Número 56. Lúnes 8 de Noviembre del año económico de 1869 á 1870- 150 milésimas de escudo.
S e publica los l^úiies, M iércoles y
%'iériics —l^os suscrltores «le csln Ciiidnd pagarán m is. «le esc.. » /
m es, y un escu do 9 0 0 m is. los de fuera, eses, un (rlm c.sfrc, 5 esos.
4 0 0 m is. m ed io »0o.
l>os aiHiiicitts particulares que se
«¡uicran insertar en el U oletin , pre
via lic en cia del lim o. Señor G ober
nador pagarán 5 0 m ilesitu as de es
cudo por linca.
BOLETIN OFICIAL
SECCIOÜ DE LA PBOVi^eiA.
(WBIEOP CIVIL.
Circular número ISO.
El limo. Sr. Subsecretario del Ministerio de la Gobernación, con techa 9 de Octubre último me dice lo siguiente:
«Por eí Ministerio de la Guerra se dice á este de la Gobernación en 5 del actual lo siguiente.—Ex
celentísimo Señor. EÍ Sr. Ministro de la Guerra dice hoy á los Capita
nes Generales de los dislritos y Co
mandante General de Ceuta lo que sigue.—S. A. el Regente del Rei
nó ha tenido á bien resolver que todos los individuos del Ejército pertenecientes Já la primera reser
va y ios que se hallen disfrutando licencia temporal sin haber, se pre
senten en el improrogable plazo de de cuatro dias en la Capital de la qroviucia en que residan, debien
do los Capitanes Generales disponer que se incorporen á los Cuerpos de la gnarnicion de sus distritos res
pectivos, á medida que vayan pre
sentándose y en la proporción que juzguenmas conveniente, aun cuan
do (leguen á esceder los cuerpos de la fuerza reglamentaria. En la inteligencia de que deberán verifi
car la incorporación á los cuerpos, desde las capitales en el mas bre
ve plazo posible haciendo uso de los ferro-carriles donde ios haya.
Al propio tiempo ha dispuesto S. A.
que los expresados individuos del Ejército continúen por ahora per
teneciendo á los cuerpos á que es- tan actualmente destinados, debien
do figurar en aquellos, á que sean incorporados como agregados, á menos que no lo fuetan á sus cuer
pos respectivos por hallarse de guarnición en la misma provincia en que los individuos tengan su re
sidencia, en cuyo caso los Capita
nes Generales dispondrán que des
de luego tengan ingreso en ellos.
Los Alcaldes y autoridades civiles facilitarán á los individuos de que se trata cuatro socorsos de tres
cientas milésimas de escudo para su tránsito hasta la capital y la Ad
ministración militar dispondrá lo conveniente para el reintegro de las cantidades que aquellas adelan
ten y para ei pago de los demás gasíí^ que por trasporte y perma
nencia en las capitales pueda cau
sar la-fuerza que debe incorporar
se á los cuerpos.—De orden de S. A. el Regente del Reino, co
municada por ei Señor Ministro de lo Gobernación, lo traslado á V. S.
para su conocimiento y efectos cor
respondientes. »
Lo que he dispuesto publicar en este periódico oficial para cono
cimiento de los interesados y efec
tos oporlunos.
Albacete 4 d.e Noviembre de 1869.
El Gobernador, Jncobo Aruujo.
Oirá núm. IS l.
El Alcalde de Alcaráz partici
pa á este Gobierno que al amane
cer del día 31 de Octubre último se apareció en la huerta de don Telesforo Heras una yegua de las señas que á continuación se espre- san. Y se publica en este periódico oficial para si llega á conocimien
to de su dueño pase á recogerla prévio abono del gasto que haya ocasionado.
Albacete 6de Noviembredel869,
El Gobernador, 4acobo .IVrauju.
Señas que se citan.
Negra, como de seis años de edad, de menos de la marca y sin hierro.
Otra nínn. 152.
Han sido presos por el celoso y activo Capitán de la Guardia civil de la línea de Fuensanta, Fran
cisco Parreño Rueda ^ Miguel Gar
cía: ei primero licenciado de prc’
sidio, titulado gefo de los republi
canos de dicho pueblo, y ambos de malos antecedentes. En el acto de su arresto les han sido ocupadas varias armas y municiones desti
nadas al parecer á la perpetración de un delito de que ya entien
de la autoridad militar, que es á quien compete su conocimiento.
AlbacetebdeNoviembrede 1869.
El Gobernador, Jaeob o Aruiijo.
Otra aúm. 155.
