2. OBJETIVO, ÁMBITO Y METODOLOGÍA
3.3. FORMAS DE GESTIÓN SU EFICACIA
3.3.5. RECAUDACIÓN
3.3.5.1. ANÁLISIS GLOBAL DE LA GESTIÓN RECAUDATORIA
La información contenida en este capítulo, así como la recogida en los cuadros 116 a 120 y 137 a 147 del anexo estadístico, procede de los datos facilitados por la Intervención General de la CM, concordantes con la Cuenta de Gestión de los Tributos Cedidos, aprobada por el Consejero de Economía y Hacienda de la CM el 24 de abril de 2015 y rendida a la Intervención General de la Administración del Estado, y con el estado de recaudación de presupuestos de ingresos de la CM.
Asimismo, finalizado el proceso de cierre contable y de acuerdo con los datos facilitados por la DGTM, recogidos en la aplicación informática Subsistemas de Operaciones Extrapresupuestarias (SUEX), en el presente informe se incorporan los datos referentes a las partidas pendientes de aplicación.
2. Evolución de la gestión recaudatoria.
La situación global de la gestión recaudatoria en el período analizado es la que se desprende de los siguientes datos, cuyo desglose se encuentra en los cuadros nº. 116 y 117:
Gestión recaudatoria global (Miles €)
Derechos 2013 2014 % de variación Derechos pendientes de cobro a fin del año anterior 1.057.944 1.085.756 2,6 Rectificaciones 765 38 -95,0 Derechos pendientes de cobro líquidos 1.058.709 1.085.794 2,6 Derechos contraídos 1.690.784 1.695.874 0,3 Derechos anulados 150.411 158.907 5,6 Derechos líquidos 2.599.082 2.622.761 0,9 Derechos cancelados 1.513.326 1.583.556 4,6 Derechos pendientes de cobro a fin de año 1.085.756 1.039.205 -4,3
Las magnitudes básicas de la gestión recaudatoria pueden apreciarse en su conjunto en los cuadros siguientes:
RELACIÓN ENTRE DERECHOS ANULADOS Y TOTAL DE DERECHOS CONTRAÍDOS MÁS PENDIENTE DE COBRO LÍQUIDO
2013 2014
DERECHOS ANULADOS / DERECHOS CONTRAÍDOS MÁS PENDIENTE DE COBRO LÍQUIDO 5,5 5,7
La relación entre los derechos anulados y el total de derechos contraídos más pendiente de cobro líquido (cuadro nº 116), que permite deducir el grado de incidencias en los procesos gestores y recaudatorios, representa un 5,7%, porcentaje que refleja un incremento del 0,2% respecto al 5,5% alcanzado en 2013.
RELACIÓN ENTRE RECAUDACIÓN APLICADA LÍQUIDA Y DERECHOS CONTRAÍDOS LÍQUIDOS
2013 2014
RECAUDACIÓN APLICADA LÍQUIDA / DERECHOS CONTRAIDOS LÍQUIDOS 54,1 56,6
La relación entre derechos contraídos líquidos o derechos reconocidos (incluye derechos pendientes de cobro a fin del año anterior, más/menos rectificaciones, más derechos contraídos del ejercicio corriente, menos derechos anulados) y recaudación aplicada líquida (derechos recaudados en el ejercicio menos devoluciones) se sitúa, tal y como el cuadro adjunto refleja, en el 56,6% incrementándose respecto del ejercicio anterior que alcanzó el 54,3%.
DERECHOS RECONOCIDOS Y CANCELACIÓN DE DERECHOS
DERECHOS CONTRAÍDOS LÍQUIDOS DERECHOS LÍQUIDOS DERECHOS PENDIENTES DE COBRO A FIN DE AÑO DERECHOS RECAUDADOS BAJAS POR INSOLVENCIA BAJAS POR PRESCRIPCIÓN OTRAS BAJAS DERECHOS LÍQUIDOS CANCELADOS 2.622.761 1.560.453 18.082 5.021 0 1.583.556 1.039.205
El importe de las bajas por insolvencia y otras causas, (cuadro nº117), aumentó hasta los 18.082 miles de euros, suponiendo un 1,1% de los derechos cancelados en el ejercicio, frente al 0,8% de 2013.
