Número 137 Viernes 14 de Noviembre de 1913 25 céntimos
18:
la.
BOlETiti OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE
Peecios DE Sdscripción.—Eu la cajiital: Un trimestre, 4 pesetas.—Uu semestre 7 id.—Un año, 1 2 '5 0 id.—Fuera de la Capital: üa trimestre, 5 pesetas.—Un semfs- ¡ trft, 9 id.—Un aüo, 15 id.—Los edictos y sentencias de los Juzgados y Trihumilesl que .se publiquen, y no s«an de oficio, pagarán 2 5 céntimos de peseta por linca. |
Preciosde Amüncios.—Los animcios particulares que so publiquen, previa licencia
Sección de la Gaceta
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
S. M. el Re y Don Alfonso XIII (que Dios guarde), S. M . la Re i n a Vic- ioria Bug’enia y SvS. A A . RR. el Príncipe de Asturias é ínfante.s, continúan sin no
vedad en su importante salud.
De igfual beneíicio disfrutan las demás personas de la Augusta Real Familia.
(Qaetta 13 Noviembre^-
M lN ISrE R IO DE \A GOBERNACION
REAL ORDEN
Visto el recurso de alzada del Ayunta
miento de Hoya Gonzalo, coutra providencia de ese Gobierno, declaratoria de la cadu
cidad de los arbitrios extraordinarios conce
didos á dicho Ayuntamiento para el año 1912:
Resultando: que en 27 de Febrero dcl citado año, ese Gobierno concedió al Ayun
tamiento de Hoya Gonzalo la autorización por éste solicitada para la imposición de arbitrios sobre el consumo de paja, leña, hoitalizas y frutos para cubrir el déficit de 6.415‘83 pesetas de su presupuesto ordinario;
y habiendo llegado el mes de Mayo siguiente sin que la dicha Corporación hubiese comu
nicado á ese Gobierno el medio ó sistema de recaudación elegido y puesto en práctica respecto de dichos arbitrios, fué aquella requerida con este fin en 7 del expresado mes y con conminación de multa el 22 de Junio, sin que estas órdenes fuesen cumplidas:
Resultando: que transcurrido en esta situación hasta el 24 de Mayo actual y no constando que el Ayuntamiento hubiese adoptado ni puesto en. práctica acuerdo al
guno de cobranza, ese Gobierno invitó al Ayuntamiento para que en el término de diez días expusiera lo que estimase convenir á su derecho en relación con la caducidad á que la citada autoridad provincial conside
raba haber lug'ar en principio, de la auto
rización mencionada; contestando entonces el Ayuntamiento que el repartimiento para la cobranza no había sido lormado y some
tido á la aprobación superior antes de fina
lizar el ejercicio respectivo por los múltiples servicios que hubo que despachar la Corpo
ración, que la Real orden de 10 de Enero de 1911, invocada por ese Gobierno, parecía expresar que la exacción de los impuestos ó arbitrios municipales puede llevarse á cabo durante el ejercicio para que se conceden y seis meses más del período de ampliación,
en cuya virtud le quedaba todavía un mes con aquel fin; y que para la prescripción ó caducidad debe regir el plazo de quince años señalado por la Ley de contabilidad del Estado aplicable á los Ayuntamientos:
Resultando: que ese Gobierno, en previ
dencia de 23 de Junio próximo pasado decla
ró la nulidad de la autorización de que queda hecha referencia, y contra esta resolución recurre en tiempo y forma el Ayuntamiento para ante este Ministerio:
Considerando: que en todo el año de 1912, no se adoptaron ni plantearon los medios de recaudación de los arbitrios que se conce
dieron á dicho Ayuntamiento para 1912, á pesar de que en Mayo y Junio de dicho año fué requerida la Corporación municipal hasta con apercibimiento de multa para que subsanara dicha falta, por lo que la provi
dencia. apelada ha aplicado acertadamente el artículo 141 de la Ley municipal, y de la doctrina en relación con este precepto sus
tentada por Ja Real orden de 10 de Éneio de 1911,
S. M. el Rry (q. D. g.) se ha servido desestimar el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Hoya Gonzalo de que se deja hecho mérito.
De Real orden lo digo á V. S. para su co
nocimiento y demás efectos. Dios guarde á V. S. muchos años. Madiid 7 de Noviembre de 1913.
S. GUERRA
Señor Gobernador civil de Albacete
Sección de la Provincia
O O B I E B I s r O O I X T 'I L .
