• No se han encontrado resultados

SERVICIO DE MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL (SMI) 1. Memoria 2016

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "SERVICIO DE MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL (SMI) 1. Memoria 2016"

Copied!
71
0
0

Texto completo

(1)

SERVICIO DE MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL

(SMI)

1

(MEDIACIÓN PENAL)

Memoria 2016

1

http://www.justizia.net/mediacion-intrajudicial

(2)

Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

... 1

I.

DATOS GENERALES

... 5

1.

CÓMPUTO DE EXPEDIENTES ... 5

1.1. Comunidad Autónoma ... 5

1.2. Territorios Históricos ... 6

2.

TOTAL EXPEDIENTES CERRADOS... 7

2.1. Comunidad Autónoma ... 7

2.2. Territorios Históricos ... 8

II.

EXPEDIENTES DERIVADOS

... 9

1.

DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 9

1.1. Cómputo total ... 9

1.2. Iniciativa de la derivación ... 10

1.3. Derivaciones por partido judicial ... 11

1.4. Derivaciones por órgano judicial ... 12

1.5. Fase procesal de derivación ... 16

1.6. Tipo de causa... 16

1.7. Tipologías delictivas ... 17

2.

DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ... 22

III.

EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

... 26

1.

DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 26

1.1. Cómputo total ... 26

1.2. Fase procesal de derivación ... 26

1.3. Tipo de causa... 27

1.4. Tipologías delictivas ... 28

2.

DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN ... 32

2.1. Tipo de mediación ... 32

2.2. Resultado del proceso de mediación ... 32

2.3. Número y tipo de sesiones ... 33

2.4. Intervalos de tiempo ... 33

(3)

Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal

Memoria 2016

IV.

EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y ACUERDO

... 39

1.

DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 39

1.1. Cómputo total ... 39

1.2. Tipo de causa... 39

1.3. Tipologías delictivas ... 40

2.

DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN ... 44

2.1. Tipo de mediación ... 44

2.2. Naturaleza de los acuerdos ... 45

2.3. Resultado de los acuerdos ... 46

2.4. Consecuencias judiciales ... 47

3.

DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ... 49

V.

EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y SIN ACUERDO

... 53

1.

DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 53

1.1. Cómputo total ... 53

1.2. Tipo de causa... 53

1.3. Tipologías delictivas ... 54

2.

MOTIVOS DEL DESACUERDO Y/O INTERRUPCIÓN DE LA MEDIACIÓN ... 58

3.

DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ... 59

VI.

EXPEDIENTES CERRADOS SIN MEDIACIÓN

... 63

1.

DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 63

1.1. Cómputo total ... 63

1.2. Tipo de causa... 63

1.3. Tipologías delictivas ... 64

2.

MOTIVO DE NO INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN... 67

3.

NÚMERO Y TIPO DE SESIONES ... 68

(4)

Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal

Índice

INTRODUCCION

La Justicia Restaurativa aboga por una concepción de la justicia basada en la restauración de las

relaciones sociales, la pacificación, la reparación y la responsabilización; una justicia que tiene en

cuenta las necesidades de las personas involucradas en el conflicto (autor/a del delito, víctima y

comunidad) y que articula espacios de comunicación que fomenten la búsqueda dialogada de la

reparación del daño sufrido por la víctima, la inserción social positiva de su victimario/a y la

pacificación de los conflictos en la comunidad.

Entre las diversas técnicas de Justicia Restaurativa, la mediación intrajudicial víctima-victimario/a,

como complemento al sistema adversarial en vigor, supone una excelente oportunidad para

constituir un sistema de justicia formal de mayor calidad en atención a los ciudadanos/as. A pesar

de que su presencia en nuestro contexto cultural y jurídico es relativamente breve, en la

Comunidad Autónoma de Euskadi este sistema ha alcanzado un desarrollo importante.

Desde el año 2007, el Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) de Euskadi pone a disposición de

los órganos judiciales y de la ciudadanía un método complementario a la vía judicial para la

gestión de los conflictos que llegan a los juzgados y tribunales. Con la mediación, la persona

responsable de un delito y la persona que ha sido víctima pueden someterse de forma voluntaria

al intento de solucionar su conflicto. A la persona infractora le ofrece la oportunidad de

responsabilizarse de manera constructiva por el hecho cometido y por el daño causado o perjuicio

infligido y a la persona víctima le dota de protagonismo en la transformación y resolución del

conflicto.

La presente memoria muestra los datos relativos al trabajo desarrollado por el SMI durante el año

2016, datos que reflejan la consolidación del SMI como vía para el abordaje restaurativo de las

controversias, a pesar de que se observa un descenso de su carga de trabajo, con una ligera

disminución de los asuntos derivados y atendidos. Así, el SMI ha tramitado este año un total de

1.414 expedientes, 1.231 derivados durante este año por los órganos judiciales y 226 que

provienen de años anteriores, aún pendientes de resolución. Se han cerrado 1.171 asuntos, de los

cuales el 51% (602 asuntos) se han resuelto mediante un proceso de mediación, habiéndose

alcanzado un acuerdo en un 78% de los asuntos. Por el contrario, el 48% restante (569 asuntos)

se han cerrado sin que haya concurrido la mediación.

Los datos revelan un descenso en el cómputo de derivaciones de los juzgados y tribunales, 1.231

asuntos derivados frente a los 1.443 del año pasado, descenso que, en gran medida, viene

motivado por la supresión de las faltas del Código Penal

2

, infracción penal que hasta entonces

representaba un alto porcentaje de asuntos derivados.

2

(5)

Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal

Memoria 2016

2/68

La iniciativa de la derivación continúa recayendo en exclusiva en los órganos judiciales, a pesar de

que se observa un tímido ascenso en la iniciativa de las partes. Por el contrario, persiste la

ausencia de iniciativa de la Fiscalía, circunstancia paradógica si se tiene en cuenta que su propio

Estatuto Orgánico

3

le confiere expresamente la labor de defensa de las víctimas y que la

mediación, según certifican los estudios internacionales, propicia escenarios especialmente

favorables para las mismas. Sería deseable un cambio de inercia, una actitud proactiva de la

Fiscalía a la hora de informar a las personas víctimas sobre los Servicios de Justicia Restaurativa

y de promocionar la mediación en aquellas causas en las que concurren los requisitos normativos,

en la línea del impulso inequívoco que viene prestando a la conformidad penal.

