios telecomunicación
HABITABILIDAD HS Salubridad HR Protección
frente al ruido HE Ahorro de
energía
El CTE es el marco normativo que establece las exigencias básicas que permiten
cumplir los requisitos básicos
LIONDAU LIONDAU
LIONDAU LIONDAU
LIONDAU LIONDAU
LIONDAU LIONDAU
Dada la fecha de entada en vigor de la LIONDAU (4
Dada la fecha de entada en vigor de la LIONDAU (4--dicdic--2003) las 2003) las condiciones de accesibilidad deber
condiciones de accesibilidad deberáán ser on ser obligatorias:bligatorias:
-- Para obras nuevas y de reforma:Para obras nuevas y de reforma: 4-4-dicdic--2008 2008 ↔↔ 44--dicdic--20102010 -- Para edificios existentes:Para edificios existentes: 4-4-dicdic--2018 2018 ↔↔ 44--dicdic--20202020
Real Decreto 505/2007 Real Decreto 505/2007
Establece que las de los edificios se incorporen a la Parte I deEstablece que las de los edificios se incorporen a la Parte I del l CTE antes del 1CTE antes del 1--eneroenero--2009 y que simult2009 y que simultááneamente se neamente se incorpore a la Parte II un documento b
incorpore a la Parte II un documento báásico sobre accesibilidadsico sobre accesibilidad
Establece su obligatoriedad:Establece su obligatoriedad:-- a partir del 1a partir del 1--eneroenero--2010 en obras nuevas y de reforma2010 en obras nuevas y de reforma -- a partir del 1a partir del 1--eneroenero--2019 en edificios existentes susceptibles 2019 en edificios existentes susceptibles
de ajustes razonables de ajustes razonables
Aprueba las condiciones Aprueba las condiciones bábásicas de accesibilidad sicas de accesibilidad en los edificios (tambi en los edificios (tambiéén n las de los espacios las de los espacios púpúblicos urbanizados)blicos urbanizados)Accesibilidad, requisito b
Accesibilidad, requisito báásicos del CTEsicos del CTE
La LOE establece los requisitos básicos que se deben cumplir en el proyecto, construcción, mantenimiento y conservación
de los edificios
CTE
“… se regirán por su normativa
específica”
SEGURIDAD SE Estructural SI En caso de
incendio SU De utilización FUNCIONALIDAD
- Utilización - Accesibilidad
para personas con discapacidad - Acceso servicios telecomunicación
HABITABILIDAD HS Salubridad HR Protección
frente al ruido HE Ahorro de
energía
El CTE es el marco normativo que establece las exigencias básicas que permiten
cumplir los requisitos básicos
?? Accesibilidad +A
A
Entrada en vigor: 12-Entrada en vigor: 12-marzomarzo--20102010
No obligatorio para proyectosNo obligatorio para proyectos-- con licencia concedida a la entrada en vigorcon licencia concedida a la entrada en vigor -
- para los que se pida licencia hasta seis meses despupara los que se pida licencia hasta seis meses despuééss
En ambos casos se deben comenzar las obras en el plazo previsto En ambos casos se deben comenzar las obras en el plazo previsto por la licencia, o en su defecto hasta 9 meses despu
por la licencia, o en su defecto hasta 9 meses despuéés de su s de su concesi
concesióón. En caso contrario hay que adecuar el proyecto al RD.n. En caso contrario hay que adecuar el proyecto al RD.
Deroga la Orden del MOPU de 3-Deroga la Orden del MOPU de 3-IIIIII--1980 sobre accesos, 1980 sobre accesos, ascensores y condiciones de VPO para minusvascensores y condiciones de VPO para minusváálidos.lidos.
Deroga el RD 556/1989, de 19 deDeroga el RD 556/1989, de 19 de mayo, sobre medidas mímayo, sobre medidas mínimas nimas de accesibilidad a los edificios.de accesibilidad a los edificios.
RD 173 / 2010 de 19
RD 173 / 2010 de 19 dede febrero -febrero - CTE + AccesibilidadCTE + Accesibilidad
Modifica el RD 505/2007 de forma que el mandato de incorporar Modifica el RD 505/2007 de forma que el mandato de incorporar las condiciones blas condiciones báásicas de accesibilidad al CTE se considere sicas de accesibilidad al CTE se considere cumplido, aunque no se hayan incorporado literalmente.
cumplido, aunque no se hayan incorporado literalmente.
