Número 138 Miércoles 17 de Noviembre de 1915 25 céntimos
i
BOLETÍN O F IC IA L
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE
. Priícios pH! Sir.sCRiPciúN. —Ku ]a cjipital: Uu trimestre, 4 pesetas.—Uu semestre 7 id. - -üii año, 12‘S0 iil.—Fuera de la Capital: Uu trimestre, 5 pe.setas.—Uu seme.s- ’ tre, 9 id.—IJu auo, 15 id. —Los eiiietos y senteucias do los Juzgados y Tríbuuale.s, que .se publiquen, y uo .sean de oücio, p¿ig!iráii 25 céntimos de peseta por línea.
i ruEcios DK Anuncios.—Lo.s ammeios particulares que se publiquen, previa licencia bi\ Gobernaiior, una á seis líneas, 1 peseta..De siete á quince jl oO id. Do diez y seis á treinta, 2 id.—J)e treinta en adelante, precio convencional' jbe publica Lunes, Miércoles y Viernes.-Las reclamaciones al Director de ia Imprenta’
Sección de la Gaceta
FRKSIDIÍNCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
S. M. ei i'vtiY Don Alíonso KÍÜ (que Dios guarde), S. JVI. !a
REINA D . ^Vic
toria itiigenia y SS. AA. RR. el Prínci
pe de A.sturias é infantes, continúan «¡in novedad en su importante saínd.
De igual beneficio disfrutan las demús personas de la Augusta Real Familia,
- (Oaceta10 Noviembre.}
Sección de la Provincia
o T - \7 - T T , C irculai' n ú m ero 192.
El Sr. Coronel G obenuiior m ilitar de esta provincia, con fecha do ayrr, comunica lo siguiente:
El Excuio. Señor Capitán general de esta región, en telegrama de hoy me dice:
«El Comandante General Melilla, en tele
gram a ayer, me dice: Dispuesto incorpora
ción á esta plaza individuos este territerio que han cumplido licencia cuatrimestral excluyendo los de Regimiento de Africa y red Melilla, los cuales no han de verificarlo, mego V. E. que por Comandantes militares y Autoridades locales ordene que todos res
tantes emprendan marcha oportunamente para llegar Málaga en 24 actual.— Lo tras
lado á V. E para cumplimiento y m ayor pu- j blicidad*.
Lo que se hace público en este periódico oficial para general conocimiento y con el fin de que por los Señores Alcaldes se orde
ne la incorporación de los individuos que en sus respectivos términos municipales se en
cuentren comprendidos.
Albacete 16 de Noviembre de 1915.
El Gobernador, F « liii« iflo iito y a . Don Felijie Montoya Gómez, Gobernador Ci
vil de esta provincia.
Hago saber: Que con esta fecha y previa la tram itación del expediente que previetie la Instrucción de 14 de Junio de 1885, este Gobitrno ha resuelto otorgar á Don Donato González Cano, vecino de Molinicos, conce
sión para modificar con destino á la produc
ción de' energía eléctrica un aprovecha- niieuto de aguas del Arroyo de la Cañada de Moroí.e, en el indicado término municipal, liabiéndosele impuesto las condiciones si
guientes que han sido aceptadas por el con
cesionario:
].* El desnivel aprovechado será de 20'06 metros y con un caudal máximo de agua tomado del Arroyo Morote de 100 li
tro» por segundo.
2. *' Se construirán las obras necesarias, con arreglo á los principios de la Hidráulica para asegurarse, de que en ningún caao el caudal de agua que tiene que llevar el canal antes de! depó.sito de toma de agua de la turbina sea superior al fijado en la base I.*"
3. “' Las obras se ejecutarán con arreglo estrictamente á los planos presentados.
4. ®" La construcción de las obras quedan bajo la inspección do ia Jefatura de Obras públicas de Albacete.
5. ®' Terminadas las obras y antes de fun
cionar las m iquinas esta Jefatura procede!á al examen del canal para cerciorarse de que vuelven al río todas las aguas derivadas; en caso contrario resolverá si piooode ó no á enlucir las paredes del caual ó fijará las con
diciones que juzgue conveniente para llegar á este resultado.
6 . ® Todos los gastos que originen la cons
trucción de la.s obras, así como los de inspec
ción y demás que determinan las leyes serán de cuenta del concesionario.
El concesionario durante ios traba
jos y explotación formalizará con sus obre
ros los contratos á que hace referencia el Real decreto de 20 de Julio de 1902.
8. ®^ El concesionario no tendrá derecho á reclamación alguna por alteracióii del régi
men del Arroyo, por causa de alguna obra hidráulica incluida ó que se ii.oluya en el plan general del Estado
9. ® El plazo de ejecución será de dos me
ses, desde el día siguiente de la |)ublicacíón de la concesión en el Boletín oficial de la provincia.
