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PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION
SUMARIO
PigkiM
Publicaciones yDisposiciones Oficiales 77
Decretos de la Alcaldía 79
Anuncios Oficiales:
PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION
PUBLICACIONES
Y
DISPOSICIONES
OFICIALES
BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA
Enero-Febrero 1976
Enero:
Día 28. Ayuntamiento de Barcelona. — Don
Leandro Mahó Roeger solicita que las fincas de su
propiedad señaladas con los núms. 2 6 y 4 de la ca¬
lle de Fresser sean incluidas en el Registro munici¬
pal de solares sujetos a edificación forzosa.
Día 30. Ayuntamiento de Barcelona.—Exposi¬
ción al público en el Negociado de Obras Públicas,
de los proyectos de urbanización relativos a las
obras de pavimentación, de alcantarillado y de ins¬ talación del alumbrado público, en distintas calles de la Ciudad, aprobadospor la Comisión municipal
ejecutiva celebrada en los días 9 de julio de 1975 y
en 9de diciembre del mismo año
—
Exposición al público en el
Negociado
de Pla¬neamiento, del expediente relativo al «Estudio de
modificación de alineaciones en el cruce de la ave¬
nida de Sarria y de las calles de París y Urgel Día 31 Ayuntamiento de Barcelona.—Exposi¬ ción al público en el Negociado de Obras Públicas, de los proyectos de pavimentacióny alcantarillado,
aprobados por la Comisión Municipal Ejecutiva de 24 de julio de 1975 así como los de instalación del
alumbrado público aprobados por la Comisión mu¬
nicipal ejecutiva del día 9 de diciembre de 1975 y los de instalación de alumbrado público provisio¬ nal 2.a fase.
Febrero:
Día 2. Ayuntamiento de Barcelona.—A fin de
subvenir a las obras de explanación y construc¬
ción de pavimento y aceras en la calle Nilo, la Co¬ misión municipal ejecutiva, en sesión celebrada el 19 de junio de 1974, acordó imponer contribución
especial a todos los propietarios de las fincas que
se hallen enclavadas en la mencionada calle y re¬
sulten beneficiadas con aquellas obras.
— En sesión celebrada el día 11 de
septiembre
de 1974, la Comisión municipal ejecutiva acordó
imponer contribución especial a todos los propie¬ tarios de las fincas que se hallen enclavadas en la
calle de Coimbra y resulten beneficiadas con las obras de instalación del alumbrado público, en la
mencionada calle a fin de subvenira aquellasobras.
Día 3.—Ayuntamiento de Barcelona.—Don Gre¬
gorio Ferrer Sanz, solicita que la finca núm. 5 y 7
del Paseo de Fabra y Puig, propiedad de Inmobi¬ liaria Valle Tena, S. A., sea incluida en el Registro
municipal de Solares sujetos a edificación forzosa.
—
Finalizadas las obras de construcción de las obras relativas ala Contrata 2.a (1972), adjudicadas a Cubiertas y Tejados, S .A.,
y otros, se hace pú¬
blico a los efectos de cancelación de la garantía definitiva.
Día 5. Ayuntamiento de Barcelona.—Aviso a
los aspirantesadmitidos al Concurso-oposición libre para proveer 6 plazas de Auxiliar de Jefe de Zona
del Servicio de Extinción de Incendios y Salva¬ mentos.
— Relación de admitidos al
Concurso-oposición
para proveer 100 plazas de Guardia de la Policía
Municipal, y Tribunal calificador.
Día 6.—Ayuntamiento de Barcelona. — Doña Eulalia Serra Ferrer, en representación de don
Joaquín Tord Ferrer ,solicita que la finca propie¬
— A fin de subvenir a las obras de construcción
de alcantarillado en la calle de Emilio Roca, la
Comisión municipal ejecutiva
acordó
imponer con¬ tribución especial atodos los
propietariosde las
fincas que se
hallen enclavadas
enla
mencionada
calle y resultenbeneficiadas
conaquéllas.
— La Comisión
municipal ejecutiva, en sesión
celebrada el día 19 de junio de 1974, acordó impo¬
ner contribución especial a todos los propietarios
de las fincas que se
hallen
enclavadas en laplaza
de Paul Claudel y resulten beneficiadas con lasobras de construcción del alcantarillado en aquella
AYUNTAMIENTO DE
BARCELONA
DECRETOS
Creando la Ponencia especial mixtapara el estudio,
conservación y reutilización Mercado del Borne. A principios del pasado año, una amplia inicia¬ tiva ciudadana dio lugar a un Concurso de Ideas y
Proyectos, sobre el destino del antiguo
Mercado del
«Born», cuyas Bases fueron aprobadas por la Co¬ misión municipal Ejecutiva, en su sesión del 21 demayode 1975.
La tramitación administrativa de dicho Concur¬
so bloqueaba cualquier otra decisión sobre
dicho
Mercado del «Born», sin que pudiera tener efica¬
cia su posible unilateral revisión, por Decreto de
la Alcaldía del pasado 2 de septiembre,
atendido
el Organo superior jerárquico quehabía tomado
el Acuerdo y la ya existencia de concursantes.El Jurado del Concurso, conforme a lo dispuesto
en las mismasBases, ha estado compuesto así: Pre¬
sidente, limo. Sr. D. Alfonso Cánovas Lapuente (Concejal Presidente de la Junta del Distrito I),
limo, señor don Manuel Serra Domínguez (Conce¬
jal), limo, señor don Rafael de Ferrater
Ramone-da (Concejal), limo, señor don Luis Cosculluela Montaner (Delegado de Servicios de Urbanismo), limo, señor don José Espinet Chancho (Delegado
de Servicios de Obras Públicas), limo, señor don
Federico Udina Martorell (Delegado de Servicios
de Cultura), y don Vicente Martínez Borso,
Jefe
Letrado municipal en función delegada de la Se¬cretaría General.
Dicho Jurado emitió su Fallo, el 7 de noviembre
de 1975, por el que propone, entre otros extremos, declarar «desierto »el Concurso, así como «su opi¬ nión de que la estructura del
edificio debería
con¬servarse en cualquier caso». El Consejo Pleno, en sesión del pasado 1 9de diciembre, porunanimidad, tomó el Acuerdo de «Ratificar» el Fallo del Jurado
«y en su virtud, Declarar Desierto dicho Concurso y Facultar a la Alcaldía para que adopte las deter¬ minaciones precisas para la conservación de la
estructura del edificio».