Por su parte, las bajas por prescripción se situaron en 5.021 miles de euros, un 0,3% de los derechos cancelados (0,1 en 2013).
3. Análisis global del pendiente de cobro a fin de año.
El volumen global de los derechos pendientes de cobro a 31 de diciembre de 2014 (cuadro nº 117) ascienden al importe de 1.039.205 miles de euros. Respecto del total de derechos contraídos líquidos en 2014, 2.622.761 miles de euros, suponen una proporción del 39,6%, inferior a la del ejercicio anterior que fue del 41,8%.
EVOLUCIÓN DEL PENDIENTE DE COBRO
2012 / IMPORTE 2013 / IMPORTE % 2013/2012 2014 / IMPORTE % 2014/2013
1.057.944 1.085.756 2,6 1.039.205 -4,3
La evolución de los derechos pendientes de cobro en 2014 (cuadro nºs 116 y 117) muestra un descenso global de 46.551 miles de euros (4,3% de decremento entre el volumen inicial y el final), con unas variaciones porcentuales del 2,6% en 2013 sobre el pendiente de 2012, evolución general positiva respecto del ejercicio anterior. En relación con esta variación, hay que tener en cuenta la evolución de los derechos contraídos líquidos durante el ejercicio, que se han incrementado en un 0,9% respecto a 2013, así como el aumento en la anulación de derechos respecto al ejercicio anterior (un 5,6%) La relación entre pendiente de cobro a fin de año (1.039.205 miles de euros) y los derechos contraídos líquidos (2.622.761 miles de euros) se sitúa en el 39,6% (41,8% en 2013).
SITUACIÓN DEL IMPORTE PENDIENTE DE COBRO A FIN DE AÑO
DERECHOS PENDIENTES DE COBRO A FIN DE AÑO
APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS
SUSPENSIONES RESTO VOLUNTARIA EJECUTIVA
1.039.205 88.588 1.197 807.980 141.440
De los derechos pendientes de cobro a fin de año (cuadro nº 119), que ascienden al total de 1.039.205 miles de euros, el importe total aplazado o fraccionado alcanza 89.785 miles de euros, el 8,6% (8,5% en voluntaria y 0,1% en ejecutiva).
El importe total suspendido de los derechos pendientes de cobro alcanza 807.980 miles de euros, un 77,7%. Entre las principales causas de suspensión están: solicitud de
tasación pericial contradictoria, procedimiento concursal y por reclamación económico- administrativa o recurso contencioso-administrativo.
En conjunto, del total pendiente de cobro a fin de año, un 8,6% se encuentra aplazado o fraccionado, un 77,7% suspendido y un 13,6% corresponde al resto de situaciones. 4. Incidencia de aplazamientos y fraccionamientos.
Los derechos pendientes de cobro líquidos del inicio de 2014 fueron 1.085.794 miles de euros, los derechos contraídos en 2014 fueron 1.695.874 miles de euros, ascendiendo el total de derechos contraídos a 2.781.668 miles de euros. Los derechos anulados importaron 158.907 miles de euros, ascendiendo en consecuencia los derechos contraídos líquidos a 2.622.761 miles de euros. Los derechos aplazados o fraccionados, a final del ejercicio 2014, ascendían a 89.785 miles de euros, que es el 3,23% de los derechos contraídos totales del ejercicio y el 3,42% de los derechos contraídos líquidos. 3.3.5.2. LA RECAUDACIÓN EN PERÍODO VOLUNTARIO
1. Eficacia del proceso de recaudación en el período voluntario.
La eficacia del proceso de recaudación en voluntaria puede deducirse, estimativamente, por la diferencia entre los derechos pendientes de cobro a fin de 2014 (cuadro nº 117) y la ejecutiva pendiente de cobro a fin de año (cuadro nº 133). En el caso de la CM se sitúa en 838.044 miles de euros, dato que no revela, a grandes rasgos, problemas de acumulación en dicha fase recaudatoria dado el volumen de los contraídos anuales, y que es inferior en un 4,8% a la registrada en el ejercicio anterior (880.083 miles de euros). En definitiva, de dichos datos puede deducirse la incidencia de fraccionamientos, aplazamientos, suspensiones o pendencias de apremio (vid. cuadro nº 119). A su vez la relación entre recaudación aplicada líquida y derechos reconocidos líquidos, que se sitúa en el 56,6%, permite corroborar dicha situación (vid. 3.3.5.1.2.).
