Alma Máter del Magisterio Nacional
ESCUELA DE POSGRADO
Tesis
Las repercusiones jurídicas del precedente Huatuco y la vulneración constitucional del derecho de trabajo y del principio de primacía de la realidad en las Instituciones del Sector Público en el Perú en el marco de la flexibilización laboral, distrito judicial
de Tacna 2015 - 2016 Presentada por
Rusbel Daniel CHACOLLA CHACOLLA Asesor
Luis Magno BARRIOS TINOCO
Para optar al Grado Académico de Maestro en Administración con mención en Gestión Pública
Las repercusiones jurídicas del precedente Huatuco y la vulneración constitucional del derecho de trabajo y del principio de primacía de la realidad en las Instituciones del Sector Público en el Perú en el marco de la flexibilización laboral, distrito judicial
A Dios, sobre todas las cosas.
Reconocimientos
A la Escuela de postgrado de la Universidad Nacional de educación Enrique Guzmán y Valle por la apertura hacia la formación continua del profesional en la educación.
A mi asesor, por todas sus observaciones, sugerencias y consejos que se realizaron en esta investigación por su tiempo, paciencia que me brindaron en el proceso de mi formación profesional.
Tabla de contenidos
Titulo ii
Dedicatoria iii
Reconocimiento iv
Tabla de contenidos v
Lista de tablas vii
Lista de figuras viii
Resumen ix
Abstract x
Introducción xi
Capítulo I. Planteamiento del problema 13
1.1 Determinación del problema 13
1.2 Formulación del problema 13
1.2.1. Problema general 13
1.2.2. Problemas específicos 13
1.3 Objetivos 14
1.3.1. Objetivo general 14
1.3.2. Objetivos específicos 14
1.4 Importancia de la investigación 14
1.5 Limitaciones de la investigación 15
Capítulo II. Marco teórico 16
2.1 Antecedentes de la investigación 16
2.2 Bases teóricas 26
Capítulo III. Hipótesis y variables 30
3.1 Hipótesis 30
3.1.1. Hipótesis general 30
3.1.2. Hipótesis especificas 30
3.2 Variables 30
3.3 Operacionalización de variables 31
Capítulo IV. Metodología 32
4.1 Enfoque de la investigación 32
4.2 Tipo de investigación 33
4.3 Diseño de investigación 33
4.4 Población y muestra 34
4.5 Técnicas e instrumentos de recolección de información 34
Capítulo V. Resultados 36
5.1. Validez y confiabilidad de los instrumentos 36
5.2. Presentación y análisis de resultados 43
5.3. Discusión de los resultados 61
Conclusiones 65
Recomendaciones 66
Referencias 67
Lista de tablas
Tabla 1. Nivel de confiabilidad del coeficiente alfa de Cronbach 37 Tabla 2. Resultado: Frecuencia de la dimensión Desnaturalización de los
contrato
43
Tabla 3. Resultado: Frecuencia de principio protector 44 Tabla 4. Resultado: Frecuencia precedente vinculante 45 Tabla 5. Resultado: Frecuencia Reposición laboral 46 Tabla 6. Resultado: Cuadro comparativo entre las cuatro dimensiones de la
variable Principio de privacia de la realidad.
47
Tabla 7. Resultado: Frecuencia de la dimensión Asignación del presupuesto y funciones
48
Tabla 8. Resultado: Frecuencia de la dimensión Asignación de un régimen laboral.
49
Tabla 9. Resultado: Frecuencia de la dimensión Afectación en la gestión de personal.
50
Tabla 10. Resultado: Frecuencia de la dimensión Ingreso a un sindicato de la institución.
51
Tabla 11. Resultado: Cuadro comparativo entre las cuatro dimensiones de la variable Reposición laboral
Lista de figuras
Figura 1. Desnaturalización de los contratos 44
Figura 2. Principio protector 45
Figura 3. Frecuencia precedente vinculante 46
Figura 4. Reposición laboral 47
Figura 5. Variable X: Principio de primacía de la realidad 48 Figura 6. Frecuencia de la dimensión Asignación del presupuesto y
funciones
49
Figura 7. Asignación de un régimen laboral. 50
Figura 8. Afectación en la gestión de personal. 51
Figura 9. Ingreso a un sindicato de la institución. 52
Resumen
En la investigación titulada Las repercusiones jurídicas del precedente Huatuco y la vulneración constitucional del derecho de trabajo y del principio de primacía de la realidad en las Instituciones del Sector Público en el Perú en el marco de la flexibilización laboral, distrito judicial de Tacna 2015 – 2016, con el problema general ¿De qué manera repercute el Principio de la Primacía de la Realidad en la reposición laboral en la
Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa?, con el objetivo de analizar las repercusiones jurídicas del precedente Huatuco en los procesos judiciales de desnaturalización de contratos laborales en las entidades del sector público fundamentados en la aplicación del principio laboral de la Primacía de la Realidad, llegando a la hipótesis de que el Principio de la Primacía de la Realidad repercute considerablemente en la reposición laboral en la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, con las variables principio de primacía de la realidad y la reposición laboral, esta investigación está basado en el enfoque cuantitativo, llegando a la conclusión de que existe relación significativa entre El Principio de la Primacía de la Realidad y el mecanismo de reposición labora en el distrito judicial de Tacna 2015 - 2016, porque el valor obtenido mediante la prueba chi cuadrado es igual a 39,236, que está comprendido entre 13,848 ≤ X ≤ 36,415; el valor se ubica en la región de rechazo y, por lo tanto, no se acepta la hipótesis nula y se acepta la hipótesis alternativa y se recomienda una mejor jornada de reflexión organizada por la municipalidad provincial, que todo personal elabore documentos de planificación estratégica de sus funciones para que se evidencie
transparencia y eficiencia en el proceso de principio de primacía de la realidad.
Abstract
In the research entitled The legal repercussions of the precedent Huatuco and the
constitutional violation of the right to work and the principle of primacy of reality in
Public Sector Institutions in Peru in the context of labor flexibility, judicial district of
Tacna 2015 - 2016 , with the general problem In what way does the Principle of the
Primacy of Reality affect the labor replenishment in the District Municipality of Coronel
Gregorio Albarracín Lanchipa ?, with the objective of analyzing the legal repercussions of
the previous Huatuco in the judicial processes of denaturalization of Labor contracts in
public sector entities based on the application of the labor principle of the Primacy of
Reality, arriving at the hypothesis that the Principle of the Primacy of Reality has a
considerable impact on the labor replacement in the District Municipality Coronel
Gregorio Albarracín Lanchipa , with the variab The principle of the primacy of reality and
job replenishment, this research is based on the quantitative approach, reaching the
conclusion that there is a significant relationship between the Principle of the Primacy of
Reality and the mechanism of replenishment in the judicial district of Tacna 2015 - 2016,
because the value obtained through the chi-square test is equal to 39.236, which is
comprised between 13.848 ≤ X ≤ 36.415; the value is located in the region of rejection
and, therefore, the null hypothesis is not accepted and the alternative hypothesis is
accepted and a better day of reflection organized by the provincial municipality is
recommended, so that all personnel prepare strategic planning documents its functions so
that transparency and efficiency are evident in the process of the primacy principle of
reality.
Introducción
De acuerdo con el reglamento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, el presente informe está organizado en cinco capítulos, a los cuales se añaden las conclusiones, recomendaciones, referencias y apéndices.
El capítulo I, presenta la determinación del problema y se procedió a la
formulación del problema general y problemas específicos. Se complementa el capítulo con la propuesta de los objetivos, la importancia y alcances y, finalmente, en este capítulo se reseñan las limitaciones de la Investigación.