Modifica la Parte I del CTE:Modifica la Parte I del CTE:-
- Validando que la accesibilidad, a pesar de ser un requisito de Validando que la accesibilidad, a pesar de ser un requisito de
“funcionalidad“funcionalidad””, se desarrolle en el CTE. (art. 1.3 y 9.1), se desarrolle en el CTE. (art. 1.3 y 9.1) -- Incorporando al objetivo global del requisito báIncorporando al objetivo global del requisito básico SUA los sico SUA los
objetivos espec
objetivos especííficos de accesibilidadficos de accesibilidad -
- Ampliando las exigencias báAmpliando las exigencias básicas de SUA con una msicas de SUA con una máás: s:
“SUA 9. Accesibilidad“SUA 9. Accesibilidad””.. RD 173 / 2010 de 19
RD 173 / 2010 de 19 dede febrero -febrero - CTE + AccesibilidadCTE + Accesibilidad
Modifica el DB SU (Modifica el DB SU (→→SUA) en lo relativo a accesibilidad, SUA) en lo relativo a accesibilidad, aaññadiendo una nueva secciadiendo una nueva seccióón (SUA 9) y revisando las existentesn (SUA 9) y revisando las existentes
Modifica el DB SI en lo relativo a la evacuaciModifica el DB SI en lo relativo a la evacuacióón en caso de n en caso de incendio de las personas con discapacidadincendio de las personas con discapacidad RD 173 / 2010 de 19
RD 173 / 2010 de 19 dede febrero -febrero - CTE + AccesibilidadCTE + Accesibilidad
Las Las exigencias bexigencias báásicassicasdeben cumplirse en el proyecto, la deben cumplirse en el proyecto, la construcciconstruccióón, n, el mantenimiento y la conservaciel mantenimiento y la conservacióónnde los de los edificios y sus instalaciones. (a
edificios y sus instalaciones. (artrt. 1.4). 1.4)
El CTE se aplica:El CTE se aplica:1
1 A las obrasA las obras
-- de nueva construccide nueva construccióónn, excepto a las de escasa entidad , excepto a las de escasa entidad constructiva, una sola planta, sin car
constructiva, una sola planta, sin caráácter residencial octer residencial o ppúúblico y blico y que no afecten a la seguridad de las personasque no afecten a la seguridad de las personas.. -
- de reformade reforma, ampliaci, ampliacióón, modificacin, modificacióón o rehabilitacin o rehabilitacióón den de edificios existentes.
edificios existentes.
2
2 AAl cambio del l cambio del uso principaluso principal de los edificios existentes, de los edificios existentes, incluso si no se realizan obras
incluso si no se realizan obras(art(art. 2.6). 2.6)
El CTE no es exigible a la edificaciEl CTE no es exigible a la edificacióón existente, mientras no se n existente, mientras no se realicen obras ni se cambie su uso principal.realicen obras ni se cambie su uso principal.
CTE Parte I
CTE Parte I –– Exigencias báExigencias básicassicas
Recopilaci
Recopilacióón de n de respuestas del respuestas del Ministerio de Vivienda a las Ministerio de Vivienda a las consultas sobre aplicaci
consultas sobre aplicacióón del n del DB SI
DB SIy del DB SUA.y del DB SUA.
Ultima actualizaci Ultima actualizacióón:n:
18 -18 -mayo -mayo - 20102010 http://
http://www.vivienda.eswww.vivienda.es →→ Normativa
Normativa →→CóCódigo Tdigo Téécnico cnico de la Edificaci
de la Edificacióón n →→Descargas Descargas de documentaci
de documentacióón PDF al final n PDF al final de la p
de la pááginagina
Criterios para interpretaci Criterios para interpretacióón yn y aplicaci
aplicacióón de los DB SI y DB SUAn de los DB SI y DB SUA
II Ámbito de aplicación
No contempla riesgos específicos de:
- las instalaciones
- las actividades laborales
- las zonas y elementos reservados para personal especializado en mantenimiento, reparaciones, etc.
DB SUA
DB SUA –– IntroduccióIntroducciónn
- los elementos para el público singulares y característicos de las infraestructuras del transporte: andenes, pasarelas, pasos inferiores, etc. incluso condiciones de accesibilidad.
El DB SUA remite a sus reglamentaciones específicas.
II ÁII Ámbito de aplicacimbito de aplicacióónn
Los elementos del entorno del edificio a los que les es aplicable el DB SUA son únicamente los que formen parte del proyecto de edificación.
Conforme a la LOE (art. 2, punto 3) “… se consideran comprendidas en la edificación sus instalaciones fijas y elequipamiento propio, así como los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio”.
