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PERSPECTIVA DE LA ECONOMÍA DEL BIEN COMÚN

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REVISIÓN DE LA TEORÍA DE LOS STAKEHOLDER BAJO LA

PERSPECTIVA DE LA ECONOMÍA DEL BIEN COMÚN

XVII Congreso Internacional de Investigadores en Economía Social y Cooperativa

La Economía Social: transformaciones recientes, tendencias y retos de futuro

María Elena Rodríguez Benito Universidad Pontificia de Salamanca

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RESUMEN

El objetivo de este artículo es hacer una revisión de la teoría de los stakeholders y de cómo empresas y grupos de interés se pueden influirse mutuamente para infundir las actitudes necesarias para una sociedad más sostenible y vinculada al bien común.

La teoría de los stakeholder ha sido central en los paradigmas de comunicación y marketing corporativos desde los años 90. En el momento actual, cada vez más, la sociedad exige a las empresas transparencia y responsabilidad social y cívica y esto hace que la teoría clásica de los grupos de interés se amplía dando cabida no sólo a la sociedad en general y el medio ambiente, sino también a las generaciones futuras.

La relación entre la teoría stakeholders y la teoría del bien común ha sido tratado entre otros autores por Argandoña (1998, 2012), Melé (2002), Goodpaster (2009) o Retolaza (2013), concluyendo que la teoría del bien común es una buena base para dar fundamento y unificar las distintas teorías de los stakeholders.

Este artículo pretende avanzar esta línea de investigación no quedándonos en la teoría del bien común sino aplicando el concepto de stakeholders a la economía del bien común entendido como el modelo y movimiento planteado por Christian Felber en su libro homónimo, publicado en 2010. Para ello utilizaremos y adaptamos el Índice del bien común, una herramienta propuesta por este movimiento de la economía del bien común.

Para lograr una economía sostenible es necesario ir más allá de cambios técnicos en la producción o cambios circunstanciales en el comportamiento del consumidor. Es necesario que consumidores, productores e instituciones sean capaces de imaginar un mundo donde el rendimiento económico o el crecimiento no sean los únicos factores del éxito y para lograrlo, necesitamos una nueva metodología y herramientas que partan del diálogo con toda la sociedad.

PALABRAS CLAVE

Bien común, Empresa responsable, teoría de los stakeholders, gestión de empresa

1. INTRODUCCIÓN Y OBJETIVOS

La idea de que las empresas tienen una responsabilidad con la sociedad no es nueva y en torno a ella se han desarrollado distintas teorías, una de ellas es la teoría del stakeholder, que propugna que la empresa no se debe exclusivamente a sus propietarios o accionistas, sino que tiene un compromiso con otros públicos, conocidos como stakeholders o grupos de interés. Es una teoría que originalmente se plantea como una metodología de estratégica de gestión empresarial y que pretende ofrecer un marco práctico para dar respuesta a la exigencia ética y moral a las empresas.

El desarrollo de dicha teoría ha combinado tres perspectivas: la descriptiva, la instrumental y la normativa, para devenir en una suerte de teoría integral que abarca las tres perspectivas y se presenta como transformadora para la empresa. En esta búsqueda de un poder de transformación, también se ha buscado un sustento ético y filosófico para la teoría de los stakeholders, que podemos encontrar en la concepción de la empresa como un ente moral dentro de la sociedad y por tanto, corresponsable de la búsqueda del bien común.

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Esta búsqueda del bien común supone un reto importante, ya que su concreción es esquiva y, aunque tiene más tradición en los gobiernos o instituciones, no tiene tanto en las empresas, que en la concepción clásica sólo deben buscar su éxito económico para así ser reguladas por la mano invisible del mercado (Melé, 2002).

Partimos de estas dos premisas para desarrollar nuestra investigación: el hecho de que la empresa es un ente moral que tiene que orientarse al bien común y que la teoría de los stakeholders para ser transformadora debe tener una perspectiva integradora. Si unimos estas premisas al resurgir del concepto de la economía del bien común en el siglo XXI (Felber, 2012; Zamagni,2012; Tirole, 2017) nos acercamos al objetivo principal de este artículo, que es proponer una de las herramientas desarrolladas por Christian Felber (Felber, 2012) en su libro sobre la Economía del Bien Común, el denominado Índice del Bien Común (a partir de ahora, IBC) como una herramienta útil para desarrollar de una manera instrumental la teoría de los stakeholders en las empresas que buscan el bien común. Aunque esta herramienta se enfoca originalmente a los municipios, creemos que es extrapolable a la comunidad que se forma entre la empresa y los stakeholders, que al igual que ocurre con los municipios, representan distintos intereses e importantes procesos de negociación.