En el capítulo II, se inicia con los antecedentes de la investigación, que se ha recogido a través de la exploración bibliográfica; luego se trata de las bases teóricas; además se incluye la definición de los términos básicos utilizados en el contexto de la investigación.
El capítulo III, presenta el sistema de hipótesis y las variables, complementándose con la correspondiente Operacionalización de las variables.
En el capítulo IV, se presenta, el enfoque, el tipo y el diseño de investigación, complementándose con la población y la muestra, las técnicas e instrumentos de
recolección de datos, incluyendo el tratamiento estadístico con el procedimiento seguido durante la investigación. .
A continuación se muestra las conclusiones a las que se ha llegado en la investigación y se formulan las recomendaciones.
Capítulo I
Planteamiento del problema
1.1. Determinación del problemaEl Artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, dispone que: "Artículo VII.- Las sentencias del Tribunal Constitucional que adquieren la autoridad de cosa juzgada constituyen precedente vinculante cuando así lo exprese la sentencia, precisando el extremo de su efecto normativo (...)".
A raíz de la emisión de la Sentencia vinculante de fecha 16 de abril del 2015 recaída en el expediente N° 05057-2013-PA/TC, el Pleno del Tribunal Constitucional se pronunció estableciendo como doctrina legal los fundamentos (propiamente apartados numerales) 18, 20, 21, 22 y 23 que constituyen el precedente vinculante.
Dice el precedente Huatuco que las reposiciones del personal sujeto al régimen laboral privado que prestó servicios en entidades públicas, vinculados por contratos sujetos a modalidad o civiles (locación de servicios y obra) desnaturalizados, como consecuencia de procesos de amparo donde sus pretensiones fueron estimadas, obedecieron a una interpretación literal y aislada de los Artículos 4ª y 77º del Decreto Supremo 03-97-TR. 1.2. Formulación del problema
1.2.1. Problema general
PG: ¿De qué manera repercute el Principio de la Primacía de la Realidad en la reposición laboral en la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa?
1.2.2. Problemas específicos
PE2: ¿La gestión de los recursos humanos se ha visto afectada presupuestal y funcionalmente?
1.3. Objetivos
1.3.1. Objetivo general
OG: Analizar las repercusiones jurídicas del precedente Huatuco en los procesos judiciales de desnaturalización de contratos laborales en las entidades del sector público fundamentados en la aplicación del principio laboral de la Primacía de la Realidad.
1.3.2. Objetivos específicos
OE1: Determinar que el Principio de la Primacía de la Realidad se ha constituido en un mecanismo de reposición laboral.
OE2: Demostrar que la gestión de los recursos humanos se ha visto afectada presupuestal y funcionalmente.
1.4. Importancia y alcances de la investigación
La importancia es posible encontrarlo en el principio y derecho a la igualdad, recogido en el artículo 2º de la Constitución, en su versión igualdad ante la ley desarrollada en diversas sentencias del TC, y que se expresaría en que se estaría violando el derecho de las personas que ingresan o aspiran acceder a la función pública por concurso público de méritos, en condiciones de igualdad, pues un grupo lo estaría haciendo sin previo proceso de selección vía sentencias judiciales amparado en una aplicación indiscriminada del principio de primacía de la realidad. Aunque no lo haya fundamentado así, este sería el argumento que finalmente le otorgue razonabilidad y legitimidad a la sentencia.
No obstante tal razonamiento sería válido si es que se cumpliera la premisa de que el ingreso al empleo público en el Perú, es principalmente a través de concurso de méritos, lo que salvo excepciones es inexistente en el Perú, pues desde 1990 en aplicación de procesos flexibilización de la regulación laboral, se incentivó el ingreso sin concurso, a través de formas de contratación distintas al regulado por el Decreto Legislativo 276: Servicios No Personales, contratos del régimen laboral de la actividad privada o a través de Organismos Internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y del Fondo de Apoyo Gerencial (FAG). Sendos informes de la propia Autoridad de Servicio Civil dan cuenta de ello. Y los procesos de selección que se registran desde el 2005, en aplicación de la Ley Marco del Empleo Público adolecen de criterios técnicos de mérito, y obedecen a consideraciones políticas o de conveniencia social.
Al estar demostrado que el parámetro de igualdad: concurso público, es imaginario, no tiene asidero afirmar que la interpretación que venía realizando el Poder Judicial y el Propio TC de los artículos 4 y 77 del TUO del 728 basado en el principio de primacía de la realidad, vulnera este derecho. Todo lo contrario al ser éste una de las columnas sobre las que se erigió el Derecho de Trabajo, es dicho derecho que se ha puesto en cuestión. 1.5. Limitaciones de la Investigación
Capítulo II
Marco Teórico
2.1. Antecedentes de la investigaciónCarrasco (2013), en la tesis La protección jurídica de la representación en el ámbito del derecho de familia. Universidad Nacional Mayor de San Marcos, como su título indica, tiene por finalidad analizarla protección jurídica de la representación, específicamente en el ámbitodel derecho de familia. El título, responde al contenido mismo de la presente investigación. En el primer capítulo están los aspectos generales, metodológicos, las líneas de investigación, y precisión temática. La dimensión histórica, está presente en el segundo capítulo, y teniendo en cuenta la riqueza de las
correspondientes fuentes primigenias del derecho occidental, específicamente el Derecho Romano, además de los grandes juristas occidentales. En el tercer capítulo el autor analiza las diversas posiciones doctrinarias que sustentan la naturaleza jurídica de la
Representación. El necesario análisis del área constitucional se encuentra en el Cuarto capítulo. Analiza el Neo constitucionalismo, y el Estado Constitucional de Derecho, base y sostén del sistema jurídico moderno, aplicado al tema en concreto. En el capítulo quinto, se analiza el Derecho Positivo Internacional, esto es, los tratados, y convenciones, el
delimitar el tema y diferenciar de otras figuras que son muy afines, y semejantes. La representación en el ámbito del derecho de familia, más concretamente en el Ordenamiento Jurídico Peruano, tiene como espacio correspondiente en el capítulo octavo. Aquí vemos en toda su magnitud la inmensa riqueza del tema, es abordado recurriendo a una visión multidisciplinaria del Derecho Privado, no sólo se aborda el Libro de Derecho de Familia del Código, hay referencia a otras áreas del Derecho Civil, y Procesal Civil.El Pluralismo Jurídico, es analizado en el capítulo noveno, tan presente en nuestra vida patria no deja de tener importancia en la tesis, se hace un análisis del Derecho Comparado, y doctrina, además de la experiencia jurídica nacional. El capítulo Décimo es dedicado no solo a la jurisprudencia nacional, sino también los precedentes Registrales de Registros Publico, ello denota la seriedad con que ha trabajado el tema, además consigna dos comentarios de jurisprudencia, son análisis concretos, recurriendo a la Teoría del Caso, corriente doctrinal impuesta en el mundo, sin exceder de abusos en citar doctrina.Además hay referencia histórica al origen de la Jurisprudencia en el Derecho Comparado. Son interesantes las conclusiones, que están en estricta consonancia con cada problema e hipótesis planteada, y además las recomendaciones que están en función a cada área del derecho privado.
Benavides, Rosa (2002). La tesis titulada: Problemática jurídica de la conciliación en el proceso penal peruano. UNMSM.
La Conciliación y el Principio de Oportunidad se estudia con detenimiento como primer punto el principio de oportunidad profundizado en sus conceptos, su aplicación en la legislación comparada, así como los requisitos y supuestos establecidos por las normas penales en nuestro país. Todo lo cual nos permitirá tener una visión clara de esta
Un segundo punto desarrollado es el concerniente a la aplicación de la conciliación en el principio de oportunidad, en el cual se pone énfasis en la aplicación de este principio por parte del Ministerio Público , presentándose al final del capítulo un análisis estadístico de la situación actual del principio de oportunidad en el Perú.