C ir c u la r n ú m e r o 117.
Según me comunica el Jefe de Telégrafos de esta provincia, con fecha 10 del actual quedó abierta al servicio público la estación telefónica municipal de Peñascosa, la cual prestará servicio limitado.
Lo que se hace público para general co
nocimiento.
Albacete 12 de Noviembre de 1913.
El Gobernador,
•fosé fie l C a s t illo .
C ir c u la r n ú m e r o 118.
Los Señores Alcaldes de los pueblos de esta provincia, Guardia civil y demás agen
tes que de mi autoridad dependan, procede
rán á la busca y detención del jóven de 12 años, fugado el día 9 del actual de la casa paterna, Antonio García Ramírez, cuyas se
ñas son: estatura regular, viste gorra blan
quinosa, blusa negra, pantalón á listas blancas y negras, zapatillas blancas, tenien
do una cicatriz en la frente; poniéndolo á mi disposición ca.so de ser hallado.
Albacete 13 de Noviembre de 1913.
El Gobernador,
•fosé ( le l,C a s tillo . D, Jo.sé del Castillo y Suriano, Gobernador
civil de esta provincia
Hago saber: Que ha terminado la con
ducción.por los ríos Frío, Zuraetay Segura, de 90.000 piezas de madera, cuya concesión fué otorgada con fecha 3 de Octubre último á D. Miguel Bañón González, y en su nombre al a[)oderado D. Juan Parras Molina y pu
blicada en el fíoletin oficial de 13 de dicho mea.
Lo que ae hace público para que en el plazo de quince días, á partir del siguiente a) en que se in.serte el jire.-iente edicto, los
¡larliculares y (/orporacioiie.s puedan for
mular ante las respectivas .Alcaldías ó ante este Gobierno cuantas reclamaciones juzguen pertinentes á .su derecho por daños y per
juicios que puedan haber sido originados por la conducción en ios ríos y terrenos ribereño»; bien entendido que expirado el citado plazo, no deberá admitirse reclama
ción alguna por las Alcaldías, quienes preci
samente dentro de lo^ cinco días siguientes á los quince concedidos habrán de remitir á este Gobierno certificación acreditativa de cuantas reclamaciones se les hubieren pre
sentado, ó en caso contrario, de no haberse formulado ninguna
Albacete 11 de Noviembre de 1913.—El Gobernador, José del Castillo.
OÜERFO DE INGENIEROS DE MONTES 4.* I n s p e c c ió n .
DISTRITO FORESTAL DE ALBACETE A n u n cio .
El día 5 de Diciembre próximo y horas que ae determinan eu la relación inaeita á continuación, tendrán lugar ante los Alcal
des de los pueblos que se citau las primeras subastas para los aprovechamientos de leñas bajas, correspondientes al año forestal de 1913-914, para cuya ejecución regirá el plie
go de condiciones generales y especiales pu
blicado en el Boletín oficial de la' provincia de Albacete, número 97, coriespondiente al día 13 de Agosto de 1913, y las económicas administrativas que formulen los Ayunta
mientos interesados.
Si alguna de las subastas resultare desier
ta, se celebrará una segunda bajo el mismo tipo de tasación y condiciones el día 13 del mismo mes y hora.
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2 Boletín Oficial de Albacete
E[ rematante ingretíará la cantidad que aparece en la casilla indemnizaciones en la
habilitación del Distrito, con arreglo á Real orden de 5 de Febrero de 1909.
la Valencia 4 de Noviembre de 1913.—El Inspector general, dosé Secall.
Relación que se cita en el anuncio anterior,—LEÑAS BAJAS
4) BC&
0 'I O O
® a
Nombre del monte. T É R M I N O m u n i c i p a l .
P E R T E N E N C I A L e ñ a a b a j a s E s t é r e o s .
T A S A C I Ó N P e s e t a s .
P L A Z O q u e s e c o n c e d e
p a r a e l a p r o v e - c l i a m i e n t o .
I n d e m n i z a c i o n e s .
P t a s . C t s .
Sitios eu que ha de verificarse el aprovechamiento.
H O R A p r a l a e e l c b r a o i é m
d e l a s s u b a s t a s .
