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Derechos y principios vulnerados en el proceso de extinción de dominio en el Perú

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Academic year: 2023

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DPP: Derecho de Anticipación de Acción para la Incautación de Dominio GJD: Cos Judicata. La carga de la prueba es otro aspecto crítico que plantea deficiencias en DEP en el Perú.

1. ASPECTOS METODOLÓGICOS

CONTEXTUALIZACIÓN DEL PROBLEMA

UETI-CPP (2019) señala que el PED se sustenta en una base política criminal, cuyo objetivo es trasladar al ámbito estatal todo tipo de efectos patrimoniales que estén directamente relacionados con actividades ilícitas; Otro criterio que debe tenerse en cuenta es la vulneración del derecho a la defensa en la carga de la prueba, ya que el PED establece una carga dinámica arbitraria en la que el demandado es la parte en el proceso que necesariamente debe probar en la fase judicial la legalidad de los medios que quieran ser declarados extintos en beneficio del país.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En el caso de otros principios y derechos fundamentales vulnerados, también vale la pena señalar el hecho de que, como ya se mencionó, el legislador no fijó un plazo de prescripción para la reclamación de confiscación de un dominio, es decir, sin un plazo de prescripción determinado. de limitaciones, la propiedad sería permanentemente ejecutable. En consecuencia, para dicha persecución debe introducirse un plazo razonable para la acción de decomiso, similar al plazo de prescripción de los procesos penales, lo que se desprende del derecho de prescripción de la acción estatal para la persecución de bienes, la presunción de ilegalidad del cual los imputa como tales.

FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

En este proyecto se considera una violación la restricción del reconocimiento de derechos únicamente a terceros de buena fe, por lo que se determinan y no se asumen parámetros objetivos de la buena fe, ya que el concepto de buena fe en los negocios jurídicos es generalmente bastante subjetivo. y no está sujeto a verificación directa; como debe ser la mala fe. Si no hay seguridad jurídica de que se respetarán los estándares mínimos relacionados con los derechos fundamentales de la persona y los principios del actual sistema normativo, se retrocederá desde un Estado garante a un curioso y legalista estado en el que los derechos son No se reconoce y se da más valor a suposiciones debido a un propósito real que puede ser mal interpretado si no existe un mínimo sentido de humanidad en pro de proteger a la persona y todo lo que de ella emana.

HIPÓTESIS

También debe tenerse en cuenta que el propio Estado no puede abusar de sus facultades persecutorias para violar derechos convencionalmente reconocidos y cuya protección es constitucional y de aplicación general en todo el territorio peruano. Derecho a las garantías judiciales en su contenido, derecho a la defensa en la carga de la prueba y derecho a un plazo razonable para la acción de decomiso de bienes.

JUSTIFICACIÓN

OBJETIVOS 1. General

  • Específicos

ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN 1. Espacial

  • Temporal
  • Temática

LIMITACIONES

TIPO Y NIVEL DE INVESTIGACIÓN

  • De acuerdo al fin que se persigue A. Básica
  • De acuerdo al diseño de investigación A. Descriptiva

Esta investigación será básica porque tendrá como objetivo adquirir nuevos conocimientos sobre el proceso de Toma de Dominio, mediante un desarrollo investigativo utilizando técnicas elementales del campo jurídico como la documentación bibliográfica, jurisprudencial y doctrinal. Para Gay (1996), citado por Esteban (2018), la investigación descriptiva es una forma de niveles conocidos de investigación cuyo objetivo es especificar ciertas características de un objeto de investigación específico.

Explicativa

La desaparición del Dominio y determinar todas las dimensiones que forman parte de su implementación dentro del ámbito jurídico y que constituyen parte del problema investigativo que se pretende analizar. Por lo tanto, una investigación descriptiva como la que se está llevando a cabo incluirá componentes definitorios de otro diseño de investigación, como la investigación explicativa.

Propositiva

  • De acuerdo a los métodos y procedimientos que se utilizan La elección de un diseño de investigación de acuerdo a los

Según los métodos y procedimientos que se utilizan Elegir un diseño de investigación según el método Elegir un diseño de investigación según los métodos y procedimientos que se utilizarán es muy importante porque, de acuerdo con ello, la tipología epistemológica que deberá seguir la investigación. . Maletta (2009) afirma que, para la disciplina del Derecho, es mejor un diseño de investigación cualitativo, aunque esto no significa que se realice un tratamiento cuantitativo a partir de los mismos datos obtenidos cualitativamente.