El Alcalde agradece laconfianza en él depositada
y cree su deber correspondería y desarrollarla, me¬ diante un estudio por una «Ponencia Mixta», mu¬
nicipal y de otras
Entidades ciudadanas,
que con todos los elementos de juicio y objetividad pueda proponer a los órganos competentesde
laCorpora¬
ción Municipal la solución adecuada, tanto para
la
conservación de la estructura de tan significativoedificio, cuanto para ,superando una postura con¬
templativa, pueda proceder a una
«reutilización»
idónea a sus características y a las aspiraciones ynecesidades de nuestra sociedad.
Por todo ello, al amparo del citado Acuerdo del
Consejo Pleno y de las facultades que competen al
Alcalde, según la Ley Especial de este Municipio
y singularmente de las residuales
establecidas
ensuartículo 7.°.
DECRETO :
Primero. Se constituye una «Ponencia especial mixta para el estudio de la conservación y reutili¬
zación de la estructura del Mercado del «Born», compuestaasí:
Presidente: limo. Sr. don Jaime Abella de Cas¬
tro (Teniente de Alcalde).
Vocales Concejales: limos, señores don Alfonso Cánovas Lapuente (Concejal Presidente de la Jun¬
ta Municipal del Distrito I), don Manuel Serra Domínguez, don Rafael de Ferrater y Ramoneda y
don RafaelLuján López.
Vocales Delegados de Servicios: limos. Sres. don Federico Udina Martorell (Cultura), don José Es¬
pinet Chancho (Obras Públicas) y don Luis Cos¬
culluela Montaner (Urbanismo).
Vocales representantes de Corporaciones y Enti¬ dades: Decano Presidente del Colegio de Arquitec¬
tos de Cataluña y Baleares, Delegado en Cataluña
del Colegio de Ingenieros de Caminos. Presidente del Real Círculo Artístico, Presidente de la Asocia¬ ción de Vecinos del Barrio de Ribera y Presidente de la Asociación «Amics de la Ciutat». Dichos Pre¬ sidentes podrán delegar en un miembro de las res¬
pectivas Juntas Directivas, por comunicación a esta
Alcaldía.
Segundo. La Ponencia debe comenzar su tra¬
bajo dentro del plazo de diez días, que se estable¬
cen para quelas Corporacionesy Entidades puedan
designar sus representantes, y deberá terminarlos
por todo el día primero de abril del corriente año.
Para sus estudios y trabajos podrá disponer de la
colaboración de los distintos servicios y funciona¬
rios municipales, através de los respectivos Delega¬ dos de Servicios competentes y de la Secretaría Ge¬
neral que podrá designar un
Oficial
Letrado para asesoramiento y Secretaria, y, en lo menester, deesta Alcaldía.
Tercero. La propuesta o, en su caso, Propuestas
alternativas, deben contemplar todos los aspectos artísticos, técnicos, urbanísticos, funcionales, econó¬
micos y sociales,y serán elevadas ala Alcaldíapara el posterior trámite pertinente, en orden al conoci¬ miento y aprobación que estimen oportuna los ór¬ ganos municipales competentes, según el
contenido
de aquellas.
Barcelona, 12 de enero de 1976. -— El Alcalde.
Joaquín Viola.
Creando la Ponencia especialMunicipal sobre teatro
El Ayuntamiento de Barcelona ha
participado
en el sostenimiento del Teatro Nacional de Barcelo¬na, mediante subvenciones que figuraron en los
Presupuestos Ordinarios de
los
años1968
a1973,
por unimporte de pesetas
3.000.000
encada
unode
ellos, que se elevó a 7.900.000 pesetas enel de 1974,
si bien este «crédito» quedó automáticamente anu¬ lado al final del ejercicio, por nojustificarse
su inversión o compromiso, comodispone el
art.693, 1,
de la Ley de Régimen
Local.
Por Orden de 26 de febrero de 1968, el Ministe¬
rio de Información y Turismo crea dicho Teatro
colabora-ción y de acuerdo con su Ayuntamiento» (art. 1.°), el cual designa un representante en su Junta Rec¬ tora (art. 2.°). Lo que, con lo antes dicho, demues¬
tra una relación de confianza entre las dos Admi¬ nistraciones Públicas, en orden a la viabilidad del citado servicio de Teatro; pero, que no tuvo la
ins-titucionalización y formalización administrativas suficientes para fundar obligaciones económicas de
nuestra Corporación, más allá de las subvenciones
que constaren explícitamente en sus Presupuestos.
En el Presupuesto Ordinario de 1975, no figuraba
consignación alguna para tal finalidad; por lo que, el Alcalde carecía de habilitación legal para orde¬
nar el pago de una inexistente subvención (art. 710
Ley Régimen Local), incluso pormayor cuantíaque
aquellas anteriores, como reclamaron por carta y visita representantes del Ministerio.
El Decreto de 2 demayo de 1968 crea la Entidad
«Teatros Nacionales y Festivales de España», como
Organismo Autónomo Estatal y, según su art. 10,
con los medios económicos que para tales Entes es¬
tablece su Ley de 26 de diciembre de 1958, singu¬
larmente transferencias del Presupuesto del Estado,
por tratarsede servicios delmismo, si bien median¬
te dicha forma autónoma de gestión. Los Ingresos
del mismo Presupuesto del Estado se nutren sus-taneialmente con impuestos pagados, en parte, por
Barcelona, cuyas cuantías de alguna manera y guar¬ dadas prioridades nacionales deben retornar aquí,
en obras y servicios del Estado.
Además, existe el criterio lógico y legal restric¬
tivo, en cuanto al sostenimiento de servicios del
Estado por Corporaciones locales, como explícita¬
mentelo dispone la recienteLey de Bases del Esta¬
tuto de Régimen local (art. 48,3). Sin perjuicio de consorcios u otra clase de convenios, con aportacio¬
nes municipales prudentes, que no deben dismi¬
nuir la acción de la Corporación en obras y servi¬
cios obligatorios, por Ley y circunstancias dentro de nuestra competencia, que justamente demanda nuestro vecindario. Entre este cumplimiento o al asumir el pago de un alquiler creciente de local
Teatro de terceros (35.000 pesetas/día), no puede
existir dudas sobresu prioridad.
