LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 1991
MINISTERIO DE
EDUCACION
Sub- Subs. de Tirulo Clasific3ción Económica Educación
INGRESOS 17.818.296
01 Ingresos de Operación 373.329
04 Venta de Activos 1.316
06 Transferencias -
07 Otros Ingresos -
09 Aporte Fiscal 17.424.951
10 Operaciones Años Anteriores 7.700
11 Saldo Inicial de Caja 11.000
GASTOS 17.818.296
21 Gastos en Personal 6551.162
22 Bienes y Semaos de Consumo 1.612.955
24 Prestaciones Previsionales 24.000
25 Transferencias Corrientes 8.239.732
31 ln"ersión Real 1.376.447
50 Servicio de la Deuda Pública -
60 Operaciones Años Anteriores 2.000
70 Otros Compromisos Pendientes 3.000
90 Saldo Final de Caja 9.000
134
LEY DE PRESUPU
Dirección Bibliotecas
1.458.052
57.278 -
-
10.358 1.387.116 - 3.300
1.458.052
950.967 343.253 300 10.696 149.473 - 300 LODO 2.063
Partida: Ministe-rio
~liles
CONICYT JNAEB
6.071.444 22.311.155
4.493 9.970
363 1.815
968 -
242 605
6.059.766 22.280.765
lOO -
5.512 18.000
6.071.444 22.31 Ll55
182.475 479.295 66.382 336.109
- -
5.809.972 21.437.644 8.605 38.899
- -
1.000 6.000 1.000 6.000 2.010 7.208
ESTOS AÑO 1991
de Educación de $
JUNJl
9300.484
768
-
- 2.420 9.268.056 - 29.240
9300.484
4.241.752 772.809 15.409 3.939.113 321.041 - - 1550 8.810
-.
Consejo de Reclol1's
20.071
- -
17.639
-
-
-
2.432
20.071
12500 6.181
- -
283
- - -
1.107
Con~jode Educación
74.562
7.476
- -
- 67.086
- -
74.562
63.698 8.444 -
-
2.420
- - - -
Subvenc. Eslabl. Educación TOlale.
Educacionales Supelior Bruto)'~eto
143.885.642 55.225.610 256.165316
- - 453.314
- - 3.494
- - 18.607
30.000 - 43.625
143.835.642 55.225.610 255.548.992
- - 7.800
20.000 - 89.484
143.885.642 55.225.610 256.165.316
- - 12.481.849
- - 3.146.133
- - 39.709
143.835.642 48.568.682 231.841.481
- - 1.897.168
- 6.656.928 6.656.928
- - 9.300
- - 12.550
50.000 - 80.198
135
Sub- Título
01 04 09 10 11
21 22 24 25
31
MINISTERlO DE EDUCACION PUBLICA
Subsecretaría de Educación Subsecretaría de Educación (01)
Item Denominación
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION VENTA DE ACTIVOS 41 Activos Físicos
APORTE FISCAL 91 Libre
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES SALDO INICIAL DE CAJA
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVISIONALES 30 Prestaciones Previsionales
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 31 Transferencias al Sector Privado
001 Salas Cunas y/o Jardines Infantiles 002 Instituto Astronómico Isaac Newton 003 Programa de Desarrollo Indígena 004 Intercambio Chile· Gran Bretaña
005 Programa Educación Mapuche-IX Región 006 Corporación de Ayuda al Niño Limitado
007 Convenio Centro Diagnóstico Universidad Austral 008 Sociedad de Escritores de Chile (SECH)
009 Instituto de Chile
010 Premios Nacionales-Premio Luis Cruz Martínez 011 Intercambio Docente Chile-China
012 Tex tos Escolares
013 Cumplimiento Convenios D.L. 3.166/80
014 Honorarios de Exámenes y Actividades de Evaluación 015 Intercambio Chile· España
33 Transferencias a Otras Entidades Públicas 029 Departamento de Extensión Cultural 030 Departamento de Educación Extraescolar
031 Sistema Medición de Calidad de la Educación (SIMCE) 34 Transferencias al Fisco
001 Impuestos
INVERSION REAL
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 51 Vehículos
74 Inversiones No Regionalizables
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
Glosa NO
02 03
04 05
06 07 08
: 09 : 01 : 01
Moneda Nacional Miles de $
15.636.913 373.329 1.316 1.316 15.243.568 15.243.568 7.700 11.000 15.636.913 6.142.496 1.187.833 24.000 24.000 8.080.230 7.464.118 19.215 23.263 66.369 3.993 5.876 54.103 7.387 420 27.311 23.682 2.650 759.880 6.458.645 9.473 l.851 594.263 288.305 48.857 257.101 21.849 21.849 191.35
51.23 4 6 31.218 108.90
o
60 70 90
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
GLOSAS:
01 02
03
04
05
06
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
b) Cargos de dotación adicional, artículo 20 transitorio, Ley N0 18.972
c) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
e) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley NO 18.575.
