Número 9S
V ie rn e s 3 de A g o s to de 190625 céntimos
BOLETIN®
mDE LA PROVINCIA DE ALBACETE
pRKCiof? i)ic Sdsüripción.—En ia Capital: ün trirri'^sfcre, 4 pesetas.- -ün fiemes", tre, 7 M. (iis aSo, 12‘50 id.- -Fuera de la CapiUd: íTn trimestre, 5 pesetas. -Un' domosiTO, 5) id. --ÜU año, i.'5 id,—Los edictos y seutencías de los Juzgados y iVi-;
tunales «(uo se pubHmien, y no sean deofto.io, pagar'us 25 oéuts, tle posettt por línea ;
PKEOIO.SDK Anduijios. -Losaüuuoíos particulares que se publiquen, previa li- 'cencía del limo. Sr. i7obf3rnador, pagarán; De 1 á 0 líneas, 1 peseta.—De 7 á 15, il‘50 id.- -De 16 á 80, 2 id. De 30 en adelante, precio convencional.—Se publica dos f.'ines, Jliércoies y Viernes.—Tias reclamaciones al Director de la Imprenta.
Sección de la Gaceta PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
SS. MM. el Rey D. Alfonso XIII y la Reina Doña Victoria Eugenia (Q. D. G.), continúan sin novedad en su importante salud.
Del mismo beneficio disfrutan todas las demás personas de la Augusta Real
Familia.
((■^aceia 2 Agosto).
^itlj{<eeretaría.
Se halla vacante en la Facultad de Dere
cho de la Universidad de Zaragoza la Cá
tedra de Historia general del Derecho Español, dotada con el sueldo de 3.500 pesetas anuales, la cual ha de proveerse por trasla
ción, conforme á lo dispuesto en los Reales dec t’etos de H de Mayo de 1903 y 31 de Julio de 1904 y Real orden de esta fecha. Los Catedráticos numerarios de Universidad y los comprendidos en el art. 177 de la ley de Ins
trucción publica que deseen ser trasladados á la misma, podrán solicitarla en eJ plazo improrrogable de veinte días, á contar desde la publicación de este anuncio en la DE. Madkid. Caceta
Sólo pueden aspirar á dicha Cátedra lo.s Profesores que desempeñen ó hayan desem
peñado en propiedad otra de igual asignatu
ra y tengan el título científico que exige la vacante y el profesional que les coi’responda.
Los Catedráticos elevarán sus solicitudes, acompañadas de la hoja de servicios, á esta Subsecretaría, por conducto y con informe del Jefe del establecimiento en que sirvan.Este anuncio se publicará en los Boleti
nes oficiales de las provincias y por medio de edictos en todos los establecimientos pú
blicos de enseñanza de la Nación; lo cual se advierte para que las Autoridades respec
tivas dispongan que así se verifique desde luego sin más aviso que el presente.Madrid 17 de Julio de 1906,—El Subse
cretario, Herrero.
Se halla vacante en la Facultad de Dere
cho de la Universidad de Santiago la Cátedra de Derecho Ádministi’ativo, dotada con el sueldo de 3.500 pesetas anuales, la cual ha de proveerse por traslación, conforme á lo dispuesto en los Reales decretos de 8 de Mayo de 1903 y 31 de Julio de 1904 y Real orden de esta fecha. Los Catedráticos numerarios de Universidad y los Catedráticos compren
didos en el art. 177 de la ley de Instrucción
pública que deseen ser trasladados á la mis ; ma, podrán solicitarla en el plazo iinprn- ■ rrogable de veinte días, á contar desde la | publicación de este anuncio en la Gaceta pe. \ MadridSólo puedeji aspirar á dicha Cátedra los 1 . 1
Profesores que desempeñen ó hayan desem
peñado en propiedad otra de igual asignatu
ra y tengan el título científico que exígela vacante V el profesional que les corresponda.
Los Catedráticos elevarán sus solicitudes, acompañadas de la hoja de servicios, á esta Subsecretaría, por conducto y con informe del Jefe del establecimiento en que sirvan.
Este anuncio se publicará en los Boleti
nes oficiales de la.s provincias y por medio de edictos en todos los establecimientos pú
blicos de enseñanza de la Nación; lo cual se advierte para que las Autoridades respecti
vas dispongan que así se verifique desde lue
go sin más aviso que el presente.Madrid 18 de Julio de 1906.—E) Subse
cretario, Herrero.
