Año CVIII Panamá, R. de Panamá martes 13 de diciembre de 2011 Nº 26930-E CONTENIDO
CONSEJO DE GABINETE Decreto de Gabinete Nº 35 (De martes 6 de diciembre de 2011)
QUE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS (MEF), Y EL BANCO INTERNACIONAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y EL DESARROLLO (EN INGLÉS “THE INTERNATIONAL BANK FOR RECONSTRUCTION AND DEVELOPMENT O IBRD”), POR LA SUMA DE HASTA SESENTA Y SEIS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (US$66,000,000.00), A FIN DE COOPERAR EN EL DESARROLLO DE UN MARCO PARA POLÍTICAS DE DESARROLLO DESTINADO A MEJORAR LA GESTIÓN DE RIESGOS DE DESASTRES, CON UNA OPCIÓN DE DESEMBOLSO DIFERIDO ANTE EL RIESGO DE CATÁSTROFE (CAT DDO).
CONSEJO DE GABINETE Resolución de Gabinete Nº 184 (De martes 6 de diciembre de 2011)
QUE AUTORIZA AL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA PARA PROPONER, ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL, EL PROYECTO DE LEY “QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE LA POLÍTICA NACIONAL PARA EL USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA (UREE) EN EL TERRITORIO NACIONAL”.
CONSEJO DE GABINETE Resolución de Gabinete Nº 185 (De martes 6 de diciembre de 2011)
QUE AUTORIZA A LA AUTORIDAD NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS (ANATI), LA TRANSFERENCIA DE BIEN INMUEBLE, A TÍTULO GRATUITO, AL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, CONSISTENTE EN UN GLOBO DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 307 HAS. + 9,422.37 M2, QUE SE SEGREGARÁ DE LA FINCA 1607, INSCRITA AL TOMO 30, FOLIO 232, DE LA SECCIÓN DE LA PROPIEDAD, PROVINCIA DE PANAMÁ, UBICADO EN LAS GARZAS, CORREGIMIENTO DE PACORA, DISTRITO Y PROVINCIA DE PANAMÁ, CON EL PROPÓSITO DE LEGALIZAR LA TENENCIA DE TIERRA Y LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS INFORMALES CONSTITUIDOS SOBRE 5362 LOTES APROXIMADAMENTE, PARA DAR SOLUCIONES HABITACIONALES.
CONSEJO DE GABINETE Resolución de Gabinete Nº 186 (De martes 6 de diciembre de 2011)
QUE APRUEBA POR EL PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL LA CONTRATACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES (IDAAN) Y LA EMPRESA ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN, S.A. (APROCOSA), PARA LLEVAR A CABO LOS “TRABAJOS DE ADECUACIÓN DE LA PLANTA POTABILIZADORA DE ANTONIO YÉPEZ DE LEÓN, UBICADA EN SABANITAS, PROVINCIA DE COLÓN”.
CONSEJO DE GABINETE Resolución de Gabinete Nº 187 (De martes 6 de diciembre de 2011)
QUE AUTORIZA LA ASIGNACIÓN EN USO Y ADMINISTRACIÓN A FAVOR DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL / BANCO HIPOTECARIO NACIONAL DE UN ÁREA DE TERRENO DE APROXIMADAMENTE 56 HAS. + 4,800.00 M2, UBICADA EN EL SECTOR DE PUERTO ESCONDIDO, CORREGIMIENTO DE CRISTÓBAL, DISTRITO Y PROVINCIA DE COLÓN, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE 5,000 VIVIENDAS DE INTERÉS SOCIAL, Y APROBAR EL POSTERIOR TRASPASO, A TÍTULO GRATUITO DE DONACIÓN, DE DICHO TERRENO EN BENEFICIO DEL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, UNA VEZ CONCLUYA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS.
CONSEJO DE GABINETE Resolución de Gabinete Nº 188 (De martes 6 de diciembre de 2011)
QUE APRUEBA A FAVOR DE LA AUTORIDAD DEL TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE LA CONTRATACIÓN MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL PARA EL "ESTUDIO, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PARTE DE LOS COMPONENTES DE ZONAS PAGAS, PARADAS TÍPICAS Y SISTEMA DE INFORMACIÓN AL USUARIO, COMO PARTE DEL SISTEMA DE MOVILIZACIÓN MASIVO DE PASAJEROS EN EL ÁREA METROPOLITANA DE LOS DISTRITOS DE PANAMÁ Y SAN MIGUELITO CON LA EMPRESA EQUIPAMIENTOS URBANOS DE PANAMÁ, S.A."
INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO HUMANO
Resolución Nº 034 CONACOM - 2011 (De miércoles 9 de noviembre de 2011)
POR LA CUAL SE APRUEBA LA NORMA DE COMPETENCIA LABORAL CONACOM – 23-2011-GHT-TELEFONISTA DE HOTEL.
INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO HUMANO
Resolución Nº 035 CONACOM - 2011 (De miércoles 9 de noviembre de 2011)
POR LA CUAL SE APRUEBA LA NORMA DE COMPETENCIA LABORAL CONACOM – 17-2011-GHT- BOTONES.
INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO HUMANO
Resolución Nº 036 CONACOM - 2011 (De miércoles 9 de noviembre de 2011)
POR LA CUAL SE APRUEBA LA NORMA DE COMPETENCIA LABORAL CONACOM – 19-2011-GHT-SALONERO DE BANQUETES.
