• No se han encontrado resultados

Gaceta municipal de Barcelona. Año 063, nº 04 (10 feb. 1976)

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2020

Share "Gaceta municipal de Barcelona. Año 063, nº 04 (10 feb. 1976)"

Copied!
25
0
0

Texto completo

(1)

publica cada 10 días

PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION

SUMARIO

PigkiM

Publicaciones yDisposiciones Oficiales 77

Decretos de la Alcaldía 79

Anuncios Oficiales:

(2)

PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION

PUBLICACIONES

Y

DISPOSICIONES

OFICIALES

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA

Enero-Febrero 1976

Enero:

Día 28. Ayuntamiento de Barcelona. — Don

Leandro Mahó Roeger solicita que las fincas de su

propiedad señaladas con los núms. 2 6 y 4 de la ca¬

lle de Fresser sean incluidas en el Registro munici¬

pal de solares sujetos a edificación forzosa.

Día 30. Ayuntamiento de Barcelona.—Exposi¬

ción al público en el Negociado de Obras Públicas,

de los proyectos de urbanización relativos a las

obras de pavimentación, de alcantarillado y de ins¬ talación del alumbrado público, en distintas calles de la Ciudad, aprobadospor la Comisión municipal

ejecutiva celebrada en los días 9 de julio de 1975 y

en 9de diciembre del mismo año

Exposición al público en el

Negociado

de Pla¬

neamiento, del expediente relativo al «Estudio de

modificación de alineaciones en el cruce de la ave¬

nida de Sarria y de las calles de París y Urgel Día 31 Ayuntamiento de Barcelona.Exposi¬ ción al público en el Negociado de Obras Públicas, de los proyectos de pavimentacióny alcantarillado,

aprobados por la Comisión Municipal Ejecutiva de 24 de julio de 1975 así como los de instalación del

alumbrado público aprobados por la Comisión mu¬

nicipal ejecutiva del día 9 de diciembre de 1975 y los de instalación de alumbrado público provisio¬ nal 2.a fase.

Febrero:

Día 2. Ayuntamiento de Barcelona.—A fin de

subvenir a las obras de explanación y construc¬

ción de pavimento y aceras en la calle Nilo, la Co¬ misión municipal ejecutiva, en sesión celebrada el 19 de junio de 1974, acordó imponer contribución

especial a todos los propietarios de las fincas que

se hallen enclavadas en la mencionada calle y re¬

sulten beneficiadas con aquellas obras.

— En sesión celebrada el día 11 de

septiembre

de 1974, la Comisión municipal ejecutiva acordó

imponer contribución especial a todos los propie¬ tarios de las fincas que se hallen enclavadas en la

calle de Coimbra y resulten beneficiadas con las obras de instalación del alumbrado público, en la

mencionada calle a fin de subvenira aquellasobras.

Día 3.—Ayuntamiento de Barcelona.—Don Gre¬

gorio Ferrer Sanz, solicita que la finca núm. 5 y 7

del Paseo de Fabra y Puig, propiedad de Inmobi¬ liaria Valle Tena, S. A., sea incluida en el Registro

municipal de Solares sujetos a edificación forzosa.

Finalizadas las obras de construcción de las obras relativas ala Contrata 2.a (1972), adjudicadas a Cubiertas y Tejados, S .A.,

y otros, se hace pú¬

blico a los efectos de cancelación de la garantía definitiva.

Día 5. Ayuntamiento de Barcelona.—Aviso a

los aspirantesadmitidos al Concurso-oposición libre para proveer 6 plazas de Auxiliar de Jefe de Zona

del Servicio de Extinción de Incendios y Salva¬ mentos.

— Relación de admitidos al

Concurso-oposición

para proveer 100 plazas de Guardia de la Policía

Municipal, y Tribunal calificador.

Día 6.—Ayuntamiento de Barcelona. Doña Eulalia Serra Ferrer, en representación de don

Joaquín Tord Ferrer ,solicita que la finca propie¬

(3)

— A fin de subvenir a las obras de construcción

de alcantarillado en la calle de Emilio Roca, la

Comisión municipal ejecutiva

acordó

imponer con¬ tribución especial a

todos los

propietarios

de las

fincas que se

hallen enclavadas

en

la

mencionada

calle y resulten

beneficiadas

con

aquéllas.

— La Comisión

municipal ejecutiva, en sesión

celebrada el día 19 de junio de 1974, acordó impo¬

ner contribución especial a todos los propietarios

de las fincas que se

hallen

enclavadas en la

plaza

de Paul Claudel y resulten beneficiadas con las

obras de construcción del alcantarillado en aquella

(4)

AYUNTAMIENTO DE

BARCELONA

DECRETOS

Creando la Ponencia especial mixtapara el estudio,

conservación y reutilización Mercado del Borne. A principios del pasado año, una amplia inicia¬ tiva ciudadana dio lugar a un Concurso de Ideas y

Proyectos, sobre el destino del antiguo

Mercado del

«Born», cuyas Bases fueron aprobadas por la Co¬ misión municipal Ejecutiva, en su sesión del 21 demayode 1975.

La tramitación administrativa de dicho Concur¬

so bloqueaba cualquier otra decisión sobre

dicho

Mercado del «Born», sin que pudiera tener efica¬

cia su posible unilateral revisión, por Decreto de

la Alcaldía del pasado 2 de septiembre,

atendido

el Organo superior jerárquico que

había tomado

el Acuerdo y la ya existencia de concursantes.

El Jurado del Concurso, conforme a lo dispuesto

en las mismasBases, ha estado compuesto así: Pre¬

sidente, limo. Sr. D. Alfonso Cánovas Lapuente (Concejal Presidente de la Junta del Distrito I),

limo, señor don Manuel Serra Domínguez (Conce¬

jal), limo, señor don Rafael de Ferrater

Ramone-da (Concejal), limo, señor don Luis Cosculluela Montaner (Delegado de Servicios de Urbanismo), limo, señor don José Espinet Chancho (Delegado

de Servicios de Obras Públicas), limo, señor don

Federico Udina Martorell (Delegado de Servicios

de Cultura), y don Vicente Martínez Borso,

Jefe

Letrado municipal en función delegada de la Se¬

cretaría General.

Dicho Jurado emitió su Fallo, el 7 de noviembre

de 1975, por el que propone, entre otros extremos, declarar «desierto »el Concurso, así como «su opi¬ nión de que la estructura del

edificio debería

con¬

servarse en cualquier caso». El Consejo Pleno, en sesión del pasado 1 9de diciembre, porunanimidad, tomó el Acuerdo de «Ratificar» el Fallo del Jurado

«y en su virtud, Declarar Desierto dicho Concurso y Facultar a la Alcaldía para que adopte las deter¬ minaciones precisas para la conservación de la

estructura del edificio».

