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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS

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AJUNTAMENT

DE

Departament d’Urbanisme

MONCOFA

Casa La Cultura, bajo.

Plaça Constitucio, 1 Tlf. 964.57.78.30 12.593 Moncofa

Tel 58 04 21 Fax 58 03 48

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES

TECNICAS

Pliego de Prescripciones Técnicas para contratar el servicio de

Conservación, mantenimiento y suministro de vegetales y

materiales de los parques y jardines del término municipal de

Moncofa.

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ÍNDICE

:

1. OBJETO 2. AMBITO DE APLICACIÓN

3. CARACTERISTICAS DE LAS ZONAS VERDES 3.1 CARACTERISTICAS GENERALES

3.2 CONOCIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES

4. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

4.1 ARBOLADO Y ARBUSTOS

4.1.1 PODA Y LIMPIEZA DE REBROTES 4.1.2 LIMPIEZA DE ALCORQUES Y ABONADO 4.1.3 TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS 4.1.4 RIEGO

4.1.5 REPOSICIÓN

4.2 CESPEDES, PRADERAS Y PARTERRES 4.2.1 SIEGA Y ESCARDA 4.2.2 ABONADO 4.2.3 TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS 4.2.4 RIEGO 4.2.5 REPOSICIÓN 4.2.6 OTROS TRABAJOS 4.3 OTRAS ACTUACIONES

4.3.1 LIMPIEZA DE LAS ZONAS VERDES

4.3.2 MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE RIEGO 4.3.3 MANTENIMIENTO SOLARES DOTACIONALES

5. CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS PARA OPTAR A LA ADJUDICACIÓN 6. REQUISITOS Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS MANTENEDORAS

6.1 PERSONAL

6.2 VEHICULOS, MAQUINARIA, UTILES Y HERRAMIENTAS 6.3 REVISIÓN Y PLAN DE ACTUACIÓN

6.4 MEDIDAS DE SEGURIDAD 6.5 INSPECCIÓN FINAL

6.6 MEJORAS, AMPLIACIONES Y SUMINISTROS ESPECIALES 7. CONDICIONES DEL SERVICIO

7.1 CALIDAD DEL SERVICIO 7.2 CONTROL DEL SERVICIO 7.3 PRESTACIÓN DEL SERVICIO 8. CONTENIDO MINIMO DE LA OFERTA

7.1 CONTENIDO MINIMO DE LA PROPUESTA TÉCNICA 7.2 CONTENIDO MINIMO DE LA PROPUESTA ECONOMICA

9. PRECIOS DE LICITACIÓN

10. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA

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1. OBJETO

El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es el establecimiento de las

condiciones que han de regir para la contratación del servicio de mantenimiento y suministro

de vegetales y materiales de los parques y jardines del termino municipal de Moncofa,

regulando los aspectos técnicos básicos de la forma de realización del servicio,

estableciendo las zonas de actuación y los sistemas a emplear para conseguir un resultado

adecuado.

Asimismo se indican las condiciones que ha de cumplir la empresa mantenedora para poder

optar al mantenimiento y la valoración de los trabajos que será preceptivo realizar.

2. AMBITO

DE

APLICACION

Los servicios a realizar comprenden la conservación y mantenimiento de las zonas verdes

ajardinadas, arbolado viario y jardineras, manteniendo ordenado el crecimiento y el máximo

valor ornamental de la vegetación existente, así como el correcto funcionamiento de las

instalaciones de riego.

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares contiene la relación de las

operaciones a realizar, su frecuencia y todas las condiciones de obligado cumplimiento que

deberá llevar a cabo la empresa adjudicataria.

El fin perseguido es el de mantener los parques y jardines del termino municipal en perfecto

estado de conservación y funcionamiento, cumpliendo todas las exigencias estéticas y

funcionales establecidas para ellos. Igualmente tiene que asegurar la subsistencia de las

especies vegetales, la integridad de los elementos no vegetales asimilables a las zonas

verdes, como pueden ser el mobiliario urbano, juegos infantiles, elementos de protección y

firmes especiales (pavimento de caucho, pavimento de madera, etc.…)

Se entiende que en el presente contrato la empresa adjudicataria se compromete a

mantener y mejorar la calidad de las zonas verdes existentes, subsanando si fuera necesario

defectos o imperfecciones que mermen su valor ornamental o funcional.

3. CARACTERISTICAS DE LAS ZONAS VERDES

Se identifica en este apartado las instalaciones objeto del contrato, el presente apartado se

complementa mediante los anexos I y II.

3.1 CARACTERISTICAS GENERALES

En los anexos I se identifican todas las zonas verdes de titularidad municipal. Para facilitar su

control se subdivide el término municipal en 6 zonas diferenciadas.

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Las zonas verdes se nombran según el tipo de de zona verde de que se trate.

ZV

Zona verde en superficie. Espacio ajardinado de dimensiones variables, en el cual

pueden convivir varias especies vegetales, mobiliario urbano, juegos infantiles, etc.…

ZVA Zona verde de elementos aislados. Se entiende como tal elementos vegetales que no

forman parte de una zona verde continua, sino que se halla formado por ejemplares

independientes, con su correspondiente alcorque en acera, se entienden incluidos en

este apartado las alineaciones arbóreas de los viales, ejemplares aislados, en algún

caso concreto se incluye en este apartado jardineras de escasa achura y cuyo

elemento predominante es el arbolado.

ZD

Zona verde deportiva. Pradera de césped, campo de juego, perteneciente a una

instalación deportiva.

En el anexo II se describe someramente cada una de las zonas verdes indicando su

situación, su tipologia y su morfología. Se indica la existencia de mobiliario urbano y/o de

juegos infantiles y se identifican los firmes que la componen. Se completa la información de

las mismas con una relación superficial de las especies vegetales existentes y la tipologia de

la red de riego existente.

Se considera incluido en el presente contrato el mantenimiento todas las unidades que

conforman la zona verde, considerando como tales, las especies vegetales, los firmes, el

mobiliario, los juegos infantiles, las redes de riego, los elementos de protección (vallados,

cubre alcorques, etc..) y todos los elementos que puedan considerarse parte de la misma.

3.2 CONOCIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES

Las empresas licitadoras serán responsables del conocimiento de las zonas verdes, previo a

la formulación de sus ofertas, así como de la comprobación de su estado e idoneidad para

cumplir con todas las exigencias que figuran en el presente Pliego de Prescripciones

Técnicas.

Para ello y con objeto de facilitar dicho conocimiento, deberán visitar las instalaciones para

su estudio con la debida autorización del Ayuntamiento de Moncofa.

La empresa adjudicataria recibirá las zonas verdes en su estado real al comienzo de la

actividad del contrato sin que pueda aducir ningún inconveniente o reparo por ello.

4. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

El contrato de servicios del presente Pliego incluye la mano de obra, herramientas,

vehículos, el suministro de medios auxiliares y productos, tratamientos, reposiciones y todos

los trabajos auxiliares necesarios para el mantenimiento y conservación de las zonas verdes

objeto del contrato.

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4.1 ARBOLADO Y ARBUSTOS

4.1.1 Poda y limpieza de rebrotes

Esta labor estará supeditada a lo que se indique en cada caso por los Servicios Municipales,

los cuales aprobarán el Plan Anual de Poda presentado por el adjudicatario, en el que se

indicarán el tipo de poda, la época, frecuencia, y la forma de su realización que dependerá

de la especie, lugar y posibles eventualidades. En ningún caso, y salvo circunstancias

excepcionales, se llevará a cabo una poda drástica del arbolado existente.

Deben distinguirse cuatro tipos de poda: De formación, de mantenimiento, de

rejuvenecimiento o restauración y podas excepcionales.

- Poda de formación, es la realizada en los árboles jóvenes y recién plantados hasta

conseguir el porte y la forma deseada de la planta adulta.

- Poda de mantenimiento, es la realizada para mantener el árbol en su porte y lograr

la máxima vistosidad y floración en su caso.

- Poda de rejuvenecimiento o restauración, es la que se realizará en los árboles que

brotan con facilidad después del corte, suprimiendo partes o toda la copa o parte

visible de las mismas con objeto de obtener una parte aérea más joven y vigorosa.

- Poda excepcional, además de las podas expresadas y excepcionalmente, se

efectuarán aquellas otras que indiquen los Servicios Municipales cuando las

circunstancias lo aconsejen.

En este caso, la poda que es aplicable en general es la de formación para las plantaciones

de arbustos, y las de mantenimiento para los árboles, no descartándose la posibilidad de

aplicar el resto en casos puntuales.

La empresa adjudicataria, en referencia a la poda, se someterá a las siguientes normas:

a) Características

generales:

- Para mantener la salud y buen aspecto de árboles y arbustos se han de podar en

primer lugar las ramas enfermas, estropeadas o muertas, con el fin de impedir la

infección del árbol por hongos xilófagos, que podrían penetrar por esta vía.

- La eliminación de ramas vivas y sanas sólo se justifica para aclarar la copa,

permitiendo la entrada de luz y aire cuando es muy densa, para compensar la pérdida

de raíces, para dar buena forma al árbol, eliminando las ramas cruzadas o mal

dirigidas y para revitalizar árboles viejos o poco vigorosos.

- En ciertos lugares puede ser necesario podar también los árboles para evitar

interferencias con los cables eléctricos y telefónicos, con el tráfico rodado, con los

edificios, etc., así como para impedir la caída espontánea de ramas.

- En todos los casos, es fundamental efectuar correctamente los cortes y tratar

debidamente las heridas resultantes.

- Se eliminarán los tallos secos, mal dirigidos o formados, los que sean portadores de

plagas y/o enfermedades graves, los que presenten un muy precario estado

vegetativo y los brotes que nazcan por debajo del injerto.

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- En general, con la realización de las podas se deberá de conseguir el máximo nivel

estético posible, mantener la estructura habitual de la especie y estimular la emisión

de ramas nuevas controlando su potencial vegetativo. Se procurarán cortes oblicuos

en la realización de la poda para así favorecer la cicatrización, usando herramientas

bien afiladas, limpias y no contaminadas.

- Los setos y perfiles se recortarán con tijeras o máquinas cortasetos, siendo una poda

en verde, que previa definición de la forma, mantendrá la modelación pretendida.

- En los Ficus nítidas existentes se recortarán periódicamente con forma redondeada,

para lo cual los brotes nuevos no deberán sobrepasar nunca los 20 cm.

- Para los setos de Cupresuss sempervirens, el brote nuevo no sobrepasará los 5 cm.,

se recortarán dos veces al año, hacia los meses de Marzo-Abril y

Septiembre-Octubre.

- Para otro tipo de setos, perfiles, etc., se determinará en el plan de mantenimiento el

tipo de crecimiento (libre o controlado) y la frecuencia de los recortes. Todos los

residuos de las podas deberán ser retirados de forma inmediata.

- Las labores de poda se realizarán preferentemente en la época de parada vegetativa,

no siendo preceptiva estas normas para las limpiezas ligeras y pinzamientos.

- La poda deberá atender a conseguir la máxima ventilación y soleamiento de todas las

partes de la planta, provocando una rápida ramificación.

- Las ramas que se suprimen definitivamente deberán cortarse lo más raso posible en

su punto de inserción.

- Las leñas de la poda deberán retirarse, atarse y ser transportadas a vertedero en el

día siguiente a su corte, excepto en la vía pública que lo serán diariamente.

- Todas las ramas muertas y partes secas deberán eliminarse en la operación de poda.

- No se realizarán podas drásticas bajo ningún concepto, salvo indicación expresa de

los Servicios Municipales.

- La poda se realizará siempre en la época adecuada y los cortes deberán ser limpios

- Deberán evitarse cortes de ramas muy gruesas y, cuando esto se haga, se tratará

con cicatrizantes inmediatamente después, así como en todos los casos en que las

especies lo exijan.

- Las flores marchitas, por razones estéticas y fisiológicas, deberán de ser eliminadas,

salvo en los casos de arbustos de frutos ornamentales.

b) Intensidad de la poda

- Se adoptará como norma general el eliminar todas las ramas pequeñas que estén

mal dirigidas, cruzadas o demasiado juntas, tratando de mantener la forma natural del

árbol, que cortar unas pocas ramas grandes.

- Las heridas pequeñas cicatrizan bien, incluso sin tratamiento, si tienen menos de 5

cm. de diámetro, mientras que las grandes requieren un tratamiento preventivo y

tardan siempre en curar, con el consiguiente riesgo de infecciones.

- En cuanto a los cortes, éstos deben realizarse al nivel de la base de la rama para

eliminar, dejando la herida enrasada con la rama que permanece. No se deben dejar

muñones que sobresalgan, porque se secan y constituyen un foco de infección, al

tiempo que impiden la cicatrización.

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- La herida resultante del corte de una rama debe alargarse en el sentido de la longitud

de la rama, adelgazándose hacia los extremos para obtener una forma de ojal. Como

el movimiento de la savia es longitudinal y paralelo a lo largo del cambium, una

interrupción brusca de éste, como en el corte de una rama, interrumpe la circulación,

y causa la muerte de las áreas inmediatas al corte, por encima y por debajo de él.

Dando forma de ojal a la herida se consigue una difusión lateral de savia suficiente

para que esto no ocurra, y se favorece la cicatrización de la herida.

c) Poda de ramas grandes, y terciado.

