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7.— "EXPEDIENTE DE PRUEBAS SELECTIVAS RESTRINGIDAS PARA INTEGRA- CION EN PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE CENTROS HOSPITALA

In document excma. diputacion provincial de albacete (página 105-108)

RIOS: DETERMINACION DE TRIBUNAL CALIFICADOR Y DE FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACION.- Vistas las actuaciones del expedien te relativo a las pruebas selectivas restringidas convocadas al amparo de lo establecido en el Real Decreto 263/1979 de

U

de febrero, para la

integración

en plantilla de personal la- boral de Centros Hospitalarios, la Comisión por unanimidad - y en votación ordinaria acuerda:

12.-

Que

la composición del Tribunal será la que a

continuación se expresa,

debiendo procederse a publicar tal- composición en el Boletin Oficial de la Provincia y Tablón -

de Anuncios provinciales:

Composición del Tribunal -

rresidente: D. Juan Francisco Fernandez Jimenez, Presidente de la Excma. Diputación Provincial, como titular, y D.

Romero

Garcia, Vicepresidente

de la misma, como suple Vocales:

De

Concepción Saez Donat, como titular,

y

D.

zigti,77y4iablón

Aet

Pedro nbe.

Sebas-

tian Madrigal Navalón, como suplente, en representación del- Profesorado Oficial del Estado.

D. Virginio Sanchez Barber5n, Diputado Presidente- de la Comisión de Sanidad.

Secretario:D. Juan Conde lila, Secretario General de la Dipu tación, como titular, y D. Emilio Asperilla Grande, Oficial- Mayor de la misma, como suplente.

2 2 .- Que la fecha, hora y lugar en que han de co- menzar dichas guebas, será el 30 de noviembre, a las once de la mañana, en el Salón de Juntas y Reuniones del Palacio Pro vincialn.

e) • - "EXPEDIENTE DE PRUEBAS SELECTIVAS RESTRINGIDAS PARA INTEGRA- CION EN PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE CENTROS ASISTENCIA- LES: DETERMINACION DE TRIBUNAL CALIFICADOR Y DE FECHA, HORA-

LUGAR DE CELEBRACION.- Vistas las actuaciones del expedien te relativo a las pruebas selectivas restringidas convocadas al amparo de lo eFtablecido en el Real Decreto 263/1979 de U de febrero, para la integración en plantilla de personal lah) ral de Centros Asistenciales, la Comisión, habida cuenta de que ni por el Gobierno Civil, ni por la Delegación Provincia de Educación se han facilitado los nombres de los vocales -- que. en representación de la Dirección General de Administra ción Local y del Profesorado Oficial del Estado, han de for- mar parte del Tribunal calificador, acuerda dejar sobre la DC

sa la composición de dicho Tribunal y que se solicite, de di chos organismos, la designación de los vocales correspondien test'.

9.- "INSTANCIA DE LA TERAPEUTA OCUPACIONAL EN PROPIEDAD, W3 CAME LIA TORRES GOMEZ, EN SOLICITUD DE CONCESION DE LICENCIA DE - UN MES POR ASUNTOS PROPIOS.- Vista dicha instancia por la

la citada funcionaria solicita un mes de licencia por asun-- tos propios, con efectos desde el dia

9

de los corrientes, - visto el informe de los Servicios Jurídicos, en el que se ha ce constar que

D

Camelia Torres Gomez ingresó en la planti-

ha

provincial por oposición, en el aiI)

1977,

por lo que ha trascurrido mas de un año desde su ingreso en propiedad, y'qua la licencia que solicita excede de quince dias, por lo que - su concesión habrá de ser sin sueldo ni abono a ningún efec- to, así como que la ausencia de la citada funcionaria -según

se desprende de la conformidad del Director del Centro- no - ha de producir detrimento al servicio, por lo que la peticio nana reune los requisitos establecido r en el art. 48 del -- Reglamento de Funcionarios Locales; la Comisión, por unanimi

dad y en votación ordinaria acuerda:

Acceder a lo solicitado, concediendo a la Terapeü- ta Ocupacional D P- Camelia Torres Gomez un mes de licencia pa

na asuntos propios (que se inicia el 9 de noviembre y finali za el

9

de diciembre del año en curso), sin derecho al perci

Ae, /"

\

7.-

L' f».''

0 , 4 -.4.,

OS.

CINCO PESETAS

F r,

"PROPUESTA DE JUBILACION FORZOSA POR EDAD DEL ORDENANZA EN PROPIEDAD DON DANIEL VALVERDE JIMENEZ.- Vista la instancia presentada por el

citado Ordenanza,

en solicitud de que se

le conceda la jubilación forzosa con efectos de 3 de

enero

de 1980,

fecha en que el mismo cumplirá la edad de 70 afío y visto lo establecido en los arts.