El Alcalde agradece laconfianza en él depositada

y cree su deber correspondería y desarrollarla, me¬ diante un estudio por una «Ponencia Mixta», mu¬

nicipal y de otras

Entidades ciudadanas,

que con todos los elementos de juicio y objetividad pueda proponer a los órganos competentes

de

la

Corpora¬

ción Municipal la solución adecuada, tanto para

la

conservación de la estructura de tan significativo

edificio, cuanto para ,superando una postura con¬

templativa, pueda proceder a una

«reutilización»

idónea a sus características y a las aspiraciones y

necesidades de nuestra sociedad.

Por todo ello, al amparo del citado Acuerdo del

Consejo Pleno y de las facultades que competen al

Alcalde, según la Ley Especial de este Municipio

y singularmente de las residuales

establecidas

en

suartículo 7.°.

DECRETO :

Primero. Se constituye una «Ponencia especial mixta para el estudio de la conservación y reutili¬

zación de la estructura del Mercado del «Born», compuestaasí:

Presidente: limo. Sr. don Jaime Abella de Cas¬

tro (Teniente de Alcalde).

Vocales Concejales: limos, señores don Alfonso Cánovas Lapuente (Concejal Presidente de la Jun¬

ta Municipal del Distrito I), don Manuel Serra Domínguez, don Rafael de Ferrater y Ramoneda y

don RafaelLuján López.

Vocales Delegados de Servicios: limos. Sres. don Federico Udina Martorell (Cultura), don José Es¬

pinet Chancho (Obras Públicas) y don Luis Cos¬

culluela Montaner (Urbanismo).

Vocales representantes de Corporaciones y Enti¬ dades: Decano Presidente del Colegio de Arquitec¬

tos de Cataluña y Baleares, Delegado en Cataluña

del Colegio de Ingenieros de Caminos. Presidente del Real Círculo Artístico, Presidente de la Asocia¬ ción de Vecinos del Barrio de Ribera y Presidente de la Asociación «Amics de la Ciutat». Dichos Pre¬ sidentes podrán delegar en un miembro de las res¬

pectivas Juntas Directivas, por comunicación a esta

Alcaldía.

Segundo. La Ponencia debe comenzar su tra¬

bajo dentro del plazo de diez días, que se estable¬

cen para quelas Corporacionesy Entidades puedan

designar sus representantes, y deberá terminarlos

por todo el día primero de abril del corriente año.

Para sus estudios y trabajos podrá disponer de la

colaboración de los distintos servicios y funciona¬

rios municipales, através de los respectivos Delega¬ dos de Servicios competentes y de la Secretaría Ge¬

neral que podrá designar un

Oficial

Letrado para asesoramiento y Secretaria, y, en lo menester, de

esta Alcaldía.

Tercero. La propuesta o, en su caso, Propuestas

alternativas, deben contemplar todos los aspectos artísticos, técnicos, urbanísticos, funcionales, econó¬

micos y sociales,y serán elevadas ala Alcaldíapara el posterior trámite pertinente, en orden al conoci¬ miento y aprobación que estimen oportuna los ór¬ ganos municipales competentes, según el

contenido

de aquellas.

Barcelona, 12 de enero de 1976. -— El Alcalde.

Joaquín Viola.

Creando la Ponencia especialMunicipal sobre teatro

El Ayuntamiento de Barcelona ha

participado

en el sostenimiento del Teatro Nacional de Barcelo¬

na, mediante subvenciones que figuraron en los

Presupuestos Ordinarios de

los

años

1968

a

1973,

por unimporte de pesetas

3.000.000

en

cada

uno

de

ellos, que se elevó a 7.900.000 pesetas en

el de 1974,

si bien este «crédito» quedó automáticamente anu¬ lado al final del ejercicio, por no

justificarse

su inversión o compromiso, como

dispone el

art.

693, 1,

de la Ley de Régimen

Local.

Por Orden de 26 de febrero de 1968, el Ministe¬

rio de Información y Turismo crea dicho Teatro

(5)

colabora-ción y de acuerdo con su Ayuntamiento» (art. 1.°), el cual designa un representante en su Junta Rec¬ tora (art. 2.°). Lo que, con lo antes dicho, demues¬

tra una relación de confianza entre las dos Admi¬ nistraciones Públicas, en orden a la viabilidad del citado servicio de Teatro; pero, que no tuvo la

ins-titucionalización y formalización administrativas suficientes para fundar obligaciones económicas de

nuestra Corporación, más allá de las subvenciones

que constaren explícitamente en sus Presupuestos.

En el Presupuesto Ordinario de 1975, no figuraba

consignación alguna para tal finalidad; por lo que, el Alcalde carecía de habilitación legal para orde¬

nar el pago de una inexistente subvención (art. 710

Ley Régimen Local), incluso pormayor cuantíaque

aquellas anteriores, como reclamaron por carta y visita representantes del Ministerio.

El Decreto de 2 demayo de 1968 crea la Entidad

«Teatros Nacionales y Festivales de España», como

Organismo Autónomo Estatal y, según su art. 10,

con los medios económicos que para tales Entes es¬

tablece su Ley de 26 de diciembre de 1958, singu¬

larmente transferencias del Presupuesto del Estado,

por tratarsede servicios delmismo, si bien median¬

te dicha forma autónoma de gestión. Los Ingresos

del mismo Presupuesto del Estado se nutren sus-taneialmente con impuestos pagados, en parte, por

Barcelona, cuyas cuantías de alguna manera y guar¬ dadas prioridades nacionales deben retornar aquí,

en obras y servicios del Estado.

Además, existe el criterio lógico y legal restric¬

tivo, en cuanto al sostenimiento de servicios del

Estado por Corporaciones locales, como explícita¬

mentelo dispone la recienteLey de Bases del Esta¬

tuto de Régimen local (art. 48,3). Sin perjuicio de consorcios u otra clase de convenios, con aportacio¬

nes municipales prudentes, que no deben dismi¬

nuir la acción de la Corporación en obras y servi¬

cios obligatorios, por Ley y circunstancias dentro de nuestra competencia, que justamente demanda nuestro vecindario. Entre este cumplimiento o al asumir el pago de un alquiler creciente de local

Teatro de terceros (35.000 pesetas/día), no puede

existir dudas sobresu prioridad.