En línea con lo anteriormente expuesto, el Servicio de Atención a la Víctima (SAV) está llamado a

convertirse en uno de los principales valedores de la justicia restaurativa en la defensa de la

víctima, propósito que se desprense de la ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del

delito

4

y del Protocolo de derivación al SMI firmado por ambos Servicios y que articula dichas

derivaciones. Deviene necesario continuar trabajando conjuntamente para que en los próximos

años la coordinación entre ambos servicios redunde en una mejora de la atención prestada a la

ciudadanía en general y a las víctimas del delito en particular.

La memoria muestra un aumento de derivaciones en el Territorio Histórico de Álava

– 256

asuntos- y una disminución en los de Bizkaia – 785 asuntos- y, especialmente, de Gipuzkoa -190

asuntos-. En Araba, destaca la participación de los juzgados de instrucción de Vitoria-Gasteiz

(especialmente el número 1, con 135 derivaciones) y la escasa incidencia de los juzgados de lo

penal y de los juzgados de Amurrio. En Bizkaia, salvo en el partido judicial de Bilbao, con un

descenso apreciable de derivaciones y con un número importante de órganos judiciales que no

derivan, continúa la situación favorable de los últimos años, con una buena participación de los

juzgados de los diferentes partidos judiciales. En Gipuzkoa se observa un fuerte retroceso de las

derivaciones, especialmente en los partidos judiciales de Donostia e Irun lo que, a falta de un

análisis más pormenorizado y sin perjuicio de otras posibles variables, podría resultar reflejo de la

disparidad de criterios actualmente existente entre la judicatura y la fiscalía de ese territorio acerca

de los requisitos exigibles para la articulación de procesos restaurativos.

Como dato favorable cabe destacar que el 61% de las derivaciones se producen en la fase de

instrucción y el 40% restante en la fase de enjuiciamiento, derivaciones tempranas que, en todo

caso, favorecen la óptima gestión del conflicto y la reducción de gastos resultantes del proceso.

No se producen derivaciones en la fase de ejecución, a pesar de la relevante virtualidad de esta

última fase del proceso para el desarrollo de procesos restaurativos, especialmente para el

abordaje restaurativo en delitos graves. El tiempo transcurrido desde la comisión del hecho

delictivo hasta el dictado de una sentencia condenatoria en este tipo de infracciones posibilita un

periodo de reflexión en la persona victimizada y en la persona condenada que, en no pocos casos,

3

Así, el artículo 3.10 de la ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal señala que corresponde al Ministerio Fiscal velar por la protección procesal de las víctimas y por la protección de testigos y peritos, promoviendo los mecanismos previstos para que reciban la ayuda y asistencia efectivas.

4

Así, la Ley regula el derecho de la víctima a ser informado de los Servicios de justicia restaurativa (artículo 5.1.k); el acceso de las víctimas a los Servicios de justicia restaurativa (artículo 15); y el apoyo de las Oficinas de Asistencia a la Víctima a los Servicios de justicia restaurativa (artículo 29).

(6)

Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal

permiten un abordaje sosegado de la responsabilidad y la gestión de las consecuencias

derivadas.

A tal efecto, instituciones propias de la fase de ejecución como la suspensión ordinaria (art. 80.1 y

2 CP) y la suspensión sustitutiva de condena (art. 80.3 CP) atribuyen especial importancia para su

aplicación a la reparación del daño o al cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en

virtud de un proceso de mediación (art. 84 CP). El derecho penitenciario ofrece igualmente

previsiones normativas para residenciar la incidencia de los acuerdos restaurativos alcanzados en

la ejecución de la pena, tales como los permisos de salida (art. 47.2 de la LOGP), las progresiones

de grado (art. 72 LOPG), la aplicación del régimen general de cumplimiento (art. 36.2 del CP), la

supresión o disminución de las sanciones disciplinarias (art. 256 del Reglamento Penitenciario) y,

en especial, la obtención de la libertad condicional (arts. 90-92 CP).

En cuanto a las tipologías delictivas derivadas, y a diferencia de la práctica comparada,

fundamentalmente de los países anglosajones, hay que lamentar la escasa confianza de los

operadores jurídicos del Estado y, por extensión, de la Comunidad Autónoma de Euskadi sobre su

capacidad para gestionar ilícitos de mayor reproche penal. En este sentido, destacan

sobremanera en las derivaciones al SMI los delitos leves (un 81%) frente a los delitos menos

graves y graves, a pesar de que la revisión de las investigaciones realizadas permite superar

prejuicios como el de suponer que el campo de la justicia restaurativa debiera circunscribirse al

ámbito de las infracciones leves, constándose evidencias de su mayor eficacia en delitos de

mayor gravedad. A pesar de ello, es apreciable el aumento de derivaciones por parte de las

Audiencias Provinciales de los tres Territorios Históricos y, por tanto, el fomento de la mediación

en los hechos de mayor gravedad.

Este año 2016 se han cerrado 602 casos a través de la mediación, un 37% de los cuales se

resuelve con un proceso de mediación directa y un 62% con un proceso de mediación indirecta. El

empleo de una u otra modalidad responde a cuál es la mejor respuesta restaurativa en un

determinado caso o en un determinado contexto.

La diferencia más sustantiva entre la mediación directa y la indirecta reside en el modo en que

interactúan las personas participantes en el proceso restaurativo. Mientras que en la mediación

directa se produce un diálogo directo entre las personas, en la indirecta desaparece el contacto

directo físico y se produce una interacción indirecta a través de diversas formas de comunicación

(medio escrito, audiovisual). La mediación indirecta está indicada en situaciones de desequilibrio

de poder entre las personas participantes o donde el diálogo presencial es rechazado para evitar

la identificación visual (en caso de inexistencia de relación interpersonal previa) o por limitación de

recursos personales para abordar un diálogo presencial.

No obstante, sin perjuicio de la virtualidad de ambas herramientas según las circunstancias del

caso, existen diferencias de enfoque entre ambas, pues si bien en la mediación directa se prioriza

el diálogo frente al acuerdo, la indirecta está enfocada, en general, al acuerdo más que al proceso.

La exigencia del contexto jurídico de una inmediatez en la respuesta y la identificación del acuerdo

como principal indicador de éxito de un programa restaurativo constituyen criterios que inhiben el

desarrollo adecuado de los programas, aumentando el riesgo de la deriva del programa hacia

meras conformidades y alejándose así de los estándares internacionales.