República de Panamá CONSEJO DE GABINETE
DECRETO DE GABINETE No.35
De 6 de diciembre de 2011
Que autoriza la suscripción de un Contrato de Préstamo entre la República de Panamá, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), y el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (en inglés “The International Bank for Reconstruction and Development o IBRD”), por la suma de hasta sesenta y seis millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$66,000,000.00), a fin de cooperar en el desarrollo de un marco para políticas de desarrollo destinado a mejorar la gestión de riesgos de desastres, con una opción de desembolso diferido ante el riesgo de catástrofe (CAT DDO)
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el Directorio Ejecutivo del Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRD) aprobó el 18 de octubre de 2011 el Préstamo No.IBRD 8087-PA, para el Manejo y Desarrollo de Políticas ante Riesgos por Desastres para la República de Panamá en calidad de Prestatario, con el objetivo de fortalecer la capacidad del Gobierno panameño para poner en práctica su programa de gestión de riesgo de desastres naturales;
Que el referido Contrato de Préstamo fue diseñado como parte de las acciones implementadas por la República de Panamá, a efectos de desarrollar políticas socioeconómicas integrales tendientes a impulsar la reducción de riesgos ante desastres originados por fenómenos naturales, y de este modo minimizar su vulnerabilidad ante los mismos;
Que el Consejo Económico Nacional, en sesión celebrada el 17 de noviembre de 2011, según consta mediante nota CENA/265 de igual fecha, emitió opinión favorable a la suscripción del Contrato de Préstamo No.IBRD 8087-PA entre El Estado, representado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), y el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (en inglés “The International Bank for Reconstruction and Development o IBRD”), por la suma de hasta sesenta y seis millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$66,000,000.00), a fin de cooperar en el desarrollo de un marco para políticas de desarrollo destinado a mejorar la gestión de riesgos de desastres, con una opción de desembolso diferido ante el riesgo de catástrofe (CAT DDO) ;
Que según lo establece el numeral 7 del artículo 200 de la Constitución Política de la República, es facultad del Consejo de Gabinete, organizar el crédito público, reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio,
DECRETA:
Artículo 1. Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo entre la República de Panamá, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (en inglés “The International Bank for Reconstruction and Development”), por la suma de hasta sesenta y seis millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$66,000,000.00) a fin de cooperar en el desarrollo de un marco para políticas de desarrollo destinado a mejorar la gestión de riesgos de desastres, con una opción de desembolso diferido ante el riesgo de catástrofe (CAT DDO).
Artículo 2. El Contrato de Préstamo cuya suscripción se autoriza a través del artículo anterior, estará sujeto a los siguientes términos y condiciones financieros:
Monto: Por la suma de hasta sesenta y seis millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (US$66,000,000.00)
Tasa de Interés: Tasa Variable de Referencia Libor Periodo de Gracia: 3 años
Amortización: Mediante cuotas semestrales cada 15 de mayo y cada 15 de noviembre empezando el 15 de noviembre de 2014 hasta el 15 de mayo de 2026 Tarifa Inicial: Igual a dos cuartos del uno por ciento (0.50%) de la cantidad del
Préstamo, pagadera una sola vez.
Tarifa por Prórroga: Igual a un cuarto del uno por ciento (0.25%) Unidad Ejecutora: Ministerio de Economía y Finanzas
Artículo 3. Autorizar al Ministro de Economía y Finanzas, o en su defecto, al Viceministro de Economía, o en su defecto, al Viceministro de Finanzas, o en su defecto al Embajador de la República de Panamá en los Estados Unidos de América, cada uno de ellos autorizado individualmente a suscribir, en nombre de la República de Panamá, el Contrato de Préstamo que se autoriza mediante el artículo 1 de este Decreto de Gabinete, así como todas aquellas cartas, acuerdos, convenios y demás documentos que sean necesarios para ejecutar debidamente dicha autorización. Este documento deberá contar con el refrendo de la Contraloría General de la República, conforme a las normas y prácticas prevalecientes para este tipo de transacciones.
Artículo 4. El Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía y Finanzas, incluirá en el Presupuesto General del Estado de cada vigencia fiscal, las partidas necesarias para cubrir el pago de capital, intereses y comisiones de que trata el Contrato de Préstamo que se autoriza por medio del artículo 1 del presente Decreto de Gabinete.
Artículo 5. Enviar copia de este Decreto de Gabinete a la Asamblea Nacional, en
cumplimiento del numeral 7 del artículo 200 de la Constitución Política de la República.
Artículo 6. El presente Decreto de Gabinete comenzará a regir a partir de su promulgación.
FUNDAMENTO LEGAL: Numeral 7 del artículo 200 de la Constitución Política de la
República.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Panamá, a los seis (6) días del mes de diciembre del año dos mil once (2011).
RICARDO MARTINELLI BERROCAL
Presidente de la República
JUAN CARLOS VARELA R.
Vicepresidente de la república La Ministra de Gobierno,
ROXANA MÉNDEZ DE OBARRIO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
El Ministro de Economía y Finanzas,
FRANK DE LIMA
La Ministra de Educación,
LUCY MOLINAR
El Ministro de Obras Públicas,
FEDERICO JOSÉ SUÁREZ
El Ministro de Salud,
FRANKLIN VERGARA J.
La Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral,
ALMA LORENA CORTÉS AGUILAR
El Ministro de Comercio e Industrias,
RICARDO QUIJANO
El Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial,
JOSÉ DOMINGO ARIAS
El Ministro de Desarrollo Agropecuario,
EMILIO JOSÉ KIESWETTER
El Ministro de Desarrollo Social,
GUILLERMO A. FERRUFINO B.
