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Í)E LA PROVINCIA DE ALBACETE.

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Limes 24 de Mavo de i88fi. 25 céntimos.

r * - r

Í)E LA PROVINCIA DE ALBACETE.

SECCION DE LA GACETA.

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.

El Jefe Superior de Palacio dice con fecha de ayer al Excrao. Sr. Presidente del Consejo de Ministros lo siguiente:

aExcmo. Sr.: El Decano de la Facultad de Medicina de la Real Cámara me dice á las diez de la mañana de hoy lo que sigue:

«lí-xcnio. Sr.: S. M. el Reycontinúa sin novedad en su importante salud y su Augusta Madre la Reina Regente (Q. D. G.) sigue en el curso de su puerperio con perfecta regularidad.»

Lo que tengo el gustó de trascribir á V. E. para su co­

nocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á V. E. mu­

chos anos. Palacio 2 0 ‘de Mayo de 1886'—El Jefe Superior de Palacio, Marqués de Santa Cruz.—Sr. Presidente del Consejo de Ministros.»

El mismo Jefe Superior de Palacio, á las once y me­

dia de la noche de ayer, dice al Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Ministros lo siguiente:

^ «Excmo. Sr.: El Decano de la Facultad de Medicina de la Real Cámara, en parte de las diez de esta noche, me dice lo que copio:

«Excmo. Sr.: SS. MM. el Rey y la Reina, su Augusta Madre, continúan en en el mismo satisfactorio estado que he tenido la honra de participar á V. E. en mis partes ante­

riores.»

Lo comunico á V. E. para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á V. E. muchos años. Palacio 20 de Mayo de 1886.—El Jefe Superior de Palacio, Marqués de Santa Cruz.—Sr. Presidente del Consejo de Ministros.»

(Gaceta del día 21.)

El Jefe Superior de Palacio dice con fecha de ayer al Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Ministros lo que sigue:

«Excmo. Sr.: El Decano de la Facultad de ia-Real Cá­

mara en parte de las diez de la mañana de este día me dice lo siguiente:

«Excmo. Sr.; SS. MM. el Rey y su Augusta Madre la ReinaRegente (Q. D. G.) continúan en estado satisfac­

torio, por cuyo motivo cesará desde hoy el parte que dia­

riamente he tenido el honor de comunicar á V. E. á las diez delam anana.»

Lo que traslado á V. E. para su conocimiento y efec­

tos consiguientes. Dios guarde á V. E. muchos años. Pa­

lacio 21 de Mayo de 1886.= E l Jefe Superior de Palacio, Marqués de Santa Cruz.=Sr. Presidente del Consejo de Ministros.»

El mismo Sr. Jefe Superior de Palacio, dice á las once de la noche de ayer al Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Ministros lo siguiente:

«Excrao. Sr.: El Decano de la Facultad de Medicina de la Real Cámara me dice á las diez de esta noche lo que sigue:

«Excmo. Sr.: SS. MM. el Rey y su Augusta Madre la Reina Regente (Q. D. G.) han pasado el día de hoy sin novedad.»

Lo que tengo el gusto de trascribir á V. E. para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á V. E.

muchos años. Palacio 21 de Mayo de 1886.= E I Jefe Su­

perior do Palacio, Marqués de Santa G ruz.^Sr. Presiden­

te del Consejo de Ministros.»

(Gaceta dct día 22.)

El Jefe Superior de Palacio dice al Excmo. Sr. Presi­

dente del Consejo de Ministros á las ,|once de la noche de ayer lo que sigue:

«Excmo Sr.: El Decano de li) Facultad de Medicina de la Real Cámara me dice en parte de las diez y 'media de esta noche lo siguiente:

«Excmo. Sr.: SS. MM. el Rey y su Augusta Madre la RelnaRegente (Q. D. G.) siguen en estado completamente satisfactorio.»

Loque tengo la honra de comunicará V. E. para su cono­

cimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á V. E. mu­

chos años. Palacio 22 de Mayo de 1886.=EI Jefe Superior de Palacio, Marqués de Santa Cruz.—Sr. Presidente del Consejo de Ministros.»

S. A. R. la Serma. Sra. Princesa de Asturias y demás miembros de la Real Familia continúan en esta Corte sin no­

vedad en su importante salud.

(Gaceta del día 23).

G O B I E R N O C I V I L .