En consecuencia, alreplantearse objetivamente si
procede una acción del Ayuntamiento para dotar a la Ciudad de un Teatro que su categoría requiere,
parece que deben ponderarse varios elementos, se¬
guramente en forma armoniosay no contradictoria:
a) La demanda de nuestra sociedad sobre dichama¬ nifestación cultural, b) Las posiblesy deseables re¬ laciones con el Teatro Nacional (Ministerio y
Organismo autónomo citado), cuyos anteriores ser¬
vicios se agradecen, con esperanza de continuidad y
plena comprensión, c) Considerar el Teatro Catalán
dentro del Teatro Nacional, d) Prever el servicio e irradación a toda la región y a otras de lengua
catalana ,en cuanto al Teatro catalán, e) Elaborar
fórmulas de colaboración con otras Corporaciones (como la Diputación Provincial, por su Instituto
Provincial del Teatro), Entidades o empresas, que
potencien recíprocamente sus acciones en la mate¬
ria. f) Encontrar la solución que parezca óptima, atendidos nuestros limitados medios y el logro de
un establecimiento permanente de Teatro, en pro¬ piedad o
arriendo,
cuyo destinatario sea nuestracomunidad y con cierto acento social, para hacerlo
asequible a los grupos sociales de menores niveles de renta. Lo cual requiereun estudio que se encar¬ ga a una «Ponencia especial Municipal sobre
teatro».
En virtud de las facultades que nos otorga el Ordenamientovigentey de las facultades residuales reconocidas al Alcalde porel art. 7 de la Ley Espe¬ cial deesteMunicipio de Barcelona,
DECRETO :
Primero. En el seno del Ayuntamiento, se cons¬
tituye una «Ponencia especial municipal sobre
teatro», integrada por los siguientes señores:
Presidente: limo, señor don Eudaldo Travé Mont¬
serrat (Primer Teniente de Alcalde).
Vocales concejales: limos, señores don Mariano Blasi Rialp; don Jaime Abella de Castro, don Ma¬ riano Ganduxer Relats y don Manuel Font Altaba. Vocales Delegados de Servicios: El de Informa¬ ciónyRelaciones Públicas, lima, señora doña María Asunción Guardia Canela, y el de Cultura, limo,
señor don Federico Udina Martorell, quien actuará de Secretario.
Segundo. La Ponencia tiene por cometido el
estudio y las gestiones, en orden a la viabilidad de
unaacción Municipal de Teatro, teniendoen cuenta
los elementos a ponderar que se enuncian en el pá¬
rrafo penúltimo de la parte expositiva. Por tanto,
entre sus gestiones, se incluyen las a realizar con el
Teatro Nacional (Ministerio de Información y Tu¬ rismo y Ente Autónomo «Teatros Nacionales y Fes¬ tivales de España»); así como con cualesquiera
otras empresas o profesionales y artistas, y técnicos
públicos o privados, nacionales o extranjeros. Tam¬ bién considerará el aprovechamiento del posible
local, para actividades culturales paralelas, como
la música.
Tercero. En el plazo de tres meses como máxi¬ mo, la Ponencia elevará a la Alcaldía sus estudios
y Propuestas razonadas ,una o varias, alternativas
en su caso, para que aquella pueda, a su vez, some¬
terlas a la deliberación y aprobación que proceda
de los órganos competentes de la Corporación Mu¬
nicipal, sea la Comisión Municipal Ejecutiva o el
Consejo Pleno, según el contenido de dichas Pro¬ puestas.
Cuarto. Prestarán su colaboración a la Ponen¬
cia los funcionarios idóneos de las Delegaciones de Cultura y de Información y Relaciones Públicas, a través desus respectivos Delegados de Serviciosy/u
otros, a través de esta Alcaldía o de la Secretaría general, en especial para el asesoramiento jurídico
que necesite.
Barcelona, 10 de enero de 1976. — El Alcalde,
Joaquín Viola.
Prorrogando la Ponencia Especial sobre el Estadio
deMontjuich, denominándola «Para el Area Social deportiva de Montjuich»
Visto elinforme, fechado el pasado 23 de diciem¬
bre, que presenta a la Alcaldía la «Ponencia Es¬
pecial sobre el Estadio de Montjuich», en cumpli¬
miento con los cometidos que le fueron encargados
alcrearla, porDecreto nuestro del27 de octubre de
1975 y consiguiente Acuerdo de enterado y confor¬ midad de la Comisión Municipal Ejecutiva del mismo día.
En atención a la parte del mismo, basado en el
del Colegio de Arquitectos de Cataluña y Baleares,
en que llega ala conclusión del estado deruina del
Estadio y de su imposible reparación; así
como a
la afirmación en el mismo Informe de la necesidad
de respetar la totalutilizacióndeportiva
del espacio
que ocupa, totalmente congruente con nuestro De*
creto inicial, que implícitamente ya suponía una mayor Area, para cuya determinación solicita una
exoneración del plazo quefijamos del25 de diciem¬ bre pasado, a fin de poder presentar la más fun¬ dada Propuesta sobre dicha mejor utilización.
En atención a que se comprueba la opoi*tunidad
de nuestra iniciativa, compartida
por la Comisión
Municipal Ejecutiva, como también el aciertoen la
composición de la Ponencia y de su trabajo, que
hace fundado el reiterarle la confianza porun plazo
más amplio y prudencial, en el cual disponga de la
colaboración de los apropiados Servicios municipa¬
les y, al mismo tiempo, pueda concretar la actuali¬ zación del Convenio entre la Delegación Nacional de Deportes y este Ayuntamiento, del 9 de febrero de 1974, que permita la más pronta realidad del
Area Social Deportica, que tanto necesita nuestra Ciudad y en especial sus vecinos de menores nive¬ les de renta.
A fin de que los órganos competentes de la Cor¬
poración posean el estudio más completo posible y
la Propuesta más certera, con amplia participación ciudadana en su elaboración, para
sus oportunos
Acuerdos.
DECRETO :
Primero. Se da por cumplido el cometido en¬
cargado a la «Ponencia Especial sobre el Estadio
de Montjuich», en el número 1.°, A) del Decreto de la Alcaldía y consiguiente Acuerdo de la Comi¬
sión Ejecutiva del 27 de octubre de 1975,
y sobre
ello:
a) Se expresa la gratitud a la citada Ponencia y
a todos sus miembros, a quienes se dará el
oportu¬
no traslado, po rsu meritoria
y objetiva labor en bien de la Ciudad, de su patrimonio y del deporte,
y que sonlos siguientes señores:
Presidente: limo. Sr. don Francisco Platón Ver¬
daguer, Concejal Ponente de la Montaña de Mont¬ juich y Piueblo Español (Delegado Provincial de
EducaciónFísica yDeportes).
