7. Análisis de las disputas en la evolución del conflicto
7.4 Capacidad de carga
El concepto de capacidad de carga tiene significado para ecología que lo usa para describir una característica de una población25. Las características de las poblaciones pueden incluir aspectos tan variados como los patrones de crecimiento, las tasas de natalidad y mortandad. Particularmente, la capacidad de carga corresponde con un parámetro relativo al nivel de abundancia (cantidad de individuos de un población) por encima del cual la población tiende a disminuir (Rockwood, 2006).
Para la determinación de la capacidad de carga se acude a diferentes variables, incluyendo la cantidad de alimento, la disponibilidad de territorio, la abundancia de depredadores o competidores. Dada las múltiples variables que pueden definir la interacción de una población con su entorno y la capacidad de éste último para soportarla, la capacidad de carga es una abstracción que presente limitaciones para su definición (Burgman M, Ginzburg L y Akçakaya H. 1999). En el caso de los humanos, además del número de personas, sería relevante determinar la tasa de consumo por persona y el daño ambiental por unidad de consumo, aspectos que pueden variar a través del tiempo, persona y de región y que hacen casi imposible determinarla (Burgman M, Ginzburg L y Akçakaya H. 1999)26.
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En el área de la biología, una población es un conjunto de organismos o individuos (como los animales, las plantas y los humanos) de la misma especie que coexisten en un mismo espacio y tiempo, y que comparten ciertas propiedades biológicas, las cuales producen una alta cohesión reproductiva y ecológica del grupo. En Google.com
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Al respecto es importante tener en cuenta que, de acuerdo con Mesa (2019) el concepto de “huella ambiental” es un concepto equivalente al de capacidad de carga, el cual es más adecuado
para fijar presencia humana sobre los ecosistemas, entendiendo por huella ambiental como la “(…) “capacidad per cápita” que los habitantes de una determinada sociedad efectúan sobre sus
Al margen de esta discusión, preocupados por la ineficiente prestación de servicios públicos de salud, acueducto, alcantarillado y basuras, en el marco de la consulta previa, la comunidad raizal acordó con el municipio de Providencia y Santa Catalina, realizar un estudio de capacidad de carga con el fin de determinar sí Providencia y Santa Catalina podían recibir más turistas. Luego, tras haberse protocolizado la consulta previa, en reuniones de seguimiento a la consulta desarrolladas los días 8 y 9 de septiembre de 2016, se consignó que la Alcaldía de Providencia, la AEROCIVIL y la comunidad raizal de Providencia y Santa Catalina acordaban realizar un estudio de capacidad de carga en forma paralela a las actividades del proyecto, el cual se culminaría y socializaría antes de finalizar las obras del aeropuerto (El Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, sentencia del 23 de octubre 2017).
Por lo anterior, fue presentado el “Estudio de capacidad de carga turística del
municipio de Providencia Santa Catalina islas”. Para la determinación de la
capacidad de carga, el estudio partió de un conjunto de áreas empleadas para la realización de actividades turísticas o recreativas27 y concluyó que actualmente la
ecosistemas o sobre los de los demás para solucionar sus requerimientos endosomáticos y exosomáticos” (pp. 191).
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Las áreas estudiadas fueron: I) Senderos terrestres: Sendero Crab Cay, Sendero The Peak,
Morgan Treasure's Trail, Manchineel Hill, Salt Creek, Embalse y Tour Histórico y Cultural. II)
Senderos acuáticos: Vuelta a la isla en lancha y McBean Mangroove. Playas: Manchineel Bay,
Almond Bay, Fort Bay, South West Bay, Fresh Water Bay y Pash Bay. Iii) Sitios de buceo: Bajo
San Felipe, Tete´s Place, Piedra tortuga, Manta´s Place, Felipe´s Place, El planchón, El convento y Connoly. IV) Sitios de snorkeling (careteo): White Shoal, Crab Cay (ambas dentro del PNN
McBean Lagoon), Cayo Basalto, Bat Cave, Las Margaritas, Logged Head Bluff, Paula y Paradise
capacidad de carga turística de las islas es de 205 personas/día, equivalente a 29.940 personas/año. Dicho estudio constató que las islas reciben cerca de 32.000 visitantes/año, por lo que se estaría superando la capacidad de carga calculada (Universidad Tecnológica de Pereira, 2017).
Es que yo pienso que no pude llegar mucho turismo aquí a esta isla. La isla tiene 17km2, podría decir que ya estamos sobre poblados, con los que vivimos acá, con el turismo que ya está llegando (…). Según la oficina de turismo, está en 32 mil, de acuerdo con lo que había diseñado en el Plan de Desarrollo Turístico Sostenible, que hicimos en el año 2006, el turismo límite acá sería de 25 mil turistas al año, nos hemos dado cuenta que eso ya paso. El problema no es si se amplía el aeropuerto o no, lo que pasa es que nosotros tenemos unos recursos que debemos proteger, como el agua… (…) (Archbold J (Lideresa del sector turismo), 5 de febrero de 2018).
Argumentando que el Estudio de capacidad de carga turística mencionado no reflejaba la situación de las islas en su totalidad y que solo se proyectaba hacia la sostenibilidad de los sitios de interés turístico, desconociendo a su vez, otros factores relevantes para la determinación de la capacidad carga, como el empleo, las fuentes de agua, la generación de energía, la producción de residuos, la capacidad de la red de salud, entre otros aspectos, el Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés realizó la siguiente aclaración a la sentencia del 23 de octubre del 2017 (por medio de la cual se suspendió el proyecto de ampliación):
(…) el estudio de capacidad de carga de que debe llevarse a cabo por parte del municipio de Providencia y Santa Catalina debe determinar el estimado de población tanto flotante como residente que pueden soportar las islas, de acuerdo con las condiciones ambientales, sociales, de servicios públicos disponibles y demás variables que de acuerdo con esta clase de estudios deban ser tenidos en
consideración, en aras de procurar el desarrollo sostenible de las islas (Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Auto 20 de noviembre de 2017, pp.3). Además aclara que:
(…) teniendo en cuenta que el ecoturismo ha sido seleccionado por los habitantes del Municipio de Providencia y Santa Catalina como el principal eje dinamizador de la economía local como aporte importante para la conservación de los entornos natural y social, así como para el mantenimiento del atractivo cultural. En este orden, el alcance del estudio de capacidad de carga ordenado por la Corporación debe comprender la determinación del total de la población tanto flotante como residente que pueden soportar las islas, y su relación con la infraestructura sanitaria, red de salud y fuentes hídricas que presentan en la actualidad las islas, todo ello con la finalidad de poder determinar de una manera clara y precisa el punto de equilibrio entre el desarrollo económico y social de las islas y la protección del medio ambiente de las mismas. Se precisa que ello no excluye en manera alguna el estudio de capacidad de carga respecto de los sitios turísticos de las islas de Providencia y Santa Catalina, que obviamente también lo requieren; mas en el sub judice se pretende establecer con base en estudios técnicos y de acuerdo con las condiciones ambientales, sociales, de servicios públicos disponibles y demás variables que de acuerdo con esta clase de estudios deban ser tenidos en consideración, el estimado de población que permita el desarrollo sostenible de las islas (Tribunal Contencioso Administrativo de San Andrés, Auto 20 de noviembre de 2017, pp. 3).