4.1.- La guerra civil y el Señorío de Vifiena.
Ya vimos que el Señorío de Villena, heredado por Blanca Manuel, había quedado bajo la tutoría de Iñigo López de Orozco, mayordomo y consejero del rey Pedro I. Esta señora moriría, aún niña, en 1360, según la crónica "...en este anno morió en Sevilla donna Blanca de Villena, fija de don Ferrando, sennor de Villena, e de donna Juana Despina; e fincó toda su tierra en el rey, que decían la tierra de don Juan e agora es llamada Marquesado".
En estas circunstancias, durante la guerra civil entre Pedro 1 y su herma- no bastardo Enrique Trastámara, cada uno trataría por todos los medios de justi- ficar la vuelta de estas tierras a la Corona. El primero pretendía que quedase bajo el dominio de su hijo Sancho, resistiendo así el señorío en su condición de "apa- nage" 2 o vinculación del mismo a miembros de la casa real. Por su parte, el Trastámara reivindicaría esa tierra para su esposa Juana Manuel, hija de don Juan Manuel y tía por tanto de la última señora de Villena. El tal futuro Enrique II prometió en 1366 este territorio a don Alfonso de Aragón, con el título de Marqués, en agradecimiento a su apoyo en la lucha contra el dicho su hermano.
En las cortes de Burgos del 5-11-1367, se produjo la renuncia de su esposa Juana
'LÓPEZ DE AYALA. Crónica del rey don Pedro. B.A.E., 1953. Pág. 510. Citado por PRETEL MARÍN, A: El cambio dinástico y la crisis de mediados del siglo XIV en el señorío de Villena.
Congreso de Historia del Señorío de Villena. I.E.A. Albacete 1987. Pág. 310.
2 Véase al respecto PASTOR ZAPATA, J. L.: Un ejemplo de "apanage" hispánico: el señorío de Villena (12501445). Rey, del Instituto de Estudios Alicantinos no 31, págs. 15-40.
Manuel a sus posibles derechos, estableciéndose además el compromiso de ma- trimonio entre su hija Leonor y don Jaime, hijo de don Alfonso, que habría de sucederle en el señorío. Se incluían las villas y castillos de Villena, Sax, Yecla, Almansa, Hellín, Tobarra, Librilla, Chinchilla, Alcalá del Río, Jorquera, Ves, Alarcón, Castillo de Garcimuñoz, Belmonte, Montalbo, Zafra, Villar de Saz, Buenache, La Roda, El Provencio, La Puebla de la Almenara, Villanueva, mies- ta, El Congosto, Cifuentes, Salmerón, Valdeolivas, Alcocer, Aceñón, Palazue- los, Escalona, Aldeanueva y Daza, que otorgaban por juro de heredad, con todos sus moradores cristianos, judíos y moros, sus tierras, montes, aguas, salinas, pesqueras, pechos y derechos, tributos, almojarifazgos, portazgos, ferias, tien- das, varas, martiniegas, marzadgas, caloñas, yantares, escribanías, pecho de judíos y moros, fonsadera, servicios, pedidos y monedas, peajes, molinos, hor-
nos, hueste y cabalgada y rendición de ésta, con mero, mixto imperio y señorío alto y bajo. Además, se daba también a don Alfonso y a su heredero "...toda otra tierra o heredamiento, o otros qualesquier bienes e derechos; los quales don lohan, fijo del ynfante don Manuel, e don Ferrando, su fijo, ouieron e touieron en los nuestros rregnos et sennoríos de Castiella". Y se prometía, bajo juramento solemne, que nunca la Corona anularía ni revocaría la donación bajo ningún pretexto'.
Hay que pensar que tanto Pedro 1 como el Trastámara habrían tratado de atraerse para su causa tanto a la tierra de Alarcón como a los distintos lugares del Señorío de Villena. Por ello, el llamado rey Cruel confirmaría a la villa de Iniesta sus privilegios4 . También, el 25-VIII-1352 había ratificado a los de Alarcón el privilegio de Alfonso X el Sabio, por el que hacía libre al concejo de todo pecho, salvo moneda e yantar, debiendo ir en hueste cuando el rey lo solicitase5 . Aunque hay que pensar que la propia villa se aprovechaba de la circunstancia y presentaba sus quejas pertinentes a través de "...Alfonso Martines, nuestro procurador del conçeio de Alarcón, dixo a mis oidores de la my audiençia, que los coiedores de los seruiçios, que les non quieren guardar la dicha carta del dicho rrey don Alfonso; et que prendan e toman a los vezinos e moradores de la dicha villa de Alarcón todo lo que les fallan porque les den e paguen los dichos seruiçios.