El Ministro para Asuntos del Canal,
RÓMULO ROUX
El Ministro de Seguridad Pública,
JOSÉ RAÚL MULINO
DEMETRIO PAPADIMITRIU
Ministro de la Presidencia y
República de Panamá CONSEJO DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE No. 184 De 6 de diciembre de 2011
Que autoriza al Ministro de la Presidencia para proponer, ante la Asamblea Nacional, el Proyecto de Ley “Que establece los lineamientos generales de la política nacional para el uso racional y eficiente de la energía (UREE) en el territorio nacional”
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 165 de la Constitución Política de la República de Panamá, las leyes serán propuestas por los Ministros de Estado, en virtud de la autorización del Consejo de Gabinete;
Que, en la sesión del Consejo de Gabinete del día 6 de diciembre de 2011, el Ministro de la Presidencia presentó el Proyecto de Ley “Que establece los lineamientos generales de la política nacional para el uso racional y eficiente de la energía (UREE) en el territorio nacional”, y solicitó la autorización de este Órgano Colegiado para que el referido Proyecto sea propuesto ante la Asamblea Nacional,
RESUELVE:
Artículo 1. Autorizar al Ministro de la Presidencia para que proponga, ante la Asamblea Nacional, el Proyecto de Ley “Que establece los lineamientos generales de la política nacional para el uso racional y eficiente de la energía (UREE) en el territorio nacional”.
Artículo 2. Remitir copia autenticada de la presente Resolución de Gabinete al Ministro de la Presidencia, para que proceda conforme a la autorización concedida.
Artículo 3. Esta Resolución de Gabinete rige a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Panamá, a los seis (6) días del mes de diciembre del año dos mil once (2011).
RICARDO MARTINELLI BERROCAL Presidente de la República
JUAN CARLOS VARELA R. Vicepresidente de la República La Ministra de Gobierno,
ROXANA MÉNDEZ DE OBARRIO El Ministro de Relaciones Exteriores, ROBERTO HENRÍQUEZ
El Ministro de Economía y Finanzas, FRANK DE LIMA
La Ministra de Educación, LUCY MOLINAR
El Ministro de Obras Públicas, FEDERICO JOSÉ SUÁREZ El Ministro de Salud,
FRANKLIN VERGARA
La Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, ALMA LORENA CORTÉS AGUILAR El Ministro de Comercio e Industrias, RICARDO QUIJANO J.
El Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial,
JOSÉ DOMINGO ARIAS
El Ministro de Desarrollo Agropecuario, EMILIO JOSÉ KIESWETTER
El Ministro de Desarrollo Social, GUILLERMO A. FERRUFINO B.. El Ministro para Asuntos del Canal, RÓMULO ROUX
El Ministro de Seguridad Pública, JOSÉ RAÚL MULINO
DEMETRIO PAPADIMITRIU Ministro de la Presidencia y
República de Panamá CONSEJO DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE No.185 De 6 de diciembre de 2011
Que autoriza a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), la transferencia de bien inmueble, a título gratuito, al Banco Hipotecario Nacional, consistente en un globo de terreno con una superficie de 307 has.+ 9,422.37 m2, que se segregará de la Finca 1607, inscrita al Tomo 30, Folio 232, de la Sección de la Propiedad, provincia de Panamá, ubicado en Las Garzas, corregimiento de Pacora, distrito y provincia de Panamá, con el propósito de legalizar la tenencia de tierra y los asentamientos humanos informales constituidos sobre 5362 lotes aproximadamente, para dar soluciones habitacionales
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO:
Que el Estado, a través del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, tiene la responsabilidad de desarrollar los programas de viviendas de interés social destinados a proporcionar a la población panameña el derecho de gozar y mantener a las familias en una habitación cónsona con la exigencia de la sociedad mundial;
Que el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, tiene la finalidad de establecer, coordinar y asegurar de manera efectiva la ejecución de una política nacional de vivienda y ordenamiento territorial, destinada a proporcionar el goce de este derecho social a toda la población, especialmente a los sectores de menor ingreso, tal y como lo establece el artículo 117 de la Constitución Política de la República;
Que el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, de acuerdo a lo establecido en la Ley 61 de 2009, tiene dentro de sus funciones, dirigir la política nacional para el ordenamiento territorial y desarrollo urbano, adoptar medidas para facilitar la realización de programas masivos de soluciones de vivienda, levantar, regular, dirigir planos de lotificaciones y adoptar las medidas que se estimen adecuadas para el mejoramiento de la situación habitacional del país; Que el artículo 13 de la Ley 61 de 2009, indica que la Dirección de Ordenamiento Territorial del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial tiene entre otras funciones planificar y orientar el ordenamiento físico de los asentamientos informales;
Que la Dirección de Asentamientos Informales del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, mediante Decreto Ejecutivo 95 de 2007, en su artículo 24, se encuentra facultada para legalizar la tenencia de la tierra y los asentamientos informales, con el objetivo de fortalecer a las familias en la definición del estatus de su hábitat y ejecutar actividades de ordenamiento físico de los asentamientos informales;
Que el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial desde el año 2005, solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas, el traspaso al Banco Hipotecario Nacional de los terrenos invadidos de la finca 1607, con la finalidad de dar cumplimiento al mandato constitucional y legal de establecer la política nacional de vivienda destinada a proporcionar el goce de este derecho social a toda la población;
Que el Banco Hipotecario Nacional desde el año 2000, también solicitó el traspaso de 400 has., de la indicada Finca 1607, inscrita al Tomo 30, Folio 232, de la Sección de Propiedad de la provincia de Panamá;