El Señor Juez de primera instancia de La Roda con fcclia de ayer me dice lo siguiente:
• Con esta fecha dirijo á los Alcaldes deeslc partido judicial, la circular que copiada ú lelra dice así.—Creo de mi deber, en obsequio á lodos los veci
nos de este partido judicial, poner en conocimiento de V. para que de este modo ilegue á noticia de los mismos, que en este juzgado se sustancia causa criminal contra Andrés Acosla, Se
bastian Romera, Casimiro Albaladc- jo y Anselmo Llinas, vecinos de Mur
cia y Cartagena, por considerarles falsiíicadorcs de moneda, y en cuyo poder se han encontrado diferentes útiles de fundición, tierras especiales y monedas de plata de á peseta que por la asila ó agregación que tienen asida á su canto, sirven al parecer, co
mo de modelos para la falsificación por medio de la implantación de di
chas monedas en la lierra cs[)ecial, y de aquí poder hacerse por este me
dio con monedas que tengan igual gra
bado á las del Estado.—Tan grave de
lito, no desconoce este Juzgado que puede producir inmensos perjuicios á las personas que reciban de buena fé la moneda falsificada; y con el fin,
pues, de evitar en lo posible que así suceda, debo significar á V. ipie las monedas de á peseta que se han cogi
do como originales para la inoldea- cion, corresponden á los años de 1868 y 1869, debiendo distinguirse las legítimas de las falsas, por la imper
fección que debe notarse en parle del canto, pues se observará que una par
te pequeña de ésto, está limada, y ios gallones dcl canto por este punto cfccluados no con tanta perfección co
mo ei resto de la moneda cuya igual señal debo tenerse también nniy pre
sente con los monedas do dos pesetas deque también hay datos de (álsifica- cion.—Interesado como V. debe r.'Jiar por esos honrados habitantes, no dudo que al paso de que haga pública di
cha falsificación, practicará las mas vivas y esquisitas üiligcncias para ave
riguar si en esa Villa se circula dicha moneda y por qumn, comoa^l mismo silos repetidos procesados han hecho algunos pagos con dicha ciase de mo
neda y á qué personas, en la adquisi
ción de algunos granos áquo parece se lian dedicado.—Y la transcribo á V.S.
no solo para su debido conocimien
to, si no es también para rogarle se sirviera hacer presente á lodos ios liabitanlcs de esta provincia, ia indi
cada falsificación, no tanto para evitar las tristes consecuencias de la circula
ción de ia moneda ilegílima, si que para que lodos los Alcaldes practiquen con la debida eficacia las mas vivas di
ligencias para indagar si diclios proce
sados, que ai parecer se han dedicado á la compra de granos, lian hecho al
gunos pagos, en (juc monedas y si es
tas han resultado falsas.»
Loque lié acordado hacer público en este periódico oficia! á fin do evitar los perjuicios que se mencionan en la precedente comunicación, encargando al mismo tiempo á lodos los que se crean comprendidos en el final de la misma se presenten en este Gobierno ó ante el señor Juez de primera instan
cia del partido de La-Roda á deponer lo que les conste en el parlicular; á cuyo efecto los señores Alcaldes pro
curarán dar á esta circular toda la pu
blicidad posible.
Albacete 4 de Noviembre de 1869.
El Gobernador, Jncobo Aranjo.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Oirá níini. IS l,
El Profesor de Inslrucion pri
maria del pueblo de Agraraón Don INicolás Maria Galindo, acaba de establecer una Escuela de adul
tos en su demarcación. Enterado del celo y desinterés con que se ha prestado á realizar espontánea
mente un servicio, tan ventajoso para la educación pública lie dis puesto publicarlo para que sirva de estímulo á sus comprofesores;
y á la vez darle gracias por me
dio del Boletín sin perjuicio de tener muy en cuenta su levantado
¡n-opósito para recompensarlo en su dia.
Albacete 4dcNoviembredc 1860.
lil Gobernador, J»cui>o A ratij».
Oirá niíni. 155.
Don Antonio Martínez Zamora, del comercio de esta ciudad, ha acudido á este Gobierno elogiando altamente el comportamiento de los Guardias civiles Pedro Mur An- dreu, Antonio Molina Abad y Pau
lino Morcillo Martínez que durante el incendio ocurrido el 31 del pa
sado en una casa de su propiedad han desplegado un celo estraordi- nario, tanto en cortar dicho incen
dio, cuanto en custodiar los efec
tos de la casa del siniestro, secun
dando los deseos del peticionario se hace público en el Boletín para satisfacción de los indicados Guar
dias, qué á la voz sé han hecho acreedores ú mí reconocimiento.
Albacete 4 de Noviembre do 1869.
tCl Goberpador, Jaco b » A raiijo.
Don Jacobo Araujo, Gobernador civil de esta provincia.
Hago saber: Que á los quince dias de la publicación de este anun
cio en el Boletiu oficial y hora de las doce de su mañana tendrá lu
gar en las Salas Consistoriales de Pozo-Eorente, bajo la presidencia del Alcalde, con asistencia de un empleado del ramo, la segunda su
basta de esparto de los montes cor
respondientes á los propios de dicho pueblo, bajo el mismo tipo y con
diciones que la anterior.