Et pidióme merçed que les mandare confirmar e guardar la dicha carta segunt que en ella se contiene. Et otrosí, que ge la mandase tornar en mio priui- leio rrodado. Et por quanto de la carta non paresçía confirmación del rrey don Sancho, mio visauelo, e del rey don Fernando, mio auuelo, e del rrey don Alfon-
PRETEL MARÍN, A.: Chinchilla medieval... op. cit. Págs. 97-98.
GARCÍA MORATALLA , P. J.: Iniesta..., op. cit. Pág. 56.
B.N. Mss.13. 124. FoIs. 77r1-78v°.
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so, mi padre, que Dios perdone, nin de mí, fue fallado por los dichos mis oydo- res que deuía prouar el dicho Alfonso Martines, en nonbre del dicho conçeio, que fuera usada e guardada la dicha carta después acá que fuera dada al dicho conçeio de Alarcón.
Et el dicho Alfonso Martines, en nonbre del dicho conçeio, dixo que lo quería probar. Et sobresto presentó testigos en la mi Corte ante los dichos mios oydores, los quales fueron publicados en faz de Alfonso Yánnez, mio procurador. Por los quales dichos testigos, los dichos mios oydores fallaron que los vezinos de la villa de Alarcón que usaron de la dicha carta, e les fue guardada después acá, que les fuera dada.
Et yo, por esto, e por fazer bien e merçed al dicho conçeio de Alarcón e a los veçinos dende, otorgo e confírmoles la dicha carta" 6.
También, según las Relaciones de Felipe II, habría sido el rey don Pedro quien, estando en Sevilla, probablemente el 8-VII-1361 7 , había segregado a la aldea de Belmonte de la jurisdicción de Alarcón, "...y dexóla en la comunión y aprovechamiento que antes tenía del suelo de Alarcón y, en quanto a las sucesio- nes la hizo a fuero de Sevilla" 8 . No obstante, encontramos que su hermanastro Enrique Trastámara, el 20-11-1367, desde Burgos 9, igualmente hace villa a ese lugar, "...por faser bien e merçet a vos el conçeio de la villa de Belmonte, aldea que fuestes de Alarcón, porque seades más rricos e más honrrados, e valades más e tengades con que lo podades meior servir, otrosí a los reyes que después regnaren en Castilla e en León, tenemos por bien quel dicho lugar de Belmonte sea villa sobre sí de aquí adelante, e que non seades tenudos de obedecer la iusti- çia e iuridiçión e sennorío de Alarcón cuya aldea ella fue. E que la dicha villa de Belmonte que ayades por fuero el Fuero de las Leyes de que usan en la villa del Castillo"`. Observamos, así, cómo quince días después de la renuncia de Juana Manuel en Burgos a favor de don Alfonso de Aragón, éste aparece ya como propietario de Belmonte, tal y como se desprende de la dicha merced que le hace el Trastámara a este concejo, "...et los que se sintieren por agraviados en los pleitos civiles, que se puedan alçar por ante don Alfon, Marqués de Villena,
6BN Mss.13.124. FoIs. 77r°-78v 0.
Tal vez por error de transcripción se señala la era de 1299, que lógicamente no corresponde al reinado de Pedro 1, aunque sí es posible la de 1399, correspondiente al año cristiano de 1361.
8 ZARCO CUEVAS, J., op. cit. Pág. 178.
Este privilegio sería confirmado por el infante don Juan (futuro Juan 1) en Toro el 15-IX- 1371, por Enrique III en Tordesillas el 8-VII-1395 y por Juan II en Alcalá de Henares el 17-VII-1408.
(RAMÍREZ, E.: Privilegio eximiendo la aldea de Belnzonte de la villa de Alarcón. Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos. Madrid, 1929; XXXIII, págs. 356-359).