10. Durante ia construcción no se po
drá alterar el régimen normal del arroyo.
11. El cor.cesiouario queda obligado á | cuanta.s prescripciones legales hagan refe
rencia á esta clase de concesiones. j 12. La concesión se hace á título preca- ^ rio. de tal suerte que el Estado por causa de | interés público y mediante el oportuno ex
pediente puede ordenar la modificación y hasta declararla, caducada sin que el conce
sionario tenga derecho á indemnización al
guna.
13. La concesión .se entiende hecha sal
vo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero.
14. A la tenninacióii de las obras el con- ce.sioinirio dará cuenta de su estado y no se
rán con.sideradas en explotación legal hasta tanto hayan sido inspeccionadas por esta Je
fatura de Obras Públicas con ai'reglo á la
base 5.® y sean expUcitamente autorizadas por la autoridad competente según las dis
posiciones legales que rijan al hacerse la ins
pección de las obras.
15. E! incumplimiento de cualquiera de estas condiciones llevará consigo la caduci
dad de la concesión.
Lo que se hace público para general co
nocimiento, en oumplimieuto de lo que preo- ceptúa el artículo 24 de la instrucción de 14 de .íunio de 1883.
Albacete 15 de Noviembre de 1915.—El Gobernador, Felipe Montoya.
í>on Felipe Montoya Gómez, Gobernador ci
vil de e.sta provincia.
H-ago saber: Que este Gobierno civil en uso de las facultades que le confieren el Real decreto de 3 de Septiembre de 1913 (Gaceta dei 4) y la Real orden aclaratoria de 14 de Mayo de 1914 ( Gaceta del 20), con fecha de hoy, ha resuello declarar firme y definitiva la concesión otorgada con carácter provisional á Don Pedro Acacio Sandovai, con fecha 26 de Mayo último para ejecutar las obras de cruce de la línea férrea de Madrid á Alican
te, en Vülarrobledo, con otra telefónica par
ticular desde la población y finca del intere
sado á la denominada «Las Beatas»; habién
dose impuesto al conce.sionario las condicio
nes siguientes:
1. ® Las obras se ejecutarán con arreglo al provecto pre.sentado y á las prescripcio
nes siguientes:
2. ® Los ap‘>yo8 de tubo de hierro que se señalan en el proyecto en los edificios á uno y otro lado de la vía férrea para el cruce, deberán tener la longitud suficiente para que el conductor telefónico conserve la dis
tancia reglam entaria de dos metros sobre la parte superior del telégrafo más elevado del poste.
3. ® Deberá cumplir especialmente las prescripciones de la Real orden de 17 de F e
brero de 1908, que regulan la servidumbre forzosa de paso sobre ferrocarriles de las lí
neas eléctricas, ademas de todas las vigentes y que en lo sucesivo se dicten acerca de este asunto. ^
4. ® Ei plazo para empezar las obras será de treinta días desde la fecha en que se noti
fique la concesión al interesado y deberán terminarse en el plazo de tres meses á partir de la misma fecha.
5. ® Esta concesión se hace á título pre
cario, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero: pudiendo el Estado mo
dificarla y hasta anularla por oau-sa de utili
dad pública sin que el concesionario adquie
ra derecho á reclamar ni percibir indem ni
zación alguna por este concepto.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Boletín Oficia! de Albacete
Ijo que HC híioe público paia general co- iiociniiento
Aibiiceti.’ 15 de Noviembre de 1915.—El Gobi riiiiiior, Fidipe Mouloya.
Don Felipe Moul.ovii Gdmez. Gí)l)prnad<>r ci
vil de VHta provincia.
Hago saber: Que este Goíiieruo civil en uso de las hicuifade.-í tpie le contiere. (*1 urtí- cuin Id íU'l Ufglamenlo de 7 de Oclubr-^, de 19b4, y pre.via la trainitac.ión de) expediente eorreHpoiidienlí; ha resuelto otorgar á Don Jacinto Feriiández Nieto, con fecha 3 del corriente, conce.sidn pa,ra instalar una linea de. liauisporte de em-rgía cdéctrica á alta ten
sión que, partiendo <ie la Gential hidroeléc
trica denominada «101 (.’arrasco», situada en el río Júoar y íórmino de La Roda teruiine en Fuensanta, para alumbrado de la pobla
ción; así como también las rede.s de disti ibu- (don del fluido en la misma; habiéndose im- ))uesto al concesionario las condiciones si- gniente:
í.“ IjIs oi)ras (onpe/aufiti antes de 15 díaa Cotdados desilfi la fecha en que s-* otorgue !a conccsióri y deberán terminarse en el plazo de 3 inesCvS,
2 ^ Las obraí; íiabtáti de jajjotarse en to
das parles á ío di.'^piiesto en el vigeíde It'-glannnto de Insiahic.IeneH eléctrica-^
3 Los cruce.s do los diLnanjtes camÍJios se efectuarán Con arreglo á ¡as condiciones inqmcHtns á los cruces de (uirreteras por Real orden de 4 de Julio de 1913. v publicada en la ÜACiCTA ded 13 de dicho im?s.‘
4 “ El concej-ioJiario (jtiedará obligado al cumplimiento do todas las dispfj.sicionca dic
tadas acerca de !a Protección á ia Industria Nacional.