- Si se han de eliminar ramas grandes, hay que extremar las precauciones para evitar

que el peso de la rama desgaje una larga tira de corteza por debajo de ella, para ello

se hace un primer corte por debajo de la rama, a una distancia de la horquilla

aproximadamente igual al diámetro de la rama, profundizando hasta que la sierra

empiece a agarrarse. Se da entonces el corte definitivo de arriba a una distancia de la

horquilla igual al doble del diámetro de la rama. Una vez cortada la rama, se elimina

el muñón con un tercer corte a ras del tronco.

- El Terciado es la poda drástica de las ramas grandes de un árbol. Esta operación

desfigura por completo el árbol al eliminar su copa normal y puede dar lugar a una

infección generalizada del leño, iniciado en los extremos cortados.

Ha de practicarse, sin embargo, cuando la copa esté fuertemente atacada por

insectos u hongos, con muchas ramas muertas, cuando se hayan cortado raíces,

cuando la copa interfiere con cables o con el tráfico y como medida de seguridad en

los casos en que existan cavidades en las bases de las ramas.

- Una vez más, el corte correcto y el tratamiento de las heridas servirá para paliar los

efectos negativos. Para terciar ramas grandes, ha de darse un corte diagonal, que se

iniciará indistintamente por encima de una yema vigorosa o un brote sano, y

descenderá atravesando la rama con un ángulo de 45. La yema o brote debe quedar

en el vértice del corte, y debe estar orientada en la dirección en que se desea crezca

de nuevo la rama.

- Si se tercian las ramas cortando un ángulo recto con respecto al eje, la herida

cicatrizará con dificultad, y probablemente se secará el cambium circundante, dando

lugar a la caída de la corteza y originando nuevos focos de infección, aunque se haya

tratado el corte. La infección por hongos de los muñones tiene como resultado la

formación de las yemas latentes por debajo del corte, comprometiendo la estabilidad

de estas ramas y facilitando su caída.

- Si el ángulo de corte es demasiado agudo, la rama se debilita y puede astillarse o

romperse cuando las nuevas ramas crezcan y aumenten de peso.

- Para favorecer la cicatrización de las heridas por crecimiento del tejido calloso, a

partir del cambium perimetral, se debe proteger éste inmediatamente de la

desecación mediante la aplicación de un producto asfáltico semipermeable en el

perímetro de la herida.

- El leño descubierto, en cambio, debe tratarse con un fungicida enérgico de

impregnación, como el naftenato de cobre al 0,3 por ciento, disuelto en alcohol o

gas-oil. Se debe procurar que este producto no afecte al cambium, porque retrasará su

crecimiento.

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- Tras la impregnación del leño se procederá a su impermeabilización con el mismo

producto asfáltico. De este modo se consigue evitar la infección del leño por hongos

que descompondrían la madera, formando cavidades y debilitando la rama, con el

consiguiente riesgo de caída.

d) Frecuencia de las podas

- Se realizará un Plan Anual de Poda y se seguirá para cada tipo de árbol un tipo de

poda determinada.

- Los árboles o arbustos que florecen en las ramas del año se podarán en

otoño/invierno.

- Los que florezcan en las ramas del año anterior se podarán inmediatamente después

de la floración

- Los arbustos de follaje ornamental se podarán en otoño.

- En las zonas donde las plantas tengan espacio suficiente para su desarrollo, los

árboles y arbustos se podarán con la frecuencia necesaria para mantener en buen

estado sanitario, forma adecuada y floración en el caso de los arbustos de flor.

- En los arbustos caducifolios de flor se efectuará la poda cada temporada.

- Los de floración invernal o primaveral, donde los desarrollos florales se forman al final

de cada periodo vegetativo que precede a la floración, se podarán moderadamente

después de dicho periodo.

- Las especies de floración estival, donde los desarrollos florales se forman a lo largo

del periodo vegetativo, deben de sufrir una poda más corta durante el invierno. Estas

reglas generales tienen sus excepciones que se precisarán por cada especie y

variedad.

e) Palmeras

Todas las Phoenix dactyliferas, Phoenix canariensis, Washingtonia robusta, Washingtonia

filifera, etc., existentes se podarán todos los años en el mes de Septiembre, preferentemente

antes de que los frutos empiecen a desprenderse.

Se emplearán métodos tradicionales de corte y se usarán corbellotes y corbillas. No se

autorizará el empleo de sierras, ni motosierras.

La ascensión a las palmeras se realizará por el método tradicional del uso de la soga. No se

permitirá el uso de grampones, púas o espuelas para la ascensión a la copa.

El adjudicatario en ningún caso podrá poner como pretexto, su uso por falta de competencia

de su personal.

La retirada de todas las palmas, dátiles, flores, etc. se llevará a cabo a un vertedero

autorizado y será por cuenta del adjudicatario o bien se podrá realizar el triturado de todo el

desecho de poda.

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4.1.2 Limpieza de alcorques y abonado

Se realizará la limpieza de los alcorques mediante escarda manual y química con herbicidas

totales no residuales.

Se deberá realizar tres escardas químicas en el periodo de Marzo a julio, y una escarda

manual en Septiembre, a todo el arbolado viario municipal que disponga de alcorque.

Se realizará la escarda manual rematando las tierras, debiendo hacer el aporte o vaciado

necesario para mantener el nivel adecuado.

Se tendrá especial cuidado en la aplicación de herbicida, utilizando medios y procedimientos

de trabajo que no dañen el árbol y no generen molestias a los vecinos.

Después de cada aplicación se llevará a cabo un riego extraordinario en profundidad y

siempre en horario nocturno.

El abonado sobre arbustos y arbolado, consistirán en el aporte de los abonos que fuesen

necesarios para conseguir un mejor desarrollo vegetativo y estado fisiológico de las especies

vegetales.

El abonado se practicará sobre la zona previamente entrecavada. Una vez aportado el

nutriente, se procederá a su cubrición mediante la aportación de viruta de madera o de

compostaje.

Todos los abonos serán aportados por el adjudicatario y deberán ser aprobados por los

Servicios Municipales, para lo cual se presentarán las muestras necesarias junto con los

análisis correspondientes, pudiéndose realizar otros contradictorios para verificar la

idoneidad de aquellos.

4.1.3 Tratamientos fitosanitarios

El adjudicatario quedará obligado a realizar, adecuadamente en las fechas oportunas, los

tratamientos preventivos adecuados para impedir la iniciación o propagación de cualquier

enfermedad o plaga que pudiera aparecer en cualquier plantación (árboles, arbustos, etc.) o

cultivos de las zonas verdes, así como aquellos otros encaminados a combatir hasta su total

extinción, la plaga o enfermedad, una vez desarrollada y con los medios mecánicos

necesarios para realizar dichos tratamientos.