RAMÍREZ, E., op. cit. Pág. 357.
cuyo es el dicho lugar de Belmonte". Cuando el infante don Juan, futuro Juan 1, confirma este privilegio en Toro (el 15-IX-1371), el propio Marqués de Ville- na se encuentra entre los confirmantes ' 2. No obstante llama la atención, y da la impresión, de que en aquel momento que se concedió la merced, don Alfonso de Aragón reza como mero "gobernador-propietario", sin poder jurisdiccional sobre el lugar, por cuanto en el tal privilegio se expresa: "...et retenemos en nos, e a los reyes que regnaren después de nos, en Castilla e en León en la dicha villa de Belmonte e en sus términos, los pechos e derechos, e pedidos e iustiçia e sermo- río, segunt que fasta aquí lo ovieren don luan e don Ferrando e donna Blanca, cuyo fue el dicho lugar" 3.
Esta nueva villa, pues, tendría su propio regimiento, "...et que cada an- no, en el día de Sant Miguell del mes de Setiembre, que se ayunten en conçeio a canpana repicada, el conçeio e ornes buenos, e alcaldes e alguacil, e los otros vesinos de la villa de Belmonte; e escojan alcaldes e alguacil e los otros ofiçiales que fueren menester para la dicha villa. Et que echen suertes por las alcaldías e alguasiladgo los que mantovieren caballo e armas en la dicha villa e moraren en ella continuamente la mayor parte del anno por sus cuerpos con sus mugeres e fijos que ovieren" 4 . Quedaban, además, los vecinos "..quitos e exentos de la iustiçia e iuridiçión e de los tributos e derechos que solían dar a la dicha villa de Alarcón, segunt que lo es la villa del Castillo, que fue su aldea" 5 . También,
"...tenemos por bien que en la dicha villa de Belmonte, que ayan por sus térmi- nos Monrreal, e el barraio (barrio) del Finoioso de çerca de la Orden`, e La Osa. Et otrosí, porque la dicha villa de Belmonte e sus términos son asentados en el término de la dicha villa de Alarcón, tenemos por bien que, en razón de los pastos e del bever de las aguas e del cortar de los montes e de la caça, que vsen los vnos con los otros en esta razón, segunt que vsavan quando Belmonte era aldea de Alarcón" 7.
El 3-IV-1367, en Nájera, fueron hechos prisioneros varios caballeros trastamaristas, como Pedro González de Mendoza, Alvar García de Albornoz y
"Ibídem. Pág. 357.
12 Ibídem. Pág. 358.
3 Ibídem. Pág. 357.
' Ibídem. Pág. 357.
' Ibídem. Pág. 357.
Se evidencia la existencia de dos barrios en El Hinojoso, uno perteneciente a la Orden de Santia- go y otro que, a partir de ahora, sería término de Belmonte y se llamaría Hinojoso de Belmonte o del Marquesado. Posteriormente, como señalaremos, continuaría esta división.
17RAMÍREZ, E., op. cit. Pág. 357.
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el propio Marqués de Villena que no sería rescatado hasta 1371. Por lo tanto, de momento, no pudo tomar posesión del Marquesado.
Con la muerte de Pedro 1 en Montiel (1369), a manos de su hermano bastardo, el Señorío de Villena pasaría a Juana Manuel para ser entregado a don Alfonso en las condiciones de su renuncia. No obstante, las tierras de la parte norte del señorío fueron ocupadas por capitanes reales, como Pedro González de Mendoza o Alvar García de Albornoz, en espera de que la corona decidiera so- bre su destino final 18 ; mientras que la parte sur correspondiente al partido de Cartagena (Almansa, Villena, Yecla, Sax y Hellín), por la capitulación de Hellín, el 11-1V- 1369, entre Juan Sánchez Manuel, conde de Carrión, y los res- pectivos procuradores, éstos no querían reconocer otro señorío que el de la reina Juana Manuel como heredera legítima de la casa de Villena. Además, estos luga- res exigían una carta del rey para que los portazgueros no les quebrantasen las libertades y franquezas que tenían en razón del portazgo, ya que "...en la Robda e en el Castiello de Garçi Munnoz, e en Alarcón, non guardan las dichas liberta- des e franquezas de los dichos privillejos; antes ge las quebrantan, en que les fazen pagar en los dichos lugares el medio portadgo que pertenece a la Orden de Santiago de las mercadurías e otras cosas que los vecinos de los dichos lugares por ' pasan".
