• No se han encontrado resultados

107a.2) Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión

In document Comunidad de Madrid UNION EUROPEA FEDER (página 111-113)

a.2.1) Descripción del tipo de acciones que se van a financiar y su contribución esperada a los Objetivos Específicos

PRIORIDAD DE INVERSIÓN

1.B. Fomento de la inversión por parte de las empresas en innovación e

investigación, desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas

El artículo 37 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 establece que los Fondos EIE pueden emplearse para apoyar instrumentos financieros dentro de un Programa Operativo. Por su parte, el artículo 38 establece que estos instrumentos financieros pueden ser creados a nivel de la Unión, gestionados directa o indirectamente por la Comisión.

El Programa Operativo FEDER de Madrid se propone integrar una parte de la ayuda asignada al objetivo temático 1, de hasta 75 millones de euros, en un Instrumento Financiero creado a nivel de la Unión Europea al amparo del artículo 38.1, letra a del referido Reglamento, en la medida en que éste puede contribuir de forma decidida a solventar los efectos negativos que la actual crisis económica y financiera está teniendo para la inversión en I+D+i en la Comunidad de Madrid, especialmente en el sector empresarial, e impulsar así estas actividades en la medida en que , para un parte importante de las empresas madrileñas, la innovación constituye el pilar fundamental de su estrategia de crecimiento.

La integración del Instrumento Financiero en el Programa Operativo FEDER Regional de la Comunidad de Madrid se hará al amparo de lo establecido en el artículo 120.7 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, el cual contempla la posibilidad de que en un Programa Operativo pueda establecerse un eje prioritario aparte con un porcentaje de cofinanciación de hasta el 100% con el fin de apoyar operaciones ejecutadas a través de los instrumentos financieros creados a nivel de la Unión y gestionados directa o indirectamente por la Comisión.

Esta integración deberá hacerse en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de la Comunidad de Madrid (RIS-3), y de acuerdo con los objetivos y los ámbitos de actuación contemplados por la misma: Ciencia (Nanociencia, materiales avanzados, tecnologías industriales y de espacio); Salud, Biotecnología, Agua y Alimentación; Energía, Medio ambiente y Transporte (incluida aeronáutica); y TIC.

Su configuración presenta importantes ventajas en términos de mayor sostenibilidad financiera y presupuestaria (ya que los recursos se quedan en la región y se reinvierten ampliando, así, el volumen de nuevos créditos al tejido productivo), efecto palanca y multiplicador (al favorecer e incentivar la participación del capital privado) y liquidez inicial para nuevas inversiones (puesto que permite obtener financiación antes de empezar el proyecto).

Los proyectos se centrarán, por lo tanto, en el ámbito de la “Ciencia Excelente”, así como del “Liderazgo Industrial”, destinado a acelerar el desarrollo de las tecnologías. Asimismo, se favorecerá el apoyo a proyectos que ofrezcan una respuesta eficaz a los “Retos Sociales” identificados en la estrategia Europa 2020, tales como la seguridad, la energía, el transporte, el cambio climático y el uso eficaz de los recursos, la salud y el envejecimiento, los métodos de producción respetuosos del medio ambiente y la gestión del territorio.

De esta forma, se contempla una amplia gama de medidas, tanto para reforzar la excelencia científica del Sistema Regional de I+D+i, como para apoyar a las actividades de investigación e

108 PRIORIDAD

DE INVERSIÓN

1.B. Fomento de la inversión por parte de las empresas en innovación e

investigación, desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas

innovación de las PYME, así como sus capacidades, a lo largo de las distintas fases del ciclo de innovación. Para ello, se dispondrán de diversos mecanismos de ayuda, tales como créditos, garantías o inversión en capital, tanto para actividades de investigación e innovación que requieran inversiones arriesgadas para llegar a término (mecanismo de deuda), como para cubrir el desarrollo y el crecimiento de las empresas innovadoras (mecanismo de capital riesgo).

Teniendo en cuenta lo anterior, las entidades beneficiarias finales de la financiación de deuda pueden ser entidades legales de cualquier tamaño que puedan solicitar crédito y devolver los fondos, en particular PYME y sociedades de pequeña y mediana capitalización con potencial para llevar a cabo innovaciones y crecer rápidamente; empresas de mediana capitalización y grandes empresas; Universidades e Institutos de Investigación; infraestructuras de investigación e infraestructuras de innovación; partenariados público-privados, entre otros.

Teniendo en cuenta el método de gestión de estos instrumentos de ingeniería financiera que se propone utilizar, en función de lo señalado en los artículos 37 y 38 del Reglamento (UE) 1303/2013, los indicadores y el Marco de Rendimiento de este eje serán establecidos con posterioridad por el BEI, en su calidad de Organismo en el que se confían las tareas de ejecución conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 b).i) del Reglamento (UE) 1303/2013, una vez se hayan acordado los términos del acuerdo necesario para llevar a cabo la ejecución de estos instrumentos.

a.2.2) Principios rectores para la selección de operaciones

De acuerdo con el artículo 125.3.a) del Reglamento (UE) nº 1303/2013, los criterios de selección de operaciones asegurarán la contribución de las operaciones al logro de los objetivos y resultados específicos de la prioridad, serán transparentes y no discriminatorios, y tendrán en cuenta los principios expuestos en los artículos 7 (promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación) y 8 (desarrollo sostenible) del mencionado Reglamento.

Las operaciones que se priorizarán serán las enmarcadas dentro de las siguientes áreas:

Ciencia Excelente, a través de proyectos que mejoren el nivel de excelencia en la ciencia básica y aseguren un flujo constante de investigación de calidad para garantizar la competitividad a largo plazo.

Liderazgo industrial, que impulsa proyectos orientados a acelerar el desarrollo de las tecnologías e innovaciones que sustentarán las empresas del futuro y ayudarán a las PYMEs innovadoras a convertirse en líderes mundiales.

Retos Sociales, que promueve proyectos de investigación e innovación en las siguientes materias:

109

In document Comunidad de Madrid UNION EUROPEA FEDER (página 111-113)