AUTODECLARACION DE ZONA LIBRE DE NECROSIS HEMATOPOYÉTICA
INFECCIOSA, NECROSIS HEMATOPOYETICA EPIZOOTICA, ANEMIA
INFECCIOSA DEL SALMON, NECROSIS PANCREATICA INFECCIOSA,
SEPTICEMIA HEMORRAGICA VIRAL, ENFERMEDAD BACTERIANA
RENAL Y PISCIRICKETTSIOSIS EN LA CUENCA ALTA DE RIO LIMAY
QUE INCLUYE AL EMBALSE DE ALICURA, EN LA REPUBLICA
ARGENTINA.
1. INTRODUCCIÓN
El Objetivo del presente informe es presentar las evidencias de la ausencia de infección de Necrosis Hematopoyética Epizoótica (EHNV), Necrosis Hematopoyética Infecciosa(IHNV), Septicemia Hemorrágica Viral (VHS), Necrosis Pancreática Infecciosa (IPN), Anemia Infecciosa del Salmón (ISA), Enfermedad Bacteriana Renal (BKD) y Piscirickettsiosis en base al Capítulo 1.4 del Código Sanitario para los Animales Acuáticos 2009 y el Capítulo 1.1.4 del Manual de Pruebas de Diagnóstico para los animales acuáticos 2006 de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL (OIE), en la Zona Cuenca Alta de Rio Limay que incluye al Embalse de Alicura hasta la presa hidroeléctrica en la República Argentina.
La zona libre, se ubica en la Región Patagónica de nuestro país, abarcando parte de las provincias de Neuquén y Río Negro. La misma está delimitada por el Lago Nahuel Huapi y sus afluentes que dan origen al Río Limay hasta la presa del Embalse Alicura, lo que dio lugar a la formación del lago del mismo nombre. La elección de este Embalse en la zonificación se debe a la importancia productiva que representa, con una producción que actualmente alcanza aproximadamente las 1200 tn de truchas arco iris, y un potencial futuro de producción cercano a 4000 tn, estimadas en forma conservadora. La producción total de salmónidos en todo el país es de 1600 tn/2009, representando el 58% de la producción total de su acuicultura.
El sustento en que se basa la declaración de esta zona como “Zona Libre de Necrosis Hematopoyética Epizoótica, Necrosis Hematopoyética Infecciosa, Septicemia Hemorrágica Viral, Necrosis Pancreática Infecciosa, Anemia Infecciosa del Salmón, Enfermedad Bacteriana Renal y Piscirickettsiosis”, son las acciones citadas a continuación.
Por medio de la Ley N° 3959 de Policía Sanitaria de los Animales, reglamentada por el Decreto de fecha 8 de noviembre de 1906, se declara la obligatoriedad de notificación ante la sospecha de presencia de enfermedades animales. La misma contempla a las enfermedades Necrosis Hematopoyética Epizoótica, Necrosis Hematopoyética Infecciosa, Septicemia Hemorrágica Viral, como de notificación obligatoria para la República Argentina. Las enfermedades Necrosis Pancreática Infecciosa, Anemia Infecciosa del Salmón, Enfermedad Bacteriana Renal y Piscirickettsiosis se encuentran en trámite de incorporación.
2. SERVICIO VETERINARIO
El Servicio Veterinario de Argentina es el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, SENASA. Se trata de un organismo autárquico que depende del actual Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
Dicho Servicio se mantiene actualizado sobre los nuevos estándares, guías y recomendaciones internacionales en los temas de su incumbencia y armoniza su política y normativa de acuerdo a ellas, e inclusive en algunos de los temas participa como país miembro en discusiones para las actualizaciones (Código y Manual de OIE, Codex Alimentario y otros).
La capacidad o competencia técnica de su personal como la capacidad financiera de recursos a su disposición (otorgados por medio de los instrumentos legales correspondientes: leyes, decretos y resoluciones) permiten un correcto funcionamiento del Servicio para mantener un sistema de vigilancia eficaz y la certificación de calidad en los alimentos, como así también, la posibilidad de enfrentar situaciones sanitarias de emergencia.
Las políticas sanitarias están orientadas a la interacción con el sector privado para el cumplimiento de actividades que lleven al objetivo común de mejorar o mantener los estándares sanitarios actuales
.
Capacidad técnica El servicio posee:
• Capacidad constante para incorporar los últimos avances científicos reflejados en la actualización de las normas y medidas dictadas por los organismos internacionales como OIE, Codex Alimentarius y el acuerdo de medidas SPS de la Organización Mundial de Comercio.
• Capacidad diagnóstica propia y disponibilidad para acceder, en caso de necesidad por emergencias sanitarias, a redes internacionales de laboratorios de referencia. • Promueve la acreditación y auditoría de sus laboratorios para certificar la calidad de los diagnósticos, la toma de muestras y los procedimientos de envío.
▪ Capacidad para detectar y enfrentar eficientemente una emergencia sanitaria. A través del análisis de riesgo y la vigilancia epidemiológica, monitorea el estado sanitario en las poblaciones de riesgo de las enfermedades de importancia para la salud humana o de alto impacto económico. Evalúa el status sanitario de los países limítrofes o con los que tiene intercambio comercial, especialmente en lo que se refiere al Comité Veterinario Permanente (CVP) del Cono Sur, y de acuerdos bilaterales con los países que mantiene relaciones comerciales.
A través de la Resolución 848/1998 se crea el Documento de Transito Animal (DTA), quién reemplaza al Permiso Sanitario para el Tránsito de Animales. Todo animal que transite por el territorio argentino debe estar acompañado de su correspondiente DTA y documentado en el Sistema de Gestión Sanitaria.
En el año 2008 el SENASA desarrolló el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA), establecido por la Resolución N° 356/2008, el cual reemplaza al Sistema de Gestión Sanitaria (SGS). Es un sistema informático en red con el fin de administrar el Registro de Establecimientos con existencia de animales bajo Programas Sanitarios, el registro de eventos sanitarios, el registro de los movimientos de animales entre establecimientos, y el tránsito de mercancías en general, mediante la emisión del Documento de Tránsito Electrónico (DT-e).
Actualmente conviven ambos sistemas (SGS-SIGSA), encontrándose en un período de transición.
2.1. DESCENTRALIZACIÓN
La descentralización administrativa por medio de la regionalización forma parte de la estrategia del cambio actual institucional del Senasa enfocada al fortalecimiento de las políticas nacionales en materia de sanidad animal y vegetal e inocuidad agroalimentaria. La Regionalización plantea la descentralización de las decisiones operativas. Es un avance hacia la delegación de acciones operativas del SENASA a nivel local. Permite al organismo contar con un ámbito adecuado para una más amplia y permanente articulación con los actores locales públicos y privados, mejorar la atención a los productores y ciudadanos, coordinar las acciones de campo y realizar el seguimiento de procesos y evaluación de impactos.
Este organismo sanitario tiene en función 14 centros regionales cuyo accionar abarca la totalidad del territorio nacional.
En este nuevo contexto, el nivel central con responsabilidad nacional se encargará de cumplir las funciones de normar, orientar, capacitar y auditar. Por tanto, la regionalización apunta a crear, de manera gradual y sustentada en el consenso de los actores institucionales, un Senasa centralizado para las cuestiones normativas y de control y federal en cuanto a su estructura de gestión.
La Resolución 225/2006 del Senasa y sus modificatorias redefine la jurisdicción de las cinco regiones (Noreste, Noroeste, Nuevo Cuyo, Pampeana y Patagonia) integradas por un total de catorce (14) centros regionales.
La Región NEA está integrada por los Centros Regionales de Misiones-Corrientes, Entre Ríos y Chaco-Formosa.
La Región NOA tiene dos centros regionales, NOA-Norte (Salta, Jujuy) y NOA-Sur (Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero).
La Región Nuevo Cuyo también está dividida en dos centros regionales, Cuyo (La Rioja, San Juan, Mendoza) y La Pampa-San Luis.
La Región Pampeana por su parte está integrada por cuatro centros regionales: Metropolitana, Buenos Aires Norte, Buenos Aires Sur, Santa Fe y Córdoba.
Finalmente, la Región Patagonia incluye la regional Patagonia Norte (Río Negro, Neuquén) y Patagonia Sur (Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego).
