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guía para el registro de software del gobierno ante el indautor

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Academic year: 2023

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Esto para obtener el título de MAESTRÍA EN DERECHO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES. EIDA: Acuerdo por el que se establece el Esquema de Interoperabilidad y Datos Abiertos de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el 6 de septiembre de 2011. OMPI: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (comúnmente conocida como WIPO por sus siglas en inglés de World Intellectual Property Organization).

De esta forma, sólo los derechos patrimoniales de la obra pertenecerán al gobierno federal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 84.2 de la Ley Federal del Derecho de Autor vigente hoy (en adelante: LFDA). En ese momento, dicho software se encontraba registrado en el inventario de la Secretaría de la Función Pública (SFP) como parte de su patrimonio, con un valor aproximado de quinientos mil pesos 00/100 moneda nacional.

Decreto de Austeridad”7 (nombre abreviado con el que se conoce a esta disposición administrativa) que promueve la optimización de recursos para ahorrar costos a la federación en beneficio de los contribuyentes mediante la incorporación de las TIC en la labor gubernamental. Actores principales: instituciones de la APF8 (como la Secretaría de la Función Pública [SFP] a través de la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo del Gobierno Electrónico [CIDGE]9 y el INDAUTOR) y áreas gubernamentales de tecnologías de la información (en adelante: TI).

Consideraciones previas al registro ante el INDAUTOR de un programa de

Pasos para registrar los programas de computación ante el INDAUTOR

Antes de comenzar a diligenciar los formularios e integrar los documentos adjuntos, es importante señalar que ambos deben presentarse por duplicado en original o copia certificada o en original más copia simple con pago para cotejo. Un paquete de los formularios más los documentos adjuntos quedará en el INDAUTOR y el segundo paquete de formatos más los documentos adjuntos, (idéntico al anterior), quedará para la institución estatal que realiza el trámite. Cuando se cuente con un solo original, se deberá adjuntar copia simple del documento correspondiente, acompañada del pago de derechos por cotejo (el costo es por cada hoja del documento).

Es importante señalar que por cada copia simple presentada, habrá un pago correspondiente de derechos de colación. Para documentos normativos como leyes, ordenanzas, reglamentos, normas internas, entre otros; Sólo se debe imprimir y enviar la cantidad requerida de copias. 16 Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor, Título VIII Registros, Capítulo I Disposiciones Generales para Registros y Reservas.

La autoridad no podrá requerir más documentos que los previstos en la ley, en este reglamento, en el formato correspondiente o en las disposiciones fiscales aplicables al caso." A continuación se detallan los pasos que las instituciones públicas deben seguir para completar los formularios requeridos para el proceso de registro de un programa de computación, así como los documentos adjuntos que deberán acompañar el expediente para su presentación en INDAUTOR.

Mapa de procesos para llenar los formatos para el registro de un programa de

Indicaciones para el llenado de formatos e integración de requisitos

  • Sección 1: Datos del autor/coautor/seudónimo
  • Sección 2: Datos generales del titular de la obra
  • Sección 3: Representante legal
  • Sección 4: Datos de la obra
  • Sección 5: En caso de ser obra derivada señale de qué tipo y los datos de la obra primigenia
  • Sección de documentos: Señalar los documentos que se acompañan
  • Requisitos a considerar en los documentos anexos

En el caso de instituciones gubernamentales, deberá presentarse el documento que acredite la existencia de la institución gubernamental.19 Párr. Las copias deberán estar identificadas con el título de la obra y el titular de los derechos patrimoniales. Con esta información, el registro de la escritura queda completo en caso de disputa legal.

En este caso, se requieren varias cartas para acreditar la propiedad por parte de la institución gubernamental. Y la última letra de este supuesto, la persona jurídica (entidad externa) reconoce la propiedad de la institución gubernamental. La carta es elaborada por cada empleado (autor) que participó en el desarrollo del trabajo.