Se halla vacante en la Escuela de V^eterí naria de Zaragoza la plaza de .A.uxiiia»y Pro
fesor de fragua, dotada con el sueldo anual de 1.500 pesetas, la cual ha de proveerse por oposición, según lo dispuesto en Real orden fecha 23 de Diciembre último. Los ejercicios se verificarán en Madrid en la forma preve
nida en el Reglamento de 11 de Agosto de 1905. Para ser admitido á la oposición .se re
quiere ser español, no hallarse el aspir.uite incapacitado para ejercer cargo.'^ público.s, haber cumplido veintiún años de edad, ser Veterinario ó tener aprobados los ejercicios de reválida.Los aspirantes presentarán sus solicitu
des en esta Subsecretaría en el improrrogable término de tres meses, á contar desde la publicación de este anuncio en la Gaceta. Los documentos que acrediten su capacidad legal y los méritos y servicios que les convenga justificar, los entregarán al Tribunal, V además un trabajo de investigación ó doc
trinal propio referente al cuestionario respec
tivo al presentarse para dar comienzo á los ejercicios, sin cuyo requisito no podrán ser admitidos á los mismos.
A los aspirantes que residan fuera de Ma
drid les bastará acreditar, mediante recibo, haber entregado dentro del plazo de la con
vocatoria, en una Administración de Co
rreos, el pliego certificado que contenga su instancia.Este anuncio deberá publicarse en los Boletines oficiales de las provincias y en los tablones de anuncios de los establecimientos docentes; lo cual se advierte para que las Au
toridades respectivas dispongan desde luego que así se verifique sin mas que este aviso.
Madrid 26 de Julio de 1906 —El Subse
cretario, Herrero.
(Qctcefa 29 .Julio.)
Se halla vacante en la Escuela Superior de Comercio de Valladolid. que sostienen la Diputación y ei Ayuntamiento de dicha ca
pital, Ja Cátedra de Lengua alemana, dota
da con el sueldo de 3.000 pesetas anuales, la cual ha de proveerse por traslación, confor
me á lo dispuesto en los Reales decretos de 8 de Mayo y 1.” de Diciembre de 1903 y 31 de Julio de 1904. Los Catedráticos numera
rios y los Profesores auxiliares que aspiren á la misma podrán solicitarla en el plazo improrrogable de veinte días, á contar desde la publicación de este anuncio en la Gaokta
DE M.vdríd.
Sólo pueden aspirar á dicha Cátedra ios Catedráticos que desempeñen ó hayan des
empeñado en propiedad otra de igual asig
natura en Escuela de Comercio, y los de otros establecimientos, dentro de las condi
ciones de los artículos 35 y 36 del Real de
creto de 22 de Agosto de 1903, y los Profe
sores auxiliares comprendidos en el Real de
creto que se cita de l.° de Diciembre de 1903.Todos elevarán sus solicitudes, acompaña
das de la hoja de servicios, á esta Subsecre
taría, por conducto y con informe del Jefe del establecimiento en que sirvan: observan
do respecto á los Profesores auxiliares lo pre
venido en la Real orden de 5 de Enero de1904.
Este anuncio se publicará en los Boleti
nes oficiales de las provincias y por medio de edictos en todos los establecimientos públi
cos de enseñanza de la Nación; lo cual se advierte para que las Autoridades respecti
vas dispongan que así se verifique desde luego, sin más aviso que el presente.Madrid 21 de Julio de 1906.—El Subse
cretario, José Herrero.
Se halla vacante en la Escuela Superior de Artes industriales de Granada una plaza de Profesor auxiliar de la Sección artística (Dibujo artístico), dotada con el sueldo ó gratificación anual de 1.500 pesetas, la cual ha de proveerse por oposición con arreglo á lo dispuesto en el Reglamento de 4 de Ene
ro de 1900.
Para ser admitido á la oposición se re
quiere ser español, mayor de veintiún año.s y no hallarse incapacitado para ejercer car
gos públicos, acreditándolo cotí certificación del Registro de penados.
Los aspirantes presentarán sus instancias en este Ministerio en el improrrogable término de tres meses, á contar desde el día si-
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Boletín Oficial de Albacete
guíente á la publicación de este anuncio en la Gaceta DE Madrid.
Los ejercicios de oposición se verificarán en Madrid y en la forma siguiente:Primer ejercicio. Consistirá en copiar del yeso un detalle ornamental, de carácter bien definido, dibujado al claro y al obscuro, en el tamaño académico y en el plazo de seis días, á cuatro horas de trabajo.Segundo ejercicio. Dibujar, en el plazo de diez días, á tres horas de trabajo, sin con
tar los dos de descanso, del modelo vivo, una figura humana, en tamaño académico, al claro y obscuro y con pi*ocedimiento y libre.
Tercer ejercicio. Pintar del natural, y á la aguada, en un día, unas flores y follajes, á cuyo fin el Tribunal facilitará á cada opo
sitor los elementos necesarios para que los combine libremente.