5."’ Quedará bien entendido (lUe la ennee- sión se (dorga á título precario y sin perjui
cio de tercero.
Lo cjue se hace público para general co
nocimiento.
Albacete 15 do N viembre de 1915 —El QobernadoT, Felipe Montoya.
OELEGACiON DE HACiEND.4
Habiéndose rc^:uelto por e.sia Delegación de acuerdo con la Represcntacióji de la Com
pañía Arrtuida.taria de Tabacos que se gire visita de inspección doÍ Timbre álos pueblos de Alborea, Villatoya, Oas-is de Vé.s. Bul.sa de Véri. Villa de Ves, Alcalá del Júcar, Fuen- leíilbilla, Abengibie, Jorquera, Recueja, Car- celéii, .\latoz, Pozo Lorente, Valdegaiiga y (/asas de Juan Núfiez, de conformidad con lo dispuesto en el nrt. 220 dei R(‘giamenío dictado en 29 do Abril de 1909 para la eje
cución de la vigetít(; ley del iiiq)uesto, se ha
ce público j)or medio de este periódico ofi
cia!, exhortando y ordenando á las Antori- dades y -.fleinas á que den facilidades y pres
ten los auxilios necesai ií'is, .sin o[»mu‘r obs- láculo.s de ninguna clase al Inspector técni
co Don Adelfirdo Escudero González, que ! a |
de practicar dicha visita. í
Albacete 13 de Noviembrtr de 1915.—fi^l j Delegado de Hacienda. Antonio -Simom't. )
«ÜilINiSlBACIO:; DE PHQPlEflADE': í IPÜ ESTO S
20 y 10 por 100 de Propios y Pesas.
El Señor Delegado de Hacienda de esta provincia, hacicjuln u.so de las fficultades (jue le Cniu/iere i-l artículo (lA en su apartado 21 <Ud Reglamento orgéinico'de ¡a Adminis- tracióji provincia! de 13 de Octubre de 1903, ha acordado sean apercibidos los Señores Alcaldes de !oa pueblos (juí! se relacionan á continuación, de que st en el improrrogable- plazo de dirz día.s no presentan en esta Ad- minist ración de í’iopiedadcs é Impuestos ¡ua
certificaciones tantas veces reclamadas refe- rente.s al 20 y 10 por de propios y pesas y mcdifla.s y al tercer trimc.'Jíre del año en cur
so. le será impue.sla la nndta que determina el artículo 184 de la íjoy municipal, cuyo plazo de tliez día.s empezará á contarse de.sde e! siguíf'iile al en que .seí pul)iiqm-i esta noti
ficación en el /ío/eibi. oficial.
Ayiui/aoiieoíos y sercido.^.
20 por 100 de Propios.
Alboiam. I’ienHcrvida, Garcelén, Hoya Gonzalo, Lezuza. Mol in icos,. Montealegre, Recueja y La R(ula.
10 por
loo
de Pesas y Medidas.Biens.-rviilfi, Oarcelén y ílecueja.
Albacete 15 tic Nüv¡eml)re de 1915.—El Administrador de íbopiedades, Enrique Sol- devila.
Votos
JUNTA PROVINCIAL DEL CENSO ELECTORAL DE ALBACETE
En cmiiplimiento de lo prevenido por el art. 45 de la ley Electoral de 8 de Agosto de 1907, se pu
blica á continuación el resultado de las elecciones ve
rificadas el día 14 del actual en los pueblos de la pro
vincia que se nieiicioimn. para la renovación bienal de los Ayuntamientos de la misma, según aparece de las certificaciones remitidas hasta hoy por ios Presi
dentes de las .Mesas electorales, con expresión del nú
mero de votos obtenidos en cada sección por cada Can
didato.