(7)

Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal

Memoria 2016

4/68

En el 78% de los asuntos cerrados con mediación (474 asuntos) se ha alcanzado un acuerdo

entre las partes, destacando en este apartado los acuerdos de carácter ético (reconocimiento de

responsabilidades principalmente de la persona denunciada o reflexiones verbalizadas relativas a

lo inadecuado del comportamiento desarrollado; identificación y lamento por los daños causados;

y traslado y/o aceptación de disculpas) y los de carácter conductual (modificación en el

comportamiento de las personas tendente a mejorar su problemática en relación al conflicto

originado).

En cuanto al resultado de los acuerdos, los datos muestran un cumplimiento mayoritario de los

acuerdos de mediación lo que refleja el compromiso de las personas con la palabra dada, máxime

en contextos de voluntariedad en la participación, como son los procesos restaurativos, que

conducen al cumplimiento mayoritario de las acciones y compromisos adquiridos por las personas

participantes, a diferencia de las dificultades experimentadas por los órganos judiciales para la

ejecución de las responsabilidades civiles acordadas por sentencia.

De los datos de la memoria cabe extraer asimismo que con frecuencia, en nuestra práctica

procesal, los comportamientos postdelictivos positivos de carácter reparador realizados a favor de

la persona denunciante carecen de relevancia punitiva real en la determinación individualizada de

la pena. Cuando el esfuerzo reparador realizado y la satisfacción de la víctima no son

merecedores de reconocimiento penológico ninguno por parte del Ministerio Fiscal o, de serlo, en

la variante simple de la atenuante de reparación del daño, la pena resultante coincide, en gran

medida, con la que hubiera resultado de no haber concurrido dicho esfuerzo reparador y

satisfacción (aplicación de la pena en la mitad inferior de la que fije la ley para el delito). De esta

forma, se está enviando un mensaje que transmite la irrelevancia de los comportamientos

postdelictivos positivos cuando, al contrario, es necesario promover mensajes que fomenten las

conductas de autoresponsabilización activa y de reparación del daño como algo valioso o positivo

para la justicia penal. Resulta de justicia, por tanto, un reconocimiento con eficacia penológica

apreciable al esfuerzo reparador de las partes, diferenciada de la derivada de la mera conformidad

alcanzada en sala por los operadores jurídicos.

En el 21% de los asuntos cerrados con mediación (128 asuntos) las personas participantes no han

alcanzado un acuerdo, siendo los principales motivos de desacuerdo de las partes los motivos

materiales (diferencias económicas entre las partes relativas a reparaciones monetarias o

patrimoniales) y los éticos (ausencia de iniciativas de reconocimiento de la responsabilidad de las

personas participantes en el desarrollo de los hechos denunciados, de lo inadecuado del

comportamiento desarrollado y/o de ofrecimiento de disculpas).

En el 48% de los de asuntos cerrados, 569 asuntos, no se ha producido el proceso de mediación

destacando en este apartado la decisión de no participar adoptada por las partes.

Finalmente, cabe destacar que este año 2016 los órganos judiciales han derivado al SMI a 2.870

personas, 1.007 mujeres y 1.863 hombres (en un 74% con una relación interpersonal previa al

conflicto) de las cuales 1.475 personas han participado en un proceso de mediación, datos que

evidencian la magnitud que año tras año está adquiriendo el SMI.

(8)

I. DATOS GENERALES

Índice

I.

1. CÓMPUTO DE EXPEDIENTES

1.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA

PENDIENTES AL INICIO

183

DERIVADOS

1.231

CERRADOS

1.171

PENDIENTES AL FINAL

243

EN PREMEDIACIÓN

5

166

EN MEDIACIÓN

6

77

5 Fase previa a la firma del documento de consentimiento informado, en la que la persona facilitadora valora si se dan las condiciones para

desarrollar el proceso restaurativo.

6

Fase comprendida desde la firma del consentimiento informado hasta la finalización del proceso, con o sin consecución de acuerdo.

(9)

I. DATOS GENERALES

Índice

1.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS

1.2.1.

ARABA

PENDIENTES AL INICIO

33

DERIVADOS

256

CERRADOS

209

PENDIENTES AL FINAL

80

EN PREMEDIACIÓN

62

EN MEDIACIÓN

18

1.2.2.

BIZKAIA

PENDIENTES AL INICIO

109

DERIVADOS

785

CERRADOS

758

PENDIENTES AL FINAL

136

EN PREMEDIACIÓN

88

EN MEDIACIÓN

48

1.2.3.

GIPUZKOA

PENDIENTES AL INICIO

41

DERIVADOS

190

CERRADOS

204

PENDIENTES AL FINAL

27

EN PREMEDIACIÓN

16

(10)

I. DATOS GENERALES

Índice

2. TOTAL EXPEDIENTES CERRADOS

2.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA

CERRADOS

1.171

CON MEDIACIÓN

SIN MEDIACIÓN

602

569

(51,41%)

(48,59%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

474

(78,74%)

128

(11)

I. DATOS GENERALES

Índice

2.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS

ARABA

CERRADOS

209

CON MEDIACIÓN

SIN MEDIACIÓN

121

88

(57,89%)

(42,11%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

105

(86,78%)

16

(13,22%)

BIZKAIA

CERRADOS

758

CON MEDIACIÓN

SIN MEDIACIÓN

387

371

(51,06%)

(48,94%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

301

(77,78%)

86

(22,22%)

GIPUZKOA

CERRADOS

204

CON MEDIACIÓN

SIN MEDIACIÓN

94

110

(46,08%)

(53,92%)

CON ACUERDO

SIN ACUERDO

68

(72,34%)

26

(12)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

II.

1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1.

CÓMPUTO TOTAL

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

256

785

190

1.231

(13)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.2.

INICIATIVA DE LA DERIVACIÓN

7

Nº EXPEDIENTES

DE ORGANOS JUDICIALES

TH Araba

239

TH Bizkaia

771

TH Gipuzkoa

183

DE FISCALÍA

TH Araba

0

TH Bizkaia

0

TH Gipuzkoa

0

DE LAS PARTES

TH Araba

17

TH Bizkaia

14

TH Gipuzkoa

7

DEL SAV

TH Araba

0

TH Bizkaia

0

TH Gipuzkoa

0

TOTAL

1.231

7

Conforme al protocolo de funcionamiento vigente del SMI, la iniciativa en la derivación puede proceder del propio órgano judicial, de la fiscalía o de las partes, sin perjuicio de la responsabilidad última del órgano judicial de acordar o no dicha derivación, conforme a la regulación vigente y a su propio criterio. A partir de la entrada en vigor de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima y, más concretamente del reglamento que lo desarrolla (RD 1109/15, de 11 de diciembre), los Servicios de Asistencia a las Víctimas podrán también proponer al órgano judicial la aplicación de la mediación penal cuando lo considere beneficioso para la persona victimizada.