Cuarto ejercicio. Con el enunciado de un motivo decorativo, artístico, industrial, sacado á la suerte de entre'cinco que tendrá dispuestos el Tribunal, hacer una composi
ción dux’ante un tiempo que"el.'iTribunal de
signará, y no podrá esceder de ocho horas, sin que los opositores puedan salir del local.
Quinto ejercicio. Contestar á dos pregun
tas de Perspectiva y otras dos de Anatomía artística, sacadas á la suerte entre dos gru
pos que separadamente tendrá dispuestos el Tribunal.El cuestionario comprensivo . de estas preguntas se preparará por el Tribunal y se dará á conocer á los opositores ocho días an
tes de comenzar el primer ejercicio.
Sexto y último ejercicio. En presencia de una composición decorativa ó de una obra artística industrial, de estilo histórico bien definido, que facilitará el Tribunal, el opositor demostrará, por escrito, sus conoci
mientos sobre el indicado estilo en particu
lar, en el tiempo que designe el Tribunal.
En todo lo que no queda especialmente determinado, las oposiciones se ajustarán al Reglamento de 11 de Agosto de 1901.Este anuncio debe publicarse en los Bo
letines oficiales de las provincias y en los tablones de anuncios de todos los centros do
centes dependientes de este Ministerio, y se advierte para que las Autoridades respecti
vas dispongan que así se verifique sin más aviso que el presente.
Madrid 28 de Junio de 190tí.—Herrero.
{(íaceta 30 Julio.)
Se halla vacante en el Instituto de Zamo
ra la Cátedra de Geografía descriptiva gene
ral de Europa y de España, Historia de Es
paña é Historia Universal, dotada con el sueldo anual de 3 000 pesetas, la cual ha de proveerse por oposición entre Auxiliares en el turno establecido en el art. l.° del Real decreto de 28 de Julio de 1905, según lo dis
puesto en Real orden de esta fecha. Los ejer
cicios se verificarán en la forma prevenida en el Reglamento de 11 de Agosto de 1901.
Para ser admitido á la oposición se requiere hallarse comprendido en el art. 11 del Real decreto de 8 de Mayo de 1903.
Los aspirantes presentarán sus solicitudes en esta Subsecretaría, por conducto de los Jefes de los establecimientos en que presten sus servicios, en el improrrogable término de tres meses, á contar desde la publicación de este anuncio en la Gaceta. Los documen
tos que acrediten su capacidad legal y los méritos y servicios que les convenga justifi
car, los entregarán al Tribunal, así como también un trabajo de investigación ó doctrinal propio y el programa de la asignatura al presentarse para dar comien'zo á los ejer
cicios, sin cuyo requisito no podrán ser ad
mitidos á los mismos.
Según lo dispuesto en el art. 3.'" del ex
presado Reglamento, este anuncio deberá publicarse en los Boletines oficiales de todas
las provincias y en los tablones de anuncios de los establecimientos docentes; lo cual se advierte para que las Autoridades respecti-
‘ vas dispongan desde luego que así se verifi-
I
que sin más que este aviso, j Madrid 23 de Julio de 190B.—ElSubaecre- i tario. Herrero.Se hallan vacantes en los Institutos de Canarias y Cuenca las Cátedras de Física y Química, dotadas con el sueldo anual de 3.000 pesetas y 1.000 más por razón de resi
dencia la primera y 5.000 ia segunda, las cuales han de proveerse por oposicición, se
gún lo dispuesto en Real orden de esta fecha.
Los ejercicios se verificarán en Madrid, en la forma prevenida en el Reglamento de 11 de Agosto de 1001. Para ser admitido á la oposición se requiere ser español, no hallar
se el aspirante incapacitado para ejercer car
gos públicos, haber cumplido veintiún años de edad, ser Licenciado ó Bachiller en Ciencias ó tener aprobados los ejercicios para di
cho grado.Los aspirantes presentarán sus solicitu
des en esta Subsecretaría, con sujeción á lo dispuesto en la Real orden de 12 de Enero de 1001, en el improrrogable término de tres meses, á contar desde la publicación de este anuncio en la Gaceta. Los documentos que acrediten su capacidad legal y los méritos y servicios que les convenga justificar los en
tregarán al Tribunal, así como también un trabajo de investigación ó doctrinal propio y el programa de la asignatura al presentar
se para dar comienzo á los ejercicios, sin cu
yo requisito no podrán .ser admitidos á los mismos.A los aspirantes que residan fuera de Ma
drid Ies bastará acreditar, mediante recibo, haber entregado, dentro del plazo de ia con
vocatoria, en una Administración de Correos, el pliego certificado que contenga los expre
sados documentos y trabajos.Según lo dispuesto en el art. 3.'* del ex
presado Reglamento, este anuncio deberá pu
blicarse en los Boletines oficiales de las pro
vincias y en los tablones de anuncios de los establecimientos docentes; lo cual se advier
te para que las Autoridades respectivas dis
pongan desde luego que así se verifique sin más que este aviso.Madrid 23 de Julio de I90fi.—El Subsecre
tario, Herrero.
