SERVICIO DE MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL
(SMI)
1
(MEDIACIÓN PENAL)
Memoria 2016
1
http://www.justizia.net/mediacion-intrajudicial
Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
... 1
I.
DATOS GENERALES
... 5
1.
CÓMPUTO DE EXPEDIENTES ... 5
1.1. Comunidad Autónoma ... 5
1.2. Territorios Históricos ... 6
2.
TOTAL EXPEDIENTES CERRADOS... 7
2.1. Comunidad Autónoma ... 7
2.2. Territorios Históricos ... 8
II.
EXPEDIENTES DERIVADOS
... 9
1.
DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 9
1.1. Cómputo total ... 9
1.2. Iniciativa de la derivación ... 10
1.3. Derivaciones por partido judicial ... 11
1.4. Derivaciones por órgano judicial ... 12
1.5. Fase procesal de derivación ... 16
1.6. Tipo de causa... 16
1.7. Tipologías delictivas ... 17
2.
DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ... 22
III.
EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
... 26
1.
DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 26
1.1. Cómputo total ... 26
1.2. Fase procesal de derivación ... 26
1.3. Tipo de causa... 27
1.4. Tipologías delictivas ... 28
2.
DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN ... 32
2.1. Tipo de mediación ... 32
2.2. Resultado del proceso de mediación ... 32
2.3. Número y tipo de sesiones ... 33
2.4. Intervalos de tiempo ... 33
Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal
Memoria 2016
IV.
EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y ACUERDO
... 39
1.
DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 39
1.1. Cómputo total ... 39
1.2. Tipo de causa... 39
1.3. Tipologías delictivas ... 40
2.
DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN ... 44
2.1. Tipo de mediación ... 44
2.2. Naturaleza de los acuerdos ... 45
2.3. Resultado de los acuerdos ... 46
2.4. Consecuencias judiciales ... 47
3.
DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ... 49
V.
EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN Y SIN ACUERDO
... 53
1.
DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 53
1.1. Cómputo total ... 53
1.2. Tipo de causa... 53
1.3. Tipologías delictivas ... 54
2.
MOTIVOS DEL DESACUERDO Y/O INTERRUPCIÓN DE LA MEDIACIÓN ... 58
3.
DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES ... 59
VI.
EXPEDIENTES CERRADOS SIN MEDIACIÓN
... 63
1.
DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS ... 63
1.1. Cómputo total ... 63
1.2. Tipo de causa... 63
1.3. Tipologías delictivas ... 64
2.
MOTIVO DE NO INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN... 67
3.
NÚMERO Y TIPO DE SESIONES ... 68
Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal
Índice
INTRODUCCION
La Justicia Restaurativa aboga por una concepción de la justicia basada en la restauración de las
relaciones sociales, la pacificación, la reparación y la responsabilización; una justicia que tiene en
cuenta las necesidades de las personas involucradas en el conflicto (autor/a del delito, víctima y
comunidad) y que articula espacios de comunicación que fomenten la búsqueda dialogada de la
reparación del daño sufrido por la víctima, la inserción social positiva de su victimario/a y la
pacificación de los conflictos en la comunidad.
Entre las diversas técnicas de Justicia Restaurativa, la mediación intrajudicial víctima-victimario/a,
como complemento al sistema adversarial en vigor, supone una excelente oportunidad para
constituir un sistema de justicia formal de mayor calidad en atención a los ciudadanos/as. A pesar
de que su presencia en nuestro contexto cultural y jurídico es relativamente breve, en la
Comunidad Autónoma de Euskadi este sistema ha alcanzado un desarrollo importante.
Desde el año 2007, el Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) de Euskadi pone a disposición de
los órganos judiciales y de la ciudadanía un método complementario a la vía judicial para la
gestión de los conflictos que llegan a los juzgados y tribunales. Con la mediación, la persona
responsable de un delito y la persona que ha sido víctima pueden someterse de forma voluntaria
al intento de solucionar su conflicto. A la persona infractora le ofrece la oportunidad de
responsabilizarse de manera constructiva por el hecho cometido y por el daño causado o perjuicio
infligido y a la persona víctima le dota de protagonismo en la transformación y resolución del
conflicto.
La presente memoria muestra los datos relativos al trabajo desarrollado por el SMI durante el año
2016, datos que reflejan la consolidación del SMI como vía para el abordaje restaurativo de las
controversias, a pesar de que se observa un descenso de su carga de trabajo, con una ligera
disminución de los asuntos derivados y atendidos. Así, el SMI ha tramitado este año un total de
1.414 expedientes, 1.231 derivados durante este año por los órganos judiciales y 226 que
provienen de años anteriores, aún pendientes de resolución. Se han cerrado 1.171 asuntos, de los
cuales el 51% (602 asuntos) se han resuelto mediante un proceso de mediación, habiéndose
alcanzado un acuerdo en un 78% de los asuntos. Por el contrario, el 48% restante (569 asuntos)
se han cerrado sin que haya concurrido la mediación.
Los datos revelan un descenso en el cómputo de derivaciones de los juzgados y tribunales, 1.231
asuntos derivados frente a los 1.443 del año pasado, descenso que, en gran medida, viene
motivado por la supresión de las faltas del Código Penal
2, infracción penal que hasta entonces
representaba un alto porcentaje de asuntos derivados.
2
Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal
Memoria 2016
2/68
La iniciativa de la derivación continúa recayendo en exclusiva en los órganos judiciales, a pesar de
que se observa un tímido ascenso en la iniciativa de las partes. Por el contrario, persiste la
ausencia de iniciativa de la Fiscalía, circunstancia paradógica si se tiene en cuenta que su propio
Estatuto Orgánico
3le confiere expresamente la labor de defensa de las víctimas y que la
mediación, según certifican los estudios internacionales, propicia escenarios especialmente
favorables para las mismas. Sería deseable un cambio de inercia, una actitud proactiva de la
Fiscalía a la hora de informar a las personas víctimas sobre los Servicios de Justicia Restaurativa
y de promocionar la mediación en aquellas causas en las que concurren los requisitos normativos,
en la línea del impulso inequívoco que viene prestando a la conformidad penal.