73 Alcalá Júcar Al pueblo. 1.000 100 180 dias. 136 Loma Espesa, La Solana y Cueva del Gorrino.. . A las nueve.
77 Villa de Vés Al pueblo. 600 60 120 días. 108 94 Barranco y Cerro del Pocico... A las nueve.
78 Derrubiada... Villamalea Al pueblo. 800 80 150 días. 125 80 Vallejo de la Sepolturilla, Olivar del Padre Adán,
Loma» de la Huerta de Carrera... A las nueve.
Albacete l.° de Noviembre de 1913.—El Ingeniero Jefe, Octaviano Griflán.
DE Li m m m DE AliB.\Di!E
Urbana.
D. Gregorio Martínez y Martínez, Recauda
dor de Contribuciones de esta ciudad.
Hago saber: Que en el expediente que instruyocontra D. FranciscoMartínez y Mar
tínez, vecino de esta ciudad, por débitos del concepto contributivo y trimestre arriba ex
presados, se ha dictado coa fecha 28 del ac
tual, la siguiente providencia de subasta de fincas:
«No habiendo satisfecho D.Francisco Mar
tínez y Martínez sus descubiertos que se le tienen reclamadob en este expediente, ni podido realizarse los mismos por el embargo y venta de bienes, muebles y semovientes, se acuerda la enajenación en pública subasta del inmueble ó inmuebles pertenecientes a dicho deudor, cuyo acto se verificará bajo mi presidencia el día 18 de Noviembre pró
ximo y hora de las ocho déla mañana, en el local de esta Agencia, siendo posturas admisi
bles en la subasta las que cubran las dos ter
ceras partes del importe de la capitalización.
Notifíquese esta providencia al referido deudor y al acreedor ó acreedores hipote
carios en BU caso y anuncíese al publico por medio de edictos en las Casas Cousistoriales y Boletín oficial de la provincia.
Lo que hago público por medio del pre
sente anuncio, advirtiendo para conocimien
to de lüs que desearen tomar parte en la su
basta anunciada, que ésta se celebrará en el
¡ocal, día y hora que expresa dicha provi
dencia, y que se es<ablecen las siguientes condiciones en cumplimiento de lo dispues
to en el art. 95 de la Instrucción de 26 de Abril de 1900:
Que los bienes trabados y á cuya ena
jenación se ha de proceder, son los com
prendidos en la siguiente relación:
Débitos por principal, recargos y costas Í85‘22 pesetas, clase, cabida y .situación de la finca una casa en esta población, calle del Padre Romano, señalada con el núm. 48j (|ue linda por la derecha entrando Antonio Berruga, izquierda Miguel Piña y espalda Huerta de María Angeles Sarriá, capitaliza
ción de la misma 1.000 pesetas, valor para la subasta 660‘66 pesetas.
2* Que los deudores ó sus causahabien- tes y los acreedores hipotecarios en su caso, pueden librar las fincas hasta el momento de celebrarse la subasta, pagando el princi
pal, recargos ó dietas, costas y demás gas
tos del procedimiento.
8.* Que los títulos de propiedad de los inmuebles están de manifiesto en esta oficina hasta el día de la celebración de aquél acto, y que los licitadores deberán conformarse con ellos y no tendrán derecho á exigir nin
gunos otros
4.* Que será requisito indispensable para tomar parte en la subasta, que los licitado- res depositen previamente en la mesa de la
presidencia el 5 por 100 del valor lK(u¡do de los bienes que intenten rematar.
5.® Que es obligación del rematante en
tregar en el acto la difei encía entre el im
porte del depósito constituido y precio de la adjudicación; y
G.® Que si hecha ésta no })udiera ultimar
se la venta por negarse el adjudicatario á la entrega del precio del remate, se decretará la pérdida del depósito que ingresará en Arcas del Tesoro.
Albacete 29 de Octubre de 1913.—El Recaudador, Gregorio Martínez.—V.^ B .“—
El Arrendatario, P. J. Pujalte.
AYUNTAMIENTOS
HIGUERUELA
D. Simón Sáez Bueno, Alcalde constitucio
nal de esta villa.
Hago saber: Que la matrícula de subsi
dio industrial de esta villa y año de 1914. se halla terminada y expuesta al público en 1^
Secretaría de este Ayuntamiento por térm i
no de diez día*?, contados desde el siguiente al en que aparezca inserto el presente anun
cio en el Boletín oficial de esta provincia, para oir reoiamaciones.
Higueruela 5 de Noviembre de 1913.—El Alcalde. Simón Sáez.