En consecuencia, alreplantearse objetivamente si

procede una acción del Ayuntamiento para dotar a la Ciudad de un Teatro que su categoría requiere,

parece que deben ponderarse varios elementos, se¬

guramente en forma armoniosay no contradictoria:

a) La demanda de nuestra sociedad sobre dichama¬ nifestación cultural, b) Las posiblesy deseables re¬ laciones con el Teatro Nacional (Ministerio y

Organismo autónomo citado), cuyos anteriores ser¬

vicios se agradecen, con esperanza de continuidad y

plena comprensión, c) Considerar el Teatro Catalán

dentro del Teatro Nacional, d) Prever el servicio e irradación a toda la región y a otras de lengua

catalana ,en cuanto al Teatro catalán, e) Elaborar

fórmulas de colaboración con otras Corporaciones (como la Diputación Provincial, por su Instituto

Provincial del Teatro), Entidades o empresas, que

potencien recíprocamente sus acciones en la mate¬

ria. f) Encontrar la solución que parezca óptima, atendidos nuestros limitados medios y el logro de

un establecimiento permanente de Teatro, en pro¬ piedad o

arriendo,

cuyo destinatario sea nuestra

comunidad y con cierto acento social, para hacerlo

asequible a los grupos sociales de menores niveles de renta. Lo cual requiereun estudio que se encar¬ ga a una «Ponencia especial Municipal sobre

teatro».

En virtud de las facultades que nos otorga el Ordenamientovigentey de las facultades residuales reconocidas al Alcalde porel art. 7 de la Ley Espe¬ cial deesteMunicipio de Barcelona,

DECRETO :

Primero. En el seno del Ayuntamiento, se cons¬

tituye una «Ponencia especial municipal sobre

teatro», integrada por los siguientes señores:

Presidente: limo, señor don Eudaldo Travé Mont¬

serrat (Primer Teniente de Alcalde).

Vocales concejales: limos, señores don Mariano Blasi Rialp; don Jaime Abella de Castro, don Ma¬ riano Ganduxer Relats y don Manuel Font Altaba. Vocales Delegados de Servicios: El de Informa¬ ciónyRelaciones Públicas, lima, señora doña María Asunción Guardia Canela, y el de Cultura, limo,

señor don Federico Udina Martorell, quien actuará de Secretario.

Segundo. La Ponencia tiene por cometido el

estudio y las gestiones, en orden a la viabilidad de

unaacción Municipal de Teatro, teniendoen cuenta

los elementos a ponderar que se enuncian en el pá¬

rrafo penúltimo de la parte expositiva. Por tanto,

entre sus gestiones, se incluyen las a realizar con el

Teatro Nacional (Ministerio de Información y Tu¬ rismo y Ente Autónomo «Teatros Nacionales y Fes¬ tivales de España»); así como con cualesquiera

otras empresas o profesionales y artistas, y técnicos

públicos o privados, nacionales o extranjeros. Tam¬ bién considerará el aprovechamiento del posible

local, para actividades culturales paralelas, como

la música.

Tercero. En el plazo de tres meses como máxi¬ mo, la Ponencia elevará a la Alcaldía sus estudios

y Propuestas razonadas ,una o varias, alternativas

en su caso, para que aquella pueda, a su vez, some¬

terlas a la deliberación y aprobación que proceda

de los órganos competentes de la Corporación Mu¬

nicipal, sea la Comisión Municipal Ejecutiva o el

Consejo Pleno, según el contenido de dichas Pro¬ puestas.

Cuarto. Prestarán su colaboración a la Ponen¬

cia los funcionarios idóneos de las Delegaciones de Cultura y de Información y Relaciones Públicas, a través desus respectivos Delegados de Serviciosy/u

otros, a través de esta Alcaldía o de la Secretaría general, en especial para el asesoramiento jurídico

que necesite.

Barcelona, 10 de enero de 1976. — El Alcalde,

Joaquín Viola.

Prorrogando la Ponencia Especial sobre el Estadio

deMontjuich, denominándola «Para el Area Social deportiva de Montjuich»

Visto elinforme, fechado el pasado 23 de diciem¬

bre, que presenta a la Alcaldía la «Ponencia Es¬

pecial sobre el Estadio de Montjuich», en cumpli¬

miento con los cometidos que le fueron encargados

alcrearla, porDecreto nuestro del27 de octubre de

1975 y consiguiente Acuerdo de enterado y confor¬ midad de la Comisión Municipal Ejecutiva del mismo día.

En atención a la parte del mismo, basado en el

(6)

del Colegio de Arquitectos de Cataluña y Baleares,

en que llega ala conclusión del estado deruina del

Estadio y de su imposible reparación; así

como a

la afirmación en el mismo Informe de la necesidad

de respetar la totalutilizacióndeportiva

del espacio

que ocupa, totalmente congruente con nuestro De*

creto inicial, que implícitamente ya suponía una mayor Area, para cuya determinación solicita una

exoneración del plazo quefijamos del25 de diciem¬ bre pasado, a fin de poder presentar la más fun¬ dada Propuesta sobre dicha mejor utilización.

En atención a que se comprueba la opoi*tunidad

de nuestra iniciativa, compartida

por la Comisión

Municipal Ejecutiva, como también el aciertoen la

composición de la Ponencia y de su trabajo, que

hace fundado el reiterarle la confianza porun plazo

más amplio y prudencial, en el cual disponga de la

colaboración de los apropiados Servicios municipa¬

les y, al mismo tiempo, pueda concretar la actuali¬ zación del Convenio entre la Delegación Nacional de Deportes y este Ayuntamiento, del 9 de febrero de 1974, que permita la más pronta realidad del

Area Social Deportica, que tanto necesita nuestra Ciudad y en especial sus vecinos de menores nive¬ les de renta.

A fin de que los órganos competentes de la Cor¬

poración posean el estudio más completo posible y

la Propuesta más certera, con amplia participación ciudadana en su elaboración, para

sus oportunos

Acuerdos.

DECRETO :

Primero. Se da por cumplido el cometido en¬

cargado a la «Ponencia Especial sobre el Estadio

de Montjuich», en el número 1.°, A) del Decreto de la Alcaldía y consiguiente Acuerdo de la Comi¬

sión Ejecutiva del 27 de octubre de 1975,

y sobre

ello:

a) Se expresa la gratitud a la citada Ponencia y

a todos sus miembros, a quienes se dará el

oportu¬

no traslado, po rsu meritoria

y objetiva labor en bien de la Ciudad, de su patrimonio y del deporte,

y que sonlos siguientes señores:

Presidente: limo. Sr. don Francisco Platón Ver¬

daguer, Concejal Ponente de la Montaña de Mont¬ juich y Piueblo Español (Delegado Provincial de

EducaciónFísica yDeportes).

Vicepresidente y Ponente: limo. Sr. don Gonza¬ lo de Quesada Hernández, Concejal Ponente de De¬ portes.