En línea con lo anteriormente expuesto, el Servicio de Atención a la Víctima (SAV) está llamado a
convertirse en uno de los principales valedores de la justicia restaurativa en la defensa de la
víctima, propósito que se desprense de la ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del
delito
4y del Protocolo de derivación al SMI firmado por ambos Servicios y que articula dichas
derivaciones. Deviene necesario continuar trabajando conjuntamente para que en los próximos
años la coordinación entre ambos servicios redunde en una mejora de la atención prestada a la
ciudadanía en general y a las víctimas del delito en particular.
La memoria muestra un aumento de derivaciones en el Territorio Histórico de Álava
– 256
asuntos- y una disminución en los de Bizkaia – 785 asuntos- y, especialmente, de Gipuzkoa -190
asuntos-. En Araba, destaca la participación de los juzgados de instrucción de Vitoria-Gasteiz
(especialmente el número 1, con 135 derivaciones) y la escasa incidencia de los juzgados de lo
penal y de los juzgados de Amurrio. En Bizkaia, salvo en el partido judicial de Bilbao, con un
descenso apreciable de derivaciones y con un número importante de órganos judiciales que no
derivan, continúa la situación favorable de los últimos años, con una buena participación de los
juzgados de los diferentes partidos judiciales. En Gipuzkoa se observa un fuerte retroceso de las
derivaciones, especialmente en los partidos judiciales de Donostia e Irun lo que, a falta de un
análisis más pormenorizado y sin perjuicio de otras posibles variables, podría resultar reflejo de la
disparidad de criterios actualmente existente entre la judicatura y la fiscalía de ese territorio acerca
de los requisitos exigibles para la articulación de procesos restaurativos.
Como dato favorable cabe destacar que el 61% de las derivaciones se producen en la fase de
instrucción y el 40% restante en la fase de enjuiciamiento, derivaciones tempranas que, en todo
caso, favorecen la óptima gestión del conflicto y la reducción de gastos resultantes del proceso.
No se producen derivaciones en la fase de ejecución, a pesar de la relevante virtualidad de esta
última fase del proceso para el desarrollo de procesos restaurativos, especialmente para el
abordaje restaurativo en delitos graves. El tiempo transcurrido desde la comisión del hecho
delictivo hasta el dictado de una sentencia condenatoria en este tipo de infracciones posibilita un
periodo de reflexión en la persona victimizada y en la persona condenada que, en no pocos casos,
3
Así, el artículo 3.10 de la ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal señala que corresponde al Ministerio Fiscal velar por la protección procesal de las víctimas y por la protección de testigos y peritos, promoviendo los mecanismos previstos para que reciban la ayuda y asistencia efectivas.
4
Así, la Ley regula el derecho de la víctima a ser informado de los Servicios de justicia restaurativa (artículo 5.1.k); el acceso de las víctimas a los Servicios de justicia restaurativa (artículo 15); y el apoyo de las Oficinas de Asistencia a la Víctima a los Servicios de justicia restaurativa (artículo 29).
Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal
permiten un abordaje sosegado de la responsabilidad y la gestión de las consecuencias
derivadas.
A tal efecto, instituciones propias de la fase de ejecución como la suspensión ordinaria (art. 80.1 y
2 CP) y la suspensión sustitutiva de condena (art. 80.3 CP) atribuyen especial importancia para su
aplicación a la reparación del daño o al cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en
virtud de un proceso de mediación (art. 84 CP). El derecho penitenciario ofrece igualmente
previsiones normativas para residenciar la incidencia de los acuerdos restaurativos alcanzados en
la ejecución de la pena, tales como los permisos de salida (art. 47.2 de la LOGP), las progresiones
de grado (art. 72 LOPG), la aplicación del régimen general de cumplimiento (art. 36.2 del CP), la
supresión o disminución de las sanciones disciplinarias (art. 256 del Reglamento Penitenciario) y,
en especial, la obtención de la libertad condicional (arts. 90-92 CP).
En cuanto a las tipologías delictivas derivadas, y a diferencia de la práctica comparada,
fundamentalmente de los países anglosajones, hay que lamentar la escasa confianza de los
operadores jurídicos del Estado y, por extensión, de la Comunidad Autónoma de Euskadi sobre su
capacidad para gestionar ilícitos de mayor reproche penal. En este sentido, destacan
sobremanera en las derivaciones al SMI los delitos leves (un 81%) frente a los delitos menos
graves y graves, a pesar de que la revisión de las investigaciones realizadas permite superar
prejuicios como el de suponer que el campo de la justicia restaurativa debiera circunscribirse al
ámbito de las infracciones leves, constándose evidencias de su mayor eficacia en delitos de
mayor gravedad. A pesar de ello, es apreciable el aumento de derivaciones por parte de las
Audiencias Provinciales de los tres Territorios Históricos y, por tanto, el fomento de la mediación
en los hechos de mayor gravedad.
Este año 2016 se han cerrado 602 casos a través de la mediación, un 37% de los cuales se
resuelve con un proceso de mediación directa y un 62% con un proceso de mediación indirecta. El
empleo de una u otra modalidad responde a cuál es la mejor respuesta restaurativa en un
determinado caso o en un determinado contexto.
La diferencia más sustantiva entre la mediación directa y la indirecta reside en el modo en que
interactúan las personas participantes en el proceso restaurativo. Mientras que en la mediación
directa se produce un diálogo directo entre las personas, en la indirecta desaparece el contacto
directo físico y se produce una interacción indirecta a través de diversas formas de comunicación
(medio escrito, audiovisual). La mediación indirecta está indicada en situaciones de desequilibrio
de poder entre las personas participantes o donde el diálogo presencial es rechazado para evitar
la identificación visual (en caso de inexistencia de relación interpersonal previa) o por limitación de
recursos personales para abordar un diálogo presencial.
No obstante, sin perjuicio de la virtualidad de ambas herramientas según las circunstancias del
caso, existen diferencias de enfoque entre ambas, pues si bien en la mediación directa se prioriza
el diálogo frente al acuerdo, la indirecta está enfocada, en general, al acuerdo más que al proceso.