- Miles de $
b) El financiamiento correspondiente al convenio celebrado entre el Ministerio de Educación Pública y la Universidad Católica de Chile, por proyecto denominado "Aplicación y Asesoría del Sistema de Evaluación de Logro de Objeti- vos Escolares".
Recursos para compra de textos escolares destinados a estable- cimientos de educación básica y media municipal y particular subvencionada.
Recursos para pagar los honorarios de exámenes y actividades de evaluación, incluidas las correspondientes a la temporada del año anterior, sin sujeción a las exigencias del D.H. NO 691, de 1977, y artículo 10 de la Ley NO 18.834.
Con este ítem se pagarán todos aquellos gastos destinados a actividades culturales, propias del Ministerio o auspiciadas por éste. Para los contratos de músicos, actores, bailarines, diseñadores, coreógrafos y, en general, aquellas personas espe- cializadas que participan directamente en los programas y ac- tividades que organiza el Departamento de Extensión Cultural, no serán exigibles las condiciones del D.H. N0 691/1977 del Ministerio de Hacienda ni el artículo NO 10 de la Ley NO 18.834.
Los integrantes de la Orquesta Sinfónica del Ministerio de Edu- cación Pública, del Ballet Folclórico Nacional y de la Compa- ñía de Teatro Itinerante, serán contratados con cargo al pre- sente ítem. El personal de estos conjuntos podrá ser contrata- do asimilado a grado, sin sujeción a los requisitos legales vigentes.
07 Con este ítem se podrá pagar los servicios personales por arbi- traje, locución, confección de libretos, montajes de exposicio-
2.000 3.000 6.000
80
3.307 2
26.094
6.693
130.082 46.597
6.897
Sub·
Título
09
21 22 31
nes y otros gastos simiíares reíacionados con ías actividades extraescolares y que \lO excedan de 5 UTM, sin sujeción a las exigencias del D.H. NO 691/1977 Y artículo N0 10 de la Ley NO 18.834.
08 Con este ítem se pagarán todas aquellas actividades que de- manda el desarrollo y ejecución del proyecto "Sistema de Medición de la Calidad de la Educación", incluyendo pasajes, viáticos, honorarios y convenios por servicios de personas na- turales y jurídicas.
El personal encargado de aplicar la prueba será contratado a honorarios, en forma transitoria, mediante resolución del Secretario Regional Ministerial, y no le será exigible las con- diciones del D.H. NO 691/77, ni el artículo 10 de la Ley NO 18.834. Su remuneración no podrá exceder de 1,5 UTM, su pago se hará mediante planilla, previa retención del impues- to respectivo y no le será exigible boleta de servicio.
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Subsecretaría de Educación
Mejoramiento de la Educación de Adultos (01) (02)
Item Denominación
INGRESOS APORTE FISCAL
91 Libre
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO INVERSION REAL
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento
PARTIDA : 09 CAPITULO : 01 PROGRAMA : 02
Moneda Glosa Nacional NO Miles de $
597.740 597.740 597.740 597.740 222.519 258.335 116.886 116.886
GLOSAS:
01 (Glosa común a los programas 02, 03, 04, 05 y 06 de la Subsecretaría de Educación.) Con cargo a este programa se podrá efectuar todo tipo de gasto de funcionamiento y operación, en Programas de Mejoramiento de la Educación, con entidades públicas y/o privadas.
Incluye el pago de remuneraciones a profesionales y expertos contratados a honorarios, asimilados a grado y/o contratos de resultado, tanto con personas naturales como jurí- dicas. En el caso de la contratación de servicio personales, éste se efectuará sin sujeción al artículo 30 del D.H. 691/77, ni al artículo 10 de la Ley NO 18.834.
Considera gastos tales como: viáticos, p2sajes, materiales de oficinas, textos de estudios y escolares, mantenimiento, reparaciones, instalaciones de medios audiovisuales, publica- ciones, impresiones, comunicaciones y otros gastos generales.
