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DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.

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(1)

N umero i 15. M

ié r c o le s

18

de

S

e t ie m b r e d e

1861,

8 C u a r t o s.

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.

Este periódico se publica los lunes, miércoles y viernes.— Los suscritores

de esta Capital pagarán 6 rs. al mes, y 8 los de fuera, franco el porte. Los anuncios particulares que se quieran insertar en el fíolftint previa li­

cencia del Sr. Gobernador, pagarán medio real por linea.

PARTE OFICIAL,

SECCION mjA GACETA.

MINISTERIO DE L\ GOBERNACION.

E l Presidente del Consejo de Ministros al limo. Sr. Subsecretario del Ministerio de la Gobernación:

»San Ildefonso 16 de Setiembre de 1861.— S . M. la Reina (Q. D . G.) y su au­

gusta Real familia continúan sin novedad en su importante salud.»

SECCION DE U PROVINCIA.

JUNTA PROVINCIAL DE DISTRIBUCION DEL CRÉDI­

TO EXTRAORDINARIO PARA LAS INUNDACIONES.

PRESIDENCIA.

Calamidades públicas.

Habiendo dispucslo S. iV. que se libre á favor do esta Junta, por via de pronto auxilio y á cuenta de lo que luego pueda corresponder á los pueblos de la provincia que á fines del año anterior sufrieron gra­

ves quebrantos por consecuencia de las inundacio­

nes, la suma de reales vellón setenta mi! doscientos treinta y seis, con ochenta céntimos, ó sea el 40 por loo del valor aproximado en que se calcularon las pérdidas de los sugelos que han venido á pobreza y fueron por lo tanto comprendidos en el estado nú­

mero primero para optar á la parle del crédito des­

tinado á donativos, esta Junta provincial en sesión celebrada al efecto ha acordado lo siguiente:

1 . ® Que formadas las nóminas de todos aque­

llos que no se hallen todavía pendientes de aproba­

ción, sean remitidas á las Juntas locales establecidas en dichos pueblos, y que las cantidades á que estas nóminas asciendan sean conducidas por individuos de la Guardia civil y puestas á disposición de las expresadas Juntas, las cuales irán procediendo a la disiribucion, después de dar el correspondiente res­

guardo.

2 . ® Que la distribución se haga prec.sámente con anuencia é intervención de los Sres. Párrocos, los cuales firmarán el recibo siempre que los intere­

sados no sepan hacerlo. Los demás individuos de la Junta pondrán sus firmas al pié de la nómina y me la devolverán después de haberse llenado lodos estos requisitos y formalidades.

3. ® Que los nombres de los sujetos cuyas canti­

dades quedan en suspenso por no haber justificado

enteramente las pérdidas que esperimcnlaron, sean eliminados de dichas nóminas hasta que recaiga so­

bre ellos la superior aprobación.

4. ® Que se publiquen en el Bolelin oficial de esta provincia relaciones de unos y otros, espresan- do sus nombres y las cantidades de ios que ahora deben percibir el 40 por 100 del total en que se han calculado sus pérdidas.

Y en su virtud, y para que llegue á noticias de los interesados y del público, se inserta á conti­

nuación la expresada lista, correspondiente á los pueblos que siguen:

ALCALA DEL JUGAR.

N O M B R E S .

Valor Importe aproxima- del JO por dü de las 100 que pérdidas, perciben.

Rs.Vn. Rs. Vn.

