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Cursos a realizar con cargo a las subvenciones concedidas por el I.N.A.P

1.1.- Plan Unitario

Curso N" de Ediciones Presupuesto

- Prevención de Riesgos Laborales 2 590.000 ptas.

- Primeros Auxilios en Accidentes Laborales 1 282.668 ptas.

- Introducción a la Informática 2 590.000 ptas.

- Microsoft Word 3 1.005.000 ptas.

- Internet. Correo Electrónico. 2 590.000 ptas.

1.2.- Plan Agrupado Curso

- Regulación Jurídica en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

- Prevención de Riesgos Laborales - Nóminas, Salarios y Seguridad Social Informatizada.

- La Contabilidad en el SICAL

- Información y Atención al Ciudadano

3.057.668 ptas.

N" de Ediciones Presupuesto

1 295.000 ptas.

1 295.000 ptas.

1 372.952 ptas.

1 335.000 ptas.

1 295.000 ptas.

1.592.952 ptas.

295.000 pts.

282.668 pts.

295.000 pts.

335.000 pts.

18/22-9-2000 25/29-9-2000 6/10-11-2000 13/20-11-2000

9'00-14'00 16'30-21'30 9'00-14'00 9'00-14'00 2) Cursos a realizar con financiación propia:

Curso de Ediciones Presupuesto

- Psicogeriatría. 1 335.000 ptas.

- Importancia, atención y cuidado del

anciano en las Instituciones. 1 335.000 ptas.

- Mantenimiento de vehículos y automóviles

motores diesel y gasolina. 1 335.000 ptas.

- Movilización de enfermos y Prevención de

lesiones muscoequeléticas. 1 335.000 ptas.

- Organización Administrativa. 1 335.000 ptas.

- Prevención del estrés. 1 335.000 ptas.

2.010.000 ptas.

l'ERCER0.- Decidir que dichos cursos se impartan por las organizaciones sindicales que seguidamente se expresan, con el detalle que igualmente se indica, y en las fechas que así mismo se señalan:

U.G.T.

A) Cursos financiados por la Diputación:

Nombre del Curso N" de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Psicogeriatría ( 30 h.) 1 335.000 pts. 2/9-10-2000 16'30-21'30 - Organización Administrativa 1 335.000 pts. 16/23-10-2000 9'00-14'00

(30 h.)

B) Cursos subvencionados por el I.N.A.P., dentro del Plan Unitario:

Nombre del Curso N' de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Prevención de Riesgos

Laborales (25 h.) - Primeros Auxilios en

Accidentes Laborales (25 h.) - Introducción a la Informática

(25 h.)

- Microsoft Word (30 h.)

LM- N.° 918588

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C) Cursos subvencionados por el I.N.A.P. dentro del Plan Agrupado:

Nombre del Curso N° de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Nóminas, Salarios y Seguridad

Social Informatizada (40 h.) 1 372.952 pts. 21/30-11-2000 9'00-14'00 - Información y Atención

al Ciudadano (25 h.) 1 295.000 pts. 6/10-11-2000 9'00-14'00

A) Cursos financiados

CC.00.

por la Diputación:

Nombre del Curso N° de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Importancia, Atención y

Cuidado del anciano en las

Instituciones (30 h.) 1 335.000 pts. 4/11-10-2000 9'00-14'00 - Movilización de enfermos

y Prevención de lesiones

muscoesqueléticas (30 h.) 1 335.000 pts. 18/25-9-2000 9'00-14'00 - Prevención del estrés (30 h.) 1 335.000 pts. 16/23-10-2000 9'00-14'00

B) Cursos subvencionados por el I.N.A.P. dentro del Plan Unitario:

Nombre del Curso N° de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Prevención de Riesgos

Laborales (25 h.) 1 295.000 pts. 27/3-10-2000 9'00-14'00 - Microsoft Word (30 h.) 1 335.000 pts. 4/11-10-2000 9'00-14'00 - Internet. Correo Electrónico

(25 h.) 1 295.000 pts. 26/2-10-2000 9'00-14'00

C) Cursos subvencionados por el I.N.A.P. dentro del Plan Agrupado:

Nombre del Curso N° de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Regulación Jurídica en

materia de Prevención de

Riesgos Laborales (25 h.) 1 295.000 pts. 4/8-9-2000 9'00-14'00

La Contabilidad en

el SICAL (30 h.) 1 335.000 pts. 18/25-9-2000 9'00-14'00

C.S.I.-C.S.I.F.

