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ARTÍCULO 280 SISTEMA DE TRANSPORTE.

In document CAPITULO II INSTRUMENTOS DEL ESQUEMA (página 83-86)

CAPITULO V ESPACIO PUBLICO

ARTÍCULO 280 SISTEMA DE TRANSPORTE.

Actualmente dos Compañías transportadoras ofrecen este servicio a nivel departamental, sin embrago a nivel veredal una gran cantidad de personas ofrecen este servicio, se pretende que éstas se organizan y conformen una Cooperativa transportadora en la cual presten un adecuado servicio a la comunidad en general.

; Plan Vial Arterial y de Transporte Público.

a. Construcción de la Vía que conecte el sitio denominado Puerto Amor ( Planchón ) con el área urbana municipal.

b. Prolongación de las Calles 3 y 3A con la Carrera 5 hasta su intersección con la vía que conduce a las Veredas El Pino, San Cayetano y San Francisco entre otras.

c. Pavimentación de la vía que conduce hacia la Vereda Camoyo y el Embalse La Esmeralda, bordeando el pie de la vertiente que conduce y limita con el Embalse y el Municipio de Santa María.

d. Conformación de la Cooperativa de Transportadores Veredales del Municipio de Chivor. e. Recuperación del camino que conduce hacia la vereda San Francisco.

f. Construcción del Puente sobre el río Rucio, conexión Municipio de Ubalá – Municipio de Chivor.

ARTÍCULO 278 . DEL PLAN VIAL RURAL. Hacen parte del plan vial rural:

- Carretera Área Urbana Municipal – Vereda Camoyo.

- Carretera área Urbana Municipal – Vereda San Francisco, Sector Jagüa “La Playa”.

- Carretera Área Urbana Municipal – Vereda San Cayetano.

- Embalse La Esmeralda – Área Urbana Municipal.

Parágrafo #1:De los anteriores, la única vía proyectada en la del Embalse la Esmeralda – Área Urbana municipal, la cual de acuerdo con las proyecciones del Instituto Nacional de Vías, constituirá la principal vía de acceso al Municipio.

Parágrafo #2 Las nuevas vías no deberán tener un ancho inferior a seis metros de calzada, deberán poseer obras de drenaje

Parágrafo #3. ADEMÁS FORMAN PARTE DEL PLAN VIAL

Mantenimiento de la red vial existente y proyectada en el área rural municipal.

La Administración Municipal adelantarán los trámites necesarios para la consecución de los recursos financieros necesarios para los diseños y la construcción de las nuevas vías y obras y para el mantenimiento adecuado de la red vial existente.

a. Afectaciones por reserva vial y de transporte.

Las franjas y áreas requeridas para la construcción de la carretera Embalse La Esmeralda – Área Urbana Municipal y para la pavimentación y rectificación de la carretera área Urbana – Vereda Camoyo serán determinadas por el Municipio, en función de los diseños definitivos y quedarán afectadas como zonas de reserva vial. En estas franjas o áreas, la administración municipal no podrá autorizar parcelaciones ni construcciones de ningún tipo.

ARTÍCULO 279 . Se faculta al Alcalde Municipal para contratar los estudios necesarios para el diseño de las vías del Plan Vial y las intersecciones requeridas según lo previsto en el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 280 . La Administración municipal adelantará los estudios relacionados con la organización del tráfico dentro del área urbana, señalizando debidamente y destinando las zonas de parqueo de acuerdo a la cantidad de tráfico vehicular y peatonal, ancho de las vías, preservación de las áreas de conservación y áreas residenciales.

Esquema, se establecen y se adoptan respectivamente el plan vial urbano y el plan vial rural, como se presenta en el plano Sistema Vial.