La estructura funcional de las Regionales comprende:
• Unidad Regional Operativa (URO) a nivel central, con una Coordinación de Desarrollo Regional y Apoyo Operativo y una Coordinación de Seguimiento y Evaluación Regional
• Coordinación General Regional
•
Coordinación Temática Regional (una por cada área temática: Sanidad Animal, Protección vegetal, Fiscalización Agroalimentaria, Administración, Capacitación y Laboratorio)2.2. ORGANIZACIÓN
El SENASA es responsable de la implementación de las políticas con relación a la sanidad y calidad animal y vegetal, supervisando el cumplimiento de las regulaciones vigentes en relación a esos temas. Al mismo tiempo, es responsable por el tráfico nacional y el control de los animales que se importan y exportan, como así también de los productos animales y vegetales y sus derivados, los agroproductos, productos farmacológicos y veterinarios, agroquímicos y fertilizantes.
El personal del SENASA está integrado por 5.000 funcionarios distribuidos entre todas sus áreas.
REGIONALIZACION Centro Regional
Misiones-Corrientes Centro Regional Cuyo Centro Regional Santa Fe
Centro Regional Entre Ríos
Centro Regional La
Pampa-San Luis Centro Regional Córdoba
Centro Regional
Chaco-Formosa Centro Regional Metropolitano
Centro Regional Patagónia Norte
Centro Regional NOA-Norte
Centro Regional Buenos Aires Norte
Centro Regional Patagónia Sur
Centro Regional NOA-Sur
Centro Regional Buenos Aires Sur
Las áreas principales dedicadas a la Sanidad Animal son: • DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (DNSA)
• DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION AGROALIMENTARIA (DNFA) • DIRECCION DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO (DILACOT)
DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (DNSA) Responsabilidad primaria:
Desarrollar las acciones de prevención, control y erradicación de las enfermedades de los animales, asegurando el cumplimiento de las normas legales vigentes.
Objetivos generales:
• Formula, propone y evalúa programas de lucha contra las enfermedades infecciosas y parasitarias de los animales y las zoonosis
• Programa, ejecuta y audita planes sanitarios de lucha
• Coordina las acciones epidemiológicas en enfermedades endémicas y exóticas o emergentes en el país.
• Planifica y ejecuta acciones de vigilancia para determinar prevalencias o ausencias de las principales enfermedades que afectan a los animales
• Fiscaliza el movimiento de animales, en los aspectos higiénico sanitarios, y otorga las certificaciones correspondientes.
Su estructura funcional comprende las siguientes áreas:
• DIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA
• DIRECCIÓN DE CUARENTENA ANIMAL
• DIRECCIÓN DE LUCHAS SANITARIAS
• COORDINACIÓN GENERAL DE CAMPO
• COORDINACIONES TEMÁTICAS REGIONALES DE SANIDAD ANIMAL
• SUPERVISIONES REGIONALES
• OFICINAS LOCALES
Dirección de Cuarentena Animal tiene como instancia asesora la Comisión Técnica Asesora de Cuarentena. Asimismo, la Dirección de Epidemiología cuenta con un órgano asesor, la Comisión Técnica Asesora de Epidemiología, formada por representantes del Instituto Nacional de Tecnología Agroalimentaria (INTA), Centro de Virología Animal (CEVAN), de distintas Facultades y del SENASA, creada por Resolución SENASA N° 369/2001.
DIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA Acciones:
• Análisis epidemiológico de la situación sanitaria, control de casos y focos de enfermedad.
• Coordinación de las acciones necesarias para el mantenimiento del sistema nacional de vigilancia epidemiológica.
• Supervisión de la fiscalización del movimiento de animales en sus aspectos higiénico sanitarios.
• Planificación de encuestas, muestreos diagnósticos y monitoreo serológico. • Análisis bioestadísticos
• Contingencias sanitarias
DIRECCION DE CUARENTENA ANIMAL
• Intervenir o proponer planes, programas y normas sanitarias de prevención de enfermedades exóticas.
• Formular, proponer y evaluar las acciones para la erradicación de enfermedades exóticas.
• Desarrollar la investigación permanente sobre enfermedades exóticas e inexistentes en el país y difundir la legislación que regula su control sanitario y proponer las modificaciones vigentes en la materia.
• Elaborar o intervenir en las propuestas de normas sanitarias de prevención del ingreso de enfermedades exóticas y/o de alto riesgo.
• Coordinar la evaluación permanente de factores de riesgo de introducción o propagación de enfermedades notificables.
• Intervenir en la modificación de los protocolos y convenios sanitarios internacionales respecto de los requisitos y certificaciones acordadas.
• Proponer las pautas sanitarias tendientes a minimizar el riesgo de introducción de enfermedades exóticas y/o de alto riesgo en la importación de animales, material de reproducción, productos y subproductos de origen animal capaces de vehiculizar y/o favorecer la propagación de las citadas enfermedades.
• Elaborar y mantener actualizada una base de datos con la información sobre la situación zoosanitaria mundial.
• Organizar y mantener actualizados los Registros de competencia de la Dirección DIRECCIÓN DE LUCHAS SANITARIAS
Acciones:
•Planificación y diseño de campañas de prevención, de lucha y erradicación de enfermedades animales
•Desarrollo de la investigación permanente sobre las enfermedades endémicas y propuesta de las modificaciones a la normativa vigente
•Coordinación y asistencia técnica del proceso de implantación, control y auditoría de los diferentes programas de lucha
COORDINACIÓN GENERAL DE CAMPO Acciones:
•Coordinación y gestión del cumplimiento de las acciones de prevención, control y erradicación de enfermedades de los animales bajo programas de lucha
•Control del cumplimiento de las acciones sanitarias, en aplicación de la ley de Policía Sanitaria y las normas legales en la materia
•Fiscalización de los movimientos de animales, habilitación de instalaciones y certificaciones.
COORDINADORES GENERALES REGIONALES Responsabilidades:
•Coordinar, planificar y dirigir la ejecución de las acciones contempladas en los planes, programas y actividades de las diferentes Direcciones del SENASA a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de sanidad animal y vegetal e inocuidad y calidad agroalimentaria.
•Ejercer las acciones específicas de fiscalización y toda otra función delegada por la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria en el ámbito de su jurisdicción. •Elaborar el presupuesto anual en forma conjunta con los coordinadores regionales temáticos y las Direcciones Nacionales, verificando su ejecución.
•Intervenir en el área de su jurisdicción, en las relaciones institucionales y, ejercer la representación del SENASA ante organismos públicos y privados.
•Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos disponibles, así como elevar las necesidades de personal, en concordancia con los coordinadores regionales temáticos.
•Disponer las acciones técnico-administrativas correctivas que pudieran corresponder. •Proponer a la autoridad central las necesidades de capacitación del personal.
•Mantener actualizados los registros técnicos y administrativos requeridos por las Direcciones del Organismo.
•Mantener actualizado el registro de los bienes patrimoniales existentes en su jurisdicción.
•Promover la difusión de las actividades en materia sanitaria y calidad agroalimentaria. COORDINADORES REGIONALES TEMATICOS
Responsabilidades:
•Planificar y Coordinar la ejecución de las acciones correspondientes a su área dentro de la jurisdicción, garantizando su implementación y seguimiento.
•Entender en la elaboración y ejecución del presupuesto anual acorde a las necesidades de recursos operativos del área a su cargo y la proyección de los ingresos.
•Controlar en el ámbito jurisdiccional la correcta aplicación de las normas legales vigentes que rigen en su área temática, interviniendo en la tramitación de las actuaciones originadas por infracciones a las mismas.
•Entender en la planificación, coordinación y ejecución de tareas preventivas y de atención de emergencias sanitarias.
•Calificar el personal a su cargo.
•Elaborar y proponer a la autoridad regional las necesidades anuales de capacitación del personal.
•Coordinar las tareas de gestión administrativa, los recursos humanos y bienes patrimoniales del área temática a su cargo.
•Elevar en forma periódica o a requerimiento del Responsable del Centro Regional las novedades relacionadas a las actividades de su área.
•Asistir al Responsable del Centro Regional, en las comisiones regionales y/o provinciales que ya estén conformadas o que se conformen en el futuro.
SUPERVISORES REGIONALES Responsabilidades:
• Supervisión de las acciones de prevención, control y erradicación de enfermedades en su jurisdicción y las acciones de vigilancia epidemiológicas
• Supervisión y fiscalización del cumplimiento de las normas legales vigentes y la organización y funcionamiento de las oficinas locales.
• Ejecución y evaluación del desempeño del personal de campo afectado a las mismas • Representación oficial del SENASA en su zona.
VETERINARIOS LOCALES Responsabilidades:
• Ejecución de las acciones de prevención, control y erradicación de los programas de lucha de su jurisdicción
• Atención de las notificaciones, sospechas y focos de enfermedades y tareas de vigilancia epidemiológica y monitoreo permanente
• Ejecución de acciones de policía sanitaria y cumplimiento de la normativa vigente • Control y fiscalización de los movimientos y transporte de ganado y emisión de las certificaciones correspondientes
• Actualización de los registros documentales de productores, establecimientos, existencias ganaderas, movimientos, controles sanitarios y administrativos de su jurisdicción.