C ir c u la r n ú m e ro 72.

Sección de Fomento.Industria.

El limo. Sr. Director general de Agricultura, Industria y Comercio, Presidente de la Comisión ejecutiva del Congreso de vinicultores, me participa con fecha 14 del actual que en los días 7, 8, 9, 10 y 11 dé Junio próximo se reúne el Con­

greso de vinicultores para discutir los lemas siguientes:

1 Procedimientos prácticos que han de emplearse para llegar en breve á obtener una estadística vinícola. Qué in­

fluencias legales han de ponerse en juego para el mejor desarrollo de la riqueza vinícola de España.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

2 Bolelin Olicial de la Provincia de Albacele.

2. ° iMedios de disminuir los precios de tras­

porto y de aumentar la exportación general de nuestros vinos; conveniencia de celebrar nuevos tratados de comercio; mercados nuevos que po­

drían abrirse para la colocación de nuestros vi­

nos; creación de Sindicatos y Agencias en los principales mercados extranjerosf mayor inter­

vención de los Agentes Consulares en las tran­

sacciones; nuevas líneas de vapores que podrían establecerse, etc., etc.

3. ° Medidas eficaces para limitar la impor­

tación de los alcoholes industriales.—¿Será posible y conveniente la aplicación del sistema prohibitivo para llegar á este fin? ¿Daría más resultado la destilación de las brisas?

4. ° Disposiciones que deben adoptarse para garantizar en el país y en el extranjero las mar­

cas de los vinos legítimos españoles.

5.0 Necesidad de fijar las zonas vinícolas y elección de las vides más convenientes á cada región, bajo diferentes puntos de vista.

6 .° Importancia de los abonos para el culti­

vo, mejoramiento y conservación de la vid.

7.0 Variaciones quo convendría hacer en las prácticas de vinificación con el fin de mejorar la elaboración y ponerla á la altura de los adelantos de otras naciones. Importancia de la adición de la glucosa al mosto para aumentar la riqueza al­

cohólica de los vinos y evitar su encabezamiento.

8 ° Métodos de propagación en la enseñanza vinícola.

Estaciones vitícolas, laboratorios, cartilla vi­

nícola, etc., etc.

Lo que he dispuesto se inserte en este perió­

dico oficial para conocimiento de los vinicultores de esta provincia.

Albacete 22 de Mayo de 1886.

El Gobernador,

N a rc is o R ib o t.

Sección de FomentoMontes.

D. Narciso Ribot y March, Gobernador civil de esta provincia.

Hago saber: Que en el expediente de deslin­

de de varias fincas particulares, colindantes con el monte del Estado titulado Fuente CuTTasca^ se ha dictado,coa fecha 1;*^ del actual la siguiente providencia:

«Visto el expediente de deslinde de vanas fincas particulares confinantes con el monte que tiene el Estado en el término municipal de Mo- linicos denominado Fuente Carrasca:

Resultando que el expediente se ha trami­

tado en la forma que prescribe el reglamento de Montes de 17 de Mayo de 1865:

Resaltando que el Sr. Ingeniero Jefe del Dis­

trito foresta!, en su informe de 5 de Enero úl­

timo, propone á este Gobierno que al aprobarse el deslinde se haga uniendo el hito número 14 con el 17, según indica ia linea de hitación A B, desechando los hitos números 15 y 16, por cuan­

to estos salen de la línea natura! del terreno:

Resultando que remitido el expediente á in­

forme de la Comisión provincial, lo devuelve proponiendo que en su sentir procede aprobar^ el deslinde de que se trata, sin la variación que in­

dica el Ingeniero:

Considerando que en el acto del deslinde ni con posterioridad, dentro desplazo de 15 días, señalados al efecto en el anuncio inserto en el Boletín OFICIAL, correspondiente al día l.°

de Marzo último, se han producido contra di­

cha operación reclamaciones de ningún género, habiéndose llenado los requisitos legales:

Considerando que la variación en los hitos que aconseja el Ingeniero no se halla debida­

mente justificada, ni se hizo constar dicho ex­

tremo en el acta de deslinde; éste Gobierno acuerda, de conformidad con lo preceptuado en el art. 35 del reglamento y de lo informado por el Distrito forestal, la Comisión provincial y la Sec­

ción de Fomento, aprobar el deslinde de que se trata, pero sin la variación que propone el Inge­

niero Jefe de Montes,. publicando á continuación la relación de propietarios cuyas fincas les han sido deslindadas::»

Lo que se hace público por medio de este Boletínoficial á los efectos correspondientes.