DB SUA
DB SUA –– IntroduccióIntroducciónn
IIIIII Criterios generales de aplicacióCriterios generales de aplicaciónn
En edificios protegidosEn edificios protegidosexistentes, cuando la aplicacióexistentes, cuando la aplicación de las n de las condiciones del DB SUA sea tcondiciones del DB SUA sea téécnica o econcnica o econóómicamente inviable micamente inviable o sea incompatible con el grado de protecci
o sea incompatible con el grado de proteccióón del edificio se n del edificio se podrápodrán aplicar las soluciones alternativas que permitan la mayor n aplicar las soluciones alternativas que permitan la mayor adecuaci
adecuacióón posible.n posible.
En edificios existentes pueden aceptarse elementos y dispositivos En edificios existentes pueden aceptarse elementos y dispositivos mecámecánicos que aporten prestaciones equivalentes. nicos que aporten prestaciones equivalentes.
En el libro del edificio deberáEn el libro del edificio deberáquedar constancia de las quedar constancia de las limitaciones al uso del edificio necesariaslimitaciones al uso del edificio necesarias como consecuencia del como consecuencia del grado final de adecuaci
grado final de adecuacióón alcanzado, que deban ser tenidas en n alcanzado, que deban ser tenidas en cuenta por el titular de la actividad.
cuenta por el titular de la actividad.
DB SUA
DB SUA -- IntroducciIntroduccióónn
DB SUA
DB SUA ––Zonas de uso “Zonas de uso “púpúblico y blico y “privado“privado””
Alojamientos, oficinas, cocinas
Zonas comunes y de circulación, comedores, salones
Residencial Público
Habitaciones, quirófanos, despachos, almacenes, cocinas
Consultas, zonas de espera Sanitario
Trastiendas, almacenes, oficinas
Zonas de venta, zonas comunes de centros comerciales
Comercial
Zonas restringidas al público
Todas las zonas, excepto las restringidas al público
Pública Concurrencia
Despachos Aulas, salón de actos, bibliotecas,
zonas de circulación Docente
Zonas de trabajo Espacios de atención al público
Administrativo
Todas Ninguna
Residencial Vivienda
Zonas de uso privado:
Las que no sean de uso público
Zonas de uso público:
Utilizables por el público en
general, personas no familiarizadas con el edificio
Uso principal
En un cambio del uso característico de un edificio o establecimiento ¿se debe aplicar el DB SUA a todo él o únicamente a los elementos que vayan a ser objeto de las obras?
Conforme al artículo 2.6 del CTE (Parte 1) "... en todo
cambio de uso característico de un edificio o establecimiento existente se deberá comprobar el cumplimiento de las
exigencias básicas del CTE".
Por tanto, las obras a realizar en un cambio de uso deben ser las necesarias para que el conjunto del edificio o establecimiento cumpla el requisito básico SUA.
Interpretaciones publicadas por el MVIV
En una obra de reforma con cambio de actividad, que no suponga cambio del uso principal del establecimiento conforme a los usos considerados por el DB SU, pero sí conforme a los usos contemplados por la regulación
urbanística, ¿hay que aplicar íntegramente el DB SU, como corresponde a un cambio de uso?
No. Hay que aplicar el DB SUA a los elementos afectados por la reforma, como corresponde a las obras sin cambio del uso principal. Si el cambio de actividad se hiciese sin obra no habría que aplicar el DB SUA.
Hay que tener en cuenta que el CTE regula su aplicabilidad en función de su propia diferenciación de usos, establecida a efectos constructivos y de riesgo, no en función de la que establezcan otras regulaciones a otros efectos ajenos a los anteriores, como pueden ser los urbanísticos
Interpretaciones publicadas por el MVIV
IIIIII Criterios generales de aplicacióCriterios generales de aplicaciónn
Cuando se cambie de uso un establecimiento integrado en un Cuando se cambie de uso un establecimiento integrado en un edificio existente (*) debe aplicarse el DB SUA a eseedificio existente (*) debe aplicarse el DB SUA a ese establecimiento,
establecimiento,incluso dotarle de un itinerario accesible desde incluso dotarle de un itinerario accesible desde la v
la víía pa púública cuando sea exigible conforme a SUA 9.blica cuando sea exigible conforme a SUA 9.
(*) Solo se entiende por
(*) Solo se entiende por ““cambio de usocambio de uso””el cambio del uso principal el cambio del uso principal de un establecimiento.
de un establecimiento.