Vicepresidente y Ponente: limo. Sr. don Gonza¬ lo de Quesada Hernández, Concejal Ponente de De¬ portes.
Concejales-Vocales: limo, señor don Antonio
Guasch Carreté y el limo, señor don Pedro Llorens
Lorente (Presidente de la Federación Catalana de
Fútbol y Presidente de la Junta
Municipal
del Dis¬tritoII, respectivamente).
Delegados de Servicios-Vocales: limo, señor don José Espinet Chancho, de Obras Públicas; limo,
señor don Luis Manuel Cosculluela Montaner, de
Urbanismo, y lima. Sra. doña María Rosa Muñoz
Codina, de Acción Social.
VocalesporEntidades:
limo. Sr. don Jorge Mir Valls, Decano del Cole¬
gio de Arquitectos de Cataluña y Baleares.
Sr. D. Francisco Sánchez-Madriguera, Vicepresi¬
dente de la Federación Catalana de Atletismo.
Sr. D. Miguel Esquirol Clavero, en reepresenta-ción de la Entidad «Amigos de la Ciudad».
Sr. D. Antonio Pons Valón, secretario de la «Fe¬
deración de Asociaciones de Vecinos».
Sr. D. Andrés Mercè Varela y señor don José
Morera Falcó, periodistas deportivos designados
porla Asociación de la Prensa.
Secretario: Sr. don José Novelles Romaní, Jefe
de laSub-Unidad de Ejecución Urbanística, por de¬
legación del Secretario general interino.
b) Se ordena a la Delegación de Servicios de
Obras públicas el estudiopara, en elmomento opor¬ tuno, efectuar la contratación del derribo que sea
procedente, del actual Estadio de Montjuich, con
las previsiones siguientes: 1) Salvar los elementos
representativos, escultóricoso de otraclase, de valor
o interés, incluso para su posible
nuevo emplaza¬
miento en aquel lugar u otro apropiado. 2) Evitar
todo perjuicio en otros edificios e instalaciones de
Montjuich, en especial caso de voladuras u otras
técnicas de grandes efectos expansivos. 3) Prever la
atención, durante estrostrabajoso los que sigan,de
la Unidad Operativa de los Museos e Instituciones de Historia, por si encontraren restos ibéricos o de otras culturas históricas, como ocurrió al construir el Estadio y removerse aquella parte de la Monta¬ ña. 4) Procurar, sin que sea condición
que impida
las obras, que durantelas mismas y si fuera
compa¬ tible con ellas, continúe el uso
paramanifestaciones
deportivas de la parte central del campo, si puede
serconservado y entodo caso, si no
hay riesgo para
las personas.
Segundo. Seprorroga, con sumisma actualcom¬
posición, la Ponencia Especial, que en adelante se
/amará «Ponencia Especial para el Area Social
Deportiva de Montjuich», hasta el 15 de marzo próximo, a fin de que pueda terminar el cometido
encomendado en el extremo 1.°, b) de los citados Decreto y Acuerdo, con las siguientes ampliaciones
y determinaciones.
1) Delimitación del Area total a ocupar, inclu¬ so superior a la del Estadio actual,
para lograr un
espacio idóneo a los fines que siguen; siempre,
en armonía urbanística con el total Parque Mu¬
nicipal de Montjuich.
2)
Anteproyecto,
o al menos Esquema suficien¬te de las instalaciones deportivas
a localizar en el
Area y sus servicios anexos, con presupuestos esti¬ mados,para su más óptima rentabilidad deportiva y social. Estetrabajo se perfeccionará ocompletará, a medida que lo exija lo dispuesto en el apartado si¬ guiente y la ejecución de obras. Se procurará una
instalación base de atletismo.
3) Gestionar con laDelegación Nacional de De¬
portesla actualización del Convenioentre lamisma
y este Ayuntamiento, del 9 de febrero de 1974 y, mediante sus bases u otras mejores, determinar el
programa de dotación y actuación conjunta ysimul¬
tánea, para la más inmediata realización de las
obras y su goce pornuestra comunidad.
4) Estudiar y proponer el tipo o tipos de ges¬ tión y de reglamentación de uso, más adecuadas al
«Area», aptos para asegurar su necesaria conserva¬
ción y mejora y, en lo posible, su autosuficiencia y así darigualdad de acceso aluso de las instalaciones para todos los ciudadanos, en especial a aquellos
cuyos niveles de renta no les sea asequible su prác¬ tica en otras instalaciones de Clubs privados.
Para todos estos trabajos, la «Ponencia» tendrá
a su disposición toda la ayuda técnica y de
aseso-ramiento de los Servicios que dependan de las Dele¬
gaciones de Urbanismos, Obras Públicas y Acción
de la Sección de Letrados Consistoriales, a través de laSecretaría General.
Tercero. Unavez concretados los estudiosy pro¬
puestas de
la «Ponencia»,
uno ovarios,
los elevará
a esta Alcaldía, la cual los someterá a
los órganos
competentes de
la
Corporación
Municipal,
paralos
acuerdos que estimen
procedentes.
Dése conocimiento de esteDecreto a la Ponencia
y sus
miembros
y ala
Comisión
Ejecutiva,
en suprimera
reunión.
Barcelona, 5 de enero de 1976.—
El
Alcalde,
Joaquín Viola.SobreJuntasMunicipales de
Distrito
La Ley
Especial del
Municipio
de
Barcelona,
establece que encada
unode los
Distritos
en queel término municipal está
dividido,
comoórgano
de
relación con los administrados, exista una
Junta
Municipal (art.
26). Su Exposición
de
Motivos,
conclaridad, distingue entre una
primera
ysegunda
etapa de
dichos órganos,
al decir:
«Inicialmente
servirá de conductoentre las aspiraciones
del vecin¬
dario y los órganos
superiores
de la
administración
municipal,
llenando
estevacío...
entodas las
gran¬desurbes. En una etapa posterior
podrán servir
de
instrumento para una
descentralización
de activi¬
dades municipales, cuya
medida
vendrá
dada
porlo que aconseje
la propia
experiencia.»
