Im•n••••••••n•nnnn..-
et al
NUMERO
63VIERNES 27
DE MA YO DE 189825 CÉNTIMOS
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE
PRECIOS DE SUSCRICION.—&NLA CAPITAL: Por un trimestre, 4 pesetas.—Por un semestre, 7 id.—Por un año, 12'50 id.—FurtA DI LA. CAPITAL: Por un trimestre. 5 DeBEnalil.
Por un semestre. 9 id.—Por un año, 15 id.—Los edictos y sentencias de los Juz gados y Tribunales que se inserten en este periódico, y no sean de oficio, pagaran 25 céntimos ale peseta por linea.
PRECIOS DE ANUNCIOS.—Los anuncios particulares que se quieran insertar en ei BoLsi la. previa licencia del Ilmo. Sr. Gobernador. pagaran: De 1 á 6 líneas, primera
vez, 1 peseta.—De 15 id.. P50 id.—De 16 á 30 id., 2 30 en adelante, praci‘
convencional; por cada re petición, la mitad.—Se publica los Lunes, Miércoles y Viernes.
Las reclamaciones al Director de la Imprenta Provincial.
SECCIÓN DE LA GACETA
MESIDENCIA
DEL
CONSEJO DE MINISTROSSS. UVI. el
REYy la
REINARegente (Q. D. G.) y Augusta Real Familia con- tinúan en esta Corte sin novedad en su importante salud.
(GACETA del día 26 Mayo.)
SECCIÓN DE LA
PROVINCIA
GOBIERNO CIVIL
mos, á treinta y un céntimos de peseta.—Ración de cebada de siete litros próximamente, equivalen- te á seis cuartillos, á ochenta y cuatro céntimos de íd.—Ración de paja de seis kilogramos, á veintitrés céntimos de íd.—Litro de aceite, á 99 céntimos de id.—Litro de petróleo, á ochenta y cinco céntimos de íd.—Kilogramo de carbón, ä nueve céntimos de íd.--Kilogramo de leña, á tres céntimos también de peseta.
Y para que conste y tenga cumplido efecto lo dispuesto en el artículo é Instrucción antes cita- dos, expido por duplicado la presente en Albace- te á veintitrés de Mayo de mil ochocientos no-
venta y ocho.—Ricardo B.°—E1
Vicepresidente, Ociando.
AYUNTAMIENTOS
CAUDETE
D. Miguel Díaz Martínez, Alcalde constitucional de esta villa.
Por el presente hago saber: Que diez días después del en que aparezca inserto este edicto en el Bolet in oficial de esta provincia, tendrá lu- gar en el salón de la antigua Casa Consistorial, de diez á doce de la mañana, la subasta para el arrendamiento, durante el año económico de 1898 ä 99, ä venta libre, de las especies de consumo, cereales, alcoholes y sal, con los recargos autori- zados y obligatorio; cuyo cupo y tipo por especies con recargos se consigna ,en el estado siguiente:
Circular número 74.
—
No habiéndose cumplimentado por algunos de los Sres. Alcaldes de los pueblos de esta provin- cia lo dispuesto en la circular inserta en el Bote- tin oficial de fecha 13 del actual, número 57, re- ferente ä la remisión de las relaciones de Médi- cos y Farmacéuticos residentes en sus respecti- vas demarcaciones, indispensables para la consti- tución definitiva de los Colegios
de
dichas Facul- tades; prevengo á dichos Sres. Alcaldes que se hallan en descubierto del indicado servicio, que si no lo cumplimentan dentro del improrrogable término de 5.° día, ä contar desde la inserción de la presente en el Boletín oficial, nombrare Co- misionados que pasen á recoger dichas relaciones á costa de los Alcaldes morosos.Albacete 26 de Mayo de 1898.
El Gobernador, Tomás Pérez y Pérez.
DIPUTACION DE ALBACETE'
COMISION PROVINCIAL
—
D.
