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CONTADOR PÚBLICO

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Academic year: 2024

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(1)

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ FACULTAD DE CONTABILIDAD

TESIS

PRESENTADO POR:

Bach. RAUL ESPINOZA YURIVILCA Bach. YANCARLOS ESPINOZA YURIVILCA

PARA OPTAR EL TITULO PROFESIONAL DE:

CONTADOR PÚBLICO

HUANCAYO – PERU 2016

“”ESTRATEGIAS PARA REDUCIR LA EVASION TRIBUTARIA EN PEQUEÑAS EMPRESAS COMERCIALES DE LA CIUDAD DE HUANCAYO”

(2)

II Asesor:

C.P.C. DAVID GARCIA PUENTE

(3)

III

PRESENTACIÓN

Señores del jurado,

En cumplimiento de las disposiciones vigentes contenidas en el Reglamento de Grados y Títulos de la Facultad de Contabilidad de la Universidad Nacional del Centro del Perú, sometemos a vuestro criterio y consideración la presente Tesis titulado:

“ESTRATEGIAS PARA REDUCIR LA EVASIÓN TRIBUTARIAS EN PEQUEÑAS EMPRESAS COMERCIALES DE LA CIUDAD DE HUANCAYO”

El presente trabajo de investigación ha sido desarrollado en base a la información obtenida de manera teórica – práctica y mediante los conocimientos adquiridos durante los años de formación profesional aplicando la metodología de investigación propia para este tema y especialidad, consultas bibliográficas que hemos realizado y conscientes de las limitaciones a que estamos expuestos en el desarrollo del mismo.

Estamos convencidos que será una buena fuente de consulta, dado la importancia que tiene el Sector Comercio en la Economía de la Región.

____________________ __________________________

Espinoza Yurivilca Raúl Espinoza Yurivilca Yancarlos

(4)

IV

DEDICATORIA

Este trabajo de investigación está dedicado al Dios Todopoderoso, A mi esposa Rocío e hijos por su amor, cariño y apoyo incondicional para desarrollarme como profesional y como persona. A mis padres y hermanos agradecerles sus consejos, valores, y comprensión.

ESPINOZA YURIVILCA RAÚL

Quiero dedicar este trabajo a Dios. A mis padres y hermanos quienes han permitido que sea una persona de bien, cuyo esfuerzo han hecho posible este logro y por el apoyo que me brindaron durante tantos años de estudio, por su cariño y comprensión.

ESPINOZA YURIVILCA YANCARLOS

(5)

V RESUMEN

La SUNAT ha conseguido importantes avances en la reducción de la evasión tributaria a través del diseño y aplicación de estrategias de fiscalización y facilitación eficaces, En la actualidad, la Administración tributaria viene implementando nuevas formas de facilitación para el cumplimiento tributario y mejoras en la fiscalización sobre aquellos contribuyentes incumplidores. En este contexto, las estrategias para el cumplimiento de las obligaciones tributadas se ha enfocado en establecer nuevas formas de actuar del fedatario fiscalizador así como un mejor control a través de la emisión de comprobantes electrónicos de manera progresiva, por otro lado la facilitación de servicios a través de los centros de servicio y call center y herramientas tecnológicas. De esta forma, las estrategias aplicadas se plasman en diferentes procesos para facilitar el cumplimiento voluntario y fiscalizar el mismo. Los procesos de facilitación, se han desarrollado y ejecutado para permitir a los contribuyentes el cumplimiento rápido y fácil de sus obligaciones tributarias. En tanto, los de fiscalización buscan controlar el incumplimiento tributario. Dichos procesos presentan características distintivas en cuanto a profundidad de la revisión, costo de fiscalización, cobertura, segmentación y focalización de contribuyentes y soporte tecnológico.

El presente trabajo titulado: “ESTRATEGIAS PARA REDUCIR LA EVASIÓN TRIBUTARIAS EN PEQUEÑAS EMPRESAS COMERCIALES DE LA CIUDAD DE HUANCAYO”, busca determinar la influencia de la aplicación de estrategias para reducir la evasión tributaria en pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo, Finalmente, resulta imprescindible resaltar que las estrategias de fiscalización y facilitación, debe tener siempre presente consideraciones de largo plazo, de manera que las mismas sean sostenibles en el tiempo.

(6)

VI ABSTRACT

SUNAT has made significant progress in reducing tax evasion through the design and implementation of control strategies and effective facilitation currently, the Tax Administration is implementing new forms of facilitation for tax compliance and improved control over those noncompliant taxpayers. In this context, strategies for compliance taxed obligations has focused on establishing new ways of doing the supervisory notary and better control through the issuance of electronic receipts progressively, on the other hand the provision of services through service centers and call centers and technological tools. Thus, the strategies implemented are reflected in different processes to facilitate voluntary compliance and monitor it. Facilitation processes have been developed and implemented to allow quick and easy taxpayers comply with their tax obligations. Meanwhile, audit seek to control tax noncompliance. These processes have distinctive characteristics in depth of the review, cost control, coverage, segmentation and targeting of taxpayers and technological support.

This paper entitled "STRATEGIES TO REDUCE TAX EVASION TAX IN SMALL COMPANIES TRADE CITY HUANCAYO" seeks to determine the influence of the implementation of strategies to reduce tax evasion in small commercial businesses in the city of Huancayo, finally, it is essential note that control strategies and facilitation, should always bear in mind long-term considerations so that they are sustainable over time.

(7)

VII

INTRODUCCION

La presente tesis, comprendió un tema importante, cuyo título es: ESTRATEGIAS PARA REDUCIR LA EVASIÓN TRIBUTARIAS EN PEQUEÑAS EMPRESAS COMERCIALES DE LA CIUDAD DE HUANCAYO, cuyo trabajo guarda concordancia con la estructura establecida en el Manual para la elaboración, desarrollo y presentación de Tesis, del Reglamento Académico General aprobado con R.N. 2147-CU- 2013, empezando desde la Formulación del Problema, Marco Teórico, Metodología, Resultados, concluyendo con la Discusión, Conclusiones y Recomendaciones; así como, los anexos respectivos.

En el Primer Capítulo: La Formulación del Problema, comprende desde la descripción de la realidad problemática, donde se aprecia que la Evasión Tributaria tiene incidencia en la Recaudación Fiscal en el Perú, debido a que muchas veces los contribuyentes se valen de artificios vedados para evitar cumplir con sus obligaciones tributarias, no emitiendo el comprobante de pago en su oportunidad, no declarando todos sus ingresos, ocultando documentos o bienes, lo cual ocasiona un gran perjuicio para el país.

Asimismo, se desarrolla la realidad problemática, el enunciado del problema, antecedentes, y la justificación.

Con respecto al Segundo Capítulo: Considera el aspecto metodológico, como el método y diseño de la investigación, se determina la población y la muestra, las técnicas de recolección de datos, técnicas para el procesamiento y análisis de la información mediante los cuadros, gráficos y tablas estadísticas y la prueba de independencia de criterios demostrando la hipótesis y que casusas se asocian a la evasión tributaria.