Los procedimientos de notificación se encuentran normalizados, efectuándose mayoritariamente a través de la aplicación Sistema de Información y Control de Envíos Registrados (SICER) y, en determinados supuestos (cuando la deuda está a punto de prescribir; la cuantía de la misma es elevada; existe especial interés de la notificación; si la situación del sujeto pasivo así lo aconseja, etc.), través de agente notificador (cuando el domicilio está ubicado en la ciudad de Madrid), por medio de dos funcionarios de la CM, o bien por correo certificado, a través del Servicio de Correos (cuando el domicilio está ubicado fuera de la ciudad de Madrid). La notificación se realiza al domicilio indicado en la autoliquidación y, si resulta desconocido el domicilio, se intenta buscar un nuevo domicilio en la base de datos de la AEAT, notificando al mismo. Si en la primera notificación el interesado consta como ausente, se intenta una segunda notificación, y, en caso de que el contribuyente no pueda ser localizado, se le envía una carta sin acuse de
recibo, avisando de que tiene una notificación pendiente y que se va a proceder a su publicación en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Este trámite permite recoger la notificación en las oficinas de la DGTM antes de que sea realizada la notificación por comparecencia, a través de la publicación en el BOCM, que se realiza los días 5 y 20 de cada mes.
Las notificaciones realizadas en 2014 por la Subdirección General de Gestión Tributaria fueron 11.032 por correo (incluyendo segundos intentos), con un tiempo medio de notificación de 17 días, 1.415 mediante agente notificador, con un tiempo medio de notificación de 2 días, 76.542 a través de SICER, con un tiempo medio de notificación de 11 días, y 14.048 a través del BOCM, alcanzando el total de 103.037 notificaciones. Por otra parte, del examen de las aplicaciones y listados derivados de las mismas no se aprecian demoras en el proceso notificador.
2. Reembolso del coste de garantías y avales.
No se aprecian limitaciones al alcance en la información facilitada por la CM referida a la gestión de los reembolsos de los costes de las garantías abonados en la suspensión de la ejecución de deudas tributarias declaradas improcedentes, que se lleva en 3 subdirecciones de la DGTM, S.G. de Gestión Tributaria, S.G. de Inspección de los Tributos y S.G. de Recaudación, acumulándose posteriormente los datos suministrados por las mismas, y que se resume en el cuadro nº 121.
Durante la visita se constató que la modificación del dato de importe de pendiente a fin del ejercicio 2013, realizada por la CM, pasando de 944 a 929 miles de euros a inicios de 2014, se había producido como consecuencia de un error en los datos proporcionados por S.G. de Inspección de los Tributos en el año 2013. Asimismo, tras la comprobación realizada de los datos facilitados, la CM corrigió el dato del importe, tanto en las solicitudes resueltas como en las pendientes del año 2014, pasando respectivamente de 1.824 a 1.979 miles de euros y de 1.039 a 884 miles de euros.
A fecha fin de ejercicio, las solicitudes pendientes ascendían a 87 por valor de 884 miles de euros (96 en 2013 por valor de 929 miles de euros), suponiendo una disminución del 9,4% en número y de un 4,8% en importe.
3.3.5.3. LA RECAUDACIÓN EN PERÍODO EJECUTIVO 1. Comprobación de datos estadísticos.
No se aprecian limitaciones al alcance en la información facilitada por la CM referida al presente epígrafe.