VILLALGORDO DEL JUGAR D. Esteban Mirasol Ramírez, Alcalde consti
tucional de esta villa.
Hago saber: Que formada la matrícula industrial de este pueblo respectiva al año 1914, queda expuesta al público en la Se
cretaría de este Ayuntamiento y plazo re
glamentario lie diez días hábiles, contables desde el siguiente al en que el presente reci
ba inserción en el Boletín oficial de esta pro
vincia, durante el cuai podrá ser examina
da y reclamada de agravio,
Villalgordo del Júcar 7 de Noviembre de 1913.—Esteban Mirasol.
VIVEROS
Formuhid.v por td Ayuntamiento de mi presidencia propuesta de transferencia de créditos en el presupuesto municipal del co
rriente año, queda expuesta al público en la Secretaría de dicha Corporación por el pla
zo de quince días, de conformidad y á los efectos prevenidos por la ley Orgánica.
Viveros 3 de Noviembre de 1918.—El Alcalde Presidente, Luciano Calero.
LA GINETA
D. Francisco ¡jVila Alarcón, Alcalde Presi
dente del Ilustre Ayuntamiento de esta vi
lla.
Hago saber: Que hallándose formados los pliegos de condiciones para el arrendamien
to, mediante subastas públicas y fijados los
tipos de ellas de los arbitrios municipales de pesas y medidas de uso obligatorio, puestos de ventas sobre la vía pública y derechos por el degüello de reses que se destinen al consumo público e.i el matadero municipal y dentro del término que han de regir en el entrante año de 1914, se encuentran de ma
nifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento por término de diez días improrrogables, desde las nueve á las diez y seis horas para que puedan ser examinados por las personas que quieran hacerlo, y formular las recla
maciones que Ies convengan; todo al tenor de lo dispuesto eu el art. 29 de la instruc
ción para la contratación de los servicios provinciales y municipales de 24 de Enero de 1905.
El expresado término se contará desde el siguiente día al en que aparezca inserto este edicto en el Boletín oficial de la provincia, y transcurrido no se admitirá reclamacióu alguna.
La Gineta 3 de Noviembre de 1913.—
Francisco Vila.
VALDEGANGA
D. Juan Martínez Ruiz, Alcalde Presidente del Ayuntamiento constitucional de esta villa
Hago saber: Que habiéndose sufrido un error al redactar el edicto que aparece inser
to en td Boletín oficial de esta provincia nú
mero 130, correspondiente al día 29 de Oc
tubre último, referente al acuerdo de e.sta Juiita municipal estableciendo arbitrios ex
traordinarios para el ])ióximo año 1914, se rectifica por el presente haciendo constar que el acuerdo adoptado por la expresada Junta el día 4 del expresado mes de Octubre después de aprobar el presupuesto ordinario para el mismu año 1914, es como sigue:
«En tal estado, visto el déficit de 3.678 pesetas 52 céntimos que resulta en el presu
puesto ordinario de este Municipio que aca
ba de votar la Junta para el próximo año 1914, esta Corporación, en cumplimiento de lo que determina el uúmero 2.® de la Real orden circular de 3 de Agosto de 1878, acor
dó por voto unánime establecer previa la aprobación del Sr. Gobernador civil de esta provincia un impuesto módico sobre las espe
cies de huevos, patatas y paja de cereales que se consuman en esta localidad duran
te el año próximo venidero cuyos artículos consienten respectivamente el gravámen de un céntimo cada huevo y el de 25 y 5 cénti
mos de peseta respectivamente cada unidad de 10 kilogramos de las demás especies ex
presadas que desde luego señala la Corpo
ración, sin que exceda este tipo del 25 por 100 del precio medio que tienen dichos ar
tículos en esta localidad, lo cual está dentro de la prescripción marcada en la regla !■
del articulo 139 de la ley Municipal vigente y demás órde:'.es posterioras según se acre
dita eu el correspondiente estado ó tarifa
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Boletín Oficial de Albacete
Que se unirá al expediente, cuyo impuesto se considei’a como menos gravoso á este ve
cindario. Calculando la Junta un consumo de 28.952 huevos, 9.640 unidades de 10 k i
logramos de patatas y 19.580 de paja de ce
reales durante el año 1914 en este término municipal, vienen á producir exactamente las 3.678 [)esetas 52 céntimos á que asciende el referido déficit de este presupuesto y que ha sido imposible evitar por ser indispensa
bles los gastos que aparecen consignados en dicho presupuesto y no contai con mayores iitgrevsos que los señalados para satisfacer
los. Y por último se dispuso que el prece
dente acuerdo se fije al público por término de quince días á lo.s efectos prevenidos en las reglas 2.“' y S."” de la citada Real orden circular de 3 de Agosto de 1878 y en la de la de 27 de Mayo de 1877 y que una vez transcurrido este plazo se remitan al Sr. Go
bernador civil de esta provincia los docu
mentos señalados en la regla sexta de la úl
tima de dichas dispoeiciones.
