Son partes en el Acuerdo Plurilateral sobre Contratación Pública de 1994 los siguientes Miembros de la OMC: el Canadá; las Comunidades Europeas y sus 15 Estados miembros; Corea; los Estados Unidos; Hong Kong, China; Israel; el Japón; Liechtenstein; Noruega; el Reino de los Países Bajos respecto de Aruba; Singapur y Suiza. Veintiún Miembros de la OMC tienen la condición de observador: Argentina, Australia, Bulgaria, Camerún, Colombia, Croacia, Chile, Eslovenia, Estonia, Georgia, Islandia, Jordania, Letonia, Mongolia, Omán, Panamá, Polonia, la República Checa, la República Kirguisa, la República Eslovaca y Turquía. También tienen la condición de observador tres países que no son miembros de la OMC, Lituania, el Taipei Chino y Moldova, y tres organizaciones intergubernamentales, el CCI, el FMI y la OCDE. De conformidad con una decisión del Comité, de 29 de septiembre de 2000, Islandia podrá adherirse al Acuerdo sobre la base de las condiciones adjuntas a esa Decisión (GPA/43). Bulgaria, Estonia, Jordania, Letonia, Panamá, la República Kirguisa y el Taipei Chino están negociando actualmente su adhesión al Acuerdo.
En 2000, además de examinar la legislación de contratación pública de la Comunidad Europea y Suiza en 1999, el Comité ultimó los exámenes de la legislación del Canadá; Corea; Hong Kong, China; y Noruega. Se notificó asimismo la legislación nacional de aplicación de los Estados Unidos, Israel, Liechtenstein, Japón y Singapur.
Desde febrero de 1997, el Comité ha venido llevando a cabo las tareas relativas a las negociaciones previstas en el párrafo 7 del artículo XXIV del Acuerdo que abarcan, en particular, los siguientes elementos: simplificación y mejora del Acuerdo, incluso, cuando procede, de la adaptación a los adelantos en el sector de la tecnología de la información; ampliación del ámbito de aplicación del Acuerdo; y eliminación de las medidas o prácticas discriminatorias que distorsionan la contratación pública. Tras acordar un calendario y un programa de trabajo, las partes prosiguieron activamente sus consultas en 2000 sobre la base de una nota informal donde figuraban los diversos proyectos de texto propuestos por varias partes para modificar artículos del Acuerdo. Uno de los objetivos de las negociaciones es la ampliación del número de participantes en el Acuerdo haciéndolo más accesible para los países que no son partes. Se ha invitado a los Miembros de la OMC que no son partes en el Acuerdo y a los demás gobiernos que tienen reconocida la condición de observador a participar en los trabajos.
A continuación se indican otras cuestiones examinadas por el Comité durante el período de que se trata: comunicación de estadísticas y notificación de las cifras de umbral en las monedas nacionales, modificaciones de los Apéndices del Acuerdo y distribución de esos Apéndices mediante un sistema de hojas amovibles en el sitio sobre contratación pública de la página de presentación de la OMC en Internet (http://www.wto.org/govt/loose.htm).
Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles
Este Acuerdo entró en vigor el 1ode enero de 1980.
Al 1ode febrero de 2001 el Acuerdo tenía 27 signatarios: Alemania, Austria, Bélgica,
Bulgaria, Canadá, Comunidades Europeas, Dinamarca, Egipto, España, Estados Unidos, Francia, Georgia, Grecia, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Macao, Malta, Noruega, Portugal, Reino Unido, Rumania, Suecia y Suiza. Los Miembros de la OMC que tienen la condición de observador en el Comité son: Argentina, Australia, Bangladesh, Brasil, Camerún, Colombia, la República Checa, Estonia, Finlandia, Gabón, Ghana, India, Indonesia, Israel, Corea, Mauricio, Nigeria, Polonia, Singapur, la República Eslovaca, Sri Lanka, Trinidad y Tabago, Túnez y Turquía. También tienen la condición de observador en el Comité China, la Federación de Rusia, el Taipei Chino y Arabia Saudita, así como el FMI y la UNCTAD.