Nuestro objetivo es ofrecer un marco de reflexión que relaciona ambos conceptos, así como algunas ideas generales de cómo debe ser la aplicación. Este desarrollo debería ser completado con una aplicación práctica del marco establecido, algo que queda pendiente para futuras investigaciones.

2. MARCO TEÓRICO

Para poder exponer por qué creemos que el índice del bien común puede ser un desarrollo interesante para aplicar la teoría de los stakeholder, es necesario revisar los principios básicos del concepto de stakeholder y de la teoría de los stakeholder, así como la idea de que las que las empresas son responsables del bien de la sociedad. Esta idea del bien de la sociedad y de todos sus miembros en el que se basa el bien común como su sustento filosófico. Haremos una aproximación histórica al concepto del bien común y a su actualización aplicada a la economía en el siglo XXI, con autores como Felber, Zamagni y Tirole, representantes respectivamente de la tradición del activismo social, la economía cívica de tradición cristiana y la economía académica.

2.1. Revisión de la teoría de los stakeholders

La teoría de los stakeholders es una teoría que se desarrolla a partir de los años 80 y se populariza en los años 90, dando respuesta a un entorno cada vez más complejo para la sociedad y para las empresas, en una sociedad del conocimiento que se caracteriza por la globalización y por las innovaciones tecnológicas. Es una teoría que se desarrolla por tanto en un contexto nuevo, en el contexto de sociedad de la información y que encuentra su utilidad en ella, ya que se centra en dar y recibir la información pertinente y en convertir esta información en valor, en conocimiento compartido.

A pesar de la popularidad del concepto, no es ni mucho menos inequívoco y existen distintas definiciones y enfoques. Podemos situar su origen en el libro Strategic Management: A Stakeholder Approach (1984) de Edward Freeman, que a su vez se basa en el concepto de stakeholder definido por Stanford Research Institute's (SRI) en 1963 e incluido en el libro de Freeman (1984). En esta primera definición, los

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stakeholders son “aquellos grupos sin cuyo apoyo la organización dejaría de existir”

(SRI, 1963).

Freeman cambia el foco de la definición del SRI , poniéndolo sobre los grupos: para él los stakeholders son cualquier grupo o individuo que puede afectar o ser afectado por el logro de los objetivos de la empresa (Freeman, 1984:24). Esta definición se aleja de su origen etimológico: según Clarke (1997) stakeholder viene de

“stakeholding”, de “to have a stake in something”, es decir, tener un interés en algo.

Si aplicamos este significado etimológico al mundo de la empresa definimos a los stakeholders como las personas o colectivos que tienen algún tipo de interés sobre dicha empresa. Este concepto de interés ha sido el que más frecuentemente aparece en la literatura de las relaciones públicas y de marketing, entendiendo como tal que tienen derecho, reivindicación o poder en la empresa (Clarkson, 1995).

Desde que el libro de Freeman definiera la teoría de los stakeholders, que pronto se incorporó a las teorías de gestión de empresa, se han desarrollado diversas teorías, que podemos clasificar y dividir en teorías descriptivas, instrumentales o normativas (Donaldson y Preston 1995; Hörisch, Freeman y Schaltegger, 2015) dependiendo de su enfoque y su alcance. Varios autores (Donaldson 1995, Freeman,1999; Jones y Wicks, 1999; Schaltegger, Burritt, y Petersen, 2003) abogan por teorías integrales en las que los tres enfoques encajan a modo de matrioska, donde la normatividad, el reconocimiento de la necesidad de los valores morales subyacentes en este modelo de gestión sean la parte más interna. Este es el enfoque que en nuestra opinión se adapta mejor a la realidad actual y el más cercano al concepto del bien común, y por lo tanto al que nos referiremos en el desarrollo de este artículo.

Desde sus primeros textos, Freeman advierte de que la teoría de los stakeholders no es un mero modelo o herramienta de gestión, sino que requiere repensar la empresa y todos sus procesos: “(...)la aparición de numerosos grupos de interés y nuevos problemas estratégicos requieren un replanteamiento de nuestra imagen tradicional de la empresa. Debemos volver a dibujar el modelo de una manera que represente los cambios” (Freeman, 1984: 24).

