f.1 Clasificación y separación de instrumentos financieros:
Los instrumentos financieros se clasifican en el momento de su reconocimiento inicial como un activo financiero, un pasivo financiero o un ins- trumento de patrimonio, de conformidad con el fondo económico del acuerdo contractual y con las definiciones de activo financiero, pasivo finan- ciero o de instrumento de patrimonio.
El Grupo clasifica los instrumentos financieros en las diferentes categorías atendiendo a las carac- terísticas y a las intenciones de la Dirección en el momento de su reconocimiento inicial.
f.2 Principio de compensación:
Un activo financiero y un pasivo financiero son objeto de compensación sólo cuando el Gru- po tiene el derecho exigible de compensar los importes reconocidos, y tiene la intención de li- quidar la cantidad neta o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.
f.3 Categorías de activos financieros:
En la Nota 9 de las presentes cuentas anuales se muestran los saldos de los activos financieros en vigor a 31 de diciembre de 2013 y 2012, jun- to con su naturaleza específica, clasificados de acuerdo con los siguientes criterios:
- Préstamos y partidas a cobrar:
Son activos financieros no derivados con cobros fijos o determinables que no cotizan en un mer- cado activo.
Estos activos financieros se valoran inicialmente por su valor razonable, incluidos los costes de transacción que les sean directamente imputa- bles, y posteriormente a coste amortizado reco- nociendo los intereses devengados en función de su tipo de interés efectivo, entendido como el tipo de actualización que iguala el valor en li- bros del instrumento con la totalidad de sus flujos de efectivo estimados hasta su vencimiento. No obstante lo anterior, los créditos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año se valoran, tanto en el momento de reconoci- miento inicial como posteriormente, por su valor nominal siempre que el efecto de no actualizar los flujos no sea significativo.
Al menos al cierre del ejercicio, se efectúan las correcciones valorativas necesarias por deterioro de valor si existe evidencia objetiva de que no se cobrarán todos los importes que se adeudan. El importe de la pérdida por deterioro del valor es la diferencia entre el valor en libros del activo y el valor actual de los flujos de efectivo futuros estimados, descontados al tipo de interés efecti- vo en el momento de reconocimiento inicial. Las correcciones de valor, así como en su caso su reversión, se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias.
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Se incluyen en esta categoría los créditos man- tenidos con terceros por operaciones de rease- guro, así como con asegurados, dotándose en su caso, las oportunas provisiones por deterioro. En particular, el deterioro para primas pendientes de cobro se calcula separadamente para cada modalidad y está constituida por la parte de las primas de tarifa devengadas en el ejercicio que, previsiblemente, y de acuerdo con la experiencia de años anteriores, no vayan a ser cobradas. A efectos del cálculo de esta provisión no se consi- deran las primas devengadas que tengan consti- tuida provisión de seguros de vida minorándose, de las primas que se consideren, las comisiones imputadas a resultados y la provisión para primas no consumidas constituida sobre ellas, teniendo en cuenta, si procede, la incidencia del reasegu- ro. El cálculo se efectúa al cierre de cada ejerci- cio y se aplican los siguientes criterios:
Primas a asegurados no reclamadas judicialmen- te:
- Primas con antigüedad igual o superior a seis meses: se provisionan por el importe íntegro. - Primas con antigüedad igual o superior a tres
meses pero inferior a seis: se provisionan al 50%.
- Primas con antigüedad inferior a tres meses: se provisionan en función del coeficiente me- dio de anulaciones de los tres últimos ejerci- cios correspondiente a las primas pendientes de cobro de dicha antigüedad. En caso de no existir experiencia histórica de los tres últimos ejercicios estas provisiones se calculan como un 25% de las primas pendientes de cobro.
En el caso de fraccionamiento de primas, se con- siderará como antigüedad de todas las primas, emitidas o no, la correspondiente a la fracción impagada más antigua. De no haber existido im- pago de las fracciones de primas anteriores, para las pendientes de emitir se utilizará el coeficiente medio de anulaciones del Grupo del ejercicio. Las primas a asegurados reclamadas judicial- mente así como la provisión para insolvencias en relación con los saldos a cobrar a asegurado- res, reaseguradores, cedentes, coaseguradores y créditos no comerciales: se calcula en base a un análisis individualizado de las posibilidades de cobro a cada deudor.