Lo que se anuncia al público pa
ra su conocimiento advirtiendo que el pliego de condiciones bajo que se verifica la subasta, estará de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento de Pozo-Lorente y en la oficina de montes de la pro
vincia.
Albacete2 de Noviembre de 1869.
El Gobernador, Jn co bo A rniijo.
presidencia del Alcalde, con asis
tencia de un empicado del ramo, la subasta de los pinos que se en
cuentran en pié y marcados con el de este distrito, en los montes de propios de dicha población de
nominados Zapateros, Cañada de los niojones y Umbría Angulo, los cuales con espresion del punto en que deben cortarse, su especie, clase y valor, á continuación se es-
presan:
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pleado de montes, la subasta de pastos de los que el Estado posee en término de dicho pueblo, que con su tasación y número de cabe
zas de ganado que pueden pastar, á continuación se expresan:
Don Jacobo Araujo, Gobernador civil de esta provincia.
Hago saber: Que á los treinta dias de la publicación de este anuncio en et Boletin oficial y ho
ra de las doce de la mañana, ten
drá lugar en las salas consistoria
les del pueblo de Víanos, bajo la
Lo que se anuncia al público para sn conocimiento y efectos con
siguientes, advirlicndo que el plie
go de condiciones al tenor del que se ha de verificar el aprovecha
miento, estará de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento de Víanos yen la oficina de montes de la provincia.
Albacete 21 de Octubre de 1869.
El Gobernador, Jncobo A rnnjo.
D. Jacobo Araujo, Gobernador ci
vil de esta provincia.
Hago saber: Que á los quince dias de la publicación de este anun
cio en el Boletín oficial y hora de las doce de la mañana tendrá lugar en las Salas Consistoriales de Yes- te, bajo la presidencia del Al
calde, con asistencia de un em-
es Ph
Lo que se anuncia al público pa
ra su conocimiento, advirtiendo
que
el pliego de condiciones bajo que se verifica el remate, estará de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento de Yeste, y en la oficina de montes de la provincia.
Albacete 6 deNovierabre de 1869.
El Gobernador, Ja c o b o A raujo.
Don Jacobo Araujo, Gobernador ci
vil de esta provincia.
Hago saber; Que á los treinta dias de la publicación de este anuncio en el Boletín oficial y hora de las doce de la mañana, tendrá lugar en las Salas Consistoriales de Letúr bajo la presidencia del Alcalde, con asistencia de un empleado de montes, la segunda subasta de pas
tos de los que el Estado posée en término de dicha villa bajo el mis
mo tipo Y condiciones que la an
terior.
Lo que se anuncia al público pa
ra su conocimiento advirtiendoque el pliego de condiciones bajo que se ha de verificar el remate estará de manifiesto en la Secretaria del Ayuntamiento de Letúr y en la ofi
cina de montes de la provincia^
Albacete 3 de Noviembre de 1869.
El Gobernador.
Jac o b o A raujo.
al turno de la Península; con el fin de que los que desen pasar á cu
brirlas en sus mismos empleos, promuevan desde luego sus so
licitudes dirijiéndolas inmediata
mente por conducto de ordenanza advirtiendo que los Tenientes no han de esceder de 40 años y los Alféreces de 35, debiendo los que procedan de los Ejércitos de Ultra
mar contar tres años de permanen
cia en la Península.
Los señores Alcaldes de los pue
blos darán á este anuncio la ma
yor publicidad para que llegue á conocimiento de las clases á quie
nes se refiere.
Albacete 4 de Noviembre de 1869.— El Comandante militar, Juan Fernandez de Ossorio y Se
rón .
Gobierno militar.
Por la Dirección General de In
fantería se dispone se haga saber á la clase de subalternos que se hallan de reemplazo, que existen várias vacantes de Tenientes y Al
féreces en los Ejércitos de Puerto- Rico y Filipinas, correspondientes
Diputación provincial.
Estrado de los acuerdos tomados por la Exema. Diputación pro
vincial en los dias que se espre- sa y que se publica en este pe
riódico oficial en cumplimiento de lo prevenido en el caso 3.®
del artículo 44 de la ley orgá
nica de 21 de Octubre de 1868.
[C o n tim ia c io n ).
12. Admitir la sustitución por cam
bio de número de Pedro Martínez, quin
to número 5 por el cupo do Monlealegre con Vicente Gómez Villaescusa, disponién
dose que ingrese este en caja.
13. Admitir la sustitución por cambio de número de Casimiro Yuste Albertos, quinto número 9 por el cupo de Monle
alegre con Bonifacio Milla Uuiz, dispo
niéndose tenga este ingreso en caja.
