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NTE INEN 661 Primera revisión 2015-xx

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Quito – Ecuador

NORMA

TÉCNICA

ECUATORIANA

NTE INEN 661

Primera revisión

2015-xx

CHATARRA

DE

ACERO

AL

CARBONO.

TERMINOLOGÍA,

CLASIFICACIÓN Y REQUISITOS.

SCRAP IRON OF CARBON STEEL. TERMINOLOGY, CLASSIFICATION AND REQUIREMENTS

_________________________________________

Correspondencia:

DESCRIPTORES: Metales, chatarra, acero carbono ICS: 77.080.20, 77.140.01

5 Páginas

(2)

Contenido

Página

1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN ... 1

2 REFERENCIAS NORMATIVAS ... 1 3 DEFINICIONES ... 1 4 CLASIFICACIÓN ... 1 5 REQUISITOS ... 2 5.1 Disposiciones generales ... 2 5.2 Resistencia al manipuleo ... 3

ANEXO A (informativo) Bases de compra ... 4

(3)

2015-xxx 1 de 5

Norma Técnica Ecuatoriana

CHATARRA DE ACERO AL CARBONO. TERMINOLOGÍA, CLASIFICACIÓN Y REQUISITOS

NTE INEN 661:2015

1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

Esta norma establece la terminología, clasificación y condiciones generales para la comercialización de la chatarra de acero al carbono.

2 REFERENCIAS NORMATIVAS

El siguiente documento, en su totalidad o en parte, es referido y es indispensable para su aplicación.

NTE INEN 662, Definiciones y designación de los principales productos siderúrgicos. Clasificación

3 DEFINICIONES

Para los efectos de esta norma, se adoptan los términos y definiciones contemplados en NTE INEN 662 y los que a continuación se detallan:

3.1 Chatarra de acero al carbono. Es el material constituido por desperdicios y/o desechos de acero, provenientes de procesos de fabricación o transformación, o por productos de acero al carbono en desuso y utilizable sólo por fusión.

3.1.1 Chatarra de acero interna o de recirculación. Es la chatarra que se produce en las propias plantas durante los procesos de fabricación de acero al carbono, fundición del acero, laminación, forja, etc.

3.1.2 Chatarra de acero de transformación industrial. Es la chatarra que se produce en las industrias de transformación de los productos siderúrgicos, constituida por recortes, virutas, piezas defectuosas y otros desperdicios y/o desechos.

3.1.3 Chatarra de acero de recuperación. Es la chatarra constituida por materiales en desuso.

4 CLASIFICACIÓN

La chatarra de acero al carbono se clasifica según su forma de presentación en:

Chatarra al granel.- Es la chatarra que se transporta sin etiquetar, ni embalar en grandes cantidades.

Chatarra en paquetes.- Es la chatarra de acero que se presenta en forma de paquetes (prensado y fuertemente comprimido) debe tener una densidad mínima de 1 200 kg/m3 y un tamaño que se establece por convenio previo entre vendedor y comprador

Chatarra en briquetas.- Es el conglomerado de chatarra en forma de ladrillo o bloque.

4.1 Chatarra de acero al carbono a granel (A). Se clasifica de acuerdo a su tamaño según la Tabla 1:

(4)

Tabla 1. Chatarra de acero al carbono a granel

Medidas [mm] Espesor [mm]

Mayor que 9 Entre 6 y 9 Entre 3 y 6 Menor que 3 Virutas Sin dimensionar 1500 x 500 500 x 500 300 x 300 A1 A1 – 1 A1 – 2 A1 – 3 A2 A2 – 1 A2 – 2 A2 – 3 A3 A3 – 1 A3 – 2 A3 – 3 A4 A4 – 1 A4 – 2 A4 – 3 A5 ---- ---- ----

4.2 Chatarra de acero en paquetes (B)

4.2.1 Chatarra de acero B-1. Compuesta por retazos o recortes de chapa laminada en frío o decapada, proveniente de la industria automotriz.

4.2.2 Chatarra de acero B-2. Compuesta por retazos o recortes de plancha negra y/o decapada nueva, limpia, sin recubrimientos. No debe incluir chapas para uso eléctrico o cualquier otro con más del 0,5 % de silicio.

4.2.3 Chatarra de acero B-3. Está constituida exclusivamente por hojalata proveniente de fábricas de envases para alimentos, fluidos, etc., desestañada únicamente por medios químicos o electrolíticos, que puedan asegurar un contenido de estaño inferior al 0,20 %.

4.2.4 Chatarra de acero B-4. Está constituida por chapas en desuso, con poco óxido, cincadas y/o negras, que no contiene viruta, envases o trozos de hojalata.

4.2.5 Chatarra de acero B-5. Está constituida por chapas en desuso, con poco óxido, cincadas y/o negras, que puede contener virutas, envases o trozos de hojalata nueva.

4.2.6 Chatarra de acero B-6. Está constituida por chapas en desuso, en general, pudiendo incluir enlozados, latas de basurero y envases de hojalata, pero libre de tierra, objetos extraños, metales no ferrosos y materiales no metálicos.