El Tercer Capítulo: Marco Teórico, trató desde los antecedentes relacionados con otras investigaciones que sirvieron como base para la presente tesis; entre estos se encuentran:

(8)

VIII

la base legal y las normas que rigen esta problemática, además el desarrollo de las variables: Estrategia Tributaria y la Evasión Tributaria y las definiciones conceptuales.

El Cuarto Capítulo: Se desarrolla las Estrategias a tomarse en cuenta en la reducción de la Evasión Tributaria en las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo, en dos grupos: Primero La fiscalización tributaria a través de los fedatarios fiscalizadores, y la fiscalización electrónica mediante la emisión de comprobantes electrónicos y el programa de libros electrónicos. Por otro lado la facilitación de servicios mediantes los servicios de orientación y trámite y la virtualización para un mejor cumplimento de obligaciones tributarias.

El Quinto Capítulo: Presentación y discusión de resultados, se trabajó con la información recopilada en la encuesta, donde además de llevarse a cabo el procesamiento y análisis de los datos sobre las interrogantes, se procedió a la elaboración de las tablas y gráficos respectivos, para luego llevar a cabo la interpretación y análisis, terminando en la parte final del capítulo con la contrastación de las hipótesis donde se aplicó el chi cuadrado.

Finalmente, la tesis culmina con la discusión de las variables; sus conclusiones, que fueron obtenidas como parte del proceso de la contrastación de las hipótesis; y con las recomendaciones se establecieron aportes emergentes del trabajo de investigación;

considerando además, las fuentes de información, tanto bibliográficas como electrónicas y los anexos que corresponden.

(9)

IX ÍNDICE

ASESOR II

PRESENTACIÓN III

DEDICATORIA IV

RESUMEN V

ABSTRACT VI

INTRODUCCION VII

LISTADO DE TABLAS, GRAFICOS Y CUADROS XII

CAPÍTULO I

I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 18

1.1. Formulación del problema 19

1.1.1 Descripción de la realidad problemática 19

1.1.2 Enunciado del Problema 21

1.1.3 Justificación 21

1.1.4 Delimitaciones de la Investigación 23

1.2. Hipótesis 23

1.3. Objetivos

1.3.1 Objetivo General 24

1.3.2 Objetivos Específicos 24

CAPÍTULO II

II. METODOLOGIA DE INVESTIGACIÓN 25

2.1. Método y población muestral 26

2.1.1 Diseño metodológico 26

(10)

X

2.1.2 Población y muestra 26

2.1.3 Técnicas e Instrumentos de recolección de datos 28

2.2. Procedimientos 30

CAPITULO III

III. MARCO TEORICO 31

3.1 Antecedentes 32

3.2 Marco teórico 33

3.2.1 Sistema tributario nacional 33

3.2.2 Tipos de Regímenes 36

a. Régimen General del Impuesto a la Renta 36 b. Régimen Especial del Impuesto a la Renta 50

3.2.3 Estrategia Tributaria 55

3.2.4 Evasión Tributaria 59

3.2.5 Pequeña Empresa 66

a. Beneficios de una Pequeña Empresa 66

b. Libros y Registros Contables 67

c. Llevado de Libros Electrónicos 69

3.3 Marco conceptual 72

CAPÍTULO IV

IV ESTRATEGIAS 77

4.1 Estrategias para reducir la Evasión Tributaria en las pequeñas

empresas comerciales de la ciudad de Huancayo 78

4.1.1 Fiscalización tributaria 78

a. Fedatario Fiscalizador 78

(11)

XI

b. Fiscalización Electrónica 79

4.1.2 Facilitación de Servicios 81

a. Gestor de Orientación y Trámite 81 b. Virtualización para un mejor cumplimiento de las obligaciones

tributarias. 83

CAPITULO V

V. PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE RESULTADOS 87

5.1 Presentación de resultados 88

5.2 Prueba de independencia de criterios Chi-cuadrada 106

5.3 Discusión de resultados 122

CONCLUSIONES 126

RECOMENDACIONES 128

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 130

ANEXOS 134

(12)

XII

LISTADO DE TABLAS, GRAFICOS Y CUADROS

Listado de Tablas Página

Tabla N° 01: Tasas aplicables al régimen general. 42

Tabla N° 02: Declaración y Pago del Impuesto del régimen general. 49 Tabla N° 03: Libros contables en los regímenes tributarios. 68 Tabla N° 04: Libros electrónicos obligados para los principales contribuyentes. 70 Tabla N° 05: Libros electrónicos en resto de contribuyentes. 71

Listado de Gráficos

Gráfico N° 01: Sistema Tributario Nacional. 34

Gráfico N° 02: Actividades comprendidas en el régimen especial. 50 Gráfico N° 03: Oportunidad para acogerse al régimen especial. 51

Gráfico N° 04: Exclusión del régimen especial. 52

Gráfico N° 05: Porcentajes de Impuestos en el régimen especial. 54 Gráfico N° 06: ¿Las compras que efectúa son realizadas con factura u otro

documento establecido como comprobante de pago? 88

Gráfico N° 07: ¿Con qué frecuencia de sus ventas los clientes solicitan

comprobante de pago? 89

Gráfico N° 08: ¿De las ventas por las cuales no le piden comprobante de pago,

¿Con que frecuencia usted los emite?. 90

Gráfico N° 09: ¿Prefiere emitir los comprobantes de pago de manera

electrónica o de modo manual? 91

Gráfico N° 10: ¿Cuál es el nivel de ventas diarias de su negocio? 92

(13)

XIII

Gráfico N° 11: ¿Cuál es el monto promedio mensual que declara a SUNAT? 93

Gráfico N° 12: ¿Cuántos días a la semana trabaja? 94

Gráfico N° 13: ¿Ha concurrido a alguna capacitación sobre obligaciones

tributarias generadas por su actividad comercial? 95

Gráfico N° 14: ¿Ha recibido alguna vez capacitación u orientación tributaria

por parte de la SUNAT? 96

Gráfico N° 15: ¿Cuál es el grado de instrucción académica (Del propietario en caso de ser Persona Natural, del Accionista mayoritario y/o gerente en caso de

Persona Jurídica)? 97

Gráfico N° 16: ¿En qué régimen tributario se encuentra su empresa o negocio? 98 Gráfico N° 17: ¿Conoce los requisitos y condiciones del régimen tributario al

que pertenece? 99

Gráfico N° 18: ¿Qué le motivó a acogerse al régimen en el que se encuentra? 100 Gráfico N° 19: ¿Tiene conocimiento del Sistema de Operaciones en Línea

(SOL) – SUNAT? 101

Gráfico N° 20: ¿Qué aplicaciones de SUNAT conoce Ud.? 102 Gráfico N° 21: ¿Ha realizado algún trámite o pago por SUNAT - Operaciones

en Línea (SOL)? 103

Gráfico N° 22: ¿Cómo considera Ud. La atención en los trámites que realiza por ventanillas en las oficinas de SUNAT o vía web en el Sistema de

Operaciones en Línea (SOL)? 104

Gráfico N° 23: ¿Cómo calificaría usted las aplicaciones de SUNAT? 105 Gráfico N° 24: Porcentaje de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo

según evasión tributaria y con qué frecuencia de sus ventas los clientes

solicitan comprobante de pago 106

(14)