14. Admitir la sustitución por cambio de número do José Conslanl San’hez, quinto número 2 por el cupo de Monte- alegre con José Martínez Gómez, dispo
niéndose que tenga este ingreso en caja.
15. Admitir la sustitución de José Yébana López, quinto número 18 por el cupo de La Roda por Antonio Yébana Pi
queras, de la clase de paisanos, dispo
niéndose tenga este ingreso en caja.
Ikia 1 9 de Ju lio .
1 . ® Separar del cargo de concejal del Ayuntamiento de Lezuza á D. José Maria González, por haberse negado á jurar la Conslitucion Española promul
gada en 6 de Junio.
2. ® Nombrar Ylce-presidenle inte
rino de la Diputación al señor Diputado D. Juan Montero, para los casos de en
fermedad ó ausencia del que lo es efec
tivo el señor D. Manuel Izquierdo López.
3. ® Que se reclame al Alcalde de la capital varios antecedentes relativos al señalamiento de distritos para las elec
ciones municipales verificadas en los días 18, 19, 20 y 21 de Diciembre ríltimo con el objeto de acordar lo que corres
ponda acerca de las actas respectivas.
4. ® Aprobar el expediente de su
basta del arbitrio municipal de Higue- ruela sobre el uso voluntario de pesos y medidas durante ol año actual.
5 . ® Aprobar igual espediente res
pectivo al Ayuntamiento de Balizóte.
6. ® Cenceder al Ayuntamiento de
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Yeato on su presupuesto municipal or
dinario corriente un crédito de 50 es
cudos para componer la fuente pública y otro de 5 para socorros de enfermos pobres.
7. ® Relevar del cargo de concejal del Ayuntamiento de Lielor á don Diego Córcoles por hallarse fisícamerile impo
sibilitado para ejercerlo.
8 . ® Aprobar el expediente de su
basta del arbitrio municipal de Yillama- lea sobre el uso voluntario de pesos y medidas durante el año actual.
9 . ® Aprobar igual expediente res
pectivo al pueblo de Casas de Vés.
10. Aprobar otro expediente igual respectivo al pueblo de Casas de Juan Nuñez.
11. Aprobar el expediente de sul as
ta del servicio de alumbrado público de osla capital durante el actual año eco
nómico.
12. Relevar á solicitud del Interesa
do del cargo de concejal del Ayuntamien- toj de Albatana á don Diego Ibañez por
tener mas de CO anos.
13. Por igual razón fué relevado don Antonio Cuevas del cargo da concejal de! Ayuntamiento de Albatana.
14 Aprobar el expediente de subas
ta para el arriendo de los puestos del mercado de esta capital titulado Plaza de las Carretas.
15. Aprobar eJ pliego de condiciones para la subasta de! material del alum
brado público de Villarrobledü en el año actual.
16. Que se proceda á nueva licita
ción para el arriando del arbitrio muni- pal de Muñera sobre el nso voluntario de pesos y medidas bajo el tipo de 100 escudos ofrecidos por don Juan Antonio Alienzar.
17. Aprobar el e.xpediente de su
basta para el arriendo de los puestos de la plaza Mercado público de esta ca
pital durante el uño económico actual.
18. Aprobar el expediente de subas
ta para el arriendo del Impuesto sobre el matadero público de reses de esta ca
pital durante el año económico actual.
19. Declarar escluido del servicio por inútil prévio dictamen facultativo, á Antonio Caloro y Mora quinto núme
ro 15 por el cupo de Bonillo.
20. Declarar escluido por inútil pre
vio diclámen facultativo á Ginés Rode
nas Mañas quinlo número 9 por el cupo de Casas-Ibañez.
21. Declarar útil para el servicio prévio diclamen pericia! á Angel Villa- nueva Goníalez quinto número 1. ® por el cupo de Alcadozo.
22. Que continúe pendiente de ob
servación Pedio Villoldü Garrido quinto número 22 por el cupo del Bonillo.
23. Admitir la sustitución, por cam
bio de número, de Nicolás Giménez Li
nares quinlo número 3 por el cupo de Villapalacios por JuanGarrido, disponién
dose tenga este ingreso en caja.
24. Admitir la sustitución de Tibur- cio Beteta Real quinto número 1. ® por el cupo de Nerplo por Juan González y Rodríguez de la clase de paisanos, dis
poniéndose tenga este ingreso en caja 25. Admitir la sustitución por cam
bio de número de Juaquin Guerra Ló
pez quinto número 1.® por el cupo de
Alpera por Juan Antonio García, dispo
niéndose tenga este Ingreso en caja.
26. Que se oficie al señor Gober
nador de Valencia A fin de que sea ta
llado y reconocido en aquella provínola Eusebío Alcaráz y Millán quinto núme
ro 1.® por el cupo do Hoya-Gonzalo que se halla en el correccional.