Cabe precisar que tanto en el capítulo II y III de la presente tesis se hizo acopio de técnicas de investigación tales como la información estadística emitida por organismos oficiales y realización de encuestas entre los Fiscales Provinciales y Jueces Especializados en lo Penal; con el fin de establecer un nexo entre la problemática normativa abstracta planteada y el mundo de los fenómenos reales y concretos de la dinámica social.
En el capítulo IV titulado Contrastación de Hipótesis y Verificación de Variables de la Investigación, el cual cierra el trabajo investigatorio; se efectúa un análisis y
contrastación de las variables independientes y dependientes de la Hipótesis planteada al inicio del trabajo como respuesta tentativa a esta investigación con la información
doctrinaria, estadísticas oficiales, encuestas y demás instrumentos utilizados en la elaboración del presente trabajo.
Seguidamente se abordan las posibles alternativas de solución, en el acápite referido a recomendaciones, aspecto fundamental del trabajo investigatorio al cual llegamos como puede apreciarse de manera deductiva, al haber iniciado el estudio con precisiones de carácter genérico para arribar al enfoque de situaciones específicas.
penal, planteamiento que consideramos cierto, producto del estudio efectuado y ante el cual hemos propuesto las posibles soluciones aplicables.
Orbegoso (2016), sustenta la tesis Supremacía interpretativa del interés público: la legitimidad del recurso de agravio constitucional contra sentencias estimativas. USMP. El RAC es un medio impugnatorio de carácter extraordinario, que procede en principio, contra resoluciones desestimatorias expedidas en procesos constitucionales, por ende, se entiende que lo presenta el demandante 4 vencido, afirmación establecida en nuestra normativa, concretamente, en el artículo 202º inciso 2) de la Constitución Política del Perú, que versa “Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, hábeas data, y acción de cumplimiento”; así también en el artículo 18º del Código Procesal Constitucional (en adelante CPConst.), en cual expresa; “Artículo 18.- Recurso de Agravio Constitucional Contra la resolución de segundo grado que declara infundada o improcedente la demanda, procede recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente de notificada la resolución. Concedido el recurso, el Presidente de la Sala remite al
Tribunal Constitucional el expediente dentro del plazo máximo de tres días hábiles, más el término de la distancia, bajo responsabilidad”. Entendiendo lo establecido en la norma: “De esta manera, si la resolución era estimatoria o fundada no procedía el citado recurso. En consecuencia, la resolución denegatoria era aquella que declaraba infundada o
improcedente la demanda. Por tanto, el RAC era un recurso a favor .del demandante, más no del demandado”.1 En relación a ello, si bien se estableció ese marco normativo, analizaremos que a lo largo del ejercicio, el TC ha establecido a través de su
decir, declaradas fundadas, el demandado vencido o un tercero afectado directamente, pueda excepcionalmente, presentar un RAC.
La primera excepción dada como precedente fue en la STC 4853-2004-PA2 , donde se establece la procedencia del RAC, tratándose de una sentencia estimativa de segunda instancia, llamado “a favor del precedente”. Es decir, cuando se pueda alegar de manera irrefutable, que la decisión tomada ha sido dictada sin tomar en cuenta un precedente vinculante emitido por el TC. En esta misma sentencia se delimitan también las reglas a seguir en el “amparo contra amparo”, que sería iniciar un nuevo proceso constitucional, el cual ha sido generado por la vulneración de un derecho constitucional en la resolución, que haya devenido en estimada, para que el afectado pueda reclamar por la supuesta
vulneración, pero cabe manifestar que ésta sería resuelta en un mayor tiempo que con el RAC excepcional. Más tarde, el precedente establecido supra queda sin efecto cuando es anulado en la STC 3908-2007-PA3 , ya que según expresaba, éste había sido declarado en contravención a la normativa que define el RAC, así como el fundamento 46 de la STC 3741-2004-PA/TC que señala que “la regla del precedente constitucional no puede constituir una interpretación de una regla o disposición de la Constitución que ofrece múltiples construcciones”, pues “el precedente no es una técnica para imponer
Más adelante, se crean figuras del RAC a favor del cumplimiento de las sentencias estimatorias del TC, en la RTC N° 0168-2007-Q/TC, más tarde en atención al
cumplimiento de sentencias estimatorias del Poder Judicial en la RTC N° 0201-2007-Q/TC. Las cuales vienen más tarde a ser llamadas “apelación por salto”, lo cual no será analizado en la presente tesis, pero sí señalado, siguiendo la línea jurisprudencial. Con lo cual, no es hasta el 2009, en la STC N° 2663-2009-PHC4 , donde el TC vuelve a
manifestar una excepción para ejecutar el RAC, en este caso por “vulneración del Orden Constitucional”, entendido en relación al artículo 8 de la Constitución: “Artículo 8.- Represión al Tráfico Ilícito de Drogas. El Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas. Asimismo, regula el uso de los tóxicos sociales”. Es así que el TC resuelve fundado el RAC presentado por el Procurador Público e improcedente la demanda de autos, por considerar que no se advierte que la libertad individual del demandante se encuentre afectada. Cabe resaltar que no fue establecido como precedente. Con el caso precedente, se establece como doctrina jurisprudencial en la STC N° 2748-20105 , también sobre la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, el TC expresa en su parte resolutiva, que de conformidad con los artículos 8° de la Constitución y III del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional que en los casos de tráfico ilícito de drogas y/o lavado de activos, en los que se haya dictado sentencia estimatoria de segundo grado la Procuraduría correspondiente, se encuentra excepcionalmente habilitada
Tribunal Constitucional lo aplicó fue en la STC N° 5811-2015-PHC , atendiendo un RAC, contra sentencia estimativa, revocando la sentencia cuestionada, declarándola infundada. Esto se dio en el marco de un nuevo Colegiado, en un caso de la presunta comisión de delito de lavado de activos. Siguiendo la línea normativa, desarrollaremos el tema en función a la jurisprudencia del TC, su relación del amparo contra amparo en un inicio, más tarde separándolo, incrementando las competencias del RAC, extendiéndola ante casos extraordinarios, las cuales analizaremos críticamente en los vaivenes que se ha incurrido durante estos años, así como si se trata de un exceso o más bien un deber y derecho otorgado por la Autonomía procesal que poseen. Con ello vamos a dilucidar el rol que juega el Colegiado, tratando de expandir o restringir sus límites en toda su historia, ganándose así opositores que revelan tales acciones como carentes de legitimidad, aunque también se mantienen con posturas que lo respaldan. Todo lo expuesto es un problema a resolver, que según se ha dicho, el TC ha actúa en protección del orden constitucional, lo cual en esta tesis se analizará, manifestando nuestra postura, así como proponiendo cambios importantes en nuestra legislación para salvaguardar el mencionado orden constitucional, en defensa del pueblo o del interés público y de los derechos
constitucionales de las personas.
Pero no se trata solamente de realizar un trabajo de derecho constitucional laboral comparado sino que también se busca determinar mediante la doctrina los derechos laborales que tienen rango constitucional. Existe abundante doctrina sobre el tema de los derechos laborales fundamentales pero no se han publicado a nivel universal
investigaciones de derecho constitucional comparativo en el que se cubran tantas constituciones. Esto lo he constatado personalmente en Bibliotecas tales como la del Congreso de Estados Unidos de Norteamérica, en muchas Universidades Nacionales y Extranjeras y la Biblioteca de la OIT; por lo cual los expertos consideran que es un tema único en la bibliografía jurídica universal. Pretendo con esta investigación presentar una contribución de un investigador peruano para la bibliografía del Derecho Constitucional Laboral Comparado, disciplina del Derecho que no tiene seguidores en nuestro País, pero que sin embargo es fundamental para el desarrollo constitucional en otros. Considero que este tema es trascendente por motivos diversos:
1. Permite el conocimiento científico del Derecho Laboral Constitucional comparado por cuanto “los especialistas” siguen haciendo afirmaciones contrarias a la realidad.