Desde la
promulgación
de dicha
norma(Decre¬
to 23 de mayo 1960),la experiencia
demuestra
la
necesidad de incorporar un mayor
número
de ciu¬
dadanos en las tareas de dichas Juntas,
al
tiempoque
aconseja
el ampliar
susfacultades,
estableci¬
das en el art. 24 de la referida Ley
articulada,
encuanto a su Presidente, en el art. 26 del
Reglamen¬
to de Organización y
Administración
de
este
Mu¬
nicipio. La
problemática
de la
actuación
municipal
se ha acentuado y la
sensibilización
porella
de los
Vecinos, aislados o
agrupados
enEntes
yAsocia¬
ciones de variada naturaleza, es evidente, con
reflejo del conjunto
de la
opinión
pública
enlos
medios decomunicación social.
Aún cuando no se baya
cumplido la Revisión de
nuestra Ley
Especial, según estaba previsto
alos
dos años yluegocada cinco años,
enla
Disposición
Final de la misma, ahora procederá,
inmediata¬
mente, tal revisión y
también
suadaptación
ala
Ley de Bases
del Estatuto
de
Régimen
local, según
la DisposiciónFinal, primero
3,
a),
de la misma.
Por lo que esteDecreto,
puede
ser unanticipo
ouna aproximación
de
tal
cometido.
Ante la nueva perspectiva,
las
propias
Juntas
podrán
elevar
propuestas alos
órganos
superiores
de la Corporación, en
orden
ala
revisión
oamplia¬
ción de sus competencias,incluso mediante
delega¬
ción o desconcentración; así como, avanzar en
el
estudio de la división de los respectivosDistritos,
para acercar
cada
uno aunidades de
convivencia,
yasí llegar, quizás, a un
número
global de treinta
y tre, que eligen tresConcejales
cada
una,junto
conel Alcalde, podrían
dar lugar
a unmoderno
«Con¬
sell de Cent».
Por todo ello, con el objetivo de lograr una
más
amplia y más intensa
participación
popular
enlas
Juntas de Distrito y, a través
de
ellas
entoda
la
vida de la Corporación
municipal,
cuyosprincipales
órganos dedecisión tendrán
mayoreselementos
para las cuestiones
de
sucompetencia,
sin
perjuicio
de desconcentraren favor de aquéllas las
funciones
de menor cuantía, pero que son
más
vividas
porlos
administrados, una vez recogidas las propuestasque nos
eleven.
Al amparo de las
facultades
queal
Alcalde
otor¬
ga la
Legislación
vigente para esteMunicipio
ola
general y sin merma
de las
quecorresponda
pordichas normativas alos demás Organos
municipales.
DECRETO :
Primero. En cada una de las Juntas Municipa¬
les deDistrito, además de los miembros propios
de
la misma, según el
artículo 26
de la Ley
Especial
de este Municipio, podrán incorporarse con
el
título de Adjuntos a propuesta
de ellas,
unnúmero
de ciudadanos vecinos del mismo Distrito, de reco¬ nocido prestigio o representantes
de
Entidades
de
diversa naturaleza domiciliadas y conactividad
exclusiva en el mismo Distrito, según la importan¬cia demográfica de
cada
uno, que, con voz ysin
voto, podrán asistir a sussesiones
ycoadyuvar
enlas demás funciones asignadas a las
Juntas.
Segundo. El número
de Adjuntos
a que se re¬fiere el artículo anterior a modo de orientación,
podrá ser
de
siete parael Distrito
IX, de seis
parael Distrito XII, de cinco para cada uno
de
los Dis¬
tritos II, III, VII, VIII y X, yde
cuatro paralos Distritos I, IV, V,VI yXI. El
Alcalde
se reservael nombrarun Adjunto más en
cada
una.Las propuestas
de las
Juntas
Municipales
seele¬
varán a la Alcaldía la cual las someterá a la Comi¬sión Municipal Ejecutiva, para su
conocimiento
yhomologación.
Tercero. Las Juntas Municipales
de Distrito,
además de las facultades que tienen
señaladas:
1) Elevarán propuesta
al
Alcalde,
para queéste
en cuanto sea de su competencia
acordar
lo
proce¬dente o en otro casosometerlo a la aprobación que estimen pertinente los
demás
Organos
Municipales,
las funciones que ademásde las
que ya ostentenconvendría atribuir a dichas Juntas, por
delegación
o en desconcentración de competencias.
2) CadaJunta en su Distrito
procederá al
estu¬dio, y en su caso, propuesta
de la
modificación
del
mismo, por división en otros
varios,
enatención
a su población o
circunstancias
especiales de convi¬
vencia.
Para realizar estos trabajos recibirán
la
ayuda
de los Servicios municipales
dependientes
de las
Delegaciones de
Acción Social
yUrbanismo,
a tra¬vés de sus respectivos
Delegados de Servicios,
ode
cualesquiera otros,
incluso los de Asesoría,
através
de la Secretaría General del Ayuntamiento.
Barcelona, 7 de enero de 1976. —
El
Alcalde,
Joaquín Viola.Sobre Ponencia especial para
el estudio
del
Plan GeneralComarcalLa trascendencia y
complejidad del expediente
en trámite para la aprobación
del Proyecto
de Re¬
visión del Plan General Comarcal de Barcelona
aconseja establecer una
«Ponencia
Especial» del
consideración del Informe emitido por el mismo, conjuntamentecon los órganosy técnicos de la Cor¬
poración Municipal Metropolitana, entre gestor del planeamiento, competencia para sus aprobaciones
«inicial» y «provisional», sin perjuicio de la «defi¬
nitiva», que corresponde a la Comisión Provincial
de Urbanismo. Y dado lo avanzado de esta fase, no
parece correcto involucrar terceros que no partici¬
paron anteriormente, cuyo valioso criterio puede quedarmás libre para la siguiente fase.
El dilatado período transcurrido desde que tuvo
lugar la aprobación «inicial» del Proyecto, el 24 de
marzo de 1974, con la consecuente información pú¬
blica, a la cual han acudido muchos miles de recla¬
mantes, así como los informes de las Corporaciones locales a cuyo territorio afecta y que no intervi¬
nieron en la redacción de aquel Proyecto; pero,
mayormente, la necesidad deadaptar el nuevo Plan
a la reforma de laLey de Régimen del Suelo, de 12
de mayo de 1956, por la Ley 19/1975 de 2 de
mayo y el Decreto-Ley 5/1974 de 24 de agosto,
hacen prever modificaciones suficientes en dicho
Proyecto, que hagan necesaria una nueva aproba¬ ción «inicial »del mismo, tanto por analogía a lo
dispuesto en el artículo 39,1 de aquella Ley, cuanto
por los principios de seguridad jurídica y de au¬
diencia que evite indefensión de nuevos interesa¬
dos o afectados, tanto particulares, como las mis¬
mas Corporaciones municipales del territorio.