Votos - ALATOZ
BiMritn único.—Hecc.io\i única
D. Antonio Royo Sei-raiio 152
Andrés Royo Serrano 152
Adolfo Serrano Gómez 151
Juan Requena Serrano 151
Manuel Piqueras Megías 151
ALBATANA
DiMrilo ániso.—Sección ú//ica
D. Elíseo Martínez Jiménez 108
Carlos Navarro Raez IGS
Antonio Mai’tínez Cantos 108
-losé Guirado Terreras 108
Antonio Tenés Martínez 108
ALBACETE
Distrito primero.—Sección primera D. Francisco Sánchez Silva 110
Gabriel Navarro Brü 60
Pedro Martínez Gutiérrez 39
Papeletas en blanco 2
Sección segunda
D. Francisco Sánchez Silva 104
Gabriel Navarro Brú 89
Pedro Martínez Gutiérrez 82
Félix Arias Marín 1
Distrito segundo.—Sección primera D. Joaquín Hortelano Moreno 101
Manuel López Martínez 83
Julio Carrilero Gutiérrez 79
Cristóbal Valera y Timéuez de Notal 60
Rafael Candel y Candel 51
Sección segunda
D. .Toaqiüii Hortelano Moreno ' 103
Manuel López Martínez 103
Julio Carrilei’ü Gutiérrez 92 Cristóbal Valera y Jiménez de Notal 86
Rafael Candel y (Garniel 71
Sección tercera
D. Joaquín Hortelano Moreno 8o
Manuel López Martínez 85
Julio Carrilero Gutiérrez 85
Rafael Candel Candel 80
Cri.stobal Valera Jiménez 65
Semion cuarta
D. .Joaquín Hortelano Moreno 23
Manuel López Martínez 23
Julio Carrilero Gutiérrez 23
Cristóbal Valeia Jiménez 20
Rafael Candel y Candel 20
Distrito cuarto,—Sección primera
D. Ricardo Huerta Rodenas 89
Serafín Rico García vi
í Sección segunda
D. Ricardo Huerta Rodenas Serafín Rico García
Sección tercera Ü. Ricardo Huerta Rodenas j Serafín Rico García
•j Distrito quinto.—Seecion primera
I B. Manuel Biieudía Arcos I Rafael Serrano Anwo I Mariíino Berzosa Larriba I Sinforiano Arcos Aroca
Angel Ayala Lorca
I Nicolás Belmoiite Dumoiit I Félix Arias Marín
Sección segunda D. Félix Arias Marín
Nicolás Belmonte Duniont Angel Ayala Lorca Manuel Buendía Arcos Rafael Serrano Arroyo Sinforiano Arcos Aroca Mariano Berzosa Larriba
Sección tercera D. Angel Ayala Lorca
Sinforiano Arcos Aroca Manuel Buendía Arcos Nicolás Belmonte Dumont Félix Arias Marín
Rafael Serrano Arroj'o Mariano Berzosa Larriba
ALBOREA
Distrito único.—Sección Ú7iioa D. Benito González Martínez
Leopoldo Carrión González Juan López Carrión Pedro Carrión Carrión Carlos Cuesta Saez
ALMANSA
Distrito primero.—Sección primera D. Cosme de Teresa Beltráii
Adolfo Sánchez Megías Guillermo Abarca Rodenas Miguel Sánchez Sánchez Miguel López López
SeceioJi se.gimda D. Cosme de Teresa Beltrán
Adolfo Sánchez Megías Guillermo Abarca Rodenas Miguel Sánchez Sánchez Miguel López López Antonio Ruano López
Disiriio segundo.—Sección primera D. Francisco Villaescusa Clemente
Vicente Medina Olaj^a Indalecio Sánchez Gandía Emilio Mauzaneras López
Sección segmida D. Vicente Medina Olaya
Indalecio Sánchez Gandía Francisco Villaescusa Clemente Emilio Manzaneras López Cosme de Teresa
.losé Ruano
Distrito tercero.—Sección primera D. .José Ruano Ruano
José Ruano López Antonio Ferrer Cempte Miguel Cuenca Tilnchán Eli blanco
Sección segunda D. José Ruano Ruano
Antonio Ferrer Compte José Ruano López
Miguel Cuenca Trinchán \ Jísé Rodríguez Gutiérrez
En blanco
Distrito cuarto.—Sección primera D. Juan Martínez Caballero
Manuel Andrés Real José Rodríguez Gutiérrez Jesús Cuenca Jiménez Indalecio Sánchez Gandía Miguel López López
Francisco Villaescusa Clement Vicente Medina Olaya
Cosme de Teresa
204180 13044
122-44 128119 52 104107 9794 8984 83 146157 156162 4441 40
210 210 210191 191 11498
7667 26 119150 10267
11 1
6466 6444
6862 5736
2 1
7248 4015