La exigencia del contexto jurídico de una inmediatez en la respuesta y la identificación del acuerdo
como principal indicador de éxito de un programa restaurativo constituyen criterios que inhiben el
desarrollo adecuado de los programas, aumentando el riesgo de la deriva del programa hacia
meras conformidades y alejándose así de los estándares internacionales.
Servicio de Mediación Intrajudicial (SMI) – Mediación Penal
Memoria 2016
4/68
En el 78% de los asuntos cerrados con mediación (474 asuntos) se ha alcanzado un acuerdo
entre las partes, destacando en este apartado los acuerdos de carácter ético (reconocimiento de
responsabilidades principalmente de la persona denunciada o reflexiones verbalizadas relativas a
lo inadecuado del comportamiento desarrollado; identificación y lamento por los daños causados;
y traslado y/o aceptación de disculpas) y los de carácter conductual (modificación en el
comportamiento de las personas tendente a mejorar su problemática en relación al conflicto
originado).
En cuanto al resultado de los acuerdos, los datos muestran un cumplimiento mayoritario de los
acuerdos de mediación lo que refleja el compromiso de las personas con la palabra dada, máxime
en contextos de voluntariedad en la participación, como son los procesos restaurativos, que
conducen al cumplimiento mayoritario de las acciones y compromisos adquiridos por las personas
participantes, a diferencia de las dificultades experimentadas por los órganos judiciales para la
ejecución de las responsabilidades civiles acordadas por sentencia.
De los datos de la memoria cabe extraer asimismo que con frecuencia, en nuestra práctica
procesal, los comportamientos postdelictivos positivos de carácter reparador realizados a favor de
la persona denunciante carecen de relevancia punitiva real en la determinación individualizada de
la pena. Cuando el esfuerzo reparador realizado y la satisfacción de la víctima no son
merecedores de reconocimiento penológico ninguno por parte del Ministerio Fiscal o, de serlo, en
la variante simple de la atenuante de reparación del daño, la pena resultante coincide, en gran
medida, con la que hubiera resultado de no haber concurrido dicho esfuerzo reparador y
satisfacción (aplicación de la pena en la mitad inferior de la que fije la ley para el delito). De esta
forma, se está enviando un mensaje que transmite la irrelevancia de los comportamientos
postdelictivos positivos cuando, al contrario, es necesario promover mensajes que fomenten las
conductas de autoresponsabilización activa y de reparación del daño como algo valioso o positivo
para la justicia penal. Resulta de justicia, por tanto, un reconocimiento con eficacia penológica
apreciable al esfuerzo reparador de las partes, diferenciada de la derivada de la mera conformidad
alcanzada en sala por los operadores jurídicos.
En el 21% de los asuntos cerrados con mediación (128 asuntos) las personas participantes no han
alcanzado un acuerdo, siendo los principales motivos de desacuerdo de las partes los motivos
materiales (diferencias económicas entre las partes relativas a reparaciones monetarias o
patrimoniales) y los éticos (ausencia de iniciativas de reconocimiento de la responsabilidad de las
personas participantes en el desarrollo de los hechos denunciados, de lo inadecuado del
comportamiento desarrollado y/o de ofrecimiento de disculpas).
En el 48% de los de asuntos cerrados, 569 asuntos, no se ha producido el proceso de mediación
destacando en este apartado la decisión de no participar adoptada por las partes.
Finalmente, cabe destacar que este año 2016 los órganos judiciales han derivado al SMI a 2.870
personas, 1.007 mujeres y 1.863 hombres (en un 74% con una relación interpersonal previa al
conflicto) de las cuales 1.475 personas han participado en un proceso de mediación, datos que
evidencian la magnitud que año tras año está adquiriendo el SMI.
I. DATOS GENERALES
Índice
I.
1. CÓMPUTO DE EXPEDIENTES
1.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA
PENDIENTES AL INICIO
183
DERIVADOS
1.231
CERRADOS
1.171
PENDIENTES AL FINAL
243
EN PREMEDIACIÓN
5166
EN MEDIACIÓN
677
5 Fase previa a la firma del documento de consentimiento informado, en la que la persona facilitadora valora si se dan las condiciones para
desarrollar el proceso restaurativo.
6
Fase comprendida desde la firma del consentimiento informado hasta la finalización del proceso, con o sin consecución de acuerdo.
I. DATOS GENERALES
Índice
1.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS
1.2.1.
ARABA
PENDIENTES AL INICIO
33
DERIVADOS
256
CERRADOS
209
PENDIENTES AL FINAL
80
EN PREMEDIACIÓN
62
EN MEDIACIÓN
18
1.2.2.
BIZKAIA
PENDIENTES AL INICIO
109
DERIVADOS
785
CERRADOS
758
PENDIENTES AL FINAL
136
EN PREMEDIACIÓN
88
EN MEDIACIÓN
48
1.2.3.
GIPUZKOA
PENDIENTES AL INICIO
41
DERIVADOS
190
CERRADOS
204
PENDIENTES AL FINAL
27
EN PREMEDIACIÓN
16
I. DATOS GENERALES
Índice
2. TOTAL EXPEDIENTES CERRADOS
2.1. COMUNIDAD AUTÓNOMA
CERRADOS
1.171
CON MEDIACIÓN
SIN MEDIACIÓN
602
569
(51,41%)
(48,59%)
CON ACUERDO
SIN ACUERDO
474
(78,74%)
128
I. DATOS GENERALES
Índice
2.2. TERRITORIOS HISTÓRICOS
ARABA
CERRADOS
209
CON MEDIACIÓN
SIN MEDIACIÓN
121
88
(57,89%)
(42,11%)
CON ACUERDO
SIN ACUERDO
105
(86,78%)
16
(13,22%)
BIZKAIA
CERRADOS
758
CON MEDIACIÓN
SIN MEDIACIÓN
387
371
(51,06%)
(48,94%)
CON ACUERDO
SIN ACUERDO
301
(77,78%)
86
(22,22%)
GIPUZKOA
CERRADOS
204
CON MEDIACIÓN
SIN MEDIACIÓN
94
110
(46,08%)
(53,92%)
CON ACUERDO
SIN ACUERDO
68
(72,34%)
26
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
II.
1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS
1.1.
CÓMPUTO TOTAL
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
256
785
190
1.231
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.2.