Domingo Lujan, por pérdida de frutos 40 16

Antonio Piqueras García 60 24

Francisco Monedero Torres 80 32

Lorenzo Medina menor 520 428

Francisco Monedero 200 80

José González Carrion 300 120

Juan Antonio Reves 200 80

Lorenzo Pardo 680 272

Dieiro Fernandez 440 476

Pedro José Navarro 200 80

Dieco Getrian 400 460

Francisco Ponce 30 12

Hipólito González 160 04

Gregorio Reqnena 240 96

Martin Requena 500 120

Antonio García Flores 80 32

Gaspar González 80 52

Baltasar González 120 48

Sebastian González 120 48

Pascual Valero 200 00

Antonio García Pérez 200 80

Pedro iMediiua inavor 00 52

Juan González Polla 120 48

Pedro Medina menor 420 40

José Torres González 4 60 64

Blas García González 100 40

José Gómez Soldado 240 06

Pedro Garrion Muriera 51)0 420

Pedro González Polla 440 56

Francisco Marlinez 4 60 64

José Gebrian Burgos 440 56

Angel l’icazo 240 06

Francisco Gosta 200 80

Juan González Dulce 6D 24

Francisco Navarro 260 104

Juan Estanislao Costa 00 32

Francisco Cosía Marlinez 4 00 40

Micuel Tolosa 240 96

E.-itcbíin Tolosa 200 00

Juan Ramón Gómez 320 4 28

Aniceto Tolosa 1200 400

José Giménez 400 72

José García Gómez 180 72

Amonio González lao 72

Cines Murcia 760 304

José Ochando Gómez 280 112

Manuel García Minguez 200 80

José García Garrion 4 60 72

Isabel Torres 60 24

Miguel Villar 401) 40

José Cuenca 560 232

Andrés García 40 46

José Tolosa Monedero 40 46

Domingo Tolosa Perez 2Ü0 80

Dainian Tolosa 100 40

Mallas Marlinez 220 86

Gaspar González 140 56

Cines Villar 60 32

Pedro Garrion Muñera 120 46

Benito Cuenca 160 64

Andrés Valiente 320 428

Miguel Costa González 200 80

Juan Ponce 00 52

Antonio Torres García 480 72

Maria Tolosa 80 52

Miguel Tolosa 390 456

Juan Perez Ponce 200 80

Juan Gebrian 160 64

Alonso García González 200 80

José González Torres 280 112

Francisco Picazo 160 64

José González García 520 428

Juan Cuenca Escurina 2ttü 80

Juan González Gontez 180 72

Juan Garcia Valero 200 80

Juan Garcia Costa 520 128

Juan Antonio Muñera 400 72

Pedro Cuenca 160 .64

Francisco Requena 4üü 40

Martin Garcia 280 112

Bonifacio Mollor 240 96

Simón Perez Gebrian 280 442

Juan García Tornero 200 80

Juan Requena 200 142

Pedro Gebrian Parra 260 112

Felipe González 400 460

Miguel Villar Garcia 640 256

Gregorio P.equena 200 60

Lorenzo Medina mayor 360 144

José Casio 420 168

Antonio González Garcia 200 80

Juan Perez Gebrian 420 48

Juan Giménez 200 80

Juan González Garcia 200 80

Juan .Murcia. 400 160

Miguel Cubas. 200 80

Antonio Torres Descalzo 220 88

Pascual Fernandez 2flo 80

Isidro Diaz 400 460

Andrea Fernandez 200 80

Martin Giménez 200 80

Maria González Viuda 200 80

Pedro José Pardo 200 80

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

Francisco Lujan

José González Giménez.

Francisco González Gómez Ana Gebrian

Juan González Jáliva Pedro Valero

Benito Martínez Ana Alaria Pareja Manuel Requena Antonia Torres Garcia José Hermenegildo Garcia José Rosario Garcia

Francisco Carrion López Juan Pedro Torres Francisco Carrion Murcia Antonio García Blesa Manuel Kequena Martin Requena Pérez Francisco Carrion Requena Martin Muñoz

Fernando Garcia Pascual Ponce Bonifacio Murcia Juan Sopaonvino Cristóbal Cubas Juan Valiente Alonso Villanueva Juan Villanueva Benito Martínez Andrés Ponce

Martin González Fernandez Antonio González Flores Antonio Lujan

Juan Tomás García Juan Tomás menor Antonio Carrion Cebrian Martin Carinana

Lorenzo Roqueña José Arenas Benito Requena Rosendo Villanueva Martin Lujan mayor Andrés Muñera Pedro Martínez Francisco Cebrian José Villanueva Isabel Garcia Viuda José Alonedero

Andrés Requetia de Diego

200 80

160 64

100 40

140 66

140 56

240 96

180 72

200 80

400 160

360 144

200 80

200 80

800 520

480 192

200 80

480 192

80 32

480 192

160 64

400 ICO

440 176

200 80

80 32

480 192

120 48

280 112

680 272

600 240

280 112

240 96

520 208

480 192

880 352

480 192

60 24

80 32

160 64

480 192

120 48

240 96

260 104

80 32

80 32

360 144

280 112

180 72

400 160

60 24

180 72

57,520 I b ,008 Ue modo que el total importe del cuarenta por ciento que deben percibir los interesados compren- d'dos en la anterior relación, asciende á quince mil ocho reales.

No t a Quedan en suspenso por no estar debida­

mente juslilicadas las pérdidas que sufrieron, y has­

ta que se aprueben por la Superioridad las canti­

dades que han de percibir los individuos espresados á continuación;

Juan Tarancon

Andrés Cebrian menor Andrés González Garcia Pedro Giménez y Giménez Andrés González Jáliva Miguel Gómez

Francisco González Marlinez Lorenzo Arocas menor .hian Antonio Cebrian Viuda de Francisco Giménez Juan Manera

Rafael Requena Jpsé Saez

Alonso Garcia Villanueva José Requería Salas Juan Ochando Juan Cebrian Gervasio Ochando Pedro José Mollor Josefa Costa

Damian Tolosa Perez Juan Antonio Perez Benito Carrion

JORQUERA.

