Transferencia de los Resultados Acumulados
AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLE
2.12. Activos Intangibles con Vidas Útiles Limitada
CAP. I CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VII CAP. VI SECC. I SECC. II
Por ejemplo
En el caso de los software, cuya vida es corta por el avance tecnologíco en el campo informático.
(d) La estabilidad de la industria en la que opere el activo o cambios en la demanda de mercado para los productos fabricados o servicios fabricados con el activo en cues- tión.
(e) La competencia. Por ejemplo, si una compañia produce la totalidad de un artículo y aparece un competidor con pro- ductos similares pero a precios más económicos. Es posible que recorte el período de vida útil de un intangible.
(f) Niveles necesarios desembolsos por mantenimiento para corregir beneficios futuros.
(g) El período en que se mantiene el control, tales como térmi- nos de contrato, fechas de caducidad.
(h) Si la vida útil depende de las vidas útiles de otros activos de propiedad de la empresa.
La vida útil de un activo intangible sustentada por contrato o de otros derechos legales, no excederá el período del contrato o de los derechos legales, pero puede ser inferior. En caso que los con- tratos u otros derechos legales han establecido la posibilidad de prórroga, la vida útil incluirá también el período de renovación por el entidad sin un costo significativo.
Por ejemplo
Modelo de utilidad, que legalmente tiene un vida útil de 10 años. El importe de un activo intangible de vida útil finita, se distribuirá sobre una base sistemática a lo largo de la vida útil.
El inicio de la amortización será cuando el activo intangible esté disponible para ser usado, es decir que se encuentra en la ubica- ción y condiciones necesarias para que pueda operar de acuerdo a lo previsto por la gerencia.
La amortización finalizará en lo sea primero: - cuando sea dado de baja el activo, o
- cuando esté disponible para la venta (NIIF 5)
Por ejemplo
CAP. IV CAP. III CAP. II CAP. I CAP. VII CAP. VI CAP. V SECC. II SECC. I
La entidad elegirá el método de amortización tomando en cuenta el patrón de consumo de los beneficios económicos esperados y deben aplicarse uniformemente, salvo que se produzcan cambios en los patrones esperados de consumo de dichos beneficios espe- rados.
El cargo por amortización del período se reconocerá en el resulta- do del ejercicio, excepto cuando se incluya en el costo de otro activo; por ejemplo, la amortización de una fórmula que se inclui- rá en el costo del producto.
2.12.2 Valor Residual
Según la NIC 38 - Intangibles, existe la presunción que el valor de un activo intangible es nulo excepto que:
(a) exista el compromiso, por parte de un tercero, para comprar el activo al final de su vida útil.
(b) Existe un mercado activo para el activo intangible, y ade- más:
(i) pueda determinarse el valor residual con referencia a este mercado, y
(ii) sea probable que ese mercado subsista al final de la vida útil del activo intangible.
2.12.3 Revisión de la Tasa de Amortización y el Método de Amor-
tización
• Deben ser revisados, por lo menos, al final de cada ejercicio económico.
• Si la nueva vida útil esperada para el activo es significativamente diferente de las estimaciones previamen- te efectuadas, el período de amortización debe cambiarse para reflejar esta variación.
• Si el patrón previsto para los beneficios económicos que se espera producirá el activo, ha tenido un cambio significati- vo, dicho método de amortización tendrá que cambiarse. • Estos cambios se registrarán según lo establecido en la
NIC 8.
Ver casos prácticos 21 y 22.
2.12.2. Valor Residual
2.12.3. Revisión de la Tasa de Amortización y el Método de Amor- tización
CAP. I CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VII CAP. VI SECC. I SECC. II AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLE
Empresa «La Moderna» adquiere a compañía Ingeniería y Sistemas un Software Contable denominado Contab Virtual por el valor de S/. 10,000 más 19% de IGV. El citado programa informático tiene una vida útil estimada de cuatro años, el cuál será instalado en las computadoras de la Oficina de Contabilidad con un costo de S/. 600 más 19% de IGV por el servicio técnico.
¿ Cuál es el tratamiento contable aplicable ? Software Contable Adquisición 10,000 IGV 19 % 1,900 ————— 11,900 CASO PRACTICO N.º 21 - Instalación de Software 34 INTANGIBLES 340 Programas Informáticos 10,000 (cuenta sugerida)
40 TRIBUTOS POR PAGAR
4011 IGV por Pagar 1,900
42 PROVEEDORES
421 Facturas por Pagar 11,900
———— ———— 11,900 11,900 ————————————— 1 ————————————— Debe Haber Servicio Técnico 600 IGV 19% 114 ————— 714
CAP. IV CAP. III CAP. II CAP. I CAP. VII CAP. VI CAP. V SECC. II SECC. I 34 INTANGIBLES 340 Programas Informáticos 600
40 TRIBUTOS POR PAGAR
4011 IGV por Pagar 114
42 PROVEEDORES
421 Facturas por Pagar 714
———— ————
714 714
————————————— 1 ————————————— Debe Haber
- Cancelación de Obligación
- Amortización del Período
(10,600: 4 años = S/. 2,650)
42 PROVEEDORES
421 Facturas por Pagar 12,614
10 CAJA Y BANCOS
104 Cuentas Corrientes 12,614
————————————— 3 ————————————— Debe Haber
68 PROVISIONES DEL EJERCICIO
682 Amortización de Intangibles 2,650
39 DEPRECIACION Y AMORTIZACIÓN ACUMULADA
394 Amortización de Intangibles 2,650
CAP. I CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VII CAP. VI SECC. I SECC. II Notas
a) Los programas informativos que no constituyen parte integrante del bien tan- gible – en este caso de la computadora- serán tratados como activos intangibles, conforme a lo estipulado por la NIC 38 Intangibles.
b) La amortización del Software contable será tratada de manera independiente a la vida útil estimada al bien tangible en el cual se encuentra instalado. d) De existir discrepancia de criterio entre la norma contable y la norma tributaria
del Impuesto a la Renta que regula la determinación de la utilidad imponible, respecto a la amortización imputable como gasto, se aplicará la NIC 12 Im- puesto a la Renta por la diferencia temporal que podría dar a lugar.
d) El asiento por destino de la provisión del ejercicio será debitando a la cuenta específica creada en la Clase 9 de la Contabilidad Analítica teniendo como contrapartida la cuenta 791.