Por otra parte, mediante una nueva aprobación
«inicial», no se hurtará, sino que se facilitará el
conocimiento de la totalidad del definitivo Pro¬ yecto a la sociedad destinatària, por imperiosa
aplicación del artículo 32 de la Ley del Suelo, par¬ ticulares y Corporaciones, entre ellas este Ayunta¬ miento. Para tal momento, procede ir preparando
el estudio, que habrá de servir de la mayor ilustra¬ ción a los órganos competentes del Municipio, en ordena aprobarsu preceptivo Informe, en el nuevo
trámite de audiencia. En tal fase, parece oportuno
incorporar a la «Ponencia especial» personas repre¬
sentativas de otras Corporaciones públicas, cuyos
fines tengan relación con el problema,y de Entida¬
des barcelonesas con vocación y dinamismo, que
proporcionen una amplia participación ciudadana,
en forma permanente, con preparación técnica y con postulación social.
Con ello, se intenta que el futuro Informe muni¬
cipal, y, en definitiva, el Plan que sea aprobado,
cumpla con los requisitos legales y los objetivos
comunitarios, exigidos y deseables, en ponderación
con su viabilidad técnica y económica. Siempre,
sin perjuicio de la competencia de los órganos de este Ayuntamiento para que, libremente puedan to¬
marlos Acuerdos pertinentesde su competencia, en
cuanto al referido Informe.
En su virtud, al amparo de las facultades resi¬
duales queotorga al Alcalde el artículo 7 de la Ley de Régimen Especial de este Municipio.
DECRETO :
Primero. Se constituye una «Ponencia Especial
Informativa sobre la reforma del Plan General Co¬
marcal de Barcelona», para cuantos posteriores
estudios requiera el expediente del Proyecto en
trámite, en cuanto afecte al ámbito del término
municipal de esta capital.
Segundo. La Ponencia será estrictamente mu¬
nicipal, durante o para la actual fase de considera¬
ción conjunta del Informe emitido
por este Ayun¬
tamiento, por ella y por los órganos y técnicos de
la Corporación Municipal Metropolitana, y estará
integrada por los siguientes señores:
A) Concejales.
Presidente: limo. Sr. donMarianoBlasiRialp.
Vicepresidente: limo. Sr. don José M.a Dot Bosch.
Vocales: limo. Sr. don Manuel SerraDomínguez,
limo. Sr. don Antonio Cañellas Sidos, limo. Sr. don José Güell Ramón.
B) Delegados de Servicios.
De Urbanismo: limo. Sr. don Luis Cosculluela
Montaner.
De Obras públicas: limo. Sr. don José Espinet Chancho.
De Servicios Municipales: limo. Sr. don Roberto Cortadas Arbat.
Tercero. Al ocurrir la nueva aprobación «ini¬
cial» del Proyecto de Reforma del Plan Comarcal,
por la Corporación Metropolitana la Ponencia Es¬
pecial, se convertirá en «mixta», para el mejor es¬
tudio y preparación del nuevo Informe, en el trᬠmite de audiencia que debe seguir a aquélla, cuya
aprobación, en su caso, corresponde a los órganos
competentes del Ayuntamiento. A tal fin, se incor¬
porarán a la Ponencia representantes de Corpora¬
ciones públicas con objeto relacionado con el pro¬
blema y de calificadas Entidades ciudadanas, que aseguren una muy amplia participación de nuestra sociedad; así como los Concejales de este Ayunta¬
miento miembros del Consejo Metropolitano, tanto
para la debida ponderación entre ambos grupos cuanto porque deberán, más tarde, participar en los Acuerdos metropolitanos para las aprobaciones
«provisional», en su caso. Dichos nuevos miembros
serán:
C) Otros Concejales. limos. Sres. don Jaime
Abella de Castro, don Mariano Ganduxer Relats;
don Rogelio Mir Martí, don Gonzalo de Quesada
Hernández, don José M.a Tormo Magrans y don
Eudaldo Travé Montserrat.
D) Representantes de Corporaciones y Enti¬
dades.
Presidente de la Cámara Oficial de la Propiedad Urbana.
Presidente de la Cámara de Comercio, Industria
y Navegación.
Presidente del Sindicato Provincial de la Cons¬ trucción.
Decano Presidente del Colegio de Abogados. Decano Presidente del Colegio de Arquitectos. Decano Presidente del Colegio de Ingenieros in¬
dustriales.
Delegado Regional del Colegio de Ingenieros de
Decano Presidente delColegio de Economistas. Presidente de la Asociación de la Prensa.
Presidente o Secretario de la Federación de Aso¬
ciaciones de vecinos.
Presidente o Secretario de «Amics dela Ciutat».
Presidente o Secretario del «Real Círculo Ar¬
tístico».
Cuarto. La Ponencia contará con el
asesora-miento permanente de los técnicos
municipales,
se¬ ñores:Don José Soteras Mauri, Jefe de la Unidad ope¬
rativa de Urbanismo.
Don Emilio Bordoy Alcántara, Jefe de la Sub-unidad de Planificación urbanística.
Don José Yañez Gay, Jefe del Servicio de Acción
urbanística.
Don Juan Pujadas Porta, Jefe de la Subunidad
del Plano de la Ciudad.
Don José M.a Busquets Cuevas, Jefe de la Sub¬
unidad de Planeamiento y Actuación urbanística.
Don José M.a Pujadas Porta, Jefe de la Unidad
operativade Obras de
Vialidad.
Don Alberto Vilalta González, Jefe de la Unidad
operativade Saneamiento.
Don Francisco MirEspinet, Jefe de la Subunidad de Circulación; así como de cuantos otros funciona¬
rios estime oportuno para extremos concretos.
Quinto. Tan pronto la Ponencia haya elabora¬
do estudios, incluso parciales sobre materias o sobre zonas, los elevará a esta Alcaldía, para que a su
vez podamos someterlos al conocimiento de los de¬
más miembros de este Ayuntamiento, y, en su día,
la totalidad a las decisiones de los órganos compe¬ tentes, Comisión Municipal Ejecutiva y Consejo
Pleno, que deben aprobar el Informe, para cum¬
plimentar el trámite de audiencia a las Corporacio¬ nes locales.