Concejales-Vocales: limo, señor don Antonio

Guasch Carreté y el limo, señor don Pedro Llorens

Lorente (Presidente de la Federación Catalana de

Fútbol y Presidente de la Junta

Municipal

del Dis¬

tritoII, respectivamente).

Delegados de Servicios-Vocales: limo, señor don José Espinet Chancho, de Obras Públicas; limo,

señor don Luis Manuel Cosculluela Montaner, de

Urbanismo, y lima. Sra. doña María Rosa Muñoz

Codina, de Acción Social.

VocalesporEntidades:

limo. Sr. don Jorge Mir Valls, Decano del Cole¬

gio de Arquitectos de Cataluña y Baleares.

Sr. D. Francisco Sánchez-Madriguera, Vicepresi¬

dente de la Federación Catalana de Atletismo.

Sr. D. Miguel Esquirol Clavero, en reepresenta-ción de la Entidad «Amigos de la Ciudad».

Sr. D. Antonio Pons Valón, secretario de la «Fe¬

deración de Asociaciones de Vecinos».

Sr. D. Andrés Mercè Varela y señor don José

Morera Falcó, periodistas deportivos designados

porla Asociación de la Prensa.

Secretario: Sr. don José Novelles Romaní, Jefe

de laSub-Unidad de Ejecución Urbanística, por de¬

legación del Secretario general interino.

b) Se ordena a la Delegación de Servicios de

Obras públicas el estudiopara, en elmomento opor¬ tuno, efectuar la contratación del derribo que sea

procedente, del actual Estadio de Montjuich, con

las previsiones siguientes: 1) Salvar los elementos

representativos, escultóricoso de otraclase, de valor

o interés, incluso para su posible

nuevo emplaza¬

miento en aquel lugar u otro apropiado. 2) Evitar

todo perjuicio en otros edificios e instalaciones de

Montjuich, en especial caso de voladuras u otras

técnicas de grandes efectos expansivos. 3) Prever la

atención, durante estrostrabajoso los que sigan,de

la Unidad Operativa de los Museos e Instituciones de Historia, por si encontraren restos ibéricos o de otras culturas históricas, como ocurrió al construir el Estadio y removerse aquella parte de la Monta¬ ña. 4) Procurar, sin que sea condición

que impida

las obras, que durantelas mismas y si fuera

compa¬ tible con ellas, continúe el uso

paramanifestaciones

deportivas de la parte central del campo, si puede

serconservado y entodo caso, si no

hay riesgo para

las personas.

Segundo. Seprorroga, con sumisma actualcom¬

posición, la Ponencia Especial, que en adelante se

/amará «Ponencia Especial para el Area Social

Deportiva de Montjuich», hasta el 15 de marzo próximo, a fin de que pueda terminar el cometido

encomendado en el extremo 1.°, b) de los citados Decreto y Acuerdo, con las siguientes ampliaciones

y determinaciones.

1) Delimitación del Area total a ocupar, inclu¬ so superior a la del Estadio actual,

para lograr un

espacio idóneo a los fines que siguen; siempre,

en armonía urbanística con el total Parque Mu¬

nicipal de Montjuich.

2)

Anteproyecto,

o al menos Esquema suficien¬

te de las instalaciones deportivas

a localizar en el

Area y sus servicios anexos, con presupuestos esti¬ mados,para su más óptima rentabilidad deportiva y social. Estetrabajo se perfeccionará ocompletará, a medida que lo exija lo dispuesto en el apartado si¬ guiente y la ejecución de obras. Se procurará una

instalación base de atletismo.

3) Gestionar con laDelegación Nacional de De¬

portesla actualización del Convenioentre lamisma

y este Ayuntamiento, del 9 de febrero de 1974 y, mediante sus bases u otras mejores, determinar el

programa de dotación y actuación conjunta ysimul¬

tánea, para la más inmediata realización de las

obras y su goce pornuestra comunidad.

4) Estudiar y proponer el tipo o tipos de ges¬ tión y de reglamentación de uso, más adecuadas al

«Area», aptos para asegurar su necesaria conserva¬

ción y mejora y, en lo posible, su autosuficiencia y así darigualdad de acceso aluso de las instalaciones para todos los ciudadanos, en especial a aquellos

cuyos niveles de renta no les sea asequible su prác¬ tica en otras instalaciones de Clubs privados.

Para todos estos trabajos, la «Ponencia» tendrá

a su disposición toda la ayuda técnica y de

aseso-ramiento de los Servicios que dependan de las Dele¬

gaciones de Urbanismos, Obras Públicas y Acción

(7)

de la Sección de Letrados Consistoriales, a través de laSecretaría General.

Tercero. Unavez concretados los estudiosy pro¬

puestas de

la «Ponencia»,

uno o

varios,

los elevará

a esta Alcaldía, la cual los someterá a

los órganos

competentes de

la

Corporación

Municipal,

para

los

acuerdos que estimen

procedentes.

Dése conocimiento de esteDecreto a la Ponencia

y sus

miembros

y a

la

Comisión

Ejecutiva,

en su

primera

reunión.

Barcelona, 5 de enero de 1976.—

El

Alcalde,

Joaquín Viola.

SobreJuntasMunicipales de

Distrito

La Ley

Especial del

Municipio

de

Barcelona,

establece que en

cada

uno

de los

Distritos

en que

el término municipal está

dividido,

como

órgano

de

relación con los administrados, exista una

Junta

Municipal (art.

26). Su Exposición

de

Motivos,

con

claridad, distingue entre una

primera

y

segunda

etapa de

dichos órganos,

al decir:

«Inicialmente

servirá de conductoentre las aspiraciones

del vecin¬

dario y los órganos

superiores

de la

administración

municipal,

llenando

este

vacío...

en

todas las

gran¬

desurbes. En una etapa posterior

podrán servir

de

instrumento para una

descentralización

de activi¬

dades municipales, cuya

medida

vendrá

dada

por

lo que aconseje

la propia

experiencia.»

Desde la

promulgación

de dicha

norma

(Decre¬

to 23 de mayo 1960),

la experiencia

demuestra

la

necesidad de incorporar un mayor

número

de ciu¬

dadanos en las tareas de dichas Juntas,

al

tiempo

que

aconseja

el ampliar

sus

facultades,

estableci¬

das en el art. 24 de la referida Ley

articulada,

en

cuanto a su Presidente, en el art. 26 del

Reglamen¬

to de Organización y

Administración

de

este

Mu¬

nicipio. La

problemática

de la

actuación

municipal

se ha acentuado y la

sensibilización

por

ella

de los

Vecinos, aislados o

agrupados

en

Entes

y

Asocia¬

ciones de variada naturaleza, es evidente, con

reflejo del conjunto

de la

opinión

pública

en

los

medios decomunicación social.

