3. PERSPECTIVAS TEORICAS: INFANCIA, DESARROLLO INFANTIL, EDUCACION
3.4 Cantando, cantando las voces de los niños, se van escuchando
Dime y lo olvido, enséñame y lo recuerdo, involúcrame y lo aprendo. Paulo Freire.
Para el desarrollo de esta investigación abordaremos en primer momento, el concepto de Educación Inicial que el Ministerio de Educación Nacional plantea, sus fundamentos políticos, técnicos y de gestión de la estrategia de atención integral a la educación inicial. Y luego, en segundo momento se toma los principios de la escuela activa basándonos en (Freinet, Las invariantes Pedagógicas , 1974)
Iniciamos, el primer momento introduciendo el planteamiento del Ministerio de Educación con relación a la Educación Inicial:
Es un derecho impostergable de la educación inicial se constituye en un estructurante de la atención integral cuyo objetivo es potenciar de manera intencionada el desarrollo integral de las niñas y los niños desde su nacimiento hasta cumplir los seis años, partiendo del reconocimiento de sus características y de las particularidades de los contextos en que viven y favoreciendo interacciones que se generan en ambientes enriquecidos a través de experiencias pedagógicas y prácticas de cuidado. La educación inicial es válida en sí misma por cuanto el trabajo pedagógico que allí se planea parte de los intereses, inquietudes, capacidades y saberes de las niñas y los niños. Esta no busca como fin último su preparación para la escuela primaria, sino que les ofrece experiencias retadoras que impulsan su desarrollo; allí juegan, exploran su medio, se expresan a través del arte y disfrutan de la literatura.
Esta propuesta, obedece a un recorrido histórico en donde Colombia ha venido avanzando a nivel de conceptualización, reconocimiento y leyes encaminadas a la protección, bienestar, cuidado y educación de los niños y niñas de nuestro país.
Las investigaciones realizadas en este campo corresponde al profesor (Cerda, 2012) quien en su libro Educación Preescolar en el capítulo I, realiza una descripción de cómo ha
53 sido la historia, legislación, currículo y realidad socioeconómica en nuestro país. Expone dos momentos: la colonia y la creación de la ley 25 de 1917.
En la época de la colonia se observa que no existía ningún establecimiento dedicado a los niños y niñas. Estos, estaban al cuidado de los padres y solo en caso de abandono se contaban con hospicios o asilos a cargo de comunidades religiosas cuyo objetivo era más de prepararlos para la escuela. A causa de esto, el trabajo se encaminaba a las actividades de recreación y algunas pedagógicas.
En 1.844 bajo el gobierno de Pedro Alcántara Herrán se comienza a hablar de las primeras salas de asilos destinadas a niños de bajo recurso. En 1.870 se da inicio a la reglamentación y definición de lo que es una sala orgánicamente, bajo la administración de Eustorgio Salgar. En estos espacios se aceptaban niños desde los 2 hasta los 6 años, quienes no tenían recursos económicos no pagaban, pero si tenían modos debían cubrir una remuneración según el reglamento. Su objetivo era cuidar y proteger físicamente para formarlos y educarlos hacia el ingreso a la escuela.
A finales del siglo XIX, en Colombia con la llegada de los primeros misioneros y pedagogos alemanes se difundieron y promocionaron las ideas de Federico Frobel, dando paso a una renovación y organización de la educación en el país. Surgiendo de esta manera los primeros jardines infantiles. Bajo la presidencia de José Manuel Marroquín en 1.900, a quien se le atribuye las primeras experiencias en este campo, dado que organizó el primer establecimiento de preescolar en el año de 1.851. Una escuela campestre en yerbabuena en donde se iniciaba por primera vez actividades pedagógicas y recreativas pensadas para niños menores de 6 años, bajo el planteamiento Froebeliano. Desafortunadamente existe poca información acerca de esta experiencia cuya duración fue efímera y no tuvo mayor trascendencia en las ideas de la época.
En el siglo pasado y a principios de la década del actual, les correspondió a los asilos y hospicios seguir en la labor de protección y cuidado de la niñez abandonada, cuya responsabilidad la tenían algunas religiosas extranjeras quienes conocían los métodos de
54 Frobel y Montessori. Facilitando de esta manera organizar las actividades recreativas y educativas en estos espacios.
Una institución de gran incidencia y reconocimiento fue el Hospicio de Bogotá, fundado en la primera mitad del siglo XIII y hacia finales del siglo XX se convirtió en la institución más importante de la ciudad, recluyendo a la mayoría de niñez abandonada o huérfana. Atendían a una población de 84 varones y 244 mujeres, aparte tenían una sección en el sector rural con una cobertura casi igual entre bebés y niños. Dando paso a la figura de amas de cría que se conseguían en las poblaciones aledañas para cuidar a los lactantes. En contraprestación obtenían un pago por esta labor. Sin embargo, tanto el Hospicio de Bogotá como las amas de cría se enfrentaron con problemas económicos provocando una crisis que repercutía en la vida de los niños que ingresaban, dado que morían por las condiciones sanitarias y de atención.