Y en cumplimiento de lo acordado se ex
pide el presente [lara su inserción en el So- letirf oficial de esta provincia y lo firmo en Valdeganga á 10 de Noviembre de 1913.—
Juan Martínez.
LA HERRERA
D. José Moreno Martínez, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago -saber: Que durante el término de ocho días hábiles, que empezará á contarse desde el siguiente al en que el presente edicto aparezca inserto en el Boletín oficial de esta provincia, estará expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento el padrón de cédulas personales formado para el año 1914, al objeto de oir reclamaciones.
La Herrera 9 de Noviembre de 1913.—
José Moreno.
D. José Moreno Martínez, Alcalde oonstiui- eional de esta villa.
Hago saber: Que terminadas las listas de edificios y solares de este pueblo para el pi ó ximo año 1914, quedan expuestas al público por plazo de ocho días hábiles, en la Secre
taría de este Ayuntamiento, contados desde el siguiente día al en que el presente edicto aparezca inserto en el Boletín oficial de esta provincia, al ojeto de oír reclamaciones.
La Herrera 9 de Noviembre de 1913 — José Moreno.
PEÑAS DE SAN PEDRO
R. José María Rodríguez de Vera, Alcaide constitucional de esta villa,
Hace saber: Que por dimisión del que la desempeñaba se halla vacante una plaza de Médico titular, dotada con mil pesetas anua
les, pagadas del presupuesto municipal.
Los Sres. Médicos qua se encuentren en condiciones legales para optar á dicho cargo, presentarán sus solicitudes en esta Alcaldía dentro del plazo de treinta días, á contar desde el siguiente á la publicación de este anuncio en el Boletín oficial.
Peñas de San Pedro 8 de Noviembre de 1913.—José María Rodríguez de Vera.
ALBOREA
R- Benito González Martínez, Alcalde Presi
dente del Ayuntamiento de esta villa.
Certifico: Que la Junta municipal de mi presidencia, en el acto de la aprobación del presupuesto ordinario formado para el año 1914, acordó cubrir el déficit de 2.736 pe.se- tas 50 céntimos, resultante en aquel por me
dio de arbitrios extraordinarios, sobre las es
pecies no comprendidas en la tarifa general de consumos, conforme á la siguiente tarifa:
E S P E C I E S UNIDAD
Kilogramos
Precio medio de la unidad.
Pesetas Cts.
Arbitrio sobre la unidad.
Ptas. Cts.
Consumo anual calculado.
TOTAL Pesetas.
Patatas... 10 1 50 0 36 .5.050 1.800
Paja de cereales... 10 0 40 0 10 9.365 936 50
Total. . 2.736 50
Lo <jue se anuneia al público por térmi
no de quince días, que. se C'.mtaráii desde el siguiente al de la iiiserciÓM dei presente en el Boletín oficial de esta provincia, á los efe^Mos pr.tvenitjos en las reglas 2.* y 3.* de la Real orden de 3 de Ago-ito de 1878 y en la d,"" de ía de 27 de Mayo de 1887.
Alborea 8 de Noviembre de 1913.—Beni
to González.
CENIZATE
D. Juan Navarro Cañada, Alc.alde coiisiitu- cional de esta villa.
Hago saber: Que la cobranza voluntaria del cuarto trimestre de los impuestos de con
sumos y arbitrios extraordinarios, tendrá lugar en esta localidad en los días 20 y 21 lie Noviembre próximo en su primer período voluntario, y desde el 25 al 30 de dicho mes en su segundo período.
Lo que se anuncia al público pai’a cono
cimiento de los contribuyentes.
Oenizate 6 de Noviembre de 1913.—El Alcalde, Juan Navarro.
FÜENTEALAMO
D. José Benito Marco Gandía, primer Te
niente Alcalde en funciones de Alcalde de esta villa.