4.3 Chatarra de acero al carbono en briquetas (C)

Chatarra de acero C-1. Es la chatarra compactada de virutas de acero al carbono, de forma homogénea con una densidad no menor de 5 000 kg/m3 que no tiene aglomerantes y/o ligantes y cuyo contenido de inclusiones no metálicas no excede del 3 % en peso.

5 REQUISITOS

5.1 Disposiciones generales

Todas las chatarras especificadas en el numeral 4 deben estar libres de:

 materiales no ferrosos, especialmente: estaño, plomo, cobre, zinc, bronce, latón, etc.;  impurezas como: caucho, trapos, madera y otros materiales o productos no metálicos;

 materiales excesivamente oxidados o quemados, maraña de alambre, latas, amortiguadores armados, barrido de taller, viruta, laminilla y bimetálicos, excepto en los casos en que se indica expresamente otra cosa.

En caso de contener alambre, éste se presentará fuertemente atado.

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2015-xxx 3 de 5

 material con recubrimientos como: estañado, cincado, etc., aunque hayan sido previamente quemados para eliminarlos, excepto en los casos en que se indica expresamente otra cosa;

 material con recubrimientos de pinturas nitrocelulósicas, proyectiles, bombas, granadas, cilindros de gases que no están abiertos, tanques de automotores, amortiguadores armados, unidades selladas de artefactos domésticos y en general recipientes cerrados, que puedan provocar accidentes durante la manipulación o empleo de la chatarra;

 materiales o productos que contengan elementos de aleación que fuesen nocivos en los procesos siderúrgicos, ni tampoco residuos de escorias o fundiciones tales como: fondos de cuchara, derrames, bloques, etc.

La chatarra de acero en briquetas no deberá contener más de 0,10 % de azufre más fósforo, teniendo como máximo 0,05 % de azufre.

Todas las clases de chatarra deben estar exentas de materiales peligrosos (explosivos, corrosivos, inflamables, comburentes o similares) o que pueden generar este tipo de sustancias durante la fusión o sean nocivos como amianto, lubricantes, baterías eléctricas, combustibles, PVC o munición.

La chatarra de acero se debe considerar libre de aleaciones cuando los elementos de aleación residuales no superen los siguientes porcentajes:

Níquel 0,45% Molibdeno 0,10% Cromo 0,20% Manganeso 1,65%

Los residuos combinados diferentes del manganeso, no deben exceder un total de 0,60 %.

5.2 Resistencia al manipuleo

La chatarra de acero debe resistir, sin romperse ni deshacerse el paquete, dos caídas desde una altura de 10 m sobre un piso de cemento.

La chatarra de acero en briquetas debe resistir, sin agrietarse ni partirse, una caída desde una altura de 2 m sobre un piso de cemento, admitiéndose solamente una disgregación no mayor del 2,5 % de la masa total de la briqueta ensayada.

(6)

ANEXO A

(informativo)

BASES DE COMPRA

En los pedidos de chatarra de acero el comprador debe indicar:

 la cantidad pedida en toneladas,

 el tipo y origen de chatarra, según los numerales 3 y 4,

 las dimensiones y el peso individual de los paquetes (cuando corresponda y mediante convenio previo),

 los requisitos opcionales o especiales, si se requiere, el número de la norma adoptada y los numerales aplicables.

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2015-xxx 5 de 5

APÉNDICE Z BIBLIOGRAFÍA

IRAM 620, Chatarra de acero al carbono

UNE 36199, Clasificación de chatarras férricas no aleadas para uso general

NCh 1080, Chatarra de acero al carbono. Clasificación y requisitos generales

NTC 1261, Chatarra de acero. Clasificación y características generales

Scrap Specifications Circular 2014, Guidelines for Nonferrous Scrap, Ferrous Scrap, Glass Cullet, Paper

Stock, Plastic Scrap, Electronics Scrap, Tire Scrap, Institute of Scrap Recycling Industries, Inc.

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Documento: NTE INEN 661

TÍTULO:

CHATARRA DE ACERO AL CARBONO. TERMINOLOGÍA, CLASIFICACIÓN Y REQUISITOS

Código: ICS 77.080.20 77.140.01 ORIGINAL:

Fecha de iniciación del estudio: 2015-01-05

REVISIÓN:

La Subsecretaría de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad aprobó este proyecto de norma

Oficialización con el Carácter de por Resolución No.

publicado en el Registro Oficial No.

Fecha de iniciación del estudio:

Fechas de consulta pública:

Comité Técnico de Normalización:

Fecha de iniciación: Fecha de aprobación: Integrantes del Comité:

NOMBRES: INSTITUCIÓN REPRESENTADA:

Otros trámites: Esta NTE INEN 661:2015, reemplaza a la NTE INEN 661:1983

La Subsecretaría de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad aprobó este proyecto de norma

Oficializada como: Por Resolución No. Registro Oficial No.

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Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN - Baquerizo Moreno E8-29 y Av. 6 de Diciembre Casilla 17-01-3999 - Telfs: (593 2)2 501885 al 2 501891

Dirección Ejecutiva: E-Mail: [email protected]

Dirección de Normalización: E-Mail: [email protected] Dirección Zonal Guayas: E-Mail: [email protected]

Dirección Zonal Azuay: E-Mail: [email protected] Dirección Zonal Chimborazo: E-Mail: [email protected]

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