Freeman nos exhortó a convertir esta teoría en instrumental, en hacerla práctica:

"explorar la lógica de este concepto en términos prácticos, por ejemplo, en términos de cómo las organizaciones pueden tener éxito en el ambiente de negocios presente y futuro” (Freeman, 1984: 25).

Como hemos dicho, en este artículo partimos del convencimiento Ética y negocio están íntimamente unidos en esta teoría. Por tanto, el fundamento ético está en la base de esta teoría. Para Clarkson antes de asignar responsabilidades a las corporaciones necesitamos desarrollar un método sistemático para determinar qué es un tema social para una empresa. Si, como dice el autor, es necesario distinguir entre los asuntos de los stakeholders y los temas sociales, porque las empresas y sus managers gestionan relaciones con sus stakeholders y no con la sociedad (Clarkson, 1995: 100-101) , necesitamos replantearnos esta situación al considerar a la sociedad en su conjunto, incluyendo las generaciones futuras.

La evolución de la teoría de los stakeholder nos lleva a ahondar por una parte en su fundamento filosófico y por otra, en la acotación de su alcance. Para varios autores como Argandoña (1998, 2012), Melé (2002), Goodpaster (2009) o Retolaza (2013) el bien común funciona como fundamento de la teoría de los stakeholders y, aunque los cinco primeros grupos definidos de interés o stakeholders centrales son accionistas, trabajadores, clientes, proveedores y grupos de presión varios los autores que incluyen como grupo de interés a la sociedad en su conjunto, incluyendo a las generaciones futuras. Los que denominamos stakeholders centrales poseen capaz de interlocución con la empresa y tienen expectativas (urgentes y legítimas) hacia ella. El resto de grupos de interés que sólo reúnen dos de esas características

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se denominan latentes. En cualquiera de los casos, los grupos de interés tienen objetivos particulares, grupales y universalizables.

Nosotros abogamos por incluir a la sociedad en virtud a la creencia de que la sociedad compuesta por ciudadanos, tiene expectativas legítimas hacia las empresas, que son agentes morales tanto de decisión como de actuación (González Esteban, 2007:207), punto al que volveremos después a la hora de buscar un fundamento ético a esta teoría. Es importante resaltar a la hora de justificar la inclusión de la sociedad en su conjunto que la teoría de los stakeholders se base en el interés legítimo de las partes en la empresa, no en el hecho de que la empresa o corporación pueda tener interés en ellos.

Precisamente, esta idea de que las empresas se tienen que preocupar por el bienestar y los intereses de la sociedad en su conjunto es la parte más abstracta de la teoría de los stakeholders y a menudo se ha argumentado que es imposible determinar

“cuál es el interés de un grupo tan vasto y heterogéneo” (Harrison, J., Freeman E., Cavalcanti Sa de Abreu, M.2015:859).

Es importante tener en cuenta que, aunque frecuentemente se relacionan, la teoría de los stakeholders no es responsabilidad social corporativa. No es algo que las empresas deberían hacer si se lo pueden permitir, como a menudo se percibe la responsabilidad social corporativa. Los preceptos de la teoría de los stakeholders definen la finalidad de la empresa y ayudan a crear más valor, incluso medido en términos financieros, como demuestran autores como Phillips, Freeman & Wicks, 2003; Harrison, Bosse y Phillips, 2010; Harrison & St. John, 1996; Jensen, 2001;

Jones, 1995; Walsh, 2005 (Harrison, J., Freeman E., Cavalcanti Sa de Abreu, M.

2015:859)

Hay dos razones principales que legitiman la teoría de los stakeholders: la primera que las creaciones de valor tienen lugar a través de un proceso que incluye a distintos grupos de interés y que por tanto deberían ser incluidos en la gestión y la segunda, la constatación de que el riesgo empresarial no lo asumen sólo los accionistas, sino todos los grupos de interés. (Retolaza, JL; Ruiz-Roqueñi M; San-José, L. 2015: 1008).

En este sentido, el hecho de que la responsabilidad social corporativa sea en todo caso una práctica voluntaria, provoca un serio inconveniente a su capacidad transformadora de la gestión empresarial y, con ella, de las herramientas de gestión como puede ser el marketing. Frecuentemente se utiliza de modo instrumental, ya que los valores universalizables de los grupos de interés son útiles como ejes de la responsabilidad social corporativa.