Andrés 'Ortega 290 116

Asensio Montero de Juan 280 112

Antonio Santiago 400 160

Andrés Ortega Santo 120 48

Juan José Ortega 285 113 20

Antonio Gómez Murcia 46b 186

Antonio Cantero 260 104

Andrés Minguez 180 72

= 2 =

Pedro Gualda 210

Ramón Piqueras 100

Fernando Gómez Ortega 285

Bartolomé Aroca 260

Gil Marlinez Alcalá 270

Julián Ortega 500

José Antonio Gómez 100

Antonio Marlinez Andujar 110

Andrés Aroca 105

Juan Montero 270

José Tarancon, mayor 184

Julián Giménez 260

Pascual Atienzar 170

Juan Medina 18b

Julián Aroca 268

Antonio Castillo 450

Sebastian Gómez 100

Juan Martínez Gómez 140

Juan Cano 180

Juan Montero Martínez 240

Asensio Andujar 360

Juan Piqueras 160

Sebastian Andujar 120

Victoriano Rodríguez 60

Benito Giménez Ortega 26b

Francisco Collado 200

José .Martínez Asensio 2b0

Andrés Tarancon 264

Viuda de Francisco Giménez 260

Francisco Aroca 460

Andrés Alcalá 200

Ramón Salvador 180

Alonso Ortega ^ 200

Asensio Montero de Francisco 400

Gil Cano Valiente 250

Vicente Montero 460

Pascual Soriano Monleagudo 500

Baltasar Saez 520

José Cano Valiente 600

Antonio Aroca 450

Pedro Valero 51b

Antonio Cebrian 300

José Gómez Martínez 240

Maleo Moníeagiido 100

Carlos Gómez 520

Gil Andi jar 400

Juan Valieu’ c 186

Martin Gonzaiez Peregrino 198

Francisco Valrro 60

Manuel Pardo 100

José la Higuera 270

Gil Gómez Burgos 260

José xMarlinez de Gil 200

Viuda do José González 200

Rosa Herreros 160

José Medina 200

Juan Medina Andujar 120

Juan José González 150

Juan Giménez Tuerto 90

Pedro Ortega 160

Miguel López 265

Francisco Pardo 120

Antonio Üavia 264

Pascual Soriano 60

Asensio Marlinez Martínez 160

Juan Cortés 160

Benito López lOO

Antonio Molina 180

Manuel Vi lena 13b

(Catalina Saez 190

Policarpo Marlinez 200

Mateo Valero 500

José (iarcia 120

Antonio Abollan • 180

Pascual Gómez Montero 120

luán José Martínez López 200

Juan Ortega Chacaz 160

Pascual Ortega* Santo 260

Francisco Rodríguez 600

Juan Cano menor 400

Pedro Ramos 160

Cristóbal Sarria 120

Blas Sánchez Saez 500

Juan Cano Pardo 600

José Cano Pardo 600

Juan José Oiduno 400

Juan Saez ürtuño 460

José Vergara 160

José Alcalá 160

Asensio Marlinez Mateo 340

Antonio Saez García 240

Antonio Saez 120

Antonio Cortés 370

Pedro Gómez 246

Pascual Gómez Valiente 120

José Antonio Marlinez Pilo lOO

Francisco Valero Remendado Alonso Garcia

Francisco Santiago José Martínez Baeza Antonio Cebrian

Antonio Marlinez Cebrian Francisco Cantero

Manuel de Sales, menor Manuel do Sales, mayor José Onrubia

Antonio García Pedro Montcagudo Sebastian Castillo José Ruiz Piqueras José Perez

Andrés Romero Domingo Gualda

Antonio Vergara Abellan Fernando Vergara Pedro Ortega Lujan José Marlinez Alcalá Catalina Gou ez Martin Gómez Giménez Andrés Saez

Francisco Garcia Ramos Francisco Valero Gómez Miguel Gómez

Sebastian Gómez Valero Juan Pardo López Francisco Garcia Alarcon Joaquín Andiijar

Pedro González Juan Verdejo Antonio García Juan Valero Ponce Sebastian Valero Tornero Domingo García

Teresa Tornero Pascua! l'nrdo Blas Antonio Ramos Andrés Saez Juan López Alcalá Pedro Salvador

Pascual Gómez Candelas Juan Giménez Vnlicrra Blas Andiijar Vergara José Valero Ramos Bernardo Gómez Antonio Moreno Ana María Gómez Joaquín Navarro Fulgencio Ramos Benito Ramos Guillermo Sánchez Juan Valero Mejías Juan Marlinez Pardo Antonio Aparicio Pascual Ramos Sebastian Valero