(14)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.3.

DERIVACIONES POR PARTIDO JUDICIAL

PARTIDO JUDICIAL

Nº EXPEDIENTES

AR

A

B

A

Vitoria-Gasteiz

250

(97,66%)

Amurrio

6

(2,34%)

TOTAL

256

BIZ

K

AI

A

Bilbao

248

(31,59%)

Balmaseda

31

(3,95%)

Barakaldo

241

(30,70%)

Durango

55

(7,01%)

Gernika

35

(4,46%)

Getxo

175

(22,29%)

TOTAL

785

G

IP

UZK

OA

Donostia

55

(28,95%)

Azpeitia

15

(7,89%)

Bergara

31

(16,32%)

Eibar

74

(38,95%)

Irun

1

(0,53%)

Tolosa

14

(7,37%)

TOTAL

190

TOTAL CAPV

1.231

(15)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.4.

DERIVACIONES POR ÓRGANO JUDICIAL

8

ARABA

ÓRGANO JUDICIAL

Nº EXPEDIENTES

VI

TO

RIA

-GA

STEIZ

UPAD Instrucción 1

135

(52,73%)

UPAD Instrucción 2

49

(19,14%)

UPAD Instrucción 3

24

(9,38%)

UPAD Instrucción 4

36

(14,06%)

UPAD Penal 1

0

(0%)

UPAD Penal 2

1

(0,39%)

Audiencia Provincial

5

(1,95%)

A MU R R

IO

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº1

0

(0%)

UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº2

6

(2,34%)

TOTAL

256

8 Tras los cambios introducidos por la LO 1/2015, de 30 de marzo, de reforma del CP, los juzgados de paz desaparecen del cuadro de

órganos judiciales derivadores. Efectivamente, en relación a las infracciones penales y a la distribución competencial entre los órganos judiciales, la nueva Ley ha supuesto, además de la eliminación de las faltas del listado de posibles infracciones penales, la reforma de la competencia de los juzgados de paz en el orden jurisdiccional penal (artículo 14,1 de la LECrim), en virtud de la cual se atribuye a los juzgados de instrucción el conocimiento y fallo de los juicios por delito leve (salvo la competencia que corresponda al juzgado de violencia sobre los juicios por las infracciones señaladas en el apartado 5º, letra d), del citado artículo). La nueva atribución de competencias conlleva, de facto, la eliminación de las competencias que los juzgados de paz asumían hasta la reforma sobre determinadas infracciones penales leves, de ahí su desaparición en el cuadro de órganos judiciales derivadores.

(16)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

BIZKAIA

ÓRGANO JUDICIAL

Nº EXPEDIENTES

BILBAO

Instrucción 1

104

(13,25%)

Instrucción 2

0

(0%)

Instrucción 3

43

(5,48%)

Instrucción 4

42

(5,35%)

Instrucción 5

2

(0,25%)

Instrucción 6

0

(0%)

Instrucción 7

0

(0%)

Instrucción 8

8

(1,02%)

Instrucción 9

6

(0,76%)

Instrucción 10

3

(0,38%)

Penal 1

6

(0,76%)

Penal 2

12

(1,53%)

Penal 3

0

(0%)

Penal 4

0

(0%)

Penal 5

14

(1,78%)

Penal 6

0

(0%)

Penal 7

0

(0%)

Audiencia Provincial- Sección 1ª

6

(0,76%)

Audiencia Provincial- Sección 2ª

2

(0,25%)

BALM

ASE

DA

UPAD 1ª instancia e instrucción nº1

31

(3,95%)

UPAD 1ª instancia e instrucción nº2

0

(0%)

BAR

AK

ALDO

UPAD Instrucción 1

119

(15,16%)

UPAD Instrucción 2

63

(8,03%)

UPAD Instrucción 3

9

(1,15%)

UPAD Instrucción 4

9

(1,15%)

Penal 1

26

(3,31%)

Penal 2

15

(1,91%)

…/…

(17)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

…/…

D

URA

N

GO

UPAD 1ª instancia e Instrucción 1

14

(1,78%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 2

10

(1,27%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 3

22

(2,80%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 4

9

(1,15%)

GERN

IKA

UPAD 1ª instancia e Instrucción 1

2

(0,25%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 2

24

(3,06%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 3

7

(0,89%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 4

2

(0,25%)

GETX

O

UPAD 1ª instancia e Instrucción 1

40

(5,10%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 2

28

(3,57%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 3

24

(3,06%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 4

26

(3,31%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 5

28

(3,57%)

UPAD 1ª instancia e Instrucción 6

29

(3,69%)

(18)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

GIPUZKOA

ÓRGANO JUDICIAL

Nº EXPEDIENTES

D

ON

OSTIA

Instrucción 1

0

(0%)

Instrucción 2

30

(15,79%)

Instrucción 3

3

(1,58%)

Instrucción 4

9

(4,74%)

Instrucción 5

3

(1,58%)

Audiencia Provincial Sección 1ª

10

(5,26%)

Penal 1

0

(0%)

Penal 2

0

(0%)

Penal 3

0

(0%)

Penal 4

0

(0%)

Penal 5

0

(0%)

AZPE

IT

IA

Instancia e Instrucción 1

5

(2,63%)

Instancia e Instrucción 2

10

(5,26%)

BERGARA

Instancia e Instrucción 1

6

(3,16%)

Instancia e Instrucción 2

2

(1,05%)

Instancia e Instrucción 3

10

(5,26%)

Instancia e Instrucción 4

13

(6,84%)

EIBA

R

Instancia e Instrucción 1

74

(38,95%)

Instancia e Instrucción 2

0

(0%)

IRUN

Instancia e Instrucción 1

0

(0%)

Instancia e Instrucción 2

1

(0,53%)

Instancia e Instrucción 3

0

(0%)

Instancia e Instrucción 4

0

(0%)

Instancia e Instrucción 5

0

(0%)

TO

LOSA

Instancia e Instrucción 1

4

(2,11%)

Instancia e Instrucción 2

2

(1,05%)

Instancia e Instrucción 3

5

(2,63%)

Instancia e Instrucción 4

3

(1,58%)

TOTAL

190

(19)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.5.

