MANEJO DEL BIOTERIO
BIENESTAR ANIMAL Sección
De la Experimentación e Investigación Art. 42 El uso de animales domésticos o animales silvestres domesticados para experimento o investigación que se lleven a cabo con fines de estudios y avances de la ciencia, serán autorizados, siempre y cuando se demuestre que:
Los experimentos serán realizados bajo la supervisión de una institución de educación superior o de investigación reconocida oficialmente y que la persona que dirige el experimento cuente con los conocimientos y la acreditación necesaria
Los resultados experimentales deseados no puedan obtenerse por otros procedimientos o alternativas
Las experiencias sean necesarias para el control, prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades que afecten al ser humano o al animal Los experimentos no puedan ser
sustituidos por esquemas, dibujos, películas, fotografías, videocintas, materiales biológicos o cualquier otro procedimiento análogo
Art. 43 Durante el proceso de investigación o experimentos se debe garantizar el bienestar del animal, y si por consecuencia de la investigación el animal sufriera enfermedad o lesión incurable, deberá aplicarse la eutanasia de inmediato conforme a los procedimientos establecidos por el reglamento de esta Ley.
Ningún estudiante podrá ser obligado a realizar prácticas que impliquen maltrato o crueldad con los animales.
Ninguna persona natural o jurídica puede vender o donar animales para que se realicen experimentos o investigación en ellos.
Art. 44 El Ministerio Agropecuario y Forestal, está obligado a supervisar las condiciones y desarrollo de los experimentos o investigación en animales. Cualquier acto violatorio que recaiga en contra de lo dispuesto en esta Ley será debidamente sancionado (Núñez y Navarro, 2011).
4.2.5 Principios éticos internacionales para investigación biomédica con animales
Estos principios son considerados como un referente de obligatorio cumplimiento para el trabajo con modelos animales experimentales. Aceptan la utilización de animales en experimentación, pero en condiciones que justifiquen su uso y garanticen su protección y cuidado con referentes de excelencia y rigor (Cardozo y Mrad, Sf)
Principios
El avance del conocimiento, la protección de la salud y/o el bienestar de los hombres y los animales requiere la experimentación con animales vivos. Siempre que sea posible, usar métodos alternativos (Tovar, 2010).
Los animales no se deben someter a angustia o dolor innecesarios. La técnica experimental debe asegurarles toda la protección posible, ya sea para investigación, enseñanza o para pruebas; el costo y la conveniencia no deben tener precedencia sobre el bienestar físico y mental del animal (CCPA, 1998).
Realizar experimentación en animales después de estudiar su relevancia para la salud humana y animal y para el avance del conocimiento biológico (Cardozo y Mrad, Sf).
Seleccionar animales de especie y calidad apropiada y usar el mínimo número requerido para obtener resultados científicamente válidos. Tratar a los animales como seres sensibles y considerar imperativo ético el cuidado y uso adecuado, evitando o minimizando las molestias, la angustia y el dolor (Tovar, 2010).
Si el dolor o la angustia son necesariamente parte del estudio, se deben minimizar tanto en intensidad como en su duración (CCPA, 1998).
No realizar procedimientos quirúrgicos o dolorosos en animales no anestesiados o paralizados con agentes químicos (Cardozo y Mrad, Sf).
Un animal en estado de dolor severo que no puede ser aliviado debería ser inmediatamente destruido, usando un método que produzca una inconsciencia rápida (CCPA, 1998).
Los animales mantenidos con fines biomédicos, deben tener las mejores condiciones de vida posibles, de preferencia con supervisión de veterinarios con especialización en ciencia de animales de laboratorio (Tovar, 2010).
4.2.6 Categorización de molestias o malestar inducido durante la fase de investigación Con el fin de poder proceder a la aplicación de principios universales para el buen manejo de los animales de laboratorio se han establecido categorías para clasificar las molestias que se pueden generar durante la fase de experimentación, las cuales deben ser cuidadosamente observadas, se resumen en la siguiente tabla:
Tabla 11. Categorización de molestias durante la fase de investigación
Molestias menores
Toma de muestra de sangre Examen rectal
Toma de muestra de flujo vaginal
Administración forzada de sustancias inocuas Experimentos terminales bajo anestesia Vacunas coadyuvantes
Toma de radiografías en animales no anestesiados
Molestias moderadas
Toma frecuente de muestras de sangre Prueba de pirógenos
Cateterización y canulación Uso de yesos o inmovilización Cesárea
Recuperación de anestesia general Inmunización sin adyuvantes completos Trasplantes de piel
Molestias severas
Extracción de fluido ascítico Sangría total sin anestesia
Previa inducción de defectos genéticos
Deprivación prolongada de comida, agua o sueño Pruebas de dosis letal 50 y concentración letal 50 Inmovilización con relajantes sin sedación Inducción de infecciones experimentales
Pruebas de carcinogenicidad con producción de tumores Inducción de convulsiones
4.2.6.1 Categorización de la invasividad Se ha establecido también una categorización de la invasividad en los procedimientos experimentales, que permiten que tanto el investigador como el comité de ética establezcan necesidades de formación o entrenamiento de los operadores, estudiantes o investigadores;
asesoría al grupo o miembros del equipo de investigación; definición de procedi- mientos, operacionales estandarizados o procedimientos alternativos o comple- mentarios; acompañamiento y supervisión durante la realización de los ensayos, los cuales deben ser expresamente declarados para efectos de la aprobación del protocolo de investigación:
Tabla 12. Categorización de la invasividad
Categoría A Experimentos realizados en invertebrados o células/tejidos aislados Categoría B Experimentos que causan nulo o mínimo estrés o molestia
Categoría C Experimentos que causan leve estrés o dolor de corta duración Categoría D Experimentos que causan de moderado a severo malestar o molestia Categoría E Procedimientos que causan dolor severo o al límite de tolerancia en
animales conscientes (Tovar, 2010).
4.2.7 Eutanasia
Siempre se debe tener en cuenta que el sacrificio de un animal debe realizarse con el menor sufrimiento físico y psíquico posible. Puede ser ordenado por el veterinario responsable si el dolor o las molestias no pueden ser aliviados con sedantes o analgésicos. No deben de ser sacrificados delante del resto de los otros animales (Boada et al, 2011).
Tabla 13. Aplicación de los agentes y métodos de eutanasia por especie
ANIMALES MÉTODOS RECOMEN-
DADOS
ACEPTADOS CONDICIO-