Cuando se detecte por el servicio de inspección algún agente patógeno desconocido se

procederá a su análisis y propuesta de tratamiento, corriendo a cargo de la adjudicataria los

costes de los mismos.

En caso de negligencia o descuido que provocara la muerte o deterioro ornamental del

espécimen la empresa adjudicataria será objeto de sanción, y además deberá de reponer el

elemento muerto.

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Son válidas para este apartado todas las consideraciones de tipo general y particular

efectuadas en el apartado para conservación de céspedes.

La frecuencia y periodicidad de cada tratamiento dependerá del tipo de jardín, de la época

del año, y principalmente del tipo de agente fitosanitario que se utilice. Los tratamientos

recomendados en cada caso seguirán un protocolo marcado por el fabricante, que deberá

ser cumplido con especial minuciosidad por el servicio de mantenimiento de jardines

públicos.

La frecuencia y periodicidad de cada tratamiento dependerá del tipo de jardín, de la época

del año, y principalmente del tipo de agente fitosanitario que se utilice. Los tratamientos

recomendados en cada caso seguirán un protocolo marcado por el fabricante, que deberá

ser cumplido con especial minuciosidad por el servicio de mantenimiento de jardines público

Especial relevancia tendrá la lucha contra la plaga del picudo rojo de las palmeras

(Rhynchophorus ferrugineus). La empresa adjudicataria realizará postratamientos

preventivos y curativos necesarios para el control de la misma, siguiendo las directrices

mínimas establecidas por la Conselleria de Agricultura, y en su caso las que indiquen los

Servicios Municipales.

4.1.4 Riego

Se entiende como el aporte de agua necesario para mantener el suelo a su capacidad de

campo, con el objeto de mantener a la plantas en buen estado vegetativo.

Esta operación se podrá llevar a cabo con el uso de las instalaciones de riego existentes,

que podrán ser automáticas, semiautomáticas y manuales.

Los riegos se realizarán mediante el uso de mangueras, aspersores, difusores, goteros o

cualquier otro método, según la naturaleza de las plantaciones a regar, de la textura del

terreno y de las indicaciones de los Servicios Municipales.

El agua consumida será de cuenta del Ayuntamiento de Moncofa, debiendo el adjudicatario

no utilizar más agua que la estrictamente necesaria para el riego y el resto del servicio,

cuidando que no se produzcan pérdidas por bocas de riego mal cerradas o en mal estado,

mangueras perforadas o cualquier otro motivo y avisando a los Servicios Municipales de

cualquier posible desviación de uso.

Si por el incorrecto cumplimiento de este extremo, o de la realización de riegos, se

produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el adjudicatario

restablecerá por su cuenta la situación primitiva de toda la zona dañada y abonará en su

caso el importe del volumen de agua derramada.

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Frecuencia y duración:

Previa a la realización de este servicio se llevará a cabo junto con los Servicios Municipales

un programa de riego, que podrá ser modificado en cualquier momento por indicación

expresa de los mismos.

Los elementos vegetales se regarán diariamente o con la frecuencia aconsejable según la

época del año, dependiendo de las condiciones edafo-climatológicas y de las especies de

plantas de que se trate, de forma y manera que todos los elementos vegetales encuentren

en el suelo el porcentaje de agua útil necesario para su normal crecimiento y desarrollo.

El horario habitual de riego de alcorques, parterres, etc será el de trabajo evitando en todos

los casos las horas de mayor insolación.

Para casos excepcionales, en función de la climatología (heladas, olas de calor, etc),

actuaciones puntuales en praderas (resiembras, comprobación del riego, etc), actividades

(fiestas, actos, etc) se podrá establecer un horario puntual de riego distinto del habitual, y

será determinado siempre por indicación de los Servicios Municipales.

En periodos de lluvia en que las frecuencias de riego puedan verse alteradas, éstas podrán

ser modificadas.

A título meramente orientativo podemos indicar las siguientes frecuencias de riego:

Octubre/Marzo: Árbol y arbusto joven 1 vez/semana. Árbol y arbusto adulto quincenal

Abril/Septiembre: Árbol y arbusto joven 1 vez/semana Árbol y arbusto adulto 1 vez/semana

Cuando el sistema de riego sea localizado (goteros, exudación, etc) su frecuencia será

determinada individualmente para cada jardín en función de sus características.

4.1.5 Reposición

Esta labor consistirá en la sustitución, renovación o resiembra de las plantas permanentes o

de temporada, árboles, arbustos, vivaces, bianuales, anuales y sarmentosas, que hubieran

perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales, o bien su precario

estado botánico haga prever tal situación para un futuro próximo.

Para las reposiciones que se efectúen se utilizarán especies idénticas en características

botánicas, edad, tamaño, conformación, etc. a las que en el momento de la sustitución reúna

el conjunto del que han de formar parte.

En lo que se refiere a plantas de temporada, la renovación de las mismas se efectuará tres

veces al año, con una densidad mínima de 12 plantas /m2.

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4.2 CESPEDES, PRADERAS Y PARTERRES

4.2.1 Siega y escarda

Praderas y céspedes.

Comprende el corte limpio y sin desgarros ni tirones de plantas, con la suficiente intensidad

para que el aspecto general de la pradera no desmerezca ni estética ni fisiológicamente, ni

suponga un perjuicio para el césped.

De modo general, la altura del césped será de 3 a 5 cm., no admitiéndose en ningún caso

una altura superior a 10 cm. y pudiéndose fijar por los Servicios Municipales las alturas

máximas admisibles para cada tipo de césped.

Tampoco podrá realizarse de una sola vez, el corte de más de la tercera parte de la altura

foliar del césped.

A título orientativo se establecen las siguientes frecuencias mínimas de siega:

-Meses de actividad vegetativa (Abril a Octubre): una vez cada 10 días.

-Meses de parada vegetativa (Noviembre a marzo): una vez cada 20 días.

Aunque en este periodo el crecimiento del césped no es importante, si que se puede producir

un crecimiento anormal y poco homogéneo de las distintas cespitosas existentes en la

pradera. Esta desuniformidad afecta al estado estético de la misma y aconseja una siega con

la frecuencia indicada.

La siega y la recogida de los restos se harán con el grado de mecanización requerida. Los

restos de siega se retirarán inmediatamente después de efectuada la siega y nunca se

depositarán sobre la misma pradera, ni sobre las zonas pavimentadas.

La maquinaria que se utilice en la siega de las praderas, se encontrará en perfecto estado de

mantenimiento y limpieza, con las cuchillas afiladas y ajustadas de tal forma que el corte sea

limpio y uniforme.

El recorte de orillas consistirá en la realización, por medios mecánicos siempre, del corte y

perfilado de los bordes de las superficies encespadas con los bordillos de su perímetro,

caminos, parterres y alcorques.