En Bogotá, uno de los primeros establecimientos que funcionó fue la Casa de los Niños del Gimnasio Moderno, sirviendo de guía para la creación de otros jardines. Se destaca que fue una de las iniciativas más importantes de la educación privada de comienzo de siglo según los tratadistas. Fue creado por Agustín Nieto Caballero en 1.914, convirtiéndose en uno de los colegios de mayor prestigio del país y abanderados en su espíritu de libertad, democracia y humanismo. Al igual, fue uno de los primeros planteles de la capital en utilizar las ideas de la pedagogía Montessori y con la visita del psicólogo Decroly favoreció enormemente la labor de educar.
Según cifras extraoficiales del MEN en la primera década del siglo existían 30 centros de preescolar en todo el país, los cuales eran en su mayoría de carácter privado. Con la creencia que los niños pequeños no demandaban personal especializado, no era necesario contar con una preparación específica y propia para ejercer tal labor. Por ello, incorporaban jóvenes maestras normalistas o personas que ellos mismos formaban. Todo esto hizo que la educación en preescolar fuera lenta y no tuviera importancia tanto en la concepción de educar ni en la formación de los maestros para ejercer esta labor.
55 El segundo momento fue la creación de la ley 25 de 1971 la cual, dio origen al Instituto Pedagógico Nacional para formar institutoras de Bogotá en donde su objetivo era preparar maestros para la escuela superior y normal. Igualmente se creó una sección especial para educar maestras del kindergarten sin embargo, pasó 16 años para que funcionara esta sección de preescolar.
La doctora Franziska Radker fue la promotora en reformar y reorganizar la Escuela Normal y el Instituto Pedagógico Femenino de Tunja, quien había llegado al país en calidad de una misión alemana. Ella creo y dirigió la Escuela Montessori de Bogotá, que dio paso a los primeros institutos del país consagrados a la formación de maestras preescolares implantando la pedagogía de Froebel y Montessori. Con el viaje de la fundadora en 1.936 a Alemania entra el Instituto en crisis y durante varios años suspende sus labores. En 1.956 se vuelve a reabrir con el nombre de Instituto de Educación Preescolar, que al pasar el tiempo le daría origen al actual programa de Educación Preescolar de la Universidad Pedagógica Nacional.
En Colombia, hacia el año de 1.935 había 280 establecimientos aproximadamente prestando el servicio de preescolar, siendo la mayoría privados. Laboraban 315 maestros que atendían a 12.120 niños. Pero solo en 1.939 con el decreto 2101 del Ministerio de Educación Pública, el cual define y caracteriza la educación infantil como: “aquella que recibe el niño entre los 5 y 7 años de edad, cuyo objetivo principal es crearle hábitos necesarios para la vida, juntamente con el desarrollo armónico de la personalidad.” Este decreto deja en evidencia la falta de claridad e intervención para supervisar y vigilar el funcionamiento de los institutos de preescolar privados por parte del gobierno. Esto, hizo que el decreto solo tuviera validez en el sector publico generando a futuro una brecha entre el sector privado y público.
En la década del 40, Colombia afianza el modelo higienista norteamericano, el cual favorecía la nutrición, la salud infantil y los aspectos referentes a la seguridad social. Esto incidió directamente en la creación del Instituto Colombiano de Seguro Social y en el Ministerio de Higiene en 1946. Dentro de este marco, se dictó la Ley 83 denominada
56 Código o Ley de la defensa del Niño, convirtiéndose en el primer conjunto de leyes en favor de la población infantil que comienza a vivir las consecuencias de la desnutrición, maltrato y abandono. Otro rasgo fue, tener en cuenta a la mujer embarazada, madre soltera del recién nacido, el niño lactante y del infantil para cuidar y proteger desde una edad temprana al bebe y a la mujer que trabajaba. Sin embargo, estas ideas de avanzada para la época no contaron con la creación de mecanismos legales y orgánicos para llevarlas a la práctica.
La situación económica y social trasladó a la mujer a incorporarse al sector laboral, dejando la función de madre y ama de casa que había estado a su cargo. Este fenómeno modifico rutinas y hábitos de crianza en los niños y niñas. Pues, debían dejarse al cuidado de otras personas, en donde su función era resolver el cuidado y protección de los niños y niñas en ausencia de la madre. Por lo anterior, estos factores ayudaron al desarrollo de la educación y la atención del niño preescolar. Así como, a la multiplicación masiva de establecimientos para atender a los niños y niñas.