La carta es elaborada por cada autor que participó en el desarrollo del trabajo. Puede ser sustituido por el contrato de trabajo, aunque no figure el título de la obra.

Figura No. 3
Figura No. 3

Trámite de registro ante el INDAUTOR de un programa de cómputo

  • Realizar el trámite de registro ante el INDAUTOR de un programa de computación
  • Plazos de respuesta
  • Acude a las instalaciones de INDAUTOR a recibir la resolución
    • Seguimiento del trámite
    • Responsable de dar trámite a las solicitudes y contacto en el INDAUTOR
  • Preguntas Frecuentes sobre el Registro de Obras

Adjuntar dos copias idénticas de la obra (programa de ordenador) en el soporte material o medio de almacenamiento de información a elección del titular (CD, USB o DVD). Una vez cumplidos los requisitos de esta guía podrás realizar el trámite. El Registro tendrá un plazo de quince días, desde la aceptación de la solicitud, para dictar la resolución correspondiente o expedir los certificados o duplicados solicitados.

Adjuntar dos copias idénticas de la obra en el soporte material o soporte de almacenamiento de información de elección del titular. La resolución del procedimiento se dicta en el plazo de quince días contados a partir de la recepción de la solicitud, para dictar la resolución correspondiente.25. La resolución del procedimiento se dicta en el plazo de quince días contados a partir de la recepción de la solicitud, para dictar la resolución correspondiente.27.

Nota del autor: Conservar el archivo con copias de la documentación presentada ante INDAUTOR. Es el propietario de los derechos patrimoniales de la obra y puede o no ser independiente de los autores, en este caso de la institución gubernamental. Cuando la obra pertenezca a varios coautores, se contarán cien años desde la muerte del último y.

Acuerdo para el establecimiento del esquema de interoperabilidad y datos abiertos de la administración federal, publicado en el DOF el 6 de septiembre de 2011. El Instituto Nacional de Derecho de Autor es un órgano administrativo descentralizado dependiente de la Secretaría de Cultura y será la autoridad administrativa en materia de derechos de autor y derechos conexos. . Es responsable de la unidad de gobierno digital del Ministerio de Obras Públicas.

Página oficial Estrategia Digital Nacional (22 de setiembre 2018) omotenondéva Administración Gobierno Federal Mexico ko'ágãguáva. “Free Software Foundation” tenda oficial, ojekuaavéva héra inglés-pe: Free Software Foundation (22 jasypoteĩ ary 2018-pe). Página web oficial Academia Española Real (22 jasypoteĩ 2018) ikatuhápe ojehecha Diccionario de la lengua española en línea.

Formato RPDA-01.- Solicitud de Registro de Obra. En caso de ser un solo autor

Formato de “Carta de Colaboración remunerada del autor de la obra por encargo”

Formato de “Carta obra hecha al servicio”

Formato RPDA-01-A1 Solicitud de Registro de Obra. Hoja Adjunta

Formato RPDA-01-A2.- Solicitud de Registro de Obras. Hoja Adjunta de Obras

Formato de hoja de ayuda para pago en ventanilla bancaria para registro de obra.

Formato Hoja de Ayuda para el Pago en Ventanilla Bancaria para el Registro de

Forma de asistencia de pago en ventanilla bancaria para cotejo o confirmación de documentos.