INICIATIVA DE LA DERIVACIÓN
7Nº EXPEDIENTES
DE ORGANOS JUDICIALES
TH Araba
239
TH Bizkaia
771
TH Gipuzkoa
183
DE FISCALÍA
TH Araba
0
TH Bizkaia
0
TH Gipuzkoa
0
DE LAS PARTES
TH Araba
17
TH Bizkaia
14
TH Gipuzkoa
7
DEL SAV
TH Araba
0
TH Bizkaia
0
TH Gipuzkoa
0
TOTAL
1.231
7
Conforme al protocolo de funcionamiento vigente del SMI, la iniciativa en la derivación puede proceder del propio órgano judicial, de la fiscalía o de las partes, sin perjuicio de la responsabilidad última del órgano judicial de acordar o no dicha derivación, conforme a la regulación vigente y a su propio criterio. A partir de la entrada en vigor de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima y, más concretamente del reglamento que lo desarrolla (RD 1109/15, de 11 de diciembre), los Servicios de Asistencia a las Víctimas podrán también proponer al órgano judicial la aplicación de la mediación penal cuando lo considere beneficioso para la persona victimizada.
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.3.
DERIVACIONES POR PARTIDO JUDICIAL
PARTIDO JUDICIAL
Nº EXPEDIENTES
AR
A
B
A
Vitoria-Gasteiz
250
(97,66%)
Amurrio
6
(2,34%)
TOTAL
256
BIZ
K
AI
A
Bilbao
248
(31,59%)
Balmaseda
31
(3,95%)
Barakaldo
241
(30,70%)
Durango
55
(7,01%)
Gernika
35
(4,46%)
Getxo
175
(22,29%)
TOTAL
785
G
IP
UZK
OA
Donostia
55
(28,95%)
Azpeitia
15
(7,89%)
Bergara
31
(16,32%)
Eibar
74
(38,95%)
Irun
1
(0,53%)
Tolosa
14
(7,37%)
TOTAL
190
TOTAL CAPV
1.231
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.4.
DERIVACIONES POR ÓRGANO JUDICIAL
8ARABA
ÓRGANO JUDICIAL
Nº EXPEDIENTES
VI
TO
RIA
-GA
STEIZ
UPAD Instrucción 1
135
(52,73%)
UPAD Instrucción 2
49
(19,14%)
UPAD Instrucción 3
24
(9,38%)
UPAD Instrucción 4
36
(14,06%)
UPAD Penal 1
0
(0%)
UPAD Penal 2
1
(0,39%)
Audiencia Provincial
5
(1,95%)
A MU R RIO
UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº1
0
(0%)
UPAD 1ª Instancia e Instrucción nº2
6
(2,34%)
TOTAL
256
8 Tras los cambios introducidos por la LO 1/2015, de 30 de marzo, de reforma del CP, los juzgados de paz desaparecen del cuadro de
órganos judiciales derivadores. Efectivamente, en relación a las infracciones penales y a la distribución competencial entre los órganos judiciales, la nueva Ley ha supuesto, además de la eliminación de las faltas del listado de posibles infracciones penales, la reforma de la competencia de los juzgados de paz en el orden jurisdiccional penal (artículo 14,1 de la LECrim), en virtud de la cual se atribuye a los juzgados de instrucción el conocimiento y fallo de los juicios por delito leve (salvo la competencia que corresponda al juzgado de violencia sobre los juicios por las infracciones señaladas en el apartado 5º, letra d), del citado artículo). La nueva atribución de competencias conlleva, de facto, la eliminación de las competencias que los juzgados de paz asumían hasta la reforma sobre determinadas infracciones penales leves, de ahí su desaparición en el cuadro de órganos judiciales derivadores.
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
BIZKAIA
ÓRGANO JUDICIAL
Nº EXPEDIENTES
BILBAO
Instrucción 1
104
(13,25%)
Instrucción 2
0
(0%)
Instrucción 3
43
(5,48%)
Instrucción 4
42
(5,35%)
Instrucción 5
2
(0,25%)
Instrucción 6
0
(0%)
Instrucción 7
0
(0%)
Instrucción 8
8
(1,02%)
Instrucción 9
6
(0,76%)
Instrucción 10
3
(0,38%)
Penal 1
6
(0,76%)
Penal 2
12
(1,53%)
Penal 3
0
(0%)
Penal 4
0
(0%)
Penal 5
14
(1,78%)
Penal 6
0
(0%)
Penal 7
0
(0%)
Audiencia Provincial- Sección 1ª
6
(0,76%)
Audiencia Provincial- Sección 2ª
2
(0,25%)
BALM
ASE
DA
UPAD 1ª instancia e instrucción nº1
31
(3,95%)
UPAD 1ª instancia e instrucción nº2
0
(0%)
BAR
AK
ALDO
UPAD Instrucción 1
119
(15,16%)
UPAD Instrucción 2
63
(8,03%)
UPAD Instrucción 3
9
(1,15%)
UPAD Instrucción 4
9
(1,15%)
Penal 1
26
(3,31%)
Penal 2
15
(1,91%)
…/…
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
…/…
D
URA
N
GO
UPAD 1ª instancia e Instrucción 1
14
(1,78%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 2
10
(1,27%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 3
22
(2,80%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 4
9
(1,15%)
GERN
IKA
UPAD 1ª instancia e Instrucción 1
2
(0,25%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 2
24
(3,06%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 3
7
(0,89%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 4
2
(0,25%)
GETX
O
UPAD 1ª instancia e Instrucción 1
40
(5,10%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 2
28
(3,57%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 3
24
(3,06%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 4
26
(3,31%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 5
28
(3,57%)
UPAD 1ª instancia e Instrucción 6
29
(3,69%)
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
GIPUZKOA
ÓRGANO JUDICIAL
Nº EXPEDIENTES
D
ON
OSTIA
Instrucción 1
0
(0%)
Instrucción 2
30
(15,79%)
Instrucción 3
3
(1,58%)
Instrucción 4
9
(4,74%)
Instrucción 5
3
(1,58%)
Audiencia Provincial Sección 1ª
10
(5,26%)
Penal 1
0
(0%)
Penal 2
0
(0%)
Penal 3
0
(0%)
Penal 4
0
(0%)
Penal 5
0
(0%)
AZPE
IT
IA
Instancia e Instrucción 1
5
(2,63%)
Instancia e Instrucción 2
10
(5,26%)
BERGARA
Instancia e Instrucción 1
6
(3,16%)
Instancia e Instrucción 2
2
(1,05%)
Instancia e Instrucción 3
10
(5,26%)
Instancia e Instrucción 4
13
(6,84%)
EIBA
R
Instancia e Instrucción 1
74
(38,95%)
Instancia e Instrucción 2
0
(0%)
IRUN
Instancia e Instrucción 1
0
(0%)
Instancia e Instrucción 2
1
(0,53%)
Instancia e Instrucción 3
0
(0%)
Instancia e Instrucción 4
0
(0%)
Instancia e Instrucción 5
0
(0%)
TO
LOSA
Instancia e Instrucción 1
4
(2,11%)
Instancia e Instrucción 2
2
(1,05%)
Instancia e Instrucción 3
5
(2,63%)
Instancia e Instrucción 4
3
(1,58%)
TOTAL
190
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.5.