Las Delegaciones son oficinas ubicadas en pequeñas localidades, dependientes de las Oficinas Locales y su función es facilitar ciertos trámites al productor.
La implementación de las acciones en las jurisdicciones correspondientes se efectúa a través de los Veterinarios Locales, ubicados en 353 Oficinas Locales distribuidas estratégicamente en todo el Territorio Nacional, dependientes de 30 Supervisiones
Regionales. Las Supervisiones Regionales dependen de las Coordinaciones Regionales Temáticas de cada Regional.
DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION AGROALIMENTARIA (DNFA).
Interviene en el control, a nivel federal, del cumplimiento de las regulaciones higiénico-sanitarias de los frigoríficos, plantas elaboradoras y/o depósitos de productos y subproductos de origen animal y vegetal, ya sean comestibles o de uso industrial. Asimismo, tiene a su cargo la aprobación de plantas faenadoras y/o procesadoras de productos y subproductos derivados de los animales domésticos. Los Servicios de Inspección Veterinaria son responsables de implementar dichos controles en plantas nacionales de faena aprobadas para exportación y consumo interno. Dentro de su estructura se encuentra la DIRECCIÓN DE TRÁFICO INTERNACIONAL con la COORDINACIÓN DE FRONTERAS Y TRÁFICO FEDERAL.
DIRECCION DE LABORATORIOS Y CONTROL TECNICO (DILACOT)
Es el Laboratorio Nacional de Referencia en la inocuidad de alimentos y la sanidad animal y vegetal; consta de dos Coordinaciones Generales: Laboratorio Animal y Laboratorio Vegetal; además cuenta con Laboratorios Regionales y una Red de Laboratorios Nacionales habilitados por el SENASA y distribuidos en todo el país. Como tal:
• Establece los métodos y protocolos de análisis utilizados por él y por los laboratorios de la Red Nacional de Laboratorios del SENASA.
• Interviene en la resolución de controversias.
• Confirma los resultados positivos emitidos por los laboratorios de la Red Nacional. • Produce e interviene en ensayos interlaboratorios.
• Ejerce el control periódico de la Red de Laboratorios.
• Asiste a las otras direcciones del SENASA en la evaluación de los resultados analíticos.
• Interviene en la actualización de la legislación de su incumbencia y participa en Foros Internacionales (Codex Alimentarius, MERCOSUR, OIE, etc.).
El Laboratorio Animal de SENASA, ubicado en la localidad de Martínez, provincia de Buenos Aires, es el único autorizado a efectuar diagnósticos en la vigilancia de las enfermedades de los peces en estudio.
2.3. LEGISLACIÓN
• Ley Nº 3959 de Policía Sanitaria de los Animales, reglamentada por el Decreto de fecha 8 de noviembre de 1906. Por medio de la cual se declara la obligatoriedad de notificación ante la sospecha de presencia de enfermedades animales. La actualización de incorporación de enfermedades se encuentra en trámite avanzado bajo el exp. N° 492332/2009.
• Resolución SENASA N° 1354/1994 Requisitos de importación: Operatoria para autorizar la importación de animales vivos o su material reproductivo.
• Predios de Cuarentena de Importación para Salmónidos: Proyecto de
• Resolución SAGPyA N° 417/1997 crea el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) y sus modificatorias.
• Resolución SENASA Nº 848/1998 Documento de Transito (DTA) aprueba el
Documento de Tránsito Animal el cual sustituirá el Permiso Sanitario para Tránsito de Animales (PSTA), creado por la Resolución N° 473 del 12 de julio de 1995. • Resolución SENASA N° 299/1999 Indica los procedimientos de control en los pasos de frontera, terrestres, aéreos, marítimos, etc. que deben aplicarse a través del tránsito de personas, equipajes y vehículos. Su objetivo está dirigido expresamente a la prevención.
• Resolución SENASA Nº 779/1999 Aprueba el Sistema Nacional de
Emergencias Sanitarias (SINAESA).
• Requisitos para Importación (m1062) de 2000 Circular de la Dirección de Cuarentena Animal de SENASA. Requisitos Zoosanitarios para amparar las operaciones de importación y tránsito de peces vivos y/o su material reproductivo a la República Argentina.
• Requisitos Sanitarios de Importación de Material Acuícola Vivo: Proyecto de Resolución en trámite (reemplazará m1062).Exp. N° 282509/2007
• Resolución SENASA N° 21/2001 que crea el Programa de Enfermedades de
los Animales Acuáticos en Argentina donde se determinan las patologías ictícolas presentes en el territorio nacional, se elaboran normas y se planifica y diseña la vigilancia activa de las enfermedades.
• Resolución SENASA Nº 501/01 Establece los procedimientos operativos para el control en los puestos de frontera habilitados para el ingreso al país de animales, productos, subproductos, etc. de competencia del Servicio en el ámbito animal.
• Resolución SENASA N° 895/2002 Plan Nacional de Prevención del Ingreso de Plagas y Enfermedades a través de residuos orgánicos.
• Resolución SENASA N° 422/2003 que establece en el SENASA la adecuación
a la normativa internacional vigente en cada materia sobre los sistemas de: notificación de enfermedades animales, de vigilancia epidemiológica y seguimiento epidemiológico continuo, análisis de riesgo, emergencias sanitarias y un dispositivo reglamentario que contemple todos los aspectos de protección y lucha contra las epizootias.
• Resolución SAGPyA N° 1314/2004 Establece Normas que regulan la
producción de Organismos Acuáticos Vivos en los emprendimientos/ establecimientos que se dediquen a la actividad de acuicultura, dentro del Territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.
• Colectiva de la Coordinación General de Campo N° 58/2007: Inscripción al RENSPA y movimiento con DTA para establecimientos acuícolas.
• MEMORANDO Dirección de Luchas Sanitarias N° 12/2009: Comunica a los
• Colectiva de la Coordinación General de Campo N° 54/2009: Toma de muestras y envío al laboratorio. En la misma se describe el procedimiento ante la solicitud de muestreo previo a traslados u otros eventos que lo requieran.
En los siguientes sitios web se puede encontrar la legislación citada anteriormente http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/mostrarBusquedaNormas.do
3. DESCRIPCIÓN DEL PAÍS Y DE LA ZONA
3.1. FRONTERAS
ARGENTINAS
Caracterización geográfica de las fronteras argentinas.
La frontera terrestre argentina se puede dividir de la siguiente manera: Frontera con CHILE (Oeste y Sur).
Frontera con BOLIVIA (Norte). Frontera con PARAGUAY (Norte). Frontera con BRASIL (Noreste y Este). Frontera con URUGUAY (Este).
El único país que limita con la zona bajo estudio es la República de Chile, la cual se encuentra al OESTE, con un total de kilómetros de frontera (seca) de 4.591 Km. La Cordillera de los Andes acompaña todo el límite como frontera natural.
3.2. DESCRIPCIÓN GEOGRÁFICA DEL PAÍS
La Argentina tiene una superficie total de 2.780.400 km2, comprende un territorio muy
variado que incluye altas montañas, desiertos, vastas llanuras y bosques palustres. Las escarpadas montañas de los Andes se extienden a lo largo de la frontera occidental del país. Una meseta árida y azotada por vientos, la Patagonia, se extiende hacia el sur. La Pampa, una llanura herbosa y fértil cubre mitad del territorio. El extremo sur de la Argentina se encuentra a sólo 970 km de distancia de la Antártida en el Polo sur, mientras que el extremo norte tiene un clima subtropical.
La frontera occidental del país sigue el relieve de los Andes, comenzando a partir de los Andes de la Patagonia en el sur, y continuando hacia la cordillera andina en la frontera norte con Bolivia. En el sur la altitud no sobrepasa los 3 600 m, mientras que en el norte esta supera los 6 400 m.
Al este de los Andes, el terreno es generalmente plano o suavemente ondulado, y desciende gradualmente desde una elevación de 600 m, hasta el nivel del mar. La región del Chaco se sitúa entre el río Paraná al este, y las montañas más bajas de los Andes, al oeste. La región, cubierta sobre todo de matorrales, es seca durante la mayor parte del año, pero a menudo es objeto de fuertes lluvias durante el verano. La región denominada Mesopotamia se sitúa entre los ríos Paraná y Uruguay. Esta región tiene un clima cálido y húmedo, y posee tierra agrícola productiva en casi toda su extensión.