Aún cuando no se baya

cumplido la Revisión de

nuestra Ley

Especial, según estaba previsto

a

los

dos años yluego

cada cinco años,

en

la

Disposición

Final de la misma, ahora procederá,

inmediata¬

mente, tal revisión y

también

su

adaptación

a

la

Ley de Bases

del Estatuto

de

Régimen

local, según

la Disposición

Final, primero

3,

a),

de la misma.

Por lo que este

Decreto,

puede

ser un

anticipo

o

una aproximación

de

tal

cometido.

Ante la nueva perspectiva,

las

propias

Juntas

podrán

elevar

propuestas a

los

órganos

superiores

de la Corporación, en

orden

a

la

revisión

o

amplia¬

ción de sus competencias,

incluso mediante

delega¬

ción o desconcentración; así como, avanzar en

el

estudio de la división de los respectivos

Distritos,

para acercar

cada

uno a

unidades de

convivencia,

y

así llegar, quizás, a un

número

global de treinta

y tre, que eligen tres

Concejales

cada

una,

junto

con

el Alcalde, podrían

dar lugar

a un

moderno

«Con¬

sell de Cent».

Por todo ello, con el objetivo de lograr una

más

amplia y más intensa

participación

popular

en

las

Juntas de Distrito y, a través

de

ellas

en

toda

la

vida de la Corporación

municipal,

cuyos

principales

órganos de

decisión tendrán

mayores

elementos

para las cuestiones

de

su

competencia,

sin

perjuicio

de desconcentraren favor de aquéllas las

funciones

de menor cuantía, pero que son

más

vividas

por

los

administrados, una vez recogidas las propuestas

que nos

eleven.

Al amparo de las

facultades

que

al

Alcalde

otor¬

ga la

Legislación

vigente para este

Municipio

o

la

general y sin merma

de las

que

corresponda

por

dichas normativas alos demás Organos

municipales.

DECRETO :

Primero. En cada una de las Juntas Municipa¬

les deDistrito, además de los miembros propios

de

la misma, según el

artículo 26

de la Ley

Especial

de este Municipio, podrán incorporarse con

el

título de Adjuntos a propuesta

de ellas,

un

número

de ciudadanos vecinos del mismo Distrito, de reco¬ nocido prestigio o representantes

de

Entidades

de

diversa naturaleza domiciliadas y con

actividad

exclusiva en el mismo Distrito, según la importan¬

cia demográfica de

cada

uno, que, con voz y

sin

voto, podrán asistir a sus

sesiones

y

coadyuvar

en

las demás funciones asignadas a las

Juntas.

Segundo. El número

de Adjuntos

a que se re¬

fiere el artículo anterior a modo de orientación,

podrá ser

de

siete para

el Distrito

IX, de seis

para

el Distrito XII, de cinco para cada uno

de

los Dis¬

tritos II, III, VII, VIII y X, y

de

cuatro para

los Distritos I, IV, V,VI yXI. El

Alcalde

se reserva

el nombrarun Adjunto más en

cada

una.

Las propuestas

de las

Juntas

Municipales

se

ele¬

varán a la Alcaldía la cual las someterá a la Comi¬

sión Municipal Ejecutiva, para su

conocimiento

y

homologación.

Tercero. Las Juntas Municipales

de Distrito,

además de las facultades que tienen

señaladas:

1) Elevarán propuesta

al

Alcalde,

para que

éste

en cuanto sea de su competencia

acordar

lo

proce¬

dente o en otro casosometerlo a la aprobación que estimen pertinente los

demás

Organos

Municipales,

las funciones que además

de las

que ya ostenten

convendría atribuir a dichas Juntas, por

delegación

o en desconcentración de competencias.

2) CadaJunta en su Distrito

procederá al

estu¬

dio, y en su caso, propuesta

de la

modificación

del

mismo, por división en otros

varios,

en

atención

a su población o

circunstancias

especiales de convi¬

vencia.

Para realizar estos trabajos recibirán

la

ayuda

de los Servicios municipales

dependientes

de las

Delegaciones de

Acción Social

y

Urbanismo,

a tra¬

vés de sus respectivos

Delegados de Servicios,

o

de

cualesquiera otros,

incluso los de Asesoría,

a

través

de la Secretaría General del Ayuntamiento.

Barcelona, 7 de enero de 1976. —

El

Alcalde,

Joaquín Viola.

Sobre Ponencia especial para

el estudio

del

Plan GeneralComarcal

La trascendencia y

complejidad del expediente

en trámite para la aprobación

del Proyecto

de Re¬

visión del Plan General Comarcal de Barcelona

aconseja establecer una

«Ponencia

Especial» del

(8)

consideración del Informe emitido por el mismo, conjuntamentecon los órganosy técnicos de la Cor¬

poración Municipal Metropolitana, entre gestor del planeamiento, competencia para sus aprobaciones

«inicial» y «provisional», sin perjuicio de la «defi¬

nitiva», que corresponde a la Comisión Provincial

de Urbanismo. Y dado lo avanzado de esta fase, no

parece correcto involucrar terceros que no partici¬

paron anteriormente, cuyo valioso criterio puede quedarmás libre para la siguiente fase.

El dilatado período transcurrido desde que tuvo

lugar la aprobación «inicial» del Proyecto, el 24 de

marzo de 1974, con la consecuente información pú¬

blica, a la cual han acudido muchos miles de recla¬

mantes, así como los informes de las Corporaciones locales a cuyo territorio afecta y que no intervi¬

nieron en la redacción de aquel Proyecto; pero,

mayormente, la necesidad deadaptar el nuevo Plan

a la reforma de laLey de Régimen del Suelo, de 12

de mayo de 1956, por la Ley 19/1975 de 2 de

mayo y el Decreto-Ley 5/1974 de 24 de agosto,

hacen prever modificaciones suficientes en dicho

Proyecto, que hagan necesaria una nueva aproba¬ ción «inicial »del mismo, tanto por analogía a lo

dispuesto en el artículo 39,1 de aquella Ley, cuanto

por los principios de seguridad jurídica y de au¬

diencia que evite indefensión de nuevos interesa¬

dos o afectados, tanto particulares, como las mis¬

mas Corporaciones municipales del territorio.