FASE PROCESAL DE DERIVACIÓN
9ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
INSTRUCCIÓN
33 (84,62%)
100 (55,25%)
23 (67,65%)
156 (61,42%)
ENJUICIAMIENTO
6 (15,38%)
81 (44,75%)
11 (32,35%)
98 (38,58%)
EJECUCIÓN
0 (0%)
0 (0%)
0 (0%)
0 (0%)
TOTAL
39
181
34
254
1.6.
TIPO DE CAUSA
9 Hace referencia a la derivación de los delitos graves y menos graves, no así a las faltas y a los delitos leves. Como sucedía en el juicio de
faltas, el juicio de delitos leves carece, según la ley existente, de actividad instructora. Sin perjuicio de las modificaciones introducidas por el legislador, conforme a la disposición adicional de la Ley 1/2015, no existe específica fase de instrucción en el procedimiento de los delitos leves, al pasar de forma inmediata a la celebración de juicio oral, de así su exclusión en el presente cuadro.
FAL
- PROCEDIMIENTO DE FALTAS
1
(0,08%)
LEV
- JUICIO SOBRE DELITO LEVE
976
(79,29%)
DIP
- DILIGENCIAS PREVIAS
157
(12,75%)
DUR
- DILIGENCIAS URGENTES
0
(0%)
JRA
- JUICIO RÁPIDO
0
(0%)
PAB
- PROCEDIMIENTO ABREVIADO
96
(7,80%)
SUM
- PROCEDIMIENTO SUMARIO
1
(0,08%)
PTJ
- PROCEDIMIENTO TRIBUNAL JURADO
0
(0%)
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.7.
TIPOLOGÍAS DELICTIVAS
10
Aquellas infracciones penales cometidas con anterioridad al 1 de julio de 2015 que merecieron tal calificación jurídica. En esa fecha entró en vigor la LO 1/2015, de 30 de marzo, de reforma del Código Penal, en virtud de la cual se suprimen las faltas del listado de posibles infracciones penales, sin perjuicio de la inclusión en la presente memoria de aquellas pendientes de enjuiciamiento por parte de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias Provinciales, al estar asociadas al enjuiciamiento de delitos menos graves y graves.
11
No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales derivadas, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.
TIPOLOGIAS
DELICTIVAS
TOTAL CAPV
DELITOS
Graves
Menos graves
Leves
25
275
1.542
1.842 (96,90%)
FALTAS
1059 (3,10%)
TOTAL
111.901
TIPOLOGIAS
DELICTIVAS
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
DELITOS
Graves
Menos
graves
Leves
Graves
Menos
graves
Leves
Graves
Menos
graves
Leves
9
51
294
7
194
1.020
9
30
228
354 (100%)
1.221 (95,61%)
267 (98,89%)
FALTAS
0 (0%)
56 (4,39%)
3 (1,11%)
TOTAL
354
1.277
270
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.7.1. DELITOS GRAVES
Nº
Homicidio
1
(4,00%)
Lesiones
15
(60,00%)
Detención ilegal
1
(4,00%)
Contra la integridad moral en violencia
intrafamiliar
2
(8,00%)
Estafa
4
(16,00%)
Apropiación indebida
1
(4,00%)
Tenencia, tráfico y depósitos de armas,
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.7.2. DELITOS MENOS GRAVES
Nº
Lesiones
117
(42,55%)
Lesiones por imprudencia grave
3
(1,09%)
Lesiones en violencia intrafamiliar
22
(8,00%)
Amenazas
12
(4,36%)
Amenazas en violencia intrafamiliar
6
(2,18%)
Coacciones
8
(2,91%)
Acoso
1
(0,36%)
Allanamiento de morada
3
(1,09%)
Calumnias
1
(0,36%)
Quebrantamiento de los deberes de
custodia
1
(0,36%)
Impago de pensiones
2
(0,73%)
Hurto
15
(5,45%)
Robo con fuerza
7
(2,55%)
Robo con intimidación
2
(0,73%)
Robo y hurto de uso de vehículos
1
(0,36%)
Estafa
11
(4,00%)
Apropiación indebida
30
(10,91%)
Daños
21
(7,64%)
Societario
1
(0,36%)
Contra la seguridad vial
2
(0,73%)
Contra la seguridad pública
1
(0,36%)
Falsificación de documento público por
autoridad o funcionario
4
(1,45%)
Falsificación de documento privado
1
(0,36%)
Quebrantamiento de condena
1
(0,36%)
Atentado
1
(0,36%)
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.7.3. DELITOS LEVES
Nº
Lesiones
399
(25,88%)
Lesiones en violencia intrafamiliar
16
(1,04%)
Maltrato de obra
121
(7,85%)
Amenazas
513
(33,27%)
Amenazas en violencia intrafamiliar
27
(1,75%)
Coacciones
172
(11,15%)
Coacciones en violencia intrafamiliar
7
(0,45%)
Acoso
3
(0,19%)
Usurpación de identidad
2
(0,13%)
Injurias y vejaciones injustas en violencia
intrafamiliar
22
(1,43%)
Hurto
46
(2,98%)
Estafa
58
(3,76%)
Apropiación indebida
31
(2,01%)
Defraudación de electricidad, gas, aguas…
3
(0,19%)
Alteración de lindes
2
(0,13%)
Daños
104
(6,74%)
Usurpación
15
(0,97%)
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
1.7.4. FALTAS
Nº
Lesiones
33
(55,93%)
Incumplimiento de obligaciones familiares
6
(10,17%)
Maltrato de obra
5
(8,47%)
Amenazas
3
(5,08%)
Injurias
7
(11,86%)
Hurto
1
(1,69%)
Daños
2
(3,39%)
Contra la flora
1
(1,69%)
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
2. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES
2.1.