La Pampa es una llanura sin árboles y alberga las regiones agrícolas más productivas del país. Esta llanura cubre un quinto del territorio nacional.
En Patagonia, situada al sur de la Pampa, el terreno es una estepa árida y desolada, azotada por los vientos. Aunque ocupa más de un cuarto del territorio nacional, los suelos pobres y las escasas precipitaciones hacen de la Patagonia una tierra poco apropiada para la agricultura. Sus llanuras se usan sobre todo como pastos para el ganado ovino.
La isla de Tierra del Fuego se sitúa en el extremo sur de América y el estrecho de Magallanes la separa de la tierra firme. Argentina y Chile comparten este territorio. La Argentina tiene un clima templado en casi todo el territorio, a excepción de una reducida área subtropical situada en el nordeste, el noroeste.
(Fuente: FAO 2009)
El Sector Cordillerano Austral, tiene una altura promedio de 2.500 metros sobre el nivel del mar, con profusión de lagos, que tienen gran importancia en la regulación de
las cuencas hídricas. La altura va disminuyendo progresivamente desde la cordillera hasta la costa atlántica, constituyendo una extensa meseta semidesértica en la parte central. La zona de montaña (parte suroccidental) es húmeda o subhúmeda.
En la Patagonia Andina las precipitaciones superan los 2.000 mm por año, disminuyendo hacia la zona atlántica, donde el promedio anual es de sólo 200 mm. Las grandes variaciones climáticas a lo largo del territorio nacional limitan la producción de salmónidos a las regiones frías del país así como también la distribución de los ejemplares silvestres introducidos a las diferentes cuencas hidrográficas.
3.3. DESCRIPCIÓN DE LA ZONA LIBRE
La zona bajo estudio se encuentra en la región patagónica de nuestro país. Abarca parte de las provincias de Neuquén y Río Negro
.
Entre las provincias nombradas anteriormente existen dos cuencas hidrográficas importantes: la cuenca del Río Neuquén y la cuenca del Río Limay, que con la anterior forman parte de la cuenca del Río Negro que desagua en el Océano Atlántico.
Las cuencas de los ríos Limay y Neuquén suman una superficie de aproximadamente 70.000 km2 (Hidronor, 1978)
El lago Nahuel Huapi, de origen glacial fue formado por el endicamiento de una morena frontal (Cordini, 1939) y se ubica a los 764 msnm, presentando una superficie de 529 km2. El área total que abarca su cuenca, es de 2951 km2. Se trata de un
cuerpo de agua que posee una cubeta central, con siete áreas bien definidas, denominadas “brazos”, cada uno de ellos, con características propias. Tales brazos ubicados transversalmente (y también de origen glacial), se ocasionaron debido al desplazamiento de diferentes morenas, a partir de la Cordillera de los Andes, siendo los principales el del Campanario, de la Tristeza, Blest y Huemul. El agua del lago es de carácter OLIGOTROFICO (Luchini, L., 2004).
La profundidad máxima del lago ha sido registrada a los 438 m y la media se considera de 157 m. El perímetro es de 357 km, presentando una forma muy irregular y su volumen alcanza los 83.053 hm3, con un recambio de agua total que se produce
cada 11,6 años.
Debido a su historia geológica, sus aguas son de bajo contenido mineral, con una conductividad media de 31,5 micro S/cm, respondiendo sus mayores iones a una relación bicarbonatada – cálcica. Su pH promedio es de 7,5, con un mínimo de 6,9 y un máximo, excepcional, de 8,1.
En esta área, las precipitaciones anuales se presentan con un marcado gradiente de Oeste a Este, alcanzando más de 2000 mm en el sector plenamente cordillerano y hasta unos 700 mm en el sector oriental hacia la meseta patagónica, en el denominado “ecotono bosque-estepa”. Las temperaturas anuales del agua, oscilan entre los 8º C en invierno y hasta los 15º C en verano. Desde el punto de vista de su limnología, se lo considera como un lago monomíctico cálido (su temperatura no desciende por debajo de los 4º C). Muestra circulación invernal y presenta estratificación térmica directa en verano; ubicándose la termoclina entre los 40-55 m de profundidad (Pedrozo et al., 1997). En todas las áreas monitoreas sobre base
anual, el Oxígeno Disuelto (OD) presentó concentraciones cercanas a la saturación en superficie y valores algo menores en profundidad (AIC-DPA, 2001-2002).
De este lago nace el río Limay que marca el límite entre ambas provincias (Neuquén y Río Negro). Al represarse el río en varios tramos, quedaron constituidos una serie de embalses con determinadas características según sus tiempos de maduración, prácticas de manejo y uso.
Los grandes embalses se denominan ALICURA (único dentro de la zona libre),
PIEDRA del AGUILA, PICHI PICUN LEUFU y EZEQUIEL RAMOS MEXÍA. La
finalidad fundamental de estos embalses es la producción de energía hidroeléctrica y como secundaria, la de regulación de los caudales para posibilitar el uso de tierras sujetas a la acción de los picos de crecientes de los ríos. Actualmente, diferentes empresas explotan las represas, siendo la cuenca del Limay sometida a la vigilancia medioambiental por la Autoridad Interjurisdiccional de Cuenca (AIC).
La construcción de los embalses actuales fue llevada a cabo por la empresa Hidronor S.A., de carácter mixto, que fuera posteriormente privatizada.
El primero en construirse fue el Chocón (1974) y el último, el de Pichi Picún Leufú (1999).
Al ser la piscicultura en jaulas suspendidas, dentro de nuestro país de incipiente data, solamente el embalse de Alicura (con 18 años de haber sido construido) es el único de la serie que registra, actualmente, instalaciones de cultivos de muy diferente porte (desde 6 y hasta 700 TM de producción por productor) que producen en conjunto, un volumen aproximado de 1000 a 1200 tn en peces vivos, de la especie Oncorhynchus mykiss o trucha arco-iris. (Luchini, L., 2004).
El río LIMAY próximo a su nacimiento en el paraje Rincón Chico, recibe desde el oeste al arroyo Newbery, el arroyo Chacabuco y por la margen derecha el arroyo La Fragua. En la zona denominada “el Anfiteatro” lo alcanza el arroyo del Corral. El río describe luego una curva hacia el este hasta la zona conocida como “Bajada de Mena”, sitio al que arriba el arroyo Carbón por margen izquierda y el arroyo Chacay por la derecha. El río Limay continua hasta el lugar llamado Confluencia, donde desemboca el río TRAFUL, el cual nace de los aportes que origina el río Pichileufú en la cordillera y que escurre hasta el lago Traful. A la salida del lago, el río Traful recibe los aportes de los ríos Mineros, Cuyin Manzano, Arroyo Blanco y Córdoba. (Alvarez, M., 2004)
EMBALSE ALICURA
El Embalse de Alicura es el primero de los cuatro localizados sobre el río Limay y el único incluido dentro de la zona libre, fue inaugurado en 1985. Su coronamiento se localiza en plena meseta patagónica (meseta de Alicurá), mientras que la zona correspondiente a la llamada “cola de embalse”, se encuentra situada en pleno ecotono, entre la estepa y el bosque andino-patagónico, donde desemboca el río Traful (Confluencia) proveniente del lago homónimo. El clima de la zona donde se encuentra el mayor porcentaje del espejo de agua, es de carácter semiárido. Las precipitaciones medias anuales alcanzan a 500 mm. Las temperaturas en enero muestran un promedio de 18° C, mientras que en julio oscilan cercanas a los 4°C (Alvarez, 2004) Dista 100 km. de la ciudad de San Carlos de Bariloche aproximadamente a los 40°35′S 70°45′O, y está ubicado a 705 msnm.
Por sus características limnológicas es considerado un lago Oligotrófico u oligomesotrófico (Dir. Rec. Hídricos, 1995; Alonso, 2003; Diaz, et al 2007).
La ubicación y características generales del embalse son las siguientes:
Parámetro Valor Latitud 40°40’S Longitud 71°00 ’W Altitud 705 msnm Área km2 65 Volumen Km3 3.27 Z media (m) 48.3 Cota max (msnm) 705
Variación max nivel (m) 13
Area ep % 17.6
Tw año 0.36
r (año-1) 2.8
Lo (km) 183
Z max (m) 115
Z media: profundidad media, Tw: Tiempo de residencia, r: Tasa de renovación, Z max: profundidad máxima (Fte: AIC, Alvarez 2004)
MAPA DE LA ZONA LIBRE (en azul oscuro se muestra delimitada la parte de la cuenca que se declara libre y en gris se marca el límite terrestre)
La zona libre se encuentra comprendida
por la Cuenca Alta del Río Limay y el
Embalse Alicura, actuando como
barrera física la represa de Alicura.