Los datos correspondientes a la recaudación en período ejecutivo se obtienen fundamentalmente de la Aplicación de Recaudación Ejecutiva Autonómica (AREA),
operativa desde 2010, además de una serie de listados y bases de datos auxiliares, desarrolladas en entorno de la aplicación Access, para el control de la anulación de providencias de apremio, devolución de ingresos indebidos y reembolso del coste de garantías. Asimismo, los recursos contra actos de gestión recaudatoria se gestionan y controlan a través de la aplicación Recurso de Reposición contra Vía Apremio (REPO). Los datos facilitados en los partes estadísticos, que se refieren exclusivamente a tributos cedidos, han sido verificados de conformidad, si bien hay que realizar las siguientes precisiones:
- Los importes de las providencias de apremio incluyen el recargo de apremio. La aplicación informática que se utiliza para hacer las estadísticas de anulaciones no permite hacer la separación entre el importe principal y el recargo de apremio y, por coherencia, se ofrece la información de las deudas con recargo incluido.
- Las datas por ingresos incluyen el principal y el recargo de apremio, pero no incluyen los intereses por aplazamiento.
- Las datas por ingresos parciales son objeto de reflejo en las columnas de importes pero no en la del número de providencias de apremio.
Por otro lado, el dato de recursos pendientes del ejercicio 2013, tanto contra las providencias de apremio como contra el resto de actos del procedimiento recaudatorio, ha sido modificado, pasando los interpuestos contra las providencias de 390 a 392 y los interpuestos contra el resto de actos de 35 a 33, debido a un error de calificación del objeto al dar de alta los expedientes en REPO.
2. Análisis del proceso de expedición de providencias de apremio.
GESTIÓN DE PROVIDENCIAS DE APREMIO
EXPEDIDAS ANULADAS % ANULADAS / % NÚMERO EXPEDIDAS NÚMERO IMPORTE NÚMERO IMPORTE 2013 2014
22.090 122.756 1.229 43.812 4,0 5,6
Durante 2014 (Cuadro nº 122) fueron dictadas en el ámbito de la CA 22.090 providencias de apremio, por un importe total de 122.756 miles de euros, lo que supone, respecto al ejercicio anterior, una disminución del 19,7% en su número y un descenso del 18,2% en el importe. Del total, 15.285. providencias, por importe de 97.608 miles de euros, proceden de liquidaciones originadas en la OG, 69,2% de la emitidas y 79,5% del importe total, correspondiendo las restantes a expedientes iniciados en las OOLL.
Por conceptos tributarios, en cuanto a número e importe, destacan las relativas al ITPAJD, 19.392 providencias (87,8% de las expedidas en 2014 y el 88,3% de las de 2013), por un importe de 68.600 miles de euros (el 55,9% del cargo anual en 2014 y el 59,1% en 2013), y al ISD, 2.636 providencias (11,9% de las expedidas en 2014 y 11,3% de las de 2013), con un importe de 53.335 miles de euros, constituyen el 43,4% del cargo anual (40,3% en 2012).
Las providencias anuladas durante el ejercicio fueron 1.229, por importe de 43.812 miles de euros, con un incremento de las anulaciones del 11,4% en el número y, sin embargo, un descenso del 19,6% en el importe respecto a las anulaciones realizadas durante 2013. Del total, 780 providencias, por importe de 35.525 miles de euros (670 providencias por importe de 45.083 miles de euros en 2013), corresponden a expedientes tramitados por la OG, 63,5% del total de anulaciones y 81,1% del importe, correspondiendo las restantes a providencias procedentes de las OOLL.
Con relación a los importes de las providencias de apremio expedidas durante el ejercicio, las anulaciones significaron el 35,7% para el conjunto de la CA (36,3% en 2013), el 36,4% en el caso de la OG y el 33,0% en las Liquidadoras.
La relación entre las providencias anuladas y las expedidas es baja en número pero no en importe, del 5,6% en número y del 35,7% en importe (4,0% en número y 36,3% en importe en 2013), lo que no constituye un obstáculo para la agilidad de la gestión recaudatoria. En cualquier caso, son las resoluciones o sentencias la causa fundamental de las anulaciones.