Sebastian Gómez Giménez Juan Saez Montero Andrés García

Francisco Pardo Duende Juan Pardo Castillo Francisco Ramos Alfonsa Domingo Garcia

Andrés Alcalá Martin Gómez Alonso Atienzar Blas Andiijar

Martin González Vergara Juan Ortega Romero Benito Gómez Tarancon Andrés Sánchez Saez Blas Sánchez

Btasa Andujar Gómez Antonio Lujan

Sebastian Gómez Valiente José Martínez Punto Gregorio Valero Pascual Perez Francisco Andiijar Manuel Andujar Lorenzo Salvador Juan Atienzar

Francisco Gómez Ortega

150 200 566 800 600 500 100 160 170 330 285 90 150 360 240 160 500 400 100 160 400 136 400 200 120 300 260 300 240 540 180 90 360 150 300 100 260 120 320 300 160 180 60 500 300 500 400 294 90 150 100 150 120 210 500 120

100

160 200 200 600 200 300 160 300 300 300 120 200 600 400 400 260 360 500 600 500 240 90 IGO 500 300 400 140 190 360 47620 19ü/i8 Importa el 40 por lOÜ que lian ,■

individuos que comprende la anterior relaci . y nueve mil cuarenta y ocho rs. i«h¡da*

No t a. Quedan en suspenso por no ^^lai <

mente jusiilicados y bailarse pendientes ^ ¿ [os rior aprobación las partidas que correspona siguientes individuos..

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

José González Lujan.

Camilo Medina.

Sebastian Tarancon.

Manuel Monteagudo.

Alonso Cebrian.

Rosendo Gómez.

Juan Giménez Pela.

Antonio Gómez Lujan.

Pedro Gómez Tarancon.

Pascual Cano de Gil.

Diego Alcalá.

Vicente Piqueras.

Juan P»uiz Piqueras Antonio Martínez Molina Juan Cebrian Clemente Francisco Valiente Añádelo Giménez Sebastian García Manuel Melan Vicente Correacher Sebastian Martínez

Francisco Jiménez Cachirulo Juan Cebrian Villena

Juan Giménez Cachirulo Alonso González

Ana Lujan Sebastian Saez Andrés Saez Vicente Cano Francisco Cuevas Andrés Giménez Casto Alonso Sánchez Antonio Montero Pascual Gómez Juan López Francisco Solera Alonso Alienza Alonso Tejedor Antonio Vengara José hamos José García Iginio Villena Bernardo Ortega Joaquín Martínez Juan Alcalá José Ortega Lujan Antonio Cebrian Pucho Joaquín Piqueras

José Martínez de Antonio Ramón Pedro Martínez Alguacil

Lorenzo Martínez José Tejero.

OSSA ÜEMONTIEI.

Se hallan pendientes de aprobación superior, por no haber justificado sus pérdidas los dos individuos siguientes:

María Díaz.

Manuel Ponce.

VALDEGANGA.

José Diaz 1150 460

Gerónimo Sarria 320 128

francisco Gil 300 120

José Romero 500 200

Antonio lloras Corredor 190 76

José González 100 40

Riego García Lázaro 560 224

Isabel Torres 1925 770

Pedro Diaz 950 380

Andrés Landete Minguez 450 180

Francisco Jávega 200 80

José Hidalgo 400 160

Gerónimo Sarria Picazo 500 200

Domingo Lázaro 1200 400

Francisco Gómez Unde 700 280

José Gil Segovia 740 296

Antonio Corredor Pardo 250 100

Tomás Rodenas 300 120

Martin Heras Giménez 200 80

Antonio Gualda Cruz 100 72.

Martin Rodenas 200 80

Francisco Heras Atienza 520 128

Juan Culanda 180 72

Pedro Molina Perez 400 160

= 3 =

Pedro Molina Cuartero Antonio López Pascua! Murcia Celestino Gil Fernando Gil Antonio Giménez Pascual Pedro Calderón Andrés Perez Segovia Gregorio Molina José Pardo Natalio Martínez Andrés Perez Alejo Cebrian Gerónimo Valera Pedro Minguez López Pedro Jávega

Juan Calderón Calero Pascual Ochoa Juan Fernandez Pedro Giménez Pedro Landeie Bartolomé Tornero Manuel Murcia Antonio Fernandez Romualdo Silva José Villena González Pedro López

Blas Calero Gorrinero Antonio Saez Sevilla Francisco Vicente Pascual Sánchez Pedro Culillas Fernando Martínez Francisco García Pedro Martínez López Pablo Martínez Marcos Landefe