FASE PROCESAL DE DERIVACIÓN

9

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

INSTRUCCIÓN

33 (84,62%)

100 (55,25%)

23 (67,65%)

156 (61,42%)

ENJUICIAMIENTO

6 (15,38%)

81 (44,75%)

11 (32,35%)

98 (38,58%)

EJECUCIÓN

0 (0%)

0 (0%)

0 (0%)

0 (0%)

TOTAL

39

181

34

254

1.6.

TIPO DE CAUSA

9 Hace referencia a la derivación de los delitos graves y menos graves, no así a las faltas y a los delitos leves. Como sucedía en el juicio de

faltas, el juicio de delitos leves carece, según la ley existente, de actividad instructora. Sin perjuicio de las modificaciones introducidas por el legislador, conforme a la disposición adicional de la Ley 1/2015, no existe específica fase de instrucción en el procedimiento de los delitos leves, al pasar de forma inmediata a la celebración de juicio oral, de así su exclusión en el presente cuadro.

FAL

- PROCEDIMIENTO DE FALTAS

1

(0,08%)

LEV

- JUICIO SOBRE DELITO LEVE

976

(79,29%)

DIP

- DILIGENCIAS PREVIAS

157

(12,75%)

DUR

- DILIGENCIAS URGENTES

0

(0%)

JRA

- JUICIO RÁPIDO

0

(0%)

PAB

- PROCEDIMIENTO ABREVIADO

96

(7,80%)

SUM

- PROCEDIMIENTO SUMARIO

1

(0,08%)

PTJ

- PROCEDIMIENTO TRIBUNAL JURADO

0

(0%)

(20)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.7.

TIPOLOGÍAS DELICTIVAS

10

Aquellas infracciones penales cometidas con anterioridad al 1 de julio de 2015 que merecieron tal calificación jurídica. En esa fecha entró en vigor la LO 1/2015, de 30 de marzo, de reforma del Código Penal, en virtud de la cual se suprimen las faltas del listado de posibles infracciones penales, sin perjuicio de la inclusión en la presente memoria de aquellas pendientes de enjuiciamiento por parte de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias Provinciales, al estar asociadas al enjuiciamiento de delitos menos graves y graves.

11

No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales derivadas, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

TOTAL CAPV

DELITOS

Graves

Menos graves

Leves

25

275

1.542

1.842 (96,90%)

FALTAS

10

59 (3,10%)

TOTAL

11

1.901

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

DELITOS

Graves

Menos

graves

Leves

Graves

Menos

graves

Leves

Graves

Menos

graves

Leves

9

51

294

7

194

1.020

9

30

228

354 (100%)

1.221 (95,61%)

267 (98,89%)

FALTAS

0 (0%)

56 (4,39%)

3 (1,11%)

TOTAL

354

1.277

270

(21)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.7.1. DELITOS GRAVES

Homicidio

1

(4,00%)

Lesiones

15

(60,00%)

Detención ilegal

1

(4,00%)

Contra la integridad moral en violencia

intrafamiliar

2

(8,00%)

Estafa

4

(16,00%)

Apropiación indebida

1

(4,00%)

Tenencia, tráfico y depósitos de armas,

(22)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.7.2. DELITOS MENOS GRAVES

Lesiones

117

(42,55%)

Lesiones por imprudencia grave

3

(1,09%)

Lesiones en violencia intrafamiliar

22

(8,00%)

Amenazas

12

(4,36%)

Amenazas en violencia intrafamiliar

6

(2,18%)

Coacciones

8

(2,91%)

Acoso

1

(0,36%)

Allanamiento de morada

3

(1,09%)

Calumnias

1

(0,36%)

Quebrantamiento de los deberes de

custodia

1

(0,36%)

Impago de pensiones

2

(0,73%)

Hurto

15

(5,45%)

Robo con fuerza

7

(2,55%)

Robo con intimidación

2

(0,73%)

Robo y hurto de uso de vehículos

1

(0,36%)

Estafa

11

(4,00%)

Apropiación indebida

30

(10,91%)

Daños

21

(7,64%)

Societario

1

(0,36%)

Contra la seguridad vial

2

(0,73%)

Contra la seguridad pública

1

(0,36%)

Falsificación de documento público por

autoridad o funcionario

4

(1,45%)

Falsificación de documento privado

1

(0,36%)

Quebrantamiento de condena

1

(0,36%)

Atentado

1

(0,36%)

(23)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.7.3. DELITOS LEVES

Lesiones

399

(25,88%)

Lesiones en violencia intrafamiliar

16

(1,04%)

Maltrato de obra

121

(7,85%)

Amenazas

513

(33,27%)

Amenazas en violencia intrafamiliar

27

(1,75%)

Coacciones

172

(11,15%)

Coacciones en violencia intrafamiliar

7

(0,45%)

Acoso

3

(0,19%)

Usurpación de identidad

2

(0,13%)

Injurias y vejaciones injustas en violencia

intrafamiliar

22

(1,43%)

Hurto

46

(2,98%)

Estafa

58

(3,76%)

Apropiación indebida

31

(2,01%)

Defraudación de electricidad, gas, aguas…

3

(0,19%)

Alteración de lindes

2

(0,13%)

Daños

104

(6,74%)

Usurpación

15

(0,97%)

(24)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

1.7.4. FALTAS

Lesiones

33

(55,93%)

Incumplimiento de obligaciones familiares

6

(10,17%)

Maltrato de obra

5

(8,47%)

Amenazas

3

(5,08%)

Injurias

7

(11,86%)

Hurto

1

(1,69%)

Daños

2

(3,39%)

Contra la flora

1

(1,69%)

(25)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES

2.1.

ROL

2.2.

NATURALEZA

12 Se entiende por persona ofendida la víctima, el sujeto pasivo —persona física o jurídica— sobre quien recae el daño o peligro causado

por la conducta típica del sujeto activo. Estrechamente vinculado al concepto de ofendida se halla el de perjudicada, que es aquélla que sufre en su patrimonio los efectos de la acción delictiva, y ejercita la pretensión de reparación del daño causado. En la mayor parte de los procesos judiciales la persona denunciante es también la persona ofendida o perjudicada por la acción delictiva, pero no siempre tiene por qué ser así, de ahí la distinción del rol. (por ejemplo, aquellos supuestos en los cuales la progenitora interpone denuncia por la victimización sufrida por su hijo/a menor; el/la familiar que denuncia la victimización sufrida en su persona y en algún/a otro/a familiar; los/as dependientes de establecimientos comerciales que denuncian los delitos contra el patrimonio –robos, hurtos- sufridas por el comercio).