Por otra parte, mediante una nueva aprobación

«inicial», no se hurtará, sino que se facilitará el

conocimiento de la totalidad del definitivo Pro¬ yecto a la sociedad destinatària, por imperiosa

aplicación del artículo 32 de la Ley del Suelo, par¬ ticulares y Corporaciones, entre ellas este Ayunta¬ miento. Para tal momento, procede ir preparando

el estudio, que habrá de servir de la mayor ilustra¬ ción a los órganos competentes del Municipio, en ordena aprobarsu preceptivo Informe, en el nuevo

trámite de audiencia. En tal fase, parece oportuno

incorporar a la «Ponencia especial» personas repre¬

sentativas de otras Corporaciones públicas, cuyos

fines tengan relación con el problema,y de Entida¬

des barcelonesas con vocación y dinamismo, que

proporcionen una amplia participación ciudadana,

en forma permanente, con preparación técnica y con postulación social.

Con ello, se intenta que el futuro Informe muni¬

cipal, y, en definitiva, el Plan que sea aprobado,

cumpla con los requisitos legales y los objetivos

comunitarios, exigidos y deseables, en ponderación

con su viabilidad técnica y económica. Siempre,

sin perjuicio de la competencia de los órganos de este Ayuntamiento para que, libremente puedan to¬

marlos Acuerdos pertinentesde su competencia, en

cuanto al referido Informe.

En su virtud, al amparo de las facultades resi¬

duales queotorga al Alcalde el artículo 7 de la Ley de Régimen Especial de este Municipio.

DECRETO :

Primero. Se constituye una «Ponencia Especial

Informativa sobre la reforma del Plan General Co¬

marcal de Barcelona», para cuantos posteriores

estudios requiera el expediente del Proyecto en

trámite, en cuanto afecte al ámbito del término

municipal de esta capital.

Segundo. La Ponencia será estrictamente mu¬

nicipal, durante o para la actual fase de considera¬

ción conjunta del Informe emitido

por este Ayun¬

tamiento, por ella y por los órganos y técnicos de

la Corporación Municipal Metropolitana, y estará

integrada por los siguientes señores:

A) Concejales.

Presidente: limo. Sr. donMarianoBlasiRialp.

Vicepresidente: limo. Sr. don José M.a Dot Bosch.

Vocales: limo. Sr. don Manuel SerraDomínguez,

limo. Sr. don Antonio Cañellas Sidos, limo. Sr. don José Güell Ramón.

B) Delegados de Servicios.

De Urbanismo: limo. Sr. don Luis Cosculluela

Montaner.

De Obras públicas: limo. Sr. don José Espinet Chancho.

De Servicios Municipales: limo. Sr. don Roberto Cortadas Arbat.

Tercero. Al ocurrir la nueva aprobación «ini¬

cial» del Proyecto de Reforma del Plan Comarcal,

por la Corporación Metropolitana la Ponencia Es¬

pecial, se convertirá en «mixta», para el mejor es¬

tudio y preparación del nuevo Informe, en el trᬠmite de audiencia que debe seguir a aquélla, cuya

aprobación, en su caso, corresponde a los órganos

competentes del Ayuntamiento. A tal fin, se incor¬

porarán a la Ponencia representantes de Corpora¬

ciones públicas con objeto relacionado con el pro¬

blema y de calificadas Entidades ciudadanas, que aseguren una muy amplia participación de nuestra sociedad; así como los Concejales de este Ayunta¬

miento miembros del Consejo Metropolitano, tanto

para la debida ponderación entre ambos grupos cuanto porque deberán, más tarde, participar en los Acuerdos metropolitanos para las aprobaciones

«provisional», en su caso. Dichos nuevos miembros

serán:

C) Otros Concejales. limos. Sres. don Jaime

Abella de Castro, don Mariano Ganduxer Relats;

don Rogelio Mir Martí, don Gonzalo de Quesada

Hernández, don José M.a Tormo Magrans y don

Eudaldo Travé Montserrat.

D) Representantes de Corporaciones y Enti¬

dades.

Presidente de la Cámara Oficial de la Propiedad Urbana.

Presidente de la Cámara de Comercio, Industria

y Navegación.

Presidente del Sindicato Provincial de la Cons¬ trucción.

Decano Presidente del Colegio de Abogados. Decano Presidente del Colegio de Arquitectos. Decano Presidente del Colegio de Ingenieros in¬

dustriales.

Delegado Regional del Colegio de Ingenieros de

(9)

Decano Presidente delColegio de Economistas. Presidente de la Asociación de la Prensa.

Presidente o Secretario de la Federación de Aso¬

ciaciones de vecinos.

Presidente o Secretario de «Amics dela Ciutat».

Presidente o Secretario del «Real Círculo Ar¬

tístico».

Cuarto. La Ponencia contará con el

asesora-miento permanente de los técnicos

municipales,

se¬ ñores:

Don José Soteras Mauri, Jefe de la Unidad ope¬

rativa de Urbanismo.

Don Emilio Bordoy Alcántara, Jefe de la Sub-unidad de Planificación urbanística.

Don José Yañez Gay, Jefe del Servicio de Acción

urbanística.

Don Juan Pujadas Porta, Jefe de la Subunidad

del Plano de la Ciudad.

Don José M.a Busquets Cuevas, Jefe de la Sub¬

unidad de Planeamiento y Actuación urbanística.

Don José M.a Pujadas Porta, Jefe de la Unidad

operativade Obras de

Vialidad.

Don Alberto Vilalta González, Jefe de la Unidad

operativade Saneamiento.

Don Francisco MirEspinet, Jefe de la Subunidad de Circulación; así como de cuantos otros funciona¬

rios estime oportuno para extremos concretos.

Quinto. Tan pronto la Ponencia haya elabora¬

do estudios, incluso parciales sobre materias o sobre zonas, los elevará a esta Alcaldía, para que a su

vez podamos someterlos al conocimiento de los de¬

más miembros de este Ayuntamiento, y, en su día,

la totalidad a las decisiones de los órganos compe¬ tentes, Comisión Municipal Ejecutiva y Consejo

Pleno, que deben aprobar el Informe, para cum¬

plimentar el trámite de audiencia a las Corporacio¬ nes locales.

Barcelona, a 7 de enero de 1976. — El Alcalde,

Joaquín Viola.

DECRETO:

Después de undesarrollo embrionario de la orga¬ nización de la Ciudad de Barcelona desde el siglo

xi, el conde-rey Jaime I, el Conquistador, atendien¬

do a los ruegos de los ciudadanos barceloneses con¬

cedió a la Ciudad un régimen municipal en el cual

los antiguos funcionarios reales, el Veguer y el

Batlle, venían a ser asesorados por unos prohom¬

bres, según un privilegio del año 1249; más tarde y hasta 1274, otorgó distintos privilegios configu¬

rando este régimen y dotando a la Ciudad de cinco «Consellers» que habían de gobernar a la Ciudad

con el asesoramiento de un amplio Consejo, el lla¬

mado «Consell de Cent». Jaime I, es, por tanto,

como es bien conocido, el fundador de nuestro Municipio.