Se halla vacante en cada uno de los Ins
titutos de Cáceres, Baeza y Mahón una Cá
tedra de Matemáticas, dotadas respectiva
mente con el sueldo anual de 3. 000 pesetas, las cuales han de proveerse por opo.sición, según lo dispuesto en Real orden de esta fe
cha . Los ejercicios se verificarán en Madrid, en la forma prevenida en el Reglamento de 11 de Agosto de 1901. Para ser admitido á ia oposición se requiere ser español, no ha
llarse el aspirante incapacitado para ejercer cargos públicos, haber cumplido veintiún años de edad, ser Licenciado ó Bachiller en Ciencias, ó tener aprobados los ejercicios pa
ra dicho grado.
Los aspirantes perseutarán sus solicitu
des en esta Subsecretaría, con sujeción á lo dispuesto en la Real orden de 12 de Enero de 1901, en el improrrogable término de tres meses, á contar desde la publicación de este anuncio en la Gaceta. Los documentos que acrediten su capacidad legal y los méritos y servicios que les convenga justificar, los en- I tregarán al Tribunal, así como también un ; trabajo de investigación ó doctrinal propio I y el programa de la asignatura al presentar-
! se para dar comienzo á los ejercicios, sin cu-
í yo requisito no podrán ser admitidos á los ' mismos.
; A los aspirantes que residan fuera de Ma
drid les bastará acreditar, mediante recibo, haber entregado, dentro del plazo de la con
vocatoria, en una Administracción de Co
rreos, el pliego certificado que contenga los documentos y trabajos.Según lo dispuesto en el art. 3.° del ex
presado Reglamento, este anuncio deberá publicarse en los Boletines oficiales de las provincias y en los tablones de anuncios de los establecimientos docentes; lo cual se ad
vierte para que las Autoridades respectivas dispongan desde luego que así se verifique sin más que este avisi».
Madrid 23 de Julio de 1906.—El Subse
cretario. Herrero. iGaceta 31 Julio.) Sección de !a Provincia
A Y U N T A M IE N T O S
COTILLAS
1). Juan Carmelo Moya Pérez, Alcalde cons
titucional de esta villa.
Hago .saber: Que la cobranza voluntaria del primero, segundo y tercer trimestres del impuesto de consumos y el de arbitrios ex- ti’aordinarios de este pueblo y año actual, se llevará á efecto en su primer período en los días del 10 al 15 del próximo Agosto, en el .sitio acostumbrado, j del 26 al 31 de dicho mes la del segundo periodo.Lo que se anuncia al público para cono
cimiento de los contribuyentes.Cotillas 28 de Julio de 1906.—El Alcalde, Juan C. Moya.
VÁLDEGANGA
D. Francisco Royo Royo, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber: Que terminado el reparti
miento de arbitros extraordinarios concedi
dos por Real orden á este Ayuntamiento pa
ra cubrir el déficit de su presupuesto ordi
nario del año actual, queda expuesto al público por término de ocho días hábiles, con
tados desde la inserción del presente anun
cio en el Boletín oficial de esta provincia, para que los contribuyentes que el mismo comprende puedan examinarlo y formular las reclamaciones que estimen procedentes.
Valdeganga 30 de Julio de 1906.—Fran
cisco Royo.
LA HERRERA
D. Prisco Martínez Jiménez. Alcalde eonatí- tueional de esta villa.
Hago saber: Que los que tengan necesi
dad de probar en sus alegaciones la ausencia é ignorado paradero de padres ó hermanos, para eximirse del servicio activo de 1907, según previene la Real orden de 27 de Junio de 1903, deberán presentarse durante el pla
zo de 30 días, contados desde el siguiente en que aparezca este en el Boletín oficial de la provincia, para la instrucción del oportuno expediente de ausencia; los que no lo hagan en dicho plazo sufrirán los consiguientes perjuicios.La Herrera 30 de Julio de 1906.—El Al
calde, Prisco Martínez.—El Secretario, Alejo
Martínez. ______
D. Prisco Martinez Jiménez, Alcalde consti
tucional de esta villa.
Hago saber: Que durante los días 7 y 8 de Agosto próximo venidero, y en el sitio de costumbre, tendrá lugar la recaudación vo
luntaria de consumos, cereales y sal del tercer trimestre del año actual en su primer período, y en igual sitio y del 25 al 31 del mismo mes el segundo período de recauda
ción, sin recargos de ningún género.