2. Se constituye en la obra más completa escrita hasta la fecha sobre el Derecho Constitucional Laboral Comparado.
3. La investigación la inicié en 1992 por lo que deseo utilizar toda la información y el conocimiento adquirido en estos años.
4. Es un tema que me apasiona y por el cual he recibido muchas recompensas personales, tales como invitado especial ante la OEA (Enero de 1995) y en Universidades extranjeras y nacionales.
máximo de quince derechos laborales con rango constitucional conforme a la doctrina, al derecho constitucional laboral comparado y a los instrumentos jurídicos supranacionales. Se inicia la investigación analizando los derechos laborales desde la perspectiva de los derechos sociales y buscando fijar su estructura y características. Luego se hace un análisis de los derechos sociales en relación con la libertad. Posteriormente contrastamos los derechos sociales con los derechos civiles y políticos.
Barreto (2010) La tesis Los contratos laborales determinados sujetos a modalidad en el ámbito de la región lambayeque. Universidad Señor de Sipán.
Por principio general debe entenderse que en toda relación laboral, se presume la existencia de una relación de carácter permanente si se tiene en cuenta que el Contrato de Trabajo se rige por el Principio de Continuidad, el cuál considera al mismos “como uno de duración indefinida, haciéndole resistente a las circunstancias que en ese proceso pueden alterar este carácter, de tal manera que el trabajador pueda trabajar mientras quiera, mientras pueda y mientras exista la fuente de trabajo, salvo las excepciones que puedan limitar legítimamente la duración del empleo o su terminación por causas específicas. En tal sentido en virtud de esta vocación de permanencia que posee el Contrato de Trabajo, como señala el Dr. Mario Pasco, el contrato de trabajo debe durar lo que debe la causa que lo motivó y, por ende preferir una contratación determinada antes de un
contrato a plazo o modal; criterio que ha sido recogido por nuestra Ley de Productividad y Competitividad Empresarial, en el primer párrafo de su Artículo 4° “En toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado”; sin embargo, esta realidad se ve alterada con la
flexibilización.
La presente tesis titulada “Los Contratos Laborales Determinados sujetos a
fuentes bibliográficas, así como un trabajo de campo que han servido de apoyo para cumplir con los objetivos trazados desde el inicio de nuestra tesis.
Este trabajo se encuentra dividida en 3 partes conforme a la obra de Alejandro Caballero Romero titulada: “Guía Metodológica para los Planes y Tesis de Maestría y Doctorado”.
En la Primera Parte, Fundamentación: se encuentra el Capítulo 1, denominado Marco Referencial que trata sobre los Planteamientos Teóricos, Normas y Legislación Comparada.
En la Segunda Parte, Metodología; se encuentra el Capítulo 2 de la tesis donde se establece el Problema, los Objetivos de la investigación, la Hipótesis, las Variables y el Diseño de ejecución debidamente estructurados.
La Tercera Parte, Resultados; a su vez comprende 5 capítulos:
El Capítulo 3 trata sobre Situación Actual en los Contratos Laborales Determinados sujetos a Modalidad en el ámbito de la Región Lambayeque.
El Capítulo 4 que trata sobre Análisis en los Contratos Laborales Determinados sujetos a Modalidad en el ámbito de la Región Lambayeque.
Indubio Pro Operario.
Hace referencia a la traslación de la vieja regla de derecho Romano indubio pro reo. Se exige la interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
La noción de duda insalvable debe ser entendida como aquella que no puede ser resuelta por medio de la técnica hermenéutica.
La aplicación del principio indubio pro operario surge como consecuencia de un problema de asignación de significado de los alcances y contenido de una Indubio Pro Operario.
Hace referencia a la traslación de la vieja regla de derecho Romano indubio pro reo. Se exige la interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma.
Se explica esta regla en el afán de contribuir en la búsqueda del equilibrio de la relación laboral, la misma que por razones obvias se encuentran en poder del empleador.
La noción de duda insalvable debe ser entendida como aquella que no puede ser resuelta por medio de la técnica hermenéutica.
La aplicación del principio indubio pro operario surge como consecuencia de un problema de asignación de significado de los alcances y contenido de una
2.2. Bases Teóricas
La Sra. Rosalía Beatríz Huatuco Huatuco, trabajó como secretaria Judicial en la Corte Superior de Justicia de Junín, mediante contratos de trabajo sujetos a modalidad por servicio específico de fechas 01 de julio del año 2010 y 01 de abril del año 2011; el último de sus contratos terminó el 15.11.2011, fecha en que se le despidió por término del plazo contractual.
labores permanentes, como las que desarrolló (secretaria judicial). En consecuencia, sólo podía ser despedida por causa justa y probada (art. 22° LPCL), mediante procedimiento disciplinario (art. 31° y 32° LCPL).
La primera Instancia (Juzgado Especializado Civil de Junín) declaró fundada la demanda en base a los argumentos de la misma; la segunda instancia (Sala Superior) declaró infundada la demanda por considerar que no existió fraude en la contratación, lo que motivó a la demandante a interponer recurso de agravio inconstitucional ante el TC, el cual – además de establecer su fallo como precedente vinculante – declaró infundada la demanda. Pensamos humildemente que la esencia de sus fundamentos es la siguiente: i) La Constitución Política del Perú (artículo 40) reconoce la carrera administrativa como bien jurídico constitucional y deja libertad al legislador para regular su ingreso, los derechos, deberes y las responsabilidades de los servidores.
ii) La carrera pública, está inspirada por un principio rector: El mérito; en ese sentido, el ingreso a una relación indeterminada con la carrera pública sólo puede realizarse mediante un concurso público dónde se seleccione al persona que demuestre ser idónea para obtener una plaza vacante según el artículo 5° de la Ley Marco del Empleo Público (Ley 28175); para el TC se infiere del mencionado artículo que dicha plaza debe estar presupuestada, aunque el mismo no lo mencione. Además, dicha plaza debe tener un carácter
indeterminado y su ingreso debe procurarse en condiciones de igualdad.
iii) Deben imponerse sanciones administrativas a los servidores o funcionarios públicos responsables de la desnaturalización de la contratación un trabajador, de acuerdo a las responsabilidades del art. 243° L, 27444; además, se tendrá en cuenta Manual de
iv) No puede deformarse este régimen y transformarlo a uno privado o incluirle tales características, en tanto el Estado tiene la voluntad de crear un régimen exclusivo de los que conformen la carrera administrativa que se manifiesta en la implementación de la Ley del Servicio Civil (L. N° 30057).
v) Sólo será repuesto el trabajador cuando este haya ingresado mediante concurso público. Según jurisprudencia del TC, cada vez que se admita una demanda – donde se demande al Estado la reposición de un trabajador – debe registrarse como una posible contingencia económica que es necesario prever en el presupuesto (STC N° 3470-2012-PA/TC; STC N° 404-2013-PA/TC; STC N° 4763-2011-PA/TC; STC N° 1214-2012-PA/TC; STC N° 276-2013-PA/TC; STC N° 4225-2012-PA/TC; entre otros) siempre y cuando se verifique que el demandante ingresó por concurso público de méritos y abierto para una plaza
presupuestada y vacante de duración indeterminada. Si el trabajador no ha ingresado mediante concurso público, entonces la única vía que le queda es recurrir a la vía ordinaria para solicitar – únicamente – la indemnización establecida en el artículo 38° de la LPCL. vi) Por último, no hubo desnaturalización del contrato debido ya que se respetaron los plazos.