Hago saber: Que el expediente que se ins
truye en este Ayuntamiento en ^solicitud de arbitrios extraordinarios para enjugar el dé
ficit del presupuesto municipal ordinario pa
ra el próximo año de 1914, se halla de ma
nifiesto en la Secretaría de este Ayuntamien
to por término de quince días, á contar des
de la inserción del presente en el Boletín ofí- cial de la provincia, y cuya tarifa de arbi
trios es la siguiente:
E S P E C I E S UNIDAD
Kilogramos
Precio m edio de la unidad.
Pesetas Cts.
Consumo anual calculado.
Arbitrio sobre la uuidad.
Ptos. Cts.
TOTAL Ptas. Cts.
Patatas... 10 1 25 35.000 0 20 7.000 00 Paja de cereales... 10 0 35 44 000 0 08 3 520 00 Leñas, excepto la destinada á la industria. . . 10 0 30 38.880 0 06 1.944 00
Total.. 12.464 00
Fuenteálamo 10 de Noviembie de 1913.
E! Alcalde, José Benito Marco.—D. S. O., El Secretario, Adrián Villalba.
El proyeolo do presupne.sto municipal or
dinario de e.sta villa formado por la Comi
sión competente para el próximo año de 1914, se halla terminado y expuesto al pú
blico cu la Secretaría de este Ayuntamiento por término de quince días, á contar desde la inserción del presente en el Boletín oficial de la provincia, para que pueda ser exami
nado por los que así lo deseen y presentar en su vista cuantas reclamacines sean opor
tunas; pues transcurrido que sea no serán atendidas las que se presenten.
Fuenteálamo 10 de Noviembre de 1913.
El Alcalde, José Benito Marco.
MINAYA
D. José González Bernalte, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber: Que el repartimiento de la
contribución por riqueza urbana de esta vi
lla, correvspondiente al año de 1914. se halla terminado y expuesto al público por térmi
no de ocho días en la Secretaría de este .Ayuntamiento, á fin de que los contribuyeu- les puedan examinarlo y entablen las recla
maciones que á su derecho convengan.
Minaya 8 de Noviembre de 1913.—José González.
GARCELEN
D. Alonso Sarriá Abad, Alcalde constitucio
nal de esta villa.
Hago .saber: Que la Junta municipal de mi presidencia, en el acto de la aprobación del presupuesto ordinario de este Municijno para el año 1914, la cual tuvo lugar en la sesión del día 5 del actual, acordó cubrir el déficit de 3.984 pesetas con 2 céntimos re
sultante en aquel por medio de arbitrio-s ex
traordinarios sobre esjiecies no comprendi
das en la tarifa general de consumos, en la forma que expresa la siguiente:
E S P E C I E S UNIDAD
Kilogramos
Precio medio de la unidad.
Pesetas Cts.
Arbitrio sobre la unidad.
Ptas. Cts.
Consumo anual calculado.
TOTAL Ptas. Cts.
Patatas... 10 0 80 0 05 27.690 1 384 50 Paja de cereales... 10 0 40 0 03 32.386 971 58 Lefias, excepto la detinada i la industria. . . . 10 0 16 0 02 81.397 1.627 94
Total. . 3.984 02
Y como el' citado acuerdo es extensivo á que se haga público para general conoci
miento de este vecindario y de ios contribu
yentes á quienes puede interesar, se anun
cia por medio del presente por término de quince días hábiles, contados desde el si
guiente al en que aparezca inserto en el
letin oficial de la provincia conforme y á los efectos prevenidos en la regla 2.* y 3.* de la Real orden de 3 de Agosto de 1878 y 6 .' de la de 27 de Mayo de 1877.
Carceléu 7 de Noviembre de 1913.—Alon
so Sarriá.
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Boletín Ofícial de Albacete
ALCALA DEL JUGAR
Durante loe días liábiles del actual mes se llevará á efecto eu la |)laiita baja de la Sa la Consistorial la recaudación voluntaria de los repartos locales por el cuarto trimestre de e-'te afio.
Transcurrido ese término eu el cual van comprendidos ambos períodos, procederán los Agentes ejecutivos D. José Leal Tolosa, D. Fructuoso Gómez, D. Victoriano García Cuenca y D- Antonio Monedero Pérez, á re
caudar por la vía ejecutiva.
Lo que se hace público para conocimien
to de los contribuyentes.
