ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN A LA CONTAMINACIÓN Y ESCASES DEL AGUA
Artículo 19.- La Comisión en coordinación con las autoridades de ecología promoverá la utilización racional y eficiente del agua, y el reúso de las aguas
10) El agua es una necesidad humana y no un derecho humano.
Los defensores de la visión comunal de los recursos hídricos argumentan que la relación de las personas con el agua ha sido desde tiempos inmemoriales la de un derecho natural”179
De lo anterior se infiere que la problemática de las privatizaciones, es que obtienen considerables ganancias para unos cuentos en cortos periodos de tiempo, derivados de que los contratos y los marcos jurídicos que las regulan, que por lo general tienden a adolecer de un control exhaustivo estatal que afecta su calidad; los sistemas mixtos de operación tienen la debilidad de que las partes no se encuentran en igualdad de circunstancias en cuanto a información y capacidades para desarrollar los servicios, además de que el sector privado, generalmente, exige altos beneficios para ellos acosta de generar perjuicios para los que no tiene para pagar los servicios y suministro del agua.
Por lo que en ese sentido se deduce o concluye que:
“[…] a menudo han estrangulado a las autoridades y empresas de servicios públicas mediante la negación del acceso a recursos financieros necesarios para invertir en la renovación y extensión de la infraestructura de servicios. Aún más, en ciertos casos analizados en este estudio, la evidencia muestra que muchas veces los créditos (deuda pública) y los fondos de ayuda concedidos a los países menos desarrollados se otorgaron bajo la condición de que los gobiernos aceptaran la privatización o la concesión de los servicios
a empresas privadas, a menudo contra la voluntad del gobierno o de la autoridad pertinente”180
“[…] En otro estudio realizado sobre el mismo tema se concluye que no existe una diferencia sistemática significativa entre los operadores públicos y privados del sector del agua en términos de eficiencia y que la creencia en la superioridad del sector privado y las últimas privatizaciones ha causado que se ignoren opciones del sector público que tienden a tener una mayor viabilidad; además de que el costo de este tipo de políticas arroja un saldo negativo en aspectos sociales, económicos y políticos”181
4.7. Un nuevo marco normativo como alternativa de solución al problema del agua
Alternativas o propuestas de solución a la problemática de la contaminación del agua y su escases en algunas partes del país, en lo específico en el Estado de México, puede haber infinidad de posibles soluciones, pero no muchas ciertas ni precisas, pero hace falta voluntad política para poder llevarlas a cabo y con un resultado real, ya que en la actualidad el agua se ha convertido en una bandera política de proselitismo electoral, como ya paso en las elecciones de Gobernador en las elecciones del 3 de julio del 2011 en el Estado de México. Por lo que fuera de eso se requiere implementar políticas, que beneficien el abastecimiento del agua, quizá el factor más determinante son los recursos con los que cuentan los gobiernos para abordar los problemas. Pero lo más importante es la participación directa de los involucrados, dando nuevas soluciones para la escasez del agua y planteando los problemas que comúnmente viven las sociedades, en la búsqueda de soluciones al problema de escases de agua en México, es importante tomar en cuenta la determinación de políticas que establece el gobierno, pues ante ello se dará una solución que beneficie a la sociedad.
Para estar en posibilidad de cumplir con el derecho al acceso al agua el Estado, debe adoptar mecanismos políticos y jurídicos necesarios para lograr el pleno ejercicio de ese derecho ese derecho; jurídicos, mediante la aplicación de leyes en lo que se abarquen todos los aspectos del derecho al agua, estableciendo la obligación de examinar la legislación ya existente y enmendar aquellas disposiciones no congruentes con las exigencias derivadas de las necesidades actuales basándose en la normatividad y los principios de derechos humanos como un principio a nivel mundial.
Las políticas del agua que se deben de establecer, entre otras, son: la adopción de estrategias y planes de acción para que el recurso sea asequible a todos y las obligaciones señaladas para los Estados, definiendo y fijando objetivos claros, metas y los plazos para lograrlos, con propuestas adecuadas que incluyan indicadores y niveles de referencia, las cuales deberán, además, respetar los principios de no discriminación y participación popular, basarse en los principios de rendición de cuentas, transparencia en el que la iniciativa privada y la sociedad civil conozcan y tengan en cuenta la importancia del derecho al agua; como un objetivo primordial de la política del agua es sobre todo, erradicar la corrupción que dentro de esos organismos, comisiones, entes administrativos o dependencias, en donde se ha penetrado y consecuente perjudicado el desarrollo y crecimiento de los mismos, obstaculizando el concluir los planes que se han definido, cuyo perjuicio impacta en la sociedad, pudiendo generar, sin exagerar, la sociedad del riesgo ante lo diversos intereses planteados por sus integrantes.
4.7.1. Aplicación del derecho al agua en el plano nacional
El problema que se ha dado en torno a la escasez, contaminación, suministro, costo del agua, se ha convertido en un problema mundial, no solo nacional, tan es así que se le a tildado al agua con la connotación del oro azul, porque la perspectiva de ese problema y derivado de la teoría de la sociedad del riesgo se puede convertir el motivo de las próximas guerras mundiales o revoluciones en los países; por lo anterior se requiere de la implementación de estrategias y de una política sustentable de gestión de agua en México, que contemplen los aspectos técnicos, económicos y políticos, ya que es un problema cuya solución es prioritaria.
Por lo que se considera indispensable el establecimiento de una legislación, en el que se incluya la participación de los organismos, comisiones, dependencias y por el propio Estado, en sus tres niveles de Gobierno, es decir Federal, Estatal o Municipal, y cuando menos se establezcan las metas a alcanzar y los plazos para su consecución, las cuales deberán ser acordes a las realidad de las necesidades que se presentan en las sociedades; los medios a utilizarse para alcanzar los fines perseguidos, deben de ser los idóneos para el fin que se propone; la participación permanente y conjunta entre la sociedad civil, la iniciativa privada y las organizaciones de carácter público; las
instituciones responsables que se encargarán del proceso desde su inicio hasta su conclusión de las metas fijadas y planes; los procedimientos y alternativas jurídicas de reparación de daño y de recursos para casos de violación a este derecho, en los que sea una autoridad imparcial y que busque la justicia social.
Además de estos requisitos, deben establecerse una serie acciones que también garanticen los derechos humanos al agua, cuya importancia sea la de otorgar una participación general y consciente de la sociedad, en el que se le haga saber su catálogo de derechos que tienen como lo son:
“1) El derecho a la información respecto a las actividades gubernamentales en materia de agua y salud.
2) El derecho a participar en la toma de decisiones en los asuntos relativos al