La circunstancia decoincidir el año venidero con

el séptimo centenario de la muerte de

dicho

mo¬ narca, parece aconsejar que nuestra

Corporación,

a la que el Rey Conquistador le dio vida, le

honre

debidamente y determine celebrar el mencionado

VII Centenario de la muerte del Rey, que tuvo

lugar el día 25 de julio de 1276. Al tiempo que se resalte su enormetrascendencia histórica, para nues¬

tratierray otrashermanas.

Por ello, en el ejercicio de las atribuciones que confiere a la Alcaldía los arts. 7.° de la Ley de

Régimen especial y 92 del Reglamento de Organi¬

zación, funcionamiento y régimen jurídico de las

Corporaciones locales,

DISPONGO

1.° Se constituye una Comisión integrada por miembros de la Corporación y por destacadas per¬ sonalidades de la Ciudad, a fin de estudiar y pro¬

poner los actos más pertinentes a tan alta

efeméri¬

des, y con el ámbito más adecuado, en el plazo de

dosmeses.

2.° La Comisión queda constituida por los si¬

guientes señores:

De laCorporación

Presidente: El 2.° Teniente de Alcalde, limo,

señordon Mariano BlasiRialp.

Vocales Concejales: Iltmo. Sr. don José María Dot Bosch.

limo. Sr. don ManuelSerraDomínguez.

limo. Sr. don Ramón Bosch Estivill.

Vocales Concejales: limo. Sr. don Manuel Font Altaba.

limo. Sr. don Federico UdinaMartorell, Delegado

de los Servicios de Cultura.

Vocales personalidades: Dr. don José María Font Rius.

Dr. don Manuel Riu Riu. Dr. don Martín deRiquer.

Sr. don RamónNoguera deGuzmán. Dr. donJosé Rubioy Balaguer.

Secretario: donJosé Enrique Rebes Solé.

Vicesecretario: don Esteban Alberty Cort.

Barcelona, 19 de diciembre de 1975.—El Alcalde, Joaquín Viola.

Després d'un descabdellament embrionari de

l'organització municipal de Barcelona des del segle

XI, el comte-rei Jaume I, el Conqueridod, atenent

els precs dels ciutadans barcelonins va concedir a la Ciutat que aquesta comencés a tenir un règim

municipal ,on els antics Veguer i Batlle havien

d'ésser assessorats per uns prohoms, segons deter¬

minà el 1249; més tard i fins al 1274 atogà distints

privilegis configurant aquest règim i dotant a la Ciutat de cinc consellers que havien de governarla Ciutat amb un ample Consell de Cent que elshavia

d'assessorar. Jaume I, per tant, com és ben sabut, fundà elnostremunicipi.

La circumstància d'esdevenir l'any proper el setè

centenari de la mort de l'esmentat reiConqueridor, aconsella que la nostra Corporació fundada per ell honori i celebri Ffesmentat VII Centenari de la

mort del sobirà, la qual s'esdevingué el dia 25 de

juliol del1276.

Per aixó, en l'exercici de les atribucions que con¬ fereix al'Alcaldia els articles 7e de la Llei de Règim especial i 92 del Reglament d'Organització, funcio¬

nament i régim

(10)

DISPOSO

l.er.—Es constitueixi una Comissióintegrada per

membres de la Corporació i per rellevants perso¬ nalitats de la Ciutat, a fi d'estudiar i proposar els actes més adients per a celebrar aquesta efemèrides

i en el marc més idoni, en el plaç de dos mesos.

2.on.—Dita Comissió resta constituïda pels

senyorssegüents:

De laCorporació:

President: Elsegon Tinent d'Alcalde, Il·lustríssim

Sr. Marià BlasiRialp.

Vocals-Consellers: lime. Sr. Josep Maria Dot Bosch.

lime. Sr. Manuel SerraDomínguez.

lime. Sr. Ramón Bosch Estivill.

lime. Sr. Manuel Font Altaba.

lime. Dr. Frederic Udina Martorell, Delegat de Serveis de Cultura.

De la Ciutat:

Vocals-personalitats: Dr. Josep Maria Font Rius.

Dr. Manuel Riu Riu.

Dr. Martí deRiquer.

Sr. Ramón Noguera de Guzmán.

Dr. Jordi Rubiói Balaguer.

Secretari: Sr.JosepEnric Rebés Solé.

Vicesecretari :Sr. Esteve Alberti Corp.

Barcelona, 19 de desembre de 1975. —L'Alcalde,

Joaquim Viola.

ANUNCIOS

OFICIALES

AYUNTAMIENTO DE BARCELONA

SUBASTAS Y CONCURSOS

SUBASTAS

Se anuncia subasta de las obras de alcantarillado de la calle Siglo XX, entre lasde Mascaróy laAvda.

Virgen de Montserrat, por el tipo de 1.102.261 ptas., según proyecto que está de manifiesto en el Nego¬

ciado de Obras públicas de esta Secretaría general. La duración de las obras será de 2 meses.

El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo.

Para tomar parte en la subasta los licitadores

deberán constituir previamente lagarantía provisio¬ nal de 21.534 ptas.; la definitiva, y la complemen¬

taria, en su caso, se deducirán en la forma dispuesta

por el art. 82 del Reglamento de Contratación de

las Corporaciones locales.

Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬

bre de 3 ptas. y reintegradas con sello municipal de

245 ptas., se redactarán con arreglo a este modelo:

«Don , vecino

de con domicilio

en , enterado del

pliego de condiciones, presupuestoyplanos quehan

de regirla 2.asubasta de las obras de alcantarillado de la calleSiglo XX, entre las de Mascaró y laAvda.

Virgen de Montserrat, se compromete a ejecutarlas

con sujección a lo scitados documentos, por

pesetas (en letras

y cifras). Asimismo se compromete a cumplir lo

dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria

Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬

cluidos los de Previsión y Seguridad social. (Fecha

yfirma del proponente).»

Las proposiciones, juntamente con todos los do¬

cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción, debidamente reintegrados, se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción:

«Proposición para tomarparte en...-», enel mencio¬ nado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al de la su¬

basta.

La apertura de plicas se verificará en la Dele¬

gación de Servicios de Obras públicas, de la Casa

Consistorial bajo la presidencia del Excmo. Sr. Al¬ calde o del propio Sr. Delegado, a partir de las nueve horas de Idía en que se cumplan los veintiuno

hábiles, desde el siguiente al de la publicación de

este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Barcelona, 19 de enero de 1976. — El Secretario

general interino, José Balcells Junyent.