DENUNCIANTE

1.130

(38,87%)

DENUNCIADA

1.238

(42,59%)

DENUNCIANTE / DENUNCIADA

463

(15,93%)

PERJUDICADA / OFENDIDA

12

76

(2,61%)

TOTAL

2.907

PERSONA FÍSICA

2.870

(98,73%)

PERSONA JURÍDICA

PÚBLICA

Ámbito local

1

(0,03%)

Ámbito foral

2

(0,07%)

Ámbito CAPV

1

(0,03%)

Ámbito estatal

0

(0%)

PRIVADA

33

(1,14%)

TOTAL

2.907

(26)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

2.3.

SEXO

2.4.

EDAD

DENUNCIANTE DENUNCIADA

DENUNCIANTE/

DENUNCIADA

PERJUDICADA/

OFENDIDA

TOTAL

< 18

0

(0%)

0

(0%)

0

(0%)

28

(40,58%)

28

(0,98%)

18-30

202

(18,57%)

265

(22,06%)

158

(34,13%)

5

(7,25%)

630

(21,95%)

31-40

270

(24,82%)

331

(27,56%)

100

(21,60%)

9

(13,04%)

710

(24,74%)

41-50

311

(28,58%)

347

(28,89%)

123

(26,57%)

9

(13,04%)

790

(27,53%)

51-60

193

(17,74%)

154

(12,82%)

47

(10,15%)

6

(8,70%)

400

(13,94%)

61-70

79

(7,26%)

80

(6,66%)

22

(4,75%)

7

(10,14%)

188

(6,55%)

≥ 71

33

(3,03%)

24

(2,00%)

13

(2,81%)

5

(7,25%)

75

(2,61%)

SIN DETERMINAR

49

(1,71%)

2.870

MUJERES

1.007

(35,09%)

HOMBRES

1.863

(64,91%)

TOTAL

2.870

(27)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

2.5.

LUGAR DE NACIMIENTO

DENUNCIANTE

DENUNCIADA

DENUNCIANTE/

DENUNCIADA

PERJUDICADA/

OFENDIDA

TOTAL

ESTADO ESPAÑOL

926

(84,26%)

1012

(83,02%)

358

(77,32%)

62

(88,57%)

2.358

(82,16%)

ESTADO DE LA UE

11

(1,00%)

14

(1,15%)

7

(1,51%)

1

(1,43%)

33

(1,15%)

ESTADO AJENO A

LA UE

162

(14,74%)

193

(15,83%)

98

(21,17%)

7

(10,00%)

460

(16,03%)

SIN DETERMINAR

19

(0,66%)

2.870

2.6.

LUGAR DE RESIDENCIA

DENUNCIANTE

DENUNCIADA

DENUNCIANTE/

DENUNCIADA

PERJUDICADA/

OFENDIDA

TOTAL

VITORIA-GASTEIZ

184

(16,77%)

208

(17,01%)

136

(29,37%)

11

(15,71%)

539

(18,78%)

RESTO ARABA

17

(1,55%)

21

(1,72%)

18

(3,89%)

0

(0%)

56

(1,95%)

BILBAO

180

(16,41%)

191

(15,62%)

65

(14,04%)

14

(20,00%)

450

(15,68%)

RESTO BIZKAIA

520

(47,40%)

579

(47,34%)

193

(41,68%)

29

(41,43%)

1321

(46,03%)

DONOSTIA-SAN

SEBASTIÁN

33

(3,01%)

32

(2,62%)

11

(2,38%)

1

(1,43%)

77

(2,68%)

RESTO GIPUZKOA

142

(12,94%)

156

(12,76%)

33

(7,13%)

13

(18,57%)

344

(11,99%)

FUERA DE LA CAPV

21

(1,91%)

36

(2,94%)

7

(1,51%)

2

(2,86%)

66

(2,30%)

SIN DETERMINAR

17

(0,59%)

2.870

(28)

II. EXPEDIENTES DERIVADOS

Índice

2.7.

RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA

13

13

La inclusión de esta variante pretende analizar si la relación interpersonal previa entre las personas intervinientes incide en la posible articulación y posterior desarrollo de procesos restaurativos intrajudiciales y en el encuadre judicial resultante de los mismos. En el contexto de actuación del SMI se entienden por afectivas aquellas relaciones de tipo emocional caracterizadas por la creación supuesta de vínculos de cuidado, apoyo, escucha, comprensión y ayuda. Un ejemplo de esta relaciones afectivas preexistentes en la casuística de las personas usuarias del SMI son las relaciones familiares /12%), de pareja (3,90%) y amistad (3,57%). Por el contrario, las relaciones vecinales (17,47%), contractuales (10,72%) y laborales (5,12%) conforman el abanico principal de las relaciones no afectivas preexistentes, sin perjuicio de otras naturalezas y de los vínculos emocionales que, en su caso, fueran susceptibles de desarrollarse en los contextos citados.

14

Relaciones de tipo emocional caracterizadas por la creación supuesta de vínculos de cuidado, apoyo, escucha, comprensión y ayuda. En la casuística del perfil de las personas usuarias del SMI, un ejemplo de éstas son las relaciones familiares, de pareja/expareja o análogas y de amistad entre las personas intervinientes en una causa judicial.

15

Resto de posibles relaciones interpersonales: vecindad, de trabajo, estudios, conocidas/os, etc.

CON RELACIÓN

Afectiva

14

247

(26,82%)

921

(74,82%)

No afectiva

15

674

(73,18%)

SIN RELACIÓN

310

(25,18%)

TOTAL

1.231

(29)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

III.

-1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS

1.1.

CÓMPUTO TOTAL

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

121

387

94

602

1.2.

