CAPÍTULO 2 MEDIACIÓN A PARTIR DE UN CONTEXTO TEÓRICO PROCESAL Y DOGMÁTICO DE
2.1 TEORÍA GENERAL DEL PROCESO Y LOS MASC
2.1.2 AUTOCOMPOSICIÓN
Como ya analizamos, la autotutela se considera una forma primitiva de solucionar un conflicto, que con el tiempo se ha dado paso a otras maneras o formas de finalizar una controversia, una de estas maneras es a través de la autocomposición o también llamada amigable composición.
“Así, en la autocomposición la solución que pone fin a la controversia no es impuesta unilateralmente o por la fuerza, sino que son las partes las que llegan a un acuerdo de voluntades. Por lo general, se traduce en posiciones bilaterales (allanamiento/renuncia) y multilaterales (desistimiento/transacción) a favor del interés ajeno” (López Vallés & López Cárdenas, 2014, págs. 7-8).
Por lo tanto, podemos advertir que la autocomposición centra su solución al conflicto en las partes que se involucran en éste, dando como resultado la convergencia de las voluntades para poder finalizar dicho conflicto, en el que las mismas proponen las formas para poder solucionar este conflicto.
Mejor dicho, la autocomposición “es un medio de solución parcial, porque proviene de una o de ambas partes en conflicto” (Ovalle Favela, 2005, pág. 14). La manera más recurrente de la autocomposición se manifiesta por ambas partes, dando solución a los conflictos que ellas enfrenten; dentro de este supuesto se encuentra la negociación, que es un método alterno en el que dos o más partes buscan resolver un conflicto de manera justa y satisfactoria a través de la comunicación entre ellos (Gorjón Gómez & Steele Garza, 2012).
Por otro lado, podemos referirnos a la autocomposición como aquel método procesal por el cual las partes involucradas dentro de un conflicto, solucionan la controversia a partir de manifestar su voluntad para realizarlo, de modo que, es necesaria la participación de las voluntades para indicar que debe ser bilateral, más no unilateral tal solución.
Nos damos cuenta con esta situación, que como ya lo habíamos dicho, existen tres maneras de finalizar un conflicto, “por actos del juzgador, por actos de las partes y en virtud de otros acontecimientos” (Alcalá Zamora y Castillo, 1970, pág. 71). Por tal motivo, situamos a la autocomposición dentro de los actos de las partes, ya que de éstas depende la finalización de un conflicto.
De igual manera, y como ya lo mencionamos, la negociación es la más pura manifestación de la autocomposición, ya que depende de las partes que se involucran en un conflicto, proponer la solución al mismo, que resulte en la finalización de esta controversia para el bien de ambos.
Se une a lo anterior, la nula intervención de algún funcionario judicial o, en su defecto, de un tercero ajeno, que, sin interés directo e indirecto, para solucionar el conflicto, así como ayudar a resolverlo o injerir en las decisiones que lleguen a tomar las partes dentro de dicha controversia.
Pues bien, es importante que aprendamos a diferenciar dos conceptos muy importantes para entender a la negociación; no es lo mismo hablar de concertación y de negociación, ya que el significado de estas dos palabras nos lleva a una situación de equilibrios entre las partes que se involucran en un conflicto.
Dicho de otra manera, “utilizaremos el término concertación para describir las situaciones competitivas donde uno gana y el otro pierde…; y usaremos el término negociación para hablar de situaciones donde las dos partes ganan, como las que ocurren cuando las partes intentan encontrar una solución aceptable para ambas en un conflicto complejo” (J., Barry, & Saunders, 2008, pág. 3).
Esto nos lleva a pensar que en ocasiones negociar significa ganar siempre, cuando la verdad de las cosas, esta palabra que se traduce a una acción, tiene un significado en el cual nunca nos habíamos detenido a pensar. El hecho de querer ganar siempre, nos hace partícipes de
la concertación, sin embargo, lo que busca la negociación es equilibrar las condiciones de las partes en el conflicto, con el fin de que ambos estén satisfechos de la solución de este conflicto.
Más que ganar en un conflicto, la negociación busca que ninguna de las partes pierda, esto es, busca que los involucrados en el conflicto, tengan por sí mismos el poder de decidir la manera en la que van a resolver el conflicto sin que exista una desventaja entre el conflicto y las partes mismas.
Por eso es que se dice que la negociación tiene dos maneras de ver los conflicto, o mejor aún, de cómo debe de desarrollarse en el campo de la práctica, esto es, la negociación tiene un enfoque duro y otro suave.
“El primero considera a los intervinientes como adversarios por lo que cada uno de éstos tomará una posición desde la cual presionará para ganar en la confrontación” (Sala Mercado, Actis Danna, Valeria, & Povlanich, 2018, pág. 39), o sea, que este enfoque duro, puede reflejarse como una concertación con el fin de ganar la disputa a la hora de ofrecer las soluciones.
Dicho de otra manera “se trata de un duelo competitivo en el cual cada parte irá hasta el límite para agotar sus recursos y hasta incluso lastimar su relación con la otra” (Sala Mercado, Actis Danna, Valeria, & Povlanich, 2018, pág. 39). Visto de esta manera, entendemos que el enfoque duro de la negociación no es el adecuado para resolver un conflicto, ya que lo único que se busca es la concertación de las posibles soluciones de las partes a efecto de que una de ellas sea la única que salga vencedora de aquella controversia.
“En el segundo enfoque las partes se perciben como colegas por lo que evitarán la confrontación, el enfrentamiento o el conflicto” (Sala Mercado, Actis Danna, Valeria, & Povlanich, 2018, pág. 39). Esta situación nos remonta a la negociación en su más pura acepción, donde las partes buscan, de una manera amigable, finalizar el conflicto, con el fin de que las mismas partes no disputen a la hora de ofrecer las posibles soluciones de la controversia.
Por tal motivo, “…las partes serán flexibles, cooperativas, pues el objetivo es una solución amistosa que llegue al acuerdo, haciéndose concesiones, y así conservar la relación” (Sala
Mercado, Actis Danna, Valeria, & Povlanich, 2018, pág. 39), que formalmente, resulta en una solución pacífica del conflicto, en el que ambas partes o las partes de este mismo, no se vean afectadas en sus personas al estar en desventaja una de otra.
Es por esta situación que se dice que una negociación se puede referir a “un proceso de interacción potencialmente beneficioso por el que dos o más partes con algún conflicto potencial o no, buscan mejorar sus opciones de negociar a través de decisiones y acciones decididas conjuntamente” (Lax & Sebenius, 1986, pág. 29).
Por lo tanto, nos estamos refiriendo a una de las formas más eficientes en comparación con la autotutela, ya que, dentro de la primera, y como ya dijimos, solamente existe una sola voluntad que decide sobre la solución del conflicto, sin embargo, para este caso de la autocomposición, es necesario el acuerdo y la negociación de las partes para transformar el conflicto de manera pacífica, no importando si existe concertación o negociación.