Se llevará a cabo con máquinas desbrozadoras de hilo y cada vez que se efectúe la siega de

la pradera, con la subsiguiente retirada de los restos.

NUNCA y bajo ningún concepto se procederá al recorte de césped mediante desbrozadora

junto a los troncos de los árboles u otros elemento vegetales.

Para ello será necesario que todo elemento vegetal esté provisto de su correspondiente

alcorque o zona de protección.

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La escarda o eliminación de malas hierbas del césped deberá efectuarse siempre y cuando

la existencia de las mismas desmerezca el estado ornamental del mismo.

La eliminación de las malas hierbas se podrá realizar de manera manual o mediante el uso

de herbicidas selectivos.

No deberá utilizarse el herbicida selectivo sobre céspedes jóvenes, hasta pasados al menos

tres meses de la siembra.

En los céspedes implantados de menos de un año, y cuando el tamaño de la mala hierba

sea superior a los 15 cm, la escarda será manual eliminando todo el sistema radicular de la

mala hierba.

4.2.2 Abonado

El abonado de las praderas se efectuará al menos tres veces al año, incorporándose un

abono químico. Se llevarán a cabo a título orientativo a principios de primavera, principios de

verano y en otoño. La fórmula y dosis del fertilizante químico será aprobada por los Servicios

Municipales.

El programa de abonado dependerá de las condiciones físico químicas del suelo y estado

vegetativo del césped.

Se recomendará el uso de abonados químicos completos y de liberación lenta para su uso

específico en praderas.

La distribución del abono mineral se realizará a mano y procurando no tirar gránulos fuera de

las zonas encespedas, y si esto se produjera se procederá a la limpieza inmediata del mismo

con el de no llegar a ensuciar los distintos pavimentos.

Después de cada aplicación se llevará a cabo un riego extraordinario en profundidad y

siempre en horario nocturno.

Todos los abonados serán aportados por el adjudicatario y deberán ser aprobados por los

Servicios Municipales, para lo cual se presentarán las muestras necesarias junto con los

análisis correspondientes, pudiéndose realizar otros contradictorios para verificar la

idoneidad de aquellos.

4.2.3 Tratamientos fitosanitarios

Se llevarán a cabo siempre que las condiciones vegetativas del césped así lo requiera o así

lo indiquen los Servicios Municipales, y se tratarán cuantas veces sea necesario para

mantener en perfecto estado vegetativo y ornamental las superficies encespadas.

El adjudicatario quedará obligado a realizar, adecuadamente en las fechas oportunas, los

tratamientos preventivos adecuados para impedir la iniciación o propagación de cualquier

enfermedad o plaga que pudiera aparecer, así como aquellos otros encaminados a combatir

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hasta su total extinción, la plaga o enfermedad, una vez desarrollada y con los medios

mecánicos necesarios para realizar dichos tratamientos.

En la aplicación de los tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos,

eficaces y no tóxicos, para el hombre y animales domésticos.

Cuando se detecte por el servicio de inspección algún agente patógeno desconocido se

procederá a su análisis y propuesta de tratamiento, corriendo a cargo de la adjudicataria los

costes de los mismos. Se deberá comunicar previamente y por escrito a los Servicios

Municipales, la fórmula, método y dosificación del producto a emplear en cada caso,

pudiendo ésta rechazar el producto elegido e indicar el más idóneo.

Las horas de aplicación serán tales que no afecten a los usuarios, se evitará llevar a cabo en

días de fuerte viento.

Las zonas de pradera tratadas se señalizarán convenientemente con el objeto de evitar

posibles intoxicaciones a personas que transiten junto a las mismas.

El riego de las praderas se interrumpirá al menos durante dos días con el objeto de que sea

más efectivo el tratamiento.

En caso de negligencia o descuido que provocara la muerte o deterioro ornamental del

espécimen, la empresa adjudicataria será objeto de sanción, y además deberá de reponer el

elemento muerto.

4.2.4 Riego

Se entiende como el aporte de agua necesario para mantener el suelo a su capacidad de

campo, con el objeto de mantener a la plantas en buen estado vegetativo.

Esta operación se podrá llevar a cabo con el uso de las instalaciones de riego existentes,

que podrán ser automáticas, semiautomáticas y manuales.

Los riegos se realizarán mediante el uso de mangueras, aspersores, o cualquier otro método,

según la naturaleza, la textura del terreno y de las propias instalaciones existentes.

El agua consumida será de cuenta del Ayuntamiento de Moncofa, debiendo el adjudicatario

no utilizar más agua que la estrictamente necesaria para el riego y el resto del servicio,

cuidando que no se produzcan pérdidas por bocas de riego mal cerradas o en mal estado,

mangueras perforadas o cualquier otro motivo y avisando a los Servicios Municipales de

cualquier posible desviación de uso.

Si por el incorrecto cumplimiento de este extremo, o de la realización de riegos, se

produjeran derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el adjudicatario

restablecerá por su cuenta la situación primitiva de toda la zona dañada y abonará en su

caso el importe del volumen de agua derramada.

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Frecuencia y duración:

Previa a la realización de este servicio se llevará a cabo junto con los Servicios Municipales

un programa de riego, que podrá ser modificado en cualquier momento por indicación

expresa de los mismos.

El riego de praderas se llevará a cabo en horario nocturno, para lo cual el adjudicatario

deberá de disponer de personal al efecto con el objeto de regar aquellas zonas que en la

actualidad se riegan por apertura y cierre manual de válvulas.

El riego manual de praderas nunca empezará antes de las nueve de la noche, tanto en

invierno como en verano, y nunca se terminará después de las diez de la mañana.

La duración del riego dependerá del sistema de riego, será el que se determine en el

programa de riegos aprobado, pero será el suficiente para mantener las praderas en perfecto

estado vegetativo.

Para casos excepcionales, en función de la climatología (heladas, olas de calor, etc),

actuaciones puntuales en praderas (resiembras, comprobación del riego, etc), actividades

(fiestas, actos, etc) se podrá establecer un horario puntual de riego distinto del habitual, y

será determinado siempre por indicación de los Servicios Municipales.

En periodos de lluvia en que las frecuencias de riego puedan verse alteradas, éstas podrán

ser modificadas.

A título meramente orientativo podemos indicar las siguientes frecuencias de riego:

Octubre/Marzo: Praderas y parterres 1-2 veces/semana

Abril/Septiembre: Praderas y parterres 3-5 veces/semana

4.2.5 Reposición

Es frecuente que en las praderas se produzca un deterioro de las mismas por el uso

intensivo y sobre todo al pisoteo que se hace de ellas.

Por todo ello se procederá a la resiembra de caminos, pasos, esquinas, calvas y zonas

deterioradas al menos una vez al año.