A) Cursos financiados por la Diputación:

Nombre del Curso N' de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Mantenimiento de vehículos

y automóviles motores diesel

y gasolina (30 h.) 1 335.000 pts. 23/27-10-2000 9'00-15'00 B) Cursos subvencionados por el I.N.A.P. dentro del Plan Unitario:

Nombre del Curso N' de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Introducción a la Informática

(25 h.) 1 295.000 pts. 6/10-11-2000 9'00-14'00

- Microsofl Word (30 h.) 1 335.000 pts. 20/24-11-2000 9'00-15'00 - Internet. Correo Electrónico

(25 h.) 1 295.000 pts. 11/15-12-2000 9'00-14'00

C) Cursos subvencionados por el I.N.A.P. dentro del Plan Agrupado:

Nombre del Curso N° de Edic. Presupuesto Fecha celebración Horario - Prevención de Riesgos

Laborales ( 25 h.) 1 295.000 pts. 2/6-10-2000 9'00-14'00 CUARTO.- Decidir que la cantidad de 6.660.620 ptas., necesarias para hacer frente a los gastos de los cursos que integran el Plan de Formación que se trata, se hagan efectivas con cargo al suplemento de crédito incluido en expediente de modificación de créditos que se considerará en esta sesión, y ello para el caso de aprobación de dicho expediente y una firme el mismo.

QUINTO.- Decidir que se le dé la máxima publicidad a los cursos, remitiendo información de los mismos a todos los trabajadores de la Diputación, de forma personalizada, y a los Ayuntamientos adheridos al Plan Agrupado.

SEXTO.- Nombrar Coordinador del Plan de Formación 2000, al funcionario de carrera de la Diputación Provincial, D. Juan Pedro Fernández Carrión, Adjunto de Organización y Formación del Servicio de Recursos Humanos".

6.- "PROPUESTAS RELATIVAS A MODIFICACIONES EN LA PLANTILLA Y EN LA RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIAL Y LABORAL.- Se da cuenta de las indicadas propuestas, formuladas

y suscritas por el Diputado-Presidente de la Comisión Permanente Infornutiva y de Seguimiento y Control de Presidencia, Personal y Régimen Interior, así como de los documentos y actuaciones evacuadas en relación con las mismas: dictámenes de reuniones de negociación -en su caso- con los representantes sindicales, informes del Servicio de Recursos Humanos, dictámenes de dicha Comisión, e informes -en alguno de los casos- de la Intervención de Fondos Provinciales.

A continuación interviene el Diputado-Presidente de la indicada Comisión Informativa, D. Juan José Caravaca Lario, proponiendo se deje sobre la mesa la modificación que afecta al puesto de trabajo "Jefe Negociado de Registro", con el fin de resolverlo en próxima sesión, e incorporar así otras actuaciones al expediente.

A la vista de ello, la Corporación, tras deliberación, en la que por el Diputado del Grupo Popular D. Juan Modesto Cebrián Santiago se indica que tales modificaciones deben hacerse con ocasión de la aprobación del Presupuesto y no de esta manera, a salto de mata, contestándole el Diputado Sr. Caravaca Lario, en el sentido de que existen servicios con necesidades de personal que es preciso atender, y cuya resolución no puede esperar a la aprobación del próximo Prespuesto, señalando además que tales necesidades están motivadas, entre otras causas, por la reducción de la jornada de trabajo a 35 horas semanales, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Decidir y aprobar la introducción de modificaciones en la plantilla de puestos de personal laboral de esta Diputación, en los términos siguientes:

- Crear en la plantilla del personal laboral las siguientes plazas:

04.- PERSONAL ESPECIALISTA Y OFICIOS

Ayudante de Cocina 1

01.- PERSONAL TECNICO, OFICIOS Y ENSEÑANZAS

Educador Instructor 1

SEGUNDO.- Decidir y aprobar la introducción de modificaciones en las Relaciones de Puestos de Trabajo del Personal Funcionarial y laboral de esta Diputación, en los términos siguientes:

a).- La creación en la R.P.I . del personal funcionarial de un puesto de trabajo código F-39-280-0030, denominado "A.T.S. (U.R.R.)", grupo de titulación B, forma de provisión concurso, con nivel de complemento de destino 22y con los siguientes conceptos en el complemento especifico: 200.22, 207.9, 208.1, 211.9, 212.9 y 218.6.