3.4. POBLACIÓN
SILVESTRE DE LA REGIÓN PATAGÓNICA
La comunidad de peces en la Patagonia continental se caracteriza por tener una muy baja riqueza específica autóctona, que incluye especies de distintos orígenes tales como el neotropical, circumpolar y un grupo importante de endemismo (Arratia et al 1983). Las especies autóctonas presentes en la región se encuentran representadas por siete Ordenes, diez Familias y un total de veintiún especies. A principio del año 1900 hubo una fuerte política de introducción de salmónidos provenientes de Estados Unidos de Norteamérica e Inglaterra impulsada por el gobierno nacional, en zonas consideradas con valor para la pesca deportiva.
La trucha arco-iris (Oncorhynchus mykiss), introducida, ha sido la que se ambientó y
diseminó con mayor éxito en gran parte de los ambientes acuáticos del territorio argentino, Ha contribuido en un alto porcentaje al turismo relacionado a la pesca deportiva, especialmente en los lagos cordilleranos patagónicos, junto a otras especies como la Salmo trutta o “trucha marrón”, la Salvelinus fontinalis o “trucha de
arroyo” y el salmón Salmo salar. A diferencia del norte patagónico, en el sur de la
provincia de Santa Cruz y en Tierra del Fuego, la especie que mejor se adaptó fue la trucha marrón que en parte es residente y en parte, migrante al mar. (Luchini, L., 2004) Dentro de las cuencas descriptas anteriormente, además de las especies exóticas enumeradas, existen especies autóctonas, como las percas: la criolla Percichthys trucha y P.vinciguerrai, la perca bocona (P.colhuapiensis); puyen pequeño (Galaxias maculatus), el pejerrey patagónico (Odonthesthis hatcheri), el bagre otuno y el bagre
4. ACTIVIDAD ACUÍCOLA EN LA ZONA
4.1. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD ACUÍCOLA DE LA ZONA
La acuicultura comercial de orden semi-industrial, es de muy reciente inicio en Argentina, tanto en aguas continentales templado-frías, como en aguas cálido-templadas y marinas. La rama de la “piscicultura de aguas frías” (específicamente referida al cultivo de trucha arco-iris) que es la más antigua, posee su mayor expresión en la amplia región nordpatagónica. A nivel artesanal, los cultivos se iniciaron aproximadamente, entre las décadas del ´70 al ´80 y a partir de la apertura de los embalses situados en dicha región (circa 1992) se incrementó la producción con el advenimiento de producciones generadas en jaulas flotantes, ya que estos cuerpos de agua presentan características ambientales ideales para un desarrollo intensivo, pudiendo aumentarse el volumen de los cultivos en peces Salmónidos y de hecho, su factibilidad de exportación con producto de excelente calidad.(Luchini, L., 2004)
A partir de 1990, se instalaron en el Embalse de Alicurá las primeras jaulas flotantes para el cultivo intensivo de la trucha arco-iris, debido a las características favorables del ambiente para esta actividad (del Valle, 1996). Actualmente, la producción de trucha arco iris por cultivo, abarca once concesiones otorgadas, ocho de las cuales se encuentran en producción, con un volumen total estimado de 1000 ton a 1200 ton anuales promedio (Dirección de Acuicultura, 2009). Estos emprendimientos se encuentran localizados sobre la margen izquierda del embalse (margen de Neuquén), dado el acceso directo por la ruta nacional N° 237, por lo que responden a las normativas para acuicultura a la provincia del Neuquén. En el Embalse se realiza la fase de pre-engorde y engorde final de los animales en los 8 establecimientos de cultivo.
La capacidad de producción sólo de este embalse, fue estimada en forma conservadora en alrededor de 3500 a 5000 tn/año (Wicki y Luchini, 1996). Actualmente, se encuentra en revisión.
Las hatcheries que proveen alevines a estos establecimientos de engorde se encuentran distribuidas en su mayoría en la región nordpatagónica. Estas hatcheries iniciaron su producción de alevinos a partir de reproductores capturados en la zona bajo estudio. Por su parte, las ovas importadas se mantienen bajo cuarentena en establecimientos de ubicación extrazonal, a más de 1000km de distancia (ver importación y cuarentena).
4.2. REGISTROS DE ESTABLECIMIENTOS ACUÍCOLAS
4.2.1. RENSPA
A través de la Resolución SENASA N° 417/97 se crea el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad Animal de SENASA, el cual es obligatorio para todos los productores pecuarios del país. Este registro incorpora datos del productor, características de la producción y ubicación geográfica del establecimiento, entre otros. De esta manera el servicio ubica al establecimiento y a los responsables de la sanidad de los mismos y fortalece a través de los datos, el control sanitario y epidemiológico así como los métodos de prevención y vigilancia diseñados por los programas sanitarios.
En la zona existen 8 establecimientos de engorde y 3 hatcheries que abastecen alevinos los cuales se encuentran inscriptos a este registro, en las oficinas locales de
SENASA de la jurisdicción correspondiente. Además existen 8 hatcheries extrazona que abastecen alvinos a los establecimientos de engorde dentro de la zona libre, los cuales también se encuentran inscriptos en este registro.
4.2.2. RENACUA
La Resolución N° 1314 del 2004 de la ex Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos crea el único Registro Nacional de Emprendimientos de Acuicultura en el ámbito de la Dirección de Acuicultura del actual Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. El mismo es de carácter obligatorio y en la resolución se establecen las normas que regulan la producción de organismos acuáticos vivos en los establecimientos/emprendimientos de acuicultura. Los 19 establecimientos descriptos anteriormente también se encuentran inscriptos en este registro. En el país el 70% de los productores de salmónidos se encuentran ubicados en la región patagónica.
4.3. CONTROL DE DESPLAZAMIENTOS
Para poder movilizar animales vivos desde una hatchery a establecimientos de engorde, éstos deben estar acompañados de los siguientes documentos:
• El Documento de Tránsito de Animales (DTA) que es extendido por las oficinas del SENASA, se encuentra reglamentado por la Resolución SENASA Nº 848/98.
• La Guía de Traslado extendida por la autoridad competente de cada provincia, previa presentación del DTA.
• Certificado de lavado y desinfección del transporte expedido en los lavaderos habilitados por el SENASA
El entorno de controles se complementa con un registro de camiones habilitados para el transporte de animales de acuerdo a lo establecido en la Resolución SENASA Nº 97/99, y una forma de identificación que se efectúa por lote en la hatchery de procedencia.
Además de esos requisitos, todo movimiento de animales hacia la zona libre debe ir acompañado de un Certificado sanitario, otorgado por la oficina local de origen de SENASA, en relación a las enfermedades de notificación obligatoria. Por este motivo se muestrean animales de los establecimientos y se les realiza análisis por PCR en el laboratorio oficial de SENASA.
Como acción de policía sanitaria se realizan controles e inspecciones en puntos estratégicos
• Control de la documentación.
• Control de la identificación, categoría, especie, etc.
Los controles y fiscalización los efectúa también el SENASA, por aplicación de la Resolución SENASA Nº 178/2001 de control de tránsito.
Cualquier animal que transite sin el DTA correspondiente, es sometido a sacrificio sanitario en forma inmediata, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.
Arribados los animales a su lugar de destino el productor debe denunciar el ingreso con el DTA correspondiente en la oficina local de destino dentro de las 48hs.
4.4. INDUSTRIA
En el país existen 284 plantas frigoríficas para procesamiento de pescado proveniente de la pesca continental y marítima, los cuales pueden ser utilizados para procesamientos de pescado provenientes de la acuicultura. Las mismas cuentan con una habilitación otorgada por la Coordinación Temática de Fiscalización Agroalimentaria correspondiente, siguiendo las indicaciones de la Decreto N° 4238/1968 Capítulos 23 y 31. Además deben contar con habilitación provincial y municipal.
A través de la Resolución SENASA N° 685/2005 de la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria, se establecen auditorias sobre estas plantas.
Gráfico de porcentaje de frigoríficos de productos de la pesca por provincia (República Argentina)
Actualmente solo cinco plantas frigoríficas procesan los animales provenientes de la zona monitoreada, estas son:
• Ahumados Patagónicos: Habilitación N° 4370 • Manila: Habilitación N° 4413
• Establecimiento Los Lagos: Habilitación N° 4618 • Río Manso: Habilitación N° 2878
• Harengus S.A.: Habilitación N° 2265
Las primeras cuatro plantas faenadoras se encuentran en la provincia de Río Negro y la última en la provincia de Chubut.
En la siguiente tabla se detalla la cantidad de kilos de pescado enviados a faena a los establecimientos enumerados anteriormente durante los años 2007, 2008 y 2009 desde los establecimientos de la zona libre.