XIV

Gráfico N° 25: Porcentaje de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y de las ventas por las cuales no le piden comprobante

de pago, ¿Con que frecuencia usted los emite? 108

Gráfico N° 26: Porcentaje de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y cuál es el monto promedio mensual que declara a

SUNAT 110

Gráfico N° 27: Porcentaje de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y ha recibido alguna vez capacitación u orientación

tributaria por parte de la SUNAT 112

Gráfico N° 28: Porcentaje de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y conoce los requisitos y condiciones del régimen

tributario al que pertenece. 114

Gráfico N° 29: Porcentaje de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y qué le motivó a acogerse al régimen en el que se

encuentra. 116

Gráfico N° 30: Porcentaje de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y ha realizado algún trámite o pago por el Sistema de

Operaciones en Línea (SOL) SUNAT. 118

Gráfico N° 31: Porcentaje de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo

según evasión tributaria y cómo calificaría usted las aplicaciones de SUNAT. 120

Listado de Cuadros

Cuadro N° 01: ¿Las compras que efectúa son realizadas con factura u otro

documento establecido como comprobante de pago? 88

(15)

XV

Cuadro N° 02: ¿Con qué frecuencia de sus ventas los clientes solicitan

comprobante de pago? 89

Cuadro N° 03: ¿De las ventas por las cuales no le piden comprobante de pago,

¿Con que frecuencia usted los emite?. 90

Cuadro N° 04: ¿Prefiere emitir los comprobantes de pago de manera

electrónica o de modo manual? 91

Cuadro N° 05: ¿Cuál es el nivel de ventas diarias de su negocio? 92 Cuadro N° 06: ¿Cuál es el monto promedio mensual que declara a SUNAT? 93

Cuadro N° 07: ¿Cuántos días a la semana trabaja? 94

Cuadro N° 08: ¿Ha concurrido a alguna capacitación sobre obligaciones

tributarias generadas por su actividad comercial? 95

Cuadro N° 09: ¿Ha recibido alguna vez capacitación u orientación tributaria

por parte de la SUNAT? 96

Cuadro N° 10: ¿Cuál es el grado de instrucción académica (Del propietario en caso de ser Persona Natural, del Accionista mayoritario y/o gerente en caso de

Persona Jurídica)? 97

Cuadro N° 11: ¿En qué régimen tributario se encuentra su empresa o negocio? 98 Cuadro N° 12: ¿Conoce los requisitos y condiciones del régimen tributario al

que pertenece? 99

Cuadro N° 13: ¿Qué le motivó a acogerse al régimen en el que se encuentra? 100 Cuadro N° 14: ¿Tiene conocimiento del Sistema de Operaciones en Línea

(SOL) – SUNAT? 101

Cuadro N° 15: ¿Qué aplicaciones de SUNAT conoce Ud.? 102 Cuadro N° 16: ¿Ha realizado algún trámite o pago por SUNAT - Operaciones

en Línea (SOL)? 103

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XVI

Cuadro N° 17: ¿Cómo considera Ud. La atención en los trámites que realiza por ventanillas en las oficinas de SUNAT o vía web en el Sistema de

Operaciones en Línea (SOL)? 104

Cuadro N° 18: ¿Cómo calificaría usted las aplicaciones de SUNAT? 105 Cuadro N° 19: Distribución de las pequeñas empresas de la ciudad de

Huancayo según evasión tributaria y con qué frecuencia de sus ventas los

clientes solicitan comprobante de pago 106

Cuadro N° 20: Distribución de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y de las ventas por las cuales no le piden

comprobante de pago, ¿Con que frecuencia usted los emite? 108 Cuadro N° 21: Distribución de las pequeñas empresas de la ciudad de

Huancayo según evasión tributaria y cuál es el monto promedio mensual que

declara a SUNAT 110

Cuadro N° 22: Distribución de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y ha recibido alguna vez capacitación u

orientación tributaria por parte de la SUNAT 112

Cuadro N° 23: Distribución de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y conoce los requisitos y condiciones del

régimen tributario al que pertenece. 114

Cuadro N° 24: Distribución de las pequeñas empresas de la ciudad de

Huancayo según evasión tributaria y qué le motivó a acogerse al régimen en el

que se encuentra. 116

Cuadro N° 25: Distribución de las pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo según evasión tributaria y ha realizado algún trámite o pago por

SUNAT – Operaciones en Línea (SOL). 118

(17)

XVII

Cuadro N° 26: Distribución de las pequeñas empresas de la ciudad de

Huancayo según evasión tributaria y cómo calificaría usted las aplicaciones de

SUNAT. 120

(18)

18

CAPÍTULO I:

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

(19)

19 I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

1.1.1 Descripción de la realidad problemática

El presente trabajo de investigación denominado: “ESTRATEGIAS PARA REDUCIR LA EVASIÓN TRIBUTARIA EN PEQUEÑAS EMPRESAS COMERCIALES DE LA CIUDAD DE HUANCAYO”, se desarrollará con el objetivo de crear conciencia y/o cultura tributaria y aplicar las estrategias que la Administración Tributaria plantea.

Un problema generalizado y de gran preocupación en la ciudad de Huancayo es la evasión tributaria en pequeñas empresas comerciales, dentro de esta problemática se encuentra un elemento clave, las estrategias que la Administración Tributaria debería de aplicar a través de la fiscalización tributaria y la facilitación para un mejor cumplimiento de obligaciones de los contribuyentes, dentro de este marco la población debería tomar conciencia sobre los procesos de fiscalización y la facilitación que la Administración tributaria viene realizando a través de diversos programas , de aquí el objetivo de este trabajo es que la población tome conciencia sobre estos temas en su real dimensión, siendo la forma más común y simple de evasión no entregar comprobante de pago, y a su vez sirva a la Administración Tributaria como un aporte para llevar a cabo las acciones de control, fiscalización, orientación para reducir la evasión tributaria en las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo.

Los comprobantes de pago son los primeros documentos en los que se registra una compra o venta de bienes, la prestación de un servicio, así como la entrega en uso, y asimismo señalan el impuesto que se debe pagar por

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20

dicha operación o transacción. En consecuencia, si el vendedor no emite el comprobante de pago respectivo, no habrá rastro de la operación o transacción realizada, pues se carecerá de un documento que la acredite.

Siguiendo con el razonamiento, al no haber prueba de la transacción, no será necesario anotarla en los registros y libros contables. Por consiguiente, los ingresos obtenidos por el vendedor en dichas operaciones no serán declarados periódicamente. Ello supone que este mal ciudadano declarará ingresos menores a los reales y no pagará o pagará un tributo menor al que le corresponde.

Esto se puede apreciar con toda nitidez en el caso del Impuesto a la Renta.

Así, las personas que no entregan comprobante de pago declaran menores ingresos y realizan un pago a cuenta mensual menor al que realmente les corresponde.

En el caso en que las operaciones del vendedor están afectas al Impuesto General a las Ventas, la situación se torna más grave aún. No sólo paga menos Impuesto a la Renta del que le corresponde, sino que además se apropia del IGV que el comprador le ha pagado. Al no existir comprobante de pago, no hay documento que pruebe que el comprador pagó el IGV y, por lo tanto, el vendedor ya no lo entrega al fisco, sino que lo considera un

“ingreso” adicional.