A pesar de toda esta serie de razones, lo más impresionante fue su forma de aplicación, pues no sólo se declaró Infundada la demanda y se fijó un precedente
vinculante; también se resolvió lo siguiente: i) Aplicar la sentencia a “todos los procesos de amparo (de la misma materia) en trámite” y declararlos improcedentes cuando el
2.3. Definición de términos básicos
Flexibilización laboral. Son un conjunto de medidas que favorecen los derechos de los trabajadores en materia de contratos laborables y libertad de contratación.
Precedente vinculante. El precedente constitucional vinculante es aquella regla jurídica expuesta en un caso particular y concreto que el Tribunal Constitucional decide establecer como regla general; y, que, por ende, deviene en parámetro normativo para la resolución de futuros procesos de naturaleza homóloga.
Principio de primacía de la realidad. El principio de la primacía de la realidad es aquel por el cual en caso de divergencia entre lo que ocurre en la realidad y lo que se ha
Capítulo III
Hipótesis y Variables
3.1. Hipótesis3.1.1. Hipótesis general
HG: El Principio de la Primacía de la Realidad repercute considerablemente en la reposición laboral en la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa.
3.1.2. Hipótesis específicas
HE1: El Principio de la Primacía de la Realidad se ha constituido en un mecanismo de reposición labora
HE2: La gestión de los recursos humanos se ha visto afectada presupuestal y funcionalmente
3.2. Variables
3.2.1. Variable dependiente
Principio de Primacía de la Realidad
3.2.2. Variable Independiente
3.2.3. Operacionalización de las variables Variable Independiente
Principio de Primacía de la Realidad
Variable Dependiente
Reposición Laboral
Desnaturalización de los contratos
Principio protector contra el despido
arbitrario
Precedente vinculante para casos
similares
Reposición laboral luego de cumplido el
periodo de prueba conforme al régimen laboral
determinado
Asignación de presupuesto y funciones
similares a las que tuvo antes del despido
Asignación de un régimen laboral
determinado
Afectación en la gestión de personal
Capítulo IV
Metodología
4.1. Método de la investigación4.1.1. Métodos
Al respecto se utilizó el método Inductivo pues nos ocuparemos de hechos específicos para llegar a establecer generalidades.
Asimismo el método científico descriptivo analítico y la síntesis, por ser más acordes a la investigación.
a) Método Lógico Inductivo
Es el razonamiento que, partiendo de casos particulares, se eleva a conocimientos generales. Este método permite la formación de hipótesis, investigación de leyes
científicas, y las demostraciones. b) Método Hipotético-Deductivo
Un investigador propone una hipótesis como consecuencia de sus inferencias del conjunto de datos empíricos o de principios y leyes más generales. En el primer caso arriba a la hipótesis mediante procedimientos inductivos y en segundo caso mediante
procedimientos deductivos. c) Método Sintético
Es un proceso mediante el cual se relacionan hechos aparentemente aislados y se formula una teoría que unifica los diversos elementos. Consiste en la reunión racional de varios elementos dispersos en una nueva totalidad, este se presenta más en el
planteamiento de la hipótesis. El investigador sintetiza las superaciones en la imaginación para establecer una explicación tentativa que someterá a prueba.
d) Análisis y Síntesis
El análisis maneja juicios. La síntesis considera los objetos como un todo. El método que emplea el análisis y la síntesis consiste en separar el objeto de estudio en dos partes y, una vez comprendida su esencia, construir un todo.
4.2. Enfoque de investigación
El presente trabajo de investigación estuvo basado en el enfoque cuantitativo. 4.3. Tipo de investigación
El tipo de investigación fue correlacional causal, tipo de investigación que tiene el propósito de medir el grado de relación que existe entre dos variables en un contexto en particular.
4.4. Diseño de investigación
El Diseño de Investigación fue un Diseño no experimental (ex post facto).
La forma de investigación es un tipo de investigación socio jurídica por que se estudian los hechos y relaciones de orden social reguladas por normas jurídicas y porque se pretende determinar la importancia de analizar el precedente vinculante Huatuco.
Ox
M r
4.3. Población y muestra 4.3.1. Población
La población fue de 100 expedientes de los Juzgados Laborales del Distrito Judicial de Tacna.
30 abogados especialistas de derecho de Derecho Laboral y Derecho Constitucional. 4.3.2. Tipo de muestra
Muestra Probabilística o dirigida. La selección de la muestra es de 100 expedientes y 30 abogados.
4.4. Aplicación de técnicas e instrumentos de recolección de información. Se utilizarán técnicas de investigación documental y de investigación de campo apropiadas, y se elaboraron y aplicaron Instrumentos de Recolección de datos.
4.4.1. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Investigación Documental. Técnica: Observación o Investigación Documental
Instrumento: Ficha de Observación documental o Ficha de registro documental. Aplicada en diversos Textos, libros, Revistas, y material especializado jurídico. 4.4.2. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Investigación Documental expediente judicial
Técnica: Observación o Investigación Documental – expediente judicial
Instrumento: Ficha de Observación documental o Ficha de registro de expediente judicial.
Aplicada en los 100 expedientes judiciales laborales en las que se hace referencia a casos en los que se aplica el precedente Huatuco.
Instrumento: Cuestionario estructurado.
Aplicada a los abogados especialistas en Derecho Laboral y en Sistema de Recursos Humanos.
4.5. Tratamiento estadístico
Tamaño de la muestra o Cálculo Muestral: Está basado en el siguiente porcentaje
Capítulo V
Resultados
5.1. Confiabilidad de los instrumentosSe empleó el coeficiente alfa (𝛼) para indicar la consistencia interna del instrumento. Acerca de este coeficiente Muñiz (2003, p. 54) afirma que “𝛼 es función directa de las covarianzas entre los ítems, indicando, por tanto, la consistencia interna del test”. Así, se empleará la fórmula del alfa de Cronbach porque la variable está medida en la escala de Líkert (politómica):
Para establecer la confiabilidad de los instrumentos mediante el coeficiente del alfa de Cronbach se siguieron los siguientes pasos.
a. Para determinar el grado de confiabilidad del cuestionario de principio de primacía de la realidad, primero se determinó una muestra piloto de 20 trabajadores. Posteriormente, se aplicó para determinar el grado de confiabilidad.
b. Luego, se estimó la confiabilidad por la consistencia interna de Cronbach, mediante el software SPSS, el cual analiza y determina el resultado con exactitud.
Fórmula:
𝛼 = 𝑘
𝑘 − 1[1 − ∑ 𝑠𝑖2
𝑠𝑡2 ]
Donde:
𝑘 : El número de ítems
Cuestionario evaluado por el método estadístico de alfa de Cronbach mediante el software SPSS:
Estadísticos de fiabilidad
Alfa de Cronbach N de elementos
0,958 28
Resumen del procesamiento de los casos
N %
Válidos 130 100.0
Casos Excluidosa 0 .0
Total 130 100.0
Se obtiene un coeficiente de 0,958 que determina que el instrumento tiene una confiabilidad excelente, según la tabla 3.