27. Admitir la susUtuciou pi>r cam
bio de número de Juan Pedro Céspedes quinto número 17 por el cupo do Le- zuza, por Juan Antonio Sánchez, dispo
niéndose tenga este ingreso en caja.
28. A solicitud verbal de los seño
res Diputados don José Joaquín Marti y don Andrés Villena y Toledo, la Diputa
ción les concedió dos meses de licencia dis|toniéndüSü se llamen para las próxi
mas sesioní's á los respectivos suplen
tes.
Ilia 2 de A goslo.
1. ® Pijar los precios meditís á que han de valorarse las especies surainislra- bles a las tropas del ejército durante el mes de Julio último.
2 . ® Admitir la sustitución por cam
bio de número de Manuel Ramos y Tor
rente quinlo número 16 por el cupo de Yillarrobledo por Juan Martínez Escude
ro, disponiéndose tenga este ingreso en caja.
3. ® Admitir la sustitución por cam
bio de número de Pedro Girón Ramos quinto número 11 por el cupo de Vi- llarrobledo con Sebastian López Lozano, disponiéndose tenga este ingreso en caja.
4. ® Declarar Inútil para el servicio prévio dictémen facultativo á Pedro Car- rion y Talavera quinto número 9 por el cupo de La-Roda.
5 . ® igual acuerdo recayó respecto á Francisco López Ruiz quinlo número 3 por el cupo de Pozo-hondo.
6 . ® Declarar soldado á Euseblo Al
caráz y Millán quinto número 1.® por el cupo de Hoya-Gonzalo, que ha sido tallado y reconocido ante la Diputación de Valencia en cuyo correccional se ha
lla cumpliendo condena.
7. ° Declarar escluido del servicio por corto de talla á José Lacalle Car
rizo quinto número 4 por el cupo de La-Roda.
8. ® Admitir la sustitución por cam
bio do número con Nicolás Buendia qain- to número 17 por el cupo de Bonillo, con José Bonilla Chacón disponiéndose tenga este ingreso en caja.
9. ® Prevenir al Ayuntamiento de Villarrobledo proceda á la declaración de soldado del mozo Agapíto Plaza Velaz- qnez quinlo número 10 por el cupo do dicho pueblo, y que se hallaba preso el día dos de Mayo, y mientras tanto que se reclame la baja del suplente José Bo
nilla Domínguez.
10. Declarar escluido por inútil, prévio diclámen facultativo á Pedro Gil y VillaescQsa quinlo número 4 por el cu
po de Pozuelo.
11. Admitir la suslUucíon por cam
bio de número de Cristóbal Herreros Medrano qúinto número 3 por el cupo de La-Ginela con Antonio Pelegrin Ruiz disponiéndose que ingrese este en caja.
12. Declarar inútil para el servicio prévio diclámen facultativo á Doroteo
León y León quinto número 8 por ol oupo de Ossa de Monliel.
13. Que pase al Hospital pendiente de curación Luis Díaz Carretero quinto número 4 por el cupo de Ballestero en el año anterior de mil ochocientos sesen
ta y ocho.
14. Declarar escluido por inútil pró- vio dictámen facultativo á Pedro Villol- do Garrido quinto número 22 por el cu
po de Bonillo.
15. Prevenir al Avunlamiento de Tobarra proceda á la subasta de los efec
tos quedados por fallecimiento de Domin
go Ibañez para pago de las estancias causadas en el Hospital provincial.
16. Dirigir comunicación á la Dipu
tación de Madrid para que ingrese en aquella provincia por cuenta del cupo de su pueblo Carmelo Picazo López quinto número 25 de Tarazona.
17. Prevenir al Ayuntamiento de Ta
razona proceda á la inslruccicn de espe
diente de prófugo de Alfonso La Ossa Moya quinto número 20 por el cupo de dicho pueblo.
18. Declarar definitivamente soldado á Miguel Saez Gomfeia quinto número 20 por el cupo de Almansa.
19. Declarar escluido por inútil pré
vio dictámen facultativo á Fernando Portero Aroca quinlo número 3 por el cupo de Mahüia.
20. Declarar dcfinítivamenlo soldado á Alfonso Patricio Caballero quinto nú
mero 24 por el cupo de Tarazona.
21. Declarar inútil para el servicio prévio diclámen facultativo á Antonio Muñera Valiente quinto número 5 por el cupo de Bonete.
22. Declarar definitivamente soldado á Antonio Lozano Sahuquillo quinto nú
mero 5 por el cupo de La-GIneta.
23. Que ingrese en caja pendiente de Observación Juan Ramón Mora quin
to número 6 segunda série de Ossa de Montíel y prevenir al Ayuntamiento de dicho pueblo que amplíe la declaración de soldados.