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) como ente responsable de la administración y recaudación de impuestos, utiliza diversos mecanismos y estrategias para erradicar o en principio disminuir la evasión, pero a pesar de su lucha constante para erradicar la evasión esto no ha disminuido por el contrario los índices de evasión han

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21

aumentado cada vez más, y como consecuencia el estado no tiene recursos suficientes para realizar los objetivos propuestos, con lo referente a obras que pueden ser en el sector salud, educación, seguridad ciudadana, etc. de los cuales todos los peruanos somos los beneficiarios.

No obstante, es muy importante que los ciudadanos y contribuyentes conozcan las nuevas herramientas de comunicación que SUNAT viene realizando para mejorar la disponibilidad de la información a través de un servicio de alta calidad, ayudándolos a entender y cumplir sus obligaciones tributarias mediante la aplicación de la ley tributaria con integridad e imparcialidad.

1.1.2 Enunciado del Problema Problema General:

¿Cuáles son las estrategias tributarias que reducen la evasión tributaria en pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo?

Problema Específico:

¿Cuáles son las estrategias de fiscalización tributaria que reducen la evasión tributaria en pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo?

¿Cuáles son las estrategias de facilitación de servicios que reducen la evasión tributaria en pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo?

1.1.3 Justificación

No se puede financiar los servicios básicos, ya sea de salud, educación, seguridad y entre otros en bienestar de todos los peruanos, cuando tenemos una población contributiva que incurre en la evasión de impuestos. Todo

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22

nace cuando no se otorga y/o exige los comprobantes de pagos respectivos en una transacción comercial.

“Los ciudadanos podemos participar en esta tarea si dedicamos algunos minutos para exigir nuestro comprobante de pago después de una compra.

Asimismo, al tiempo que colaboramos en la lucha contra la evasión, también enseñamos con el ejemplo.

Si nuestros hijos ven que no solicitamos comprobante de pago, ellos repetirán nuestro comportamiento. Por el contrario, si nos preocupamos en exigirlos, aprenderán que esos papeles son importantes y que ellos también deben hacerlo. Pero si, además, les explicamos las razones de nuestro comportamiento, estaremos contribuyendo a crear en ellos esa cultura tributaria tan necesaria en los momentos actuales y que es fundamental en una estrategia de lucha contra la evasión.

Pero los comprobantes de pago no sólo son útiles para efectos tributarios, sino que, además, adquieren importancia en nuestra vida diaria.

En primer lugar, son necesarios para acreditar la propiedad de un bien. Por ejemplo, en el caso de un robo o de una pérdida de bienes, el propietario deberá presentar los comprobantes de pago de dichos bienes ante la autoridad respectiva a fin de hacer la denuncia y reclamarlos en el caso de que hayan sido recuperados.

En segundo lugar, en el caso de una mudanza, la autoridad exige la presentación de los comprobantes de pago que acreditan la propiedad de los bienes que se transportan antes de otorgar el permiso respectivo.

(23)

23

Finalmente, también sirven para realizar un reclamo, solicitar el cambio o la devolución del dinero cuando los productos adquiridos son defectuosos o están malogrados. Si no se cuenta con el comprobante de pago, difícilmente se podrá realizar el reclamo y conseguir el cambio respectivo”1.

Por otro lado se puede apreciar que la Administración Tributaria realiza esfuerzos por concientizar a la población contributiva en guiarlos, orientarlos en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, pero estas no son suficientes ya que se incurre en la evasión de impuestos por falta de conocimiento y por no brindar también de manera simplificada los formularios y/o declaraciones que muchas veces le son engorrosos y complejos.

De modo que el presente trabajo de investigación no solo demostrará mediante los resultados de cuestionario y otros, que existe evasión tributaria en las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo, sino que se seleccionará que estrategias tributarias serán de aplicación a este sector y lugar del País, para reducir la evasión tributaria.

1.1.4 Delimitación de la Investigación

En el presente trabajo de investigación cuando se trate de comprender a quién se señala como la Administración Tributaria, no referimos a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT.

1.2 Hipótesis

1.2.1 Hipótesis General

1 César Vieira - Comprobantes de pago mucho más que simple “papelitos”. Profesional de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional.

http://www.sunat.gob.pe/institucional/publicaciones/revista_tributemos/tribut114/analisis_1.htm

(24)

24

Las estrategias tributarias reducen favorablemente la evasión tributaria en pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo.

1.2.2 Hipótesis Específicas

1. La estrategia de fiscalización tributaria reducen favorablemente la evasión tributaria en pequeñas comerciales de la ciudad de Huancayo.

2. La estrategia de la facilitación de servicios reducen favorablemente la evasión tributaria en pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo.

1.3 Objetivos

1.3.1 Objetivo General

Establecer las principales estrategias tributarias que reducen la evasión tributaria en pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo.

1.3.2 Objetivos Específicos Objetivos Específicos:

Identificar que estrategias de fiscalización tributaria reducen la evasión tributaria en pequeñas comerciales de la ciudad de Huancayo.

Determinar que estrategias de facilitación de servicios reducir la evasión tributaria en pequeñas empresas de la ciudad de Huancayo.

(25)

25

CAPÍTULO II

METODOLOGIA DE INVESTIGACIÓN

(26)

26 II METODOLOGIA DE INVESTIGACIÓN

2.1 Método y Población muestral 2.1.1 Diseño metodológico

Se utilizará el método descriptivo Y = f ( X )

Donde:

X = Variable independiente Y = Variable dependiente 2.1.2 Población y muestra

Al primer trimestre del año 2015, hay un total de 1,942,600 empresas a nivel nacional información brindada por el INEI2, cabe señalar que lo conforman las microempresas con un 95%, seguidamente de las pequeñas empresas con un 4.02%, mediana y grande empresa con el 0.63% y la administración pública con 0.35%3.

En el departamento de Junín se concentra 3,286 pequeñas empresas representando el 3.76% de empresas en el territorio peruano y es en la provincia de Huancayo en el que se concentra el mayor número de pequeñas empresas, es decir; 1,914 pequeñas empresas comprendiendo así un 58.26%

del total de pequeñas empresas en el departamento de Junín, luego le sigue la provincia de Chanchamayo con 11.64%, Tarma con 7.48%, Satipo 7.49%, Jauja 4.48%, Concepción 4.13%, Yauli el 2.57%, Chupaca con 2.36%, y la provincia de Junín con 1.58%.

2 Informe Técnico Demografía Empresarial 2015 - INEI, Pág. 1,

https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/boletines/informe-tecnico-demografia- empresarial_2015_i.pdf

3 Estructura Empresarial Perú 2013 – INEI, Pág. 15,

https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1178/index.html

(27)

27

En cuanto a las actividades económicas en la provincia de Huancayo se distribuye de la siguiente forma: la Pesca y Acuicultura que comprende el 0.06%, Telecomunicaciones y otros servicios de información con un 1.69%, Alojamiento y restaurantes con un 2.27%, Electricidad, Gas y Agua en 2.75%, Administración Pública y Defensa con 5.44%, Transporte, Almacenamiento, Correo y Mensajería con 6.25%, Construcción con 6.93%, Manufactura con 10.71%, Agricultura, Ganadería, Caza y Silvicultura con 12.18%, Comercio con 12.60%, Extracción de Petróleo, Gas y Minerales con 14.00% y Otros servicios con 25.12%4.