Tabla 1
Nivel de confiabilidad del coeficiente alfa de Cronbach Rango Nivel
.9-1.0 Excelente .8-.9 Muy bueno .7-.8 Aceptable .6-.7 Cuestionable .5-.6 Pobre
.0-.5 No aceptable Fuente: George y Mallery (1995)
a. Para determinar el grado de confiabilidad del cuestionario de reposición laboral, primero se determinó una muestra piloto de 20 trabajadores. Posteriormente, se aplicó para
determinar el grado de confiabilidad.
b. Luego, se estimó la confiabilidad por la consistencia interna de Cronbach, mediante el software SPSS, el cual analiza y determina el resultado con exactitud.
Fórmula:
𝛼 = 𝑘
𝑘 − 1[1 − ∑ 𝑠𝑖2
Donde:
𝑘 : El número de ítems
∑ 𝑠𝑖2 : Sumatoria de varianza de los ítems 𝑠𝑡2 : Varianza de la suma de los ítems 𝛼 : Coeficiente de alfa de Cronbach
Cuestionario evaluado por el método estadístico de alfa de Cronbach mediante el software SPSS:
Estadísticos de fiabilidad
Alfa de Cronbach N de elementos
0,726 24
Resumen del procesamiento de los casos
N %
Válidos 130 100.0
Casos Excluidosa 0 .0
Total 130 100.0
Se obtiene un coeficiente de 0,726 que determina que el instrumento tiene una confiabilidad aceptable, según la tabla 3.
Descripción de otras técnicas de recolección de datos
Análisis documental. El análisis documental es la operación que consiste en seleccionar las ideas informativamente relevantes de un documento a fin de expresar su
contenido, sin ambigüedades, para recuperar la información en él contenida. Esta
Tratamiento estadístico e interpretación de tablas
Para el tratamiento estadístico y la interpretación de los resultados se tendrán en cuenta la estadística descriptiva y la estadística inferencial.
Estadística descriptiva
Según Webster (2001) “la estadística descriptiva es el proceso de recolectar,
agrupar y presentar datos de una manera tal que describa fácil y rápidamente dichos datos” (p. 10). Para ello, se emplearán las medidas de tendencia central y de dispersión. Luego de la recolección de datos, se procederá al procesamiento de la información, con la
elaboración de tablas y gráficos estadísticos. Así se obtendrá como producto:
- Tablas. Se elaborarán tablas con los datos de las variables. Sobre las tablas APA (2010, p. 127) nos menciona: “Las tablas y las figuras les permiten a los autores presentar una gran cantidad de información con el fin de que sus datos sean más fáciles de comprender”. Además, Kerlinger y Lee (2002) las clasifican: “En general hay tres tipos de tablas:
unidimensional, bidimensional y k-dimensional” (p. 212). El número de variables determina el número de dimensiones de una tabla, por lo tanto esta investigación usará tablas bidimensionales.
relaciones. Exhibe gráficamente conjuntos de pares ordenados en una forma que ningún otro método puede hacerlo”.
- Interpretaciones. Las tablas y los gráficos serán interpretados para describir
cuantitativamente los niveles de las variables y sus respectivas dimensiones. Al respecto, Kerlinger y Lee (2002) mencionan: “Al evaluar la investigación, los científicos pueden disentir en dos temas generales: los datos y la interpretación de los datos”. (p. 192). Al respecto, se reafirma que la interpretación de cada tabla y figura se hizo con criterios objetivos.
La intención de la estadística descriptiva es obtener datos de la muestra para generalizarla a la población de estudio. Al respecto, Navidi (2006, pp. 1-2) nos dice: “La idea básica que yace en todos los métodos estadísticos de análisis de datos es inferir respecto de una población por medio del estudio de una muestra relativamente pequeña elegida de ésta”.
Estadística inferencial
Proporcionará la teoría necesaria para inferir o estimar la generalización sobre la base de la información parcial mediante coeficientes y fórmulas. Así, Webster (2001) sustenta que “la estadística inferencial involucra la utilización de una muestra para sacar alguna inferencia o conclusión sobre la población de la cual hace parte la muestra” (p. 10).
Además, se utilizará el SPSS (programa informático Statistical Package for Social Sciences versión 20.0 en español), para procesar los resultados de las pruebas estadísticas inferenciales. La inferencia estadística, asistida por este programa, se empleará en:
- La hipótesis general
- Las hipótesis especificas
Pasos para realizar las pruebas de hipótesis
La prueba de hipótesis puede conceptuarse, según Elorza (2000), como una: regla convencional para comprobar o contrastar hipótesis estadísticas: establecer 𝛼 (probabilidad de rechazar falsamente H0) igual a un valor lo más pequeño posible; a
continuación, de acuerdo con H1, escoger una región de rechazo tal que la probabilidad de
observar un valor muestral en esa región sea igual o menor que 𝛼 cuando H0 es cierta. (p.
351)
Como resultado de la prueba de hipótesis, las frecuencias (el número o porcentaje de casos) se organizan en casillas que contienen información sobre la relación de las variables. Así, se partirá de un valor supuesto (hipotético) en parámetro poblacional para recolectar una muestra aleatoria. Luego, se compara la estadística muestral, así como la media, con el parámetro hipotético, se compara con una supuesta media poblacional. Después se acepta o se rechaza el valor hipotético, según proceda. En este proceso se emplearán los siguientes pasos:
Paso 1. Plantear la hipótesis nula (Ho) y la hipótesis alternativa (Ha)
Hipótesis nula. Afirmación o enunciado acerca del valor de un parámetro poblacional.
Hipótesis alternativa. Afirmación que se aceptará si los datos muestrales proporcionan amplia evidencia que la hipótesis nula es rechazada.
Paso 2. Seleccionar el nivel de significancia
trabajos en medicina; 0.10 para encuestas políticas. La prueba se hará a un nivel de confianza del 95 % y a un nivel de significancia de 0.05.
Paso 3. Calcular el valor estadístico de la prueba
Se utilizó la distribución chi-cuadrada para contrastar la hipótesis de independencia, la cual será analizada e interpretada:
Donde:
Oi es la frecuencia observada Ei es la frecuencia esperada
Para probar nuestras hipótesis de trabajo, vamos a trabajar con las tablas de contingencia o de doble entrada y conocer si las variables cualitativas categóricas
involucradas tienen relación o son independientes entre sí. El procedimiento de las tablas de contingencia es muy útil para investigar este tipo de casos debido a que nos muestra información acerca de la intersección de dos variables.
La prueba chi-cuadrada sobre dos variables cualitativas categóricas presentan una clasificación cruzada, se podría estar interesado en probar la hipótesis nula de que no existe relación entre ambas variables, conduciendo entonces a una prueba de
independencia chi-cuadrada. Sobre esta prueba Webster (2001, p. 472) menciona que la distribución chi-cuadrada “permitirá la comparación de dos atributos para determinar si existe una relación entre ellos”.
Paso 4. Formular la regla de decisión
que son demasiados grandes o demasiados pequeños, por lo que es muy remota la probabilidad de que ocurran según la hipótesis nula verdadera.
Paso 5. Tomar una decisión
Se compara el valor observado de la estadística muestral con el valor crítico de la
estadística de prueba. Después se acepta o se rechaza la hipótesis nula. Si se rechaza esta, se acepta la alternativa.
5.2. Resultados, tablas, figuras e interpretación de tablas
En la presente investigación, los resultados obtenidos fueron analizados en el nivel descriptivo y en el nivel inferencial, según los objetivos y las hipótesis formuladas. Nivel descriptivo
En el nivel descriptivo, se han utilizado frecuencias y porcentajes para determinar la relación entre el principio de la primacía de la realidad y reposición laboral distrito judicial de Tacna 2015 - 2016.