2.2. Revisión teoría del stakeholder y el concepto bien común

En su artículo “Applying Stakeholder Theory in Sustainability Management” (2015) Hörisch, Freeman, y Schaltegger recuerdan que la teoría de los stakeholders se basa en gestionar las relaciones con los stakeholders, no en gestionar a los stakeholders, lo que implicaría una ilusión de manipulación y de intentar influir en otros. Dentro de este marco conceptual, proponemos el concepto de bien común como base fundamental de la teoría de los stakeholders. Esta línea ha sido explorada por varios autores como Argandoña (1998, 2012), Melé (2002), Goodpaster (2009) o Retolaza (2013).

Pero, ¿qué se entiende por bien común? Este concepto La idea de que la humanidad y por ende todas las ciencias deben orientarse a la consecución de un bien común ha sido una idea clave en la filosofía desde tiempos remotos, desde Aristóteles y Tomás de Aquino. El concepto ha sido estudiado y propuesto desde distintas tendencias

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filosóficas y políticas: el liberalismo, el comunitarismo, los totalitarismos o el enfoque de las capacidades (Ardañoga, 2011).

Aunque no existen definiciones que nos especifiquen con claridad a qué nos referimos cuando hablamos de bien común (Micheleni, 2007), es posible hacer una aproximación al concepto:

● En Las Leyes (Platón, Libro V) Platón incluye la idea de que "los bienes de los amigos son verdaderamente comunes". Para Platón no hay diferencia entre el bien individual y el bien común, son la misma cosa.

● Para Aristóteles, la formación de cualquier comunidad requiere un bien común (2005, VII). El hombre, como ser social, sólo puede alcanzar su propio fin, su bien y su felicidad con la concurrencia de los demás, en la polis. Es este fin común, esta búsqueda del bien común, lo que organiza la sociedad y asigna funciones a los ciudadanos.

● Para Tomás de Aquino el bien individual no es un bien en sí mismo, sino que se subordina a este bien común. El bien común adquiere su significado en el gobierno, en conducir lo que es gobernado a su debido fin. (1997, Lib. II, c. 3), consiguiendo así que la pluralidad pueda vivir como sociedad.

● En el renacimiento español, la Escuela de Salamanca de Francisco de Vitoria, Domingo de Soto o Francisco Suárez, sentó las bases de una teoría política del bien común. Para ellos el bien común es la ley institucional de la sociedad y logra la síntesis entre autoridad y libertad, individuo y sociedad, nación y mundialización.

● Para Antonio Rosmini (1797-1855), teólogo austriaco y fundador del Instituto de Caridad, el bien común es el bien de todos los individuos que componen el cuerpo social y que son sujetos de derecho.

● El bien común es uno de los pilares de la doctrina social de la iglesia y tiene presencia en sus encíclicas desde León XIII y Rerum Novarum (1891) hasta el Laudato Si de Francisco I (2015). Durante el Concilio Vaticano Segundo, en la Gaudium et Spes, (1965, 26), el bien común se define como el conjunto de aquellas condiciones de la vida social que permiten, ya sea a la colectividad como así también a sus miembros, alcanzar la propia perfección más plena y rápidamente.

Podemos concluir esta revisión con la definición del Concilio Vaticano II, que define el bien común como “las condiciones generales de la vida en sociedad que permiten que los diferentes grupos y sus miembros consigan su propia perfección de un modo más completo y más fácil” (Concilio Vaticano II, 1965, n26). Es por tanto el bien de la sociedad como conjunto, la sociedad civil, pero también el bien de sus miembros.

Tras aclarar este concepto de bien común, podemos abordar la vinculación del mismo con la teoría de los stakeholders y con el concepto de una empresa que forme parte de esta sociedad civil y que contribuya al concepto de bien común. Para Argandoña (1998) el bien común está relacionado con crear las condiciones que permitan a todos los involucrados en el negocio conseguir sus objetivos personales, lo que enlaza con las teorías integrativas de los stakeholders. El bien común de una compañía consiste en la realización de los objetivos de la empresa a la vez que crea condiciones para que sus miembros puedan conseguir sus objetivos personales:

“Si el bien común viene de la sociabilidad humana, todas las relaciones de la empresa llevarán un elemento de bien común. Deberíamos ampliar la lista de los stakeholders

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para incluir clientes y proveedores, bancos y sindicatos, las comunidades locales, las autoridades, grupos de interés, competidores y así sucesivamente hasta que incluya todos los hombres de todos los tiempos, por virtud de la unidad de la familia humana”. (Argandoña 1998, 8)

Este concepto del bien común supone una base sólida para la teoría de los stakeholders (Argandoña, 98) y nos permite conceptualizar a la empresa como un miembro de la sociedad civil con un compromiso moral.