FASE PROCESAL DE DERIVACIÓN

16

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

INSTRUCCIÓN

115 (95,04%)

53 (60,92%)

14 (73,68%)

182 (80,18%)

ENJUICIAMIENTO

6 (4,96%)

34 (39,08%)

5 (26,32%)

45 (19,82%)

EJECUCIÓN

0

(0%)

0

(0%)

0

(0%)

0

(0%)

TOTAL

121

87

19

227

16 Hace referencia a la derivación de los delitos graves y menos graves, no así a las faltas y a los delitos leves. Como sucedía en el juicio

de faltas, el juicio de delitos leves carece, según la ley existente, de actividad instructora. Sin perjuicio de las modificaciones introducidas por el legislador, conforme a la disposición adicional de la Ley 1/2015, no existe específica fase de instrucción en el procedimiento de los delitos leves, al pasar de forma inmediata a la celebración de juicio oral, de así su exclusión en el presente cuadro.

(30)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

1.3.

TIPO DE CAUSA

FAL

- PROCEDIMIENTO DE FALTAS

7

(1,16%)

LEV

- JUICIO SOBRE DELITO LEVE

465

(77,24%)

DIP

- DILIGENCIAS PREVIAS

86

(14,29%)

DUR

- DILIGENCIAS URGENTES

0

(0%)

JRA

- JUICIO RÁPIDO

0

(0%)

PAB

- PROCEDIMIENTO ABREVIADO

43

(7,14%)

SUM

- PROCEDIMIENTO SUMARIO

1

(0,17%)

PTJ

- PROCEDIMIENTO TRIBUNAL JURADO

0

(0%)

(31)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

1.4.

TIPOLOGÍAS DELICTIVAS

17 Aquellas infracciones penales cometidas con anterioridad al 1 de julio de 2015 que merecieron tal calificación jurídica. En esa fecha

entró en vigor la LO 1/2015, de 30 de marzo, de reforma del Código Penal, en virtud de la cual se suprimen las faltas del listado de posibles infracciones penales, sin perjuicio de la inclusión en la presente memoria de aquellas pendientes de enjuiciamiento por parte de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias Provinciales, al estar asociadas al enjuiciamiento de delitos menos graves y graves.

18

No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales cerradas con mediación, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

TOTAL CAPV

DELITOS

Graves

Menos graves

Leves

24

149

768

941 (94,48%)

FALTAS

17

55 (5,52%)

TOTAL

18

996

TIPOLOGIAS

DELICTIVAS

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

DELITOS

Graves

Menos

graves

Leves

Graves

Menos

graves

Leves

Graves

Menos

graves

Leves

9

45

140

11

85

506

4

19

122

194 (98,48%)

602 (93,48%)

145

(93,55%)

FALTAS

3 (1,52%)

42 (6,52%)

10 (6,45%)

TOTAL

197

644

155

(32)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

1.4.1.

DELITOS GRAVES

Homicidio

1

(4,17%)

Lesiones

13

(54,17%)

Detención ilegal

2

(8,33%)

Secuestro

1

(4,17%)

Contra la integridad moral en violencia

intrafamiliar

1

(4,17%)

Estafa

5

(20,83%)

Tenencia, tráfico y depósitos de armas,

municiones o explosivos

1

(4,17%)

1.4.2.

DELITOS MENOS GRAVES

Lesiones

54

(36,24%)

Lesiones por imprudencia grave

1

(0,67%)

Lesiones en violencia intrafamiliar

19

(12,75%)

Amenazas

14

(9,40%)

Amenazas en violencia intrafamiliar

8

(5,37%)

Coacciones

5

(3,36%)

Acoso

1

(0,67%)

Allanamiento de morada

2

(1,34%)

Calumnias

1

(0,67%)

Injurias

1

(0,67%)

Quebrantamiento de los deberes de

custodia

1

(0,67%)

Hurto

8

(5,37%)

Robo con fuerza

2

(1,34%)

Robo con intimidación

1

(0,67%)

Estafa

3

(2,01%)

Apropiación indebida

16

(10,74%)

Daños

10

(6,71%)

Contra la seguridad vial

1

(0,67%)

(33)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

1.4.3. DELITOS LEVES

Lesiones

202

(26,30%)

Lesiones en violencia intrafamiliar

7

(0,91%)

Maltrato de obra

56

(7,29%)

Amenazas

268

(34,90%)

Amenazas en violencia intrafamiliar

18

(2,34%)

Coacciones

79

(10,29%)

Coacciones en violencia intrafamiliar

2

(0,26%)

Acoso

3

(0,39%)

Usurpación de identidad

1

(0,13%)

Injurias y vejaciones injustas en violencia

intrafamiliar

11

(1,43%)

Hurto

20

(2,60%)

Estafa

20

(2,60%)

Apropiación indebida

11

(1,43%)

Defraudación de electricidad, gas, aguas…

2

(0,26%)

Alteración de lindes

2

(0,26%)

Daños

55

(7,16%)

Usurpación

10

(1,30%)

(34)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

1.4.4. FALTAS

Lesiones

29

(52,73%)

Maltrato de obra

11

(20%)

Amenazas

6

(10,91%)

Coacciones

1

(1,82%)

Injurias

6

(10,91%)

Contra la flora

1

(1,82%)

(35)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

2. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN

2.1.

TIPO DE MEDIACIÓN

19

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

DIRECTA

20

49

(40,50%)

150

(38,76%)

28

(29,79%)

227

(37,71%)

INDIRECTA

21

72

(59,50%)

237

(61,24%)

66

(70,21%)

375

(62,29%)

TOTAL

121

387

94

602

2.2.

RESULTADO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

19

Sin perjuicio de la existencia de otras herramientas, existen diversas prácticas de justicia restaurativa, entre las cuales Naciones Unidas menciona la mediación, los círculos y las conferencias. De todas las prácticas, la mediación es la más extendida en Europa.

20

En el ámbito penal, diálogo presencial entre las personas denunciantes y denunciadas que participan en una causa penal, facilitado por una tercera persona que ejerce como mediadora.

21

En el ámbito penal, diálogo no presencial entre las personas denunciantes y denunciadas que participan en una causa penal, facilitado por una tercera persona que ejerce como mediadora, desarrollándose la interacción a través de medio escrito o audiovisual.

22

Debe coincidir con el número de causas judiciales cerradas con mediación.

CON ACUERDO

474

(78,74%)

SIN ACUERDO

128

(21,26%)

(36)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

2.3.

NÚMERO Y TIPO DE SESIONES

2.4.