Limita severamente la implantaciLimita severamente la implantacióón de nuevos establecimientos n de nuevos establecimientos en plantas de piso de edificios existentes. Por ejemplo:en plantas de piso de edificios existentes. Por ejemplo:
-- Cualquier establecimiento destinado a uso púCualquier establecimiento destinado a uso público.blico.
-- Cualquier establecimiento de uso privadoCualquier establecimiento de uso privado con mcon máás de 200 ms de 200 m22 útiles o que obligue a salvar mútiles o que obligue a salvar máás de dos plantas desde unas de dos plantas desde una entrada principal accesible del edificio.
entrada principal accesible del edificio.
DB SUA
DB SUA -- IntroducciIntroduccióónn
Nuevo establecimiento en edificio existente Nuevo establecimiento en edificio existente
>14 m>14 m Cambio de uso Cambio de uso Vivienda
Vivienda →→Oficina púOficina públicablica (solo posible si es
(solo posible si es ≤≤1.500 m1.500 m22))
Para h
Para h ≥≥14 m 14 m →→eescalera protegida en todas las plantas:scalera protegida en todas las plantas:
-- Sin acceso directo desde zonas ocupablesSin acceso directo desde zonas ocupables -
- CompartimentacióCompartimentación EI 120, puertas EIn EI 120, puertas EI2 2 60-60-C5, ventilada, etc.C5, ventilada, etc.
-- Capacidad de evacuacióCapacidad de evacuación suficiente para la nueva ocupacin suficiente para la nueva ocupacióón; la densidad de n; la densidad de ocupaci
ocupacióón de oficinas es el doble de la de viviendasn de oficinas es el doble de la de viviendas
-- Si el nuevo establecimiento es púSi el nuevo establecimiento es público, condiciones de accesibilidad y blico, condiciones de accesibilidad y de evacuaci
de evacuacióón de personas con discapacidad: ascensor accesible, n de personas con discapacidad: ascensor accesible, itinerarios accesibles,
itinerarios accesibles, ááreas de refugio reas de refugio
Hay que adecuar Hay que adecuar
la escalera la escalera (si sirve a varios (si sirve a varios
usos, al m usos, al máás s
restrictivo) restrictivo)
P pers.
P pers.
P pers.
P pers.
P pers.
P pers.
P pers.
P pers.
P pers.
P pers.
2P pers.
2P pers.
2P pers.
2P pers.
2P pers.
2P pers.
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 1 ResbaladicidadResbaladicidadde los suelosde los suelos
Se excluyen los usos Residencial Vivienda, Aparcamiento, y las Se excluyen los usos Residencial Vivienda, Aparcamiento, y las zonas de
zonas de ocupaciocupacióón nula.n nula.
Se fijan clases en funci
Se fijan clases en funcióón de la resistencia al deslizamiento n de la resistencia al deslizamiento RRdd determinada seg
determinada segúún UNEn UNE--ENV 12633: 2003ENV 12633: 2003
-
- ÚÚnicamente se admiten 1 nicamente se admiten 1 óó2 peldañ2 peldaños aislados os aislados (nunca en un (nunca en un itinerario accesible) :
itinerario accesible) :
-- en zonas de uso restringidoen zonas de uso restringido -
- en zonas comunes de edificios de vivienda (1)en zonas comunes de edificios de vivienda (1) -
- en accesos y salidas de los edificios (1)en accesos y salidas de los edificios (1) -- en estrados o escenariosen estrados o escenarios
(1) Cuando deban ser itinerario accesible, precisan anchura (1) Cuando deban ser itinerario accesible, precisan anchura suficiente para el paso con pelda
suficiente para el paso con peldañños y el paso por rampaos y el paso por rampa DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 22 Discontinuidades en el pavimentoDiscontinuidades en el pavimento -- No se admiten juntas con máNo se admiten juntas con más de 4 s de 4
mm de resalto, excepto en zonas de mm de resalto, excepto en zonas de uso restringido o exteriores.
uso restringido o exteriores.
-- Los desniveles ≤Los desniveles ≤ 5 cm se deben 5 cm se deben resolver con pendiente
resolver con pendiente ≤≤25%25%
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas
2 pelda
2 peldañños x 17,5 = 35 os x 17,5 = 35 cmcm Itinerario no accesible Itinerario no accesible
Rampa Rampa Itinerario accesible Itinerario accesible 10% 10% →→longitud 3,5 m longitud 3,5 m →→no admisible (no admisible (maxmax. 3 m). 3 m)
8% →8% →longitud 4,4 m longitud 4,4 m →→admisible (admisible (maxmax. 6 m). 6 m) 6%
6% →→longitud 5,8 m longitud 5,8 m →→admisible (admisible (maxmax. 9 m). 9 m)
>
>1 m1 m
>1,20 m>1,20 m
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 3
3 DesnivelesDesniveles
-- Debe haber protecciDebe haber proteccióón en los desniveles, huecos (verticales u n en los desniveles, huecos (verticales u horizontales) balcones, ventanas, etc. con ca
horizontales) balcones, ventanas, etc. con caíída da ≥≥55 cm excepto 55 cm excepto cuando la ca
cuando la caíída sea muy improbable, da sea muy improbable, siendo el uso el siendo el uso el previsible.previsible.