Cualitativa

  • MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN 1. Genéricos

En este sentido, Bonilla y Rodríguez (2000), citados por Bernal (2010), sostienen que la investigación adecuada para el fenómeno jurídico es cualitativa. En consecuencia, esta investigación será cualitativa, ya que busca el análisis, descripción y explicación de la vulneración de los derechos y principios del Proceso de Caducidad de Dominio, teniendo en cuenta las características y dinámicas dentro del ámbito jurídico, sin tomar como referencia: datos estadísticos. ; para una propuesta posterior que permita mejorar la calidad de la norma.

Analítico-Sintético

En consecuencia, esta investigación será analítico-sintética porque desarrollará un análisis individual a partir de los elementos que componen el proceso de decadencia del dominio, mediante la descomposición y posterior análisis de los procedimientos que lo componen y que están presentes en el Decreto Legislativo N° 1373 y Decreto Supremo N°.007-2019-JUS., para su posterior integración que permita alcanzar el resultado (análisis holístico) de que dicho proceso vulnera los derechos y principios de la ciudadanía.

Inductivo-deductivo

  • Propios del Derecho A. Dogmático

En consecuencia, esta investigación será inductiva en cuanto se iniciará observando un análisis específico de ciertos procedimientos de embargo de dominio con el fin de establecer conclusiones generales de que dicho procedimiento viola derechos y principios consagrados en el ordenamiento jurídico vigente; pero al mismo tiempo utilizando teorías y/o postulados que son generales para la descripción de elementos individuales del proceso de confiscación de dominio. Es decir, se utilizarán fuentes formales para explicar la violación de la propia norma que la genera, según las concepciones doctrinales y jurídicas de lo que representan en la teoría de los derechos y principios y otras.

Hermenéutico

Por ello, esta investigación utilizará el método dogmático porque permitirá, a través de la extracción de fuentes doctrinales nacionales y extranjeras, la explicación del proceso de extinción de dominio en el Decreto Legislativo N° 1373 y el Decreto Supremo N° 007-2019-JUS. Por lo tanto, esta investigación utilizará el método antes mencionado para dar explicación y significado a las normas relativas al proceso de extinción de dominio, Decreto Legislativo N° 1373 y Decreto Supremo N° 007-2019-JUS, pero sin darle exclusividad y mayor prevalencia al significado literal. de las citadas disposiciones reglamentarias.

Argumentativo

  • TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN
    • Técnicas A. Fichaje

Para esta investigación se utilizarán técnicas basadas en la revisión documental, cuyos instrumentos no necesitarán recibir ninguna certificación técnico-profesional. En este sentido, para el uso de la técnica de grabación en esta investigación lo que se hará es encontrar recursos de almacenamiento como la biblioteca de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Cajamarca y otras universidades de la región. como buscar portales de Internet (repositorios de universidades públicas y privadas), con el fin de recopilar información sobre.

Análisis Documental

  • Instrumentos

Ficha bibliográfica

En esta investigación se utilizará el registro bibliográfico, transcribiendo la información más importante de la bibliografía que queremos explorar respecto del proceso de decomiso de dominio, de manera que facilite su localización durante todo el proceso investigativo; desde la formulación del problema hasta la prueba de hipótesis y conclusiones.

Ficha de análisis documental

  • UNIDAD DE ANÁLISIS O UNIDAD DE OBSERVACIÓN
  • UNIVERSO Y MUESTRA 1. Universo
    • Muestra
  • ESTADO DE LA CUESTIÓN

También se encontró la tesis denominada: “Terceros en la acción de decomiso de dominio en Colombia”, presentada en la Universidad Libre de Bogotá; en el cual se señala entre sus conclusiones que: “[..] cuando ese dueño es una persona que con conocimiento usa el suyo. A nivel nacional, luego de la investigación en RENATI, se encontró una tesis de posgrado titulada: “Violación del derecho de defensa y fase inicial del proceso de confiscación de dominio”, presentada en la Universidad Privada Antenor Orrego.