24. Nomlrar al señor Diputado don Juan Montero voval de la junta do ren
tas de propifdades del Estado Je esta provincia.
fS e c o n tin u a rá ).
Alcaldía constitucional Balsa de Vés.
Don Antonio Reyes Pedron, Al
calde de la expresada villa.
Hago saber; Que terminada la relación de haberes para el impues
to personal de esta localidad y año de 1869 á 1870 se halla ex
puesta al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por término de ocho dias á contar desde el de a inserción de este anuncio en el Boletín oficial de la provincia, pa
ra que los comprendidos en aque- la puedan durante dicho plazo lacer las reclamaciones que crean oportunas con arreglo á lo preve
nido en la instrucción de 10 de Agosto último
Balsa de Vés 31 de Octubre de 1869.—Antonio Reyes Pedrón.
A Icaldia constitucional de Casas de Juan Nuñez
Don Ildefonso Royo, Alcalde consti
tucional de Casas do Juan Nuñez.
Hago saber: Que el reparlimienlo del impuesto personal de esta villa para el corriente año, se halla de ma
nifiesto en csla sala Capitular, por término de cinco dias contados- desde el en que aparezca este anuncio in seriado en el Bolclin oficial de la pro
vincia, para que examinado por los contribuyentes puedan en dicno tér
mino presentar las reclamaciones de agravio que juzguen convenionles.
Casas de Juan Nuñez I.” de Noviem
bre de 1869.—El Alcalde, Ildefonso Royo.—P. S. M., Paulino Perez, se
cretario.
Alcaldía constitucional de Corral rubio.
El Alcalde constitucional de esta villa.
Hace saber: Que está terminada la relación de contribuyentes’y ha
beres sugetos en este distrito mu
nicipal á la contribución de Im
puesto personal para el actual año económico; y ha acordado el Ayun
tamiento su exposición al público para oir de agravios, en la Secre
taría municipal por término de ocho dias contados desde hoy: pa
sado el cual se procederá á su rectificación, si el resultado de las reclamaciones lo hace nece
sario, y al señalamiento de cuo
tas á cada contribuyente.
Corral-rubio 31 de Octubre de 1869.^ E . A. A., Pedro Alcantud.
El Secretario, Juan José Guillen.
Alcaldía constitucional de Cenizate.
Don Facundo Plaza, Alcalde conslilu- cional de Cenizafe.
llago saber: Que hallándose va
cante la plaza de profesor de medi
cina y ciriijía de este pueblo, y j)ara inteligencia de los aspirantes se halla dotada con la canlidad de 200 escu
dos con destino por ia asistencia de las familias pobres los mismos que se hallan consignados en el presu- )i]Csto municipal del corriente año efectuando aquel pago por trimestres vencidos.
Además dicho funcionario, podrá contratar con ios demás vecinos del pueblo respecto á sus igualas, que es
tas se ha de entender para su recau
dación con los mismos interesados.
Lo que se publica en el Boletin de esta provincia para que llegue á co
nocimiento de los aspirantes que lle
gado el caso, de solicitar dicha pla
za, presenten .sus solicitudes en la Secretaría de este ayuntamiento en el término de 20 dias á contar desde el en que se le dé la publicidad en este periódico.
Ct’iiizalc 29 de Octubre de 1860.- Facundo Plaza —Joaquín Masip, Srio.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
Alcaldía constíliicioiial de Carcclén.
l'on Pascual Gómez Carríon, Al
calde constitucional de esta vi
lla de Carcelén.
Hago saber: Que instalada la jun
ta repartidora del impuesto perso
nal para el actual año económico los vecinos y hacendados foraste
ros presenten en la Secretaría de este Ayuntamiento en el preciso término de ocho dias contados des
de la publicación del presente anun
cio en el Holetin oficial de la pro
vincia las relaciones juradas pre
venidas en la instrucción de 10 de Agosto último; en la inteligencia rpie el ípie no lo verifique sufrirá las consecuencias á que haya lu
gar por su morosidad.
Carcelén l.® de Noviembre de 1809.—Pascual Gómez.—P. S. M., Andrés Pardo, Secretario.
Alcaldía consüliicional de La-Ginela.
Don Francisco Lozano Navarro, se
gundo Alcalde do osla villa de la (Jineta, eJcrcÍLMulo funciones por de
legación del pro¡)¡i'[ario.
Hago sabor: Que consliluida como se halla la jimia repartidora del im
puesto personal do. e.sla villa, que ha do regir en el año acluni, ha acor
dado que cu el término de odio dias á corilar desde el en que aparezca es
te amincio inserto en el ítolelin oficial de la provincia, lauto los vecinos cuanto los forasteros deben presentar en la secretaria de este Ayuntamien
to declaraciones juradas del haber dia
rio (pm disfruten, bien entendido que, los que d'-saliendau osla cscilacion su
frirán las consecuencias á que por su morosidad se hagan acreedores.