La muerte de don Jaime, primogénito de Alfonso de Aragón que habría de casarse con la hija de los reyes, según el acuerdo de Burgos, sería un elemen- to que podía retraer el compromiso de entrega del Señorío de Villena al arago- nés. Tal vez por ello en 1370 se le llama a esta tierra la que fue de don Johan, fijo el infante don Manuel, y no marquesado. El gobierno del territorio fue en-
comendado a Ferrand López de Orozco y más tarde relevado por Pedro Gonzá- lez de Mendoza, al cual la dicha tierra fue encomendada e las fortalezas della20.
4.2.- Don Alfonso de Aragón, Alarcón y el Marquesado.
Don Alfonso no tomaría posesión efectiva del Marquesado hasta 1371, tras el pago del rescate por su liberación. Para llevar a cabo su redención, y con el debido permiso real, hubo de vender las tierras que también recibiera del In-
18 PRETEL MARÍN, A. y RODRÍGUEZ LLOPIS, M.: El Señorío de Villena en el siglo XIV..., op. cit. 151-152.
'9 SOLER GARCÍA, J. M.: La Relación de Villena de 1575. Instituto de Estudios Alicantinos, Alicante 1974. Págs. 243-244.
20PRETEL MARÍN, A. y RODRÍGUEZ LLOPIS, M, op. cit. Pág. 152.
fantado (Alcocer, Salmerón y Valdeolivas) 2' que fueron compradas por micer Gómez de Albornoz.
Ya el 13-IX-1372, desde el Castillo de Garcimuñoz confirmaba a La Ro- da sus privilegios; "...don Alfonso, fixo del muy alto e muy noble Infante D.
Pedro de Aragón, Marqués de Villena, e Conde de Ribagorza e de Denia, por facer bien e merced a vos, el concejo e ornes buenos, vecinos e moradores de la mi villa de La Robda y de su término, confírmovos todos los fueros e privile- gios, e cartas e mercedes, y libertades y franquezas, y buenos usos e buenas costumbres que vosotros avedes de los reyes pasados y del Infante D. Manuel, y de D. Juan Manuel y de D. Fernando, hijo del dicho D. Juan. E prometo e juro de vos los guardar y ayer por firmes, y no ir ni pasar contra ellos, ni ningún otro, por alguna manera"'.
El Marqués había traído a caballeros de su tierra que colocaría en pues- tos clave, tal como Luis de Calatayud que sería gobernador del Marquesado, o como el catalán mosén Pedro de Cabrera, abuelo del futuro Andrés de Cabrera, Marqués de Moya, "...vino mosén Pedro de Cabrera a Castilla llamado de don Alfonso de Aragón, conde de Ribagorça, a quien el rrey don Enrrique auía hecho Marqués de Villena,... se conformó en recibir, de mano del Marqués, las alcaydías del Castillo de Garcimunnoz y de Inhiesta" 23 . En Mayo de 1378 se encuentra el Marqués don Alfonso en esa villa iniestense, desde donde, el día 15, confirma la donación anual de 500 maravedís a las monjas del convento de Ci- fuentes24 . El 2-1-1391, desde el Castillo de Garcimuñoz, ordena al gobernador mosén Luis de Calatayud que guarde y asigne la carta de privilegio que tenía Iniesta respecto a la exención del pago de portadgos 25.
Los caballeros que estaban al servicio del Marqués recibían de él los co- rrespondientes emolumentos. Entre ellos, en 1381, Fernán Ruiz de Alarcón toma 20.000 maravedís, Pedro Fernández de Alarcón, 7.000; Rodrigo Rodríguez de Avilés, 6.000; Gonzalo Rodríguez de Avilés, 3.000; Juan Sánchez de Oriola, alcaide de Garcimuñoz, 3.000 y Luis de Calatayud 15.000. Este último, además de gobernador del Marquesado, ocupó la alcaidía de Alarcón. Por su parte, a otro noble, Rodrigo de Cervera, caballero de su casa y colaborador durante la
2! SOLER GARCÍA, J. M., op. cit. Pág. 97.