Las funciones asignadas al puesto de trabajo serán:

- Formar parte del equipo terapéutico en los tres niveles asistenciales: preventivo, curativo y rehabi 1 itador.

- Participar desde su rol especifico en el desarrollo de actividades tanto intrahospitalarias, como ex trahospi talari as.

- Proporcionar atención integral a los pacientes dentro de las pautas que el equipo elabore.

- Distribuir las funciones del personal no técnico dentro de su Servicio, velando por el cumplimiento de las mismas.

- Aplicación de las órdenes médicas.

b).- La creación en la R.P.T. del personal laboral de un puesto de trabajo código L- 39-591-0010, denominado "Ayudante de Cocina (U.R.R.)", grupo de titulación 5, forma de provisión concurso, complemento de convenio 5, complemento de destino 1 y con los siguientes pluses: 207.9, 208.1, 211.9 y 218.6.

Las funciones asignadas al puesto de trabajo serán:

- Bajo la dirección del Cocinero responsable, elabora cuantos platos figuren en el menú del día, responsabilizándose de ello en ausencia de aquél.

- Responsabilidad de la adecuada dotación de la cocina, tanto en cuanto a máquinas y medios de elaboración como a los productos necesarios para la confección de los menús.

- Vigilar el buen estado de los alimentos, fecha de caducidad de los mismos y que éstos sean de primera calidad.

- Realizar los pedidos diarios o periódicos de alimentos frescos: carnes, pescados, verduras, lácteos, etc. ...

- Controlar los albaranes de suministros, cuidando de comprobar que responden a lo realmente servido: cantidad, precio, etc. ...

c).- La creación en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Laboral de un puesto de trabajo código L-43-270-0902, denominado "Educador-Instructor G. Ríos", grupo de titulación 3, forma de provisión concurso, complemento de convenio 3, complemento de destino 1, y con los siguientes pluses: 207:5; 211:9; 218:6 y 301:9. Las funciones asignadas al puesto de trabajo serán:

- Cumplir y hacer cumplir el Reglamento de Régimen Interior de la Residencia.

- Vigilar el cumplimiento de horarios y normas establecidas para la Residencia, horas de estudio, comedores, cuidado de las distintas dependencias, etc...

- Informar al responsable de la Residencia de las incidencias que se produzcan en la misma.

- Coordinar el trabajo de los Educadores de los distintos turnos en los aspectos que se consideren oportunos.

- Proponer y desarrollar programas de ocio y tiempo libre, facilitando la integración

N.°

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O

de los residentes en el grupo y fomentar su participación en las actividades.

- Establecer relaciones con los familiares de los residentes.

- Participar en los Órganos Colegiados establecidos en el Reglamento de Régimen Interior de la Residencia.

- Aquellas otras que les fueran encomendadas para el buen funcionamiento de la Residencia.

d).- La inclusión en el complemento específico del puesto de trabajo de la R.P.T.

del personal funcionarial, código F-51-202-0100 denominado "Jefe Sección Mantenimiento e Instalaciones", desempeñado provisionalmente por el funcionario de carrera D. José Angel Lucas Baidez, del concepto retributivo 212 "Especial Dificultad Técnica", en su grado máximo.

e).- La inclusión del concepto 208.1 "Peligrosidad y Penosidad" al complemento específico y pluses de los puestos de trabajo códigos F-51-382-0020, F-52-382-0050, L-52- 382-0020 y L-51-382-0010 denominados "Delineante Arquitectura", "Delineante Carreteras", "Delineante Arquitectura" y "Delineante Carreteras", respectivamente, y ello con efectos retroactivos desde el día 3 de Mayo de 1994.

TERCERO.- Decidir que tales modificaciones se sometan a los trámites y actuaciones pertinentes.

CUARTO.- Decidir, igualmente, que las cantidades que procede abonar se hagan efectivas con cargo a las partidas que, en su caso, se indican por la Intervención de Fondos, y se evacuen, también en su caso, las actuaciones indicadas por la misma.

QUINTO.- Dejar sobre la mesa, pendiente de resolución, para consideración en próxima sesión de este Pleno, la modificación que afecta al puesto de trabajo "Jefe de Negociado de Registro", y ello con el fin de que se unan a este expediente las actuaciones relativas a la aplicación definitiva del concepto retributivo correspondiente."

En la consideración del siguiente punto del orden del día, se reincorpora a la sesión la Diputada Provincial Dña. Rosa Pérez Zafrilla, del Grupo Popular.