Dichas resiembras no se llevarán a cabo en periodos de vacaciones y máximas temperaturas

(vacaciones de Semana Santa y de verano). Se señalizarán convenientemente las zonas

reparadas con el fin de que se produzca la restablecimiento de la pradera de la manera más

idónea.

Se realizará previamente un pase de motocultor, incorporando al terreno el abono mineral.

Se efectuará un rastrillado de la zona, eliminando las posibles piedras u objetos extraños que

pudieran existir, e inmediatamente después se extenderá la semilla, la cual se cubrirá con

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una mezcla de mantillo orgánico fermentado y arena, intentando que la capa sea de

aproximadamente 1 cm. de espesor.

Las características de las semillas a utilizar y dosis de siembra será la que determinen los

Servicios Municipales para cada caso.

4.2.6 Otros trabajos

Parterres

Se llevarán a cabo todas aquellas operaciones encaminadas a mantener un buen aspecto

general de la superficie de los parterres, con la estética adecuada de limpieza, salubridad y

unas condiciones edafológicas que hagan posible una vegetación fisiológicamente vigorosa.

Se conseguirá un suelo mullido, aireado, libre de malas hierbas, piedras, terrones, elementos

extraños, etc.

El laboreo podrá alterar la disponibilidad de los horizontes del suelo en una profundidad

máxima de 30 cm y comprende las siguientes operaciones:

a) Cava:

- Consistirá en la remoción de la capa arable, manual o mecánicamente, retirando las

piedras y cuerpos extraños, refinando la superficie del terreno y retirándolos restos

obtenidos.

b) Escardas y binados:

- La eliminación y/o limpieza de malas hierbas deberá de hacerse cuando éstas

resulten visibles en la superficie de los parterres y/o alcorques y hagan desmerecer

su aspecto.

- La escarda se realizará con un binado de toda la superficie de los parterres y/o

alcorques. Incluye los trabajos para la eliminación de las malas hierbas por medios

mecánicos y/o químicos.

- El uso de herbicidas deberá de ser previamente autorizado por los Servicios

Municipales.

c) Entrecavado:

- Los parterres y alcorques se entrecavarán frecuentemente, de forma que presenten

un aspecto limpio y que se mantenga la buena estructura del suelo.

- Al menos se entrecavarán una vez al mes y a una profundidad de 12/15 cm, sin

afectar en ningún caso al sistema radicular

- Para los árboles de alineación este entrecavado comprenderá toda la superficie del

alcorque.

d) Rastrillado:

- Todos los terrenos de cualquiera de las zonas serán rastrillados frecuentemente y en

particular después de cada labor de entrecavado o bina.

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Regeneración y aireación

Estas operaciones comprenderán fundamentalmente el aligerado del tapiz vegetal y de la

capa de sustrato portadora, hasta una profundidad mínima de 15 cm, con el fin de mejorar la

permeabilidad del terreno, facilitando la penetración del agua, oxígeno y abonos que se

aporten al mismo, y regenerar las praderas, estimulando la emisión de brotes que

rejuvenezcan las matas, y eliminando los restos secos.

Se llevará a cabo al menos una vez al año la aireación y regeneración de todas las praderas

existentes. Para ello deben de ser utilizados los medios mecánicos específicos al efecto

existentes en el mercado.

Como paso previo a esta operación y con el objeto de eliminar parte del “tach” que forma el

césped (básicamente constituidos por gramas) se procederá a efectuar una siega del mismo

lo más baja posible.

Para eliminar los restos vegetales y favorecer el ahijamiento y nuevas brotaciones se llevará

a cabo el escarificado mecánico del césped. Se retirarán todos los restos vegetales mediante

rastrillado manual.

Una vez escarificada la pradera se procederá al aireado propiamente dicho.

Se llevara a cabo el aireado con extracción del césped mediante aireadoras sacabocados

mecánicas.

La longitud del cilindro de tierra extraído será al menos de ocho centímetros y dos cm de

diámetro. La distancia entre extracciones será como máximo de 20 cm.

No se permitirá que los cilindros de tierra extraídos no se retiren de las superficies

encespadas.

Se deberán de extraer y retirar los restos obtenidos, mediante el rastrillado manual o el uso

de barredoras especiales o incluso aspiradoras.

Todas estas operaciones encaminadas a regenerar y airear las praderas se llevarán a cabo

a principios de primavera

Recebos

Después de las operaciones de regeneración y aireado se llevará a cabo el recebo de las

praderas, para ello se utilizará una mezcla de arena y turba en la proporción de 2:1.

La distribución de la mezcla será homogénea por toda la superficie y procurando que no se

produzcan montones sobre la pradera.

La distribución se podrá realizar manualmente o a máquina mediante el uso de recebadoras

especiales para praderas.

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4.3 OTRAS ACTUACIONES

4.3.1 Limpieza de las zonas verdes

El personal dependiente del adjudicatario dedicará una atención constante y meticulosa a la

limpieza de todas las superficies comprendidas dentro del perímetro de las zonas verdes a

conservar.

Esta labor consistirá en la eliminación, tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo

(malas hierbas), así como hojas caídas, restos de las labores de siega, recortes y podas,

desperdicios y basuras que por cualquier procedimiento lleguen a las zonas que son objeto

de este contrato, también se encargará de mantener las fuentes.

Atención especial se tendrá en la retirada de excrementos de cualquier animal doméstico.

También se incluye la limpieza de los alcorques del arbolado libre.

La operación de limpieza se realizará a diario y cuantas veces sea necesario para que las

zonas verdes presenten un impecable estado de limpieza.

El concepto de limpieza incluye la retirada inmediata y transporte de los residuos generados

a vertedero autorizado.

4.3.2 Mantenimiento de las instalaciones de riego

La adjudicataria efectuará todos los trabajos necesarios para mantener en perfecto uso la

instalación de riego existente. (Tuberías, aspersores, difusores, hidrantes, goteros, válvulas,

electro válvulas, programadores, satélites, etc.) .

En el mantenimiento y control de las instalaciones de riego se llevarán a cabo dos cometidos

básicos:

a) Revisión semestral de todas las redes de riego existentes en las zonas verdes.

b) Mantenimiento en perfecto estado de uso, para lo cual todo el personal estará obligado a

comunicar inmediatamente todas aquellas fugas o anomalías que se detecten a la

empresa adjudicataria, la cual procederá a su reparación o corrección. Todos aquellos

elementos rotos o deficientes que pudieran existir por averías o vandalismo se repararán

en plazo no superior a 48 horas desde su detección.

La empresa adjudicataria no será responsable de las roturas que se produzcan por apertura

de zanjas, obras, etc. que realicen otras empresas en vía pública.