-- En desniveles < 55 cm en zonas de En desniveles < 55 cm en zonas de uso puso públicoúblico, debe haber , debe haber diferenciaci
diferenciacióón visual y tn visual y tááctil a 25 cm del borde.ctil a 25 cm del borde.
-- Barreras:Barreras:
-
- h h ≥≥ 90 cm para desnivel ≤90 cm para desnivel ≤ 6 m, ≥6 m, ≥ 110 cm para desnivel >110 cm para desnivel >6 m6 m -- resistencia segresistencia segúún DB SEn DB SE--AE para fuerza horizontal 3,0 / 1,6 / AE para fuerza horizontal 3,0 / 1,6 /
0,8 kN/m seg
0,8 kN/m segúún actividadn actividad
-- en uso Residencial Vivienda, en escuelas infantiles y en en uso Residencial Vivienda, en escuelas infantiles y en zonas zonas de
de uso puso púúblicoblicode usos Comercial y Púde usos Comercial y Pública blica Concurrencia, Concurrencia, deben ser no escalables y no
deben ser no escalables y no “penetrables“penetrables””
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas Barrera no escalable:
Barrera no escalable:
Sin salientes horizontales Sin salientes horizontales
-- de máde más de 5 cm a altura entre 30 y s de 5 cm a altura entre 30 y 50 cm del suelo
50 cm del suelo -
- de máde más de 15 cm de fondo a s de 15 cm de fondo a altura altura entre 50 y 80 cm del suelo
entre 50 y 80 cm del suelo
¿Debe tenerse en cuenta el riesgo de que una barrera de
protección pueda ser escalable por niños debido a la existencia de elementos fijos próximos a ella?
Debe entenderse que las condiciones que se establecen en SUA 1- 3.2.3 para los salientes y puntos de apoyo existentes en una barrera de protección que sean susceptibles de hacerla escalable por niños son igualmente aplicables a aquellos elementos fijos previstos en el proyecto que, aunque no formen parte de la barrera de protección propiamente dicha, tengan un grado tal de proximidad a ella que supongan el mismo riesgo de escalabilidad que si formasen parte de la barrera.
Tal es el caso de algunos tipos de radiadores, bancos, fancoils, etc.
Interpretaciones publicadas por el MVIV
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 4.1
4.1 Escaleras y rampas de uso restringidoEscaleras y rampas de uso restringido Uso restringido
Uso restringido= para un m= para un mááximo de 10 uximo de 10 usuariossuarios habituales, habituales, incluso incluso el interior de viviendas y de alojamientos (de uno o m
el interior de viviendas y de alojamientos (de uno o máás niveles) de s niveles) de uso Residencial P
uso Residencial Púúblico. blico. No incluye las zonas comunes de los No incluye las zonas comunes de los edificios de viviendas.
edificios de viviendas.
-- Anchura ≥Anchura ≥80 cm. Huella ≥80 cm. Huella ≥22 cm. Contrahuella 22 cm. Contrahuella ≤≤20 cm. Se 20 cm. Se condiciona su medici
condiciona su medicióón si el trazado es curvo.n si el trazado es curvo.
-- Mesetas partidas solo a 45ºMesetas partidas solo a 45º.. -
- Se admiten peldañSe admiten peldaños sin tabica sios sin tabica si tienen solapo
tienen solapo ≥≥25 mm no incluido 25 mm no incluido en la medida de la huella.
en la medida de la huella.
-- Con barandilla en los lados abiertos.Con barandilla en los lados abiertos.
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 4.24.2 Escaleras y rampas de uso generalEscaleras y rampas de uso general 4.2.1
4.2.1 PeldañPeldañosos Huella
Huella ≥≥28 cm excluida proyecció28 cm excluida proyecciónn Contrahuella
Contrahuella 13 cm 13 cm ≤≤C ≤C ≤ 18,5 cm (17,5 cm en zonas de 18,5 cm (17,5 cm en zonas de uuso pso púúblicoblicoo si no hay alternativa por ascensor)o si no hay alternativa por ascensor) Relaci
Relacióónn 54 cm 54 cm ≤≤2C+H ≤2C+H ≤70 cm70 cm Tramos curvos
Tramos curvos H H ≥≥28 cm a 50 cm del borde interior28 cm a 50 cm del borde interior
≤≤44 cm en el borde exterior44 cm en el borde exterior No se admite bocel.