Lo que se anuncia para conocimiento del vecindario contribuyente.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Boletíu Oficial de Albacete 3
La Herrera 30 de Julio de 1906.—El Al- | calde. Prisco Martínez.—1>. S. O., A. Marti-
1
nez, Secretario. ’
ALPERA
D. Antonio Belmar García, Alcalde constitucional en funciones de esta villa.
Hago saber: Que en virtud de lo que dis
pone el Reglamento de 13 de Agosto de 1892 y de lo acordado por el Ayuntamiento en sesión ordinaria de'22 de los corrientes, el día 26 de Agosto próximo entrante, y por la comisión nombrada al efecto, á las seis de la mañana y en el sitio donde desemboca el cauce que sirve de desagüe á la fuente casal en las inmediaciones de la Acequia vieja y muy próximo á la fuente del Alamo, se co
menzará el deslinde y amojonamiento de la vía pecuaria ó pastoril de carácter local, que arrancando del expresado punto y pasando en dirección N. O. por el caserío de las Fuen
tes, termina en el Valle del Perro, terrenos ya del monte pinar de estos Propios.
Lo que se hace público para conocimien
to de cuantas personas ó entidades interese la indicada operación, y sin perjuicio de las citaciones })ersonales que se lleven á efecto.Alpera 24 de Julio de 1906.—Antonio
Belmar.
FUENTEALBILLA
D. Juan González Cuenca. Alcalde accidental de esta villa.
Hago saber: Que la recaudación del ter
cer trimestre de los repartimientos de con
sumos y de arbitrios extraordinarios del año actual; tendrá lugar en esta Casa Consisto
rial y en las horas de costumbre, en sus dos períodos voluntarios, durante todo el mes de Agosto próximo.
Lo que se anuncia para conocimiento de los contribuyentes.Fuentealbilla 30 de Julio de 1906.—Juan González Cuenca.
J U Z G A D O S
ALBACETE Cf^dula de citación.
En virtud de lo acordado por el Sr. .Tuez de primera instancia de este partido en di
ligencia preparatoria de ejecución que se si
gue por ante mí en concepto de pobre, á ins
tancia del Procurador D. Eduardo Arcángel, á nombre de D. Ciríaco Panadero Picazo, vecino de Villalgordo del Júoar, contra Don Juan José, D. Francisco y D. Miguel Esco
bar Hore, se cita á este último ójsea al Don Miguel, vecino que fué de ésta y domicilia
do después en Aguilas, cuyo actual parade
ro se ignora, para que comparezca ante este Juzgado el 20 de Agosto próximo, á las diez de la mañana, á prestar declaración sobre el reconocimiento de sus respectivas firmas y rúbricas, contenidas en dos pagarés á favor de dicho demandante, uno| de 3.300 pesetas, de 3 de Agosto de 1902, con vencimiento el 4 de Noviembre del mismo año, y otro de 3.240 pesetas, de 2.5 de Mayo de 1900, con vencimiento el 25 de Agosto del mismo año;
en el primero de los cuales aparecen obligados mancomunada y solidariamente el Don Juan José y el D. Miguel, y en el segundo estos dos y su hermano el D\ Francisco; pues de no verificarlo, le parará el perjuicio que haya lugar en derecho.Y para insertar en la Gaceta de Madrid y Boletín oficial de esta provincia y de Mur
cia, á fin de que sirva de citación en forma al I). Miguel Escobar Hore, para el día, ho
ra y objeto antes expresados; cumpliendo con lo mandado, expido la presente en Alba
cete á 30 de Julio de 1906.—El Escribano, Benigno Sánchez.
CHINCHILLA Cédula, de notificación.
El Sr. Juez de instrucción de este parti
do, en providencia dictada hoy en expedien
te de ejecución de sentencia dimanante de causa contra Acisclo Martínez Muñera, ve
cino de San Pedro, sobre lesiones á su con
vecina Bibiana Rozalén García, la cual no ha sido hallada en su domicilio para notifi
carle la indemnización declarada á su favor, y cuyo actual paradero se ignora, ha dispuesto, de conformidad con el art. 178 déla ley de Enjuiciamiento criminal, que la pre
sente cédula se inserte en la Gaceta de Madrid y en el Boletin oficial de la provincia de Albacete, para la notificación á la dicha
Bibiana Rozalén García, de la parte disposi
tiva de la sentencia dictada con fecha 8 de Mayo último, en la expresada causa, por la Audiencia provincial de aquella capital, que dice así:
Fallamos que debemos condenar y con
denamos á Victoriano Acisclo Martínez Mu
ñera á la pena de dos meses y un día de arresto uiayor, con accesorias de suspensión de todo cargo y derecho de sufragio duran
te la condena; á que abone á Bibiana Roza
lén, por vía de indemnización el arresto sub
sidiario correspondiente á razón de un día por cada 5 pesetas que deje de satisfacer.