22 ORTEGA LORCA, J., op. cit. Pág. 345.
23 PINEL MONROY, FRANCISCO: Retrato del buen vasallo. Copiado de la vida y hechos de D. Andrés de Cabrera, primero Marqués de Moya. Madrid, Imprenta Imperial, 1676. Edición facsímil de ASOCIACIÓN DE AMIGOS DE MOYA (Cuenca). Valencia, 1992. Págs. 18 y 19.
24 PRETEL MARÍN, A. y RODRÍGUEZ LLOPIS, M.: El Señorío de Villena en el siglo XIV..., op. cit. Pág. 176.
25 GARCÍA MORATALLA , P. J.: Iniesta..., op. cit. Págs. 57-58.
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guerra civil, otorgaría la aldea de la Puebla de Almenara, además de la alcaidía de Almansa26.
Igualmente en el período 1381-1388, varios de estos caballeros ostenta- ban las alcaidías de varias fortalezas del Marquesado; denotándose como los de origen aragonés ocuparon la zona sur del señorío, tales como el ya citado Rodri- go de Cervera, Gonzalo Forcén (en Villena), Esteban Rangel y Bernat Marí (en Sax) y Arnau Sanz (en Hellín). De la tierra de Alarcón fueron los siguientes`:
Alcaides Período Fortaleza Sueldo
maravedís Mosén Luis de Calatayud (1381-1388) Alarcón 7.000
Alfonso Baylent 1381 Zafra 3.000
Lope López de Ribera 1381 Montalbo 3.000
Gonzalo González de Palomares 1387-1388 Montalbo 3.000
Gonzalo Zapata 1381 Belmonte 2.000
Pedro García 1381-1388 El Cañavate 2.000
Juan Sánchez de Oriola 1381 Cl Garcimuñoz 1.000
Todos estos caballeros, como veremos, consiguieron ir concentrando propiedades, favorecidos por los efectos de despoblación de las guerras y epide- mias anteriores.
El Marqués de Villena era consciente de la poca popularidad de que go- zaba entre sus súbditos, dada su condición de extranjero. Tal vez por ello adoptó en su escudo las armas de los Manuel, familia que tan grato recuerdo había deja- do en el señorío. Reglamentó leyes y ordenanzas otorgadas por don Juan Ma- nuel, confirmó privilegios pasados y mantuvo la costumbre de convocar juntas de los procuradores de los diversos pueblos de su marquesado.
En Almansa, el 6-IV-1380 establece las ordenanzas para la recaudación de las rentas del los almojarifazgos en el Marquesado. Respecto a los de Alarcón señala que "...han de pagar los de tierra de Alarcón el portadguillo de Alarcón.
Esto es porque el portadguillo es e pertenece al almoxerifadgo de Chinchilla ,28
.
Como ya apuntamos y señalara González Arce, al no introducir Alarcón en su fuero ninguna influencia del derecho toledano, quedaría, pues, exento del pago de todas las rentas reales que englobaba el almojarifadgo. Es por ello que el
26 PRETEL MARÍN, A. y RODRÍGUEZ LLOPIS, M.: El Señorío de Villena en el siglo XIV op. cit. Pág. 207.
27 Ibídem. Pág. 209.
211 LÓPEZ SERRANO, A.: Yecla..., op. cit. Doc. X. Pág. 435.
Marqués desviaría este portazguillo para incluirlo en el almojarifazgo de Chinchilla, lugar del señorío más próximo a Alarcón donde sí era posible exigir esa carga29.
Escudo de armas de don Alfonso de Aragón, primer marqués de Villena30.
En estos tiempos, la corona castellana se vería inmersa en el conflicto portugués. Al morir el rey Fernando 1 de Portugal (1383), el trono correspondía a su hija Beatriz, casada con el rey Juan 1 de Castilla. El hijo de ambos debería ser proclamado rey, pero contra sus derechos se levantó el Maestre de la Orden de Avís, Juan, hijo bastardo del anterior rey de Portugal Pedro 1 (1357-1367).
