• No se han encontrado resultados

5.1 Violencia familiar. - Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), indica que la violencia familiar es toda conducta realizada por algún sujeto integrante de la familia, en cualquier área física, perjudicando el cuerpo, la vida y la salud de la víctima (BARDALES & HUALLPA, 2009, pág. 10). Entonces en modo de conclusión podemos indicar que la violencia familiar es aquel acto mediante el cual, se daña física, psicologica y mentalmente a los integrantes del entorno familiar, ocasionado por un individuo pertenciente al mismo entorno.

5.2 Victima. - La Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de Poder de la Naciones Unidas indica que el significado de “Victima” es aquel individuo o colectivo que sufrió daños, físico, psicológicos, económica, en sus derechos, a raíz de diferentes conductas que violentaron la legislación nacional en los países integrantes de la organización.

5.3 Familia. - Según Inés Alberdi, indica que la familia es conformada por un grupo de sujetos unidas por matrimonio o alguna otra figura civil, la cuales se encuentran en un solo hogar, compartiendo sus recursos financieros, compartiendo vida en común.

(BENITEZ PEREZ, 2017, pág. 60). Entonces podemos indicar que la familia en la actualidad en un conjunto de personas unidas por consanguinidad o afinidad.

123 5.4 Agresor. - El Agresor es aquel sujeto que, por diferentes razones tanto culturales o psicológicos, atentan contra la vida, el cuerpo y la salud de una tercera persona, causándole consecuencias graves daños psicológicos y físicos.

5.5 Tutela Jurisdiccional efectiva. - La tutela jurisdiccional efectiva es aquel derecho que todo sujeto que integra la sociedad, puede acceder a los servicios judiciales que tiene el Estado para defender sus derechos o intereses que cree que han sido violentados, los cuales tienen que cumplir con garantías necesaria para su realización, es decir, es el derecho de toda persona de buscar justicia. (MARTELL CHANG, pág.

17)

5.6 Ciclo de violencia. - Es un proceso que se divide en etapas en la cuales la violencia va escalando, aumentando las tenciones en las relaciones, a medida que van avanzando las etapas puede surgir la violencia física, por lo que es necesario cortar este ciclo para proteger a la víctima de la violencia familiar.

5.7 Feminicidio. - El Código Penal del Perú en su artículo 108-B, estableció que el feminicidio es cuando se mata a una mujer por su condición de tal, siempre y cuando se cumplan las siguientes situaciones: Violencia familiar, coacción o acoso sexual, abuso de poder o cualquier forma de discriminación.

5.8 Centro de Emergencia Mujer. - El Centro Emergencia Mujer es una institución que es parte de la política de lucha contra la violencia familiar, la cual ofrece a la población en general atención especializada y gratuita en caso se presentan situaciones de violencia familiar, orientándolos, auxiliándolos psicológicamente y legalmente.

5.9 Medidas de protección. - Son medidas dadas por una autoridad judicial en el cual se establecerán condiciones que las partes involucradas tendrán que cumplir para

124 proteger la vida de la víctima de violencia, siendo necesario el seguimiento y ejecución de las mismas por parte de la Policía Nacional del Perú.

5.10 Ficha de valoración de Riesgo. - Es una ficha aplicada y desarrollada por la Policía Nacional, Poder Judicial o Ministerio Público, de la situación de la víctima de violencia en el cual se determinará los riegos a la cual está expuesta.

5.11 Abandono de Hogar. - El abandono de hogar ocurre cuando uno de los conyugues se aleja del hogar, sin justificación alguna durante un periodo de tiempo prolongado, afectando la vida conyugal, además incumpliendo de los gastos en el hogar.

5.12 Daño psíquico. - Es la alteración de las capacidades mentales del individuo, a causa de diferentes actos de violencia, lo cual puede causar daño temporal o permanente, lo que en muchas ocasiones son irreversibles, los cuales puede expresarse por diversos síntomas como depresión, bloqueos, entre otros.

5.13 Enfoque de Derechos Humanos. - Este enfoque lo que busca es respetar los Derechos Humanos de las personas, es decir, busca fortalecer y restablecer mediante diferentes medidas los derechos de las mujeres e integrantes del grupo familiar que han sido violentados por actos de violencia.

5.14 Enfoque de Género. - El Enfoque de género lo que busca es que se reconozca la relación desigual que existe entre los hombres y las mujeres, siendo esto una de las causas por la cual se produce la violencia. Este enfoque busca establecer mecanismos de ayuda orientadas a lograr igualdad de oportunidades entre la mujer y el hombre.

5.15 Enfoque de Interseccionalidad. - Este enfoque tiene como objetivo que se reconozca que el tema de violencia familiar, existen múltiples causas las cuales se encuentran distribuidas en diferentes ámbitos como el familiar y comunitario, por ello

125 es necesario intervenir en cada uno de estos ámbitos y mediante diferentes disciplinas para lograr buenos resultados.

5.16 Flagrante Delito. - La flagrancia es un modo de llamar a un delito que está ocurriendo u ocurrió momentos antes, actualmente en nuestra legislación existen mecanismos especiales para tratar este tipo de hechos.

5.17 Indicio. - En criminalística, un indicio es todo elemento o señal que es utilizado para la realización de un delito, por lo que puede ser cualquier material que puede ser percibido por los sentidos. (GARCIA GONGORA)

5.18 Juzgado de Familia. - Es el órgano jurisdiccional que se encarga de impartir justicia en casos relacionados a la familia. En el caso de hechos relacionados con violencia familiar, será el órgano encargado de dictar medidas de protección, previa evaluación de los hechos acontecidos.

5.19 Revictimización. - La revictimización se refiere cuando ocurren un conjunto de hechos que ocasionan que un individuo sea dos veces o más víctima de violencia.

5.20 Hogar de refugio Temporal. - Son sitios temporales destinados a dar una protección integral a las mujeres víctimas de actos de violencia, en especial aquellas que su vida se encuentre en peligro (Riesgo de feminicida o donde peligra su integridad física y mental), este servicio también se extiende para los hijos(a) de la víctima.

5.21 Violencia contra los integrantes del grupo familiar. - La violencia contra los integrantes del grupo familiar puede llevar a la muerte o daño tanto físico como mental y esto debe ocurrir en una situación de responsabilidad, confianza o poder por parte del algún integrante de la familia.

5.22 Resocialización. - Es un procedimiento que lleva una persona con conductas erróneas y desadaptadas, para adquirir conductas que sea socialmente aceptadas.

126 CAPITULO III:

HIPOTESIS Y VARIABLES