Gerónimo Valera Giménez Pascual Vclis

Miguel Molina

Francisco Romero Cavañero Ginós Romero Valera Andrés Gómez Cavañero Juan Romero Cavañero José líerraiz Giménez Valentina Martínez Alonso Pérez José Gil Perez José Gil Segovia Juan Segovia Gualda Juan Tomás Saez José Perez Colegial Lorenzo Meras

Miguel Herreros Martínez Sebastian Martínez Pascual Atienzar Sobaco Antonio Giménez José Martínez

Juan Segovia Martínez Pedro Landeic Martínez Pascual Atienzar Martínez Alvaro Calderón

Andrés Herreros

260 104 250 100 300 120 500 200 400 160 230 92 200 00 300 120 2Ü0 80 150 60 320 128 300 120 240 96 300 120 200 80 260 104 COO 240 360 144 280 112 250 100 400 160 400 160 200 80 460 104 120 48 240 96 200 80 220 88 555 222 250 100 250 100 663 265 20 299 119 60 280 112 450 172 300 120 442 176 80

568 147 20 212 84 80 268 107 20 336 134 40 594 157 60 520 128 206 82 40 156 62 40 236 94 40 516 126 40 560 144 160 64 220 88 140 56 212 84 80 216 86 40 284 113 60 186 74 40 570 148 430 172 180 72 256 94 40 540 136 300 120 476 190 40 340 136 31086 12454 40 Imporlan las cantidades que han de percibir estos interesados por el 40 por 100 del valor aproxi*

mado de sus pérdidas, doce mil cuatrocientos trein­

ta y cuatro reales, cuarenta céntimos.

Nota. Quedan en suspenso por no estar justifica' das y hallarse pendientes de la superior aprobación las partidas que corresponden á los siguientes indi­

viduos.

Pascual Gil Miguel López Miguel Gil Herreros Antonio Molina Perez Alonso Gómez Miguel Gómez Miguel Gil Alvaro Giménez Pascual José Herreros Gabriel Landete

Pedro Minguez Martínez Antonio López Fernandez Juan Montero Picazo

Gines Martínez

Antonio Fernandez Marlinez Antonio Fernandez Pérez José Ramón Villena Ginés Romero Caballero Juan Perca Calero Silvestre Martínez Pedro Díaz lleras José Ruescas Manuel Montero Andrés García

Pascual Cutillas Tomás Poliearpo Simarro

VILLA DE VES.

Antonio García 600 240

Antonio Marlinez 349 139 60

Alonso Gallego 322 128 80

Diego Fernandez Rojas 1600 640

Diego Molina Fernandez 764 305 60

Diego Arocas Garcia 486 194 40

Domingo Perez Bolea 615 246

Francisco Villena 75 50

Francisco Diego Marlinez 200 80

Felipe Arocas 237 94 80

Josefa Rojas Viuda 450 180

Juan Cebrian 210 84

Juan Navarro 200 80

Josefa Gallego 250 100

Martin Carrion Arocas 114 45 60

Mateo Quüez 1055 422

Marcos Molina 500 200

María Valiente 108 43 20

Marí<a Molina 945 378

María Antonia Gallego 94 37 60

María Antonia Moñez 112 44 80

Alaria Giménez 200 80

María Argente y Rojas 100 40

María Arocas 100 40

Pedro Cuevas 468 187 20

Pedro Martínez Rayado 315 126

Pedro Argente y Rojas l i o 44

Rafael Reyes Valiente n o 44

Sebastian González Cuevas 114 45 60

Sebastian Aroca 100 40

Lucía Martínez 176 70 40

Lucía Reyes 115 46

11194 4477 60 Importa el cuarenta por 100 sobre el total de sus pérdidas que deben percibir los interesados de este pueblo, la suma de cuatro mil cuatrocientos setenta y siete rs. sesenta cent.

VILLALGORDO DEL JUGAR.

Viclor Gabíildon 1000 400

Valentín Tebar 700 280

Joaquina Escobar por huerta y frutos 5200 2080 Jorge Picazo por huerta y frutos 5870 1548

Alfonso Falencia ^ 1000 400

11.770 4.708 Importa el cunrenla p.%, ^ dcl valor sobre sus pérdidas, que deben percibir estos interesados, la cantidad de cuatro mil setecientos ocho rs.

Nota. Quedan en suspenso hasta que recaiga la aprobación superior, las cantidades á que ten­

gan opcion los individuos siguientes:

Pedro Toboso

Joaquina Escobar por pérdida de una casa cu­

yo importe asciende á cuatro mil rs.

