del Compromiso de Mejoramiento (ACCM) del Proceso No. 58.
Tomando en cuenta el Informe de revisión del 3er. Informe de Avance de Cumplimiento del Compromiso de Mejoramiento (ACCM), así como el insumo técnico del área técnica del SINAES.
A. Aprobar el 3er. Informe de Avance de Cumplimiento del Compromiso de Mejoramiento (ACCM) del Proceso No. 58.
B. Dar por conocido y aprobado el Informe del Revisor del 3er. Avance de Cumplimiento del Compromiso de Mejoramiento (ACCM) del Proceso No. 58 C. Enviar a la carrera el Informe del Revisor del 3er. Informe de Avance de
Cumplimiento del Compromiso de Mejoramiento (ACCM) del Proceso No. 58. D. Mantener la condición de carrera acreditada.
E. Manifestar a la Universidad, la complacencia del Consejo por los importantes esfuerzos realizados por la carrera para dar cumplimiento a las acciones previstas en el Compromiso de Mejoramiento y mantener su compromiso con la mejora continua.
Artículo 5. Análisis del Informe del Revisor del Compromiso de Mejoramiento
(CM) y de la Decisión de Acreditación del Proceso No. 58; en el marco del Proceso de Acreditación Experimental con la Red Iberoamericana para la Acreditación de la Calidad de la Educación Superior (RIACES).
Considerando
1. Que esta carrera se presenta al proceso de evaluación externa promovido por el SINAES en el marco de la armonización de criterios realizada por RIACES, cuyo proceso presenta las siguientes características:
a. Durante los años 2006-07 la Red Iberoamericana de Agencias de Acreditación, organizó los talleres para la Armonización de Criterios Regionales, con el propósito de avanzar en procesos de acreditación regional y fortalecer las actividades de agencias en cada país.
b. En la Asamblea de RIACES de marzo de 2008 se decidió realizar una experiencia Regional de acreditación que comprendiera en principio las titulaciones de Medicina y Agronomía. Para ello se designó una Coordinación técnica de RIACES y se diseñaron instrumentos y procedimientos comunes a todas las agencias, quedando la implementación de estos acuerdos a cargo de la (agencia nacional miembro de RIACES, correspondiente).
c. La carrera de Ciencias Agrícolas de la Universidad EARTH se presentó voluntariamente a este proceso regional experimental.
d. La carrera fue visitada por un comité de tres pares de alto nivel internacional y nacional (uno por el país donde se desarrolla la carrera y dos de otros países), acompañados de personal técnico de la agencia del país. En el caso de esta experiencia regional los expertos fueron seleccionados entre los participantes en los Talleres Internacionales de Armonización del perfil de graduación y criterios de calidad de su disciplina
e. Los pares trabajaron con los instrumentos diseñados por RIACES sobre el informe de autoevaluación presentado por la carrera, analizando y argumentando acerca del cumplimiento o satisfacción de los criterios armonizados y el perfil del egresado acordado en los talleres de armonización entre las agencias integrantes de la RED.
f. El informe de los pares, fue remitido a la carrera para que realizará las observaciones que considerará oportunas y elaborará a partir de sus
propias debilidades y de las detectadas por los pares, el Compromiso de Mejoramiento.
2. El Compromiso de Mejoramiento (CM) presentado por la carrera, el Informe de revisión de dicho Compromiso y el Insumo Técnico presentado por el área técnica del SINAES y considerando.
a. La acreditación de la carrera vence en noviembre del 2010.
b. A la luz de los compromisos adquiridos por la carrera en el Compromiso de Mejoramiento estudiado; de su alto y permanente compromiso con la calidad y su compromiso con SINAES al participar voluntariamente en el proceso de acreditación promovido por RIACES.
c. La alta calidad académica de la carrera de Ciencias Agrícolas de la Universidad EARTH, la cual se ha hecho evidente, no sólo en su trabajo con SINAES, sino también a lo largo del proceso de la evaluación promovida en el marco del proyecto de acreditación de RIACES.
3. Que la carrera de Ciencias Agrícolas de la Universidad EARTH cumple con el Perfil de Egreso y los Criterios Armonizados acordados por las agencias participantes en RIACES para esta Experiencia Regional y con el Modelo de Evaluación con fines de Acreditacion del SINAES.