El Acuerdo suprime todos los derechos de aduana y demás cargas que se perciban sobre la importación de productos destinados a ser utilizados en una aeronave civil y sobre las reparaciones de las aeronaves civiles, los consolida a nivel cero y obliga a los Signatarios a aceptar un sistema de administración aduanera basado en el uso final o adaptar en ese sentido su sistema aduanero. El Acuerdo prohíbe a los Signatarios obligar a los compradores a adquirir las aeronaves civiles de una fuente determinada o ejercer sobre ellos presiones a tal efecto, y estipula que los compradores de aeronaves civiles deberán poder elegir libremente a los proveedores sobre la base de factores comerciales y tecnológicos. El Acuerdo regula la participación de los Signatarios en programas relativos a las aeronaves civiles y la concesión por ellos de apoyo a esos programas, y además les prohíbe exigir o estimular a las entidades regionales o locales y a las instituciones no gubernamentales a que adopten medidas que sean incompatibles con las disposiciones del Acuerdo. Aunque el Acuerdo forma parte del Acuerdo sobre la OMC, sigue estando fuera del marco de la OMC.
Durante las reuniones celebradas por el Comité de Comercio de Aeronaves Civiles en 2000, el Comité volvió a examinar la situación del Acuerdo en el marco de la OMC, sin embargo los Signatarios siguieron sin estar en condiciones de adoptar el proyecto de Protocolo por el que se rectificaba el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles elaborado por el Presidente en abril de 1999. Con todo, estimaron que resultaba útil que el Comité siguiera examinando esta cuestión a fin de lograr progresos.
El Comité también examinó el proyecto de revisión del Protocolo (2000) por el que se modifica el Anexo del Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles relativo a la actualización de partidas del Sistema Armonizado (SA) en relación con el SA de 1996, y la ampliación del número de productos que figuran en el Anexo relativo a los productos comprendidos con el objeto de incluir “los simuladores de mantenimiento en tierra”. En relación con la ampliación de la cobertura, el Comité examinó la propuesta de enmienda del párrafo 1 del artículo 1 del Acuerdo presentada por un Signatario. Aunque los Signatarios no estaban en condiciones de aprobar formalmente el Protocolo (2000) por el que se modifica el Anexo al Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles, ni de aprobar la enmienda al párrafo 1 del artículo 1 del Acuerdo, el Comité decidió instar a los Signatarios a otorgar de forma provisional el trato de franquicia arancelaria a los artículos incluidos en la propuesta de Anexo relativo a los productos comprendidos que figuraba en el documento
TCA/W/5/Rev.3 de la OMC, entre ellos, los simuladores de mantenimiento en tierra. Además, los Signatarios acordaron pedir a la Secretaría que elaborara, para someterlo al examen de los Signatarios, un nuevo proyecto de revisión del Anexo relativo a los productos
comprendidos donde figuraran los cambios introducidos en el SA que entrarían en vigor el 1ode enero de 2002.
En 2000, el Comité examinó asimismo, entre otras cuestiones, el reglamento de las Comunidades Europeas sobre emisiones sonoras de los motores de las aeronaves, la certificación en Europa de las aeronaves civiles de los Estados Unidos, la ayuda estatal al desarrollo de grandes aeronaves civiles y las ayudas a la industria aeronáutica belga. Se recordó a los Signatarios que debían actualizar la información relativa a la información civil y militar con fines aduaneros, y el Comité examinó el sistema de administración aduanera basado en el “uso final” de varios Signatarios, con inclusión de la propuesta de un Signatario relativa a la distinción entre aeronaves “civiles” y “militares” sobre la base de una certificación inicial. El Comité también examinó la utilidad de la comunicación de estadísticas comerciales por los Signatarios.