Que el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial mediante notas No.14.000-DM-158-2011 de fecha 27 de enero y la No.14.000 DM-953-No.14.000-DM-158-2011 de fecha 17 de mayo, ambas del presente año, solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas, nuevamente que se le traspase, a título gratuito, a favor del Banco Hipotecario Nacional, un globo de terreno con una superficie de 307 has.+9,422.37m2, que se segregará de la Finca 1607, inscrita al Tomo 30, Folio 232, de la Sección de la Propiedad, provincia de Panamá, ubicado en Las Garzas, corregimiento de Pacora, distrito y provincia de Panamá;
Que esta solicitud de traspaso tiene como objeto legalizar la tenencia de tierra y los asentamientos humanos informales constituidos sobre 5362 lotes aproximadamente, para dar soluciones habitacionales, ya que los mismos se mantienen ocupados por años, y sobre los cuales el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial mantiene estudios de información social y planos de lotificación levantados para dar cumplimiento al mandato legal de determinar y dirigir la política habitacional y ordenamiento territorial, procurar la dotación de vivienda adecuada a las familias que carezcan de ella; y a través de la Dirección de Asentamientos Informales del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial legalizar la tenencia de la tierra y de los asentamientos informales;
Que la Junta Directiva del Banco Hipotecario Nacional, mediante Resolución 5-21- 2011 de 25 de mayo de 2011, autoriza al Gerente General a gestionar y aceptar, a título gratuito, las 307 has.+9,422.37m2, a segregarse de la Finca 1607, inscrita al Tomo 30, Folio 232;
Que de conformidad a los avalúos practicados por la Dirección de Catastro del Ministerio de Economía y Finanzas (B/.33,257,761.59) y por la Contraloría General de la República (B/.31,410,108.17), al globo de terreno de 307 has.+9,422.37 m2, a segregar de la Finca 1607, se le asignó un valor promedio total de treinta y dos millones trescientos treinta y tres mil novecientos treinta y cuatro balboas con 88/100 (B/.32,333,934.88), así como el registro del plano No. 80817-123683 de fecha 3 de octubre de 2011, por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras – Dirección Nacional de Titulación y Regularización;
Que el Consejo Nacional de Tierras de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, mediante Resolución N° 001 de 18 de octubre de 2011, autorizó a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras para que por conducto del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial someta a consideración del Consejo de Gabinete el traspaso de un globo de terreno a favor del Banco Hipotecario Nacional de aproximadamente 307 has.+9,422.37 m2, que se segregará de la Finca 1607, se le asignó un valor promedio total de treinta y dos millones trescientos treinta y tres mil novecientos treinta y cuatro balboas con 88/100 (B/.32,333,934.88), en consecuencia,
RESUELVE:
Artículo 1. Autorizar a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), a transferir el bien inmueble, a título gratuito, al Banco Hipotecario Nacional, consistente en un globo de terreno con una superficie de 307 has.+9,422.37m2, que se segregará de la Finca 1607, inscrita al Tomo 30, Folio 232, de la Sección de la Propiedad, provincia de Panamá, ubicado en Las Garzas, corregimiento de Pacora, distrito y provincia de Panamá, el cual tiene un valor promedio total de treinta y dos millones trescientos treinta y tres mil novecientos treinta y cuatro balboas con 88/100 (B/.32,333,934.88).
Artículo 2. Esta transferencia de bien inmueble, a título gratuito, que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución de Gabinete, es con el único y exclusivo propósito de legalizar la tenencia de tierra y los asentamientos humanos informales constituidos sobre 5362 lotes aproximadamente, para dar soluciones habitacionales, ya que los mismos se mantienen ocupados por más de 15 años.
Artículo 3. Autorizar al Administrador General de la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), a firmar la Escritura Pública de transferencia de bien inmueble descrito a favor
del Banco Hipotecario Nacional e informar a la Dirección de Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas para su correspondiente registro.
Artículo 4. Esta Resolución de Gabinete empezará a regir a partir de su promulgación.
FUNDAMENTO LEGAL: artículos 1, 2, 6, 11 y numeral 3 del artículo 32 de la Ley 59 de 8 de octubre de 2010.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Panamá, a los seis (6) días del mes de diciembre del año dos mil once (2011).
RICARDO MARTINELLI BERROCAL Presidente de la República
JUAN CARLOS VARELA R. Vicepresidente de la República La Ministra de Gobierno,
ROXANA MÉNDEZ DE OBARRIO El Ministro de Relaciones Exteriores, ROBERTO HENRÍQUEZ
El Ministro de Economía y Finanzas, FRANK DE LIMA
La Ministra de Educación, LUCY MOLINAR
El Ministro de Obras Públicas, FEDERICO JOSÉ SUÁREZ El Ministro de Salud,
FRANKLIN VERGARA
La Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, ALMA LORENA CORTÉS AGUILAR El Ministro de Comercio e Industrias,
RICARDO QUIJANO J. El Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, JOSÉ DOMINGO ARIAS
El Ministro de Desarrollo Agropecuario, EMILIO JOSÉ KIESWETTER El Ministro de Desarrollo Social, GUILLERMO A. FERRUFINO B. El Ministro para Asuntos del Canal, RÓMULO ROUX
El Ministro de Seguridad Pública, JOSÉ RAÚL MULINO
DEMETRIO PAPADIMITRIU Ministro de la Presidencia y
Secretario General del Consejo de Gabinete
República de Panamá CONSEJO DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE No.186 De 6 de diciembre de 2011