De manera que se puede indicar que de las 1,914 pequeñas empresas en la ciudad de Huancayo existen 241 pequeñas empresas aproximadamente dedicadas a la actividad de comercio.

Cabe precisar que el Sector Económico y las Actividades Económicas como estrato de estudio para el presente trabajo es brindado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI en el índice temático, Sistema de Información Económica5.

En conclusión para nuestro estudio se ha seleccionado el Sector Económico de Servicios y específicamente la actividad económica de Comercio, es decir la venta de alimentos y bebidas, la ventas de materiales de construcción y artículos de ferretería, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas, actividad farmacéutica, venta de calzados, que representa el 12.60% del PBI del departamento de Junín con

4 Análisis Regional de Empresas Industriales – Dirección General de Industria (Región Junín)

http://www2.produce.gob.pe/RepositorioAPS/2/jer/PRODUCTIVIDAD_COMPETITIVIDAD/Informes/anali sis_junin.pdf

5 INEI - https://www.inei.gob.pe/estadisticas/indice-tematico/economia/

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28

el muestreo aleatorio simple y por cuotas. Siendo el tamaño de la muestra es de 71 pequeñas empresas de la actividad económica.

Considerando:

P = 0.9 (nivel de confianza) E = 0.03 (margen de error)

N = 241 Pequeñas empresas en la Provincia de Huancayo en la actividad económica de comercio.

1. Hallando “n°” el tamaño provisional de la muestra n° = P ( 1 – P ) = 0.9 * ( 1 – 0.9) = 100

E2 ( 0.03 ) 2

2. Hallando “n” el tamaño de la muestra para la actividad

n = n° = 100 = 71 Pequeñas empresas 1 + n° / N 1 + 100 / 241

3. Muestra por actividad económica

Actividad Económica Proporción de las Pequeñas Empresas

Tamaño de muestra por Actividad

- Comercio 1.000 71

2.1.3 Técnicas e Instrumentos de recolección de datos a) Técnica:

Encuestas: El estudio se realizará mediante la aplicación de encuestas a las pequeñas empresas comerciales del impuesto a la renta

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29

seleccionadas en la muestra y se complementará con entrevistas dirigidas a los gerentes generales y/o contadores sobre las estrategias tributarias aplicadas su empresa

Análisis documental: Que nos permitió reconocer información teórica-científica para nuestro marco teórico.

b) Instrumentos: Las fuentes de información a recurrir en el presente estudio son dos: fuente primaria y fuente secundaria. En la fuente primaria, se recurrirá directamente a las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Huancayo, para obtener información de primera mano, la misma que será a través de cuestionario de preguntas.

En la fuente secundaria a SUNAT y otras instituciones que brinden información tributaria procesada como anuarios, memorias, reportes, boletines, etc. Entre ellas tenemos a las siguientes: - Charlas de orientación SUNAT. - Talleres de acopio de información para conocer el nivel de conocimientos para el plan - Encuestas a empresarios del régimen general en la ciudad de Huancayo. - Textos - Revistas, folletos y otras publicaciones editadas por instituciones como SUNAT, INEI, revistas especializadas, etc.

Para la recolección de información de la presente investigación se utilizó el instrumento cuestionario, donde formulamos 18 preguntas, que se respondían a los indicadores de nuestra variable.

La técnica del fichaje, elaboramos la ficha bibliográfica, resumen, cuestionarios, entrevistas, filmaciones, grabaciones en audio, fotografías.

(30)

30 2.2 Procedimientos

Para la contrastación de las hipótesis, los datos recopilados mediante la encuesta y otros, se someterá a un proceso de análisis, comparación y presentación. Esta tarea se inicia con la categorización de la información; es decir con la codificación numérica de las variables de estudio, luego se procederá con la tabulación de los datos para su respectiva presentación en los cuadros de entrada y salida, pasando finalmente a la interpretación y las respectivas inferencias a nivel del colectivo.

2.2.1 Procesamiento y análisis de datos

Las técnicas que se emplearán para el procesamiento estadístico serán las siguientes:

a) Cuadro o tablas estadísticas:

Nos permitió estructurar los resultados obtenidos en cuadros y/o tablas estadísticas las que se analizaran e interpretaran.

b) Gráficos estadísticos:

Nos permitió estructurar los resultados obtenidos en gráficos estadísticos las que se analizaran e interpretaran.

c) Prueba de independencia de criterios:

Nos permitirá demostrar la hipótesis y determinar que las causas se asocian a la evasión tributaria se aplicando la prueba chi cuadrado para independencia de factores. Si p < 0,05 existirá asociación confirmando la hipótesis propuesta.

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31

CAPITULO III

MARCO TEORICO

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32 III. MARCO TEORICO.

3.1 Antecedentes

De la búsqueda de investigaciones realizadas que tengan una relación con el trabajo planteado, se ha podido identificar a las siguientes:

Tesis (2003) “La educación tributaria como solución a la baja recaudación fiscal en México”. El tesista Nieto Dueñas Salvador, concluye en lo siguiente: Es difícil poder afirmar que, el incluir una Educación Tributaria dentro de los planes de estudio del nivel básico en México, ayudaría a incrementar el pago de impuestos. Se tendría que esperar años para analizar los resultados que se hayan obtenido. Sería necesario realizar un estudio dirigido a conocer qué tanto ayudó a modificar la percepción y estímulo a las personas para el pago de impuestos, Por otro lado señala lo siguiente: “Los países que no le pongan atención a sus recursos humanos, a su educación, a su gente que pueden generar patentes, ideas, empresas, etc. acabarán quebrando.”

Revista Científicas de América Latina (2010), Orlando Darío P.J. & Ruth Alejandra P.J. dice que: “La evasión es un tema de polémica dentro de las decisiones de política fiscal, el no pago de los tributos, su afectación en los ingresos del gobierno y la repercusión en el financiamiento del gasto genera distorsiones en la tasa de impuesto…”

Tesis (2013) “Evasión Tributaria en los comerciantes de abarrotes ubicados en los alrededores del mercado mayorista del distrito de Trujillo”. Bach.

Aguirre Avila, Aniclaudia Alexandra, Bach. Silva Tongo, Olivia. Concluyen que el Estado no tiene una adecuada difusión respecto de los tributos y objetos de los mismos, trayendo consigo la ausencia de una cultura y conciencia tributaria, lo

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33

que origina que los contribuyentes se encuentren más propensos a caer en la evasión y elusión tributaria.

Tesis (2014) “La evasión tributaria y su incidencia en la recaudación fiscal en el Perú y Latinoamérica”. Mo. Quintanilla de la Cruz Esperanza concluye que la evasión de impuestos ocasiona disminución en el nivel de fondos que maneja el gobierno e influye en el nivel de inversión de la recaudación para atender servicios públicos.

3.2 Marco teórico

3.2.1 Sistema tributario nacional6

En mérito a facultades delegadas, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Legislativo No. 771 dictó la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional, vigente a partir desde 1994, con los siguientes objetivos:

Incrementar la recaudación.