7,"

SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, ESTIMATORIA PARCIAL DE RECURSO INTERPUESTO POR D. ANTONIO

NAVARRO ESCUDERO, SECRETARIO GENERAL DE LA FEDERACIÓN SINDICAL REGIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA DEL SINDICATO C.C.0.0, EN MATERIA DE GRATIFICACIONES. Se da cuenta de la sentencia, ya

firme, número 87, de fecha 9 de febrero de 1.999, de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección 2, recaída en autos 1769/96, instruidos con motivo de recurso interpuesto por D. Antonio Navarro Escudero, Secretario General de la Federación Sindical Regional de Administración Pública del Sindicato C.C.0.0. en Castilla-La Mancha, contra el acuerdo plenario de esta Corporación, en sesión celebrada el día 9 de julio de 1996, por el que se decidió aprobar las "Normas para la autorización, disposición y reconocimiento de gastos de personal, por el concepto de gratificaciones", sentencia cuyo fallo tiene el siguiente tenor:

"FALLAMOS: Estimamos parcialmente el recurso, anulando por contrario a Derecho el acto recurrido. Sin hacer expresa imposición de las costas procesales".

Se da cuenta, igualmente, del informe emitido por el Servicio Unidad Jurídica de Personal y por el Secretario de la Comisión Permanente Informativa y de Seguimiento y Control de Presidencia, Personal y Régimen Interior, asi como del dictamen de tal Comisión, en orden al cumplimiento y ejecución de dicha sentencia.

A la vista de todo ello, la Corporación, tras deliberación -que se realiza conjuntamente con los seis puntos siguientes-, en la que por el Diputado-Portavoz del Grupo de Izquierda Unida, D. Santiago Vázquez Blazquez, se solicita se atiendan las peticiones de los trabajadores y se eviten así pleitos innecesarios, pues los mismos cuestan dinero a esta Administración, solicitud que, según indica el Ilmo. Sr. Presidente, D.

Francisco Segovia Solana, será atendida, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

Primero.- Quedar enterada de la referida sentencia.

Segundo.- Decidir la ejecución de tal sentencia, y, en consecuencia, dar por anulado, o declarado como no ajustado a Derecho, el acuerdo del Pleno de esta Corporación de fecha 9 de julio de 1996, antes referido".

8.-" SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, ESTIMATORIA DE RECURSO INTERPUESTO POR D. ANTONIO NAVARRO ESCUDERO, SECRETARIO GENERAL DE LA FEDERACIÓN SINDICAL REGIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA DEL SINDICATO C.C.0.0, EN MATERIA DE GRATIFICACIONES. Se da cuenta de la sentencia, ya firme, número 977, de fecha 8 de noviembre de 1.999, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección 2, recaída en autos 892- 02/97, instruidos con motivo de recurso interpuesto por D. Antonio Navarro Escudero, Secretario General de la Federación Sindical Regional de Administración Pública del Sindicato C.C.0.0. en Castilla-La Mancha, contra los Decretos Presidenciales números 266, 267 y 420 de 1997, mediante los cuales se concedían determinadas gratificaciones a personal de la Diputación de Albacete, sentencia cuyo fallo tiene el siguiente tenor:

"FALLAMOS: Estimamos íntegramente el presente recurso, anulando por contrario

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a Derecho el acto administrativo impugnado en los extremos controvertidos. Sin hacer expresa imposición de las costas procesales".

Se da cuenta, igualmente, del informe emitido por el Servicio Unidad Jurídica de Personal y por el Secretario de la Comisión Permanente Informativa y de Seguimiento y Control de Presidencia, Personal y Régimen Interior, así como del dictamen de tal Comisión, en orden al cumplimiento y ejecución de dicha sentencia.

A la vista de todo ello, la Corporación, tras la deliberación contenida en el punto 7 de esta sesión y que se refiere a todas las sentencias a ejecutar que se someten a la consideración, en este apartado de Personal y Régimen Interior, de esta sesión plenaria, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

Primero.- Quedar enterada de la referida sentencia.

Segundo.- Decidir la ejecución de tal sentencia, y, en consecuencia, dar por anulado, o declarado como no ajustado a Derecho, por considerarlo también procedente en el presente caso, el acuerdo del Pleno de esta Corporación de fecha 9 de julio de 1996, como se expreso en el fallo de la sentencia n° 87, de fecha 9 de febrero de 1.999 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Tercero.- Realizar las actuaciones necesarias tendentes al total cumplimiento del fallo de la sentencia".