ROL
2.2.
NATURALEZA
12 Se entiende por persona ofendida la víctima, el sujeto pasivo —persona física o jurídica— sobre quien recae el daño o peligro causado
por la conducta típica del sujeto activo. Estrechamente vinculado al concepto de ofendida se halla el de perjudicada, que es aquélla que sufre en su patrimonio los efectos de la acción delictiva, y ejercita la pretensión de reparación del daño causado. En la mayor parte de los procesos judiciales la persona denunciante es también la persona ofendida o perjudicada por la acción delictiva, pero no siempre tiene por qué ser así, de ahí la distinción del rol. (por ejemplo, aquellos supuestos en los cuales la progenitora interpone denuncia por la victimización sufrida por su hijo/a menor; el/la familiar que denuncia la victimización sufrida en su persona y en algún/a otro/a familiar; los/as dependientes de establecimientos comerciales que denuncian los delitos contra el patrimonio –robos, hurtos- sufridas por el comercio).
Nº
DENUNCIANTE
1.130
(38,87%)
DENUNCIADA
1.238
(42,59%)
DENUNCIANTE / DENUNCIADA
463
(15,93%)
PERJUDICADA / OFENDIDA
1276
(2,61%)
TOTAL
2.907
Nº
PERSONA FÍSICA
2.870
(98,73%)
PERSONA JURÍDICA
PÚBLICA
Ámbito local
1
(0,03%)
Ámbito foral
2
(0,07%)
Ámbito CAPV
1
(0,03%)
Ámbito estatal
0
(0%)
PRIVADA
33
(1,14%)
TOTAL
2.907
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
2.3.
SEXO
2.4.
EDAD
DENUNCIANTE DENUNCIADA
DENUNCIANTE/
DENUNCIADA
PERJUDICADA/
OFENDIDA
TOTAL
< 18
0
(0%)
0
(0%)
0
(0%)
28
(40,58%)
28
(0,98%)
18-30
202
(18,57%)
265
(22,06%)
158
(34,13%)
5
(7,25%)
630
(21,95%)
31-40
270
(24,82%)
331
(27,56%)
100
(21,60%)
9
(13,04%)
710
(24,74%)
41-50
311
(28,58%)
347
(28,89%)
123
(26,57%)
9
(13,04%)
790
(27,53%)
51-60
193
(17,74%)
154
(12,82%)
47
(10,15%)
6
(8,70%)
400
(13,94%)
61-70
79
(7,26%)
80
(6,66%)
22
(4,75%)
7
(10,14%)
188
(6,55%)
≥ 71
33
(3,03%)
24
(2,00%)
13
(2,81%)
5
(7,25%)
75
(2,61%)
SIN DETERMINAR
49
(1,71%)
2.870
Nº
MUJERES
1.007
(35,09%)
HOMBRES
1.863
(64,91%)
TOTAL
2.870
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
2.5.
LUGAR DE NACIMIENTO
DENUNCIANTE
DENUNCIADA
DENUNCIANTE/
DENUNCIADA
PERJUDICADA/
OFENDIDA
TOTAL
ESTADO ESPAÑOL
926
(84,26%)
1012
(83,02%)
358
(77,32%)
62
(88,57%)
2.358
(82,16%)
ESTADO DE LA UE
11
(1,00%)
14
(1,15%)
7
(1,51%)
1
(1,43%)
33
(1,15%)
ESTADO AJENO A
LA UE
162
(14,74%)
193
(15,83%)
98
(21,17%)
7
(10,00%)
460
(16,03%)
SIN DETERMINAR
19
(0,66%)
2.870
2.6.
LUGAR DE RESIDENCIA
DENUNCIANTE
DENUNCIADA
DENUNCIANTE/
DENUNCIADA
PERJUDICADA/
OFENDIDA
TOTAL
VITORIA-GASTEIZ
184
(16,77%)
208
(17,01%)
136
(29,37%)
11
(15,71%)
539
(18,78%)
RESTO ARABA
17
(1,55%)
21
(1,72%)
18
(3,89%)
0
(0%)
56
(1,95%)
BILBAO
180
(16,41%)
191
(15,62%)
65
(14,04%)
14
(20,00%)
450
(15,68%)
RESTO BIZKAIA
520
(47,40%)
579
(47,34%)
193
(41,68%)
29
(41,43%)
1321
(46,03%)
DONOSTIA-SAN
SEBASTIÁN
33
(3,01%)
32
(2,62%)
11
(2,38%)
1
(1,43%)
77
(2,68%)
RESTO GIPUZKOA
142
(12,94%)
156
(12,76%)
33
(7,13%)
13
(18,57%)
344
(11,99%)
FUERA DE LA CAPV
21
(1,91%)
36
(2,94%)
7
(1,51%)
2
(2,86%)
66
(2,30%)
SIN DETERMINAR
17
(0,59%)
2.870
II. EXPEDIENTES DERIVADOS
Índice
2.7.
RELACIÓN INTERPERSONAL PREVIA
1313
La inclusión de esta variante pretende analizar si la relación interpersonal previa entre las personas intervinientes incide en la posible articulación y posterior desarrollo de procesos restaurativos intrajudiciales y en el encuadre judicial resultante de los mismos. En el contexto de actuación del SMI se entienden por afectivas aquellas relaciones de tipo emocional caracterizadas por la creación supuesta de vínculos de cuidado, apoyo, escucha, comprensión y ayuda. Un ejemplo de esta relaciones afectivas preexistentes en la casuística de las personas usuarias del SMI son las relaciones familiares /12%), de pareja (3,90%) y amistad (3,57%). Por el contrario, las relaciones vecinales (17,47%), contractuales (10,72%) y laborales (5,12%) conforman el abanico principal de las relaciones no afectivas preexistentes, sin perjuicio de otras naturalezas y de los vínculos emocionales que, en su caso, fueran susceptibles de desarrollarse en los contextos citados.