En el gobierno de Carlos Lleras Restrepo 1.968, se crea el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar dirigido a la protección de niños, niñas en edad preescolar para buscar a su vez estabilidad familiar. Esta entidad se administró por dos leyes básicas: la ley 27 de 1.974, en la cual se construyó y se definió los programas. Se organizaron los Centros de Atención al Niño Preescolar (CAIP) que con el tiempo se volverían Centros Comunitarios para la Infancia, en donde se atendían a niños y niñas menores de 7 años para hijos de funcionarios públicos y privados. Posteriormente, se modifica la ley y se abren servicios a otros sectores de la población. En estos lugares se atendían desde los 12 meses hasta los 7 años en una jornada diaria completa durante todo el año.
Contaban con un servicio de alimentación, actividades psicopedagógicas, procesos de socialización y desarrollo psico-afectivo. Con el pasar de los años y dentro del Programa de Erradicación de la Pobreza Absoluta del gobierno de Virgilio Barco surgen los Hogares Comunitarios de Bienestar (HOBI). En donde se busca contar con un programa de atención integral al menor que involucre a la familia y a la comunidad. Así mismo, se encargaran de
57 la gestión, administración, organización y cuidado del niño y niña. Funciona dentro de una vivienda de la misma comunidad y es atendido por una mujer que pertenece a ella y se reconoce con el nombre de Madre Comunitaria. Estas, reciben capacitación del SENA y del ICBF en aspectos relacionados con la recreación, relaciones familiares y comunitarias, higiene, nutrición, salud y contenidos del Plan de Supervivencia Infantil. La formación pedagógica de estas madres es una capacitación muy elemental y a veces, insuficiente para desempeñarse como educadoras de preescolar.
Dentro de los Hogares Comunitarios existe una modalidad que agrupa a familias que están gestando y lactando a niños y niñas hasta los 2 años. Se les denominan Hogares FAMI, cuyo objetivo principal es mejorar la función socializadora y fortalecer la participación del padre, madre y hermanos en el desarrollo del niño y niña desde su gestación hasta los 2 años de edad. Esta modalidad funciona bajo la responsabilidad de una madre comunitaria en su casa, en espacios comunitarios o institucionales en donde se desarrolla tres sesiones educativas al mes de dos horas. Dos de la cuales, van dirigidas con adultos y la otra con los menores de 2 años.
La ley 7 de 1.979 surge como medida para solucionar los problemas administrativos y financieros existentes desde su fundación. Igualmente, definió y formuló el concepto de protección a la niñez. También, realizo cambios en lo programático en donde definieron tres programas: administrativo, de servicios y programa de inversiones. El programa administrativo agrupa las funciones administrativa y financiera. El programa de servicios, a la niñez y la familia, se compone en tres áreas: asistencia legal, nutrición y protección social. Y el programa de inversiones se encarga de la producción y distribución de alimentos (Bienestarina), mantenimiento y construcción de CAIP.
Con la promulgación de las leyes mencionadas anteriormente, se comienza a equiparar con una concepción asistencialista, fundamentalmente proteccionista, paliativa y vinculado al trabajo social, pues este se centraba en lo social y nutricional. Dejando de lado los componentes educativos de la vida de los niños y niñas de los sectores más pobres de la población Colombiana.
58 Por lo anterior, se puede concluir que la creación del ICBF más allá de todas sus críticas y desordenes administrativos y financieros, contribuyo enormemente a cambiar la actitud de la sociedad colombiana frente a la problemática de la infancia.
El decreto 088 del MEN, aparece como medida de reestructurar el sistema educativo y de reorganizar el Ministerio de Educación Nacional. Sin embargo, se debe esperar 18 años para que esta modalidad tenga carácter obligatorio. Según este decreto,
Artículo 6º. Se llamará educación preescolar la que se refiera a los niños menores de seis (6) años. Tendrá como objetivos especiales promover y estimular el desarrollo físico, afectivo y espiritual del niño, su integración social, su percepción sensible y el aprestamiento para las actividades escolares, en acción coordinada con los padres de familia y la comunidad.
Por medio, de este se crea la División de Educación Preescolar y Educación Especial. No obstante, tendría la responsabilidad de dirigir esta modalidad a nivel nacional pero en la práctica se limitó a realizar labores de fiscalizar el trabajo de los escasos Jardines Nacionales.
En la década de los 70, surgen como únicas opciones académicas los niveles de experto y tecnólogo en el campo de preescolar. Se basó, en una distribución práctica y empírica invisibilizando el carácter de ciencia. Se debe agregar que, la necesidad de llevar a cabo funciones específicas como: dirección, planeación, supervisión, y evaluación educativa suscitaron un cambio en la forma de entender las funciones y actividades de las personas que se formaban como profesionales de preescolar.