Brindar al sistema tributario una mayor eficiencia, permanencia y simplicidad.

Distribuir equitativamente los ingresos que corresponden a las Municipalidades.

El Código Tributario constituye el eje fundamental del Sistema Tributario Nacional, ya que sus normas se aplican a los distintos tributos. De manera sinóptica, el Sistema Tributario Nacional puede esquematizarse de la siguiente manera:

6 SUNAT - http://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/sistematributario.html

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34

Gráfico N° 01

Sistema Tributario Nacional

Fuente:

http://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/sistematributario.html a. El tributo

Es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines7. El Código Tributario establece que el término TRIBUTO comprende impuestos, contribuciones y tasas8.

7Definición de Héctor Villegas; Curso de Finanzas, Derecho Tributario y Financiero. Tomo I - Buenos Aires.

8Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF.

- Impuesto predial - Impuesto a la

Alcabala

- Impuesto a los Juegos - Impuesto a las

Apuestas - Impuesto al

Patrimonio Vehicular - Impuesto a la Renta

- Impuesto General a las Ventas

- Régimen Único Simplificado - Impuesto Especial a la

Minería

- Aportaciones al Seguro Social de Salud (Essalud)

- Aportaciones a la Oficina de Normalización Previsional (ONP)

- Derechos Arancelarios - Regalías Mineras - Gravamen Especial a la

Minería

- Tasa de prestación de Servicios Públicos

- Contribuyentes al SENATI

- Contribuyentes al SENCICO

CÓDIGO TRIBUTARIO

SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

TRIBUTOS

GOBIERNO CENTRAL GOBIERNOS LOCALES PARA OTROS FINES

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35

Impuesto

Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto a la Renta.

Contribución: Es el tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al SENCICO.

Tasa: Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio público, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros Públicos.

La ley establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines específicos.

b. Administración de tributos:

1. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT :

En aplicación del Decreto Supremo 061-2002-PCM, se dispuso la fusión por absorción de la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD) por la Superintendencia Nacional de Tributos Internos (SUNAT), pasando la SUNAT a ser el ente administrador de tributos internos y derechos arancelarios del Gobierno Central. El 22 de diciembre de 2011 se publicó la Ley Nº 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, estableciéndose la sustitución de la denominación de la

(36)

36

Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT por Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT, administra los tributos internos y tributos aduaneros tales como el Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto Especial a la Minería, Régimen Único Simplificado y los derechos arancelarios derivados de la importación de bienes. Mediante la Ley N° 27334 se amplió las funciones de la SUNAT a efectos de que administre las aportaciones a ESSALUD y a la ONP. La SUNAT también administra otros conceptos no tributarios como las Regalías Mineras y el Gravamen Especial a la Minería.

2. Los Gobiernos Locales (Municipalidades) : Administran exclusivamente los impuestos que la ley les asigna tales como el Impuesto Predial, Impuesto al patrimonio automotriz, alcabala, Impuestos a los juegos, etc.; así como los derechos y tasas municipales tales como licencias, arbitrios y derechos.

3.2.2 Tipos de Regímenes9:

a. REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo.

9 Web – SUNAT, http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/impuesto-a-la-renta- empresas

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De acuerdo con el artículo 28 de la Ley del Impuesto a la Renta son consideradas Rentas de Tercera Categoría las siguientes:

1. Operaciones gravadas renta de tercera

Comercio: Las derivadas del comercio, la industria o minería; de la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; de la prestación de servicios comerciales, industriales o de índole similar, como transportes, comunicaciones, sanatorios, hoteles, depósitos, garajes, reparaciones, construcciones, bancos, financieras, seguros, fianzas y capitalización; y, en general, de cualquier otra actividad que constituya negocio habitual de compra o producción y venta, permuta o disposición de bienes.

Agentes Mediadores: Las derivadas de la actividad de los agentes mediadores de comercio, rematadores y martilleros y de cualquier otra actividad similar.

Notarios: Las que obtengan los Notarios.

Ganancias de capital operaciones habituales: Las ganancias de capital y los ingresos por operaciones habituales a que se refieren los artículos 2º y 4° de esta Ley, respectivamente.

Personas Jurídicas: Las demás rentas que obtengan las personas jurídicas a que se refiere el Artículo 14º de esta Ley.

Asociación o sociedad civil: Las rentas obtenidas por el ejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio.

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Otras rentas: Cualquier otra renta no incluida en las demás categorías

Cesión de bienes: La derivada de la cesión de bienes muebles o inmuebles distintos de predios, cuya depreciación o amortización admite la presente Ley

Institución educativa particular: Las rentas obtenidas por las Instituciones Educativas Particulares.

Patrimonio fideicometido: Las rentas generadas por los Patrimonios Fideicometidos de Sociedades Titulizadoras, los Fideicomisos bancarios y los Fondos de Inversión Empresarial, cuando provengan del desarrollo o ejecución de un negocio o empresa.

De acuerdo con lo dispuesto por el inciso d) del artículo 17 del Reglamento del Impuesto a la Renta las rentas previstas en el inciso a) del artículo 28 de la Ley a que se refiere el segundo párrafo del citado artículo 28, son aquéllas que se derivan de cualquier otra actividad que constituya negocio habitual de compra o producción y venta, permuta o disposición de bienes.

De acuerdo con el inciso a) del artículo 17 del Reglamento del Impuesto a la Renta se considera agentes mediadores de comercio a los corredores de seguro y comisionistas mercantiles.

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El inciso b) del artículo 17 del Reglamento del Impuesto a Renta, establece que la renta que obtengan los notarios a que se refiere el inciso c) del Artículo 28 de la Ley será la que provenga de su actividad como tal.

Base Legal: Artículo 28 de la Ley del Impuesto a la Renta.

2. Determinación de la Renta Bruta

La renta bruta está constituida por el conjunto de ingresos afectos al impuesto que se obtenga en el ejercicio gravable

Cuando tales ingresos provengan de la enajenación de bienes, la renta bruta estará dada por la diferencia existente entre el ingreso neto total proveniente de dichas operaciones y el costo computable de los bienes enajenados, siempre que dicho costo esté debidamente sustentado con comprobantes de pago.

No será deducible el costo computable sustentado con comprobantes de pago emitidos por contribuyentes que a la fecha de emisión del comprobante:

• Tenga la condición de no habido, según publicación realizada por la Administración Tributaria, salvo que al 31 de diciembre del ejercicio en que se emitió el comprobante, el contribuyente haya cumplido con levantar tal condición.

• La SUNAT les haya notificado la baja de su inscripción el RUC.

La obligación de sustentar el costo computable con comprobantes de pago no será aplicable en los siguientes casos:

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• Cuando el vendedor perciba rentas de la segunda categoría por la venta del bien;

• Cuando de acuerdo con el Reglamento de Comprobantes de Pago no sea obligatoria su emisión; o,

• Cuando de conformidad con el artículo 37 de esta Ley del Impuesto a la Renta, se permita la sustentación del gasto con otros documentos, en cuyo caso el costo podrá ser sustentado con tales documentos.

Si se trata de bienes depreciables o amortizables, a efectos de la determinación del impuesto, el costo computable se disminuirá en el importe de las depreciaciones o amortizaciones que hubiera correspondido aplicar de acuerdo a lo dispuesto por la Ley del Impuesto a la Renta.