Albacete 19 de Mayo de 1886.—iVamso Ribot y March.

Propietarios que se citan.

D. Jesualdo Pérez, en dos puntos.—D. Boni­

facio García, id. id.—D. Teodoro González.—

D. Teodoro Herreros. —D. Lúeas González.—Don Lucio Morcillo, en tres puntos.—D. Blas Pérez.—

D. Rafael Muñoz.—D. EusebioGarcia.—D. Do­

nato García.—D. Donato González.

D. Narciso Ribot y March, Gobernador civil de esta provincia.

Hago saber: Que en el expediente de deslin­

de de una propiedad de D. Pedro Henares Gu­

tiérrez se dictó en 22 de Enero último la si­

guiente providencia:

«Visto el expediente de deslinde de la pro­

piedad de D. Pedro Henares Gutiérrez, colidan- te con los montes de propio de Villaverde deno­

minados Redonda y Dehesa de Santiago:

Resultando que hecho público el deslinde por medio del Boletínoficial, no hubo reclamaciones, hallándose conformes todos ios concurrentes al acto, según aparece del. acta levantada el día 22 de Junio del año último:

Resultando que tanto el Ingeniero Jefe del Distrito forestal como la Comisión provincal, al informar, proponen la aprobación del menciona­

do deslinde:

Visto la ley y reglamento del ramo de Montes:

Considerando que se han cumplido las pres­

cripciones legales, constando en el expediente los documentos que justifican dicho extremo; és­

te Gobierno acuerda, de conformidad con lo dis­

puesto en el art. 35 del reglamento del ramo y de lo propuesto por el Sr. Ingeniero Jefe de Montes, Comisión provincial y la Sección de Fo­

mento, aprobar el deslinde de que se trata.»

Lo que he dispuesto hacer público por me­

dio d e este Boletínoficial á los efectos co rres­

pondientes.

Albacete 19 de Mayo de 1886.—^Varmo R%- boty March. ______ ^_____

D. Narciso Ribot y March, Gobernador civil de esta provincia.

Hago saber: Que en el expediente de deslin­

de de varias fincas particulares, colindantes con el monte titulado Cañada del Provencio, se ha dic­

tado con fecha l.° del actual la siguiente provi­

dencia:

«Visto el expediente de deslinde de varias fincas particulares confinantes con el monte de­

nominado Cañada del Provencio, perteneciente á los Propios de Molinicos:

Resultando que la tramitación dada al men­

cionado expediente es la prescrita en ej regla­

mento de Montes de 17 de Mayo de 1865:

Resultando que remitido el referido expe­

diente á informe de la Comisión provincial, lo de­

vuelve proponiendo que en su sentir procede aprobar el deslinde de qqp se trata:

Considerando que dada al expediente la tra­

mitación de ley, no se han presentado reclama­

ciones de ningún género en el acto del deslinde, ni con posterioridad dentro del plazo de los 15 días señalado al efecto en el Boletínoficial de de Marzo último; éste Gobierno acuerda^, de conformidad con lo preceptuado en el art. 35 del reglamento de Montes de 47 de Mayo de 1865 y de lo informado por el Distrito forestal, la Co­

misión provincial y la Sección de Fomento, apro­

bar el deslinde de que'queda hecho mérito, pu­

blicando á continuación la relación de propietarios cuyas fincas les han sido deslindadas.»

Lo que se hace público por medio de este periódico oficial á los efectos correspondientes.

Albacele 19 de Mayo de 1886.—iVarcwo Ribot y March.

Propietarios que se citan.

D. Nicolás Muñoz, en dos sitios.—D. Santia­

go Muñoz, id. id.—D. Francisco Palacios Muñoz, id id.—D. Juan López.—D. Eugenio Palacios.—

D. Celestino Pareja.

BANCO DE ESPAÑA.