Que aprueba por el procedimiento excepcional la contratación entre el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN) y la empresa ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN, S.A. (APROCOSA), para llevar a cabo los “Trabajos de Adecuación de la Planta Potabilizadora de Antonio Yépez De León, ubicada en Sabanitas, provincia de Colón” EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 77 de 2001 se reorganiza y moderniza el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, como una entidad autónoma del Estado, con personería jurídica, patrimonio propio y fondos separados e independientes del Gobierno Central y con autonomía, tanto financiera como en su régimen interno;
Que la Planta Potabilizadora de Sabanitas Antonio Yépez De León, presenta problemas operacionales de cantidad de agua producida, de infraestructura, y merma en su capacidad de producción (caudal). Estos aspectos se interrelacionan e incluyen fugas en los filtros, ausencia de bomba de retrolavado, deficiencias en el sistema de dosificación de químicos y falta de mantenimiento a sus estructuras y equipos, que la hacen muy vulnerable: el nivel de almacenamiento, y por ende, deficiencia en el suministro a las comunidades;
Que debido a lo anterior, se requiere, de manera puntual, realizar las mejoras a de fin de resolver la problemática de desabastecimiento de agua potable a las comunidades de forma eficiente y continua, garantizando de esta forma una calidad de vida en materia de salud, evitando la proliferación de enfermedades de origen hídrico y posible mortalidad, siendo la población más vulnerable la infantil y los mayores de edad avanzada;
Que dado que la crisis de agua potable registrada en la ciudad de Panamá y Colón entre 2010 y febrero 2011 producto de las intensas lluvias, ha puntualizado las deficiencias del sistema de carácter funcional-operativo actual de Sabanitas, siendo importante que se realicen estas mejoras para mitigar resultados negativos ante reiteradas situaciones naturales en un futuro y poder brindar un buen servicio que exige la zona;
Que para el cumplimiento y desarrollo de los objetivos establecidos en la Ley 77 de 2001, el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), dentro de su ámbito de competencia, tendrá atribuciones y prerrogativas para llevar las contrataciones necesarias, conforme a los procedimientos estipulados en la Ley 22 de 2006 “Que regula la Contratación Pública y dicta otra disposición”;
Que la Junta Directiva del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), a través de la Resolución Nº 88-2011 de 9 de noviembre de 2011, autorizó el gasto objeto del Procedimiento Excepcional de Contratación con la empresa ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN, S.A. (APROCOSA), para llevar a cabo los “Trabajos de adecuación de la Planta Potabilizadora Antonio Yépez De León, ubicada en Sabanitas, provincia de Colón”, por un monto de cuatro millones cuatrocientos veinticuatro mil novecientos noventa y nueve balboas con 98/100 (B/.4,424,999.98);
Que la empresa ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN, S.A. (APROCOSA), es una empresa con varios años de experiencia satisfactoria en el área de diseño y construcción, de sistemas de abastecimiento de agua potable;
Que para los efectos contractuales queda establecido que el monto total para realizar los Trabajos de Adecuación de la Planta Potabilizadora de Antonio Yépez De León, ubicada en Sabanitas, provincia de Colón, es de cuatro millones cuatrocientos veinticuatro mil novecientos noventa y nueve balboas con 98/100 (B/.4,424,999.98), el cual incluye el Impuesto de Transferencia de
Bienes Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS), con cargo a la partida presupuestaria No. 2.66.1.2.601.01.53.541;
Que el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), con fundamento en el numeral 7 del artículo 62 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, solicita aprobación mediante el procedimiento excepcional a la contratación con la empresa ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN, S.A. (APROCOSA), S.A., para los “Trabajos de Adecuación de la Planta Potabilizadora de Antonio Yépez De León, ubicada en Sabanitas, provincia de Colón”, dado el urgente interés local o beneficio social que representa la ejecución de la obra;
Que conforme al artículo 66 del Texto Único de la Ley 22 de 2006 y el artículo 171 del Decreto Ejecutivo 366 de 28 de diciembre de 2006, corresponde al Consejo de Gabinete la evaluación y aprobación de las contrataciones mediante procedimiento excepcional, que sobrepasen la suma de tres millones de balboas con 00/100 (B/.3,000,000.00), en consecuencia,
RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar por el procedimiento excepcional la contratación del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN) con la empresa ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN, S.A. (APROCOSA), para llevar a cabo los “Trabajos de Adecuación de la Planta Potabilizadora de Antonio Yépez De León, ubicada en Sabanitas, provincia de Colón”, por un monto de cuatro millones cuatrocientos veinticuatro mil novecientos noventa y nueve balboas con 98/100 (B/.4,424,999.98), el cual incluye el Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS), cuyos pagos se efectuarán con cargo a la partida presupuestaria No. 2.66.1.2.601.01.53.541.
Artículo 2. Esta Resolución de Gabinete empezará a regir desde su promulgación. FUNDAMENTO LEGAL: Ley 77 de 2001; Texto Único de la Ley 22 de 2006. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Panamá, a los seis (6) días del mes de diciembre de dos mil once (2011) RICARDO MARTINELLI BERROCAL
Presidente de la República JUAN CARLOS VARELA R. Vicepresidente de la República La Ministra de Gobierno,
ROXANA MENDEZ DE OBARRIO El Ministro de Relaciones Exteriores, ROBERTO HENRIQUEZ
El Ministro de Economía y Finanzas, FRANK DE LIMA
La Ministra de Educación, LUCY MOLINAR
El Ministro de Obras Publicas, FEDERICO JOSÉ SUÁREZ El Ministro de Salud,
FRANKLIN VERGARA J.
La Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, ALMA LORENA CORTES A.