La fiineta 22 de Octubre de 1809.—
Ll Alcalde en funciones, Francisco Lozano.—P. S. M., Valeriano Mi
randa, secretario.
haberes diarios de los contribuyentes á la contribución del impuesto personal desde mañana y por término de ocho dias, se halla espuesta al público en la Secretaría del Ayuntamiento para que los mismos la examinen y puedan hacerlas reclamacio
nes que estimen justas, previniendo que pasado dicho término no se admitirán.
Monlealegre 5 de Noviembre de 18C9.- Florenlino Milla.—El Srio., Julián Na
varro.
Alcaldía conslitucional de lili Herrera.
Don José Martinci, Alcalde y Presi
dente de la Junta repartidora del Impuesto personal de osla villa de La Herrera.
Hago saber: Que hallándose ter
minada la relación de conlribuyentcs y haberes, siigelo á la contribución por Impueslo personal del presente año económico, se halla cspuesla al público, para desagravio de lOS con
tribuyentes, por término de ocho dias en la Secrelaría de esto ayuntamien
to, cortados desde este de la lecha trascurido el cual, se procederá al señalamiento de la ciiola correspon
diente á cada conlribuycnlc.
Lo que se hace saber al público conforme con lo ordenado en el ar
ticulo 54 de la Instrucción vigente.
La Herrera 29 do Octubre 3e 1869.
E. A. P-, José Martinez.—Por su mandado, José Ramírez, Secrctaiio.
Alcaldía constitucional de Montcalcgre.
Don Florentino Milla, Alcalde primero Constitucional de esta villa de Mou- lealegro. .
llago saber: Que habiendo concluido la Junta roparlidora la relación de los
Alcaldía constitucional de Valdeganga.
Se halla vacante la secretaria de este Ayuntamiento dotada con 400 es
cudos pagados por trimestres venci
dos, y lia de proveerse con arreglo á las prescripciones do la ley munici
pal vigente. Los aspirantes a ella po
drán presentar sus solicitudes en el término de un mes, á contar desde el dia en que aparezca este anuncio en el Boletín oficial de esta provincia.
Valdeganga 1.* de Noviembre de 1-869.—Él Alcalde, Francisco Gómez.
P. O., Florentino Villena, secretario interino.
Alcaldía constitucional de Vianos.
Don Manuel del Cerro, Alcalde se
gundo constitucional de esta vi
lla de Vianos, ejerciendo funcio
nes de 1.*
Hago saber: Que instalada la junta para formar el repartimien
to del impueslo personal de esta villa, para el presente año econó
mico, se previene á todos los con
tribuyentes en este distrito presen
ten en la secretaria de este ayunta
miento en el preciso término de ocho dias, contados desde la publi
cación de este anuncio en el Bole
tín oficial de la provincia, las rela
ciones juradas que previene el artí
culo 25 de la instrucción provisio
nal de 10 de Agosto último; en la inteligencia que los que no presen
ten dichas declaraciones, incurri
rán en las responsabilidades pre
venidas en dicha instrucción.
Vianos 28 de Octubre de 1869.
Manuel del Cerro.—P. S. M., Jesús Cádiz, secretario.
pender de los cargos que contra ellos resultan; pues si asi lo hi
cieren, les oiré admiuistrando jus
ticia y en otro caso, se sustan
ciará la causa en su ausencia y rebeldía parándoles el perjuicio que haya lugar.
Dado en Albacete á dos de No
viembre de mil ochocientos se
senta y nueve.—Pedro Hernán
dez.—Por su mandado, José Gar
cía.
Juzgado de primera
INSTANCIA DE ALBACETE.
Don Pedro Hernández, Juez de pri
mera instancia de esta ciudad y su partido.
Por el presente primer edic
to, cito, llamo y emplazo á Eusta
quio Molina y Muñoz, natural de las Labores, vecino de Herencia, casado, jornalero, de cuarenta y seis años y Esléban Sánchez Caba
llero, casado, labrador, de cuarenta y cinco años, natural y vecino de la Calzada de Calalrava, contra los cuales me hallo instruyendo cau
sa criminal de oficio, sobre que
brantamiento de condena, para que en el término de nueve dias contados desde la inserción de es
te edicto en el Boletín oficial de la provincia comparezcan perso
nalmente en este Juzgado á res-
Don Pedro Hernández, Juez de primera instancia de esta Ciudad y su partido.