Análisis descriptivo
Análisis descriptivo de la variable Principio de primicia de la realidad. a.- Análisis descriptivo de la dimensión Desnaturalización de los contratos Tabla 2
Resultado: Frecuencia de la dimensión Desnaturalización de los contrato Respuesta Frecuencia Porcentaje
Nunca 4 2,8%
Casi nunca 5 3,7%
A veces 21 16,4%
Casi siempre 44 33,5%
Siempre 57 43,7%
Figura 1. Desnaturalización de los contratos
Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 44% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Desnaturalización de los contratos Siempre, el 33% Casi siempre, el 16% A veces, el 4% Casi nunca y el 3% Nunca, ello se evidencia de acuerdo la figura 1.
b.- Análisis descriptivo de la Dimensión Principio protector. Tabla 3
Resultado: Frecuencia de principio protector
Respuesta Frecuencia Porcentaje
Nunca 5 3,9%
Casi nunca 12 9,0%
A veces 27 20,5%
Casi siempre 43 32,8%
Siempre 44 33,8%
Figura 2. Principio protector Fuente: Base de datos del autor
Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 34% de abogados del sector
público en el Perú, indican que existe Principio protector Siempre, el 33% Casi siempre, el 20% A veces, el 9% Casi nunca y el 4% Nunca, ello se evidencia de acuerdo la figura 2. c.- Análisis descriptivo de la Dimensión Precedente vinculante.
Tabla 4
Resultado: Frecuencia precedente vinculante Respuesta
Frecuencia Porcentaje Nunca
8 6,3%
Casi nunca
16 12,6%
A veces
24 18,7%
Casi siempre
38 29,4%
Siempre
43 33,1%
Total
Figura 3. Frecuencia precedente vinculante
Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 33% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Precedente vinculante Siempre, el 29% Casi
siempre, el 19% A veces, el 13% Casi nunca y el 6% Nunca, ello se evidencia de acuerdo la figura 3.
d.- Análisis descriptivo de la Dimensión Reposición laboral. Tabla 5
Resultado: Frecuencia Reposición laboral
Respuesta Frecuencia Porcentaje
Nunca 5 3,8%
Casi nunca 10 7,8%
A veces 23 17,9%
Casi siempre 38 29,2%
Siempre 54 41,2%
Figura 4. Reposición laboral
Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 41% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Reposición laboral Siempre, el 29% Casi siempre, el 18% A veces, el 8% Casi nunca y el 4% Nunca, ello se evidencia de acuerdo la figura 3. d.- Análisis descriptivo de las cuatro dimensiones de la variable Principio de privacia de la realidad.
Tabla 6
Resultado: Cuadro comparativo entre las cuatro dimensiones de la variable Principio de privacia de la realidad.
Desnaturalización de los contratos
Principio protector
Precedente vinculante
Reposición laboral
Nunca 2,8% 3,9% 6,3% 3,8%
Casi nunca 3,7% 9,0% 12,6% 7,8%
A veces 16,4% 20,5% 18,7% 17,9%
Casi siempre 33,5% 32,9% 29,4% 29,2%
Siempre 43,7% 33,0% 33,1% 41,2%
Figura 5. Variable X: Principio de primacía de la realidad
Interpretación: Se puede observar en la figura que el 40,3% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Desnaturalización de los contratos Siempre, el 33,5% Casi siempre en principio protector, el 16,4% Siempre en repositorio laboral, el 18,1% A veces y el 10,1% Casi nunca, ello se evidencia que existe 43,7% de
Desnaturalización de los contratos Siempre en Principio de primacía de la realidad de acuerdo la figura 5.
Análisis descriptivo de la variable Reposición laboral.
a.- Análisis descriptivo de la dimensión Asignación del presupuesto y funciones Tabla 7
Resultado: Frecuencia de la dimensión Asignación del presupuesto y funciones Respuesta Frecuencia Porcentaje
Nunca 5 3,6%
Casi nunca 22 16,8%
A veces 38 29,1%
Casi siempre 49 37,6%
Siempre 17 12,9%
Figura 6. Frecuencia de la dimensión Asignación del presupuesto y funciones Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 13% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Asignación de presupuesto y funciones Siempre, el 37% Casi siempre, el 29% A veces, el 17% Casi nunca y el 4% Nunca, ello se evidencia de acuerdo la figura 6.
b.- Análisis descriptivo de la dimensión Asignación de un régimen laboral Tabla 8
Resultado: Frecuencia de la dimensión Asignación de un régimen laboral. Respuesta Frecuencia Porcentaje
Nunca 12 8,9%
Casi nunca 11 8,3%
A veces 22 16,6%
Casi siempre 59 45,2%
Siempre 27 21,1%
Figura 7. Asignación de un régimen laboral.
Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 21% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Asignación de un régimen laboral Siempre, el 45% Casi siempre, el 17% A veces, el 8% Casi nunca y el 9% Nunca, ello se evidencia de acuerdo la figura 7.
c.- Análisis descriptivo de la dimensión Afectación en la gestión de personal Tabla 9
Resultado: Frecuencia de la dimensión Afectación en la gestión de personal. Respuesta Frecuencia Porcentaje
Nunca 16 12,1%
Casi nunca 14 10,9%
A veces 24 18,5%
Casi siempre 43 32,9%
Siempre 33 25,6%
Figura 8. Afectación en la gestión de personal.
Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 26% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Afectación de la gestión del personal Siempre, el 33% Casi siempre, el 18% A veces, el 11% Casi nunca y el 12% Nunca, ello se evidencia de acuerdo la figura 8.
c.- Análisis descriptivo de la dimensión Ingreso a un sindicato de la institución Tabla 10
Resultado: Frecuencia de la dimensión Ingreso a un sindicato de la institución. Respuesta Frecuencia Porcentaje
Nunca 9 6,7%
Casi nunca 21 15,8%
A veces 32 24,4%
Casi siempre 42 31,9%
Siempre 28 21,3%
Figura 9. Ingreso a un sindicato de la institución.
Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 21% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Ingreso a un sindicato de la institución Siempre, el 32% Casi siempre, el 24% A veces, el 16% Casi nunca y el 7% Nunca, ello se evidencia de acuerdo la figura Nº 08
e.- Análisis descriptivo de las cuatro dimensiones de la variable Reposición laboral Tabla 11
Resultado: Cuadro comparativo entre las cuatro dimensiones de la variable Reposición laboral
Asignación de presupuesto y funciones
Asignación de un régimen laboral
Afectación en la gestión de personal
Ingreso a un sindicato de la institución
Nunca 3,6% 8,9% 12,1% 6,7%
Casi nunca 16,8% 8,3% 10,9% 15,8%
A veces 29,1% 16,6% 18,5% 24,4%
Casi siempre 37,6% 45,2% 32,9% 31,9%
Siempre 12,9% 21,1% 25,6% 21,3%
Figura 10. Variable Y: Reposición laboral
Interpretación: Se puede observar en la figura, que el 45,2% de abogados del sector público en el Perú, indican que existe Asignación de un régimen laboral casi siempre, el 29,8% Siempre en afectación en la gestión personal, el 17,4% afectación en la gestión de personal asignación de presupuesto y funciones, el 15,4% Casi nunca y el 12,1% Nunca, ello se evidencia que existe 45.2% de Asignación de un régimen laboral, Casi siempre en Reposición laboral la figura 10.
Nivel inferencial: contrastación de las hipótesis
En la presente investigación la contrastación de la hipótesis general está en función de la contrastación de las hipótesis específicas. Para tal efecto, se ha utilizado la prueba X2 (chi-cuadrada) a un nivel de significación del 0.05. A continuación se muestra
el proceso de la prueba de hipótesis: Hipótesis especifica 1
1. Planteamiento de la hipótesis estadística
Hipótesis nula (H0): El Principio de la Primacía de la Realidad no se ha constituido en un
Hipótesis alternativa (H1): El Principio de la Primacía de la Realidad se ha constituido en
un mecanismo de reposición labora.