- Inversiones mantenidas hasta el vencimiento:
Los activos financieros mantenidos hasta su ven- cimiento son valores representativos de deuda con cobros fijos o determinables y vencimiento fijo, que se negocien en un mercado activo y que la dirección del Grupo tiene la intención efectiva y la capacidad de mantener hasta su vencimien- to.
A 31 de diciembre de 2013 y 2012, el Grupo no ha clasificado ningún activo dentro de esta ca- tegoría.
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- Activos financieros mantenidos para negociar y otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias:
Tienen la consideración de activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pér- didas y ganancias todos aquellos activos man- tenidos para negociar que se adquieren con el propósito de venderse en el corto plazo o forman parte de una cartera de instrumentos identifica- dos y gestionados conjuntamente para obtener ganancias a corto plazo, así como los activos fi- nancieros que designa el Grupo en el momento del reconocimiento inicial para su inclusión en esta categoría por resultar en una información más relevante. Los derivados también se clasi- fican como mantenidos para negociar siempre que no sean un contrato de garantía financiera ni se hayan designado como instrumentos de co- bertura.
Estos activos financieros se valoran, tanto en el momento inicial como en valoraciones pos- teriores, por su valor razonable, imputando los cambios que se produzcan en dicho valor en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. Los costes de transacción directamente atribuibles a la adquisición se reconocen en la cuenta de pér- didas y ganancias del ejercicio.
- Activos financieros disponibles para la venta:
En esta categoría el Grupo incluye los valores representativos de deuda y los instrumentos de patrimonio que no se clasifican en ninguna de las categorías anteriores.
Los activos financieros disponibles para la venta se reconocen inicialmente al valor razonable más los costes de transacción directamente atribui- bles a la compra.
Con posterioridad al reconocimiento inicial, los activos financieros clasificados en esta catego- ría, se valoran a valor razonable, registrando los cambios que se produzcan directamente en el patrimonio neto hasta que el activo se enajene o deteriore, momento en que las pérdidas y ganan- cias acumuladas en el patrimonio neto se impu- tan a la cuenta de pérdidas y ganancias, siempre que sea posible determinar el mencionado valor razonable. En caso contrario, se registran por su coste menos pérdidas por deterioro del va- lor. Las pérdidas y ganancias que resulten por diferencias de cambio en activos financieros mo- netarios en moneda extranjera, se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias.
En el caso de los activos financieros disponibles para la venta, se efectúan correcciones valorati- vas si existe evidencia objetiva de que su valor se ha deteriorado como resultado de una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados futu- ros en el caso de instrumentos de deuda adquiri- dos o por la falta de recuperabilidad del valor en libros del activo en el caso de inversiones en ins- trumentos de patrimonio, evidenciada, por ejem- plo, por un descenso prolongado o significativo en su valor razonable.
La corrección valorativa es la diferencia entre su coste o coste amortizado menos, en su caso, cualquier corrección valorativa previamente reco- nocida en la cuenta de pérdidas y ganancias y el valor razonable en el momento en que se efectúe la valoración.
Si existe evidencia objetiva de deterioro, el Gru- po reconoce en la cuenta de pérdidas y ganan- cias las pérdidas acumuladas reconocidas pre- viamente en el patrimonio neto por disminución del valor razonable. Las pérdidas por deterioro del valor reconocidas en la cuenta de pérdidas y ganancias por instrumentos de patrimonio no se revierten a través de la cuenta de pérdidas y ganancias.