Sub·
Título
09
21 22 31
Comprende la adquisición de equipamiento, y la habilitación y mejoramiento de estable- cimientos educacionales regidos por el D.F.L. N0 2, de 1990, del Ministerio de Educa- ción. Dicho equipamiento pasará a ser patrimonio de las municipalidades o instituciones propietarias de los establecimientos educacionales beneficiados por estos programas.
También considera actividades de capacitación y perfeccionamiento del personal docen- te, administrativo y de servicios menores de dichos establecimientos educacionales, que demande la ejecución de los programas.
Los contratos de personal (monitores, instructores y tutores) que ejerza acciones de alfa- betización, capacitación y otros similares, y cuya remuneración mensual no exceda de 5 UTM, se hará mediante resolución del Secretario Ministerial Regional de Educación, sin sujeción a las condiciones del D.H. 691/77, ni el artículo 10 de la Ley NO 18.834, de 1989. Su pago se hará mediante planilla, previa retención del impuesto respectivo y no será exigible boleta de servicio.
Las compras de máquinas, herramientas, equipos técnicos y computacionales, materiales, muebles e instalaciones necesarias para el cumplimiento del programa se podrá efectuar en forma directa, sin la intervención de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, por propuesta privada hasta 100 unidadt:s tributarias mensuales-anuales, y por Propuesta Pública si fuere superior, previa autorización del Subsecretario de Educación.
02 (Glosa común a los programas 02, 03, 04, 05 y 06 de la Subsecretaría de Educación.) Estos programas deberán estar focalizados en los sectores de extrema pobreza y mayor número de analfabetos.
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Subsecretaría de Educación
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
: 09 : 01 : 03 Modernización de la Educación Media Técnico Profesional (01) (02)
Glosa
Item Denominación NO
INGRESOS APORTE FISCAL
91 Libre
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO INVERSION REAL
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento
Moneda Nacional Miles de $
145.20 145.20 145.20 145.20 O O O
2.24 O 4 5 3.48 139.471 139.471
GLOSAS:
01 Glosa común Programa 02 de la Subsecretaría de Educación.
02 Glosa común Programa 02 de la Subsecretaría de Educación.
Sub·
Título Item
09 91 21 22 31
50 90
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Subsecretaría de Educación Iniciación a la Vida de Trabajo (01) (02)
Denominación
INGRESOS APORTE FISCAL Libre
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento SALDO FINAL DE CAJA
GLOSAS:
Sub·
Título
09
21 22 31
o
1 Glosa común Programa 02 de la Subsecretaría de Educación.02 Glosa común Programa 02 de la Subsecretaría de Educación.
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Subsecretaría de Educación
Fomento al Desarrollo de Innovaciones Educativas (01) (02)
Item Den.ominación
INGRESOS APORTE FISCAL 91 Libre
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO INVERSION REAL
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento GLOSAS:
01 Glosa común Programa 02 de la Subsecretaría de Educación.
02 Glosa común Programa 02 de la Subsecretaría de Educación.
/ PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
Glosa NO
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
Glosa NO
: 09 "
: 01 : 04
Moneda Nacional Miles de $
1.124.670 1.124.670 1.124.670 L124.67
o
148-431 45.22 928m 928.01 9 O O O 3.00
:09 : 01 : 05
Moneda Nacional Miles de $
154.271 154.271 154.271 154.271 35-472 118.073 726 726
Sub- Título
09
25
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Subsecretaría de Educación
Programas de Mejoramiento de la Educación (01) (02)
Item Denominación
INGRESOS APORTE FISCAL 91 Libre
GASTOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 31 Transferencias al Sector Privado
001 Programas de Mejoramiento de la Educación
GLOSAS:
Sub- Título
01 07 09 11
21 22 24 25
01 Glosa común Programa 02 de la Subsecretaría de Educación.
02 Glosa común Programa 02 de la Subsecretaría de Educación.
03 Deberá atenderse con este ítem la Educación Indígena.
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (01)
Item Denominación
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION OTROS INGRESOS
79 Otros
APORTE FISCAL 91 Libre
SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PREST ACIONES PREVISIONALES 30 Prestaciones Previsionales
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 31 Transferencias al Sector Privado
PARTIDA : 09 CAPITULO : 01 PROGRAMA : 06
Moneda Glosa Nacional NO Miles de $
159.502 159.502 159.502 159.502 159.502 159.502
03 159.502
PARTIDA : 09 CAPITULO : 05 PROGRAMA : 01
Moneda Glosa Nacional
NO Miles de $
1.458.052 57.278 10.358 10.358 1.387.116 1.387.116 3.300 1.458.052 02 950.967
03 343.253
300 300 10.696 8.808
25 I 31 0011 Salas Cunas y/o Jardines Infantiles 002 Museo San Francisco
003 Fondo José Toribio Medina 004 Fondo Andrés Bello 34 Transferencias al Fisco
001 Impuestos
31 INVERSION REAL
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 74 Inversiones No Regionalizables
60 OPERACIONES AÑOS ANTERIORES
70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES
90 SALDO FINAL DE CAJA
GLOSAS:
01 02
03
Sub-
Título Item
01 04
41 06
61 07
79
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
b) Cargos de dotación adicional, artículo 20 transitorio, Ley NO 18.972
c) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
e) Convenios con personas naturales.
- Miles de $ Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley NO 18.575.
- Miles de $
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (01)
Denominación
. INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION VENTA DE ACTIVOS Activos Físicos TRANSFERENCIAS
De Organismos del Sector Privado OTROS INGRESOS
Otros
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
Glosa NO
5.808 1.756 634 610 1.888 l.888 149.473 19.360 130.113 300 1.000 2.063
5 811 2 39.719 9.549
6.761 26.188
4.160
: 09
-
: 08 : 01
Moneda Nacional Miles de $
6.071.44 4.49 36 36 96 96 4 3 3 3 8 8 2 2 24 24
09 91 10 11 21 22 25
31 001 002 003 004 005 33
029 030 34
001 31
50 60 70 90
GLOSAS:
01 02
03
04
APORTE FISCAL Libre
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES SALDO INICIAL DE CAJA
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias al Sector Privado Becas para Docentes
Otras Transferencias
Salas Cunas y/o Jardines Infantiles
Becas Nacionales Postgrado D.S. (Ed.) NO 29/88 Fondo Publicaciones Científicas D.S. (Ed.) N0 40/88 Transferencias a Otras Entidades Públicas
Fondo Nacional de Desarrollo Cientifico y Tecnológico Fondo de Equipamiento para la Investigación/PNUD Transferencias al Fisco
Impuestos
INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirán las limitaciones establecidas en los artículos 90 y 60 transitorio de la Ley NO 18.834, respecto de los em- pleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Cargos de dotación adicional, artículo 20 transitorio, Ley NO 18.972.
c) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
e) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
a) Financiamiento de los gastos administrativos del Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico.
b) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N0 18.575.
- Miles de $
De acuerdo al D.S. N0 1.111, de 1980, del Ministerio de Edu- cación Pública, y sus modificaciones.
02 03
04
6.059.766 6.059.766 100 5.512 6.071.444 182.475 66.382 5.809.972 271.290 33.811 21.994 1.863 196.618 17.004 5.538.440 5.171.540 366.900 242 242 8.605 8.605 1.000 1.000 2.010
2 73
1.510 423
2.301 14.784
1.638
Sub- Título
01 04 07 09 11
21 22 25
31
60 70 90
rvlINiSTERIO DE EDUCACiON PUBLICA
Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (O 1)
Item Denominación
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION VENTA DE ACTIVOS 41 Activos Físicos
OTROS INGRESOS 79 Otros
APORTE FISCAL 91 Libre
SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO TRANSFERENCIAS CORRIENTES 31 Transferencias al Sector Privado
001 Programa Alimentación Escuelas Básicas y Hogares 002 Becas Pensión Alimentación
003 Programa Especial de Becas (Art. 56, Ley N0 18.681) 004 Hogar Sagrado Corazón
005 Hogar Sociedad de Asistencia y Capacitación 006 Salas Cunas y/o Jardines Infantiles
007 Programa Campamentos Escolares 008 Programa Salud Oral
INVERSION REAL
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento 51 Vehículos
OPERACIONES AÑOS ANTERIORES OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
GLOSAS:
01 02
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
b) Cargos de dotación adicional, artículo 20 transitorio, Ley NO 18.972.
c) Horas extraordinarias año Número de horas Miles de $
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
Glosa NO
02 03
04 05
: 09 : 09 : 01
Moneda Nacional Miles de $
22.311.155 9.970 1.815 1.815 605 605 22.280.765 22.280.765 18.000 22.311.155 479.295 336.109 21.437.644 21.437.644 20.331.615 316.530 70.433 17.349 59.311 8.034 381.119 253.253 38.899 24.863 14.036 6.000 6.000 7.208
39 381
5.000 831
Sub·
Título
01 07 09 11
21 22 24 25
31
03
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
e) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N0 18.575.