Hacia 1.976 la Universidad Pedagógica Nacional, por primera vez se le reconoce su status universitario a una práctica que no se le consideraba importante y con incidencia en la formación y desarrollo del niño y niña. En 1.978 a pesar de la oposición se crea la carrera de Licenciatura en Educación Preescolar en la facultad de dicha Universidad.
En la época moderna se experimentan profundos cambios en los procesos de urbanización y transición hacia una sociedad industrial que daría otros roles al papel,
59 lugar y organización de la educación. La familia nuclear que daba soporte y garantía para la supervivencia, sufre modificaciones entrando en crisis. Por este, hecho las instituciones especializadas comienzan asumir gradualmente muchas funciones.
Estos cambios se ven expresados en las instituciones en la forma de concebir al docente de preescolar pues, no se tenía programas o planes específicos para desempeñar esta labor. Lo importante en el perfil de la maestra eran sus atributos personales, valores morales y afectivos y su capacidad para manejar grupos. De esto, se desprende una formación técnica y práctica en los primeros centros académicos y profesionales. Todo esto, llevo a una falta de claridad y orden en los currículos y regímenes académicos de estas instituciones.
En la década del 40 empiezan a graduarse las primeras maestras de preescolar de Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla. Sin embargo, este panorama claramente en la actualidad cambia dando paso a la licenciatura, a una mayor cobertura en los programas académicos y dejando en un nivel más bajo a las técnicas y expertas. Esto a razón que la competencia es cada vez mayor a nivel laboral y hay más conciencia de los padres y autoridades en reconocer la importancia pedagógica que tiene el jardín para el desarrollo de los niños y niñas.
Con el decreto 1002 de 1984, se establece el plan de estudios para la educación preescolar, Básica (Primaria y Secundaria) y Media Vocacional, en donde aparece en el Capítulo I, la definición y objetivos:
Artículo 1° Establécese el Plan de Estudios para la Educación Preescolar, Básica (Primaria y Secundaria) y Media Vocacional en todos los centros educativos de Educación Formal del país, tal como se especifica en los siguientes artículos: Parágrafo. Para los efectos del presente Decreto se entiende por Plan de Estudios el conjunto estructurado de definiciones, principios, normas y criterios que, en función de los fines de la educación, orienta el proceso educativo mediante la formulación de objetivos por niveles, la determinación de áreas y modalidades, la organización y distribución del tiempo y establecimiento de lineamientos metodológicos, criterios de evaluación y pautas de aplicación y administración.
60 A pesar de que, en el papel aparece el plan de estudios, en la práctica no eran evidentes estas características y pasó tiempo para la versión definitiva hacia 1.986. Logrando por primera vez, tomar conciencia de la necesidad de dar lineamientos para orientar y organizar la actividad educativa y pedagógica de los establecimientos de preescolar. En 1.987 se precisa con mayor claridad y cohesión los temas del preescolar para establecer un currículo que se constituyera en fundamento teórico y operativo del trabajo pedagógico. Dando inicio a los Hogares de Bienestar Familiar (HOBIS), generando una alta incidencia en los futuros gobernantes en la medida que son el punto de partida e iniciativas de programas.
Sin embargo, en la práctica no han tenido los efectos cualitativos esperados pero se percibe un cambio en la forma de abordar la problemática social, educativa, económica y cultural del niño y su grupo familiar.
En el 89 con el decreto 2737 del Código del Menor se implementa un instrumento jurídico fundamental para proteger los derechos del menor y su familia. Estos estaban dispersos en otros códigos y se logra integrarlos en un solo paquete de principios, reglas y leyes. Que responden a una adaptación y aplicación a nivel Colombiano de la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada el 20 de noviembre de 1989 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
En el gobierno de Cesar Gaviria se adelantaron dos iniciativas importantes en esta materia: el plan de acción en favor de la infancia y una nueva constitución política que incorpora una serie de principios que consagra los derechos fundamentales del niño. El primero comprende un periodo de 1991 a 1994 donde sirve como diagnóstico de la realidad social, económica, física y educativa del niño colombiano menor de 7 años para crear un conjunto de propuestas para erradicar dichas problemáticas analizadas. El plan afirmaba con respecto a la situación de la infancia que:
A través del programa de preescolar, que tiene un cubrimiento cercano al 14 %, se atendieron cerca de 330.000 niños en 1989, la mitad de ellos en el sector privado, y
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la otra mitad en el sector público. Aunque con este programa se pretende preparar a los niños para la escuela y mejorar la capacidad de aprendizaje, la cobertura es muy baja y existen problemas de calidad. (Programa Nacional de Acción en favor de la Infancia 1991-1994. Presidencia de la Republica DNP-UDS-DIPSE. Bogotá) Por primera vez se incluye el Grado Cero para resolver la ausencia que había de formación en el preescolar de los niños que ingresaban por primera vez a le