En los autos y constancias de la causa penal número 361/2011, que se instruye en contra de 1) HAZUR KIRPAL SAMOS FRANCO (O) HAZUR KIPAL SAMOS FRANCO, por el DELITO CONTRA LA SALUD en su modalidad de NARCOMENUDEO, en la variante de COMERCIO AGRAVADO, EN SU CONNOTACION DE VENTA DEL NARCOTICO DENOMINADO CANNABIS (O) MARIHUANA denunciado por el ciudadano RAUL ALEJANDRO NUÑEZ TRACONIS, Agente de la Policía Ministerial del Estado, ; y 2) ARELY RUBI CONCHA SOSA (O) ARELI RUBI CONCHA SOSA, por el DELITO CONTRA LA SALUD en su modalidad de NARCOMENUDEO, en la variante de COMERCIO AGRAVADO, EN SU CONNOTACION DE COMPRA DEL NARCOTICO DENOMINADO CANNABIS (O) MARIHUANA denunciado por el citado NUÑEZ TRACONIS e imputado por la Representación Social; el Juez del conocimiento ha dictado un acuerdo que dice literalmente lo siguiente: --- “JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.- Mérida, Yucatán, a 5 cinco de noviembre de 2015 dos mil quince.--- VISTOS: Se tienen por recibidos: a) de la licenciada en derecho Ángela Jiménez Juárez, la entonces defensora pública de ARELI RUBI CONCHA SOSA (O) ARELY RUBI CONCHA SOSA, el memorial de fecha 20 veinte de mayo de 2013 dos mil trece y recibido en la Secretaría de este Juzgado en esa propia
fecha, con el que informa que la propia madre de la procesada desconoce el paradero de ésta por lo que no le es posible proporcionar su domicilio actual y agrega que se desiste de las diligencias de careos que instó entre su citada defendida con los agentes captores Raúl Alejandro Núñez Traconis y José Alonso Méndez Marrufo a fin de que no se retrase el proceso que se instruye a su coacusado HAZUR KIRPAL SAMOS FRANCO (O) HAZUR KIPAL SAMOS FRANCO; b) del procesado HAZUR KIRPAL SAMOS FRANCO (O) HAZUR KIPAL SAMOS FRANCO, el memorial de fecha 3 tres de noviembre de 2015 dos mil quince y recibido en la secretaría del juzgado el mismo día, por medio del cual en síntesis manifiesta que señala como nuevo domicilio para oír y recibir notificaciones relativas a este asunto el predio número 573 quinientos setenta y tres de la calle 68 sesenta y ocho por 75 setenta y cinco y 77 setenta y siete del centro de esta ciudad; y c) del procesado HAZUR KIRPAL SAMOS FRANCO (O) HAZUR KIPAL SAMOS FRANCO y su defensora, quien lo es la licenciada en derecho Noemí Candelaria Jiménez Pérez, el memorial de fecha 12 doce de marzo de 2012 dos mil doce (sic) y recibido en la secretaría del juzgado el 3 tres de noviembre de 2015 dos mil quince, por medio del cual se desisten de la prueba testimonial de descargo de Zeily Alejandra Peña Correa; con fundamento en el numeral 189 ciento ochenta y nueve del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado, agréguense los memoriales de cuenta a sus antecedentes para todos los efectos legales que correspondan. --- En primer lugar, en atención a lo manifestado por la licenciada en derecho Ángela Jiménez Juárez, entonces defensora pública de ARELI RUBI CONCHA SOSA (O) ARELY RUBI CONCHA SOSA, en su memorial de fecha 20 veinte de mayo de 2013 dos mil trece, en el sentido de que no le es posible proporcionar el domicilio actual de su referida defendida y por cuanto hasta la presente fecha no se cuenta con el domicilio de aquella, con apoyo en el numeral 77 setenta y siete del Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado, se ordena la localización y búsqueda de su domicilio, en tal virtud, líbrense los oficios correspondientes al Director de la Policia Ministerial Investigadora del Estado y al Vocal Ejecutivo del Registro Federal de Electores, a fin de que el primero de ellos designe personal a su mando para ubicar el paradero de aquello, cuyo resultado deberá informar en el termino de 5 cinco días hábiles y para que el segundo en ese mismo término comunique si en los archivos de dicha dependencia obra el domicilio de aquella. --- En segundo lugar, se tiene por presentado el desistimiento propuesto por la defensora de las pruebas de careos entre la citada Concha Sosa con los agentes captores Raúl Alejandro Núñez Traconis y José Alonso Méndez Marrufo, mismo del que deberá darse vista a la citada indiciada por el termino de cinco días a fin de que manifieste si esta anuente o no con dicho desistimiento. Empero, como se cuenta con el domicilio de ésta, notifíquese este acuerdo por medio de edictos publicados en términos de ley, en el Diario Oficial del Gobierno del Estado. --- En otro orden de ideas, para todos los efectos legales que correspondan, téngase como nuevo domicilio de procesado HAZUR KIRPAL SAMOS FRANCO (O) HAZUR KIPAL SAMOS FRANCO el predio que señala en su ocurso de cuenta y que se transcribe párrafos arriba. --- Por otro lado, se tienen por desistido al procesado HAZUR KIRPAL SAMOS FRANCO (O) HAZUR KIPAL SAMOS FRANCO y a su defensora, quien lo es la licenciada en derecho Noemí Candelaria Jiménez Pérez, de la prueba testimonial a cargo de la ciudadana Zeily Alejandra Peña Correa. --- Y finalmente, con fundamento en el numeral 356 trescientos cincuenta y seis del Código de Procedimientos en Materia Penal vigente en el Estado, únicamente por lo que respecta al proceso instado en contra del mencionado SAMOS FRANCO, cítese a las partes a la audiencia de VISTA PÚBLICA la cual tendrá verificativo el próximo día 9 NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, A LAS 12:00 DOCE HORAS, en el local que ocupa este Juzgado. --- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. --- Así lo acordó y firma el Juez Segundo Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, Abogado Luis Felipe Santana Sandoval, asistido de la Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe, Licenciada Grace Mabel García Sosa. LO CERTIFICO.” --- Y EN CUMPLIMIENTO A LO ANTERIOR, POR CUANTO SE IGNORA EL DOMICILIO DE LA C. ARELY RUBI CONCHA SOSA (O) ARELI RUBI CONCHA SOSA (INCULPADA), PROCEDO A NOTIFICARLE EL ACUERDO QUE ANTECEDE, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SERÁN PUBLICADOS POR 3 TRES DÍAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 65 SESENTA Y CINCO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL VIGENTE EN EL ESTADO. MÉRIDA, YUCATÁN A 06 SEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE. DOY FE.
LA ACTUARIA DEL JUZGADO SEGUNDO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO
LICDA. MARIA MARTINA DEL R. COCOM UC Publíquese los días 10, 11 y 12 de noviembre de 2015.