Año 2007 - Ingresos de Materia Prima Rubro XLVI A
Total Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic
1.470.715 136.457 121.455 146.215 86.590 127.382 99.028 118.224 122.722 116.328 153.766 141.205 101.344 4370 Ahumados Patagónicos 1.065.903 88.731 82.865 97.223 65.053 86.131 71.685 91.267 97.385 91.192 116.309 107.058 71.004 2878 Rio Manso SA 404.812 47.726 38.590 48.992 21.537 41.251 27.343 26.957 25.337 25.136 37.457 34.147 30.340
Año 2008 - Ingresos de Materia Prima Rubro XLVI A
Total Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic
1.164.775 112.404 129.677 114.303 111.648 97.179 82.173 66.234 58.566 96.644 109.120 107.995 78.832 4370 Ahumados Patagónicos 896.169 68.133 104.239 92.873 84.624 80.859 65.416 57.978 41.659 72.468 85.024 86.049 56.847 2878 Rio Manso SA 268.606 44.271 25.438 21.430 27.024 16.320 16.757 8.256 16.907 24.176 24.096 21.946 21.985
Año 2009 - Ingresos de Materia Prima Rubro XLVI A
Total Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic
1.223.114 131.468 118.222 145.788 119.371 121.216 105.649 76.674 95.975 76.076 72.169 70.891 89.615 4370 Ahumados Patagónicos 787.828 104.424 78.967 102.479 103.080 90.561 83.127 60.183 80.046 38.945 10.474 19.545 15.997 4618 Los Lagos SA 209.533 6.519 30.655 22.522 16.491 15.929 19.531 29.849 31.601 36.436 2878 Rio Manso SA 119.380 27.044 39.255 43.309 9.772 4413 Manila SA 106.373 17.600 31.846 19.745 37.182 Establecimiento Establecimiento Establecimiento E. Of. E. Of. E. Of.
Ref: E. Of: Establecimiento Oficial
(Fuente: Centro Regional Patagonia Norte, Coordinación Temática de Fiscalización Agroalimentaria, Supervisión Bariloche)
Estas plantas son supervisadas por veterinarios de SENASA pertenecientes a la Coordinación Temática de Fiscalización Agroalimentaria de la Regional Patagonia Norte y Sur, los cuales participaron en los cursos de capacitación de patologías de salmónidos, y son quienes inspeccionan los animales al ingreso de la planta, por lo que son una fuente importante de notificación en la vigilancia epidemiológica de las enfermedades de declaración obligatoria.
5. CAPACITACIÓN
Programas de Capacitación e Información a la Comunidad
La capacitación es uno de los ejes estratégicos del SENASA. Una Comisión Asesora de Capacitación integrada por referentes de cada una de la direcciones del organismo, por consejeros gremiales y por la Coordinación Técnica de Capacitación del SENASA elaboró el Plan Institucional de Capacitación que se desarrolla en el centro de capacitación del SENASA. Además, en el año 2006, SENASA y el INTA crearon el Centro Buenos Aires para la Capacitación de los Servicios Veterinarios (CEBASEV), el cual fue recientemente reconocido como centro colaborador de la OIE para la capacitación de los Servicios Veterinarios de habla hispana.
El plan de Capacitación se desarrolla permanentemente a través, de cursos, charlas y talleres, que mantienen actualizado el conocimiento, dan entrenamiento y sensibilizan a los agentes de SENASA vinculados a la actividad.
En línea directa con la Presidencia del SENASA la Unidad de Información y
Comunicación Institucional realiza las actividades de prensa, relaciones públicas e institucionales, publicidad, comunicaciones internas, administración de los contenidos de la página web y centro de documentación. Esta Coordinación gestiona una política de comunicación y difusión por distintos medios acerca de las actividades de los programas de control, prevención y erradicación de las enfermedades animales. Su accionar incluye el asesoramiento y apoyo a los Veterinarios Locales para que a ese nivel se logre una comunicación homogénea y efectiva con los productores agropecuarios y público en general.
Especialmente en acuicultura, se han realizado distintos cursos de entrenamiento para profesionales y de capacitación para productores por parte de la Dirección de Luchas Sanitarias, Dirección de Laboratorio y Control Técnico del SENASA junto a la Dirección de Acuicultura del Ministerio-MINAGRI:
• Curso de Histopatología y PCR: Total 5 días, del 17 al 21 de septiembre del 2006 en la Dirección de Laboratorio y Control Técnico de SENASA. Asistieron al mismo 12 profesionales del SENASA, 2 del INIDEP (Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero), 2 de la Provincia de Neuquén y 1 de la Provincia de Río Negro.
• Curso práctico histopatología, dictado por profesionales de la Dirección de Acuicultura y del INIDEP. Total 4 días del 6 al 9 de Febrero del 2007 en el INIDEP Mar del Plata. Asistieron al mismo 3 profesionales del área de patología de la DILACOT- SENASA y 1 del CEAN de Neuquén.
• Capacitación continua en PCR por profesionales de la Dirección de Acuicultura, a los profesionales del DILACOT. Asistió en tres oportunidades para su capacitación una profesional del INIDEP para las siete enfermedades; y un técnico del CEAN asistió a una pasantía de una semana en el DILACOT para entrenamiento en Diagnóstico Molecular de ISA, SRS e IPN
• Capacitación continua en histopatología a los profesionales del Departamento de Patología de la DILACOT y un técnico del CEAN quién asistió en dos oportunidades por profesionales de la Dirección de Acuicultura.
• Seminario sobre Aspectos Sanitarios en producción de salmónidos en el año 2007 en el Centro Regional Universitario Bariloche organizado en forma conjunta con el Consejo Federal de Inversiones (CFI). Participaron un total de
70 personas. Se trataron temas que abarcaron la ejecución del Plan Sanitario, aspectos clínicos de las enfermedades bajo estudio, técnicas de histopatología, biología molecular y manejo sanitario de los cultivos; además de los aspectos legales brindadas por las provincias.
• Curso para Inspectores Sanitarios Acuícolas, ofrecido en Diciembre del 2008, organizado en forma conjunta con el CFI en el Centro Regional Universitario Bariloche. Participaron un total de 46 personas que incluyo a productores, profesionales y técnicos en acuicultura, agentes del SENASA y agentes provinciales. A través de una evaluación, se acreditaron un total de 30 técnicos autorizados como inspectores honorarios.
• Curso de Vigilancia Epidemiológica: organizado por el CEBASEV. Total de días 5, del 24 al 28 de Noviembre de 2008 en la Dirección de Laboratorios del SENASA. Participó y aprobó el curso un agente del Programa de Enfermedades de los Animales Acuáticos.
• Taller de Discusión sobre Buenas Prácticas en producción de Trucha Arco Iris, 19 de Abril de 2010, Centro Regional Universitario Bariloche. Participaron 60 personas. Se elaboró una Guía de Buenas Prácticas en producción de Trucha Arco Iris a través de la contratación de un consultor externo por el Programa de Apoyo y Fortalecimiento Institucional de Senasa-UE (PAFIS). En el Taller se presentó esta Guía a los productores, técnicos, agentes provinciales y agentes de Senasa.
Se entrego material de consulta durante los eventos, como manual de Aspectos Sanitarios del Cultivo de Salmónidos (Bariloche, 2007) Manual para la recolección de Muestras y procedimientos para Laboratorio en el diagnóstico de Enfermedades de peces (Bariloche, 2008) y Manual para Inspectores Sanitarios Acuícolas (Bariloche, 2008) y la Guía de Buenas Prácticas en producción de Trucha Arco Iris (Bariloche, 2010).
En los siguientes sitios web se puede encontrar parte de la información sobre las actividades: www.senasa.gov.ar en el área de capacitación y en www.minagri.gob.ar en la página de Acuicultura.
6. SISTEMA DE VIGILANCIA
6.1. ANTECEDENTES
SANITARIOS
El estado sanitario de los peces silvestres y los de cultivo del embalse de Alicurá, a partir del momento de la instalación de los primeros criaderos in situ y hasta el momento del inicio del relevamiento sanitario por parte de organismos nacionales, se conocía gracias a los informes referidos a los estudios de investigación llevados a cabo por el Laboratorio de Ictiopatología de la misma Universidad Nacional del Comahue (Centro Regional Universitario Bariloche - CRUB) o bien, por el Laboratorio de Patología del Centro de Ecología Aplicada del Neuquén - CEAN; durante los cuales no se registraron episodios sanitarios en peces Salmónidos provenientes de los establecimientos, en su mayoría a través de visitas periódicas de inspección efectuadas o bien, estudiados a partir de solicitudes de los mismos acuicultores asentados en dicho embalse.