Barcelona, a 7 de enero de 1976. — El Alcalde,
Joaquín Viola.
DECRETO:
Después de undesarrollo embrionario de la orga¬ nización de la Ciudad de Barcelona desde el siglo
xi, el conde-rey Jaime I, el Conquistador, atendien¬
do a los ruegos de los ciudadanos barceloneses con¬
cedió a la Ciudad un régimen municipal en el cual
los antiguos funcionarios reales, el Veguer y el
Batlle, venían a ser asesorados por unos prohom¬
bres, según un privilegio del año 1249; más tarde y hasta 1274, otorgó distintos privilegios configu¬
rando este régimen y dotando a la Ciudad de cinco «Consellers» que habían de gobernar a la Ciudad
con el asesoramiento de un amplio Consejo, el lla¬
mado «Consell de Cent». Jaime I, es, por tanto,
como es bien conocido, el fundador de nuestro Municipio.
La circunstancia decoincidir el año venidero con
el séptimo centenario de la muerte de
dicho
mo¬ narca, parece aconsejar que nuestraCorporación,
a la que el Rey Conquistador le dio vida, lehonre
debidamente y determine celebrar el mencionadoVII Centenario de la muerte del Rey, que tuvo
lugar el día 25 de julio de 1276. Al tiempo que se resalte su enormetrascendencia histórica, para nues¬
tratierray otrashermanas.
Por ello, en el ejercicio de las atribuciones que confiere a la Alcaldía los arts. 7.° de la Ley de
Régimen especial y 92 del Reglamento de Organi¬
zación, funcionamiento y régimen jurídico de las
Corporaciones locales,
DISPONGO
1.° Se constituye una Comisión integrada por miembros de la Corporación y por destacadas per¬ sonalidades de la Ciudad, a fin de estudiar y pro¬
poner los actos más pertinentes a tan alta
efeméri¬
des, y con el ámbito más adecuado, en el plazo de
dosmeses.
2.° La Comisión queda constituida por los si¬
guientes señores:
De laCorporación
Presidente: El 2.° Teniente de Alcalde, limo,
señordon Mariano BlasiRialp.
Vocales Concejales: Iltmo. Sr. don José María Dot Bosch.
limo. Sr. don ManuelSerraDomínguez.
limo. Sr. don Ramón Bosch Estivill.
Vocales Concejales: limo. Sr. don Manuel Font Altaba.
limo. Sr. don Federico UdinaMartorell, Delegado
de los Servicios de Cultura.
Vocales personalidades: Dr. don José María Font Rius.
Dr. don Manuel Riu Riu. Dr. don Martín deRiquer.
Sr. don RamónNoguera deGuzmán. Dr. donJosé Rubioy Balaguer.
Secretario: donJosé Enrique Rebes Solé.
Vicesecretario: don Esteban Alberty Cort.
Barcelona, 19 de diciembre de 1975.—El Alcalde, Joaquín Viola.
Després d'un descabdellament embrionari de
l'organització municipal de Barcelona des del segle
XI, el comte-rei Jaume I, el Conqueridod, atenent
els precs dels ciutadans barcelonins va concedir a la Ciutat que aquesta comencés a tenir un règim
municipal ,on els antics Veguer i Batlle havien
d'ésser assessorats per uns prohoms, segons deter¬
minà el 1249; més tard i fins al 1274 atogà distints
privilegis configurant aquest règim i dotant a la Ciutat de cinc consellers que havien de governarla Ciutat amb un ample Consell de Cent que elshavia
d'assessorar. Jaume I, per tant, com és ben sabut, fundà elnostremunicipi.
La circumstància d'esdevenir l'any proper el setè
centenari de la mort de l'esmentat reiConqueridor, aconsella que la nostra Corporació fundada per ell honori i celebri Ffesmentat VII Centenari de la
mort del sobirà, la qual s'esdevingué el dia 25 de
juliol del1276.
Per aixó, en l'exercici de les atribucions que con¬ fereix al'Alcaldia els articles 7e de la Llei de Règim especial i 92 del Reglament d'Organització, funcio¬
nament i régim
DISPOSO
l.er.—Es constitueixi una Comissióintegrada per
membres de la Corporació i per rellevants perso¬ nalitats de la Ciutat, a fi d'estudiar i proposar els actes més adients per a celebrar aquesta efemèrides
i en el marc més idoni, en el plaç de dos mesos.
2.on.—Dita Comissió resta constituïda pels
senyorssegüents:
De laCorporació:
President: Elsegon Tinent d'Alcalde, Il·lustríssim
Sr. Marià BlasiRialp.
Vocals-Consellers: lime. Sr. Josep Maria Dot Bosch.
lime. Sr. Manuel SerraDomínguez.
lime. Sr. Ramón Bosch Estivill.
lime. Sr. Manuel Font Altaba.
lime. Dr. Frederic Udina Martorell, Delegat de Serveis de Cultura.
De la Ciutat:
Vocals-personalitats: Dr. Josep Maria Font Rius.
Dr. Manuel Riu Riu.
Dr. Martí deRiquer.
Sr. Ramón Noguera de Guzmán.
Dr. Jordi Rubiói Balaguer.
Secretari: Sr.JosepEnric Rebés Solé.
Vicesecretari :Sr. Esteve Alberti Corp.
Barcelona, 19 de desembre de 1975. —L'Alcalde,
Joaquim Viola.
ANUNCIOS
OFICIALES
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
SUBASTAS Y CONCURSOS
SUBASTAS
Se anuncia subasta de las obras de alcantarillado de la calle Siglo XX, entre lasde Mascaróy laAvda.
Virgen de Montserrat, por el tipo de 1.102.261 ptas., según proyecto que está de manifiesto en el Nego¬
ciado de Obras públicas de esta Secretaría general. La duración de las obras será de 2 meses.
El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo.
Para tomar parte en la subasta los licitadores
deberán constituir previamente lagarantía provisio¬ nal de 21.534 ptas.; la definitiva, y la complemen¬
taria, en su caso, se deducirán en la forma dispuesta
por el art. 82 del Reglamento de Contratación de
las Corporaciones locales.
Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬
bre de 3 ptas. y reintegradas con sello municipal de
245 ptas., se redactarán con arreglo a este modelo:
«Don , vecino
de con domicilio
en , enterado del
pliego de condiciones, presupuestoyplanos quehan
de regirla 2.asubasta de las obras de alcantarillado de la calleSiglo XX, entre las de Mascaró y laAvda.