Así por esta nuestra sentencia lo pronun
ciamos, mandamos y firmamos.—Pablo Bur
gos.—Nicolás Eduardo Lloret.—Miguel Bur- guete.
Y en cumplimiento de lo mandado, firmo la presente en Chinchilla á 28 de Julio de 1906.—El Escribano, Francisco S. Ortiz.
HELLÍN
D. Gaspar Grotta Palacios, Juez de primera instancia de esta ciudad de Hellín y su partido.
Hago saber: Que D. Antonio Ginés Gil y Fernández, Registrador de la propiedad que fué del partido de Yeste y del de esta ciudad, cesó en su cargo, y que en el tér
mino de seis meses, contados desde la publi
cación del presente quinto anuncio en la Ga~
ceta de Madrid y Boletin oficial de la pro
vincia de Albacete, pueden hacerse las re
clamaciones que contra él hubiera y semes
tres sucesivos durante tres años; pues pasa
do dicho término le será devuelta la fianza prestada si no hubiese reclamación alguna, conforme á lo prevenido en el art. 306 de la ley Hipotecaria y 277 del reglamento general
para su ejecución.
Dado en Hellín á 30 de Julio de 1906.—
Gaspar Grotta.—P. S, M., Francisco T. Ro
che .
A U D IE N C IA T E R R IT O R IA L D E A L B A C E T E
S E C R E T A R ÍA DE G O B IE R N O
Lista definitiva de los Jurados que han de actuar en esta Audiencia durante el año próximo de 1901.
P a rtid o ju d ic ia l de A lb a c e te .
CABEZAS DE FAMILIA
Nombre.'; y apellidos. C QS=L.fbS2.
5644 49 53 45 42 36 34 32
Profesión.
Sastre Erhpleado Zapatero Comerciante
Propiotario Camarero Aperador Comerciante Empleado
Vecii D. Pedro Belmonte .Martínez
Miguel Blanes Sevilla Rafael Bernet Muñoz Alfonso Buendía Mesoguer José Buendía Mesegner
Emilio Belmonte Cortés Francisco Collado Moreno Juan Caballero Pérez José Casalduero Morelía
Albacete IdemIdem IdemIdem IdemIdem IdemIdem
w Andrés Cerdán Torres 43 Zapatero Idem
Nombres y apellidos. Profesión. V’‘ecindad. Antonio Can© GonzálezAntonio Cebrián Alarcón 53 Comerciante40 Conserje ’ IdemIdem Lorenzo Collado Jiménez 34 Panadero ! Idem
1). Tomás Araque Vila 34 Camarero Albacete José Cantó Alcaraz 40 Comerciante 1 Idem
Angel Ayala Lorca 58 Comerciante Idem Juan José Cano Nieva 54 Empleado j Idem
Cristóbal Aroca García 31 Carpintero Idem Francisco Cantó Seller 38 Industrial : Iden)
Florencio Alcafiiz Barco 38 Alarife Idem Pedro Cabañero Sánchez 39 Corredor i Idem
Francisco Aguado Yicén 33 Empleado ídem Domingo Collado González 32 Impresor 1 Idem
Manuel Algarra Furío 42 Curtidor Idem Ramón Candel García 34 Propietario ; Idem
Pedro Alfaro Yeste 33 Alarife Idem Salvador Cifuentes Romero 47 Impresor ; Idem
Pedro Artigao Alcaraz 32 Empleado Idem Plácido Cafiabate Royán 44 ’ Empleado 1 Idem
Facundo Albuger Flores 37 Impresor Idem Tomás Cantó Beltrán 58 Comerciante 1 Idem
Gregorio Arcos Aroca 50 Navajero Idem Juan José Candel Martínez 57 Camarero . Idem
Acisclo Bech Medina 35 Marmolista Idem León Cifuentes Peláez 47' Navajero ; Idem
Ramón Belda Encina 37 Escribiente Idem Enrique Carretero Fernández 37 Escribiente : Idem
Emilio Beléndez Domínguez 32: Empleado Idem Ramón Díaz Quilez 52 Comerciante ! Idem
Angel Buendía Arcos 32 Comerciante Idem Francisco de la Encarnación 37 Impresor ' Idem
Juan Bellido Garcés 40 Empleado Idem Juan Escobar Jiménez 48 Empleado j Idem
Lorenzo Bernabé León 35 Comerciante Idem Miguel Esparcía López 48 Idem ! ídem
José Basols Frías 57 Idem Idem Francisco Fontecha Nieto 38 Comerciante ' Idem
Antonio Belmonte García 46 Tabltgero Idem Faustino Fabo Camín 40 Hoialatero : Idem
José Belmonte Fernández 54 Zapatero Idem Enrique Flores Quintanilla 56 Empleado Idem
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Nombres y apellidos.