El paso de voluntaria a ejecutiva no es automático. No obstante, pese a que no existen sistemas o medios de control o supervisión para evitar que arbitrariamente relaciones certificadas de deudores no se providencien de apremio o pasen a ejecutiva, existe un control indirecto. El proceso de voluntaria a ejecutiva se inicia, tras el transcurso de 60 días aproximadamente desde la finalización del plazo de pago en período voluntario. Aquellas deudas tributarias que no están pagadas, cuya identificación y control se lleva a cabo a través de la aplicación informática GATA, se remiten mensualmente a la S.G. de Recaudación para que sean expedidas las correspondientes providencias de apremio. Consiguientemente, si en un mes no se recibiesen certificaciones de deudas para providenciarlas de apremio, la S.G. de Recaudación actuaría para que se procediese a su remisión.
3. Recursos contra actos de gestión recaudatoria.
Durante el ejercicio tuvieron entrada un total de 1.015 recursos interpuestos contra actos de gestión recaudatoria en relación con los tributos cedidos (814 contra las providencias de apremio y 201 contra el resto de actos del procedimiento recaudatorio), 186 menos que en ejercicio precedente. Fueron tramitados 975, encontrándose pendientes a fecha
fin de ejercicio 465, cifra un 9,4% superior a la de los existentes a 1 de enero. El índice de demora en su resolución fue superior al del ejercicio anterior, situándose en el 5,7 meses (4,3 meses en el ejercicio anterior).
La relación entre los recursos interpuestos y las providencias expedidas en el ejercicio se situó en el 4,6% (4,4% en el ejercicio anterior).
Fueron estimados, total o parcialmente, 167 recursos, un 17,1% del total de los 975 tramitados (16,2% en 2013).
Las causas fundamentales de los recursos son las admisibles en el art. 167.3 de la Ley 58/2003, de 27 de diciembre, General Tributaria, contra la providencia de apremio (notificaciones no practicadas, suspensiones no comunicadas, etc.). Por otra parte, las causas de los recursos contra el resto de actos de procedimiento recaudatorio son el incumplimiento de las normas del procedimiento de embargo o la falta de notificación de la providencia.
4. Organización del servicio de recaudación ejecutiva.
Como se ha comentado en otro apartado de este informe, en febrero de 2014 se cambió el rango de servicio a subdirección para los servicios de recaudación ejecutiva, lo que produjo a su vez una modificación en las denominaciones de los servicios existentes hasta entonces pero no en cuanto a su funcionamiento.
Por lo demás, no se han producido cambios significativos en las funciones desarrolladas. Cabe recordar que la recaudación ejecutiva de las deudas tributarias en la CM se gestiona directamente por sus servicios de recaudación.
La gestión de la recaudación ejecutiva se desarrolla con la aplicación AREA (Aplicación de Recaudación Ejecutiva Autonómica). A pesar de que existe desde 2010 refundiendo otras que le precedían, aún convive con módulos que no están incluidos, como el de recursos y suspensiones, que se desarrolla en una aplicación denominada REPO cuya integración en AREA parece altamente recomendable con el fin de disponer de toda la información relativa a los procedimientos de recaudación ejecutiva.