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- Activos mantenidos para la venta
En esta categoría se incluyen activos en los que su valor contable se recuperará fundamental- mente a través de su venta, en lugar de por su uso continuado, y siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) El activo ha de estar disponible en sus condi- ciones actuales para su venta inmediata, suje- to a los términos usuales y habituales para su venta; y
b) Su venta ha de ser altamente probable, por- que concurran las siguientes circunstancias: b.1) La entidad debe encontrarse compro-
metida por un plan para vender el ac- tivo y haber iniciado un programa para encontrar comprador y completar el plan.
b.2) La venta del activo debe negociarse activamente a un precio adecuado en relación con su valor razonable actual. b.3) Se espera completar la venta dentro
del año siguiente a la fecha de clasi- ficación del activo como mantenido para la venta, salvo que, por hechos o circunstancias fuera del control de la entidad, el plazo de venta se tenga que alargar y exista evidencia suficiente de que la entidad siga comprometida con el plan de disposición del activo. b.4) Las acciones para completar el plan
indiquen que es improbable que haya cambios significativos en el mismo o que vaya a ser retirado.
Los activos mantenidos para la venta se valorarán en el momento de su clasificación en esta cate- goría, por el menor de los dos importes siguien- tes: su valor contable y su valor razonable menos los costes de venta.
Para la determinación del valor contable en el mo- mento de la reclasificación, se determinará el de- terioro del valor en ese momento y se registrará, si procede, una corrección valorativa por deterio- ro de ese activo. Mientras un activo se clasifique como mantenido para la venta, no se amortizará, debiendo dotarse las oportunas correcciones va- lorativas de forma que el valor contable no exce- da el valor razonable menos los costes de venta. Cuando un activo deje de cumplir los requisitos para ser clasificado como mantenido para la ven- ta se reclasificará en la partida del balance que corresponda a su naturaleza y se valorará por el menor importe, en la fecha en que proceda la reclasificación, entre su valor contable anterior a su calificación como activo en venta, ajustado, si procede, por las amortizaciones y correcciones de valor que se hubiesen reconocido de no ha- berse clasificado como mantenido para la venta, y su importe recuperable, registrando cualquier diferencia en la partida de la cuenta de pérdidas y ganancias que corresponda a su naturaleza.
- Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
El efectivo y otros activos líquidos equivalentes incluyen el efectivo en caja y los depósitos ban- carios a la vista en entidades de crédito. También se incluyen bajo este concepto otras inversiones a corto plazo de gran liquidez siempre que sean fácilmente convertibles en importes determina- dos de efectivo y que estén sujetas a un riesgo insignificante de cambios de valor.
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f.4 Valor razonable de los instrumentos financieros:
Se entiende por valor razonable de un instrumen- to financiero en una fecha dada, el importe por el cual puede ser comprado o vendido entre un comprador y un vendedor interesados y debida- mente informados, en condiciones de indepen- dencia mutua.
Los valores razonables de las inversiones que cotizan se basan en precios de compra corrien- tes. Para aquellos activos financieros respecto de los cuales no exista un “mercado activo”, el valor razonable se obtendrá, en su caso, median- te la aplicación de modelos y técnicas de con- traste de valoración, fundamentalmente mediante métodos de descuento de flujos de efectivo a una tasa basada en el tipo de interés de mercado incorporando primas por riesgo de crédito y li- quidez de mercado, o valoración alternativa (Em- pleo de referencias a transacciones recientes en condiciones de independencia mutua entre las partes interesadas y debidamente informadas, si estuviesen disponibles o referencias al valor razonable de otros activos que sean sustancial- mente iguales).
En este sentido, y ateniéndose a lo establecido en la normativa vigente, se considera como mer- cado activo aquél en el que se den simultánea- mente las siguientes condiciones:
a) Los bienes o servicios intercambiados son homogéneos.
b) Pueden encontrarse prácticamente en cual- quier momento compradores o vendedores para un determinado bien o servicio.
c) Los precios son conocidos y fácilmente acce- sibles para el público. Estos precios, además, han de reflejar transacciones de mercado rea- les, actuales y producidas con regularidad.
f.5 Ajustes por correcciones de asimetrías contables
El Grupo registra en el Balance de Situación determinados ajustes con objeto de corregir las asimetrías surgidas como consecuencia de la va- loración diferente de los activos financieros y los compromisos de seguro asociados. Las pérdidas o ganancias correspondientes a dichos ajustes por asimetrías son reconocidas en la cuenta de resultados o en el patrimonio propio de forma si- métrica a los ajustes de valor razonable de los instrumentos financieros asociados (ver Nota 4.k).
f.6 Intereses:
Los intereses se reconocen por el método del tipo de interés efectivo.
f.7 Bajas de activos financieros:
Los activos financieros se dan de baja contable cuando los derechos a recibir flujos de efectivo relacionados con los mismos han vencido o se han transferido y el Grupo ha traspasado sustan- cialmente los riesgos y beneficios derivados de su titularidad.