D. Manuel Fernández Fabián Antonio Fernández Uribe Enrique Gallego Sánchez Antonio Gómez Moreno Demetrio Gómez Romero
Plácido Gómez García Enrique González Gil Juan Angel Gil Enguídanos José María García Coy Fulgencio García García Sebastián García Hidalgo Martín Gallego Villar Adolfo García ZafrilU Melitón García López Antonio Gómez Rodenas Fernando Gómez Alarcón Emilio García Cutanda Ricardo García Rodríguez
Luciano García García José María Gómez García
Francisco Hoyos Martínez Pedro Jiménez Molina , Francisco Jiménez Marqués
Pedro Jávega Gómez Lorenzo Jiménez Martín Manuel López Martínez Pedro López Martínez Galo La Orden Waldo León Martínez Francisco Linares Luna Feliciano López Romero [juis López Herreros Apolinar Lara Picazo Isidoro Martín Rireru Robustiano Martínez García Juan Martínez Jimeno
Pedro Martínez Tudela Manuel Martínez Martínez Domingo Molina Monsalve Pedro Martínez Mdndéjar Igna(‘io Molina Serna Antonio Moreno Armero Eduardo Miranda Escribano Ignacio Martínez Soria Desiderio Molina Molina Pascual Moreno Enguídanos Roque Navarro Iniesta José Olmos Bonora Gregorio Pérez Blesa Francisco Puerto Nieva Salvador Pérez Buendía Sixto Piqueras González Pedro Pérez Villena Juan Ramírez Barchín Fernando Ramírez Rubio Angel Rodenas López Asensio Robles Villalba Hilario Rojo Domarco Ramón Sánchez Antonio Salas Villar Ricardo Sánchez García Antonio Tornero Corredor Esteban Villalba . Federico Vidal Navarro Antonio Zamora Mohíno Vicente Zafrilla Ruiz Fidel Zornoza Sotos Ezequiel Sáez Sarrión José Romero García José Ruiz Andújar Marcos Peirado Valero Joaquín Palomares Castelló Fernando Martínez Terroba Asensio Martínez García Emilio Montoya Alcantud Julio González Pérez José Herrero Falencia Ram^ Iniesta Jiménez
Victoriano González Díaz Bernabé Sánchez García Francisco Cerdán García Francisco Garijo García Gabriel Villanueva Garijo
Pedro Garijo García Gabriel Martínez Moratalla Juan Antonio Huesca Ortiz Alfonso Andrés Gai-cía Manuel Romero Ramos
Santiago Quintanilla Abendaho Fernando Real Soriano
Antonio Jiménez Arcos
Profesión.
Relojero Comerciante Empleado Industrial Comerciante Confitero Comerciante Idem Pintor Herrero Zapatero Comerciantt Propietario Cerrajero Propietario Zapatero Empleado Aperador Herrero Cerrajero Comerciante Idem Sastre Cartero Propietario Comerciante Propietario Peluquero Carpintero Fotógrafo Sastre Zapatero Empleado Idem Camarero Platero Empleado Propieiaiio Medidor Carpintero Propietario Carpintero Impresor Comerciante Empleado Sombrerero Fondista Empleado Idem IdemComerciante Empleado Alarife Comerciante Idem IdemCarpintero IdemPeluquero Zapatero Empleado Confitero Zapatero Carpintero 41 Propietario 45 Carpintero 38 Barbero 49 Industrial 54 Cerrajero 58 Empleado 43 Sastre 55 Comerciante 50 Zapatero 43 Comerciante 40 Propietario 46 Comerciante 39 Barbero 48 Labrador 37 Comerciante 58 Propietario 54 Idem 44 Idem 31. Idem Idem Molinero Carretero Idem Idem Idem Idem Idem
Vecindad.
Albacete Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem ídem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem ídem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem ídem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem ídem Idem Idem Idem Idem Idem Idem Idem ídem Idem Barrax Idem ídem ídem Idem Idem Balazote Idem Idem ' Idem Idem Idem Idem Barra.^
Idem IdemLa Herrera Idem
Nombres y apellidos.