1
8263 3616
2 1
5971 4319
2 1 1 1 1
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Boletín Oficial de Albacete
dicción segunda B. José Rodríguez Gutiérrez
Juan Martínez Caballero Manuel Andrés Real Jesús Cuenca Jiménez Antonio Ferrer Compte Cosme Teresa Beltrán Guillermo Abarca Rodejias Vicente Medina Olaya José Ruano López En blanco
BALSA DE VES Distrito único. — Seccióii única D. Ambrosio Gómez Pardo
Anastasio Cebrián Piqueras Alejo González Piqueras (menor) Juan Martínez García
Pascual Martínez Piqueras BARRAX
Distrito primero.—Sección única B. Julián Carretero Solera
Antonio Cano Poveda Francisco González Jiménez Gonzalo Lozazo Jiménez
Distrito segunda.—Sección única B. Esteban García Garrido
Gonzalo Jiménez Albaladejo
• Eugenio Fernández^Feruández CAUBETE
Distrito primero.—Sección primera B, José Bíaz Martínez
Bamián Gracia Martínez Manuel Martí Tecles Joaquín Hernández Benito Tadeo Esteve Bañón Manuel López Bañón Francisco Huesca Martí En blanco
Sección segunda B. José Bíaz Martínez
Bamián Gracia Martínez Manuel Martí Tecles Joaquín Hernández Benito Tadeo Esteve Bañón Manuel López Bañón José Martínez Martínez Gabriel Martínez Sáiz José Conejíro Castillo Gabriel Están Herrero losé Ruiz Ruiz
Francisco Huesc<a Martí
Distrito segundo.—Sección primera B. Gabriel Estañ Herrero
José Ruiz Ruiz • Francisco Huesca Martí José Martínez Martínez José Conejero Castelló Gabriel Martínez Sáez Francisco Algarra Bañón José Pérez Albertos Joaquín Requena Aragón José Bíaz Martínez Bamián Gracia Martínez Manuel Martí Tecles Joaquín Hernández Benito Alvaro Conejero
En blanco
Sección segunda B. Gabriel Estafi Herrero
José Ruiz Ruiz
Francisco Huesca Martí José Martínez Martínez José Conejero Castillo Gabriel Martínez Sáez Francisco Algarra Bañón José Pérez Albertos Joaquín Roqueña Aragón Manuel Martí Tecles Joaquín Hernández Benito
FUENSANTA
Distrito imieo.—Beccion unica B. Amós Jiménez Moreno
Francisco García Ballesteros Andrés J i m 6n ez Urrea Casimiro Parreño Garda Pedro Jiménez Jiménez Segundo Bíaz Aranda Juan Miguel Jiménez García
Votos
i 230230 223220 102
Votos MINAYA
Disir/ro primero.—Sección única B. Matías González González
Vicente Torres Conejero
Distrito segundo.—Beccion unica D. Crisóstonio García
Elias Toledo Juan Antonio Ochoa Enrique Tébar En blanco
MOLINICOS
Distrito primero. -Sección tmica B. Emiliano Bermúdez Navai-ro
Jesualdo González Frías Adolfo González Frías José María de Frías Roldán
■ Distrito segundo.— única B. Benigno Cuchillo Palacios
Gustavo Marcos Frías Julián González González
RrOPAR
Distrito primero.- -Seecióyi única B. Alfredo de Biego Navarro
Justiniano Gar<‘ía Llamas Eugenio Llamas Valero Bruno Valdelvira y Valdelvira Gregorio Berrio Garví
Francisco Galindo Frías Beraardino Villalba Raigal Luis Pérez Sandoval En blanco
Distrito segundo.—Sección única B. Serapio García Martínez j
Sebastián Nieto Valero José Ortega Muía
TOBARRA
Distrito primero.—Beccion jirimern B. José Antonio ¿aborda López
Antonio Moreno Guirado Regino Sáez León En blanco
Beccion segunda
B.. José Antonio Laborda López y
Antonio Moreno Guirado *
Regino Sáez León
Beccion tercera
B. José Antonio Laborda Lój)oz i(
Antonio Moreno Guirado x(
En blanco
Distrito segundo.—S«r<?ío?í primera B. Maximiliano Tébar Romero lo
José María Cañete Bleda lo
Alejandro Ramón Paterna lo
José García Poyatos
Juan Antonio Ochando García En blanco
Beccion segunda
B. Alejandro Ramón Paterna a
José María Cañete Bleda 9.