2.013 2.014 Variación % 2.013 2.014 Variación % 2.013 2.014 Variación % 2.013 2.014 Variación % Madrid 412 425 3,2 1.201 1.015 -15,5 1.188 975 -17,9 425 465 9,4
Recursos contra actos de gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma
Comunidad Autónoma
Los sistemas informáticos de la CM realizan con los derechos pendientes de cobro que van a pasar a ejecutiva una preasignación que supone excluir, en principio, aquellas deudas en las que el sujeto pasivo tiene el domicilio social fuera, pues necesariamente las deberá gestionar la AEAT, y aquéllas que tienen un importe inferior a 6 euros, así como las deudas que lleven asociadas garantías, las que tienen un importe superior a 50.000 euros, las de deudores cuyo NIF no esté recogido en la base de datos de la AEAT (menores de edad, extranjeros sin NIE, ayuntamientos, etc.), las de contribuyentes fallecidos, las que procedan de un fraccionamiento, salvo que el deudor tenga su domicilio fuera de la comunidad y aquéllas de contribuyentes en relación con las que se hubieran gestionado otras anteriormente por la comunidad. El resto de providencias quedaría asignado a la AEAT junto con las deudas de fuera de la comunidad. De esta forma, la asignación previa excluye aquéllas que no deben pasar a ejecutiva o las que deben pasar directamente a la AEAT para su cobro. Para el resto, existe un grado de discrecionalidad en la decisión de si van a ser gestionadas por los servicios de la Subdirección General de Recaudación o por la AEAT. La decisión depende fundamentalmente de la disponibilidad y de la capacidad de los recursos existentes para poder gestionar las providencias de apremio en cada momento. Con la implantación de procesos de embargo masivos en la aplicación AREA, el Servicio de Recaudación ha visto incrementado notablemente el número de expedientes gestionados.
En los últimos años el porcentaje de gestión que se reserva la CM de forma directa ha ido aumentando, mientras se ve reducido la parte que se envía a la AEAT.
5. Gestión recaudatoria en ejecutiva desarrollada.
La gestión ejecutiva realizada en el ejercicio analizado se resume en los siguientes datos (cuadros nºs. 130 a 135):
De
actividad acumul.De demoraDe Importe en miles € 205.673 78.944 83.456 201.161 29,3 97,8 28,9
Servicios propios 187.051 59.471 53.651 192.871 21,8 103,1 43,1
Convenio con la AEAT 18.622 19.473 29.805 8.290 78,2 44,5 3,3
Número de providencias 64.630 20.861 24.522 60.969 28,7 94,3 29,8
Servicios propios 23.418 17.015 11.555 28.878 28,6 123,3 30,0
Convenio con la AEAT 41.212 3.846 12.967 32.091 28,8 77,9 29,7
Gestión de recaudación ejecutiva
Conforme a los mismos y a la información que figura en los cuadros nºs. 130 a 135, son aspectos a destacar los siguientes:
- El cargo pendiente de cobro a final del ejercicio es de 60.969 providencias por importe de 201.161 miles de euros. Ha disminuido en un 5,7% el pendiente inicial en número y un 2,2% en importe. Al final del año, el índice de demora global era de 29,8 meses en número (26,7 en 2013) y 28,9 meses en importe (38,1 en 2013). - El cargo bruto del año ha sido de 22.090 providencias, por importe 122.756 miles
de euros, con una disminución del 19,7% en número y del 18,2% en importe con respecto al ejercicio anterior. El cargo bruto a la gestión directa de la CM ha sido de 17.765 providencias, por importe de 97.622 miles de euros, y el realizado a la AEAT ha sido de 4.325 providencias, por importe de 25.134 miles de euros.
GESTIÓN RECAUDATORIA EN EJECUTIVA. IMPORTE DEL CARGO (miles €)
PENDIENTE DE COBRO EN FIN AÑO
ANTERIOR CARGADAS EN EL AÑO CARGO BRUTO ACUMULADO BAJAS DE
LIQUIDACIÓN CARGO NETO
CA 187.051 97.622 284.673 38.151 246.522 AEAT 18.622 25.134 43.756 5.661 38.095 TOTAL 205.673 122.756 328.429 43.812 284.617
- Las bajas de liquidaciones han sido 1.229 (1.103 en 2013) por importe de 43.812 miles de euros (54.470 miles de euros en 2013), con una significación de sólo el 1,4% en número pero de un más relevante 13,3% en importe sobre el cargo bruto acumulado. Ha de indicarse que la reducción de estas bajas está asociada directamente con la mejora de la calidad de la gestión y su menor conflictividad y que redunda en una mayor fluidez del proceso recaudatorio. Se han producido 479 bajas de liquidación en el cargo a la AEAT (543 en 2013) por importe de 5.661 miles de euros (6.140 miles de euros en 2013).
- Las datas totales del ejercicio comprenden 24.522 providencias (29.099 en 2013),