Virgen de Montserrat, se compromete a ejecutarlas
con sujección a lo scitados documentos, por
pesetas (en letras
y cifras). Asimismo se compromete a cumplir lo
dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria
Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬
cluidos los de Previsión y Seguridad social. (Fecha
yfirma del proponente).»
Las proposiciones, juntamente con todos los do¬
cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción, debidamente reintegrados, se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción:
«Proposición para tomarparte en...-», enel mencio¬ nado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al de la su¬
basta.
La apertura de plicas se verificará en la Dele¬
gación de Servicios de Obras públicas, de la Casa
Consistorial bajo la presidencia del Excmo. Sr. Al¬ calde o del propio Sr. Delegado, a partir de las nueve horas de Idía en que se cumplan los veintiuno
hábiles, desde el siguiente al de la publicación de
este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Barcelona, 19 de enero de 1976. — El Secretario
general interino, José Balcells Junyent.
* *
Se anuncia subasta del suministro de 33 soportes
destinados al alumbrado público de la calle Buena¬
ventura Muñoz, por el tipo de 245.750 ptas., según
proyecto que está de manifiesto en el
Negociado
de Obras públicas de esta Secretaríageneral.
La duración del suministro será de un mes.
El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo de 1974.
Para tomar parte en la subasta los
licitadores
deberán constituirpreviamente la garantía provisio¬ nal de 4.915 ptas.; la definitiva, y la
complemen¬
taria, en su caso, se deducirán en la forma dispuesta por el art. 82 del
Reglamento de Contratación de
las Corporaciones
locales.
«Don vecino
de con domicilio
en enterado del
pliego de condiciones, presupuestoyplanos que han
de regir la subasta del suministro de 33 soportes destinados al alumbrado público de la calle Bue¬
naventura Muñoz, se compromete a ejecutarlas con
sujeción a los citados documentos, por
pesetas (en letras
y cifras). Asimismo se compromete a cumplir lo
dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria
Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬ cluidos los de Previsión y Seguridad social. (Fecha yfirma delproponente).»
Las proposiciones, juntamente con todos los do¬
cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción, debidamente reintegrados, se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción:
«Proposiciónpara tomar parte en...», en el mencio¬
nadoNegociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al de la su¬
basta.
La apertura de plicas se verificará en la Dele¬
gación de Servicios de Obras públicas, de la Casa
Consistorial bajo la presidencia del Excmo. Sr. Al¬ calde o del propio Sr. Delegado, a partir de las nueve horas del día en que se cumplan los veintiuno
hábiles, desde el siguiente al de la publicación de
este anuncio en la Gaceta Municipal.
Barcelona, 27 de enero de 1976. — El Secretario
general interino, José Balcells Juntent.
cluidos los de Previsión y Seguridad social. (Fecho
y firma del proponente).»
Las proposiciones, juntamente con todos los do¬
cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción, debidamente reintegrados, se presentarán en
sobre cerrado, en el que figurará la inscripción:
«Proposición para tomar parte en...», en el mencio¬
nado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio
hasta las doce horas del hábil anterior al de la su¬
basta.
La apertura de plicas se verificará en la Dele¬
gación de Servicios de Obras públicas, de la Casa
Consistorial bajo la presidencia del Excmo. Sr. Al¬ calde o del propio Sr. Delegado, a partir de las nueve horas del día en que secumplan los veintiuno
hábiles, desde el siguiente al de la publicación de
este anuncio en la Gaceta municipal.
Barcelona, 27 de enero de 1976.—El Secretario
general interino, José Balcells Juntent.
Se anuncia subasta del suministro de 22 soportes destinados al alumbrado de la calle Collcerola, en¬
tre Kas de Escenógrafo Salvador Alarma y José Gari, por el tipo de 161.700 ptas., según proyecto
que está de manifiesto en el Negociado de Obras
públicas de esta Secretaría general.
La duración del suministro será de un mes.
El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo de 1974.
Para tomar parte en la subasta los lidiadores
deberán constituir previamente la garantía provisio¬ nal de 3.234 ptas.; la definitiva, y la complemen¬
taria, en su caso, se deducirán en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de
las Corporaciones locales.
Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬ bre de 3 ptas. y reintegradascon sello municipal de 45 ptas., se redactarán con arreglo a este modelo:
«Don vecino
de , con domicilio
en , enterado del
pliego de condiciones, presupuestoyplanos que han de regir la subasta de suministrode 22 soportes des¬ tinados al alumbradopúblico de la ca/e Collcerola,
entreKasEscenógrafo, Salvador AlarmayJosé Gari
se compromete a ejecutarlas con sujección a los ci¬
tados documentos, por
pesetas (en letras
y cifras). Asimismo se compromete a
cumplir lo
dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria
Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬
Se anuncia subasta relativa al suministro de 43
soportes destinados al alumbrado dela calleIradier,
por el tipo de 154.800ptas., según proyectoque está
de manifiestoen el Negociado de Obras públicas de
estaSecretaríageneral.
La duración del suministro será de un mes.
El pago se efectuará con cargo al Presupuesto
de Urbanismode 1974.
Para tomar parte en la subasta los licitadores
deberán constituirpreviamente lagarantía provisio¬ nal de 3.096 ptas.; la definitiva, y la complemen¬
taria, en su caso, se deducirán en laforma dispuesta
por el art. 82 del Reglamento de Contratación de
las Corporaciones locales.
Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬ bre de 3 ptas.y reintegradas con sello municipal de
45 ptas., se redactarán con arreglo a este modelo:
«Don , vecino
de con domicilio
en
, enterado del pliego de condiciones, presupuesto yplanos que han
de regir la subasta de suministro de 43 soportes destinados al alumbrado público de la calle Iradier,
se compromete a ejecutarlas con sujeción a los ci¬
tados documentos, por
pesetas (en letras
y cifras). Asimismo se compromete a cumplir lo
dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria
Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬
cluidos los de Previsión y Seguridad social. (Fecha
yfirma del proponente).»
Las proposiciones, juntamente con todos los do¬
cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción, debidamente reintegrados, se presentarán en
sobre cerrado, en el que figurará la inscripción:
«Proposiciónpara tomar partaen...», en el mencio¬
nadoNegociado, durante las horasde oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al de la su¬
basta.
La apertura de plicas se verificará en la Dele¬