Jorge Picazo por igual concepto.

Adornas se ha eliminado el importe á que as­

cendían los muebles y objetos de uso purlicnlar por estar prevenido a‘si en Real orden d e l .* de Mayo último.

Albacete 16 de Setiembre de 1861.= P . I ., Francisco Perez Iñigo.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(4)

CüMíSIOV PRINCIPAL DE VENTAS DÉ PROPIEDADES DEL ESTADO.

Por disposición del Sr. Goberna­

dor civil de la provincia y en virtud de las leyes lie l d e Mayo de 1855 y 11 de Julio do i8 5 G ’ é inslruc- cionos para su cumplimiento, se sacan á pública subasta, por segunda \€z, para el dia y hora que se dirá, las lin­

cas siguientes;

Remate para el dia 21 de Octubre próximo ante el Sr. Juez de primera instancia de esta capital D. Joaquín Sánchez Cuiilalejo, y Escribano Don José López Campos, que tendrá efecto en la Casa del Juzgado desde las 12 de su mañana en adelante.

PROPIOS.

ñüsticas. Menor cuantía.

Niiin-

d«‘l lit- T e n t a ­

r lo .

355 Una tierra secano denominada

• Ceja de Almochonar en término de Balsa de Ves procedente de

"SUS propios de cabida 5 fanegas equivalentes á 2 hectáreas, 10 áreas y 17 cenliáreas. Linda S.

.. M P. y N. la Hacienda, produce en renta anual 16 rs. Ha sido la- . sada en 560 rs. y capitalizada en

; . .igual canlidad. Ésta linca fué su- . :bastada 27 de Agosto de i860 y no. habiendo tenido efecto por - falta-de liciladores se anuncia de ' *. nuevo bajo cualquiera de los dos

' tipos.

554 Cioco fincas de igual térmi- 5.55 no y procedencia que la anterior:

556

la -I.*-u n a tierra en tas Tuercas 536 iUv4 fanegas y 6 celemines equi- y valemos á 3 hectáreas, 25 áreas, 539 V 25 cenliáreas. Linda S ., M ., P.

y N. montes llecos. La 2 .’ en el corral do Arenas de 2 fanegas y 6 celemines, equivalentes á una hectárea, 75 áreas y 14 cemíá- roas. Linda S . y ÍL la Hacienda, .M. senda y N. ceja. La 5.* en e!

mismo sitio, de una fanega, equi­

valente á 70 áreas, 5 cenliáreas y 69 cenlimelros Linda S ., M. y P. la Hacienda y N. la ceja. La 4.* en hi fuente del Boiioso de 2 fanegas un celemín, equivalentes á una hectárea, 45 áreas y 45 cenliáreas Linda S ., M .,P . y.N.

montes llecos; y la 5.* en el Ho­

yo, de una fanega con 200 vides Cíinivalenle á 70 áreas, 5 cenliá- rcas y 69 ccnlimetros. Linda S.

c.ammo de dicho sitio, M. Félix García, P. Francisco Podron y N.

Cayo Navarro. Producen de renta I lo rs. anuales. Han sido tasadas en 1.577 rs. y. capitalizadas en 2.542 rs. 50 céntimos en que sa­

lieron á subasta en igual forma que la anterior, y no habiendo tenido esta efecto por falla de lid ­ iadores, se anuncian de nuevo’ba- jo el tipo de los 1.577 rs. de su

tasación.

364 Tres fincas de id. id. id. La !.•

369 en ia ceja de 5 fanegas 8 celcmi- V nes de cabida equivalentes á 2 570 hectáreas, 56 áreas, 87 ocnliáreas y 55 centímetros Linda S. y P.

la Hacienda, M. ia senda y Ñ. di- rmha ceja. La 2.* en el Almociio- • nar de 2 fanegas de cabida equi­

valemos á 1 hectárea, 40 áreas, II coiuiáreas y 38 milímetros.

Linda S. y P. la Hacienda, M. i sendH y N. la Ceja. Y 5.* en la

I

muela del Pino de 4 fanegas 6ce- lemiiics de cabida equivalentes

á 3 hectáreas, 15 áreas, 25 cen- tiareas y 60 centímetros. Linda por todas parles montes llecos.

Producen de renta 50 rs. anuales.

Han sido lasadas en 900 rs. y ca­

pitalizadas en 1,125 rs. en que salieron á subasta en igual forma que las anteriores y no habiendo esta tenido efecto por falla de li­

ciladores se anuncia de nuevo ba­

jo el tipo de los 900 rs. de su ta­

sación.