45, 47,1 y 50

de los -

Estatutos de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Ad-

ministración Local, aprobados por

Orden de

9

de diciembre-

de 1975, la Comisión por unanimidad y en votación ordina-- ria acuerda:

12.- Declarar

en situación de jubilación forzosa, al Ordenanza de Plantilla

D. Daniel Valverde Jimenez, con- efectos desde el

3

de enero de

1980, fecha en que cumplirá

la edad de 70 allos.

22.- Decidir que se eleve el oportuno expediente

a la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración

Local, para que

por esta Entidad se determine la cuantía -

de las

prestaciones pasivas que

debe percibir el citado -- funcionario."

11.- "COMUNICACIONES DEL HOSPITAL PROVINCIAL DE SAN JULIAN SO-- BRE RENOVACION DE CONTRATO, O NUEVA CONTRATACION, DE MATRO NAS PARA DESEMPEO DE PLAZAS DE PLANTILLA CUYAS TITULARES-

SE

ENCUENTRAN EN BAJA POR ENFERMEDAD.- Vistas dichas comu- nicaciones, de fechas

16 y 17 de

octubre del año en curso, por los que

se

pone en conocimiento de la

Corporación Pro-

vincial que permanece de baja por enfermedad la Matrona de

plantilla D11

Gregoria Alfaro Gonzalez, a la que hay que -- añadir la de DP- Carmen Saez Donat y DI Adela Sanchez Pedro sa l quedando el servicio de Ginecología y Obstetricia prác ticamente desasistido, pues solo

continua prestando funcio

nes

D

Ana Nuñez Miranda, por lo que se propone la prórj;

ga del contrato administrativo por tres meses de D.1 Amalia Cebrian

Rojas y la contratación

administrativa de DI Paria -Flores sanchez; y visto el informe de Intervención de Fon dos poniendo de manifiesto la

existencia de crédito sufi::

ciente en la partida 10I, del

vigente

presupuesto, la Co--

misión,

tras amplia deliberación sobre el

particular, - --

acuerda que, previo informe de la Comisión de Sanidad, se someta con carácter urgente el presente asunto al Pleno -- Corporativo en la primera sesión que celebre".

12.- PROPUESTA DE APLICACION AL PERSONAL LABORAL DEL INCREMENTO PREVISTO EN EL REAL DECRETO 1955/1979 DE 3 DE AGOSTO, SOBRE REVISION DE CRITERIOS SALARIALES DEL REAL DECRETO-LEY 49 /

1978

DE 26 DE DICIEMBRE.- Visto el citado Real Decreto

1955 1979 en cuyo articulo 2,1

se establece que las empresas -- privadas y sociedades estatales podrán revisar el alza en- un 1 1 7 por 100 el importe de su masa salarial bruta (en -- condiciones de homogeneidad y excluida la Seguridad Social a cargo de la empresa), convenida

para los seis

Altimos me

ses

de 1979,

la Comisión por unanimidad y en

votación ordi nana acuerda:

Aplicar el

incremento establecido por dicho pre-

cepto legal, a todas las masas salariales del personal per

teneciente al Cuadro de Puestos de

Trabajo Provincial, ads

crito a esta Diputación, salvo el de aquellos ramos

labora les en que dicho

aumento ya estuviera previsto en Conve- - nios Colectivos, Laudos de Obligado cumplimiento o en - -- acuerdos adoptados por esta Corporación.”

13.- PROPUESTA DE

APLICACION DEL NUEVO SALARIO MINIMO INTERPRO-

FESIONAL

ESTABLECIDO POR REAL DECRETO 2343/1979 DE 5 DE OC

TUBRE.- Visto el citado Real Decreto

2343/1979, por el que se establecen los salarios

mínimos para cualquier activid4

a partir del 12 de

octubre del año en curso, fijándose los

mismd3en 20.760 ptas mensuales para los trabajadores mayo-

res de 18 años, entendiéndose dichos salarios referidos a-

la jornada legal de trabajo en cada actividad, la Comisión por unanimidad y en votación ordinaria acuerda:

Aplicar con efectos

de 12

de octubre del alio en- curso, el citado salario mínimo interprofesional de 20.760

ptas mensuales,

en los casos

en

que

el

salario base

que

se

viene percibiendo no llegue a dicha cuantía, debiendo ab--

sorberse

el

incremento

experimentado por

el mismo,

Ce los-

pluses o

complementos salariales que

dicho personal tiene- asignado, de conformidad con lo establecido en el art.

49-

del

citado Real

Decreto

2343/1979u

14.- PROPUESTA DE ACOMODACION DE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL LA-

In document excma. diputacion provincial de albacete (página 105-108)

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