2. MARCO TEÓRICO

ASPECTOS IUSFILOSÓFICOS 1. Positivismo jurídico

  • Constitucionalismo y neoconstitucionalismo
  • Estado constitucional de derecho
  • Teoría principialista
  • Teoría de los derechos fundamentales
  • Garantismo penal
  • Teoría de la Argumentación Jurídica

Olvera y Cota (2006) refieren que el discurso justificativo de las decisiones judiciales adaptadas al sometimiento de las autoridades jurisdiccionales a la constitución y las leyes, es tratado por la teoría de la argumentación jurídica. O en términos simples cuál sería el juicio de sumisión, la valoración de los hechos y el uso de ellos.

Teoría argumentativa de Theodor Viehweg

Del mismo modo, Suárez y Conde (2009) sostienen que una de las características esenciales del sujeto Viehweg radica en la identificación de los topoi donde se ubicarán las premisas de las que surgirá una respuesta única a la solución. Es decir, niega la posibilidad de una metodología sistemática para el razonamiento jurídico y reduce la importancia de las conclusiones encontradas a favor de las premisas localizadas.

Teoría de la nueva retórica de Perelman

Gascón y García (2003) afirman que en la teoría de la nueva retórica de Perelman se contrasta la lógica formal con la argumentación. Por otro lado, Romero (2015) señala que la teoría argumentativa, la teoría de la nueva retórica de Perelman, tiende a ser principista.

Teoría argumentativa de Toulmin

Además, como varios autores, especifica los elementos de la teoría argumentativa de Toulmin, dividiéndolos en cuatro. Ahora bien, como ya se ha especificado, estos elementos varían según las traducciones y adaptaciones, análisis, de la teoría de Toulmin, como lo que sucede en el estudio que Atienza realiza en relación a ella.

Teoría argumentativa de MacCormick

Atienza (2013), por su parte, sostiene que el uso de la justificación de segundo orden responde a la imposibilidad de utilizar la lógica deductiva en casos difíciles, pero que no debe limitarse sólo a la solución de criterios ya descritos, sino a los propios práctico. Se deben aplicar criterios de racionalidad. Y es que se observa en contexto que los supuestos fácticos, de la premisa normativa, deben enmarcarse en una subsunción basada en los llamados principios y valores en el derecho.

Teoría argumentativa de Alexy

Otra idea específica sobre la relevancia de los principios y el uso de ponderaciones para su aplicación es lo que comúnmente se conoce como tesis de la colisión. Finalmente (Pinto, 2003) reitera que Alexy se adhiere más a la teoría del principio débil, en la que ha considerado criterios para su solución.

Habermas, Peczenick y Dworkin

Para Romero (2015), Peczenick también reconoce la vital importancia de la moralidad en la ponderación. Por tanto, la teoría de Dworkin identifica las diferencias entre reglas y principios como sus características esenciales.

Teoría de la derrotabilidad de las normas jurídicas

  • ASPECTOS TEÓRICOS Y DOCTRINARIOS 1. Derecho de propiedad

Las deficiencias del sistema positivista crean un nuevo sistema a partir de principios en casos difíciles de PED. El positivismo jurídico del PED debe conectarse con la moralidad presente en los principios jurídicos.

El derecho de propiedad

De esta manera, cabe señalar que el derecho a la propiedad es un derecho fundamental y debe serlo como tal. Por otro lado, Peñailillo (2006) dice que el derecho de propiedad tiene una concepción analítica y sintética.

El tercero, la buena fe y el tercero de buena fe

  • Derecho al debido proceso

Por ello, Sierra (2011) no se equivoca cuando dice que la buena fe subjetiva es un estado del intelecto. Finalmente, Neme (2009) afirma que la buena fe subjetiva, al igual que la fe, se divide en dos vertientes.

El derecho de defensa en la carga probatoria

2011) sostienen que el derecho a la defensa es un atributo de la persona separado de su propia condición humana como tal. Por ejemplo, el objetivo del proceso civil es aclarar la inseguridad jurídica (si es un proceso no contencioso) o resolver conflictos (si es un proceso contencioso).

  • Principio de prohibición de retroactividad de la norma A. La seguridad jurídica

Plazo razonable para la acción de embargo de dominio Cuando se mencione el derecho a un plazo razonable. Este plazo razonable para el ejercicio de la acción de extinción del derecho real se acerca más a la limitación utilizada en el derecho procesal, limitación que viene determinada por el tiempo estimado que tiene una persona física o jurídica para ejercer su derecho de acción para hacer cumplir una demanda judicial. o un acto de naturaleza jurídica.