Maximiliano Tébar Romero 9
José García Poyatos " ¡
Distrito tercero.—Beceion primera
B. Fernando Marco Belmonte io‘
Luis HeiTero Villar loí
Teóíilo Martínez Bleda lOj
José María Lorente Fernández \ En blanco
Beccion segunda
B. Luis Herrero Villar 9(_
Teófilo Martínez Bleda 37
Fernando Marco Belmonte 86
Baiiiel Lorenzo Ruiz -2
Tesifonte Gallego 3
José María Lorente Fernández 3
En blanco 4
VILLARBOBLEBO Distrito primero.—Beccion primera B. Mario Atieza Castillejo
Esteban Lozano Almansa 124
Arturo Jiménez Perona 124
Nicolás Fernández Padilla 41
En blanco 1
Beccion segunda
B. Mario Atieaza Castillejo 120
Esteban Lozano Almansa X20
136129 116106
Voíoi 144 B. Arturo Jiménez Perona
Nicolás Fernández Padilla
Distrito segundo.—Beccion primera B. José María Carrascosa Martínez
Bección segunda B. José María Carrascosa Martínez En blanco
Distrito tercero .—Beccion primera B. Mariano Castillo
Manuel Navarro Manuel Muñera Vicente Saiz Jesús Martínez Benito Martínez Mario Atíenza Esteban Lozano Fernando Fernández Pedro Acacio José Gómez En blanco
Sección segunda D. Mariano Castillo Fernández
Manuel Navarro Manuel Muñera Arnás Aurelio Montero Rasero
Distrito cuarto.—Beccion primera B. José Valero Roldán
Edmundo Fernández Berruga En blanco
Beccion segunda B. José Valero Roldán
Edmundo Fernández Berriiga
Albacete 16 de Noviembre de 1915.—El Presi S a s Secretario, Ricardo Ar
16099
JUNTAS MUNICIPALES_DEL^ENSO ELECTORAL
Relación de las designaciones de Vocales que han de tormar parte de dichos organismos durante el bie
nio de 1916-917 en los pueblos que á continuación se expresan, hedías unas por ministerio de la Ley y otras como consecuencia de los sorteos verificados según re
sulta de Jas certificaciones por aquellas remitidas, pa
ra su publicación en este periódico, á fiu de que ios que se consideren perjudicados puedan recurrir ante la Jiinta provincial en la forma prevenida en el artí
culo 12 de la Jjey electoral vigente.
FUENTEALAMO Vocales.
Bon José Pedro Careliano Tárraga, territorial Bon Julián Velando Martínez, ídem.
Bon Juan Sáez Sánchez, industrial Bon Biego García García. ídem.
Don Pedro Piqueras Ibáñez, Ex-Juez.
Bou Vicente García Jiménez, Concejal.
Suplentes.
Don Lorenzo Tárraga García, territorial.
Don Pedro José Herrero Sánchez, ídem.
Don Esteban García Mansilla. industrial.
Don Antonio Sánchez Sánchez, ídem.
Don Dionisio López del Castillo Tárraga. Ex-Juez Bon Bartolomé Fuentes Reina, Concejal.
a v u n t a m i e n t o s
ALüARAZ
I Terminada la lista cobratoria de la con- I tnbución de edificios y solares de esta oiu-
¡d ad para el próximo año 19^16, queda ex- j puesta al público en la Secretaría de este , Ayuntamiento por el plazo de ocho días há- biJes, contados desde el siguiente al en que se inserte el pre.sente anuncio en el Boletín oficial de la provincia para oir reclam acio
nes.Alcaraz 13 de Noviembre de 1916.—El Alcalde accidental, Buenaventura González.
PEÑAS DE SAN PEDRO
Don Juan Naharro López, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber; Que conforme á los artículos 3.“ y 4.® del ^eal decreto de 7 de Junio de
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
1891 y 2." de la iiislrucción de 2G de Abril (lo 19()0, este Ayuntanücntf) y Asociados han acordado las coinlicíones para cl arriendo en pública subasta de! arbitrio de pesas y medi
das ('siablocido ('on (d carácter de obligato
rio para cl próximo ano de 191G, para cuyo remate servirá de tipo la cantidad de 1.750 pesetas á (jue asciende el ingreso fijado en el presupuesto aprobado por ia Junta munioí- pal.Kt acto será pjf.ddido por mí ó por el Se
ñor Teniente de Alcalde ó Coiicejaí en (jLiien delegue, con adsteuo.ia de otro Conce- jai designado por este Ayuntamiento; las proposiciones so ajustarán al modelo inserto en el pliego de condiciones, y el arriendo, en su caso, á las condiciones (jue aparecen fijadas en dicho pliego y en l:i tarifa que se acompaña al expediente de su ruaón, el cual s(í halla de manifici-lo a! público en la Seorc- tíiría de este Municipio; debiendo advertir (|uc, j)ara tomar [<art(; (oi la subasta, aera jireciao acom pañar el resguardo del depósito })revi(> de 87 pesetas y 50 céntimos, equi
valente al 5 por 100 liel tipo señalado pa
ra el remate, y (pie la ])ersona á cuyo fa
vor se adjudique deberá prestar, en e! térm i
no de diez días desde qm; la adjudiCíUsión le sea iiechii, la fianza ¡leiiniiiva de 350 pese- taa.La duración del contrato s' rá de un añ(í, empezando acontarse desde l.“ de Enero a 31 de Diciembre de I91G, y el pago de la cantidad en que la adjudicación tenga efec
to se veiificará en cuatro plazos iguales den
tro délos cinco jirimeros días de lus meses de Febrero, Mayo, Agosto y Noviembre.