371 Seis lincas de id. id. id. La 1.’

375 en la ceja de una fanega 4 cele- 375 mines de cabida, equivalentes á 376 93 áreas, 40 cenliáreas y 92 cen- 378 limetros. Linda S. y P. la Hacien-

y da, M. senda y N. la ceja. La 2 • 379 en la Rambla, de 4 fanegas 6 ce­

lemines. equivalentes á 3 hectá­

reas, 15 áreos, 2.5 cenliáreas y 60 centímetros. Linda S. dicha Rambla y por los demás costados la Hacienda. La 3.* en el barran­

co de la Casilla de 16 fanegas 6 celemines, equivalentes á 11 hec­

táreas, 55 áreas y 94 cenliáreas.

L in das. Ramón Martínez, M. sen­

da, P. Juan Arenas y iN. ceja. La 4 . * en la ceja do 6 fanecas 10 ce­

lemines equivalentes a 4 hectá­

reas, 78 áreas, 68 cenliáreas y 92 centímclros. Ünda S. y P. la Ha­

cienda, M. senda y N. cejas. La 5. * en la Ranibla de 1 fanega de cabidac qmvalenles á 70 áreas, 5 cenliáreas y 69 centímetros. Linda S. dicha Rambla y por las demás parles Loma. Y la' 6.* en el Al­

mochonar de 3 fanegas y 10 cele­

mines (le cabida equivalentes á 2 hectáreas, 65 áreas, 55 cenliáreas y 14 cenlimelros. Producen de renta i l8 rS. anuales. Han sido tasadas en 350 rs. v capitalizada en 2655 rs. Esla^ fincas ínerón subastadas en igual forma que las anteriores y no habiendo lenido efecto por falla de liciladores, se anuncian de-nuevo Irijo el tipo de 2fi.')r) rs. de su tasación.

582 Tres fincas de id. id. id. La 1.**

564 en la fuente del Almochonar de y una fanega 4 celemines de cabida, 565 equivalentes á 93 áreas, 40 cen-

tiáreas y 92 centírruítros. Linda S. y M. montes llocos y P. Pro­

pios. La 2 * en la Cuberlcra de 2 fanegas equivalentes á una hectá­

rea, 40 áreas, 11 cenliáreas y 58 centímclros. Linda P. la Rambla y por los demás costados la Ha­

cienda. Y la 5.‘ en ei Alinocho- nar de o fanegas equivalentes á 2 hectáreas, 10 áreas. 17 cen­

liáreas y 7 cenlimelros. Produce de reñía 44 rs. anuales. Han sido lasadas en 560 rs. y eapilaliza*

das en 99U rs. Estas lincas fueron subastadas en igual forma que las anteriores, y no habiendo tenido efecto por falta de licilaílores se anuncian de nuevo bajo el tipo délos 580 rs. de su tasación.

ADVERTENCIAS.

1 . “ No se admitirá postura que no cubra el tipo de la subasta.

2 . * El precio en que fuesen rema­

tadas las lincas, que se adjudicarán al mejor postor, sean de m n o r ó menor cuantía y procedan de Corporaciones civiles, so pagará en 10 plazos ¡guales deá 10 por 100 cada uno. El primero á los quince dias siguientes al de no­

tificarse la adjudicación, y los restan­

tes con el intervalo de un año cada uno, para que en nueve quede cubier­

to lodo su valor, según se previene en la ley de 11 de Julio de 1836.

3 . “ Las fincas de mayor cuantía del

4 =

Estado continuarán pagándose en los quince plazos y catorce años que pre­

viene el articulo 6. ® de la ley de pri­

mero de Mayo de 1855 y con la boni­

ficación del 5 por 100 que el mismo otorga á los compradores que antici­

pen uno ó mas plazos, pudiendo este hacer el pago del 50 por 100 en papel de la Deuda pública, consolidada ó di­

ferida, conforme á lo que se dispone en las Instrucciones de 31 de Mayo .y 30 de Junio de 1855. Las de menor cuantía se pagarán en 20 plazos igua­

les, ó lo que es lo mismo, durante diez y nueve años.

A los compradores que anticipen uno ó mas plazos no se les hará mas abono que el o por 100 anual; en concepto de que el pago ha de egecu- larse al tenor de lo que se dispone en las instrucciones de I . ” de Mayo y 50 de Junio de 1856.

4 . * Segiin resulta de los anteceden­

tes y demas datos que existen en la Administración especial de Ventas de Bienes Nacionales de esta provincia, los de que- se trata no se hallan gra­

vados con carga alguna, pero si apa­

reciese posteriormente, se indemni­

zará al comprador en los términos, que la ya citada ley determina.

5. * Los derechos de expediente, hasta la loma de posesión, serán de cuenta del rematante.