No se admite bocel.
Deben tener tabica cuando no haya un
Deben tener tabica cuando no haya un itinerario accesibleitinerario accesible alternativo o cuando la escalera sea para evacuaci
alternativo o cuando la escalera sea para evacuacióón ascendenten ascendente
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 4.24.2 Escaleras y rampas de uso generalEscaleras y rampas de uso general 4.2.2
4.2.2 TramosTramos Altura
Altura h ≤h ≤ 3,20 m (2,25 m en 3,20 m (2,25 m en uso puso públicoúblicoo si no hay ascensor o si no hay ascensor alternativo)
alternativo)
No se admiten tramos curvos en hospitalizaci
No se admiten tramos curvos en hospitalizacióón o uso Docenten o uso Docente Entre dos plantas, contrahuella constante.
Entre dos plantas, contrahuella constante.
Entre plantas consecutivas no variar
Entre plantas consecutivas no variaráámámás de s de ±± 1 cm.1 cm.
Anchura seg
Anchura segúún DB SI (evacuacin DB SI (evacuacióón) mn) míínimos segnimos segúún DB SUAn DB SUA
“En edificios existentes, cuando se trate de instalar un ascensor“En edificios existentes, cuando se trate de instalar un ascensorque permita que permita mejorar las condiciones de accesibilidad para personas con disca
mejorar las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad, se pacidad, se puede admitir una anchura menor
puede admitir una anchura menor siempre que se acredite la no viabilidad siempre que se acredite la no viabilidad t
téécnica y econcnica y econóómica de otras alternativas que no supongan dicha reduccimica de otras alternativas que no supongan dicha reduccióón de n de anchura y se aporten las medidas complementarias de mejora de la
anchura y se aporten las medidas complementarias de mejora de laseguridad seguridad que en cada caso se estimen necesarias
que en cada caso se estimen necesarias””..
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 4.24.2 Escaleras de uso generalEscaleras de uso general
4.2.3
4.2.3 MesetasMesetas
-- ≥≥1,00 m entre tramos con misma direcci1,00 m entre tramos con misma direccióónn
-- MantendráMantendrán la anchura de paso de los tramos, sin barridos de n la anchura de paso de los tramos, sin barridos de giro de puertas (excepto
giro de puertas (excepto ocupaciocupacióón nulan nula)) -
- En zonas de púEn zonas de público:blico:
-- Franja de pavimento visual y táFranja de pavimento visual y táctil en el arranque en ctil en el arranque en
mesetas de planta, de 80 cm de fondo, anchura la del tramo mesetas de planta, de 80 cm de fondo, anchura la del tramo y acanaladuras perpendiculares al eje de la escalera
y acanaladuras perpendiculares al eje de la escalera -- Pasillos de anchura < 1,20 y Pasillos de anchura < 1,20 y
puertas separados
puertas separados ≥≥40 cm 40 cm del arranque del tramo del arranque del tramo
¿Son admisibles las mesetas partidas mediante peldaños?
Si, siempre que sean al menos tres peldaños (según SUA 1-2.3) excepto en escaleras de “uso restringido” y en zonas comunes de edificios de vivienda, en las que también puede haber uno o dos.
Una nueva división de las mesetas resultantes mediante un peldaño el diagonal no es admisible, excepto en escaleras de “uso
restringido”.