Prohibición de retroactividad de la norma

  • Principio de la cosa juzgada
  • Principio ne bis in idem
  • El proceso de extinción de dominio

Este principio se remonta a la época de la Ilustración con la declaración de los derechos civiles tras la Revolución Francesa. Esta aplicación se fundamenta en la teoría jurídica de los hechos cumplidos para situaciones jurídicas existentes y consecuencias jurídicas que aún no se han extinguido al momento de la entrada en vigor de una norma.

Nulidad

Son nulas todas las acciones que afecten a mercancías de origen o destino y que sean contrarias al ordenamiento jurídico, sin perjuicio de los derechos de terceros de buena fe. Los actos jurídicos que afecten a bienes de origen o destino ilícitos son contrarios al régimen constitucional y legal por lo que son nulos y no constituyen en ningún caso justo título.

Autonomía

La esperanza de que esto sea visto como un obstáculo para que el PED emita una sentencia que declare la ilegalidad de los fondos en disputa y su transferencia inmediata al ámbito estatal. Como se puede observar, el citado comunicado reglamentario prohíbe cualquier incitación a suspender el PED para tener en cuenta cualquier decisión que pueda estar relacionada con la solicitud de declarar la ilegalidad de los fondos investigados y su posterior transferencia al Estado.

Terceros de buena fe

Ahora bien, como ya se ha argumentado, este principio de buena fe tiene múltiples alcances y una interpretación compleja. En consecuencia, en PED el derecho del tercero de buena fe se desarrolla bajo un principio contrario al habitualmente establecido por la doctrina.

Aplicación en el tiempo

En este sentido, cabe preguntarse si tal vez la retroactividad de las normas del PED viola principios convencionalmente reconocidos e incluidos en la política constitucional actual; Y de ser así, ¿qué implicaciones tiene su ejercicio arbitrario frente a sujetos jurídicos dentro de un Estado de derecho?

Carga de la prueba

Como puede verse, la carga de la prueba se ha desplazado hacia lo que se requiere; En este sentido, cabe preguntarse si esta transferencia (y dado que el efecto jurídico del proceso tiene el carácter sancionador de separar los bienes de un bien cuestionado de un sujeto jurídico) no constituye tal vez un uso excesivo de las prerrogativas . del Estado. Vuelve al principio puramente acusatorio de la persecución y deja de lado los principios de garantía que obligaban al fiscal de actos ilícitos a demostrar, pese a la redundancia, la ilegalidad de algunos actos.

Cosa juzgada y nen bis in idem

3. CONTRASTACIÓN DE LAS HIPÓTESIS

SOBRE EL DERECHO DE PROPIEDAD DEL INDAGADO Y DEL TERCERO DE BUENA FE

La buena fe suele ir acompañada de otros supuestos fácticos que satisfacen toda la disposición reglamentaria. Pero el debate sobre el carácter constitutivo de la buena fe no termina aquí.

  • Sobre el derecho de defensa en la carga probatoria
  • Sobre el derecho a un plazo razonable de la acción de extinción de dominio

DERECHO A LA DEFENSA EN LA CARGA DE LA PRUEBA DERECHO AL PLAZO RAZONABLE DE LA ACCIÓN DE EXTERMINACIÓN DEL DOMINIO. Sobre el derecho a un plazo razonable para la acción de extinción de dominio.

PRINCIPIO DE PROHIBICIÓN DE RETROACTIVIDAD DE LA NORMA Seguridad jurídica Prohibición de Retroactividad Soporte institucional √ Norma constitucional √ P. SOBRE EL PRINCIPIO DE cosa juzgada y NE BIS EN IDEM Artículo 2.8 del T.P.

4. PROPUESTA DE MODIFICACIÓN NORMATIVA

  • Exposición de motivos
  • Efecto de la modificación normativa
  • Análisis costo-beneficio

Para la consideración de la solicitud de decomiso de bienes, corresponde al Fiscal aportar pruebas o indicios simultáneos y razonables del origen o destino ilegal de los bienes. El efecto inmediato de las modificaciones del artículo II, en sus números y 2.9 del Título Preliminar del Decreto Legislativo sobre Caducidad de Dominio, D.L.

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO SUPREMO N.º 007- 2019-JUS

  • Exposición de motivos
  • Efecto de la modificación normativa
  • Análisis costo-beneficio

Los derechos de los terceros afectados se rigen por los principios de la buena fe. Estándar de prueba para la valoración de la prueba en procedimientos de decomiso de bienes.

Referencias

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