Hipótesis estadística. Se encuentra la siguiente relación:
0
:
0
:
1
xy xy
r
Ho
r
H
Denota:
H1: El índice de correlación entre las variables no es igual a 0.
H0: El índice de correlación entre las variables es igual a 0.
Por lo tanto, se ubicará la región de rechazo en dos colas. 2. Tipo de prueba estadística
Se escoge la distribución chi-cuadrada (𝑋2). 3. Nivel de significación
Nivel de confianza al 99 %
Valor de significancia: α = 0.1; al ser de dos colas se divide y obtenemos: α/2 = 0.05
Grado de libertad: (n filas-1) (n columnas-1)= (1) (24) = 24 4. Distribución muestral y región de rechazo
Dada la distribución muestral 𝑋2 con 𝛼/2 = 0.05 y 1 grados de libertad, se obtienen los valores chi-crítico 𝑋2 = 13,848 y 𝑋2 = 36,415
La región de rechazo lo constituyen todos los valores 13,848 ≤ X ≤ 36.415 para los que la probabilidad de cometer el error tipo 1, es menor o igual a 𝛼 = 0.1.
5. Cálculo del estadístico 𝑋2 Fórmula:
𝑥2 =(𝑂 − 𝐸)2 𝐸
Donde:
O = Frecuencia observaba E = Frecuencia esperada
𝑥2 = chi-cuadrada
Distribución chi-cuadrada a través del programa SPSS: El Principio de la Primacía de la Realidad y mecanismo de reposición laboral del distrito judicial de Tacna.
Resumen del procesamiento de los casos Casos
Válidos Perdidos Total
N Porcentajes N Porcentajes N Porcentajes El Principio de
la Primacía de la Realidad * mecanismo de reposición laboral
130 100.0 % 0 0.0 % 130 100.0 %
Pruebas de chi-cuadrada
Valor gl Sig. Asintótica
(bilateral) Chi-cuadrada de Pearson
Razón de verosimilitudes Asociación lineal por lineal N de casos válidos
36,415 26,211 1,315 130 24 24 1 0,026 .000 .000
6. Decisión
Si el valor 𝑋2 obtenido se comprende entre los valores 13,591 ≤ X ≤ 36,415 y la probabilidad asociada (p < 0.1), el valor se ubica en la región de rechazo; por lo tanto, no se acepta la H0 y se acepta la H1. Esto quiere decir que existe una relación directa entre El
Principio de la Primacía de la Realidad y mecanismo de reposición laboral del distrito judicial de Tacna.
Hipótesis específica 2
1. Planteamiento de la hipótesis estadística Hipótesis nula (H0):
La gestión de los recursos humanos no se ha visto afectada presupuestal y funcionalmente. Hipótesis alternativa (H1):
La gestión de los recursos humanos se ha visto afectada presupuestal y funcionalmente. Hipótesis estadística. Se encuentra la siguiente relación:
0
:
0
:
1
xy xyr
Ho
r
H
Denota:H1: El índice de correlación entre las variables no es igual a 0.
H0: El índice de correlación entre las variables es igual a 0.
Por lo tanto, se ubicará la región de rechazo en dos colas. 2. Tipo de prueba estadística
Se escoge la distribución chi-cuadrada (𝑋2). 3. Nivel de significación
Nivel de confianza al 99 %
Grado de libertad: (n filas-1) (n columnas-1)= (1) (18) = 18 4. Distribución muestral y región de rechazo
Dada la distribución muestral 𝑋2 con 𝛼/2 = 0.05 y 1 grados de libertad, se obtienen los valores chi-crítico 𝑋2 = 9,39 y 𝑋2 = 28,869
𝛼= 0.95 y 18 gl. 𝛼= 0.05 y 18 gl. 9,39 28,869
La región de rechazo lo constituyen todos los valores 9,39 ≤ X ≤ 28,869 para los que la probabilidad de cometer el error tipo 1, es menor o igual 𝛼 = 0.1.
5. Cálculo del estadístico 𝑋2 Fórmula:
𝑥2 =(𝑂 − 𝐸)2 𝐸
Donde:
O = Frecuencia observaba E = Frecuencia esperada
𝑥2 = chi-cuadrada
Resumen del procesamiento de los casos Casos
Válidos Perdidos Total
N Porcentajes N Porcentajes N Porcentajes La gestión de
los recursos humanos * afectada presupuestal y funcionalment e
130 100.0 % 0 0.0 % 130 100.0 %
Pruebas de chi-cuadrada
Valor gl Sig. Asintótica
(bilateral) Chi-cuadrada de Pearson
Razón de verosimilitudes Asociación lineal por lineal N de casos válidos
28,869 8,355 1,016 130 18 18 1 .000 .000 .000
Aplicando la fórmula 𝑋2, según los datos de la tabla por SPSS, se ha obtenido el valor chi-calculado 𝑋2= 7,762
6. Decisión
Si el valor 𝑋2 obtenido se comprende entre los valores 9,39 ≤ X ≤ 28,869 y la probabilidad asociada (p < 0.1), el valor se ubica en la región de rechazo; por lo tanto, no se acepta la H0 y se acepta la H1. Esto quiere decir que existe una relación directa entre La
gestión de los recursos humanos se ha visto afectada presupuestal y funcionalmente del distrito judicial de Tacna 2015 - 2016.
Hipótesis general
1. Planteamiento de la hipótesis estadística
Hipótesis nula (H0): El Principio de la Primacía de la Realidad no repercute
Hipótesis alternativa (H1): El Principio de la Primacía de la Realidad repercute
considerablemente en la reposición laboral en la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa.
Hipótesis estadística. Se encuentra la siguiente relación:
0
:
0
:
1
xy xy
r
Ho
r
H
Denota:
H1: El índice de correlación entre las variables no es igual a 0.
H0: El índice de correlación entre las variables es igual a 0.
Por lo tanto, se ubicará la región de rechazo en dos colas. 2. Tipo de prueba estadística
Se escoge la distribución chi-cuadrada (𝑋2). 3. Nivel de significación
Nivel de confianza al 99 %
Valor de significancia: α = 0.1; al ser de dos colas se divide y obtenemos: α/2 = 0.05
Grado de libertad: (n filas-1) (n columnas-1)= (1) (21) = 21 4. Distribución muestral y región de rechazo
Dada la distribución muestral 𝑋2 con 𝛼/2 = 0.05 y 1 grados de libertad, se obtienen los valores chi-crítico 𝑋2 = 11,591 y 𝑋2 = 32.671
La región de rechazo lo constituyen todos los valores 11,591 ≤ X ≤ 32,671 para los que la probabilidad de cometer el error tipo 1, es menor o igual 𝛼 = 0.1.
5. Cálculo del estadístico 𝑋2 Fórmula:
𝑥2 =(𝑂 − 𝐸)2 𝐸
Donde:
O = Frecuencia observaba E = Frecuencia esperada
𝑥2 = chi-cuadrada
Distribución chi-cuadrada a través del programa SPSS: El Principio de la Primacía de la Realidad repercute considerablemente en la reposición laboral en la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa.
Resumen del procesamiento de los casos Casos
Válidos Perdidos Total
N Porcentajes N Porcentajes N Porcentajes Principio de
Primacía * Reposición laboral
130 100.0 % 0 0.0 % 130 100.0 %
Pruebas de chi-cuadrada
Valor Gl Sig. Asintótica
(bilateral) Chi-cuadrada de Pearson
Razón de verosimilitudes Asociación lineal por lineal N de casos válidos
32,671 13,731 0,689 130 21 21 1 0,00 0,00 0,00