El agua consumida será por cuenta del Ayuntamiento de Moncofa, debiendo el adjudicatario

no utilizar más agua que la estrictamente necesaria para el riego, cuidando que no se

produzcan pérdidas de agua por bocas de riego mal cerradas, aspersores o difusores mal

regulados o por cualquier otro motivo.

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Si por el incorrecto uso de este extremo, o de la realización de los riegos, se produjeran

derrames de agua, erosiones del terreno u otros perjuicios, el adjudicatario restablecerá por

su cuenta la situación primitiva de la zona dañada y abonará en su caso el importe de

volumen de agua derramada.

La empresa adjudicataria podrá solicitar autorización expresa del Ayuntamiento de Moncofa

para actualizar, modificar y ampliar las redes de riego e incluso implementar nuevas

instalaciones en zonas donde no las hubiere, siempre y cuando dichas modificaciones

redunden en un ahorro en el consumo de agua o una reducción del coste de personal.

Dichas modificaciones correrán por cuenta del adjudicatario.

4.3.3 Mantenimiento solares Dotacionales

El contratista adjudicatario de los trabajos deberá llevar a cabo todas aquellas operaciones

de limpieza, desbroce, desescombro y adecentamiento, encaminadas a mantener en

condiciones de seguridad, salubridad y ornato publico, los solares y parcelas dotacionales

propiedad del Ayuntamiento, que se listan en el Anexo IV.

5. CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS PARA OPTAR A LA ADJUDICACIÓN

Las condiciones técnicas que se exigen a los licitadores para optar a la adjudicación son las

siguientes:

a) Que tengan experiencia en la operación, mantenimiento y conservación de jardines y

zonas verdes de características análogas o similares a las que se detallan en el presente

Pliego.

b) Que la plantilla del equipo de personal a incorporar al servicio sea propia de la empresa y

cumpla los mínimos en cantidad y cualificación indicados en el presente Pliego.

c) Que el contratista dispone y coloca a disposición del servicio de los medios técnicos y

materiales necesarios para la correcta realización y gestión de los servicios ofertados.

6. REQUISITOS Y OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS MANTENEDORAS

Las empresas que opten al concurso deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- Suscribir una póliza de seguros de responsabilidad civil, que cubra la derivada de los

trabajos objeto del concurso, por un importe mínimo de 600.000 €.

- Deberá cumplir con todo lo dispuesto en materia de Seguridad e Higiene en el trabajo

en la normativa vigente.

- Deberán estar dotadas de los medios humanos y materiales necesarios para

desempeñar su cometido con la celeridad requerida.

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6.1 PERSONAL

El contratista presentará en su oferta un plan de organización del servicio, en el que se

especificará los programas de trabajo específicos, con las actividades a realizar y el personal

y materiales necesarios para su realización.

El personal a que se hace referencia deberá formar parte de la plantilla del contratista y será

mínimo a efectos del contrato, no pudiendo el contratista pretextar la falta del mismo para

suspender, retrasar o reducir los servicios objeto del contrato, debiendo siempre disponer del

necesario para su desarrollo.

El contratista estará obligado a asegurar un servicio de urgencia que deberá proceder,

dentro de lo posible, ante las situaciones de emergencia producidas en las horas no incluidas

en la jornada laboral. Para ello, facilitará el medio de comunicación elegido por el ofertante.

El personal deberá atender con toda corrección a los representantes de la Administración en

cuantas visitas, inspecciones y trabajos efectúen en las instalaciones, proporcionándoles

asimismo todos los datos o detalles que le soliciten. En el caso de falta reiterada de atención

o de incorrección, el contratista estará obligado a la sustitución de la persona responsable de

ellos, si así lo pidiera el Servicio Técnico de la Administración. Asimismo deberá atender con

igual corrección cualquier otra visita debidamente autorizada.

Todo el personal que emplee el adjudicatario para la prestación del servicio, deberá percibir

como mínimo los haberes o jornales establecidos en las correspondientes reglamentaciones

laborales, y estará en todo momento al corriente de los pagos de cuotas a la Seguridad

Social y demás cargas sociales establecidas.

El contratista nombrará un jefe de servicio, que será en todo momento el responsable en

todo lo que respecta a las funciones de comunicación con los Servicios Municipales.

Para la realización de aquellos trabajos de mantenimiento o de reparación de las

instalaciones que requieran conocimientos y formación especializada, propia de los servicios

técnicos de los fabricantes, el contratista podrá optar por mantener y formar su propio

personal o subcontratar estos servicios a los respectivos servicios técnicos, siempre y

totalmente bajo su responsabilidad.

Todo el personal deberá estar perfectamente uniformado, y dispondrá en todo momento de

equipos de protección personal adecuados a los riesgos propios de los trabajos a realizar,

así como de ropa especialmente adecuada para la continuación del trabajo en caso de

inclemencias meteorológicas.

6.2 VEHÍCULOS, MAQUINARIA, UTILES Y HERRAMIENTAS

El adjudicatario dispondrá de los vehículos, maquinaria y medios auxiliares necesarios para

el desarrollo de las labores previstas.

Se pondrá a disposición del adjudicatario la maquinaria propia de las brigadas municipales,

que se encuentra en uso, que se lista en el Anexo VI.

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Los vehículos deberán ser adecuados a la función a realizar, debiendo tener

permanentemente un buen aspecto exterior, y serán pintados con los colores y símbolos

corporativos que le sean indicados por el Ayuntamiento de Moncofa.

Todos los vehículos y maquinaria que oferten las empresas licitadoras se encontrarán en

perfecto estado de utilización y conservación, pudiendo ser desechados por los Servicios

Municipales cuando no reúnan esas condiciones, debiendo el adjudicatario, sustituirlos por

otros adecuados.

Del mismo modo, estarán en todo momento en perfectas condiciones de mantenimiento en

cuanto a limpieza, señalización, sistemas de seguridad, etc.

La adquisición de todo tipo de vehículo, material y maquinaria necesario para la prestación

del servicio será por cuenta y cargo del adjudicatario, así como los gastos de conservación y

mantenimiento para el perfecto funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato.

Al menos la mitad de los vehículos de la flota adscrita a la contrata tendrán una vida inferior a

5 años al iniciar la contrata. En ningún caso se aceptarán vehículos de más de 10 años.

Del mismo modo, el adjudicatario deberá aportar cuantos útiles y herramientas se precisen

para una buena realización del servicio, y dispondrá de las reservas correspondientes para

suplir las normales incidencias que pudieran surgir. Todas ellas deberán encontrarse en todo

momento en perfecto estado de conservación y limpieza, pudiendo los Servicios Municipales

exigir su retirada si se considera que no está en buenas condiciones.