Si en dicha subasta no hubiere rem'ite, se celebrará una segunda bajo lUvS mismas con
diciones, por igual tipo, en idéntica form a y á las propias horas, á los diez días doñjiués, y en (día se adm ilirán proposiciones })or las tres cuartas part.-s del importe que queda fijado como tipo de subasta, adjudicándost;
al que resulto mejor postor.
Lo que .se aminciria! público en cum pli
miento del articulo 29 (ie la instrucción de 2G de Abril de 1900, advirtieudo que se ad
mitirán reclamaciones acerca de las condi
ciones expresadas hasta (^1 día 30 del actual.
Peñas de San Pedro 11 de Noviembre de 1915 —Juan Naharro.
0AS'.8IBAÑEZ
l»on Miguel Pérez ílarcía, Alcaide constitu
cional de esta villa.
llago .saber: Que e! día 7 de diciem bre próximo, á las once de su mañaim, bajo mi presidencia ó la del Concejal en quien dele
gue, se celebr.ará en la Casa Consistorial la subasta del arbitrio municipal sobre el sa
crificio obligatorio de larse.i en el matadero jniblíco pava el año 191G, bajo cd tipo de 1 700 })cseta.s.
El acuerdo y ííondicioaes de dicha subas
ta, (jue se han hecho pút)iicos sin que se ha
ya producido reclamación alguna, apesar de- ha her transcurrido (d plazo fijado por el artí
culo 29 de la insíruccióu de 24 de Enero de 1905, estarán de manifiesto en la Secretaría de! Apuntamiento.
Los )icitadore.s conslilniián previamente en depósito como fianza provisional el 5 por 100 del tipo, ó sean 85 pesetas, y el rem atan
te prestará la definitiva del 20 por 100 del precio del remate, el que dt'hevá pagarse por trimestres anticipados, siendo Don Candido Yillena Pérez, de esta vecindad, el L nrado designado para baslanlear los j)odtr(íS.
No se adm itirán po.sturas á los compren
didos en el artículo 11 de ia citada instruc
ción y las proposicioiHís, á las que es preciso acompañar el resguardo del depósito y la cé dula personal, deberán presentarse en pliego cerrado durante el plazo que señala el artí-
i culo 17 de la misma, con sujeción al siguien
te modelo:
Don. ..., vecino de... enterado del plie
go de condiciones que acnpta, ofrece... j)e- setas (la cantidad en bdra) por (d arriendo del arbitrio obligatorio sobre el sacrificio de reses en el matadero pubiie.o de este termino para el año 19IG.
(Fe(’ha y firma dei propommte) En t i c.aso de qm: (puníase desierta la pri
mera subasta por falí.;i tb- licifadores, se cele
brará una s(‘guuda á los tlioz días siguientes (1<> cUpielIíi. coii la rebaja di-1 25 por 100, bajo ignahís condicimies, en el mismo sitio y llo
ra y con sujeción al anterior modelo de pro
posición.
Lo (jU'^ se ammeia para conocimiento de lo.s qne ib'.secn interesar.-e en la licitación
(hisas Ibáñez 13 d(í Noviembre de 1915.
Miguel I'crez
Don Migue! Pérez García, Alcalde oonstitu cional d(i esta villa
Hago sahet: Que el día 17 de rheiemhre próximo, á las diez de la inañaua, bajo rni presidemiia ó la del Doncejal en quien dele
gue, se celebrará en ia Casa Consistorial la subasta del arbitrio muuicipai sobre el aso obligatorio de las pe.sas y medidas para el año 19IG, bcijo td tipo de 9.500 pesetas.
K! ¡icucrdo y condiciones de dicha suba.s- ta que ce han hecho públicos sin que se haya producido reclamación alguna, á pesar de iiab(ir t.riiuscunndo pl plazo fijado por el a r
tículo 29 de la instruoción de 24 de Enero de 1905, estarán de ma;iifins!.o en ia Secreta
ría de este Ayuntamiento.
Los üeitadores constituiián previamente en depósito como íianz-a provisional cl 5 por 100 dei tipo ó sean 475 pesetas, y el rema
tante [H-eslará la d(íftnitiva del 20 por 100 dvl precio (b-1 retnalfi, (d Cual deberá pagarse por trimestres anticipados, siendo Don Cán
dido Villeaa Pérez, de esta vecindad, el Le
trado designado para basíantear los poderes.
No .se adm itirán postuia.s á los compren
didos eu el artículo 11 de !a citada instruc
ción, y las proposiciones, á las (jue es preciso acompañar el resguardo del depósito y la cé
dula personal, (lei)erán jiresentarse en pliego cerrado durante el plazo (|ue señala el artí
culo 17 de la misma, con sujeción al siguien
te mode'ot
Don ...., vecino de...enterado dei plie
go de somliüi'juew que ae.epta, ofrece... pe
setas (11. cantidad un letra) por el arriendo del arbitrio municipitl de [)esas y medidas de uso oiíligatnrio para el ano 191G.