Esta dimensión moral la encontramos en Goodpaster (2009) para el que la empresa además de moral, conciencia y esto se aplica a su relación con los stakeholders.

Entonces, el método de decisión de las empresas debe ser el pensamiento de los stakeholders, lo que hace que amplíe su consideración moral hacia una conciencia moral compartida que podemos abordar. Esto da pie a incluir la sociedad y las generaciones futuras, que no se incluyen como stakeholder en el pensamiento habitual de la teoría. Precisamente esta base en el bien común ofrece nuevos retos a los líderes de negocio, un reto que va más allá del pensamiento de los stakeholders.

Para Koslowski (2006) cualquier comunidad u organización, incluido las empresas, deben trabajar por el bien común, por lo que aprehender, concretar y buscar este bien común es un reto y un deber fiduciario para los gestores de empresas. La creencia de la economía clásica de que la mano invisible sirve para orientar a la economía hacia el bien común no se cumple y en virtud a las teorías de los stakeholders, la solidaridad de intereses y del bien común de los grupos de stakeholders en una organización hace imposible definir el bien de una organización en términos de un sólo grupo (Koslowski:68).

Naughton, Alford y Brady (1994) ponen en duda que la teoría de los stakeholders aporte una base ética suficiente para explicar el propósito de las organizaciones. Para ellos es necesario superar estas teorías incorporando la doctrina social de la iglesia al propósito de la empresa. Para Melé (2002) hay diferencias claras entre una orientación a los stakeholders y una orientación al bien común y las empresas deben orientarse a la búsqueda de este último. Para el autor, tanto la teoría de los shareholders como la de los stakeholders carecen de base ética consistente. Existen al menos ocho diferencias entre un enfoque a los stakeholders y un enfoque del bien común: la antropología filosófica, los derechos de propiedad, la naturaleza de la empresa, el sentido del negocio, obligaciones, responsabilidades corporativas, otras responsabilidades y la resolución de conflictos de interés (Melé, 2002:190).

Las teorías integradoras de la teoría de los stakeholders descritas anteriormente , que aúnan los enfoques descriptivos, instrumentales o normativos y que se dan sobre todo a partir del año 2.000 incorporan el propósito a las teorías de los stakeholders y, aunque en menor medida, la sociedad en su conjunto como público, lo que aporta este sustento ético que Melé y Naughton no encuentran en la teoría de los stakeholders, mientras Koslowsly, Argandoña o Goodpaster lo encuentran en el bien común, enfoque que nosotros compartimos. Creemos que aunque la teoría de los stakeholders es a menudo parcial e insuficiente, cuando se sustenta en una búsqueda del bien común y una moralidad de la empresa nos ofrece una guía sólida para dirimir conflictos y marcar el camino de las empresas.

2.3. El nuevo paradigma social y la economía del bien común en el siglo XXI En el siglo XXI vivimos en una época de transición entre una sociedad industrial y una sociedad del conocimiento. Una vez que las principales innovaciones tecnológicas ya se encuentran en desarrollo, el mayor reto de esta fase es saber cómo queremos ser como sociedad, qué normas nos queremos dar. En este proceso, existe una

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corriente de pensamiento que aboga por un cambio en el modelo económico que exija a las empresas un triple resultado económico, social y ecológico, que deben perseguirse por igual.

Tradicionalmente se consideraba que cuando un asunto era lo suficientemente importante para ser considerado un tema “social” y no sólo de los stakeholders existe una ley o una regulación que lo aborda ( Clarkson 1995:105). Sin embargo, en el entorno social de sociedad del conocimiento, las instituciones dedicadas a la promulgación de leyes no siempre son capaces de responder con celeridad a los problemas de los stakeholders para convertirlos en problemas sociales. Esto, junto con el creciente poder de las empresas, es la base de la exigencia ética y social de las empresas. En palabras de Kofi Annan, exsecretario general de la ONU, “Hay un nuevo entendimiento universal de que las fuerzas de mercado son esenciales para el desarrollo sostenible”.