Formato Hoja de Ayuda para el Pago en Ventanilla Bancaria de Cotejo o Compulsa

Ejemplo de llenado del Formato RPDA-01 (Frente). Solicitud de Registro de Obra

Aplicación: Aplicación (o aplicaciones informáticas) es la denominación de un producto de software desarrollado para realizar una determinada función de acuerdo con las necesidades de los órganos, entidades y la Procuraduría General del Estado de la República (Facción III del artículo segundo del “Acuerdo sobre la Establecimiento del Esquema de Interoperabilidad y Datos Abiertos de la Administración Pública Federal”, publicado en el DOF 6 de septiembre de 2011). Lo anterior, de acuerdo a las ideas e información del sitio oficial de la “Free Software Foundation”, mejor conocida bajo el nombre en inglés: Free Software Foundation (https://www.fsf.org/). Es un órgano colegiado que fue establecido de manera permanente mediante el “Acuerdo sobre el Establecimiento Permanente de la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo del Gobierno Electrónico”, publicado en el DOF el 9 de diciembre de 2005, cuyo objeto será promover y consolidar el uso y aprovechamiento de las TIC mediante la adecuada coordinación de las medidas que al efecto proponga la SFP, con los organismos de la APF y a través de ellos con las entidades paraestatales.

Derecho(s): Es el reconocimiento que el Estado hace a favor de cualquier creador de obras literarias y artísticas previsto en el artículo 13 de la Ley Federal sobre Derecho de Autor, en base al cual brinda protección para que el autor goce de las prerrogativas exclusivo. y privilegios de carácter personal y patrimonial. 97 productores de fonogramas, productores de videogramas y organismos de radiodifusión, excepto los titulares originales (TÍTULO V “Derechos conexos”, artículos 115 a 146 de la LFDA). Derecho de propiedad: Con base en el derecho de propiedad, el autor tiene derecho a utilizar sus obras exclusivamente, o a autorizar a otros a utilizarlas, en cualquier forma, dentro de los límites definidos por esta ley y sin infringir la propiedad de las obras. los derechos morales a que se refiere el artículo 21 de la LFDA (artículo 24 de la LFDA).

Organismos: Las Secretarías de Estado, incluidos sus órganos administrativos descentralizados y el departamento jurídico del poder ejecutivo federal, así como las unidades administrativas dependientes de la presidencia de la república, de conformidad con lo dispuesto en la ley orgánica de la administración pública federal. El Ministerio Público será considerado en esta calidad para efectos de las actuaciones administrativas que se adopten al amparo de esta guía (Título IX del artículo 2 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada). Decreto de Ahorro: Decreto que establece medidas para el uso eficaz, transparente y eficiente de los recursos públicos, y acciones disciplinarias presupuestarias en relación con el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la administración pública federal, publicado en el DOF el día 10. 2012.

Sujetos: Organismos públicos descentralizados, empresas con participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos que, en el sentido de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Federal de Entidades Preestatales, sean considerados sujetos de. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el sitio web oficial de la Estrategia Digital Nacional impulsada por la actual administración del gobierno federal mexicano (https://www.gob.mx/mexicodigital/). Gobernanza: Arte o forma de gobernar que tiene como objetivo lograr un desarrollo económico, social e institucional sostenible, promoviendo un sano equilibrio entre el Estado, la sociedad civil y la economía de mercado.

Lo anterior, de conformidad con lo establecido en la información del sitio web oficial de la Real Academia Española (http://www.rae.es/. El Instituto Nacional del Derecho de Autor es un órgano administrativo descentralizado de la Secretaría de Cultura y tendrá ser la autoridad administrativa en materia de derechos de autor y derechos conexos (artículo 208 de la LFDA). Esta ley es reglamentaria del artículo 28 de la Constitución, y tiene por objeto la salvaguarda y promoción del patrimonio cultural de la Nación;

Obra derivada: Las que resulten de la adaptación, traducción u otra transformación de una obra original (Inciso C, fracción II del artículo 4 de la LFDA). Software público: Aquel que es creado por entidades públicas y puesto a disposición de entidades públicas y privadas bajo los principios de software libre, estándares abiertos y código abierto que promueven la colaboración, la innovación y la sostenibilidad (fracción LI, en el artículo 2 del "CONVENIO para" que se han modificado las políticas y disposiciones de la estrategia digital nacional en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones y en seguridad de la información, así como el manual administrativo de uso general en dichas materias”, publicado en el DOF el 23 de julio de 2018.

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Figura No. 3
Figura No. 4
Figura No. 5
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Referencias

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