14
Relaciones de tipo emocional caracterizadas por la creación supuesta de vínculos de cuidado, apoyo, escucha, comprensión y ayuda. En la casuística del perfil de las personas usuarias del SMI, un ejemplo de éstas son las relaciones familiares, de pareja/expareja o análogas y de amistad entre las personas intervinientes en una causa judicial.
15
Resto de posibles relaciones interpersonales: vecindad, de trabajo, estudios, conocidas/os, etc.
Nº
CON RELACIÓN
Afectiva
14247
(26,82%)
921
(74,82%)
No afectiva
15674
(73,18%)
SIN RELACIÓN
310
(25,18%)
TOTAL
1.231
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
III.
-1. DATOS RELATIVOS A LAS CAUSAS
1.1.
CÓMPUTO TOTAL
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
121
387
94
602
1.2.
FASE PROCESAL DE DERIVACIÓN
16ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
INSTRUCCIÓN
115 (95,04%)
53 (60,92%)
14 (73,68%)
182 (80,18%)
ENJUICIAMIENTO
6 (4,96%)
34 (39,08%)
5 (26,32%)
45 (19,82%)
EJECUCIÓN
0
(0%)
0
(0%)
0
(0%)
0
(0%)
TOTAL
121
87
19
227
16 Hace referencia a la derivación de los delitos graves y menos graves, no así a las faltas y a los delitos leves. Como sucedía en el juicio
de faltas, el juicio de delitos leves carece, según la ley existente, de actividad instructora. Sin perjuicio de las modificaciones introducidas por el legislador, conforme a la disposición adicional de la Ley 1/2015, no existe específica fase de instrucción en el procedimiento de los delitos leves, al pasar de forma inmediata a la celebración de juicio oral, de así su exclusión en el presente cuadro.
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
1.3.
TIPO DE CAUSA
FAL
- PROCEDIMIENTO DE FALTAS
7
(1,16%)
LEV
- JUICIO SOBRE DELITO LEVE
465
(77,24%)
DIP
- DILIGENCIAS PREVIAS
86
(14,29%)
DUR
- DILIGENCIAS URGENTES
0
(0%)
JRA
- JUICIO RÁPIDO
0
(0%)
PAB
- PROCEDIMIENTO ABREVIADO
43
(7,14%)
SUM
- PROCEDIMIENTO SUMARIO
1
(0,17%)
PTJ
- PROCEDIMIENTO TRIBUNAL JURADO
0
(0%)
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
1.4.
TIPOLOGÍAS DELICTIVAS
17 Aquellas infracciones penales cometidas con anterioridad al 1 de julio de 2015 que merecieron tal calificación jurídica. En esa fecha
entró en vigor la LO 1/2015, de 30 de marzo, de reforma del Código Penal, en virtud de la cual se suprimen las faltas del listado de posibles infracciones penales, sin perjuicio de la inclusión en la presente memoria de aquellas pendientes de enjuiciamiento por parte de los Juzgados de lo Penal y las Audiencias Provinciales, al estar asociadas al enjuiciamiento de delitos menos graves y graves.
18
No tiene por qué coincidir con el número de causas judiciales cerradas con mediación, ya que una misma causa judicial puede englobar varias tipologías delictivas.
TIPOLOGIAS
DELICTIVAS
TOTAL CAPV
DELITOS
Graves
Menos graves
Leves
24
149
768
941 (94,48%)
FALTAS
1755 (5,52%)
TOTAL
18996
TIPOLOGIAS
DELICTIVAS
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
DELITOS
Graves
Menos
graves
Leves
Graves
Menos
graves
Leves
Graves
Menos
graves
Leves
9
45
140
11
85
506
4
19
122
194 (98,48%)
602 (93,48%)
145
(93,55%)
FALTAS
3 (1,52%)
42 (6,52%)
10 (6,45%)
TOTAL
197
644
155
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
1.4.1.
DELITOS GRAVES
Nº
Homicidio
1
(4,17%)
Lesiones
13
(54,17%)
Detención ilegal
2
(8,33%)
Secuestro
1
(4,17%)
Contra la integridad moral en violencia
intrafamiliar
1
(4,17%)
Estafa
5
(20,83%)
Tenencia, tráfico y depósitos de armas,
municiones o explosivos
1
(4,17%)
1.4.2.
DELITOS MENOS GRAVES
Nº
Lesiones
54
(36,24%)
Lesiones por imprudencia grave
1
(0,67%)
Lesiones en violencia intrafamiliar
19
(12,75%)
Amenazas
14
(9,40%)
Amenazas en violencia intrafamiliar
8
(5,37%)
Coacciones
5
(3,36%)
Acoso
1
(0,67%)
Allanamiento de morada
2
(1,34%)
Calumnias
1
(0,67%)
Injurias
1
(0,67%)
Quebrantamiento de los deberes de
custodia
1
(0,67%)
Hurto
8
(5,37%)
Robo con fuerza
2
(1,34%)
Robo con intimidación
1
(0,67%)
Estafa
3
(2,01%)
Apropiación indebida
16
(10,74%)
Daños
10
(6,71%)
Contra la seguridad vial
1
(0,67%)
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
1.4.3. DELITOS LEVES
Nº
Lesiones
202
(26,30%)
Lesiones en violencia intrafamiliar
7
(0,91%)
Maltrato de obra
56
(7,29%)
Amenazas
268
(34,90%)
Amenazas en violencia intrafamiliar
18
(2,34%)
Coacciones
79
(10,29%)
Coacciones en violencia intrafamiliar
2
(0,26%)
Acoso
3
(0,39%)
Usurpación de identidad
1
(0,13%)
Injurias y vejaciones injustas en violencia
intrafamiliar
11
(1,43%)
Hurto
20
(2,60%)
Estafa
20
(2,60%)
Apropiación indebida
11
(1,43%)
Defraudación de electricidad, gas, aguas…
2
(0,26%)
Alteración de lindes
2
(0,26%)
Daños
55
(7,16%)
Usurpación
10
(1,30%)
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
1.4.4. FALTAS
Nº
Lesiones
29
(52,73%)
Maltrato de obra
11
(20%)
Amenazas
6
(10,91%)
Coacciones
1
(1,82%)
Injurias
6
(10,91%)
Contra la flora
1
(1,82%)
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
2. DATOS RELATIVOS AL PROCESO DE MEDIACIÓN
2.1.