Tras una breve lucha entre ambos aspirantes, cuyo incidente más notable fue la batalla de Aljubarrota (1385), el Maestre de Avís fue proclamado rey de Portugal (1385-1433). Durante las campañas de 1383 y 1385, los pueblos del Señorío de Villena habían enviado al cerco de Lisboa, apoyando al ejército castellano, nu- merosos efectivos de lanceros y ballesteros bajo el mando de don Pedro, hijo del Marqués, que moriría en la tal batalla de Aljubarrota. Por parte de Alarcón acompañaron a don Pedro en 1385 los caballeros Fernán Ruiz de Alarcón con 4 lanzas, Juan Ruiz de Alarcón con tres, Martín Ruiz de Alarcón con dos, Rodrigo Rodríguez de Avilés con 4, Gonzalo Rodríguez de Avilés (muerto en la batalla) con 3 y Juan Sánchez de Oriola, que también murió, participó con dos lanzas y siete escuderos. En 1388, el Marqués efectuaría el pago correspondiente, a razón de 10 maravedís por lanza y día, más siete maravedís por escudero, descontando
29 GONZÁLEZ ARCE, J.D., op. cit. Pág. 255.
° PRETEL MARÍN, A.: Las armas de los Manuel en la heráldica municipal de la provincia de Albacete. Albasit n° u. I.E.A. Albacete, 1982. Págs. 12-13.
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un 4% de derechos de cámara. Las viudas o herederos cobrarían por los muertos en combate`.
Muerto su hijo don Pedro, en quien habría de recaer el señorío, el Mar- qués convocó una junta el 16-111-1386 en Almansa, donde comparecieron los representantes de los concejos para hacer el homenaje de aceptación a su nieto don Enrique que, como veremos luego, sería llamado Enrique de Villena, sin llegar a obtener el Marquesado. Todos los procuradores "...desque ouieron pre- sentado las dichas procuraciones, fizieron jura en poder del dicho señor Marqués sobre la cruz e los quatro sanctos euangelios, corporalmente, con sus manos tannidos; et pleito e homenaje en nonbre e en boz de los dichos caualleros e escuderos de Alarcón, e de los dichos conçeios de las dichas villas e logares del dicho marquesado, por el poder conplido a ellos dado. El qual se contiene en las dichas procuraçiones especialmente para esto, que después de sus días del dicho señor Marqués, que auerán e obedesçerán por su sennor a don Enrique, nieto del dicho sennor Marqués, con las condiçiones e la manera mesma que el dicho sennor Marqués lo tiene jurado" 32 . Por parte de Alarcón acudieron tres delegaciones: Lope Ferrández de Alarcón, procurador de los caballeros y escuderos; Gregorio Martínez de Santa María del Campo y Garci López de Villalgordo procuradores de los omnes buenos del común de la tierra de Alarcón; y Benito Gil, procurador del concejo de Alarcón. Otros representantes fueron Fernán García, hijo de Juan García, por Garcimuñoz; Antón Martínez y Pedro Díaz, por Montalbo; Pedro Máñez y Juan Díaz del Campo, por Belmonte;
Miguel Sánchez, por La Roda 33.
El mismo día y en el mismo lugar, don Alfonso tomaba juramento a sus vasallos del orden militar de aceptar como sucesor a su nieto. Entre ellos, a Luis de Calatayud, alcaide del castillo de Alarcón y Alarconcillo y a otros alcaides del Marquesado como el de Almansa (Rodrigo de Cervera), Chinchilla (Garci Vizcarra), El Cañavate, Zafra (Gonzalo González de Palomares), Belmonte (Fernán García de Burgos), Yecla, Escalona, etc 34.
En ese año 1386 el Marqués entregó tierras y acostamientos a diversos caballeros. Concretamente a Juan y Martín Ruiz de Alarcón dio 6.000 maravedís a cada uno, a Lope Ferrández de Alarcón 7.500, a Juan Martínez del Castillo 3.000, a Gonzalo González de Palomares (alcaide de Zafra y teniente del gober -
PRETEL MARÍN, A. y RODRÍGUEZ LLOPIS, M.: El Señorío de Villena en el siglo XIV..., op. cit. Pág. 183.
32 Ibídem. Pág. 184.
Ibídem. Pág. 215.
34 Ibídem. Pág. 185.