- Miles de $
04 Para el Programa de Alimentación de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas en escuelas básicas y hogares estu- diantiles. Incluye, además, el financiamiento del Programa de Alimentación Escolar de Verano de las escuelas básicas munici- pales y particulares gratuitas. Asimismo, considera recursos para remunerar al personal de los establecimientos que atiendan este programa y para transferirlos a las municipalidades y otros organismos competentes. El monto diario de dicha remunera- ción tendrá el carácter de no imponible, ni tributable y se fija- rá por resolución del Ministerio de Educación, la que deberá llevar la visación del Ministerio de Hacienda. En dicha resolu- ción se fijará, además, el monto de estos recursos.
05 Para un cupo máximo de 300 becas al año.
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Junta Nacional de Jardines Infantiles (O 1) Junta Nacional de Jardines Infantiles
Itcm Denominación
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION OTROS INGRESOS
79 Otros
APORTE FISCAL
91 Libre
SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO PRESTACIONES PREVlSIONALES 30 Prestaciones Previsionales
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 31 Transferencias al Sector Privado
001 Programa de Alimentación en Jardines Infantiles 36 Cumplimiento de Sentencias Ejecutoriadas
INVERSION REAL
19.795 5.980
3.630
PARTIDA : 09 CAPITULO :11 PROGRAMA : 01
Moneda Glosa Nacional
NO Miles de $
8.441.729 768 2.420 2.420 8.411.301 8.411.301 27.240 8.441.729 02 4.055.590
03 728.604
15.409 15.409 3.314.726 3.296.576
04 3.296.576
18.150 317.890
3i 70 90
SO
74
GLOSAS :
01 02
03
04
Sub-
Título Item
09 91 11
21
Requisitos de inversión para Funcionamiento Inversiones No Regionalizables
OTROS COMPROMISOS PENDIENTES SALDO FINAL DE CAJA
Dotación máxima de vehículos Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirán las limitaciones establecidas en los artículos 90 y 60 transitorio, de la Ley NO 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Cargos de dotación adicional, artículo 20 transitorio, Ley NO 18.972
c) Horas extraordinarias año - Número de horas - Miles de $
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
e) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley NO 18.575.
- Miles de $
Incluye los recursos que la Junta Nacional de Jardines Infanti- les pondrá a disposición de la Junta Nacional de Auxilio Es- colar y Becas, para que esta última administre los Programas de Alimentación de Párvulos, que se ejecuten por cuenta de la primera.
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Junta Nacional de Jardines Infantiles Centros de Atención Alimentaria y Desarrollo del Lenguaje (CAD EL)
Denominación'
INGRESOS APORTE FISCAL Libre
SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
. GASTOS EN PERSONAL
"
PARTIDACAPITULO PROGRAMA
Glosa NO
01
4i.482 276.408 1.500 8.010
2 4.603
138.700 27.549
13.256 8.300
3.025
: 09 '\
:11 : 02
Moneda Nacional Miles de $
858.755 856.755 856.755 2.000 858.755 186.162
22 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
25 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
31 Transferencias al Sector Privado
001 Programa Alimentación en Centros de Atención de Preescolares
31 INVERSION REAL
50 Requisitos de Inversión para Funcionamiento
70 OTROS COMPROMISOS PENDIENTES
90 SALDO FINAL DE CAJA
GLOSAS:
Sub- Título
06
11
01 Incluye:
a) Recursos para contratar en el transcurso del año una do- tación máxima de 387 personas destinada a la atención de los beneficiarios del Programa Cadel y Programas Pilotos de Atención a Preescolares.
Dicho personal podrá ser contratado asimilado a grado, en jornada completa o media jornada, mediante resolución de la Junta Nacional de Jardines Infantiles con la visación de la Dirección de Presupuestos.
b) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
c) Convenios con personas naturales - Miles de $
d) No regirán las limitaciones establecidas en los artículos 90 y 60 transitorio, de la Ley NO 18.834.
02 La Junta Nacional de Jardines Infantiles pondrá los recursos correspondientes a disposición de la Junta Nacional de Amo- lio Escolar y Becas para que esta última administre el Progra- ma de Alimentación Cadel, que se ejecute por cuenta de la primera.