Dentro de esta corriente encontramos distintas teorías y movimientos, así como un resurgir del término bien común asociado a la economía. Desde 2010 se han publicado tres obras con un enfoque diverso pero que comparten el mismo título: la economía del bien común: son las obras de Christian Felber (2012), Stefano Zamagni (2012) y Jean Tirole (2017).

Como hemos visto en el punto anterior, el concepto del bien común y su relación con la economía viene de lejos y podemos encontrar sus raíces en Aristóteles y Santo Tomás de Aquino. Sin embargo, en esta economía del bien común contemporánea, el ánimo de lucro no se considera inmoral sino que se mantiene que no puede ser el único objetivo y que siempre tiene que estar supeditado a unos valores éticos y morales. La misión de las empresas es maximizar la creación de valor a largo tiempo para la sociedad en su conjunto.

Para los objetivos de este artículo, nos centramos en la visión de Christian Felber, una visión que tiene su origen y su desarrollo en el activismo y que por tanto propone herramientas y medidas concretas que referiremos en el punto siguiente. Podemos encontrar varios puntos en común entre la teoría de los stakeholders en la versión integral que considera los tres enfoques como inseparables y complementarios que Freeman (1999) y otros han desarrollado y la economía del bien común de Christian Felber, puntos que resumimos en esta tabla:

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Tabla 1

Puntos en común entre la teoría del stakeholder y la EBC

Fuente: elaboración propia

Así mismo, las críticas a esta visión integradora y a la economía del bien común de Felber se centran en el mismo aspecto: su carácter utópico que obvia la tendencia humana a buscar las compensaciones individuales. La respuesta a esta crítica es por tanto común: ante los retos en los que se encuentra la sociedad, la economía y el planeta habitualmente es necesario que las soluciones se basen en consolidar un cambio de paradigma que a su vez, recoge una tendencia creciente a la búsqueda de la sostenibilidad por parte de los ciudadanos (Nielsen, 2018 Forética 2017, Future Brands, 2017).

3. HIPÓTESIS Y METODOLOGÍA

Mediante un análisis de los conceptos anteriormente expuestos y una deconstrucción de las dos herramientas básicas de la Economía del Bien Común enunciada por Christian Felber, proponemos un marco de análisis de la teoría de los stakeholders basado en el Índice del Bien Común. Creemos que este nuevo marco es necesario porque según Mitchell (2007), la responsabilidad de los negocios está limitado por el sistema de medición que utilizan, por lo tanto, si estamos de acuerdo en la idea de que las empresas y organizaciones deben tener un compromiso con la sociedad en su conjunto, es necesario crear sistemas de medición que sometan a las empresas a un balance que vaya más allá de lo económico.

Se han producido varios avances en este sentido, algunos voluntarios como el GRI (Global Reporting Initiative) y otros normativos pero de alcance limitado como la Directiva de la Unión Europea sobre divulgación de información no financiera (2014/95/UE de octubre de 2014). Esta necesidad de que las empresas sean

Stakeholder Integral EBC Finalidad de la empresa Los asuntos sociales y

medioambientales deben ser centrales para el negocio de una empresa.

Triple balance: económico, social y medioambiental

Relación empresa- sociedad

Se rechazan las compensaciones y la filantropía y la práctica habitual de la RSC

El propósito es algo consustancial a la empresa

Tipo de relación Gestionar relaciones con los grupos de interés, no gestionar grupos de interés

Cocreación y diálogo constante entre la empresa y la sociedad.

Enfoque Integral: descriptivo, instrumental y

normativo Integral y holístico

Definición de públicos interés del grupo, no de la empresa la sociedad y las generaciones futuras

Finalidad de la economía Intereses mutuos no compensaciones

bien común en lugar del bien general

Temporalidad Visión bifocal, con enfoque estratégico pero con acciones inmediatas

Largo plazo pero con acciones urgentes por lo acuciante de los problemas

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rentables en lo económico, en lo social y en lo medioambiental y cómo hacerlo de una manera transparente para los ciudadanos también está en la base de las denominadas nuevas economías o economías de transición y de organizaciones y movimientos como el triple balance de Sannas, la economía circular, el sistema BeCorp o la propia economía del bien común.

Por tanto, una de nuestras hipótesis es que para lograr que las empresas sean actores sociales activos y comprometidos en la búsqueda del bien común necesitamos sistemas de medición que lo sustenten y que a la vez sean lo suficientemente flexibles para permitir la sostenibilidad económica de las empresas.