El CEAN, que depende de la Autoridad de Aplicación de la provincia del Neuquén, es el encargado de vigilar y regular a su vez la producción de acuicultura de los embalses en Neuquén, mediante la Ley Provincial de Acuicultura (Nº 1996) y sus disposiciones reglamentarias. Además de realizar visitas de inspección trimestrales a los establecimientos, el CEAN efectuó numerosos análisis referidos a las condiciones sanitarias (microbiológicos y virales) de los stocks de peces bajo cultivo. En las primeras investigaciones realizadas por este Centro en 1990, fueron detectadas solo la “enfermedad bacteriana de las branquias”, ataques por hongos y trastornos nutricionales; estas últimas debidas a la ausencia inicial de alimento adecuado a nivel comercial. A partir de 1991, la provincia normósobre la introducción de huevos, que debían obligatoriamente provenir de padres certificados como exentos de VHS, IHN, IPN, BKD y del myxozoo Myxobolus cerebralis. En 1995, el personal del CEAN,
efectuó una serie de inspecciones sobre trucha arco-iris (silvestre y de cultivo) y salmón del Atlántico, así como trucha marrón y de arroyo, de origen silvestre, empleando células CHSE-214 para detección de virus IHN, IPN y virus de herpes en Salmónidos, siendo los resultados NEGATIVOS en el sur de la provincia del Neuquén y el noroeste de la provincia de Río Negro, zona que abarcó en sus investigaciones preliminares. Las pruebas virales se efectuaron sobre peces juveniles y adultos y sobre partidas de huevos que debían ser liberados en la región. Las inspecciones abarcaron cultivos en tierra y en jaulas, todos ellos abastecidos por agua de diferentes ríos de la zona o del embalse de Alicurá. (Luchini, L., 2004).
6.2. IMPORTACIÓN Y CUARENTENA
La normativa que rige para las importaciones de animales vivos y material reproductivo es la Resolución ex –Senasa N° 1354/94.
Las importaciones de ovas de salmónidos se realizan principalmente desde los Estados Unidos. Previo a la aprobación de la importación se realiza un estudio de la hatchery interesada en realizar la exportación de esas ovas a nuestro país. A través de la normativa vigente el país de origen debe certificar al establecimiento como “libre” para aquellas enfermedades estudiadas en nuestro país y son motivo del presente informe; asimismo, entre otras medidas, se solicita la desinfección de las ovas por algún método recomendado a nivel internacional.
En la siguiente tabla se detalla cantidad de ovas importadas por año desde 2005 a 2009 y origen:
AÑO CANTIDAD DE OVAS ORIGEN
2005 215.000 Irlanda/ U.S.A
2006 260.000 U.S.A
2007 2.450.000 U.S.A
2008 800.000 U.S.A
2009 735.000 Dinamarca
Actualmente, una vez que llegan las ovas a nuestro país, se realiza una inspección física y su correspondencia con la certificación de origen. Si supera favorablemente esa instancia, el personal oficial sella el contenedor de la mercancía e informa al veterinario oficial con jurisdicción en la zona a la que será destinada la mercancía y emite el Permiso de desembarque y el Permiso de Tránsito Restringido para el traslado de la misma, hasta el establecimiento de cuarentena. Actualmente los establecimientos de cuarentena se encuentran ubicados extrazona a más de 1000km de distancia de la zona bajo estudio.
Una vez en el predio de cuarentena se realiza un muestreo sobre las ovas para ser analizadas por PCR en el laboratorio central de SENASA (ensayo no estandarizado internacionalmente) y previo a la liberación de la cuarentena se analizan los alevinos, ambos análisis para ratificar la ausencia de infección de las patologías estudiadas. Se muestrearon todos los lotes de importación, los cuales se analizan por las técnicas de Histopatología y PCR para las 7 (siete) enfermedades estudiadas en nuestro país. Aquellos que no superen satisfactoriamente las pruebas sanitarias a que fueran sometidos durante el período cuarentenario, no serán autorizados a movilizarse a cualquier destino dentro del País. En estos casos, se cita al interesado para la firma de las actas correspondientes, otorgándosele en la misma un plazo perentorio, que no podrá ser mayor de ocho (8) días corridos, para proceder a la reexportación del o de los animales.
Vencido dicho plazo, y sin necesidad de nuevo aviso, el SENASA podrá proceder al sacrificio sanitario.
Cabe señalar que hasta el momento no se han detectado ninguna de las enfermedades mencionadas en los lotes importados.
6.3. SISTEMA DE VIGILANCIA
El sistema de vigilancia que se implementa en relación a las enfermedades de los animales acuáticos se basa tanto en actividades de vigilancia pasiva como activa. Dentro de la vigilancia pasiva, se incluye la denuncia de casos compatibles con enfermedades de notificación obligatoria por parte de productores, profesionales o toda persona relacionada con la tenencia o cuidado de animales en cautiverio o así como la ciudadanía en general en los casos de animales silvestres.
En el caso de la vigilancia activa, las acciones más relevantes consisten en los muestreos llevados a cabo para la demostración de la ausencia de las enfermedades de denuncia obligatoria en la zona en estudio.
Otras fuentes de información incluyen: inspecciones a los establecimientos productores e importadores, inspecciones en plantas de faena, estudios de investigación llevados a cabo por otras instituciones, etc.
6.4. SISTEMA DE NOTIFICACIÓN DE ENFERMEDADES
La obligatoriedad de la notificación de enfermedades de importancia para los animales, exóticas y endémicas incluidas las zoonosis, está enmarcada en la Ley 3959 de Policía Sanitaria, y actualizada periódicamente por el Servicio Oficial.
A través de la Resolución SENASA Nº 422/2003, se establece la adecuación a la normativa internacional vigente sobre los sistemas de notificación de enfermedades animales, de vigilancia epidemiológica y seguimiento epidemiológico continuo, así como análisis de riesgo; a la vez que actualiza la lista de enfermedades de notificación obligatoria de los animales terrestres y acuáticos.
La norma establece que cada propietario o persona encargada de cuidar o asistir animales que tengan síntomas de alguna de las enfermedades listadas, tiene la obligación de comunicarlo al Servicio Oficial. Éste a su vez, tomará las medidas sanitarias que correspondan y efectuará las comunicaciones pertinentes.
El veterinario oficial interviniente confecciona un protocolo de enfermedad denunciable en el que detalla todos los aspectos relacionados con la explotación afectada y los animales presentes en la misma. A su vez, en caso de ser necesario, toma muestras para diagnóstico y las envía al laboratorio de referencia nacional, de acuerdo a la especie y enfermedad que se trate.
Si se confirma el caso, el protocolo elaborado luego de la intervención es enviado desde las oficinas locales al nivel Central (Dirección Nacional de Sanidad Animal), quien es el encargado de hacer las comunicaciones nacionales e internacionales que correspondan de acuerdo a la enfermedad detectada.
En el caso de acuicultura, como fuente primaria de información y notificación de enfermedades se encuentran los productores, profesionales ligados a la actividad, Inspectores Sanitarios Acuícolas, Laboratorios, Plantas Frigoríficas, etc.
6.5. PAPEL DE LOS PRODUCTORES Y DE OTROS GRUPOS
IMPORTANTES EN LA VIGILANCIA.
6.5.1. Asociación de productores
Existe conformada con inscripción en trámite, una Asociación de Productores de Salmónidos (PROSALMON), sin fines de lucro, creada en el año 2005.
Los fines de la misma son:
a) Promover, fomentar, mejorar y desarrollar todo lo relacionado con la investigación, estudio y aplicación práctica de la acuicultura;
b) Para cumplir el fin precedente, asociar a los profesionales que estén interesados en el objeto de la asociación y a quienes desarrollen actividades que los relacionen con esta disciplina ;
c) Realizar actividades de orden científico y extensión universitaria tendientes al objeto mencionado en el inciso "a" del presente estatuto;
d) Reunir y destinar fondos a dichos propósitos;
e) Establecer relaciones e intercambio cultural y científico con otras entidades afines nacionales y extranjeras;
f) Mantener relaciones con las autoridades científicas y técnicas nacionales, provinciales, municipales y universitarias.
g) Gestionar el apoyo de las autoridades Nacionales, Provinciales, Municipales o Universitarias para la consecución de los fines;
h) Reunir, adquirir y obtener instrumentos destinados a sus fines específicos; i) Contratar y emplear personal profesional, técnico o administrativo.