ARTÍCULO 282.- El Sistema Vial Municipal está conformado por: 1. Las vías Nacionales

2. Regionales que lo cruzan

3. Las vías locales principales y secundarias

ARTÍCULO 283.-Los diseños de acueducto y alcantarillado para las nuevas urbanizaciones y asentamientos, serán elaborados de acuerdo con las normas y parámetros nacionales y las indicaciones especiales que recomiende la entidad encargada de prestar el servicio, para el alcantarillado se establecen las redes independientes para aguas negras y para aguas lluvias; lo anterior sin demérito de que el urbanizador pueda presentar diseños y sistemas innovadores que, buscando la economía, cumplan el mismo propósito y se ajusten al sistema actual.

ARTÍCULO 284.- Adóptese el plan vial municipal para el área rural y el área urbana del Chivor ARTÍCULO 285.- DEL PLAN VIAL RURAL. Para el área rural del municipio se propenderá por el mantenimiento de las vías existentes como prioridad antes de la apertura de nuevas vías. Si se decide la apertura de la nueva vía deberá estar justificada con estudios de impacto ambiental que no dañen ecosistemas estratégicos.

ARTÍCULO 286.-DEL PLAN VIAL URBANO. Adóptese el Plan Vial urbano contemplado en el plano referencia del Esquema de Ordenamiento Territorial para obtener una adecuada intercomunicación de la zona urbana. Las vías existentes en el Municipio que no aparecen afectadas en el plan vial mantendrán el carácter de la malla y se interrelacionarán con las vías regionales y mantendrán el doble sentido.

ARTÍCULO 287.-. Intégrese a los nuevos desarrollos las siguientes especificaciones para las vías: ARTÍCULO 288.- Promuévase la compra de los predios afectados con la construcción de los nuevos desarrollos viales para el área urbana del municipio de Chivor.

ARTÍCULO 289.- Las vías del Plan Vial del Municipio son de obligatoria construcción según prioridades que determine el desarrollo del sector Urbano y de acuerdo al Plan de Desarrollo. ARTÍCULO 290.- La parte de afectaciones a construcciones de estas vías cuyos recorridos existen sin los anchos previstos en este Acuerdo, mantendrán sus actuales especificaciones hasta tanto se determine la construcción integral de la vías como prioritaria, o se planteen nuevas edificaciones, para las cuales se exigirá el retroceso necesario, previo estudio de menor afectación posible. Para los nuevos desarrollos se exigirá el ancho mínimo que se requiera.

ARTÍCULO 291.- Toda urbanización que se adelante en las áreas no desarrolladas, deberá prever un sistema vial local que se integre a la malla actual , asegurando el acceso a todos los lotes previstos. No se permitirán vías con anchos menores a los establecidos en el presente acuerdo, según la función que prevea el diseño del desarrollo propuesto.

PARÁGRAFO #1 : Los terrenos requeridos para la construcción de las vías del sistema vial, mencionadas en el ARTÍCULO anterior, serán cedidos gratuitamente al Municipio por el

urbanizador, Las especificaciones técnicas de diseño serán dadas por la oficina de planeación Municipal.

ARTÍCULO 292.- Cuando se realice un nuevo desarrollo en la sector de expansión urbana y sector rural deberá preverse la prolongación del corredor de las vías del Plan Vial y ornato con el objeto de evitar dificultades en el desarrollo del sistema vial futuro y la integración de dichas áreas. ARTÍCULO 293.-. Facúltese al Alcalde Municipal para contratar los estudios necesarios para el diseño de las vías del Plan Vial y las intersecciones requeridas según lo previsto en el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 294.- La Administración Municipal adelantará los estudios relacionados con la organización del tráfico dentro del área urbana, establecerá la señalización requerida y las áreas de parqueo sobre vías según los siguientes criterios:

1. Cantidad y flujo de tráfico

2. Ancho de vías y características de su diseño

3. Preservación del área de conservación y las áreas residenciales

4. características de los usos según sectores y generación de tráfico vehícular y peatonal. ARTÍCULO 295.- La Secretaría Planeación y Obras Publicas se encargará de la coordinación de las obras a que haya lugar para evitar costos adicionales por construcción de redes.

TITULO IV

CAPITULO I

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