También consideramos que mientras la teoría de los stakeholder ha conseguido un carácter integrador, no consigue un enfoque práctico, mientras que los métodos de medición de la Responsabilidad Social Corporativa tienen dificultades a la hora de lograr la legitimación. El trabajo de las relaciones con los stakeholders a través del Índice del Bien Común nos permite combinar legitimación, flexibilidad y cocreación.

La economía del bien común cuenta con dos herramientas fundamentales, la Matriz y el balance del bien común y el índice de la felicidad. Ambas reinterpretan en concepto de stakeholders que concretan en cinco grupos de interés (proveedores, propietarios y financiadores, empleados, clientes y socios de negocio y entorno social) y lo vinculan con unos valores imprescindibles para el bien común. Estos valores se extraen de normas internacionales como la declaración de los derechos humanos y son: dignidad humana, solidaridad y justicia social, sostenibilidad medioambiental y transparencia y codeterminación.

Como ya hemos indicado con anterioridad, encontramos muchas semejanzas entre el modelo integrador de la teoría de los stakeholders y los principios de la economía del bien común de Christian Felber. Si compartamos el marco de referencia propuesto por Freeman para que la teoría de los stakeholders contribuya a la gestión sostenible y la matriz de la economía del bien común vemos que son muy similares.

Desde una perspectiva ética, la empresa debería estudiar los intereses universalizables de sus grupos de interés y hacer de los mismos la guía del propósito de su empresa, algo transversal que vaya más allá de la responsabilidad social corporativa. Eso es lo que hace la Economía del Bien Común en su matriz, donde cruza los cinco valores fundamentales que cruza con los grupos de interés, creando los distintos indicadores.

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Tabla 2

Matriz de la Economía del Bien Común

Fuente: www.commongoodeconomy.org

Una de las críticas que se hacen habitualmente a la economía del bien común es la dificultad de medir la aportación al bien común de una empresa, su impacto social y medioambiental. Esto coincide con el problema de gobernanza detectado por Jensen (Jensen 2001) a la hora de evaluar la gestión de una empresa guiada por la teoría de los stakeholders. Esta metodología de análisis en paralelo de la economía del bien común y la teoría de los stakeholders es la que nos permite generar nuevas ideas para aplicar el IBC a la teoría de los stakeholders.

4. RESULTADOS Y CONCLUSIONES

Ya anticipamos en la introducción que el objetivo de este artículo se limita a establecer el paralelismo entre la economía del bien común de Christian Felber y las teorías integrales de stakeholders. Como hemos referido con anterioridad, Jensen nos habló del problema de gobernanza que supone la existencia de distintos grupos de interés con intereses a veces contrapuestos. Distintas investigaciones han probado que el problema no existe tanto en la dificultad de esta medición, sino que no hemos trabajado como sociedad para consensuar esas medidas ( Retolaza, San-Jose, & Ruiz- Roqueñi, 2015).

Otra de las preguntas a las que tenemos que dar respuesta es que se le puede exigir moralmente a una empresa, qué podemos considerar asuntos de los stakeholders, más allá del mero interés. Una de los principios básicos del modelo de ética económica y empresarial es que aquello que sea lo moralmente exigible deberá ser descubierto en un diálogo con los afectados por la decisión, norma o institución, en condiciones de simetría, inclusión e igualdad (González Esteban, 2007: 207). Si el bien común es el fundamento de la economía, es coherente que también deba ser la

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guía para la gobernanza de una de sus principales instituciones, las empresas. El reto está por tanto en definir el bien común de los grupos de interés:

Una corporación que quiera gestionar su responsabilidad debe tener presente que tal responsabilidad se define a partir del diálogo con todos sus stakeholders, tratando de averiguar en tal diálogo qué intereses y valores son comunes a todos ellos y por tanto universalizables; qué intereses y valores son propios de cada grupo o de alianzas grupales y cuáles son simplemente intereses y valores particulares (González Esteban, 2007: 209).

Otro de los puntos de fricción es saber cómo las distintas partes o stakeholders saben que están obteniendo un trato justo. Tenemos dos enfoques diferentes en este punto, el de Hill y Jones (Hill y Jones, 1992) que considera que son distintos contratos implícitos entre cada grupo de interés y la gestión de la empresa y Freeman y Evan, que consideran que realmente se producen una serie de contratos multilaterales entre todos los stakeholders. (Freeman y Evan, 1990: 354). En este segundo enfoque, el más coherente con la visión que proponemos, la legitimidad de las empresas y de los responsables de la relación con los grupos de interés son clave para que el proceso tenga éxito.