Tanto los productores como los técnicos acuícolas han participado de los cursos dictados por SENASA y fueron capacitados para la detección de las principales patologías de los salmónidos, por lo que se encuentran preparados para realizar denuncias ante eventos sanitarios, toma de muestras y aparición de signos clínicos de algunas de las enfermedades de notificación obligatoria.
Otros organismos tales como Guardapesca y Asociación de Pescadores Deportivos han sido comunicados para la eventual notificación de signos clínicos relacionados con las enfermedades estudiadas, colaborando de esta manera con la vigilancia Epidemiológica.
6.5.2. Organismos Nacionales y Provinciales intervinientes en el sistema de
vigilancia
A nivel nacional la Dirección de Acuicultura del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, trabaja en conjunto con el SENASA desde al año 2006 a través de un Acuerdo de Cooperación Técnica donde en una primer acta se definieron pautas de trabajo conjunto, estableciendo en una primera etapa el diseño y ejecución del Relevamiento Sanitario de Salmónidos en el Embalse Alicura. Dicho relevamiento tuvo como objetivo lograr la caracterización sanitaria del Embalse, en relación a las principales enfermedades ictícolas de mayor impacto económico y productivo.
La Dirección de Acuicultura tiene entre sus funciones el seguimiento del RENACUA, que es el Registro Nacional de Acuicultura, en el cual deben inscribirse todos los productores a nivel Nacional. El mismo es de carácter obligatorio y a través de la Resolución 1314/2004, se indica cuales son los requisitos para su inscripción.
A nivel provincial, Neuquén y Río Negro participan activamente en la normatización y control de la actividad. A través de sus instituciones provinciales, el Centro de Ecología Aplicada de Neuquén (CEAN) y la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC) y la Dirección de Pesca de la Provincia de Río Negro, llevan a cabo controles sobre calidad del agua y aspectos sanitarios de los peces de cultivo, entre otros.
Las provincias otorgan las concesiones para cultivo en el embalse a los emprendimientos acuícolas y realiza controles sobre calidad del agua, capacidad de carga y control bacteriano y parasitario de los peces bajo cultivo.
Las normativas de las provincias de la zona regulan tanto la actividad de producción de ovas y alevines (hatchery) como el engorde. Las leyes provinciales que regulan la
actividad son las siguientes:
• Ley Nº 1.996 de Acuicultura, Decreto Reglamentario Nº 1.548/93 y
Disposiciones Reglamentarias. Provincia del Neuquén.
• Ley Nº 1.875 (T. O. Ley Nº 2.267) de Medio Ambiente y Decreto Reglamentario Nº 2.267/99. Provincia del Neuquén.
• Ley Nº 899 Código de Aguas y Decreto Reglamentario 790/99. Provincia del Neuquén.
• Ley Nº 2829 de Acuicultura, Decreto 751 y Resolución 671. Provincia de Río Negro.
• Ley Nº 3266 de Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Provincia de Río Negro.
• Ley Nº 2391. Régimen de Control de Calidad y Protección de los Recursos Hídricos Provinciales. Provincia de Río Negro.
Las instituciones provinciales junto con el SENASA y la Dirección de Acuicultura de la Nación, han desarrollado las actividades de muestreo de peces y fueron capacitados para el acondicionamiento de muestras para envío al laboratorio del Senasa.
6.5.3. Inspectores Sanitarios Acuícolas
Para complementar los alcances en los controles de la administración veterinaria en la República Argentina y debido a las características particulares de la actividad, fue necesario dar participación en las tareas de inspección sanitaria de las pisciculturas, a técnicos e idóneos especializados y con experiencia en producción piscícola.
La figura técnica denominada Inspector Sanitario Acuícola (ISAc) fue creada a partir de la necesidad de incrementar las actividades para intensificar los controles sanitarios de los establecimientos de producción ictíca y la vigilancia epidemiológica. La acreditación otorgada por Senasa, es un aval del Organismo ante la idoneidad técnica del Inspector determinada mediante sucesivos encuentros teóricos y prácticos.
Los Inspectores Sanitarios Acuícolas están autorizados a realizar las siguientes tareas: a) Inspección Sanitaria General de los establecimientos de producción. b) Asesoramiento sanitario y de buenas prácticas al productor respetando las Normas Técnicas establecidas.
c) Actualización y suscripción de los registros sanitarios de los establecimientos. d) Recolección y acondicionamiento de muestras con validez oficial en los
establecimientos de cría de salmónidos registrados.
e) Concurrir inmediatamente a cualquier establecimiento dentro de la zona ante el conocimiento de novedades sanitarias y colaboración con la autoridad sanitaria nacional en la inspección oficial de establecimientos ante denuncias o sospecha de enfermedades y en otras actividades surgidas de las necesidades del momento. Actualmente hay acreditados 30 (treinta) Inspectores Sanitarios Acuícolas
6.6. VIGILANCIA
ACTIVA
6.6.1. Relevamiento sanitario de Salmónidos
En base a las recomendaciones de la Sección 2. 1. Capítulo I. 1. de Enfermedades de los peces y cumpliendo con el Capitulo 1.1.4 del Manual de Pruebas de Diagnóstico de Animales Acuáticos 2006 y el Capítulo 1.4, Artículo 1.4.6 punto 3 del Código Sanitario para los Animales Acuáticos 2009, se diseño la vigilancia sobre los salmónidos de la zona bajo estudio.
La Resolución SENASA N° 21/2001 crea el Programa de Enfermedades de los Animales Acuáticos en el ámbito de la Dirección de Luchas Sanitarias de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, estableciendo acciones sanitarias para todos los animales acuáticos y en cuya etapa inicial se establecieron acciones para determinar la existencia o no de enfermedades ícticas de importancia en la acuicultura de salmónidos.
Para dar cumplimiento a este objetivo se llevo a cabo un relevamiento sanitario de salmónidos en la zona descripta anteriormente, para la determinación del estatus sanitario del mismo, respecto de enfermedades que afectan a estas especies.
Ante el desconocimiento de la situación sanitaria de la zona, se diseño un sistema de monitoreo continuo durante dos años (Noviembre 2006 a Diciembre 2008), realizando muestreos cada tres meses abarcando las cuatro estaciones del año. Actualmente se mantiene una vigilancia activa con un muestreo anual.
A los fines de calcular el tamaño de la muestra se tomaron en cuenta los siguientes supuestos: Asegurar con un 95% de confianza que es posible detectar al menos un individuo positivo si la prevalencia esperada es igual o inferior al 2% para cada una de las enfermedades. Se muestrearon 150 animales por campaña entre animales silvestres y de cultivo. (Manual de diagnóstico para los animales acuáticos 2006)
La zona bajo vigilancia fue descripta anteriormente.
Dentro de la zona se seleccionó el embalse Alicura y sus principales afluentes, los ríos Limay y Traful para la toma de muestras de los peces.
Debido a la cercanía de los establecimientos y al hecho de que comparten un mismo cuerpo de agua, se tomó la población como homogénea dividiendo en partes iguales las muestras de animales de cultivo y animales silvestres.
Se muestrearon los ocho establecimientos que se encuentran actualmente en producción dentro del embalse Alicura y se establecieron 5 (cinco) puntos de muestreo para animales silvestres. Para esto se definieron 3 (tres) puntos dentro del embalse cabecera(Las Coloradas), medio (Malal Huaca) y Cola del Embalse y 2 (dos) por fuera del mismo, uno sobre el río Limay y otro sobre el río Traful.
Ref: los puntos en rojo corresponden a los establecimientos de cultivo y los puntos verdes corresponden a los puntos de muestreo sivestres
Esta elección se debió a la importancia productiva que presenta el embalse,con una producción que actualmente alcanza aproximadamente las 1200 tn de truchas arco iris, por lo que la densidad de peces en este embalse es mayor que en el resto de la zona bajo estudio. Así mismo los ríos Limay y Traful se toman como representativos de la población de peces silvestres susceptibles de los ambientes acuáticos, ya que existen migraciones de estos animales río abajo, por lo que los eventos sanitarios que sucedan en los lagos y sus afluentes, deberían ser detectados en estos puntos.
La captura de los ejemplares silvestres fue realizada por personal de la autoridad de aplicación de las provincias de Río Negro y Neuquén, y de la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas, utilizando como artes de pesca la modalidad de spining, trolling y flycast, en algunos casos, por lo cual el número de animales silvestres muestreado por campaña varía del indicado según el diseño. En cuanto a los animales de cultivo, la captura fue realizada por personal de SENASA, dejando constancia de la misma en los establecimientos con actas de toma de muestras. Para complementar la vigilancia epidemiológica de la zona se incluyeron en el muestreo a las hatcheries (intra y extrazona) proveedoras de alevinos al embalse de alicurá para su engorde final.