El Ministro de Comercio e Industrias, RICARDO QUIJANO
El Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial,
JOSE DOMINGO ARIAS
El Ministro de Desarrollo Agropecuario, EMILIO JOSÉ KIESWETTER El Ministro de Desarrollo Social, GUILLERMO A. FERRUFINO B. El Ministro para Asuntos del Canal, ROMULO ROUX
El Ministro de Seguridad Pública, JOSÉ RAÚL MULINO
DEMETRIO PAPADIMITRIU Ministro de la Presidencia y
República de Panamá CONSEJO DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE No.187 De 6 de diciembre de 2011
Que autoriza la asignación en uso y administración a favor del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional de un área de terreno de aproximadamente 56 has. + 4,800.00 m2, ubicada en el sector de Puerto Escondido, corregimiento de Cristóbal, distrito y provincia de Colón, para la construcción de 5,000 viviendas de interés social, y aprobar el posterior traspaso, a título gratuito de donación, de dicho terreno en beneficio del Banco Hipotecario Nacional, una vez concluya la construcción de las obras
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO:
Que conforme los artículos 8 y 28 del Código Fiscal y el acápite d, numerales 3 y 6 del artículo 2 de la Ley 97 de 1998, le corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas la administración, conservación y vigilancia de todos los bienes de la República de Panamá que expresamente no estén administrados por otras entidades o cuando así expresamente lo autorice la Ley, Decreto de Gabinete o Ejecutivo;
Que el Consejo de Gabinete, mediante Resolución de Gabinete No. 108 de 27 de diciembre de 2005, transfirió al Ministerio de Economía y Finanzas las funciones de custodia y administración de los bienes propiedad de la Nación y la estructura de personal, así como las demás atribuciones que ejercía la Autoridad de la Región Interoceánica hasta el 31 de diciembre de 2005, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 5 de 1993, modificada por la Ley 7 de 1995;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 67 de 25 de mayo de 2006, se creó la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos dentro de la estructura administrativa del Ministerio de Economía y Finanzas, a quien le corresponde custodiar, conservar y administrar durante el tiempo indispensable para su adjudicación definitiva, aquellos bienes revertidos que por su condición particular así lo requieran;
Que de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 13 de 5 de febrero de 2007, se creó la Comisión Interinstitucional para la Administración de los Bienes Revertidos, la cual garantizará la eficacia, el mayor orden y transparencia en el proceso de disposición de los bienes revertidos, que lleva a cabo la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, para lo cual adoptará mediante actas, las recomendaciones pertinentes al señor Ministro de Economía y Finanzas;
Que el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial mediante la nota No. 14.000-DM-1604-2011 de 29 de agosto de 2011, solicitó el traspaso de una parcela de terreno con una superficie aproximada de 56 has. + 4,800.00 m2, ubicada en el área de Puerto Escondido, colindante con Espinar, corregimiento de Cristóbal, distrito y provincia de Colón, a favor del Banco Hipotecario Nacional, para la realización de un proyecto de 5,000 viviendas de interés social, para atender la demanda habitacional en la provincia de Colón;
Que el área solicitada por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial a favor del Banco Hipotecario Nacional, de conformidad con el Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo del Área del Canal, cuenta con las categorías de área verde urbana y residencial de baja y mediana densidad, que permiten su uso para el fin propuesto, por lo que el proyecto es compatible con el desarrollo del sector;
Que la ejecución del proyecto habitacional permitirá la construcción de viviendas de interés social destinadas a la población de bajos recursos de la provincia de Colón, con miras a disminuir el hacinamiento y los problemas sociales de la ciudad de Colón;
Que la Comisión Interinstitucional para la Administración de los Bienes Revertidos, mediante Acta No. 09-11de 5 de septiembre de 2011, recomendó asignar en uso y administración al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional un área de terreno de aproximadamente 56 has. + 4,800.00 m2, ubicada en el sector de Puerto Escondido, corregimiento de Cristóbal, distrito y provincia de Colón, para la ejecución del proyecto de construcción de 5,000 viviendas de interés social, y su posterior traspaso, a título gratuito, de donación a favor del Banco Hipotecario Nacional, una vez concluya la construcción de las obras; Que según el Valor Promedio No. 827 con fecha de 7 de septiembre de 2011, de la Sección de Avalúos del Departamento de Ingeniería de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, el polígono de terreno al cual hace referencia esta Resolución de Gabinete, tiene un valor promedio de ocho millones novecientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y cuatro balboas con 00/100 (B/.8,983,144.00), calculado en base al Sistema de Información Geográfica, producto de la suma de los valores individuales establecidos por la Contraloría General de la República y el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que el artículo 96 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, que regula la Contratación Pública, establece que sólo se podrán enajenar bienes públicos, a título de donación, por conducto del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de las entidades o dependencias públicas o asociaciones sin fines de lucro, la cual será aprobada por la autoridad competente, por la cuantía del bien, según se describe en el numeral 6 del artículo 2 de la citada Ley, que para el presente caso es el Consejo de Gabinete;
Que consta en la nota CENA/188 de 8 de septiembre de 2011, que fue del conocimiento del Consejo Económico Nacional la solicitud de autorización presentada por el Ministerio de Economía y Finanzas para asignar en uso y administración, a favor del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional, de un área de terreno de aproximadamente 56 has. + 4,800.00 m2, ubicada en el sector de Puerto Escondido, corregimiento de Cristóbal, distrito y provincia de Colón, y su posterior traspaso, a título gratuito de donación, en beneficio del Banco Hipotecario Nacional;
Que conforme lo expuesto, el Consejo de Gabinete, RESUELVE:
Artículo 1. Autorizar la asignación en uso y administración a favor del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional de un área de terreno de aproximadamente 56 has. + 4,800.00 m2, ubicada en el sector de Puerto Escondido, corregimiento de Cristóbal, distrito y provincia de Colón, con un valor promedio de ocho millones novecientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y cuatro balboas con 00/100 (B/.8,983,144.00), para la ejecución del proyecto de construcción de 5,000 viviendas de interés social y aprobar el posterior traspaso, a título gratuito de donación, en beneficio del Banco Hipotecario Nacional de dicho terreno, una vez concluya la construcción de las obras.