Alcalá del Júcar 10 de Noviembre.de 1913.—El Alcalde, Manuel González.
CORRALRüBIO
B. Pedro López Martínez, Alcalde constilu- cional de esta villa.
Hago saber: Que habiendo sido formado el proyecto del presupuesto municipal ordi
nario de ingresos y gustos pura el próximo año 1914, el cual ha .sido a|)robado por el Ayuntamiento que presido en la sesión ordi
naria celebrada en este día, dicho documen
to queda expuesto al ))úblico en la Secreta
ría de este Ayuntamiento por término de quince días hábiles, á fin de que pueda ser examinado por todas aquellas personas que quieran hacerlo y producir las reclamacio
nes que crean pertinentes.
Lo que se hace público por medio del presente edicto.
Corrairubio 9 de Noviembre de 1913.—
E! Alcalde, P. López.
D. Pedi’o López Martínez, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber: Que terminada la lista co- bratoria de la contribución por edificios y solares de este término municipal para el año próximo de 1914, queda expuesta al pú
blico por término de ocho días hábiles, con
tados desde el siguiente al en que aparezca inserto este edicto en el Boletín oficial de esta provincia en la Secretaría de este Ayuntamiento, al objeto de oir reclamacio
nes si alguno se creyese perjudicado.
Corrairubio 11 de Noviembre de 1913.—
El Alcalde, P. López.
MASEGOSO
D. Juan Martínez Gallego, Alcalde acciden
tal do esta villa por indisposición del pro- ])¡etario.
Hago saber: Que la matrícula de subsidio industrial de este pueblo para 1914, se halla terminada y expuesta al público en la Secre
taría de este Ayuntamiento por término de diez días hábiles, contados desde el siguien
te al en que se vea inserto el presente anun
cio en el Boletín oficial íXq la provincia, j>a- ra oir reclamaciones.
Mnsegoso 7 de Noviembre de 1913.—Juan Martínez
Confeccionado el repartimiento de la con
tribución territorial por riqueza urbana de este pueblo para el próximo año 1914, que
da de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento por término de ocho días há
biles, contados desde el siguiente al de la pu
blicación del presente edicto en el Boletín oficial á t la provincia, donde puede ser exa
minado por los contribuyentes y aducir las reclaináciones que crean oportunas.
Masegoso 7 de Noviembrede 1913.—Juan Martínez.
MONTEALEGRE
D. Juan José Luna Poyatos, Alcalde consti
tucional de esta villa.
Hago saber: Que d proyecto de reparti-
mionto de consumos formado por esta Junta municipal de mi presidencia para el próxi
mo ejercicio de 1914, queda expuesto al pú
blico en la Secretaría de este Ayuntamiento para oir reclamaciones durante el plazo de ocho días hábiles, contados desde el siguien
te al en que aparezca inserto el presente edic
to en fi\\Boletin oficial 6.% la provincia.
Montealegre 10 de Noviembre de 1913.—
Juan José Luna.
BIENSEUVIDA
Teiminado el repartimiento de laconiri- buoión urbana de esta villa, formado para el próximo año de 1914, queda expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamien
to por término de ocho días, contados desde el siguiente al en que aparezca el presente inserto en el BoUtin oficial áe la provincia, para que los contribuyentes eu él compren
didos puedan examinar y producir las recla
maciones que á su derecho convengan.
Bienservida 6 de Noviembre de 1913.—
El Alcalde, José A. Incláii.
ELCHE DE LA SIERRA
Terminado el repartimiento de la con
tribución sobre la riqueza urbana de este pueblo para el año próximo de 1914, se ha
lla expuesto al público en Ja Secretaría mu
nicipal, para oir reclamaciones, por término de ocho días, contados desde ei siguiente al en que aparezca inserto este anuncio en el
Boletín oficial de esta provincia.
Elche de la Sierra 10 de Noviembre de 1913.—^El Alcalde, Godofredo de Mora.
D. Godofredo de Mora Morales, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que la matrícula industrial de este pueblo formada para 1914, se expone al público por diez días hábiles, en la Secre
taría de este Ayuntamiento, para que pueda ser examinada libremente y reclamada por quienes se consideren perjudicados.
Elche de la Sierra 8 de Noviembre de 1913.—Godofredo de Mora.