SE ACUERDA
A. Reacreditar la carrera de Licenciatura en Ciencias Agrícolas de la Universidad EARTH, por un período de seis años a partir de la fecha en que se toma este acuerdo. El vencimiento de la acreditación se prevé para el 8 de abril de 2016. B. Manifestar a la Universidad la complacencia por este resultado, fruto de su
compromiso con la calidad y del esfuerzo permanente que lleva a cabo por mejorarla. El SINAES considera importante para la formación de profesionales en ciencias agrícolas y para la educación superior costarricense, contar con instituciones de enseñanza que muestren una capacidad de mejoramiento continuo.
C. Comunicar a la Universidad algunas condiciones que se consideran de importancia para continuar con el proceso de mejoramiento y asegurar un nivel de calidad acorde con los criterios y estándares establecidos por el SINAES, a saber:
1. El cumplimiento del compromiso de mejoramiento, será uno de los principales aspectos que los pares evaluadores tomarán en cuenta en el proceso de evaluación para reacreditación.
2. Tres meses antes del vencimiento del periodo establecido en el punto A, la institución deberá solicitar una nueva acreditación y presentar su informe de autoevaluación. Si la documentación anexa a la solicitud se ha presentado completa y en el tiempo establecido, la vigencia de esta acreditación se extiende hasta que se realice el proceso y se resuelva al respecto.
3. La condición de acreditación otorgada se rige por las normas y procedimientos del SINAES, conforme al Manual de Acreditación vigente.
D. Transcribir a la universidad los artículos del Manual de Acreditación que la afectan durante la vigencia de la acreditación:
Capítulo III, punto 7.4: “El SINAES se reserva el derecho de revaluar o revocar la acreditación si se producen cambios que alteren adversamente las condiciones en las cuales se acreditó la carrera, o si existe un incumplimiento comprobado de los Compromisos de mejoramiento”.
Capítulo IV, punto 6.4: “Cualquier modificación al título, al plan de estudios o a otros componentes curriculares, que se haga durante el período de vigencia de la acreditación, deberá ser comunicada al SINAES para que se pueda realizar la comprobación de que la acreditación sigue vigente.”
Lo expuesto en este inciso debe ser interpretado de acuerdo con lo establecido en el artículo No. 7 de la sesión 507 del Consejo del SINAES en el cual se expone lo siguiente:
“…los posibles cambios en el plan de estudios que hubieren sido incluidos en el Compromiso de Mejoramiento de la carrera persiguen, por definición de éste, el fortalecimiento de la calidad y no su deterioro. En ese contexto, dada la norma de temporalidad vigente, el SINAES requeriría tan sólo confirmar, según los procedimientos usuales para el seguimiento de ese Compromiso, que los cambios propuestos efectivamente responden a éste o que constituyen transformaciones que elevan o fortalecen la calidad…”
“…si existieran cambios al plan de estudios y una vez que sean propuestos – si estos representan una modificación superior al 30% indicado y no obedecieran a propuestas incluidas en el Compromiso de Mejoramiento – el Consejo del SINAES estará en la mejor disposición de recibir a las correspondientes autoridades de carrera y de universidad, con el fin de conocer en detalle la propuesta de cambio y poder así enriquecer, mediante el diálogo directo, el criterio de este órgano colegiado…”
E. Instar a la Universidad a que informe al SINAES, sobre aquellas metas nuevas que desarrollen y que potencian su quehacer; las cuales no necesariamente se encuentran en el Compromiso de Mejoramiento acordado. Estas acciones de
calidad, pueden ser retomadas y divulgadas por el SINAES como procesos de buenas prácticas, hacia otras instituciones adherentes al Sistema.
F. Informar a la comunidad nacional e internacional que la reacreditación de esta carrera se da en el marco de un proceso regional de armonización de criterios. G. Toda comunicación que haga referencia a la acreditación de esta carrera debe
cumplir con el Reglamento para el uso de sellos, emblemas y denominación del SINAES.
H. Proponer que la actividad para la entrega de certificado de acreditación se realice en la Universidad en las fechas que se establezcan de común acuerdo entre el SINAES y la carrera.