Artículo 2. La autorización y aprobación a las que se refiere el artículo 1 de esta Resolución de Gabinete, queda sujeta a las siguientes condiciones mínimas:
a) El bien asignado será utilizado por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional, para el desarrollo y ejecución de un proyecto habitacional para la construcción de 5,000 viviendas de interés social. No se podrá variar el uso establecido sin la autorización expresa y por escrito de la Nación.
b) Una vez concluyan las obras del proyecto, el Ministerio de Economía y Finanzas / Unidad Administrativa de Bienes Revertidos procederá a traspasar, a título gratuito de
donación, en beneficio del Banco Hipotecario Nacional, el terreno al cual se refiere esta Resolución de Gabinete.
c) El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional, coordinará con las instituciones que, por razón de competencia, tengan ingerencia en los trámites de dotación de infraestructuras y servicios básicos; y acepta que las instalaciones de agua y electricidad deberán adecuarse a un sistema individual de conexión domiciliar, conforme a las normas del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), y de la empresa de distribución eléctrica del área, por lo que será responsable que los moradores, ocupantes o futuros propietarios de los lotes o nuevas fincas que se segreguen del área de terreno que será traspasada, hayan realizado o realicen a su costo dichas adecuaciones y asuman el pago por los servicios de recolección de basura y de cualquier otro servicio público o privado que utilicen. d) El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional,
será responsable de la protección, rehabilitación, mantenimiento y aseo del terreno asignado, así como de las áreas verdes próximas al mismo, durante el período que dure la ejecución del proyecto, el cual deberá preservar áreas verdes, de acuerdo al Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo del Área del Canal.
e) El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional, acepta que en el terreno asignado podrían existir líneas soterradas consistentes en tuberías de conducción de aguas servidas, tuberías de agua potable, tuberías de conducción de cableado eléctrico y/o tubería de cableado de teléfonos, a las cuales permitirá el libre acceso de las instituciones y personas encargadas de su mantenimiento y reparación y no podrá alterar ni, de ninguna forma afectar, la existencia y el curso de dichas líneas, sin la debida aprobación de las autoridades correspondientes, en cuyo caso asumirá todos los gastos en que se incurra.
f) El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional deberá evaluar con el Ministerio de Economía y Finanzas / Unidad Administrativa de Bienes Revertidos el acceso principal al terreno asignado, dada la magnitud de personas que deberán hacer uso de la infraestructura vial existente, así como asignarle el código de zonificación de áreas revertidas acorde con las proyecciones del mismo desarrollo, procurando un máximo de densidad a fin de ofrecer mayor número de soluciones habitacionales.
g) El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial / Banco Hipotecario Nacional aceptará recibir el área de terreno en el estado físico en que se encuentra y podrá hacerle las mejoras necesarias para el desarrollo del proyecto, de acuerdo con los presupuestos de esas entidades, previa la obtención de los permisos que fueran necesarios para el mismo. Artículo 3. Esta Resolución de Gabinete comenzará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículos 8 y 28 del Código Fiscal; Ley 5 de 1993, modificada por la Ley 7 de 1995; Ley 97 de 1998; Ley 22 de 2006; Resolución de Gabinete No. 108 de 27 de diciembre de 2005; Decreto Ejecutivo No. 67 de 25 de mayo de 2006 y el Decreto Ejecutivo No. 13 de 5 de febrero de 2007.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Panamá, a los seis (6) días del mes de diciembre de dos mil once (2011). RICARDO MARTINELLI BERROCAL
JUAN CARLOS VARELA Vicepresidente de la República La Ministra de Gobierno,
ROXANA MÉNDEZ DE OBARRIO El Ministro de Relaciones Exteriores, ROBERTO HENRÍQUEZ
El Ministro de Economía y Finanzas, FRANK DE LIMA
La Ministra de Educación, LUCY MOLINAR
El Ministro de Obras Públicas, FEDERICO JOSÉ SUÁREZ El Ministro de Salud,
FRANKLIN VERGARA
El Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, ALMA LORENA CORTÉS AGUILAR El Ministro de Comercio e Industrias, RICARDO QUIJANO J.
El Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, JOSÉ DOMINGO ARIAS
El Ministro de Desarrollo Agropecuario, EMILIO JOSÉ KIESWETTER
El Ministro de Desarrollo Social, GUILLERMO A. FERRUFINO B. El Ministro para Asuntos del Canal, RÓMULO ROUX
El Ministro de Seguridad Pública, JOSÉ RAÚL MULINO
DEMETRIO PAPADIMITRIU Ministro de la Presidencia
República De Panamá CONSEJO DE GABINETE
RESOLUCIÓN DE GABINETE No. 188 De 6 de diciembre de 2011
Que aprueba a favor de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre la contratación mediante el procedimiento excepcional para el “Estudio, Diseño, Construcción, Suministro e Instalación de parte de los componentes de zonas pagas, paradas típicas y sistema de información al usuario, como parte del Sistema de movilización masivo de pasajeros en el área Metropolitana de los distritos de Panamá y San Miguelito con la empresa Equipamientos Urbanos de Panamá, S.A. CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO:
Que la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, desarrolla un plan para la modernización del transporte público en Panamá, que tiene por objeto mejorar el nivel de servicio del transporte público colectivo de pasajero, por lo que convocó a un acto público de selección de contratista, bajo el esquema de Concesión Administrativa para el “Diseño, Suministro y Operación del Nuevo Sistema de Movilización Masivo de Pasajeros en el Área Metropolitana de Panamá (METRO BUS), específicamente para el sistema integrado de transporte en los Distritos de Panamá y San Miguelito”, para lo cual se suscribió el Contrato de Concesión No. 21-10 de 5 de agosto de 2010;