MUÑERA
Hallándose formado el repartimiento so
bre la riqueza urbana de este término muai- cipal para 1914, queda expuesta al público por ocho días, á fin de que los contribuyen
tes puedan examinarlo y producir las recla
maciones que juzguen oportunas; pues pasa
do dicho plazo no serán atendidas lasque se presenten y se le dará su tramitación legal.
Muñera 11 de Noviembre de 1913.—El Alcalde, Pedro A. Solana.
ONTÜH
D. Ricardo Trueba García, Alcalde consti
tucional de esta villa.
Hago saber: Que term inada la matrícula de la contribución industrial de este térm i
no, formada para el año 1914, queda ex
puesta al público eu la Secretaría del Ayunta
miento por término de ocho días, donde po
drá examinarse y presentar las reclamacio
nes que les convenga.
Ontur 10 de Noviembre de 1913.—R icar
do Trueba.
MADRIGUERAS
D. Isidoro Martínez del Moral, Alcalde cons
titucional de esta villa.
Hago saber: Que transcurrido con exceso el plazo de exposición al público de las con
diciones de subasta para el arriendo de los arbitrios municipales de pesas y medidas y matadero de, este pueblo para el próximo año de 1914 con arreglo al Real decreto de
7 de Junio de 1891, Instrucción de 26 dg Abril de 1900 y art. 29 de la vigente de 24 de Enero de 1905, sin que se haya prg.
sentado reclamación alguna, se ha acordado la celebración de dichas subastas que ten
drán lugar bajo mi presidencia, Teniente de Alcalde ó Concejal en quien delegue, en esta Sala Capitular, e! día 14 de Diciembre próxi
mo á las horas y bajo las condiciones y ti- pos siguientes:
La de pesas y medidas de diez á once de la mañana, bajo el tipo de 12.000 pesetas.
La del matadero público de once á doce de la misma, bajo el tipo de 1.750 pesetas.
Los pliegos de condiciones por que se ri
gen estos arbitrios se hallan de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento á dis
posición de los que quieran examinarlos, ha
llándose en ellos también el modelo á que han de sujetarse las proposiciones.
Para tomar parte en la subasta es condi
ción indispensable depositar previamente en la Caja municipal ó en la mesa de la subasta ei 5 por 100 del tipo de licitación y acompa
ñar la cédula personal.
Si en dicha subasta no se presentaren li- citadore.s, se celebrará una segunda bajo las mismas condiciones, por igual tipo, en idén
tica forma y á la-s propias horas, el día 21 dí'l citado mes de Diciembre, y en ella se ad
mitirán posturas por las tres cuartas partes del importe que queda fijado como tipo de subasta, adjudicándose el remate al que re
sulte mejor postor.
Lo que se anuncia al público convocan
do licitadoies.
Madrigueras 8 de Noviembre de 1913.—
Isidoro Martínez.
VILLA DE VES
D. José Carrión Piqueras, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago .saber: Que confeccionada la matrí
cula de subsidio industrial para el año 1914, se halla expuesta al público para oir recla
maciones por término de diez días, contados desde el siguiente al en que aparezca inserto el presente anuncio en el Boletín oficial de la j)rovincia.
Villa de Vés 6 de Noviembre de 1913.—
José Carrión.
LETUR
D. Lino Castillo Sánchez, Alcalde constitu cional de esta villa.
Hago saber: Que formado el proyecto del presupuesto municipal ordinario para el próximo año de 1914, y aprobado por este Ayuntamiento en sesión ordinaria del día de hoy, queda expuesto al público el expresado documento en la Secretaría del Ayuntamien
to por término de quince días hábiles, con
tados desde el siguiente al de la inserción de este edicto en el Boletín oficial^ á fin de que pueda ser examinado por los que lo deseen y producir cuantas reclamaciones les asistan-
Letur 9 de Noviembre de 1913.—Lino Castillo.
socovos
D. Francisco Sánchez Cano, primer Tenien
te Alcalde en funciones de esta villa.
Hago saber: Que la matrícula in d u e tjia l de este término formada para el próximo año de 1914, se halla terminada y expuesta al público eu la Secretaría del A y u n ta m ie U ' to por espacio de diez días, contados desde ei siguiente al en que aparezca este edicto en el Boletín oficial de la provincia, á fin de qu®
pueda ser examinada y aducir las reclama
ciones que consideren pertinentes.
Socovos 5 de Noviembre de 1913.—Fran
cisco Sánchez. _
IM P R E N T A PROVINCIAL _
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