D. Agustín Martínez Jiménez Diego Tobarra Toledo Luis Cuartei’o Donia Felipe García Tebav Francisco Lerma Jiménez Manuel Lara Sevilla Eloy García Lozano Antonio García Pena
('apacidadcs D. Sinforiano Arcos Aroca
Emilio Aguado Díaz Eduardo Arcángel García Arturo Alarcón
Manuel Alcázar González Rafael Aguado Valcárcel Ramón Casas Massó Francisco Cano Nieva Julio Carrilero Gutiérrez Manuel Canta Castillo Juan Dusac López Juan Delgado Villar Vicente Fernández Ripoli Luis González Verdejo Jesús García-Ortiz Serna Julián Gómez Alfaro Ramón Garrido Mañas Manuel Griñán Serna Raimundo García y García Fulgencio García López Antonio García Sangrador Juan José González Conde Juan García Más
Antonio García Barbosa Pedro Jiménez Córdoba Antonio Lozano Sahuquilb) Antonio López Tello Telestbro Medina García Francisco Martínez VÜIeua Rafael Mateos Sotos
Francisco Martínez Mondéjar Juan José Martínez Montesinos Manuel Marín Sevilla
Jerónimo Martínez Farreño Alfonso Núfiez Flores José María Noguera Seriitt Alejandro Olivas Gómez Luciano Ortega San Juan Pedro Piqueras Ibáñez Federico Pérez Cañizares Miguel Prieto Ruiz Valeriano Perier Megías Alberto Prieto Alonso Daniel Prat Sánchez Silvio Quílez Cano Sebastián Ruiz Rosell Federico Sánchez García Abelardo Sánchez García Juan Sánchez Martínez Rafael Serna Fernández Isidoro Tebar Pérez Pedro ütrilla Rodríguez Miguel Villena Piña Cristóbal Valera Jiménez Emilio Vergara
Agustín Villar Massó Juan Useros López Rufino Vera Serna Ricardo Valiente García Ramón Zornoza Cano Venancio Tobarra Jiménez Bartolomé Jiménez Gascón Antonio Martínez Ortiz Francisco García Lozano José Vidal Vila
ífrancisco Geraldo Arteaga José María Martínez Pérez José María Ibáñez Martínez Juan Martínez Haro Prisco Martínez Jiménez Agustín Moratalla Jiménez Antonio Zafrilla Jiménez Cipriano Albuger López Eduardo Olivas Garijo Juan José Romeru Pons
p ProfesióiJ. Vecindad
32 Carretero La Herrera
41 Propietario La Gineta
51 Carpintero Idem
53 Comerciante ídem
40 Propietario Idem
38 Sastre Idem
40 Comerciante Idem
40 Carpintero Idem
55 Ex Concejal Albacete 41 Profesor instrucdoii Idem
50 Procurador Idem
31 Profesor instrucción Idem
53 Abogado Idem
34 Idem Idem
41 Arquitecto Idem
60 Agrimensor Idem
40 Catedrático ídem
45 Bachiller Idem
57 Médico Idem
41 Concejal Idem
46 Módico Idem
37 Ingeniero Idem
36 Perito Agrícola Idem
41 Idem Idem
39 Ex Concejal Idem 60 Farmacéutico Idem
38 Practicante Idem
1*3 Médico Idem
41 Perito Agrícola Idem
Bachiller 1 Idem
i¡39 Abogado j Idem
!36 Sobrestante Idem
!31 Profesor instrucción Idem
|53 Concejal Idem
>46 Idem 1 Idem
|35 Profesor instrucción ; Idem
^36 Arquitecto í ídem '43 Profesor instrucción j Idem I 59 Ex Concejal i Idem
i 53 Idem ; Idem
j56 Médico . Idem
'56 Cirujano Idem
¡51 Bachiller Idem
36 Concejal ' Idem
<39 Perito Agrícola Idem
38 Abogado Idem
34 Idem ' Idení
42 Idem ^ Idem
52 Veterinariu Idem
50 Ingeniero , Idem
41 Ayudante Obras ! Idem 41 Profesor instrucción Idem 43 Bibliotecario Idem
33 Ex Concejal Idem
5 6 1 Profesor instrucción 36! Abogado
4 11 Profesor instrucción 41 ‘ Idem
Módico
Profesor instruceión Concejal
IdemDelineante
Abogado
52 I Idem 3 6 ! Bachillei- 43 i Idem 5 8 1 Practicante 55! Conceja!
56 ¡ Idem 3 8 1 ídem 47 I Veterinario 40: Practicante 46 Concejal 3 9 1 Ex Concejal 44 Idem
Idem Concejal Idem Idem Idem 54 IdemIdem
IdemIdem Idemídem IdemIdem IdemIdem IdemIdem IdemIdeo) IdemIdem La Gínete IdemIdem IdemIdem Barrax IdemIdem IdemLa Herrera Idem Idem : Balazote I Idem 1 Idem
Albacete 30 de Julio de 190í>,-
tal, Maximiliano Martínez. -El Secretario de gobierno aeeídeu*
IMPRENTA PROVINCIAL
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»