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Consejo de Rectores
Item Denominación
INGRESOS TRANSFERENCIAS 63 De Otras Entidades Públicas
001 Universidades e Institutos Profesionales SALDO INICIAL DE CAJA
44.205 624.387 624.387
02 624.387
3.151 3.151 50 800
2.614 10
PARTIDA : 09 CAPITULO :13 PROGRAMA : 01
Moneda Glosa Nacional NO Miles de $
20.071 17.639 17.639 17.639 2.432
21 22 31 90
50
GLOSAS:
01
02
Sub-
Título Itcm
01 09
91
21 22 31
50
GLOSA:
01
GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO INVERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento SALDO FINAL DE CAJA
Incluye:
a) Dotación máxima de personal
No regirán las limitaciones establecidas en los artículos 90 y 60 transitorio de la Ley NO 18.834, respecto de los empleos a contrata, incluidos en esta dotación.
b) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
c) Convenios con personas naturales - Miles de $
Incluye:
Capacitación y perfeccionamiento, Ley NO 18.575 Miles de $
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Consejo Superior de Educación
Denominación
INGRESOS
INGRESOS DE OPERACION APORTE FISCAL
Libre GASTOS
GASTOS EN PERSONAL
BIENES Y SERVICIO DE CONSUMO Il\rvERSION REAL
Requisitos de Inversión para Funcionamiento
Incluye:
a) Dotación máxima de personal
01 02
PARTIDA CAPITULO PROGRAMA
Glosa NO
01
20.071 12.500 6.181 283 283 1.107
5
500 1.600
10
: 09 : 15 : 01
Moneda Nacional Miles de $
74.562 7.476 67.086 67.086 74.562 63.698 8.444 2.420 2.420
10
Sub- Título
07 09 11
25
90
No regirán las limitaciones establecidas en los artícuios 90 y 60 transitorio, de la Ley N0 18.834, respecto de los empleos a contrata incluidos en esta dotación.
b) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional.
- Miles de $
c) Convenios con personas naturales.
- Miles de $
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Subvención a Establecimiento Educacionales
Item Denominación INGRESOS OTROS INGRESOS
79 Otros
APORTE FISCAL 91 Libre
SALDO INICIAL DE CAJA GASTOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 31 Transferencias al Sector Privado
001 A Colegios Particulares y Municipales
002 Subvención Adicional Educación Media Técnico- Profesional, Diurna, Art. 22 D.F.L. (Ed.) NO 2/89 003 Subvención Adicional Educación Especial Diferenciada,
Art. 23, D.F.L. (Ed.) NO 2/89
004 Subvención y Educación de Adultos, Art. 25 D.F.L. (Ed.) NO 2/89
005 Subvención de Internado, Art. 41, D.F.L. (Ed.) NO 2/89 006 Subvención de Ruralidad, Inciso Final Art. 11
D.F.L. (Ed.) NO 2/89 SALDO FINAL DE CAJA
1.800 6.177
PARTIDA : 09 CAPITULO : 20 PROGRAMA : 01
Moneda Glosa Nacional NO Miles de $
143.885.642 30.000 30.000 143.835.642 143.835.642 20.000 143.885.642 143.835.642 143.835.642 134.745.196 952.185 1.579.795 1.306.921 4.217.138 1.034.407 50.000
Sub- Título
09
25
50
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Educación Superior
Item Denominación
INGRESOS APORTE FISCAL
91 Libre
GASTOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 33 Transferencias a Otras Entidades Públicas
029 Aporte Art. 20 D.F.L. (Ed.) NO 4 de 1981 030 Aporte Art. 30 D.F.L. (Ed.) NO 4 de 1981
031 Fondo de Becas y Desarrollo de Educación Superior SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA
90 Deuda Pública Interna
005 Servicio y Amortización Pagarés Universitarios
PARTIDA : 09 CAPITULO :30 PROGRAMA : 01
Moneda Glosa Nacional NO Miles de $
55.225.610 55.225.610 55.225.610 55.225.610 48.568,682 48.568.682 32.456.995 9.208.488 01 6.903.199 6.656.928 6.656.928 02 6.656.928
GLOSAS:
01 La distribución de este fondo, entre las instituciones de educación superior que señala el artículo 10 del D.F.L. (Ed.) N0 4, de 1981, se efectuará por uno o más decretos del Mi- nisterio de Educación, los que deberán ser suscritos, además, por el Ministro de Hacienda, y dictados con la fórmula por orden del Presidente de la República.
02 De acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo 71, de la Ley NO 18.591, fíjase, a contar del 10 de enero de 1991, el porcentaje de reajuste en un 21'10. La can tidad corres- pondiente a dicho reajuste está incluida en el monto de este ítem.