9.-" SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, ESTIMATORIA PARCIAL DE RECURSO INTERPUESTO POR LA FUNCIONARIA DE CARRERA DE ESTA DIPUTACION, DÑA. CARMEN GIL PERTUSA, EN MATERIA DE CONSOLIDACION DE GRADO PERSONAL. Se da cuenta de la sentencia, ya firme, número 871, de fecha 9 de octubre de 1.999, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección 2, recaída en autos 745/97, instruidos con motivo de recurso interpuesto por Da Carmen Gil Pertusa, contra el acuerdo plenario de esta Corporación en sesión celebrada el día 5 de febrero de 1997, por el que se reconocía a la actora el grado personal consolidado 24 a efectos de complemento de destino, Sentencia cuyo fallo tiene el siguiente tenor:

"FALLAMOS: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Da Carmen Gil Pertusa, contra el acuerdo del Pleno de la Diputación

Provincial de Albacete, de 5 de febrero de 1997, anulamos el mismo reconociendo a D°

Carmen Gil Pertusa como grado funcionaria] consolidado el correspondiente al nivel 27 desde el 17 de diciembre de 1997, sin hacer expresa imposición de costas."

Sc da cuenta, igualmente, del informe emitido por el Servicio Unidad Jurídica de Personal y por el Secretario de la Comisión Permanente Informativa y de Seguimiento y Control de Presidencia, Personal y Régimen Interior, así como del dictamen de tal Comisión, en orden al cumplimiento y ejecución de dicha sentencia.

A la vista de todo ello, la Corporación, tras la deliberación contenida en el punto 7 de esta sesión y que se refiere a todas las sentencias a ejecutar que se someten a la consideración, en este apartado de Personal y Régimen Interior, de esta sesión plenaria, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

Primero.- Quedar enterada de la referida sentencia.

Segundo.- Decidir la ejecución de tal sentencia, y, en consecuencia, dar por anulado, o declarado corno no ajustado a Derecho, el acuerdo del Pleno de esta Corporación de fecha 5 de febrero de 1997, antes referido.

Tercero.- Reconocer el derecho de D' Carmen Gil Pertusa a tener como grado funcionarial consolidado el correspondiente al nivel 27 de complemento de destino, con efectos del día 17 de diciembre de 1997".

10-" SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, ESTIMATORIA PARCIAL DE RECURSO INTERPUESTO POR DIVERSOS FUNCIONARIOS DE CARRERA EN MATERIA DE CONSOLIDACION DE GRADO. Se da cuenta de la sentencia, ya firme, número 924, de fecha 27 de octubre de 1.999, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección 2', recaída en autos 791, 792 y 793/97 (Acumulados), instruidos con motivo de recurso interpuesto por D a °limpia Cuenca Abellan, D. Joaquín Mondéjar Navarro, Dña. Carmen Carrilero Martínez, Dña. M a Dolores Ortells Pastor, D.

Antonio García García, D. Juan Ballesteros Landete, D. Cesar Garrido Lorenzo, D. NI' Luisa Villora Cantero y D. Ramon López Roca, contra el acuerdo plenario de esta Corporación en sesión celebrada el día 5 de febrero de 1997, por el que se reconocía a los actores determinados grados personales consolidados a efectos de complemento de destino, Sentencia cuyo fallo tiene el siguiente tenor:

"FALLAMOS: Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Ramón López Roca contra el acuerdo citado en el encabezamiento de la presente y reconocemos al mismo el grado personal consolidado nivel 24. Desestimamos los recursos interpuestos frente al citado Acuerdo por los demás funcionarios que se citan en el encabezamiento. Sin hacer expresa imposición de las costas procesales".

Se da cuenta, igualmente, del informe emitido por el Servicio Unidad Jurídica de Personal y por el Secretario de la Comisión Permanente Informativa y de Seguimiento y Control de Presidencia, Personal y Régimen Interior, así como del dictamen de tal

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Comisión, en orden al cumplimiento y ejecución de dicha sentencia.

A la vista de todo ello, la Corporación, tras la deliberación contenida en el punto 7 de esta sesión y que se refiere a todas las sentencias a ejecutar que se someten a la consideración, en este apartado de Personal y Régimen Interior, de esta sesión plenaria, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

Primero.- Quedar enterada de la referida sentencia.