6 . " A la vez que en esta Capital, y en el mismo dia y hora se verificará doble remate en Casas-lbanez, como partido judicial que radican en el mismo dichas fincas.

NOTAS.

1. " Se consideran como bienes de corporaciones civiles, los Propios, Beneficencia 6 Instrucción pública cu­

yos productos no ingresen en las Cajas del Estado, y los demás bienes que ba­

jo diferentes denominaciones corres­

ponden ó las provincias y á los pueblos.

2 . ‘ Son bienes del Estado, los que llevan este nombre, los de instrucción pública superior,^cuyos productos in­

gresen en las Cajas del Estado, los de!

secuestro del cx-Infanlo D. Carlos, y los de las órdenes militares de San Juan de Jcrusalen, cualquiera que sea su nombre ú origen.

Lo que se anuncia al público para los que quieran interesarse en dicha subosta.

Albacete 14 de Scliemb.''e de 1861.

Manuel Marlin.

a l c a l d i.ac o n s t i t u c i o n a l DE CHINCHILLA.

Ei Alcalde con.slilneional de la ciu­

dad do Chinchilhj;

Hace saber: Que por disposición del Sr. Cobernador civil de esta pro­

vincia, se convocan aspirantes á la plaza de Médico titular de la misma ciudad, dotada desde primero do Ene­

ro próximo con cuatro mil reales anua­

les; quedando obligado el que la de­

sempeñe á la asistencia gratuita en to­

das épocas y enfermedades á los veci­

nos pcrti'iH'cienlcs á las familias clasi­

ficadas de piibres por el Avnniamien- to, y á los casos de oficio. Los profe­

sores que se encuentren adornados de

los requisitos legales para obtenerla dirigirán sus solicitudes á esta Alcaú dia en el término de un mes á contar desde la fecha de la publicación do es*

le anuncio en la Gacela de Gobierno.

Chinchilla siete de Setiembre de mil ochocientos sesenta y uno=5alya- dor Barnnevo.z=:V. S M., ^eni(o ? a . nigo, Secretario.

ALCALDIA CONSTITUCIONAL DE HELLIN.

El Alcalde constitucional de esta villa de Heliin.

Con arreglo al presupuesto y plie- go de condiciones aprobado por el Sr. Gobernador de la provincia y que se halla en el espediente respectivo que está de manifiesto en la Secretaria de este Ayuntamiento, se saca á pú­

blica subasta las obras que han de ha­

cerse en la parle de la Casa capitular que está ocupado por las cárceles de este partido. El remate tendrá lugar en dos actos y en estas salas Capitula­

res de once á doce de la mañana en los dias 15 y 22 del corriente, admi­

tiendo en el primero posturas á la lla­

na, y en el segundo con las mejoras por décimas.

Heliin 7 de Setiembre de 1861.=

P. O. Manuel S ie rra .= W S. M., Juan Lorenzo Fernandez, Secretario.

PARTE NO OFICIAL.

ANUNCIO.

LEY HIPOTECARIA.

REGLAMENTO GENERAL PARA SU EJECUCION, É INSTRUCCION SOBRE LA MANERA I»E RR- DACTAil LOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS SUJE­

TOS A RÍGISTRO.

Edición oficial.

Un tomo en 4.“ de buen pape! y esmerada impresión.

Se vende á 26 rs. cada ejemplar en rústica en esta capital, en la libre­

ría de D. Ramón Sebastian Pérez y en las cabezas de partido de la pro­

vincia, en los corresponsales del mismo.

Los Ayuntamientos, Corporacioncí y particulares que deseen rccihirla (Jircclamcnle, podrán diriairse acom­

pañando su importe de 26 rs. á la librería de San Martin, calle cic la Victoria, núm. 9, Madrid, quien re­

mitirá los ejemplares certificados y a correo vuelto.

Buena ocasión.

Se vende en el término de Villarro- bled o inmediato á la via férrea, una

h ered ad llamada de Los Santos, que consta de Oasa, Ejidos, de 500 ;ilinu*

des de tierra , apeo Real y_de por mi­

tad un pozo de agua viva y rulo, con su co rre sp o n d ie n te Era paro a tj*'’

Ha de las mieses, cuya finca se ■ udl^

libre (Je toda carga y'respon.salulidjio-

Dará razón de olla D. Blas Sancho Lia- nados, que vive en A lbacete calle (6

S. Julián n ú m ero 6-

l'A Ü E L

a San Agustín, 14.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

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Pedro Carlos PICATOSTE NAVARRO (Universidad de Alicante) Carlos de AYALA MARTÍNEZ (Universidad Autónoma de Madrid) Francisco GARCÍA FITZ (Universidad de Extremadura) Juan