TIPO DE MEDIACIÓN
19ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
DIRECTA
2049
(40,50%)
150
(38,76%)
28
(29,79%)
227
(37,71%)
INDIRECTA
2172
(59,50%)
237
(61,24%)
66
(70,21%)
375
(62,29%)
TOTAL
121
387
94
602
2.2.
RESULTADO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN
19
Sin perjuicio de la existencia de otras herramientas, existen diversas prácticas de justicia restaurativa, entre las cuales Naciones Unidas menciona la mediación, los círculos y las conferencias. De todas las prácticas, la mediación es la más extendida en Europa.
20
En el ámbito penal, diálogo presencial entre las personas denunciantes y denunciadas que participan en una causa penal, facilitado por una tercera persona que ejerce como mediadora.
21
En el ámbito penal, diálogo no presencial entre las personas denunciantes y denunciadas que participan en una causa penal, facilitado por una tercera persona que ejerce como mediadora, desarrollándose la interacción a través de medio escrito o audiovisual.
22
Debe coincidir con el número de causas judiciales cerradas con mediación.
Nº
CON ACUERDO
474
(78,74%)
SIN ACUERDO
128
(21,26%)
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
2.3.
NÚMERO Y TIPO DE SESIONES
2.4.
INTERVALOS DE TIEMPO
2.4.1. ENTRE LOS HECHOS Y LA DERIVACIÓN AL SMI
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
< 1 mes
6
(4,96%)
168
(43,41%)
21
(22,34%)
195
(32,39%)
1-2 meses
86
(71,07%)
90
(23,26%)
20
(21,28%)
196
(32,56%)
2-3 meses
4
(3,31%)
33
(8,53%)
11
(11,70%)
48
(7,97%)
3-6 meses
16
(13,22%)
41
(10,59%)
20
(21,28%)
77
(12,79%)
6-12 meses
2
(1,65%)
29
(7,49%)
12
(12,77%)
43
(7,14%)
12-24 meses
7
(5,79%)
11
(2,84%)
6
(6,38%)
24
(3,99%)
>24 meses
0
(0%)
15
(3,88%)
4
(4,26%)
19
(3,16%)
TOTAL
121
387
94
602
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
SESIONES
INFORMATIVAS
261
(43,43%)
981
(43,97%)
211
(36,44%)
1.453
(42,60%)
ENTREVISTAS
INDIVIDUALES
284
(47,25%)
1.073
(48,10%)
321
(55,44%)
1.678
(49,19%)
CONJUNTAS
56
(9,32%)
177
(7,93%)
47
(8,12%)
280
(8,21%)
TOTAL
601
2.231
579
3.411
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
2.4.2. ENTRE LA DERIVACIÓN AL SMI Y EL INICIO DEL PROCESO DE
MEDIACIÓN
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
< 1 mes
64
(52,89%)
232 (59,95%)
50
(53,19%)
346
(57,48%)
1-2 meses
44
(36,36%)
117
(30,23%)
35
(37,23%)
196
(32,56%)
2-3 meses
12
(9,92%)
34
(8,79%)
7
(7,45%)
53
(8,80%)
3-6 meses
1
(0,83%)
4
(1,03%)
2
(2,13%)
7
(1,16%)
TOTAL
121
387
94
602
2.4.3. ENTRE EL INICIO DEL PROCESO DE MEDIACIÓN Y SU CONCLUSIÓN
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
TOTAL
< 1 mes
74
(61,16%)
240
(62,02%)
41
(43,62%)
355
(58,97%)
1-2 meses
32
(26,45%)
90
(23,26%)
23
(24,47%)
145
(24,09%)
2-3 meses
6
(4,96%)
36
(9,30%)
15
(15,96%)
57
(9,47%)
3-6 meses
7
(5,79%)
17
(4,39%)
15
(15,96%)
39
(6,48%)
6-12 meses
2
(1,65%)
4
(1,03%)
0
(%)
6
(1,00%)
TOTAL
121
387
94
602
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN
Índice
3. DATOS RELATIVOS AL PERFIL DE LAS PERSONAS INTERVINIENTES
233.1.
ROL
3.2.
NATURALEZA
23
Perfil de las personas intervinientes con rol procesal en la causa judicial, excluyéndose del análisis de perfil a las terceras personas de apoyo.
24
Relaciones de tipo emocional caracterizadas por la creación supuesta de vínculos de cuidado, apoyo, escucha, comprensión y ayuda. En la casuística del perfil de las personas usuarias del SMI, un ejemplo de éstas son las relaciones familiares, de pareja/expareja o análogas y de amistad entre las personas intervinientes en una causa judicial.
25
Relaciones con profesionales sanitarios, de servicios sociales, etc.
26
Representantes de instituciones públicas y/o de movimientos asociativos.
Nº
DENUNCIANTE
536
(35,78%)
DENUNCIADA
577
(38,52%)
DENUNCIANTE / DENUNCIADA
295
(19,69%)
PERJUDICADA / OFENDIDA
38
(2,54%)
TERCERAS PERSONAS
DE APOYO
Con vinculación
Afectiva
2446
(3,07%)
Profesional
256
(0,40%)
Sin vinculación
260
(0%)
TOTAL
1.498
Nº
PERSONA FÍSICA
1.475
(98,46%)
PERSONA JURÍDICA
PÚBLICA
Ámbito local
0
(0%)
Ámbito foral
0
(0%)
Ámbito CAPV
4
(0,27%)
Ámbito estatal
0
(0%)
PRIVADA
19
(1,27%)
TOTAL
1.498
III. EXPEDIENTES CERRADOS CON MEDIACIÓN