En las transacciones en las que se registra la baja de un activo financiero en su totalidad, los activos financieros obtenidos o los pasivos finan- cieros, incluyendo los pasivos correspondientes a los servicios de administración incurridos, se registran a valor razonable.
La baja de un activo financiero en su totalidad im- plica el reconocimiento de resultados por la dife- rencia existente entre su valor contable y la suma de la contraprestación recibida, neta de gastos de la transacción, incluyéndose los activos obte- nidos o pasivos asumidos y cualquier pérdida o ganancia diferida en ingresos y gastos reconoci- dos en patrimonio neto.
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g) Pasivos financieros
Los instrumentos financieros emitidos, incurridos o asumidos se clasificarán como pasivos finan- cieros, en su totalidad o en una de sus partes, siempre que de acuerdo con su realidad econó- mica supongan para la empresa una obligación contractual, directa o indirecta, de entregar efec- tivo u otro activo financiero, o de intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente desfavorables, tal como un instrumento financiero que prevea su recompra obligatoria por parte del emisor, o que otorgue al tenedor el derecho a exigir al emisor su rescate en una fecha y por un importe deter- minado o determinable, o a recibir una remune- ración predeterminada siempre que haya benefi- cios distribuibles.
También se clasificará como un pasivo financie- ro, todo contrato que pueda ser o será, liquidado con los instrumentos de patrimonio propio de la empresa, siempre que obligue o pueda obligar, a entregar una cantidad variable de sus instrumen- tos de patrimonio propio.
El Grupo da de baja un pasivo financiero o una parte del mismo cuando ha cumplido con la obli- gación contenida en el pasivo o bien está legal- mente dispensada de la responsabilidad funda- mental contenida en el pasivo, ya sea en virtud de un proceso judicial o por el acreedor
- Débitos y partidas a pagar:
En esta categoría el Grupo incluye débitos por operaciones comerciales y débitos por operacio- nes no comerciales.
Estas deudas se reconocen inicialmente a su valor razonable ajustado por los costes de tran- sacción directamente imputables, registrándose posteriormente por su coste amortizado según el método del tipo de interés efectivo. Dicho interés efectivo es el tipo de actualización que iguala el valor en libros del instrumento con la corriente esperada de pagos futuros previstos hasta el vencimiento del pasivo.
No obstante lo anterior, los débitos por operacio- nes comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tienen un tipo de interés contrac- tual se valoran, tanto en el momento inicial como posteriormente, por su valor nominal cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.
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h) Derivados financieros
Los derivados financieros se valoran, tanto en el momento inicial como en valoraciones pos- teriores, por su valor razonable. El método para reconocer las pérdidas o ganancias resultantes depende de si el derivado se ha designado como instrumento de cobertura o no y, en su caso, del tipo de cobertura. El Grupo designa determina- dos derivados como:
- Cobertura de los flujos de efectivo: La par- te efectiva de cambios en el valor razonable de los derivados que se designan y califican como coberturas de flujos de efectivo se re- conocen transitoriamente en el patrimonio neto. Su imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias se realiza en los ejercicios en los que la operación cubierta prevista afecte al resultado, salvo que la cobertura correspon- da a una transacción prevista que termine en el reconocimiento de un activo o pasivo no financiero, en cuyo caso los importes regis- trados en el patrimonio neto se incluyen en el coste del activo cuando se adquiere o del pasivo cuando se asume.
La pérdida o ganancia relativa a la parte no efec- tiva se reconoce inmediatamente en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Los instrumentos de cobertura se valoran y re- gistran de acuerdo con su naturaleza en la me- dida en que no sean, o dejen de ser, coberturas eficaces.
En el caso de derivados que no se clasifican como de cobertura, las pérdidas y ganancias en el valor razonable de los mismos se reconocen inmediatamente en la cuenta de pérdidas y ga- nancias.