D E L - p G A C lO N D E A L B A C E T E . Estando vacantes las plazas de Recaudadores de las zonas que á continuación se detallan, he dispuesto, en cumplimiento de loque previenen las Instrucciones del Banco y de lo ordenado por el limo. Sr. Delegado general, anunciar las ci­

tadas vacantes con arreglo" á las bases siguientes:

1. * Para obtener dichas plazas, los solicitan­

tes habrán de otorgar fianza á favor del Estable­

cimiento por un importe igual al cupo trimestral, si la garantía se constituyese en fincas, ó de las dos terceras partes de dicho cupo si fuere en va­

lores del Estado, metálico ó acciones del Banco.

Si los valares fuesen títulos de la Deuda amorti- zable-dei 4 por 100 serán admitidos por todo su valor nominal.

2. '" La única remuneración que percibirán por el desempeño de estas plazas, será la que res­

pectivamente se designe por las sura¿is que in­

gresen en efectivo ó formalice la Hacienda, con más ios recargos que devenguen con arreglo á instrucción al seguir los procedimientos contra los contribuyentes morosos.

3. ^ Los solicitantes han de responder en ab­

soluto y directamente al Banco del resultado de su gestión y de la de los subalternos á quie­

nes designen para el cargo de auxiliares, suje­

tándose "para ello á las condiciones generales de instrucción y contratos establecidos, las cuales están de manifiesto en las oficinas de esta Dele­

gación.

4. “ Para obtener dichas plazas habrá que diri­

gir una solicitud, en la que §e exprese el nombre, domicilio y demás circunstancias que concurran en los solicitantes, la clase de bienes que ofrezcan en garantía, y expresar en términos generales que han de aceptar las obligaciones todas que se detallan en los contratos é Instrucciones del Banco.

5. ® El plazo que se señala para admitir las solicitudes es de diez días, á contar de la fecha en que se haga público este anuncio en el Bole­

tín oficial; dichas solicitudes deberán ir dirigidas al limo. Sr. Delegado general del Banco de Es­

paña, y han de ser presentadas en las oficinas de esta Delegación antes de que termine el plazo que se señala.

Las vacantes que se anuncian son:

3.“ zona de Gasas Ibá-

PÜEBLOS.

Cenizate. . Golosalvo.

Q0 2 ...\ Mahora. . . Návas de Jorquera Casas de J. Núñez.

Pozo Lorente.

Recueja. . . Abeng'ibre. . Motilleja. . . Valdeganga..

Balsa de Vés.

Villa de Ves..

ViUatoya.. . Alborea. . . Alatoz.' . . Carceléü. . . Higueruela. . Hoya-Gonzalo.

Corralrubio. . Pétrola. • • Fuenteálamo.

Bonete. . • 4.* id. de id.

5.’‘ id. de id.

6.* id. de id.

7.“" id. de id.

3.*zoua deChinchiUa.

trimestralCapo

Pesetas.

También se hace público que se admiten pr^

posiciones por una ó varias de las zonas

ó pueblos que las constituyen, con las cono**^**! ■ que para desempeñarlas quieran fijar los so tantas, tanto en el tipo de premio ó

como en el plazo porque desean otorgar el c trata, sin perjuicio de que dichas j puedan ser ó no aceptadas por la Superior^ '

Albacete 17 de Mayo de 1 8 8 6 .-fí. de

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

Boletín Oficial de la Provincia de Albacete.

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Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(4)

Bolelíii Oficial de la Provincia de Albacele.

A Y U N T A M IEN T O S .

MADRIGURRAS.

í). Teodoro Cambronero Fuentes, Alcalde Pre­

sidente del Ayuntamiento de esta villa.

Hago saber: Que no habiendo tenido efecto la primera subasta para el arriendo de ios dere­

chos de consumos de esta villa para el inmediato año económico de 1886-87, por falta de licitador, se anuncia un segundo remate como primero, que tendrá lugar en estas Casas Consistoriales el día 28 del corriente mes, deonce á doce de su maña' na, á presencia de la Comisión nombrada al efec­

to del seno del Ayuntamiento.

En dicha subasta se admitirán las proposi­

ciones que cubran las dos terceras partes del ti- do total, ó sea la cantidad de 7.809 pesetas 20 céntimos, según lo prevenido por el art. 234 de la vigente ley de 16 de Junio de 1885.

El pliego de condiciones que obra en el ex­

pediente se hallará desde esta fecha dé manifies­

to en la Secretaría de Ayuntamiento, cuidando de no olvidar la circunstancia de que no se podrá tampoco admitir proposición que no vaya acom­

pañada del resguardo de haber hecho el depósito de 500 pesetas, según está acordado.