Que el plan a desarrollar involucra un conjunto de tareas, a fin de lograr un rediseño físico y operacional completo del sistema de transporte público colectivo de pasajero, incluyendo los servicios complementarios relacionados, para posibilitar la operación integrada del sistema, no sólo en su integración de la tecnología de pago entre el Sistema de Buses y el Metro; sino también con el mobiliario urbano (paradas);
Que la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre fundamenta su petición en el hecho de que el Municipio de Panamá, suscribió con la empresa Equipamientos Urbanos de Panamá, S.A., un contrato para la instalación de mobiliario urbano para el distrito de Panamá, pero que por razones de unificación del sistema de transporte público concesionado, se requiere del equipamiento de mobiliario urbano; es decir, paradas para los usuarios del sistema en el distrito de San Miguelito, para que las mismas estén acorde con el nuevo sistema de transporte masivo de Panamá implementado (Metro Bus) y con el resto del mobiliario urbano en el distrito de Panamá, que la empresa Equipamientos Urbanos de Panamá, S.A., ha instalado hasta la fecha;
Que se hace igualmente necesario construir los centros de concentración de pasajeros en ambos distritos (zonas pagas), que remplazan las actuales piqueras, con un equipamiento urbano moderno, donde el usuario tengan las facilidades necesarias para la espera de los Metro Buses, previa cancelación del costo del pasaje, a fin de que el abordaje al Metro Bus se haga oportunamente y sin mayores complicaciones para el usuario;
Que este mobiliario urbano, debe estar acompañado como toda ciudad moderna de un sistema de información al usuario, a fin de que el mismo disponga de información oportuna en cuanto a la llegada de un Metro Bus en determinada parada o zona paga y así programarse en sus tareas cotidianas y poder hacer consultas vía web, desde un teléfono portátil o en las pantallas colocadas en las zonas pagas y en una cien paradas tradicionales distribuidas en los distritos de Panamá y San Miguelito;
Que siendo la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre parte integrante en la implementación del Nuevo Plan de Movilidad Urbana, resulta necesario contratar los servicios
de la empresa Equipamientos Urbanos de Panamá, S.A., para el “Estudio, Diseño, Construcción, Suministro e Instalación” de parte de los componentes de zonas pagas, paradas típicas y sistema de información al usuario, como parte del Sistema de Movilización Masivo de Pasajeros en el área Metropolitana de los distritos de Panamá y San Miguelito, con la finalidad de garantizar un sistema eficiente y ordenado; orientado a reducir los tiempos de espera del autobús, en estas zonas en concordancia con el nuevo Sistema de Transporte Masivo (Metro bus);
Que considerando los lineamientos esbozados, y en cumplimiento de los principios de eficiencia, eficacia y economía, resulta beneficioso para el Estado que la empresa Equipamientos Urbanos de Panamá, S.A. quien está realizando los trabajos, para las paradas típicas existentes y para paradas típicas nuevas, en el distrito de Panamá, sea quien realice la implementación del sistema de paradas zonas pagas, sistemas de información al usuario y paradas típicas , en el distrito de San Miguelito, para un producto final integral y acorde con las necesidades de cada área;
Que el numeral 7 del artículo 62 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, establece como una de las causales para el procedimiento excepcional la siguiente:
“7. Los contratos considerados de urgente interés local o de beneficio social. Se entienden incluidos los proyectos relacionados con el desarrollo de recursos energéticos, hídricos y otros de importancia estratégica para el desarrollo nacional.”
Que conforme al artículo 66 de la excerta legal supra citada, le corresponde al Consejo de Gabinete la evaluación y aprobación de las contrataciones, mediante procedimiento excepcional que sobrepasen los tres millones de balboas con 00/100 (B/.3,000,000.00), en consecuencia, RESUELVE:
Artículo 1. APROBAR a favor de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre la contratación mediante el procedimiento excepcional para el “Estudio, Diseño, Construcción, Suministro e Instalación de parte de los componentes de zonas pagas, paradas típicas y sistema de información al usuario, como parte del Sistema de movilización masivo de pasajeros en el área Metropolitana de los distritos de Panamá y San Miguelito, con la empresa Equipamientos Urbanos de Panamá, S.A., por un periodo de veinticuatro (24) meses, por un monto de treinta y seis millones novecientos cincuenta mil setecientos sesenta balboas con 06/100 (B/.36,950,760,06), suma que incluye el 7% de ITBMS, con cargo a las partidas presupuestaria N° 1.03.1.1.501.02.06.519 que cuenta con la suma de tres millones de balboas con 00/100 (B/.3,000,000,00) del año fiscal 2011 y para la vigencia 2012, dispondrá con la suma de treinta y tres millones novecientos cincuenta mil setecientos sesenta con 06/100 (B/.33,950,760,00). Artículo 2. Esta Resolución de Gabinete comenzará a regir desde su promulgación.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Texto Único de la Ley 22 de 2006. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Panamá, a los seis (6) días del mes de diciembre de del año dos mil once (2011).
RICARDO MARTINELLI BERROCAL Presidente de la República
JUAN CARLOS VARELA R. Vicepresidente de la República La Ministra de Gobierno,
El Ministro de Relaciones Exteriores, ROBERTO HENRÍQUEZ
El Ministro de Economía y Finanzas, FRANK DE LIMA
La Ministra de Educación, LUCY MOLINAR
El Ministro de Obras Públicas, FEDERICO JOSÉ SUÁREZ El Ministro de Salud,
FRANKLIN VERGARA
La Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, ALMA LORENA CORTÉS AGUILAR El Ministro de Comercio e Industrias, RICARDO QUIJANO J.
El Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, JOSÉ DOMINGO ARIAS
El Ministro de Desarrollo Agropecuario, EMILIO JOSÉ KIESWETTER El Ministro de Desarrollo Social, GUILLERMO A. FERRUFINO B. El Ministro para Asuntos del Canal, RÓMULO ROUX
El Ministro de Seguridad Pública, JOSÉ RAÚL MULINO
DEMETRIO PAPADIMITRIU Ministro de la Presidencia y