Interpretaciones publicadas por el MVIV
Mínimo 3 peldaños en general Uno o dos en “uso restringido” y uso Vivienda
En diagonal, solo en “uso restringido”
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas
4.24.2 Escaleras de uso generalEscaleras de uso general 4.2.4
4.2.4 PasamanosPasamanos -
- Al menos a un lado, cuando la escalera salve altura > 55 cmAl menos a un lado, cuando la escalera salve altura > 55 cm -- A ambos lados, para anchura >1,20 m o cuando no haya A ambos lados, para anchura >1,20 m o cuando no haya
alternativa de ascensor alternativa de ascensor -
- Pasamanos intermedio para anchura > 4,00 m y cada 4,00 mPasamanos intermedio para anchura > 4,00 m y cada 4,00 m -- En escaleras en uso púEn escaleras en uso público sin alternativa de ascensor, se debe blico sin alternativa de ascensor, se debe
prolongar 30 cm en el extremo, al menos en un lado prolongar 30 cm en el extremo, al menos en un lado -
- En uso Sanitario, pasamanos continuo en todo el recorrido, En uso Sanitario, pasamanos continuo en todo el recorrido, incluso mesetas, y prolongaci
incluso mesetas, y prolongacióón de 30 cm en ambos ladosn de 30 cm en ambos lados -- Altura 90 -Altura 90 -110 cm. En escuelas infantiles y ense110 cm. En escuelas infantiles y enseññanza primaria, anza primaria,
pasamanos intermedio a altura 65
pasamanos intermedio a altura 65--75 cm75 cm
>55 cm
>55 cm
protecci
proteccióón necesarian necesaria
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 4.3 Rampas
4.3 Rampas (Con pendiente ≤(Con pendiente ≤4% no se consideran “4% no se consideran “ramparampa””)) Pendiente
Pendiente ≤≤12% si no precisa ser itinerario accesible12% si no precisa ser itinerario accesible, p. ej. si , p. ej. si existe alternativa por
existe alternativa por ascensor accesibleascensor accesible Si son para veh
Si son para vehíículos y personas culos y personas ≤≤16%16%
Cuando deban ser
Cuando deban ser itinerario accesibleitinerario accesible::
-- 10% para longitud 10% para longitud < 3 m < 3 m (altura salvada ≤(altura salvada ≤ 30 cm)30 cm) -- 8% 8% ““ ““ ≥≥3 -3 - 6 m6 m ( “( “ ““ ≤≤4848cm)cm) -
- 6% 6% ““ ““ ≥≥66--9 m9 m ( “( “ ““ ≤≤5454cm)cm) -- pendiente transversal pendiente transversal ≤≤2%2%
Tramos
Tramos LLongitud ongitud ≤≤ 115 m. 5 m. Si es Si es itinerario accesibles itinerario accesibles ≤≤ 99m, con m, con meseta de longitud
meseta de longitud ≥≥1,50 m 1,50 m al principio y final del tramoal principio y final del tramo En
En itinerarios accesiblesitinerarios accesibles, rectos , rectos o con radio o con radio ≥≥30 m30 m Anchura como escaleras (en
Anchura como escaleras (en itinerario accesibleitinerario accesible
≥≥1,20 m )1,20 m )
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas 4.3 Rampas
4.3 Rampas (pendientes (pendientes ≤≤ 4% no se consideran rampa)4% no se consideran rampa) Mesetas
Mesetas ≈≈escalerasescaleras Pasamanos
Pasamanos A un lado si salva mA un lado si salva máás de 55 s de 55 cmcmcon pendiente ≥con pendiente ≥ 6%6%
Si es
Si es itinerario accesible,itinerario accesible,a ambos lados y continuos a ambos lados y continuos en todo el recorrido,
en todo el recorrido, incluso mesetas, si la pendiente incluso mesetas, si la pendiente es
es ≥≥ 6 % y salva m6 % y salva máás de 18,5 cm.s de 18,5 cm.
Si la longitud es > 3 m, prolongaci
Si la longitud es > 3 m, prolongacióón horizontal de 30 n horizontal de 30 cmcmen los extremos.en los extremos.
Z
Zóócalo inferior o proteccicalo inferior o proteccióón lateral de h n lateral de h ≥≥ 10 cm.10 cm.
4.4
4.4 Pasillos escalonados para acceso a localidadesPasillos escalonados para acceso a localidades -
- PeldañPeldaños de contrahuella constante.os de contrahuella constante.
-- Posibilidad de dos medidas repetitivas de huella cada dos Posibilidad de dos medidas repetitivas de huella cada dos pelda
peldañños, para facilitar el acceso a nivel a las localidades.os, para facilitar el acceso a nivel a las localidades.