Por el presente primer edicto, cito llamo y emplazo á unsugelo llamado al parecer José Rivas de estatura mediana, ojos pardos pequeños, color moreno, bar
ba y vigole negro, con una cicatriz en la parte izquierda deí cuello, de unos trein
ta y siete años de edad, contra el cual me hallo instruyendo causa crimíminal de oficio sobre hurlo de ropas, para que en el término da nueve dias, contados dps- de la Inserción de este edicto en la Gaceta de Madrid, comparezca personal
mente en este Juzgado á responder de los cargos que contra el resultan pues si asi lo hiciere le oiré administrando justicia y en otro caso, se sustanciará la causa en su ausencia y rebeldía parándole el perjui
cio que haya lugar
Dado en Albacete á cinco de Noviembre de mil ochocientos sesenta y nueve.—Pe
dro Hernández.=P. S. M. José García.
del fnsliíulo provincial y su p[so no
ble abierta de nueve de la mañana á dos de la tarde.
El pago se efectuará en dos pla
zas iguales uno al inscribirse y otro antes de los exámenes de fin de curso.
Murc'a t d e Noviembre de 1809.- E1 Secretario general, Gonzalo Baños López.
SECCION NO OFICIAL.
E n la imprenta de este periódico, Mayor 4'7, se hallan de venta pliegos rayados para el reparto del ¡nipueslo personal; ideni para el padrón de vecinos, y R E C I B O S PARA E L I M P U E S T O P E R S O Í Í A L , úl
timo modelo.
Habilitación de las cla
ses eclesiásticas.
Desde el dia de hoy queda abierto el pago á las clases eclesiásticas de esta provincia de la mensualidad de Setiembre último; y lo pongo en co
nocimiento do los participes para que inmediatamente proeuren hacer efectivo el cobro en la forma acos
tumbrada.
Albacete 5 de Noviembre de 1869.- E1 habililado, Pablo Medina,Pbro.
Universidad literaria
LIBRE DE MURCIA.
Autorizados debidamente por el Gobierno y Rector del distrito univer
sitario la Exema. Diputación provin
cial y Exemo. Ayuntamiento de la ca
pital para establecer en esta ciudad una Universidad libre, desde hoy l.“
de Noviembre al 15 del mismo, se abre la matrícula para las facultades de Filosofía y Letras y la de Ciencias en el período del Bachillerato, de Derecho Civil y Canónico y Adminis
trativo hasta la terminación de la li
cenciatura y la enseñanza superior del Notariado.
La Diputación y Ayuntamientos han resuello de común acuerdo, que los derechos de matricula sean los mismos que se. satisfacen en las Uni
versidades del Estado; por lo tanto en virtud del arl. 60 del Decreto de 2b de Octubre de 1868, se satisfarán 28 escudos por cada grupo de dos ó cuatro asignaturas en las facultades do Derecho; 24 escudos en la de Fi
losofía V Letras y la de Ciencias y 20 escudos en la” enseñanza superior del Notariado.
Si la matricula abrazase una asig
natura mas se abonarán 6 escudos, y si excediese de este número se debe
rán satisfacer los derechos completos á la inscripción de dos grupos.
El que solo se malricule en una asignatura abonará 6 escudos.
La ioscrpciion y pago de la matrí
cula se efectuará en la Secretaria de la Universidad que se halla en c! local
Desde primero de Noviembre se publicará en la Corte semanalmen
te un periódico de administración general de economía., Estadística y literatura titulado El Mzinicipio, constando cada número de 16 páginas de buen papel y esme
rada impresión;
Este periódico publicará artícu
los encaminados al desenvolvi
miento y mejora de los diferentes é importantes ramos que son de la especial administración delosAyun- tamientos; contestará á las consul
tas que se dirijan á la redacción para lo cual cuenta con letrados, y peritos en la ciencia de la ad
ministración pública: publicará las decisiones del Consejo de Estado que formen jurisprudencia afecta al municipio, el movimiento del personal de Alcaldes, Hegidores y Secretarios, el extracto de la par
te oficial de la Gaceta y discusio
nes de las Cortes, y el cuadro de servicios ordinarios y periódicos de los Ayuntamientos; dedicará una sección especialísima al estudio de la Estadística general y particular de España, base primera de la ciencia administrativa, y otra á lo mas selecto de tos escritos de los clásicos y modernos literatos españoles.
La sola enumeración de lo es- puesto índica la utilidad suma de este periódico para el público en general y para los Ayuntamientos en particular.
El precio de suscricion es de 24 reales trimestre en toda Españj an
ticipando uno por lo menos.
Las suscriciones y corresponden
cia administrativa se dirigirá al Administrador general don José Corrales y Osuna, calle de San Juan número 40, Madrid, pudién
dose hacer a(|uellas también en las principales librerías en metálico, libranzas y sellos de correos.
Las consultas se dirigirán al Director de El Municipio don José Joaquín Ribó, á las mismas señas.
ALBACETE.—1869. . lu ip reu tad c Sebastian Uulz.
Mayor, 47.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»