El ingreso neto total resultante de la enajenación de bienes se establecerá deduciendo del ingreso bruto las devoluciones, bonificaciones, descuentos y conceptos similares que respondan a las costumbres de la plaza.

El costo computable está definido en la norma como el costo de adquisición, costo de producción o construcción o valor de ingreso al patrimonio de los bienes.

Base Legal: Artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta.

3. Determinación de la Renta Neta

La Renta Neta estará dada por la diferencia existente entre la Renta Bruta y los gastos deducibles hasta el límite máximo permitido por la Ley.

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Tomar en cuenta que los gastos se pueden clasificar en dos tipos según la Ley del Impuesto a la Renta y su reglamento.

Gastos permitidos:

Se refiere a aquellos gastos necesarios para que la empresa pueda producir ganancias o mantener la actividad empresarial, siempre que cumplan ciertos criterios como:

Causalidad: consiste en la relación de necesidad entre los gastos incurridos y la generación de renta o el mantenimiento de la fuente de la actividad empresarial. El principio de causalidad debe tomar en cuenta criterios adicionales como que los gastos sean normales de acuerdo al rubro del negocio y que sean razonables, es decir, que mantengan proporción con el volumen de las operaciones realizadas, entre otros.

Generalidad: debe evaluarse considerando situaciones comunes del personal, lo que no significa que se comprenda a la totalidad de trabajadores de la empresa, al deducir los gastos por beneficios sociales y retribuciones a favor de los trabajadores gastos y contribuciones destinados a prestar al personal servicios de salud, recreativos, culturales y educativos;

Gastos no sujetos a límite:

Serán deducibles sin un monto máximo, siempre que cumplan con los requisitos señalados líneas arriba u otros señalados en el Ley o el Reglamento. Como por ejemplo:

• Primas de seguro, (37º -c; 21º-b)

• Pérdidas extraordinarias, (37º -d)

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• Mermas y desmedros, (37º,f - 21º,c)

• Gastos pre-operativos, (37º -g; 21º-d)

• Provisiones y castigos, (37º,i - 21º,f)

• Regalías, (Art. 11, Ley 28258)

• El monto de la depreciación correspondiente al mayor valor atribuido como consecuencia de revaluación voluntaria de los activos con motivo de reorganización de empresas o sociedades o fuera de estos actos,(37º,f – 22°)

Base Legal: Artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.

4. Tasas para la determinación del Impuesto a la Renta Anual Los contribuyentes que perciban rentas de tercera categoría se encuentran gravados con las siguientes tasas:

Tabla N° 01

Tasas aplicables en el Régimen General

Fuente: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas- menu/impuesto-a-la-renta-empresas

EJERCICIO

TASA APLICABLE

Hasta el 2014 30%

2015-2016 28%

2017-2018 27%

2019 en adelante 26%

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Base Legal: Artículo 55 de la Ley del Impuesto a la Renta.

5. Determinación de Pagos a Cuenta

A fin de determinar los pagos a cuenta mensuales se deben de seguir los siguientes pasos:

a) Determinación del coeficiente que se aplicará a los ingresos obtenidos en el mes:

Para determinar el mencionado coeficiente se debe dividir:

Impuesto calculado del ejercicio anterior Ingresos netos del ejercicio anterior

El coeficiente resultante se redondea considerando 4 decimales.

Respecto de los períodos de enero y febrero la división se realiza de la siguiente manera:

Impuesto calculado del ejercicio precedente al anterior Ingresos netos del ejercicio precedente al anterior

El coeficiente resultante se redondea considerando 4 decimales.

De no existir impuesto calculado el ejercicio anterior, ni del precedente al anterior, a fin de determinar el pago a cuenta mensual se deberá aplicar el 1.5% a los ingresos netos obtenidos en el mes.

b) Determinación de la cuota con la aplicación del coeficiente determinado en a):

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Una vez determinado el coeficiente, éste se aplica a los ingresos netos del mes:

Ingresos Netos x Coeficiente calculado = Cuota A)

c) Comparación de Cuotas.

La cuota determinada la Cuota A) se compara con la cuota resultante de la siguiente operación:

Ingresos del mes x 1.5%

De la comparación de ambas se elige la mayor, dicho monto es el pago a cuenta mensual determinado.

6. Suspensión de Pagos a Cuenta Tercera Categoría Suspensión o modificación de pagos a cuenta:

Si a efectos de determinar el pago a cuenta, se efectuó la multiplicación entre los ingresos netos mensuales y el 1.5% (de acuerdo con lo dispuesto por el numeral d) del artículo 85 de la Ley del Impuesto a la renta, entonces se podrá solicitar la suspensión de dicho pago, por los períodos febrero, marzo, abril o mayo, cumpliendo los siguientes requisitos, los cuales serán evaluados por la SUNAT.

Requisitos para la evaluación:

• Presentar una solicitud, adjuntando el Registro de Costos, Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas y Registro de Inventario Permanente Valorizado, según corresponda, de los últimos cuatro ejercicios vencidos. En caso de no estar obligado a llevar dichos registros deberá presentar los inventarios físicos. Esta

(45)

45

información deberá ser presentada en formato DBF, Excel, u otro que se establezca mediante resolución de Superintendencia, la cual podrá establecer las condiciones de su presentación.

• El promedio de los ratios de los últimos cuatro ejercicios vencidos, de corresponder, obtenidos de dividir el costo de ventas entre las ventas netas de cada ejercicio, debe ser mayor o igual a 95%.Este requisito no será exigible a las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior que desarrollen las actividades y determinen sus rentas netas de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley del Impuesto a la Renta.

• Presentar el estado de ganancias y pérdidas correspondientes al período señalado en la Tabla I, según el período del pago a cuenta a partir del cual se solicite la suspensión.

• El coeficiente que se obtenga de dividir el impuesto calculado entre los ingresos netos que resulten del estado financiero que corresponda, no deberá exceder el límite señalado en la Tabla II De no existir impuesto calculado, se entenderá cumplido este requisito con la presentación del estado financiero.

• Los coeficientes que se obtengan de dividir el impuesto calculado entre los ingresos netos correspondientes a cada uno de los dos últimos ejercicios vencidos no deberán exceder el límite señalado en la Tabla II De no existir impuesto calculado en alguno o en ambos de los referidos ejercicios, se entenderá cumplido este

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46

requisito cuando el contribuyente haya presentado la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta correspondiente.

• El total de los pagos a cuenta de los períodos anteriores al pago a cuenta a partir del cual se solicita la suspensión deberá ser mayor o igual al Impuesto a la Renta Anual determinado en los dos últimos ejercicios vencidos, de corresponder.

La suspensión será aplicable respecto de los pagos a cuenta de los meses de febrero a julio que no hubieran vencido a la fecha de notificación del acto administrativo que se emita con motivo de la solicitud.

Los pagos a cuenta de los meses de agosto a diciembre podrán suspenderse o modificarse sobre la base del estado de ganancias y pérdidas al 31 de julio, de acuerdo con lo siguiente:

Suspenderse:

Cuando no exista impuesto calculado en el estado financiero, o de existir impuesto calculado, el coeficiente que se obtenga de dividir dicho impuesto entre los ingresos netos que resulten del estado financiero no debe exceder el límite previsto en la Tabla II, correspondiente al mes en que se efectuó la suspensión.