INTERVALOS DE TIEMPO

2.4.1. ENTRE LOS HECHOS Y LA DERIVACIÓN AL SMI

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

< 1 mes

6

(4,96%)

168

(43,41%)

21

(22,34%)

195

(32,39%)

1-2 meses

86

(71,07%)

90

(23,26%)

20

(21,28%)

196

(32,56%)

2-3 meses

4

(3,31%)

33

(8,53%)

11

(11,70%)

48

(7,97%)

3-6 meses

16

(13,22%)

41

(10,59%)

20

(21,28%)

77

(12,79%)

6-12 meses

2

(1,65%)

29

(7,49%)

12

(12,77%)

43

(7,14%)

12-24 meses

7

(5,79%)

11

(2,84%)

6

(6,38%)

24

(3,99%)

>24 meses

0

(0%)

15

(3,88%)

4

(4,26%)

19

(3,16%)

TOTAL

121

387

94

602

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

SESIONES

INFORMATIVAS

261

(43,43%)

981

(43,97%)

211

(36,44%)

1.453

(42,60%)

ENTREVISTAS

INDIVIDUALES

284

(47,25%)

1.073

(48,10%)

321

(55,44%)

1.678

(49,19%)

CONJUNTAS

56

(9,32%)

177

(7,93%)

47

(8,12%)

280

(8,21%)

TOTAL

601

2.231

579

3.411

(37)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

2.4.2. ENTRE LA DERIVACIÓN AL SMI Y EL INICIO DEL PROCESO DE

MEDIACIÓN

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

< 1 mes

64

(52,89%)

232 (59,95%)

50

(53,19%)

346

(57,48%)

1-2 meses

44

(36,36%)

117

(30,23%)

35

(37,23%)

196

(32,56%)

2-3 meses

12

(9,92%)

34

(8,79%)

7

(7,45%)

53

(8,80%)

3-6 meses

1

(0,83%)

4

(1,03%)

2

(2,13%)

7

(1,16%)

TOTAL

121

387

94

602

2.4.3. ENTRE EL INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN Y SU CONCLUSIÓN

ARABA

BIZKAIA

GIPUZKOA

TOTAL

< 1 mes

74

(61,16%)

240

(62,02%)

41

(43,62%)

355

(58,97%)

1-2 meses

32

(26,45%)

90

(23,26%)

23

(24,47%)

145

(24,09%)

2-3 meses

6

(4,96%)

36

(9,30%)

15

(15,96%)

57

(9,47%)

3-6 meses

7

(5,79%)

17

(4,39%)

15

(15,96%)

39

(6,48%)

6-12 meses

2

(1,65%)

4

(1,03%)

0

(%)

6

(1,00%)

TOTAL

121

387

94

602

(38)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

3. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES

23

3.1.

ROL

3.2.

NATURALEZA

23

Perfil de las personas intervinientes con rol procesal en la causa judicial, excluyéndose del análisis de perfil a las terceras personas de apoyo.

24

Relaciones de tipo emocional caracterizadas por la creación supuesta de vínculos de cuidado, apoyo, escucha, comprensión y ayuda. En la casuística del perfil de las personas usuarias del SMI, un ejemplo de éstas son las relaciones familiares, de pareja/expareja o análogas y de amistad entre las personas intervinientes en una causa judicial.

25

Relaciones con profesionales sanitarios, de servicios sociales, etc.

26

Representantes de instituciones públicas y/o de movimientos asociativos.

DENUNCIANTE

536

(35,78%)

DENUNCIADA

577

(38,52%)

DENUNCIANTE / DENUNCIADA

295

(19,69%)

PERJUDICADA / OFENDIDA

38

(2,54%)

TERCERAS PERSONAS

DE APOYO

Con vinculación

Afectiva

24

46

(3,07%)

Profesional

25

6

(0,40%)

Sin vinculación

26

0

(0%)

TOTAL

1.498

PERSONA FÍSICA

1.475

(98,46%)

PERSONA JURÍDICA

PÚBLICA

Ámbito local

0

(0%)

Ámbito foral

0

(0%)

Ámbito CAPV

4

(0,27%)

Ámbito estatal

0

(0%)

PRIVADA

19

(1,27%)

TOTAL

1.498

(39)

III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN

Índice

3.3.

SEXO

3.4.

EDAD

DENUNCIANTE

DENUNCIADA

DENUNCIANTE/

DENUNCIADA

PERJUDICADA/

OFENDIDA

3ª PERSONA

VINCULACIÓN

AFECTIVA

TOTAL

< 18

0

(0%)

0

(0%)

0

(0%)

16

(43,24%)

0

(0%)

16

(1,08%)

18-30

96

(18,39%)

134

(23,30%)

109

(36,95%)

3

(8,11%)

5

(10,87%)

347

(23,53%)

31-40

128

(24,52%)

152

(26,43%)

50

(16,95%)

4

(10,81%)

6

(13,04%)

340

(23,05%)

41-50

154

(29,50%)

160

(27,83%)

79

(26,78%)

6

(16,22%)

20

(43,48%)

419

(28,41%)

51-60

95

(18,20%)

79

(13,74%)

34

(11,53%)

6

(16,22%)

8

(17,39%)

222

(15,05%)

61-70

34

(6,51%)

40

(6,96%)

14

(4,75%)

0

(0%)

6

(13,04%)

94

(6,37%)

≥ 71

15

(2,87%)

10

(1,74%)

9

(3,05%)

2

(5,41%)

1

(2,17%)

37

(2,51%)

1.475

MUJERES

602

(40,81%)

HOMBRES

873

(59,19%)

TOTAL

1.475

Referencias

Documento similar

Contraindicaciones: El uso de la mascarilla está contraindicado para los pacientes y los miembros de sus familias, profesionales sanitarios y compañeros de

que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el

En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la

E Clamades andaua sienpre sobre el caua- 11o de madera, y en poco tienpo fue tan lexos, que el no sabia en donde estaña; pero el tomo muy gran esfuergo en si, y pensó yendo assi

Sanz (Universidad Carlos III-IUNE): &#34;El papel de las fuentes de datos en los ranking nacionales de universidades&#34;.. Reuniones científicas 75 Los días 12 y 13 de noviembre

(Banco de España) Mancebo, Pascual (U. de Alicante) Marco, Mariluz (U. de València) Marhuenda, Francisco (U. de Alicante) Marhuenda, Joaquín (U. de Alicante) Marquerie,

d) que haya «identidad de órgano» (con identidad de Sala y Sección); e) que haya alteridad, es decir, que las sentencias aportadas sean de persona distinta a la recurrente, e) que

La siguiente y última ampliación en la Sala de Millones fue a finales de los años sesenta cuando Carlos III habilitó la sexta plaza para las ciudades con voto en Cortes de