6.3 REVISIÓN Y PLAN DE ACTUACIÓN

Una vez adjudicado el contrato, el adjudicatarios realizará un revisión en profundidad de las

zonas verdes y en el plazo aproximado de un (1) mes, procederá a aportar para su

aprobación de un plan de desarrollo de la actividad de Conservación, mantenimiento y

suministro de vegetales y materiales de los parques y jardines, en el cual se detallara todos y

cada uno de los aspectos reflejados como obligatorios en el presente pliego, la programación

anual de los trabajos, los desperfectos en instalaciones o faltas de vegetales observados.

En caso de que se hayan ofertado mejoras por parte de la adjudicataria se deberá incluir en

el plan, el plazo y las condiciones para la realización de las mismas.

Una vez aceptado por parte del Ayuntamiento de Moncofa el Plan de desarrollo de la

actividad, este pasará a ser operativo.

6.4 MEDIDAS DE SEGURIDAD

El contratista será el responsable por las condiciones de seguridad en los trabajos, estando

obligado a adoptar y hacer adoptar, a su costa, las disposiciones vigentes en esta materia,

las medidas que dicte la Inspección de Trabajo y demás Organismos competentes,

respetando siempre las normas de seguridad que correspondan.

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Todos los gastos ocasionados por la adopción de estas medidas serán a cargo del

contratista y se consideran incluidos en los precios del contrato.

6.5 INSPECCIÓN FINAL

En el mes previo a la finalización del contrato se procederá a una inspección conjunta de las

zonas verdes, en presencia del responsable técnico de la empresa adjudicataria, los técnicos

municipales y por parte de una empresa especializada si se considera necesaria por parte de

los Servicios Municipales, todo ello con coste a cargo del adjudicatario.

En caso de existencia de defectos en las zonas verdes, derivadas de un deficiente

mantenimiento se podrá exigir de la empresa adjudicataria las oportunas actuaciones

correctoras.

6.6 MEJORAS, AMPLIACIONES Y SUMINISTROS ESPECIALES

Todas las modificaciones, plantaciones y implementación de instalaciones no contempladas

en el presente pliego, que se ofrezcan como mejora por parte del adjudicatario o que

redunden en una reducción de los costes de ejecución del contrato en beneficio del

contratista, implican el mantenimiento de las mismas durante la vigencia del contrato, y no

supondrán coste alguno para el Ayuntamiento de Moncofa.

7. CONDICIONES

DEL

SERVICIO

7.1 CALIDAD DEL SERVICIO

El nivel de calidad del servicio vendrá determinado por el grado de cumplimiento de los

objetivos de calidad que se establecen en este Pliego, medidos a través de parámetros

objetivos.

De común acuerdo, el Director Técnico de la empresa adjudicataria y el funcionario municipal

supervisor del servicio, establecerán un sistema ponderado de parámetros objetivos que

permitan valorar el nivel de calidad atribuible al servicio prestado. Esta valoración será

realizada trimestralmente.

El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las

prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la

Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o

conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

7.2 CONTROL DEL SERVICIO

La comprobación de la calidad del servicio la efectuará el Excmo. Ayuntamiento de Moncofa

por medio del personal funcionario asignado a tal fin.

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La inspección se realizará con estadillos confeccionados al efecto, que recogerán todos los

trabajos a realizar.

En dichos estadillos se anotarán las anomalías observadas y, periódicamente, el inspector

del Servicio Municipal realizará la inspección de las zonas verdes.

Sobre los resultados de la inspección se realizará una valoración global del servicio en la

totalidad de las zonas verdes objeto del contrato, dando la misma importancia relativa a

todos los trabajos unitarios incluidos en cada grupo.

Sobre la valoración global se establecerá el grado de cumplimiento del contrato tanto en las

tareas a realizar como en todos los demás puntos del contrato y pliego de condiciones, a los

efectos que procedan.

En caso de disconformidad el contratista podrá recurrir, en el plazo máximo de 24 horas a

partir de la recepción de la notificación correspondiente, ante el servicio de inspección del

Ayuntamiento, que previas las oportunas diligencias resolverá.

7.3 PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El servicio deberá realizarlo el Adjudicatario para los parques y jardines recogidos en el

presente pliego, atendiendo a las condiciones particulares de cada uno de ellos.

Durante la vigencia del contrato se pueden introducir en el servicio para su conservación,

parques y jardines de nueva creación que no se encuentren recogidos en el presente pliego,

en este caso será obligación del adjudicatario realizar la conservación de los mismos en

idénticas condiciones y con un importe análogo al resto de las zonas verdes.

8. CONTENIDO MÍNIMO DE LAS OFERTAS

8.1 CONTENIDO MÍNIMO DE LA PROPUESTA TÉCNICA

La oferta técnica a presentar por los licitadores deberá comprender como mínimo lo

siguiente:

a) Memoria técnica descriptiva y explicativa de la forma en que se propone ejecutar los

servicios objeto de la contrata, así como su planificación y todos los detalles que

consideren necesarios respecto de la eficacia y mejor conocimiento en la prestación del

servicio.

b) Informe sobre las zonas verdes existentes indicando su estado.

c) Relación del personal que ha de prestar los servicios, numero de personas y categoría

profesional de cada uno.

d) Organigrama general de los servicios ofertados.

e) Equipos y medios materiales a utilizar indicando características y dedicación de los

mismos al servicio.

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8.2 CONTENIDO MÍNIMO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

En la propuesta económica quedarán incluidos los servicios de mantenimiento indicados en

los apartados que hacen referencia al contenido del contrato y en los listados de

mantenimiento del presente pliego.

Las empresas licitadoras deberán hacer constar en sus ofertas de forma clara e inequívoca

en cada una de las zonas verdes todos los trabajos a realizar durante la vigencia del contrato

A su vez se proporcionará los precios unitarios y la unidad de medida de cada trabajo a

prestar.

Con ello se pretende la formalización de los precios de contrato para su aplicación en zonas

verdes o jardines de posterior incorporación.

La puntuación máxima a obtener es de 45 puntos.

9. PRECIOS DE LICITACIÓN

El importe máximo anual de licitación para los trabajos de Conservación, mantenimiento y

suministro de vegetales y materiales de los parques y jardines del término municipal de

Moncofa asciende a la cantidad de 187.978,33 €, mas la cantidad de 39.475,45 € en

concepto de IVA (21%).

El importe total anual máximo de licitación IVA incluido, asciende a la cantidad de DOS

CIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON

SETENTA Y SIETE CENTIMOS (227.453,77 €).

10. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA

Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras,

que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar

previstas en el artículo 54 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el

que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y acrediten su

solvencia económica, financiera y técnica o profesional, mediante el cumplimiento de los

siguientes requisitos:

-

Clasificación: No se requiere clasificación de contratistas del Estado.

La solvencia técnica del licitador deberá acreditarse mediante los siguientes medios:

- Relación de los principales servicios o trabajos realizados

en los últimos tres años que

incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.

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