(Fecba y firma del proponente).
En el caso de qu(í quedase desierta la pri
mera subasta por falta de lioitadores, se ce- bibrará una segunda á lo.s diez días siguientes lie aquella, con la rebaja dtd 25 por 100, ba
jo iguale.s condiciu!\es, en td mismo sitio y hora y c.on suj-'ción ai anterior modelo de proposición.
Lo (jue se anuncia para conocimiento de los (jue deseen interesarse en la licitación
Casas Ibáñoz 13 de Noviembre de 1915.
Miguel Pérez.
Urbana.
Don Ignacio Roca Picazo, Recaudador de Contribuciones de esta ciudad.
Hago saber: Qne en el expediente que ins- 1 truyo contra Don Antonio, Luciana, Conso- I solución, Josefa y María Fernández Lorente
! y de Antonio Fernández López, vecinos de Albacete, por débito.s de! concepto contribu
tivo y trimestres arriba expresado», se ha
dictado con fecha 2 del actual la siguiente providencia de subasta de finca.
«No habiendo satisfecho Don Antonio, Luciana, Consolación, -Josefa y María F er
nández Lorente y de Antonio Fernández Ló
pez sus descubiertos que se les tienen recla
mado» en este expedienhj, ni |)odido realizar
se lo.s mismos j)or el embargo y venta de bie
nes, muebles y semovientes, se acuerda la enajenación en pública subasta del inmueble ó inmuebles pertenecientes á dichos deudo- re.s, cuyo acto se verificará bajo m¡ presiden
cia el día 20 del actual y hora de las nueve de su mañas^a, en est.t oficina recaudatoria, siendo posturas admisil)les en la subasta Jas qucj cubran las dos terceras partes del im por
te déla capitalización.
Notifíquese esta providencia á los referi
dos deudores, y ul acreedor ó acreedores hi
potecarios en su caso, y anúiunese al público por medio de edictos en la,*? Casas Consisto- riale.s j Boletín oficial de la provincia.
Lo que hago público por medio del pre
sente anuncio, advirtieudo para conocimien
to de los (¡ue deseen tomar parte en la subas
ta anunciada, (jue ésta »e celebrará en el lo
cal. día y hora que (ixpre.sa dicha providen
cia, y que se estahhícen las siguientes condi
ciones en cumplimiento de lo dÍ8})uest<> en (fi artículo 95 de la in.strucción de 26 de Abril de 1900.
1 “ Que los bienes trabados y á cuya ena
jenación ae ha de proceder, son los compren
dido.» en la .siguiente relación:
Clase, cabida y situación de la finca jaro- piétarios de una parte de casa en las de esta ciudad y su calle del Cid, número 27; que linda por la derecha entrando con la calle de Boquilla, por la izquierda la de Inés Por
tero y por la espalda descubierto de Pedro Portero; cuya parte se compone de la sala única de la planta baja y la cámara que exis
te .sobre dicha habitación y el portal, y todo dá á la calh^, una cocina contigua á la expre
sada sala, con sótauo y la cueva, con la uii- tad de servidumbres comunes en el j)ortal principal, patio, pozo, pila y pa.sillo al des
cubierto, con la mitad también del mismo descubierto y una gorrinera antes sin cu
brir y ahora cubierta, líquido imponible 150 pesetas, capitalización de la misma 3.750 pesetas, cargas de gravan los inmuebles 80 peseta» 3 céntimo.», valor para la subasta 3.719‘97 pesetas.
2. * Que los deudores ó sus causahabien, tos,^ y los acreedore.s hipotecarios en su caso- pueden librar las finca» hasta el momento de celebrar.se la subasta, pagando el principal, recargos ó dietas, costas y demás gastos del jjr ocedim lento.
3. “ Que lo.» título.s de projiiedad de los inmuebles están de luiuiíiesto en esta oficina hasta el día de la celohraíjión de aquel acto, y que los licitadore.» deberán conformarse con ellos y no tendrán derecho á exigir nin
gunos otro.'».
Que será requisito indi.spensahle para tomar parte en la subasta, que los licit:ido- res depo.siten previtfmente en la mesa de la Presidencia el 5 por 100 del valor líquido de los bienes que intenten rem atar.
5.** Que es obligación del rem atante en
tregar en el acto la diferídmela entre el im porte del dcpó.sito constituido y precio de la adjudicación; y
G.’‘ Que si hecha é.sta no pudiera ultimar
se la venta por negarse el adjudicatario á la entrega dei precio del remate, se aecretará la pérdida del depó.sito que ingresará en ar
cas del Tesoro.
Albacete 2 de Noviembre de 1915.—El Recaudador, Ignacio Roca.— V.“ B.°— El Arrendatario, P. P., Pujalte.
IM P R E N T A P R O V IN C IA L
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»