Madrigueras 17 de Mayo de 1886.—El Al­

calde, Teodoro Cambronero.—P. S. M., el Secre­

tario interino, Casimiro Paños.

OSSA 1)E MONTIEL.

D. Saturnino Granero, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que bajo el tipo y condiciones que constan en el expediente que se halla de manifiesto en esta Secretaría, tendrá lugar el arriendo á venta libre y en conjunto de las es­

pecies de consumo durante el período econó­

mico de 1886 ú 87; cuyo acto se verificará en las Salas Capitulares de esta villa, ante su Ayunta­

miento, el 23 de los corrientes, de diez á once de su mañana; y sino hubiere rematante, se celebra­

rá otra segunda subasta el siguiente domingo día 30, á la hora y en el local designado.

Lo que se hace público en demanda de licita- dores.

Ossa de Montiel 17 de Mayo de 1886.—El Alcalde, Saturnino Granero,

CORRALRUBÍO.

D. Narciso Alcantud Parra, Alcalde constitucio­

nal de esta villa.

Hago saber: Que se halla vacante la plaza de Médico-Cirujano titular de esta villa, cuya dota­

ción consiste en 900 pesetas, pagadas por trimes­

tres vencidos del presupuesto municipal, y 2.100 que produce si igualatorio concertado con 284

vecinos que constituyen el censo del distrito, por prestar á los mismos su asistencia, teniendo la obligación de visitar á 30 familias pobres.

Los aspirantes dirigirán sus solicitudes, acom­

pañadas de las correspondientes copias do sus títulos y documentos que acrediten sus servicios profesionales, á la Secretaría de este Ayunta­

miento durante el término de 30 días, contados desde esta fecha.

La provisión tendrá lugar en el día 15 del próximo mes de Junio.

Corralrubio lo de Mayo de 1886.—iVamso Alcantud.

D. Narciso Alcantud Parra, Alcalde constitucio­

nal de esta villa.

Hago saber: Que concluido por la Junta pe­

ricial de inmuebles el apéndice que ha de servir de base al repartimiento de dicha contribución, respectiva al año económico de 1886 á 87, se expone al público por término de ocho dias, con­

tados desde la fecha del Boletín oficlal en que tenga lugar la inserción del presente anuncio, á fin de que pueda consultarse por los contri- bu yentes y producir en su caso las reclamacio­

nes que á su derecho puedan convenir.

Corralrubio 14 de Mayo de 1886.—Narciso Alcantud.

ONTUR.

D. Adolfo Abellán Lorente, Alcalde constitucio­

nal de esta villa.

Hace saber: Que para el día 30 del actual, de diez á once de la mañana, tendrá lugar en esta Sala Capitular y ante el .Ayuntamiento de mi presidencia la subasta para el arriendo de to­

dos los derechos de consumo, cereales y sal de este termino municipal para el año económico de 1886-87 á venta libre, bajo el tipo de 5.826 pe­

setas para el Tesoro, 3 por 100 de cobranza y conducción y además el recargo del 100 por 100 para arbitrios municipales sobre las especies de consumo y cereales, bajo las condiciones que se estampan en el pliego que se halla de manifiesto en esta Alcaldía; debiendo hacer presente que la fianza que ha de prestarse, será la cuarta parte del tipo de arriendo, sin cuya seguridad no se ad­

mitirá proposición alguna.

Ontur 19 de Mayo de 1886.—El Alcalde, Adolfo Abellán,

ALMANSA.

D. Emilio Cortina López, Alcalde constitucional de esta ciudad.

Hago saber: Que acordado el arrendamiento á venta libre de todas.las especies para hacer efec­

tivo el cupo ó encabezamiento general de con­

sumos señalado á esta población, con los recar­

gos autorizados, para el próximo año económico

de 1886-87, se ha señalado para celebrar la co­

rrespondiente subasta el domingo 30 del mes actual, de once á doce de su mañana, en la Sala Consistorial, bajo el tipo de 84.783 pesetas 90 céntimos, importe del cupo para el Tesoro, 3 por 100 de cobranza y conducción sobre el mismo y recargo del 80 por 100 para atenciones del Mu­

nicipio. El acto del remate quedará cerrado y adjudicada la subasta al mejor postor que resul­

te al d arla última campanada de la repetición de las doce en el reloj municipal; y para hacer postura habrá de acreditarse previamente que se ha depositado en la del Municipio el o por 100 de la cantidad que sirve de tipo, aceptando todas y cada una de las condiciones contenidas en el pliego que se halla de manifiesto para su exa­

men sobre la mesa de la Secretaría.