Segundo.- Decidir la ejecución de tal sentencia, y, en consecuencia, dar por anulado, o declarado como no ajustado a Derecho, el acuerdo del Pleno de esta Corporación de fecha 5 de febrero de 1997, antes referido, en lo que se refiere al nivel de complemento de destino reconocido a D. Ramón López Roca, declarando ajustada a derecho la actuación de esta Administración en los restantes extremos.

Tercero.- Reconocer el derecho de D. Ramón López Roca a tener como grado funcionarial consolidado el correspondiente al nivel 24 de complemento de destino".

11-" SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, ESTIMATORIA DE RECURSO INTERPUESTO POR LA FUNCIONARIA DE CARRERA DÑA. MARIA VICTORIA CAMBRONERO JULIÁN, EN MATERIA DE CONSOLIDACION DE GRADO. Se da cuenta de la sentencia, ya firme, número 940, de fecha 3 de noviembre de 1.999, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección 2', recaída en autos 807/97, instruidos con motivo de recurso interpuesto por IT M a Victoria Cambronero Julián, contra el acuerdo plenario de esta Corporación en sesión celebrada el día 5 de febrero de 1997, por el que se reconocía a la actora el grado personal consolidado 24 a efectos de complemento de destino, sentencia cuyo fallo tiene el siguiente tenor:

"FALLAMOS: Que, estimando el presente Recurso Contencioso-Administrativo, debemos anular y anulamos el acto que se identifica en el Antecedente de Hecho primero de la presente resolución y debemos reconocer y reconocemos a DU Victoria Cambronero Julián, como grado funcionarial consolidado, el correspondiente al nivel 26, sin condena en costas".

Se da cuenta, igualmente, del informe emitido por el Servicio Unidad Jurídica de Personal y por el Secretario de la Comisión Permanente Informativa y de Seguimiento y

Control de Presidencia, Personal y Regimen Interior, así como del dictamen de tal Comisión, en orden al cumplimiento y ejecución de dicha sentencia.

A la vista de todo ello, la Corporación, tras la deliberación contenida en el punto 7 de esta sesión y que se refiere a todas las sentencias a ejecutar que se someten a la consideración, en este apartado de Personal y Régimen Interior, de esta sesión plenaria, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda:

Primero.- Quedar enterada de la referida sentencia.

Segundo.- Decidir la ejecución de tal sentencia, y, en consecuencia, dar por anulado, o declarado como no ajustado a Derecho, el acuerdo del Pleno de esta Corporación de fecha 5 de febrero de 1997, antes referido, en lo que se refiere al nivel de complemento de destino reconocido a Da Ma Victoria Cambronero Julián.

Tercero.- Reconocer el derecho de D a Ma Victoria Cambronero Julián, a tener como grado funcionarial consolidado el correspondiente al nivel 26 de complemento de destino".

12- "SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA, ESTIMATORIA PARCIAL DE RECURSO INTERPUESTO POR EL FUNCIONARIO D. MANUEL GARCIA GONZALEZ EN MATERIA DE COMPLEMENTO ESPECIFICO. Se da cuenta de la sentencia, ya firme, número 1005, de fecha 13 de noviembre de 1.999, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sección 2, recaída en autos 1012/97, instruidos con motivo de recurso interpuesto por D. Manuel García González, contra el acuerdo plenario de esta Corporación en sesión celebrada el día 18 de abril de 1997, por el que se aprobaba una propuesta del Diputado Presidente de la Comisión Informativa de Presidencia, Personal y Régimen Interior, sobre modificaciones en las plantillas, y en las relaciones de puestos de trabajo, en tanto que al interesado se le modificaban las retribuciones y la denominación de su puesto de trabajo. Sentencia cuyo fallo tiene el siguiente tenor:

"FALLAMOS: Que, estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Manuel García González contra el acuerdo plenario de la Diputación Provincial de Albacete de 18 de Abril de 1997 en lo referente a la suspensión del concepto

"desplazamientos 202" del complemento específico del puesto 4080, reconociendo el derecho del actor a la percepción de las retribuciones complementarias que venía percibiendo por ese concepto hasta la fecha del acuerdo recurrido, sin hacer expresa imposición de costas."

Se da cuenta, igualmente, del informe emitido por el Servicio Unidad Jurídica de Personal y por el Secretario de la Comisión Permanente Informativa y de Seguimiento y Control de Presidencia, Personal y Régimen Interior, así como del dictamen de tal Comisión, en orden al cumplimiento y ejecución de dicha sentencia.

A la vista de todo ello, la Corporación, tras la deliberación contenida en el punto