* *

Se anuncia subasta del suministro de 33 soportes

destinados al alumbrado público de la calle Buena¬

ventura Muñoz, por el tipo de 245.750 ptas., según

proyecto que está de manifiesto en el

Negociado

de Obras públicas de esta Secretaría

general.

La duración del suministro será de un mes.

El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo de 1974.

Para tomar parte en la subasta los

licitadores

deberán constituirpreviamente la garantía provisio¬ nal de 4.915 ptas.; la definitiva, y la

complemen¬

taria, en su caso, se deducirán en la forma dispuesta por el art. 82 del

Reglamento de Contratación de

las Corporaciones

locales.

(11)

«Don vecino

de con domicilio

en enterado del

pliego de condiciones, presupuestoyplanos que han

de regir la subasta del suministro de 33 soportes destinados al alumbrado público de la calle Bue¬

naventura Muñoz, se compromete a ejecutarlas con

sujeción a los citados documentos, por

pesetas (en letras

y cifras). Asimismo se compromete a cumplir lo

dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria

Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬ cluidos los de Previsión y Seguridad social. (Fecha yfirma delproponente).»

Las proposiciones, juntamente con todos los do¬

cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción, debidamente reintegrados, se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará la inscripción:

«Proposiciónpara tomar parte en...», en el mencio¬

nadoNegociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al de la su¬

basta.

La apertura de plicas se verificará en la Dele¬

gación de Servicios de Obras públicas, de la Casa

Consistorial bajo la presidencia del Excmo. Sr. Al¬ calde o del propio Sr. Delegado, a partir de las nueve horas del día en que se cumplan los veintiuno

hábiles, desde el siguiente al de la publicación de

este anuncio en la Gaceta Municipal.

Barcelona, 27 de enero de 1976. — El Secretario

general interino, José Balcells Juntent.

cluidos los de Previsión y Seguridad social. (Fecho

y firma del proponente).»

Las proposiciones, juntamente con todos los do¬

cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción, debidamente reintegrados, se presentarán en

sobre cerrado, en el que figurará la inscripción:

«Proposición para tomar parte en...», en el mencio¬

nado Negociado, durante las horas de oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio

hasta las doce horas del hábil anterior al de la su¬

basta.

La apertura de plicas se verificará en la Dele¬

gación de Servicios de Obras públicas, de la Casa

Consistorial bajo la presidencia del Excmo. Sr. Al¬ calde o del propio Sr. Delegado, a partir de las nueve horas del día en que secumplan los veintiuno

hábiles, desde el siguiente al de la publicación de

este anuncio en la Gaceta municipal.

Barcelona, 27 de enero de 1976.—El Secretario

general interino, José Balcells Juntent.

Se anuncia subasta del suministro de 22 soportes destinados al alumbrado de la calle Collcerola, en¬

tre Kas de Escenógrafo Salvador Alarma y José Gari, por el tipo de 161.700 ptas., según proyecto

que está de manifiesto en el Negociado de Obras

públicas de esta Secretaría general.

La duración del suministro será de un mes.

El pago se efectuará con cargo al Presupuesto de Urbanismo de 1974.

Para tomar parte en la subasta los lidiadores

deberán constituir previamente la garantía provisio¬ nal de 3.234 ptas.; la definitiva, y la complemen¬

taria, en su caso, se deducirán en la forma dispuesta por el art. 82 del Reglamento de Contratación de

las Corporaciones locales.

Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬ bre de 3 ptas. y reintegradascon sello municipal de 45 ptas., se redactarán con arreglo a este modelo:

«Don vecino

de , con domicilio

en , enterado del

pliego de condiciones, presupuestoyplanos que han de regir la subasta de suministrode 22 soportes des¬ tinados al alumbradopúblico de la ca/e Collcerola,

entreKasEscenógrafo, Salvador AlarmayJosé Gari

se compromete a ejecutarlas con sujección a los ci¬

tados documentos, por

pesetas (en letras

y cifras). Asimismo se compromete a

cumplir lo

dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria

Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬

Se anuncia subasta relativa al suministro de 43

soportes destinados al alumbrado dela calleIradier,

por el tipo de 154.800ptas., según proyectoque está

de manifiestoen el Negociado de Obras públicas de

estaSecretaríageneral.

La duración del suministro será de un mes.

El pago se efectuará con cargo al Presupuesto

de Urbanismode 1974.

Para tomar parte en la subasta los licitadores

deberán constituirpreviamente lagarantía provisio¬ nal de 3.096 ptas.; la definitiva, y la complemen¬

taria, en su caso, se deducirán en laforma dispuesta

por el art. 82 del Reglamento de Contratación de

las Corporaciones locales.

Las proposiciones, extendidas en papel del Tim¬ bre de 3 ptas.y reintegradas con sello municipal de

45 ptas., se redactarán con arreglo a este modelo:

«Don , vecino

de con domicilio

en

, enterado del pliego de condiciones, presupuesto yplanos que han

de regir la subasta de suministro de 43 soportes destinados al alumbrado público de la calle Iradier,

se compromete a ejecutarlas con sujeción a los ci¬

tados documentos, por

pesetas (en letras

y cifras). Asimismo se compromete a cumplir lo

dispuesto por las Leyes protectoras de la Industria

Nacional y del Trabajo en todos sus aspectos, in¬

cluidos los de Previsión y Seguridad social. (Fecha

yfirma del proponente).»

Las proposiciones, juntamente con todos los do¬

cumentos que requiere el Reglamento de Contrata¬ ción, debidamente reintegrados, se presentarán en

sobre cerrado, en el que figurará la inscripción:

«Proposiciónpara tomar partaen...», en el mencio¬

nadoNegociado, durante las horasde oficina, desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio hasta las doce horas del hábil anterior al de la su¬

basta.

La apertura de plicas se verificará en la Dele¬

Referencias

Documento similar

(29) Cfr. MUÑOZ MACHADO: Derecho público de las Comunidades Autóno- mas, cit., vol. Es necesario advertir que en la doctrina clásica este tipo de competencias suele reconducirse

Como asunto menor, puede recomendarse que los órganos de participación social autonómicos se utilicen como un excelente cam- po de experiencias para innovar en materia de cauces

Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en

En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la

Missing estimates for total domestic participant spend were estimated using a similar approach of that used to calculate missing international estimates, with average shares applied

The part I assessment is coordinated involving all MSCs and led by the RMS who prepares a draft assessment report, sends the request for information (RFI) with considerations,

Ciaurriz quien, durante su primer arlo de estancia en Loyola 40 , catalogó sus fondos siguiendo la división previa a la que nos hemos referido; y si esta labor fue de

Así, antes de adoptar una medida de salvaguardia, la Comisión tenía una reunión con los representantes del Estado cuyas productos iban a ser sometidos a la medida y ofrecía