Ricardo Archillas y López, Doctor en Derecho civil y canónico, Licenciado en Filosofía y Le- tras, Abogado del ilustre Colegio de Jaén y Se- cretario de la Excma. Diputación y Comisión provincial de Albacete.Certifico: Que esta Corporación,
en
sesión de hoy, ha procedido, de acuerdo con el Comisario de Guerra, según se dispone en el artículo tercero de la Instrucción de nueve de Agosto de mil ocho- cientos setenta y siete, al examen de los documen- tos justificativos de los precios que en las capitales de los partidos judiciales de esta provincia han te- nido durante el mes de Abril último las espe- cies que se dirán, con objeto de fijar los respec- tivos á las que los Ayuntamientos han suministra- do y suministren á las tropas del Ejército y Guar- dia civil en el mes actual; fijándose, con mérito al resultado que ofreció dicho examen, los siguientes precios medios:—Ración de pan de setecientos gra-ESPECIES
Carnes de todas clases.
Líquidos
Granos y sus harinas Pescados.
Jabón duro y blando Carbón vegetal. . .
Aguardientes, alcohol y licores..
Sal común.. . .
TOTALES
En el pliego de condiciones, que se halla de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento, consta que la subasta se verificará• por pujas á la llana, admitiéndose proposiciones que cubran el tipo de subasta, ó sean 50.872 pesetas 49 cen- mos debiendo depositar como garantía para ha- cer postura el 2 por 100 del tipo, que asciende ä 1.017 pesetas 44 céntimos, quedando obligado el rematante á prestar fianza hipotecaria sobre fincas libres á satisfacción del Ayuntamiento por la cuar- ta parte del precio en que sejadudique el arriendo.
Caudete 16 de Mayo de 1898.—Miguel Díaz.
LEZUZA
D. Ramón López Cuerda, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que en cumplimiento á lo acorda- do por el Ayuntamiento y asociados, y no habien- do tenido efecto los encabezamientos gremiales ni el arriendo ä venta libre, en virtud de la facultad concedida al Municipio, el día 31 de los corrien- tes, de diez á once de la mañana y en esta Casa Consistorial, se celebrará la 1•a subasta para el l arriendo ä la exclusiva de los derechos de las es- ' pecies de consumo de los líquidos y carnes de esta población, para el próximo año económico de
1.
1898
á 99, bajo los tipos y condiciones consigna-2 por 100 TOTAL impuesto
transitorio.
Cts.
98 60 2.300 70 65 74 448 23 10.48 73 298 82 136 02 3.173 87 90 68
672 156 81 448 26 88 627 24 17 92
24 560 05 16
82 27 1.919 75 54 85
82 28 5485
905 19.197 15 603 34
das en el pliego unido al expediente, que se halla de manifiesto en la Secretaría de este Ayunta- miento; advirtiendo que si no hubiera postor ó fue- re inadmisible, se celebrará la 2." el día 8 de Ju- nio próximo; y caso análogo, la 3. y última ten- drá lugar el día 16 del mismo mes, en la que se harán las rebajas establecidas en el reglamento vi- gente del ramo.
Lo que se anuncia al público en esta forma llamando licitadores.
Lezuza 23 de Mayo de 1898.—El Alcalde,
Ramón
Lopez.- - - — —
CEN I ZATE
D. Miguel
Montero Gómez,Regidor en funciones
de Alcalde de este pueblo.
llago
saber: Que el apéndice al amillaramien- to de este pueblo, correspondiente al año econó- mico de 1898-99, está terminado y se halla fa.- puesto al público en esta Secretaría por el termi- no de ocho días, contados desde su inserción enel
Boletín oficial de la provincia, á fin de que los interesados en el mismo puedan hacer las recla- maciones que estimen convenientes; advirtiéndo- les que pasado ese plazo no les serán atendidas.Cenizate 23 de Mayo de 1898.—Miguel Mon- tero.
C upo para el Tesoro.
--
Ptas. Cts.
3.286 71 14 94i 04 4 534 10 221 02 896 06 800 07 2.742 50 2.742 50 30 167
3 p or 100
de cobranza Recargo y conduc-
ción. de170 por 100.
— Ptas. Cts. Ptas. Cts.
5.751 .75 26.146 82 7.934 67 392 03 1.568 10 1.400 12 4.799 37 2.879 63 50.872 49
Ptas. Cts.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»