Del razonamiento anterior podemos extraer que la legitimidad y la co creación son claves para la ética de la empresa y su relación con sus grupos de interés. Los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) han supuesto un interesante experimento en esta línea y el Índice del Bien Común es un paso más en esta tendencia. El Índice de la Felicidad y el Bien Común (en adelante IFBC) es otra de las herramientas básicas de la Economía del Bien Común y se presenta como alternativa al Producto Interior Bruto. Pretende abarcar tanto la perspectiva individual de qué es la propia felicidad y la percepción también individual de qué es el bien común.

El objetivo global, basándonos en el artículo publicado por Diego Isabel (2015), es

“identificar, de manera colaborativa, dónde queremos y podemos mejorar tanto a nivel individual como sectorial y comunitario”. Este debe ser precisamente el objetivo de las empresas en la relación actual con sus stakeholders. Por eso proponemos utilizar esta metodología y herramientas de la Economía del Bien Común como base de la relación entre la empresa y sus grupos de interés, especialmente de la sociedad en su conjunto, donde se da protagonismo al individuo no sólo como consumidor, inversor o trabajador sino también como ciudadano. de la influencia del ciudadano consumidor.

La teoría de bien común nos sirve de guía para determinar los derechos y deberes de los participantes, tomando como objetivo el bien común de la empresa, pero también de la sociedad particular que crea con sus stakeholders y con la sociedad en general (Argandoña, 98)

Proponemos la elaboración de un índice de la felicidad y el bien común no centrada en una localización física, sino vinculado a las marcas y los públicos objetivos.

Christian Felber centra su índice en la municipalidad, pero existen otros intentos de elaborar índices semejantes y estos son útiles para evaluar cualquier dinámica social, y la relación de las empresas con sus públicos lo és: “Uno puede utilizar el Índice del Bien Común para evaluar si una dinámica social o una política afecta al bien común de un modo positivo o negativo”(Bedard A. 2011:5).

Las empresas deberán incluir a sus stakeholders en la elaboración de estos índices y una vez elaborados, se pasaría a hacer la investigación para saber cómo se está respondiendo a los públicos objetivos.

Proponemos para la elaboración de estos índices empresariales del bien común partir de lo que tienen en común las definiciones del bien común estudiadas y concretar las

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partes más abstractas, como puede ser el “florecimiento humano”, su autorrealización para cada empresa con arreglo a su misión, a su propósito.

Han sido muchas las entidades gubernamentales y no gubernamentales que han avanzado ya en gran manera en la concreción del florecimiento humano. Especial mención merece el trabajo de la Organización de las Naciones Unidas en la fijación de una agenda común con la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) o más recientemente, los Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000), y los objetivos de desarrollo sostenible (2016).

Bedard (2011) construye en su tesis un índice del bien común basado en las capacidades humanas de Nussbaum (2000), que le permita afrontar el papel de la inmigración en Estados Unidos. Nosotros proponemos partir de la base de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y aplicar las herramientas tecnológicas utilizadas habitualmente por el marketing para trabajar este índice: investigación de mercados, big data o procesos de crowdsourcing.

Dichos procesos y herramientas están en constante desarrollo, debemos cambiar el foco del corto al largo plazo y el objetivo, buscando objetivos estratégicos y no instrumentales. Trabajando con estas herramientas conseguiremos un índice que permitirá a las empresas saber en qué tienen que mejorar y cómo deben hacerlo, dando así lugar a planes de responsabilidad cívica de la empresa y sobre todo, un framing para la definición de su propósito.

Este artículo nos presenta diversas líneas de futuras investigaciones, incluyendo la aplicación práctica de estas ideas a un caso concreto, que nos permita vincular el estudio de los públicos, los mapas de materialidad de la responsabilidad social corporativa y las distintas herramientas de medición de la Responsabilidad Social Corporativa y la teoría de los stakeholders. El Índice del Bien Común aporta varias dimensiones que no se reflejan en estas herramientas, como son la bidireccionalidad, la posibilidad de co creación o la evolución temporal. Esperamos poder estudiar estas implicaciones en futuros artículos ya que, como hemos dicho, lo que no se puede medir es difícil que se haga realidad. En la actualidad contamos tanto con las herramientas y las tecnologías necesarias para conseguirlo como con un contexto social y de mercado propicio para el desarrollo de mediciones empresariales enfocadas en el bien común.

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