Modificarse:

Cuando el coeficiente que resulte del estado financiero exceda el limite previsto en la Tabla II, correspondiente al mes en que se efectuó la suspensión.

De no cumplir con presentar el referido estado financiero al 31 de julio, los contribuyentes deberán efectuar sus pagos a cuenta de acuerdo con

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47

lo previsto en el primer párrafo del artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta hasta que presenten dicho estado financiero.

Base Legal: Artículos 85 de la Ley del Impuesto a la Renta, y 54 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

7. Procedimiento de suspensión de pagos a cuenta - Régimen General Mediante Resolución de Superintendencia N° 101-2013/SUNAT del 20 de marzo del 2013, se definieron los requisitos a tomar en cuenta para presentar la solicitud de suspensión de pagos a cuenta de los meses de febrero, marzo, abril y mayo sobre la base de los resultados que arroje el Estado de Ganancias y Pérdidas al 31 de enero, al 28 o 29 de febrero, al 31 de marzo o al 30 de abril, respectivamente, de acuerdo con lo previsto en el acápite i) del segundo párrafo del artículo 85 del TUO - Ley del Impuesto a la Renta por parte de los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría.

En ese sentido los más importante a tener en cuenta al momento de presentar la solicitud son los siguientes:

a) La solicitud se presentará a través de un escrito que contendrá los cálculos que sustenten el cumplimiento de los literales b, d y e del acápite i) del segundo párrafo del artículo 85° de la Ley del Impuesto a la Renta, referido al promedio de los ratios de los cuatro últimos ejercicios vencidos, de corresponder, los coeficientes de los dos últimos vencidos y el total de los pagos a cuenta de los meses anteriores al pago a cuenta a partir del cual se solicita la suspensión.

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48

b) Para efectos de elaborar la Declaración, los contribuyentes utilizarán el aplicativo en formato excel que a continuación podrán descargar. Cabe señalar que el archivo que genere dicho aplicativo contendrá la Declaración, la que impresa y debidamente firmada por el representante legal se presentará en los lugares autorizados.

Descarga de Formato Excel - Art. 5° - Resolución de Superintendencia N° 101-2013/SUNAT (*)

(*)Para utilizar este archivo excel se recomienda usar la opción

"Guardar" y luego extraer el archivo comprimido.

c) Los registros o inventarios físicos a que se alude en el literal a del acápite i) del segundo párrafo del artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta, se presentarán en archivos con formatos DBF o Excel, utilizando para tal efecto un disco compacto o una memoria USB.

Lugares para la presentación de la Solicitud, los registros o inventarios físicos y la Declaración:

La solicitud, los registros o inventarios físicos y la Declaración se presentarán en:

a) Tratándose de Principales Contribuyentes Nacionales: En la dependencia de la Intendencia de Principales Contribuyentes encargada de recibir sus declaraciones pago.

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49

b) Tratándose de contribuyentes pertenecientes al directorio de la Intendencia Lima:

b.1) Si son Principales Contribuyentes: En las dependencias encargadas de recibir sus declaraciones y pago o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT, en la provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao.

b.2) Si son Medianos o Pequeños Contribuyentes: En los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT, en la provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao.

c) De pertenecer al directorio de las Intendencias Regionales u Oficinas Zonales: En las dependencias de la SUNAT de su jurisdicción o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por dichas dependencias.

8. Declaración y Pago del Impuesto Tabla N° 02

Declaración y Pago del Impuesto del Régimen General

Fuente: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas- menu/impuesto-a-la-renta-empresas

Declaración y pago mensual Declaración Anual Se declara y paga el impuesto

dentro del plazo de vencimiento previsto en el cronograma de pagos mensuales, de acuerdo al último dígito del RUC de cada declarante.

Cada año, la SUNAT emite una Resolución que fija quienes son los obligados con un calendario especial (marzo-abril)

(50)

50 Declaración mensual

Se pueden efectuar mediante el PDT 621, a través de SUNAT virtual con su Clave SOL, o en la red bancaria autorizada.

También se puede efectuar mediante Declaración y Pago IGV – Declaración Simplificada Formulario Virtual 621. Para usar la declaración simplificada de IGV - Renta Mensual, no debe ser sujeto de retenciones o percepciones del IGV, en el período tributario por el que realiza la declaración.

Las Declaraciones en cero (o), solo se podrán presentar por SUNAT virtual.

b. REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

El Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría, es decir rentas de naturaleza empresarial o de negocio.

Gráfico N° 02

Actividades comprendidas en el Régimen Especial

Fuente: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas- menu/impuesto-a-la-renta-empresas

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51

1. Acogimiento del régimen especial

Grafico N° 03

Oportunidad para acogerse al Régimen Especial

Fuente: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas- menu/impuesto-a-la-renta-empresas

En ambos supuestos, el acogimiento surtirá efecto a partir del período que corresponda a la fecha declarada como inicio de actividades en el Registro Único de Contribuyentes o a partir del período en que se efectúa el cambio de régimen.

El acogimiento al Régimen Especial tiene carácter permanente, salvo que el contribuyente opte por ingresar al Régimen General, acogerse al Nuevo Régimen Único Simplificado, se encuentre obligado a incluirse en el Régimen General por ser considerada una empresa no comprendida en el presente régimen debido a tener las características o desarrolle las actividades excluidas.

Base Legal: Artículos 118 y 119 de la Ley del Impuesto a la Renta

2. Empresas no comprendidas en el régimen especial

Las empresas que no pueden acceder al RER, son las que tienen cualquiera de las siguientes características:

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Gráfico N° 04

Exclusión del Régimen Especial

Fuente: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas- menu/impuesto-a-la-renta-empresas

También se encuentran excluidas del régimen las empresas que desarrollen las siguientes actividades:

• Actividades calificadas como contratos de construcción, según las norma del Impuesto General a las Ventas, aún cuando no se encuentren gravadas con el referido impuesto.

• Presten el servicio de transporte de carga de mercancía, siempre que sus vehículos tengan una capacidad de carga, mayor o igual a 2TM (dos toneladas métricas) y/o el servicio de transporte terrestre nacional e internacional de pasajeros.

• Organicen cualquier espectáculo público.

• Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores

• Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos;

agentes de aduana y los intermediarios de seguros.

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• Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.

• Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.

• Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.

• Realicen venta de inmuebles.

• Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento.

• Realicen las siguientes actividades, según la revisión de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU aplicable en el Perú según las normas correspondientes.

• Actividades de médicos y odontólogos.

• Actividades veterinarias.

• Actividades jurídicas.

• Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría, asesoramiento en materia de impuestos.

• Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico.

• Actividades de informática y conexas.

• Actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión.

¿En qué casos no puedo estar en Régimen Especial de Renta?

• Realicen actividades calificadoras como contratos de construcción.

Figure

Cuadro n° 7  7.  ¿Cuántos días a la semana trabaja?
Cuadro n° 15  15. ¿Qué aplicaciones de SUNAT conoce Ud.?

Referencias

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