PARTE II
I. Cooperación técnica
Durante 2000 se realizaron diversas actividades significativas: i) el 26 de junio se celebró un seminario sobre la aplicación de los Acuerdos de la OMC; ii) el 18 y el 19 de julio fueron dos días de reflexión sobre la cuestión de la cooperación técnica; iii) el 21 de octubre se celebró un seminario sobre pequeñas economías bajo los auspicios del Comité de Comercio y Desarrollo; y iv) los días 13 a 15 de noviembre se organizó en Libreville una Conferencia Ministerial africana sobre la OMC. El seminario sobre la aplicación de los Acuerdos de la OMC adoptó la forma de una serie de grupos especiales donde se trataron las siguientes cuestiones: las perspectivas de política respecto de la aplicación; los aspectos prácticos de la aplicación, en particular respecto de los ADPIC; la valoración en aduana y las MIC; y las dificultades con que se enfrentan los países en desarrollo al tratar de hacer valer sus derechos en el marco de la OMC. El propósito de los dos días de reflexión sobre la cooperación técnica era revisar las actividades de cooperación técnica de la OMC a la luz de sus objetivos y las necesidades de creación de capacidad en relación con los Acuerdos de la OMC, y también hacer una aportación constructiva a los debates del propio Comité de Comercio y Desarrollo. En el seminario sobre pequeñas economías, que se consideraba parte de la Semana de Ginebra para los Miembros sin representación permanente en esa ciudad y para los observadores de la OMC, se abordaron dos cuestiones fundamentales: la naturaleza de los problemas de las pequeñas economías y sus posibles soluciones. En la reunión de Libreville, los Ministros africanos reiteraron su apoyo a la OMC y al sistema multilateral de comercio.
Durante el año objeto de examen, la División de Cooperación Técnica elaboró un documento estratégico sobre la cooperación técnica de la OMC que aporta información sobre la gran variedad de cuestiones que se abordan en las actividades de cooperación técnica de la OMC en general, y en particular en el plano de los países. Con el generoso
apoyo del Gobierno del Reino Unido, que aportó una contribución extrapresupuestaria, se contrató a un experto en evaluación para crear un mecanismo de supervisión y evaluación de las actividades de asistencia técnica. También se preparó una Guía para uso del personal de la Secretaría encargado de las actividades de asistencia técnica. Esas iniciativas se presentaron en los documentos WT/COMTD/W/73 y WT/COMTD/W/74, ambos de fecha 21 de junio de 2000.
Otro acontecimiento importante del año 2000 fue la aprobación por el Consejo General del aumento del presupuesto de cooperación técnica en 1,5 millones de francos suizos para el ejercicio presupuestario correspondiente a 2001. En noviembre de 2000, la Secretaría produjo un CD-ROM y una copia en papel de una “Guía de las fuentes de asistencia técnica relacionada con el comercio”. Además del objetivo inmediato de ofrecer una única fuente de referencia a los posibles beneficiarios de ese tipo de asistencia, la Guía también debería resultar útil para asegurar la coordinación y cooperación adecuadas entre los proveedores de asistencia técnica. La Guía contiene cuatro capítulos: en el primero se explican las
principales características de la asistencia técnica de la OMC; en el segundo se identifican los programas conjuntos en los que participa la OMC; y en los dos restantes se identifican otras fuentes de asistencia técnica relacionada con el comercio, clasificadas en los siguientes apartados: organizaciones multilaterales, organizaciones regionales y asistencia bilateral.
Para facilitar la consulta rápida de los distintos Acuerdos de la OMC a los delegados durante la Conferencia Ministerial africana celebrada en Libreville en noviembre de 2000, la Secretaría preparó una sinopsis de todos los Acuerdos de la OMC. Delegados asistentes a la Conferencia apreciaron mucho y fue uno de los principales elementos del éxito de la reunión. También durante 2000 se establecieron 27 nuevos Centros de referencias de la OMC, principalmente en organizaciones regionales y subregionales. Ahora existen en total 95 Centros. Entre las actividades de seguimiento cabe citar la renovación y/o la compra de equipo informático y de accesorios de computadora para algunos países menos adelantados de África. Una encuesta realizada en mayo de 2000 para evaluar el funcionamiento y la eficacia de los Centros de referencias aportó datos útiles para la planificación trienal de la asistencia técnica a dichos Centros.