Podiendo celebrarse el contrato por un perío­

do de uno á tres años económicos, según el ar­

tículo 228 del reglamento, se preferirá en igual­

dad de proposiciones la que por más años abra­

ce el arriendo, si se presenta debidamente ga­

rantida, según las exigencias del pliego condi-, cional; adviriiéndose que de no resultar postor, se establecerá la Administración municipal.

Almansa 18 de Mayo de 1886.— Cor­

tina.

J U Z G A D O S .

LA RODA.

D. Ramón Regal y Llórente, Juez de primera instancia de La Roda y su partido.

Por el presente tercero y último edicto se llama á cuantos se crean con derecho á los bie­

nes del vínculo que fundó en esta villa en el año de 1705 el Licenciando D..Cristóbal García Alar- cóii, natural y vecino que fué de la misma, para que en el término de dos meses, á contar desde la inserción de é.ste en la Gaceta de Madrid, pue­

dan comparecer á usar del que les asista; pues así lo he acordado por providencia dictada en el juicio universal [)romovido por D. Francisco Gar­

cía López, vecino de Yecla, quien solicita se de­

clare su derecho á la mitad reservable de dicha vinculación, como descendionte de la línea lla­

mada en primer lugar por el fundador é inme­

diato sucesor del último poseedor; bajo apercí- mienlo de que no seréí oído el que no comparezca dentro de dicho término, no habiéndose presen­

tado hasta Ja fecha persona alguna alegando derecho á dic hos bienes.

Dado en La Roda á l.° de Mayo de 1886.—

Ramón Regal. —P. M.. de S. S., Nicolás González.

ÍJÍPRENTA PROVINCIAL.

OBSERVATORIO DE ALBACETE»

OBSERVACIONES METEOROLÓGICAS CORRESPONDIENTES A LOS DÍAS 17, 18, 19 Y 20 DE MAYO DE 1886.

DÍAS.

HARÓUBIBO

en la tlim etro iy á 0^. T E R M O M E T R O S C E N T Í G R A D O S . PSICRÓUKTRO

Humedad r e la tlr a . 1

Direcc :idD L tm óm etro PluTidme-

i

Altara me­

dia. OaclIaclóD. Háxlma al s o l .

Uáxim a la sombra.á

D iforeocla. Hinima al aire.

Idem del reflector.

Diferencia. Tempera­

tura media.

OBcUacidfl. N ueve de la mañana.

Tres de la tarde.

d e l Tiei ito.

1 en fflílimetros

tro en m iU m etros

ESTADO DEL GIELU.

1 7 7 1 0 , 3 3 2 , 0 9 3 0 , 0 2 4 , 0 6 , 0 6 , 5 5 , 7 0 , 8 1 5 , 2 1 7 , 3 8 1 8 3 S. 0 . » D espejad o c o a buenatem-

1 8 7 0 8 , 1 4 0 , 7 0 2 8 , 8 2 3 , 0 5 , 8 7 , 5 6 , 6 0 , 9 1 5 , 2 1 5 , 5

1 1 , 0

9 0 8 2 s . 9 , 7 9

9 , 7 2 1 0 , 1 4

¡ 1

p eratura.

1 9 2 0

7 0 4 , 1 7 2 , 5 2 2 5 , 0 2 1 , 0 4 , 0 1 0 , 0 9 , 0 1 , 0 1 5 , 5 8 1 8 3 S. í Núb-es con v ie n t o fuerte

y á la s 7 I i2 truenos c a n alguna llu v ia . Núb'CS con bueoia tempe­

ra itura.

7 0 6 , 4 6 0 , 6 2 2 3 , 4 1 9 , 0 i , i 8 , 0 7 , 0 1 , 0 1 3 , 3 1 1 , 0 9 0 8 2 0 . i

Ví

1 , 2 6 0

P. Ó. DEL CATEDRÁTI.CO ENCAE',OADO,

Francisco Slanes.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

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