DB SUA
DB SUA--1: Ca1: Caíídasdas
55 Limpieza de acristalamientos exteriores transparentesLimpieza de acristalamientos exteriores transparentes En edificios de vivienda, las dimensiones de los situados a h >
En edificios de vivienda, las dimensiones de los situados a h > 6 m 6 m sobre la rasante exterior deben permitir que se alcance con
sobre la rasante exterior deben permitir que se alcance con seguridad todas las zonas (desde h
seguridad todas las zonas (desde h ≤≤11,30 m, alcance ,30 m, alcance ≤≤0,85 m)0,85 m) salvo que sean practicables o f
salvo que sean practicables o fáácilmente desmontablescilmente desmontables
DB SUA
DB SUA--2: Impacto o atrapamiento2: Impacto o atrapamiento Impacto con elementos fijos:
Impacto con elementos fijos:
-
- Altura mAltura míínima librenima libre 2,20 m en general2,20 m en general 2,10 m en
2,10 m en uso restringidouso restringido 2,00 m en puertas
2,00 m en puertas -- Salientes en fachadas a h Salientes en fachadas a h ≥≥ 2,20 m2,20 m -
- En paredes de zonas de circulaciEn paredes de zonas de circulacióón no habrn no habrááelementos salientes elementos salientes que no arranquen del suelo y vuelen m
que no arranquen del suelo y vuelen máás de 15 cm a s de 15 cm a altura entre altura entre 15 cm y 2,20 m
15 cm y 2,20 m
-- Evitar impacto con cuerpos volados Evitar impacto con cuerpos volados a h < 2 m instalando elementos fijos a h < 2 m instalando elementos fijos detectables por los bastones de detectables por los bastones de personas con discapacidad visual
personas con discapacidad visual 2,00 m
DB SUA
DB SUA--2: Impacto o atrapamiento2: Impacto o atrapamiento Impacto con elementos practicables:
Impacto con elementos practicables:
-- En pasillos con anchura < 2,50 m que no En pasillos con anchura < 2,50 m que no sean de uso restringido, las puertas sean de uso restringido, las puertas laterales no deben invadir la anchura del laterales no deben invadir la anchura del pasillo. Para anchura > 2,50 m no deben pasillo. Para anchura > 2,50 m no deben invadir la anchura de c
invadir la anchura de cáálculo.lculo.
Interpretación MVIV:
Las puertas de zonas de ocupación nula que abren hacia un pasillo
¿deben estar retranqueadas conforme a SUA 2-1.2 para no invadir el pasillo?
No, dado que la presencia ocasional de personas en ellas hace muy improbable el riesgo de impacto. En el caso de las puertas de trasteros de edificios de viviendas (→ zona de ocupación nula) la probabilidad es aún más remota, dado que lo habitual es utilizarle manteniendo su puerta abierta.
DB SUA
DB SUA--2: Impacto o atrapamiento2: Impacto o atrapamiento
-- En puertas de vaivéEn puertas de vaivén debe haber un elemento transparente o n debe haber un elemento transparente o trasl
traslúúcido.cido.
-
- Puertas, portones y barreras para el paso de Puertas, portones y barreras para el paso de mercanc
mercancíías y vehas y vehíículos situadas en zonas culos situadas en zonas accesibles a personas:
accesibles a personas:
-- marcado CE conforme a UNEmarcado CE conforme a UNE--EN 13241EN 13241--11 -
- instalaciinstalacióón, uso y mantenimiento conforme n, uso y mantenimiento conforme a UNE
a UNE--EN 12635.EN 12635.
Se excluyen: puertas peatonales < 6,25 m Se excluyen: puertas peatonales < 6,25 m2 2 si si son de maniobra horizontal manual y de son de maniobra horizontal manual y de anchura < 2,50 m si son motorizadas.
anchura < 2,50 m si son motorizadas.
-- Las puertas peatonales automáLas puertas peatonales automáticas tendrticas tendráán n marcado CE de conformidad con la Directiva marcado CE de conformidad con la Directiva 98/37/CE sobre m
98/37/CE sobre mááquinas.quinas.
DB SUA
DB SUA--2: Impacto o atrapamiento2: Impacto o atrapamiento
Impacto con
Impacto con ááreas de riesgo de superficies acristaladas:reas de riesgo de superficies acristaladas:
-
- O se instala barrera de proteccióO se instala barrera de protección o, n o, en las zonas de riesgo en las zonas de riesgo definidas
definidas, el vidrio resiste a impacto nivel 1, 2 , el vidrio resiste a impacto nivel 1, 2 óó3 (UNE EN 12600: 3 (UNE EN 12600:
2003) seg
2003) segúún diferencia de cotas.n diferencia de cotas.
-- Partes vidriadas en puertas y cerramientos de duchas y bañPartes vidriadas en puertas y cerramientos de duchas y bañeras eras con e
con elementos laminados o templados con resistencia nivel 3.lementos laminados o templados con resistencia nivel 3.
-- Excepto en viviendas, señExcepto en viviendas, señalizar las grandes superficies alizar las grandes superficies
acristaladas que puedan confundirse con puertas o aberturas.
acristaladas que puedan confundirse con puertas o aberturas.